Acta Sucinta de Sentencia Penal

October 27, 2017 | Author: Alejandro Ponce | Category: Criminal Procedure, Guatemala, Procedural Law, Criminal Law, Sentence (Law)
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Modelo de acta sucinta de Sentencia Penal...

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ESQUEMA DE AUDIENCIA DE ETAPA INTERMEDIA Juez: Erick Ponce Ministerio Publico: Marco Antonio Bamaca Abogado Defensor: Alejandro Ponce Imputada: Aura Corado Secretaria: Dennis Meléndez Querellante: Mary Abogado del Querellante: Jennifer Becerro Auxiliar I: Juan Catalino Morales Castro Auxiliar II: Anabella Lizet Vasquez Bautista

JUEZ: Indica que se realizará audiencia de apertura de juicio dentro del expediente 255508-2015, que por el delito ASESINATO se instruye en contra de la señorita AURA LETICIA CORADO , siendo las ( ver reloj) nos encontramos en el municipio de Villa Nueva ,hoy 19 de septiembre de 2015, en el juzgado de ( 11. 0.5 ) se realiza la audiencia de ETAPA INTERMEDIA. Seguidamente verifica la presencia de las partes: encontrándose presentes: el Agente Fiscal Abogado MARCO ANTONIO BAMACA ALVAREZ; la querellante adhesiva MARY TIU, con su abogada JENNIFFER BECERRO; La acusada AURA LETICIA CORADO; su Abogado Defensor ALEJANDRO PONCE CALDERON, se hace constar que todos se identificaron con los documentos respectivos, los cuales se devuelven en este momento. Declara abierta la audiencia y le otorga la palabra al Agente Fiscal del Ministerio Público.

FISCAL: El Ministerio Público en esta oportunidad comparece a ratificar el memorial de acusación y solicitud de apertura a juicio en contra del sindicado aquí presente, presentado con fecha seis de septiembre del dos mil quince; en virtud que el Ministerio Público luego de las investigación realizada concluyo que hay suficientes medios para creer en la posible participación del sindicado en el hecho que se le imputa; para lo cual en este momento le hago saber el hecho atribuido y que aparece en el memorial de acusación, el cual es el siguiente: el asesinato del señor JUAN ALBERTO TORRES SANTOS, asimismo, fundamento la acusación en los medios de investigación que se encuentran ofrecidos e individualizados en el escrito de acusación ya referido, los cuales a continuación menciono: El arma con la cual se le dio muerte al ahora fallecido, La declaración testimonial de la señora Mary Tiu La prueba balística, Los casquillos de las balas utilizadas para darle muerte al ahora fallecido. La declaración de los Agentes de la Policía Nacional Civil.

Por lo que se considera que hay suficientes medios de convicción para creer en la probable comisión del hecho que se le ha imputado al sindicado; solicitando que se dicte el auto de apertura a juicio correspondiente y en su oportunidad se señale audiencia de ofrecimiento de prueba, y que posteriormente se eleven las actuaciones al tribunal de sentencia correspondiente.

JUEZ:

Le otorga la palabra al abogado de la querellante adhesiva Abogado de la querellante expone: En representación del querellante adhesivo, nos adherimos a la petición realizada por parte del ministerio público, por lo que se solicita al señor juez abrir a juicio en contra de la sindicada AURA LETICIA CORADO por el delito de ASESINATO y se remitan las actuaciones al tribunal correspondiente para que siga conociendo el presente caso y reclamamos las responsabilidades civiles en la cantidad de Q. 50,000.00 quetzalez, monto que se fundamenta con los medios de investigación que obra en autos, asimismo solicito que se nos dé participación definitiva en la calidad de querellante adhesiva

JUEZ: Se le concede la palabra al acusado

(Si el acusado quiere se pronuncia si no quiere no se le puede obligar). En la audiencia que ustedes realicen él simplemente indicará que lo hará a través de su abogado defensor. ACUSADO Buenos días señor juez, me pronunciare a través de mi abogado defensor gracias. JUEZ Le concede la palabra al abogado defensor:

EFENSOR EXPONE:

la defensa considera que el ente investigador en su acusación es incongruente, los medios de investigación no se puede establecer que mi defendido haya cometido el delito que se le imputa, toda vez que las declaraciones de los agentes capturado res son contradictorias en cuanto a la hora y el lugar en que fue aprehendido mi patrocinado, ya que el agente Juan Leopoldo Pérez dice que fue en sexta avenida 3-14 de la zona 1 de Villa Nueva a las 7:30 de la mañana y el otro agente dice un lugar y hora distinta, asimismo no se cuenta con un testigo presencial que efectivamente haya observado que mi defendido cometió el hecho, todos los testigos son referenciales por lo que no les consta nada del hecho, el Ministerio Público no aporta nuevos medios de investigación al presente caso, por lo que esta defensa solicita se clausure el proceso ya que faltan medios de investigación para incorporar, como lo es la declaración del señor que le vendió el arma

de

fuego

a

mi

defendido,

por

tal

motivo

le

solicito

al señor juez que se clausure el presente proceso (también puede pedir el sobreseimiento) y se le otorgue la libertad a mi defendido (si quieren ampliar esta exposición lo pueden hacer.

JUEZ RESUELVE:

Si el juez va a diferir la resolución puede decir lo siguiente: Por la complejidad del caso y de conformidad con el artículo 341 del Código Procesal Penal, se difiere la decisión por veinticuatro horas, por lo que se les convoca para audiencia el día de mañana a las quince horas CON VEINTE MINUTOS, para darles a conocer la resolución, en la sala dos de este juzgado. En base al artículo 169 del Código Procesal Penal, Quedaron todas las partes debidamente notificadas en audiencia oral.

Si el juez no difiere la resolución debe mencionar:

Atendiendo a que los medios de investigación que recabó la fiscalía son suficientes en cuanto a calidad y cantidad a efecto de que el acusado solvente su situación jurídica de manera definitiva y en vista que existe fundamento serio y que da la probabilidad de la comisión del hecho delictivo por parte del sindicado, toda vez que los medios de investigación deben ser diligenciados y valorados conforme a la sana critica razonada por un tribunal de sentencia, asimismo, atendiendo de que en esta fase al juez contralor de la investigación no le es permitido valorar los medios de investigación recabados por el Ministerio Publico sino que únicamente verificar su existencia y atendiendo a los fines del proceso regulados en el artículo 5 del Código Procesal Penal, así también en lo que regulan los artículos 341 y 342 del mismo cuerpo legal, se declaran sin lugar las objeciones hechas por la defensa en consecuencia, se abre a juicio penal el presente proceso en contra de la acusada AURA LETICIA CORADO, por el delito HOMICIDIO, dándose participación definitiva al acusado, al abogado defensor y al Ministerio Publico, el tribunal competente para el debate oral y público, es el de sentencia penal con sede en este municipio, se señala audiencia de ofrecimiento de prueba para el dia 28 del corriente mes. De los resuelto son notificados los sujetos procesales de conformidad con el art 150 del Código Procesal. La audiencia finaliza a las (ver reloj) horas.

AUDIENCIA SNTENCIA.

Expediente No. 2555 – 08 - 2015 AUDIENCIA SENTENCIA.En el Municipio de Villa Nueva, departamento de Guatemala, diecisiete de Julio de dos mil quince, siendo las diez horas con cuarenta minutos, en la sede del Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del municipio de Villa Nueva, del Departamento de Guatemala, ante el infrascrito Juez, Abogado Anabella Lizet Vasquez Bautista, y oficial de trámite, comparecen los siguientes sujetos procesales: -

SINDICADA: JENNIFFER BECERRO,

DPI-CUI: 2830-866572-1804 DIRECCION: 3ra- avenida 7-75 zona 1 de Villa Nueva TELEFONO: NO INDICA NO TIENE ABOGADO: ANABELLA LIZET VASQUEZ BAUTISTA AGRAVIADA: JUAN CARLOS PINEDA CASTILLO DPI-CUI: 2629-49938-0102 TELEFONO: 5362 O177 MINISTERIO PÚBLICO: ERICK PONCE. Con el objeto de celebrar audiencia sentencia señalada para este día y hora. El desarrollo de la audiencia así como lo decidido consta en la grabación que mediante sistema magnetofónico cuenta el Juzgado constando alegatos y argumentos, se adjunta a la carpeta judicial el disco compacto respectivo.

EL JUEZ RESUELVE:

I.

SENTENCIA PROCESAMIENTO: se liga a proceso penal al sindicada Jenniffer Becerro, por delito de ASESINATO.

II. III.

PLAZO DE INVESTIGACION: tres meses. FECHA DE PRESENTACION DEL ACTO CONCLUSIVO: agosto de dos mil quince.

IV.

FECHA DE AUDIENCIA DE ETAPA INTERMEDIA: diecisiete de octubre de dos mil quince a las diez horas con treinta minutos.

V.

hace constar que se devuelven los documentos que fueron puestos a la vista del juzgador.-

quince de

De dicha resolución los sujetos aquí presentes quedan debidamente notificados, de conformidad con los artículos 150 y 169 del Código Procesal Penal. Se finaliza la presente diligencia, en el mismo lugar y fecha de su inicio.

Abogado DENIS CALDERON Juez de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del Municipio de Villa Nueva, Departamento de Guatemala.

CARLO CASTRO Unidad de audiencias…

Villa Nueva, Guatemala 17 de julio de 2015

Señor: Director Cetro Preventivo para Hombre de la Zona 18 Presente

Respetuosamente me dirijo a usted, con el objeto de solicitarle se sirva dar ingreso a esas cárceles a su cargo a

el sindicado JENNIFFER BECERRO,

sindicado del delito de ASESINATO, quien queda a disposición del JUZGADO DE PRIMERO SENTENCIAANCIA PENAL, AMBIENTE DEL MUNICIPIO DE VILLA NUEVA, DEPARTAMENTO DE GUATEMALA. Referencia: Carpeta Judicial No. 2555—08-2015

Atentamente,

Abogado Luis Fernando Cuches Cruz Juez de Primero sentencia Instancia Penal Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente Del Municipio de Villa Nueva, departamento de Guatemala

SOLICITUD DE REFORMA DEL AUTO DE PROCESAMIENTO Y REVISION DE LA MEDIDA DE COERCION

Villa Nueva, Guatemala 30 de Julio de 2015

Señor: Juez de Primera Instancia Penal Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente Del Municipio de Villa Nueva, departamento de Guatemala Presente Respetuosamente me dirijo a usted, con la finalidad de solicitarle se sirva autorizar y programar audiencia dentro del expediente número 2555-08-2015 en donde aparece como procesado el señor JENNIFFER BECERRO, sindicado del delito de ASESINATO, quien quedo ligado a proceso penal el día 17 de julio del año dos mil quince y a disposición del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL,

NARCOACTIIDAD

Y DELITOS

CONTRA EL AMBIENTE

MUNICIPIO DE VILLA NUEVA, DEPARTAMENTO DE GUATEMALA.

Atentamente,

DEL

Abogado Gil Homero Aguilar cabrera DEFENSOR DEL SINDICADO.

SOLICITUD AL CENTRO PREVENTIVO, PARA TRASLADAR AL PROCESADO

Villa Nueva, Guatemala 30 de Julio de 2015 Señor: Director Cetro preventivo para Hombre de la Zona 18 Presente

Respetuosamente me dirijo a usted, con el objeto de solicitarle se sirva presentar a este Juzgado UBICADO en la 1ra. calle 3-45 Residenciales Catalina zona 6 del municipio de Villa Nueva, al procesado JENNIFFER BECERRO, sindicado del delito de ASESINATO, el día Jueves cinco de agosto del año dos mil quince, a

las diez horas con treinta minutos, con el fin de llevar acabo AUDIENCIA DE REFORMA DE AUTO DE PROCESAMIENTO Y REVISION DE LA MEDIDA DE COERCION. Expediente número 2555-08-2015.

De usted atentamente:.

Abogado Luis Fernando Cuches Cruz Juez de Primera Instancia Penal Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del Municipiode Villa Nueva, departamento de Guatemala

UNIDAD DE AUDIENCIAS/ UDA. Expediente- 01187-2015-04422

ACTA DE REVISION DE LA MEDIDA DE COERCION y REFORMA DEL AUTO DE PROCESAMIENTO. En el Municipio de Villa Nueva, departamento de Guatemala, dieciocho de agosto de dos mil quince, siendo las once horas con treinta minutos, en la sede del Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del Municipio de Villa Nueva del Departamento de Guatemala, ante el infrascrito Juez, Abogado Luis Fernando Cuches Cruz, oficial de trámite, comparecen los siguientes sujetos procesales: SINDICADO: JENNIFFER BECERRO ABOGADO: ANABELLA LIZET VASQUEZ BAUTISTA. MINISTERIO PUBLICO: ERICK PONCE Con el objeto de celebrar audiencia de REVISIÓN DE LA MEDIDA DE COERCIÓN Y REFORMA DEL AUTO DE PROCESAMIENTOS, señalada para este día y hora. El desarrollo de la audiencia así como lo decidido consta en la grabación que mediante sistema magnetofónico cuenta el juzgado constando alegatos y argumentos, se adjunta la carpeta judicial el disco compacto respectivo. EL JUEZ RESUELVE. I.

Se declara sin lugar la revisión de la medida de coerción, solicitada por el abogado Defensor, por lo que el sindicado deberá seguir en la misma situación Jurídica, es decir ligado a proceso por el delito

II.

de ASESINATO y en PRISION PREVENTIVA. Se hace constar que se devuelven los documentos que fueron puestos a la vista del juzgador.

De dicha resolución los sujetos aquí presentes quedan debidamente notificados, de conformidad con los artículos 150 y 169 del Código Procesal Penal. Se finaliza la presente diligencia, en el mismo lugar y fecha de su inicio.

Abogado DENIS MELENDEZ Juez de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del municipio de Villa Nueva, Guatemala Ana Belly Velásquez. Unidad de Audiencias… SOLICITUD DE AUDIOENCIA DE CRITERIO DE OPORTUNIDAD

Villa Nueva, Guatemala 30 de Julio de 2015

Señor: Juez de Primera Instancia Penal Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente Del Municipio de Villa Nueva, departamento de Guatemala Presente

Respetuosamente me dirijo a usted, con la finalidad

de solicitarle se sirva

autorizar y programar audiencia DE CRITERIO DE OPORTUNIDAD, dentro del expediente numero 01187-2015-04422 que se sigue en contra del procesado el ESTUARDO ENRIQUE RAYMUNDO, sindicado del delito de PLAGIO O SECUESTRO, quien quedo ligado a proceso penal el día 17 de julio del año dos mil quince y a disposición del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL, NARCOACTIVIDAD Y DELITOS CONTRA EL AMBIENTE DEL MUNICIPIO DE VILLA NUEVA, DEPARTAMENTO DE GUATEMALA.

Atentamente,

Abogado Gil Homero Aguilar cabrera DEFENSOR DEL SINDICADO.

SOLICITUD AL CENTRO PREVENTIVO

Villa Nueva, Guatemala 15 de agosto de 2015

Señor: Director Cetro preventivo para Hombre de la Zona 18 Presente

Respetuosamente me dirijo a usted, con el objeto de solicitarle se sirva presentar a este Juzgado Ubicado en la 1ra calle 3-45 Residenciales Catalina zona 6 de Villa Nueva, al procesado ESTUARDO ENRIQUE RAYMUNDO, sindicado del delito de PLAGIO O SECUESTRO, el día lunes veinte de agosto del presente año, a las diez horas con quince

minutos, con el fin de llevar acabo

AUDIENCIA DE CRITERIO DE OPORTUNIDAD. Expediente número 011872015-04422.

De usted atentamente:.

Abogado Luis Fernando Cuches Cruz Juez de Primera Instancia Penal Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del Municipio de Villa Nueva, departamento de Guatemala

UNIDAD DE AUDIENCIAS/ UDA. Expediente- 01187-2015-04422 ACTA DE CRITERIO DE OPORTUNIDAD. En el Municipio de Villa Nueva, departamento de Guatemala, veinte de agosto del dos mil quince, siendo las once horas con treinta minutos, en la sede del Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del Municipio de Villa Nueva del Departamento de Guatemala, ante el infrascrito Juez, Abogado Luis Fernando Cuches Cruz, oficial de trámite, comparecen los siguientes sujetos procesales: SINDICADO: ESTUARDO ENRIQUE RAYMUNDO. ABOGADO: GIL HOMERO AGUILAR CABRERA. MINISTERIO PUBLICO: LUIS ARMANDO RIVERA MELENDEZ Con el objeto de celebrar AUDIENCIA DE CRITERIO DE OPORTUNIDAD, señalada para este día y hora. El desarrollo de la audiencia así como lo decidido consta en la grabación que mediante sistema magnetofónico cuenta el juzgado

constando alegatos y argumentos, se adjunta la carpeta judicial el disco compacto respectivo. EL JUEZ RESUELVE. I..

Se declara sin lugar la petición, solicitada por el abogado Defensor, ya que en el Delito de PLAGIO O SECUETRO no es factible un criterio de Oportunidad,

por

la

pena

de

prisión

que

la

ley le

asigna.

(Artículo 201 del código Penal.) II..

Se hace constar que se devuelven los documentos que fueron puestos a la vista del juzgador.

De dicha resolución los sujetos aquí presentes quedan debidamente notificados, de conformidad con los artículos 150 y 169 del Código Procesal Penal. Se finaliza la presente diligencia, en el mismo lugar y fecha de su inicio.

Abogado Luis Fernando Cuches Cruz Juez de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del municipio de Villa Nueva, Guatemala

Ana Belly Velásquez Unidad de Audiencias SOLICITUD DE AUDIENCIA DE ALLANAMIENTO// POR EL M.P

Villa Nueva, Guatemala 30 de agosto de 2015

Señor: Juez de Primera Instancia Penal Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente Del Municipio de Villa Nueva, departamento de Guatemala. Presente Respetuosamente me dirijo a usted, con la finalidad de solicitarle se sirva autorizar

y Programar Audiencia de ASESINATO, a la casa marcada con el

numeral 17-55 ubicada en la 17 avenida y 5ta calle final del asentamiento Mario Alioto López Sánchez, Zona 5 del Municipio de Vila Nueva. Dicha petición se hace, en virtud de que esta fiscalía cuenta con información que dentro de la misma se podrá encontrar evidencia relacionada al Plagio o Secuestro de la señora JENNIFFER BECERRO, dentro del expediente número

1555 -08- 2015 a cargo de esta Fiscalía y que se ventila en ese

Juzgado y se sigue en contra del

procesado ESTUARDO ENRIQUE

RAYMUNDO, sindicado del delito de ASESINATO, quien quedo ligado a proceso penal el día 17 de julio del año dos mil quince.

De usted atentamente: Atentamente, Abogado ERICK PONCE AGENTE FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO Fiscalía Municipal, del Municipio de Villa Nueva Departamento de Guatemala

UNIDAD DE AUDIENCIAS Expediente 01187-2015-04422 ACTA DE AUDIENCIA DE ALLANAMIENTO En el Municipio de Villa Nueva, departamento de Guatemala, tres de septiembre de dos mil quince siendo las once horas con veinte minutos, constituidos en la sede del juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del Municipio de Villa Nueva, ante el infrascrito Juez, Abogado LUIS FERNANDO CUCHES CRUZ, y oficial de trámite, comparece: El REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO: AGENTE FISCAL: LUIS ARMANDO RIVERA MELENDEZ. Con el objeto de celebrar Audiencia de ALLANAMIENTO, señalada para este día y hora. El desarrollo de la audiencia así como lo decidido consta en la grabación que mediante sistema magnetofónico cuenta el juzgado constando los argumentos, se discutió y se resolvió en forma separada la solicitud hecha por el Fiscal del Ministerio Publico. Se adjunta la carpeta judicial el disco compacto respectivo. EL JUEZ RESUELVE: I.

Analizando la Petición del agente Fiscal del Ministerio publico en cuanto a

autorizar

ALLANAMIENTO,

INSPECCIÓN,

REGISTRO

Y

SECUESTRO DE EVIDENCIA, a la casa con el numeral 17-55, ubicada en la 17 avenida final y 5ta calle, del Asentamiento Mario Alioto López Sánchez, zona 5 del Municipio de Villa Nueva

II..

Se admite CON LUGAR a la solicitud hecha por el representante del Ministerio público, ya que se considera que es necesaria para complementar la investigación que para el efecto realiza el ente investigador, y de encontrarse evidencia como lo indica el señor fiscal, podría considerarse útil y necesaria en el presente proceso.

III.. Se hace constar que se entregaron los documentos que para el efecto presento el ente investigador y representante del ministerio público.

Abogado Luis Fernando Cuches Cruz Juez de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del municipio de Villa Nueva, Guatemala Ana Belly Velásquez Unidad de Audiencias.

CARPETA JUDICIAL No. 2555-08-2015 AUDIENCIA PARA CELEBRACION DE ACTO CONCLUSIVO: ACTO SOLICITADO POR LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO: ACUSACION Y APERTURA A JUICIOUDA. PIANO En el municipio de Villa Nueva, departamento de Guatemala, veinticinco de septiembre de dos mil quince, siendo la diez horas, en la sede del juzgado de

Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del Municipio de Villa Nueva, ante el infrascrito Juez, Abogado LUIS FERNANDO CUCHEZ CRUZ, oficial de trámite, comparecen los siguientes sujetos procesales: -

SINDICADO: JENNIFFER BECERRO,

-

ABOGADO: ANABELLA LIZET VASQUEZ BAUTISTA

REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO: ERICK PONCE. Con el objeto de celebrar Audiencia de Acusación y Apertura a Juicio señalada para este día y hora. El desarrollo de la audiencia así como el decidido consta en la grabación que mediante sistema magnetofónico cuenta el juzgado constando alegatos y argumentos, se adjunta la carpeta judicial el disco compacto respectivo. EL JUEZ RESUELVE. I.

Es procedente admitir acusación y en consecuencia se abre a juicio el presente proceso en contra del sindicada JENNIFFER BECERRO, por el delito de ASESINATO.

II.

El hecho punible sobre el cual versara el debate oral y público es el escrito de acusación que obra en autos, el cual se acepta sin modificaciones.

III.

El tribunal competente para conocer el debate oral y público es el tribunal Primero de Sentencia Penal Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del municipio de Villa Nueva. Departamento de Guatemala, donde se remitirán las presentes actuaciones en su momento procesal oportuno.-

IV.

Se entregan los medios de convicción que se acompañan al memorial de solicitud de Acusación y Apertura a juicio y demás medios de convicción que obran dentro de la carpeta judicial.

V.

Se otorga participación definitiva al acusado, a su abogado defensor, al representante del ministerio público al abogado querellante Director,

VI.

sujetos procesales que pueden ser notificados en los lugares que se encuentran identificados en autos.

VII.

Se señala audiencia de ofrecimiento de prueba el uno de diez de octubre de dos mil quince a las diez horas con treinta minutos.

De dicha resolución los sujetos aquí presentes quedan debidamente notificados, de conformidad con los artículos 150 y 169 del Código Procesal Penal. Se finaliza la presente diligencia, en el mismo lugar y fecha de su inicio.

Abogado DENIS MELENDEZ Juez de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del municipio de villa nueva, Guatemala.

Rosa Mariela Piano Vasquez Unidad de Audiencias.

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