Acta Reunión 048, Asamblea Nacional 05 de octubre de 2009
Short Description
Acta Reunión 048, Asamblea Nacional 05 de octubre de 2009...
Description
ASAMBLEA NACIONAL Reunida por convocatoria de la Ley 70-09, del 27 de febrero de 2009
ACTA NÚMERO CUARENTA Y OCHO (048) DE LA ASAMBLEA NACIONAL SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA LUNES, CINCO (05) DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 ASAMBLEÍSTA
PRESIDENTE:
ASAMBLEÍSTAS SECRETARIOS:
REINALDO
PARED
PÉREZ
DIONIS ALFONSO SÁNCHEZ CARRASCO, RUBÉN
DARÍO CRUZ UBIERA, TEODORO URSINO REYES Y GLADYS SOFIA AZCONA DE LA CRUZ.
ÍNDICE GENERAL ASUNTO
1.
PÁGINA
COMPROBACIÓN
DEL
QUÓRUM
CONSTITUCIONAL
Y
PRESENTACIÓN DE EXCUSAS ............................................................18 Asistencia .................................................................................................18 Primer Pase de Lista .................................................................................18 Segundo Pase de Lista ..............................................................................19 Incorporados a la reunión ..........................................................................24 Ausentes con excusa .................................................................................26 Ausentes sin excusa ..................................................................................27 Apertura de la Sesión ................................................................................28
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 2 DE 220
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................28 Votación 001 ............................................................................................29 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................30 Asambleísta Manuel de Jesús Jiménez Ortega ...........................................30 Minuto de Silencio ....................................................................................31 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................31 Asambleísta Víctor Valdemar Suárez Díaz ...............................................31 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................33 Asambleísta Víctor Valdemar Suárez Díaz ...............................................33 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................33 Asambleísta José Francisco A. A. Santana Suriel ......................................34 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................35 Asambleísta Remberto Arturo Cruz Rodríguez .........................................35 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................35 Asambleísta Remberto Arturo Cruz Rodríguez .........................................35 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................36
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 3 DE 220
Votación 002 ............................................................................................36 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................37 Lectura del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría ..............38 Lectura del Artículo 81 .............................................................................39 Asambleísta Ramón Alejandro Montás Rondón ........................................40 Asambleísta Ramón Rogelio Genao Durán ...............................................41 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................42 Asambleísta Ramón Rogelio Genao Durán ...............................................43 Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán ..........................................43 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................43 Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán ..........................................44 Asambleísta Ángel Acosta Féliz ...............................................................45 Asambleísta Marino Antonio Collante Gómez ..........................................45 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................49 Asambleísta Ana Isabel Bonilla Hernández ...............................................49 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ........51
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 4 DE 220
Votación 003 ............................................................................................52 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ........52 Votación 004 ............................................................................................53 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ........53 Votación 005 ............................................................................................54 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ........54 Votación 006 ............................................................................................55 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ........56 Lectura del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría ..............56 Lectura del Artículo 84 .............................................................................57 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ........58 Asambleísta Digna Reynoso .....................................................................58 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ........59 Asambleísta Digna Reynoso .....................................................................59 Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán ..........................................59 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ........60
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 5 DE 220
Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán ..........................................60 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ........60 Asambleísta Ramón Rogelio Genao Durán ...............................................61 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ........62 Asambleísta Eugenio Cedeño Areché .......................................................62 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ........63 Votación 007 ............................................................................................64 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ........65 Votación 008 ............................................................................................66 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ........66 Votación 009 ............................................................................................67 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ........68 Votación 010 ............................................................................................68 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ........69 Votación 011 ............................................................................................69 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ........70
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 6 DE 220
Votación 012 ............................................................................................71 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián .......72 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................72 Lectura del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría ..............72 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................73 Votación 013 ............................................................................................73 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................74 Lectura del Artículo 91 .............................................................................74 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................74 Votación 014 ............................................................................................75 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................75 Votación 015 ............................................................................................76 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................76 Lectura del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría ..............76 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................77 Lectura del Artículo 92 .............................................................................78
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 7 DE 220
Asambleísta Minerva Josefina Tavárez Mirabal ........................................78 Asambleísta Digna Reynoso .....................................................................78 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................78 Votación 016 ............................................................................................79 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................79 Lectura del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría ..............79 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................81 Votación 017 ............................................................................................81 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................82 Lectura del Artículo 93 .............................................................................82 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................86 Votación 018 ............................................................................................87 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................88 Asambleísta Agne Berenice Contreras Valenzuela ....................................88 Asambleísta Minerva Josefina Tavárez Mirabal ........................................89 Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán ..........................................90
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 8 DE 220
Asambleísta David Herrera Díaz ...............................................................92 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................92 Asambleísta David Herrera Díaz ...............................................................93 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................93 Votación 019 ............................................................................................94 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................94 Votación 020 ............................................................................................95 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................95 Votación 021 ............................................................................................95 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................96 Votación 022 ............................................................................................96 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ..........................................99 Asambleísta Ángel Acosta Féliz .............................................................100 Asambleísta Vicepresidente, Julio César Valentín Jiminián .................... 102 Asambleísta Ana Isabel Bonilla Hernández .............................................103 Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán ........................................104
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 9 DE 220
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................105 Votación 023 ..........................................................................................106 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................107 Votación 024 ..........................................................................................107 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................111 Lectura del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría ............ 111 Lectura del Artículo 94 ...........................................................................112 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................112 Votación 025 ..........................................................................................112 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................113 Lectura del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría ............ 113 Lectura del Artículo 95 ...........................................................................114 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................115 Votación 026 ..........................................................................................115 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................116 Lectura del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría ............ 116
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 10 DE 220
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................117 Votación 027 ..........................................................................................117 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................117 Lectura del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría ............ 118 Lectura del Artículo 114 .........................................................................118 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................118 Votación 028 ..........................................................................................118 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................119 Lectura del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría ............ 119 Lectura del Artículo 115 .........................................................................120 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................120 Votación 029 ..........................................................................................120 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................121 Votación 030 ..........................................................................................121 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................122 Lectura del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría ............ 122
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 11 DE 220
Lectura del Artículo 116 .........................................................................122 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................123 Votación 031 ..........................................................................................123 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................123 Lectura del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría ............ 123 Lectura del Artículo 96 ...........................................................................124 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................125 Asambleísta Teodoro Ursino Reyes ........................................................125 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................125 Votación 032 ..........................................................................................125 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................126 Votación 033 ..........................................................................................126 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................127 Lectura del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría ............ 127 Lectura del Artículo 98 ...........................................................................128 Asambleísta Ana Isabel Bonilla Hernández .............................................128
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 12 DE 220
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................129 Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán ........................................129 Asambleísta Radhamés Castro ................................................................130 Asambleísta José Ulises Rodríguez .........................................................131 Asambleísta Rafael Porfirio Calderón .....................................................132 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................133 Votación 034 ..........................................................................................133 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................134 Votación 035 ..........................................................................................135 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................135 Lectura del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría ............ 135 Lectura del Artículo 99 ...........................................................................136 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................136 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................137 Votación 036 ..........................................................................................137 Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez ........................................138
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 13 DE 220
Lectura del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría ............ 138 Lectura del Artículo 101 .........................................................................139 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 140 Observación de la Asambleísta Minerva Josefina Tavárez Mirabal .........140 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 140 Votación 037 ..........................................................................................140 Lectura del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría ............ 141 Lectura del Artículo 102 .........................................................................141 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 142 Votación 038 ..........................................................................................142 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 143 Lectura del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría ............ 143 Lectura del Artículo 103 .........................................................................144 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 144 Votación 039 ..........................................................................................144 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 145
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 14 DE 220
Lectura del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría ............ 145 Lectura del Artículo 104 .........................................................................145 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 146 Votación 040 ..........................................................................................146 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 146 Lectura del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría ............ 147 Lectura del Artículo 105 .........................................................................147 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 147 Votación 041 ..........................................................................................147 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 148 Lectura del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría ............ 148 Lectura del Artículo 106 .........................................................................149 Solicitud del Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián, a los asambleístas ....................................................................149 Lectura del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría ............ 149 Lectura del Artículo 107 .........................................................................150
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 15 DE 220
Lectura del Artículo 108 .........................................................................150 Lectura del Artículo 109 .........................................................................150 Lectura del Artículo 110 .........................................................................151 Lectura del Artículo 111 .........................................................................151 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 152 Votación 042 ..........................................................................................152 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 153 Votación 043 ..........................................................................................153 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 153 Votación 044 ..........................................................................................153 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 154 Votación 045 ..........................................................................................154 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 155 Votación 046 ..........................................................................................155 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 156 Votación 047 ..........................................................................................156
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 16 DE 220
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 156 Lectura del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría ............ 157 Lectura del Artículo 117 .........................................................................157 Lectura Artículo 118 ...............................................................................158 Lectura del Artículo 119 .........................................................................158 Lectura del Artículo 120 .........................................................................159 Lectura del Artículo 121 .........................................................................160 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 160 Votación 048 ..........................................................................................161 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 161 Votación 049 ..........................................................................................161 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 162 Votación 050 ..........................................................................................162 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 163 Asambleísta Minerva Josefina Tavárez Mirabal ......................................164 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 164
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 17 DE 220
Votación 051 ..........................................................................................164 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 165 Votación 052 ..........................................................................................165 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 166 Quórum Constitucional Inválida .............................................................166 Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián ...... 166 Cierre de la Reunión ...............................................................................166 Firmas ..................................................................................................... 167 Certificación de fidelidad ........................................................................168 Votaciones correspondientes a esta Reunión ...........................................169
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 18 DE 220
1. COMPROBACIÓN DEL QUÓRUM CONSTITUCIONAL Y PRESENTACIÓN DE EXCUSAS.
En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, el día jueves, cinco (05) del mes de octubre del año dos mil nueve (2009), siendo las tres horas y seis minutos (03:06) de la tarde, se realizó el primer pase de lista en el Salón de la Asamblea Nacional del Palacio del Congreso Nacional, sito en el Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, donde estuvieron presentes los diputados que integran la Asamblea Nacional, cuyo Bufete Directivo Presidido por el Asambleísta Julio César Valentín Jiminián, diputado por la provincia Santiago - PLD, Presidente de la Cámara de Diputados y Presidente en Funciones de la Asamblea Nacional y Gladys Sofía Azcona de la Cruz, provincia Santo Domingo - PLD, diputada por la provincia Santo Domingo - PLD, Secretaria del Bufete Directivo de la Cámara de Diputados.
Los señores legisladores integrantes de la Cámara de Diputados: Ramón Antonio Cabrera Cabrera, provincia Santo Domingo - PLD; Ysabel De la Cruz Javier, provincia Santo Domingo - PLD; Milcíades Marino Franjul Pimentel, provincia Peravia - PLD; Altagracia Herrera Brito, provincia
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 19 DE 220
Monte Plata - PRD; Manuel de Jesús Jiménez Ortega, provincia Santo Domingo - PLD; Jesús Martínez Alberti, provincia Santo Domingo - PLD; Rafael Molina Lluberes, provincia Sánchez Ramírez - PRSC; Ramón Dilepcio Núñez Pérez, provincia Santiago - PLD; René Polanco Vidal, provincia Santo Domingo - PLD;
(DESDE HABERSE EFECTUADO EL PRIMER PASE DE LISTA HASTA LAS CUATRO HORAS Y CINCO (4:05) MINUTOS, HICIERON
ACTO
DE
PRESENCIA
LOS
SIGUIENTES
ASAMBLEÍSTAS:)
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez, senador por el Distrito Nacional - PLD, Presidente del Senado y de la Asamblea Nacional; Teodoro Ursino Reyes, provincia La Romana - PLD, diputado por la provincia La Romana – PLD, Secretario del Bufete Directivo de la Cámara de Diputados; Dionis Alfonso Sánchez Carrasco, provincia Pedernales PLD, Secretario del Bufete Directivo del Senado, Rubén Darío Cruz Ubiera, provincia Hato mayor - PLD, Secretario del Bufete Directivo del Senado.
Los restantes miembros de la Asamblea Nacional, señores legisladores integrantes del Senado de la República: Cristina Altagracia Lizardo
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 20 DE 220
Mézquita, senadora por la provincia Santo Domingo - PLD, Vicepresidenta del Senado; Diego Aquino Acosta Rojas, provincia Bahoruco - PLD; Pedro José Alegría Soto, provincia San José de Ocoa - PRD; Germán Castro García, provincia La Altagracia - PRSC; José Ramón De la Rosa Mateo, provincia San Juan - PLD; Tommy Alberto Galán Grullón, provincia San Cristóbal - PLD; Wilton Bienvenido Guerrero Dumé, provincia Peravia PLD; Juan Olando Mercedes Sena, provincia Independencia - PLD; Prim Pujals Nolasco, provincia Samaná - PLD; Amílcar Jesús Romero Portuondo, provincia Duarte - PLD; Euclides Rafael Sánchez Tavárez, provincia La Vega - PLD; Adriano de Jesús Sánchez Roa, provincia Elías Piña - PRSC; Amarilis Santana Cedano de Martínez, provincia La Romana - PLD; Noé Sterling Vásquez, provincia Barahona - PRSC; Félix María Vásquez Espinal, provincia Sánchez Ramírez - PRSC; Jesús Antonio Vásquez Martínez, provincia María Trinidad Sánchez – PRD; Heinz Siegfried Vielut Cabrera, provincia Montecristi – PLD; Alejandro Leonel William Cordero, provincia San Pedro de Macorís - PLD.
Los restantes miembros de la Asamblea Nacional, señores legisladores integrantes de la Cámara de Diputados: Rafael Leonidas Abreu Valdez, provincia San Cristóbal - PRD; Ángel Acosta Féliz, provincia Santiago PRD; Pablo Adón Guzmán, provincia Santo Domingo - PRD; Pedro Alejandro Aguirre Hernández, provincia Puerto Plata - PRD; Rafaela
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 21 DE 220
Alburquerque de González, provincia San Pedro de Macorís - PRSC; Juan Alberto Aquino Montero, provincia Elías Piña - PLD; Manuel Elpidio Báez Mejía, Distrito Nacional - PLD; Ana Isabel Bonilla Hernández, provincia María Trinidad Sánchez - PLD; Julio Alberto Brito Peña, provincia Azua PLD; Ramón Antonio Bueno Patiño, Distrito Nacional - PRD; Guido Cabrera Martínez, provincia La Altagracia - PRSC; Lidio Cadet Jiménez, provincia Santo Domingo - PLD; Luis Ernesto Camilo García, provincia Duarte - PRD; Juan Julio Campos Ventura, provincia La Altagracia - PLD; Félix Antonio Castillo Rodríguez, provincia Puerto Plata - PLD; Pelegrín Horacio Castillo Semán, Distrito Nacional - PLD-FNP; Radhamés Castro, provincia Santo Domingo - PRSC-PPC; Máximo Castro Silverio, provincia Santiago - PRSC; Andrés Comprés Brito, provincia Duarte - PLD; Marino Antonio Collante Gómez, provincia Santiago - PRSC; Antonio Bernabel Colón Cruz, provincia Santiago - PRD; Domingo Inocencio Colón Rodríguez, provincia Valverde - PLD; Alfonso Crisóstomo Vásquez, provincia Puerto Plata - PLD; Néstor Julio Cruz Pichardo, provincia Santo Domingo - PRD; Remberto Arturo Cruz Rodríguez, provincia Espaillat PRSC; Yuderka Yvelisse De la Rosa Guerrero, Distrito Nacional - PLD; Antonio De León Morel, provincia Santiago - PRD; Pedro Antonio Delgado Valdez, provincia La Vega - PLD; María Estela De la Cruz De Jesús, provincia Monte Plata - PRD; Modesto Díaz Coste, provincia Monseñor Nouel - PRD; Ydenia Doñé Tiburcio, provincia San Cristóbal -
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 22 DE 220
PLD; Julio Encarnación, provincia Santo Domingo - PRD; Nidio Encarnación Santiago, provincia San Juan - PRD; Juan Bautista Encarnación Tejeda, Distrito Nacional - PLD; Pedro Augusto Evangelista Monegro, provincia Hato Mayor - PRD; Roberto Ernesto Féliz Féliz, provincia Barahona - PRSC; Mario José Campoamor Fernández Saviñón, provincia Duarte - PRSC; Radhamés Fortuna Sánchez, provincia Santo Domingo - PLD; Jorge Frías, provincia Santo Domingo - PRD; Hugo Fernelis Fortuna Tejeda, provincia Santo Domingo - PLD; Elvin Antonio Fulgencio, provincia Santo Domingo - PLD; Salomón García Ureña, provincia María Trinidad Sánchez - PRD; Ramón Rogelio Genao Durán, provincia La Vega - PRSC; César Enrique Gómez Segura, provincia San José de Ocoa - PRSC; Ruddy González, provincia Azua - PRD; David Herrera Díaz, provincia San Juan - PRD; Julio César Horton Espinal, Distrito Nacional - PLD; Wagner Manuel José Mosquea, provincia María Trinidad Sánchez - PRD; Víctor Luis de Jesús Lasosé Figueroa, provincia Espaillat - PRD; Aquiles Leonel Ledesma Alcántara, provincia Barahona PRD; Rubén Darío Maldonado Díaz, provincia Santo Domingo - PLD; Carlos José Ramón Martínez Arango, provincia Puerto Plata - PRD; Abrahán De la Cruz Martínez Pujols, provincia San José de Ocoa - PLD; Alfonso Gamalier Montás Domínguez, provincia San Cristóbal - PLD; Ramón Alejandro Montás Rondón, Distrito Nacional - PLD; Gilda Mercedes Moronta Guzmán, provincia La Vega - PLD; Ilana Neumann
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 23 DE 220
Hernández, provincia Puerto Plata - PRD; Hugo Rafael Núñez Almonte, provincia La Vega - PRD; Cristian Paredes Aponte, provincia Sánchez Ramírez - PRD; Juan Antonio Pérez, provincia Santo Domingo - PLD; Mirtha Elena Pérez, provincia Santo Domingo - PLD; Luis Ramón Peña, provincia San Pedro de Macorís - PRD; Franklin Ysaías Peña Villalona, provincia San Pedro de Macorís - PLD; Ramón Antonio Pimentel Gómez, provincia Montecristi - PRD; Mauro Piña Bello, provincia San Juan - PLD; Juan Carlos Quiñones Minaya, provincia Puerto Plata - PLD; Santo Ynilcio Ramírez Bethancourt, provincia Peravia - PRD; Juan Benito Reyes Brito, provincia San Cristóbal - PRD; Gregorio Reyes Castillo, provincia Dajabón - PLD; Digna Reynoso, Distrito Nacional - PRD; José Ulises Rodríguez Guzmán, provincia Santiago - PRD; Aníbal Rosario Ramírez, provincia Santo Domingo - PRD; Juan José Rosario Rosario, provincia Duarte - PLD; Manuel Alberto Sánchez Carrasco, provincia Pedernales - PRD; María Margarita Sánchez de Almonte, provincia La Altagracia - PRD; Ramón Ricardo Sánchez De la Rosa, provincia La Altagracia - PRSC; Gustavo Antonio Sánchez García, Distrito Nacional - PLD; María Cleofia Sánchez Lora, Distrito Nacional - PLD; Bernardo Sánchez Rosario, provincia Espaillat - PRD; Rafael Antonio Santana Albuez, provincia Monte Plata PLD; José Francisco A. A. Santana Suriel, provincia Santo Domingo PRD; Pablo Inocencio Santana Díaz, provincia Independencia - PLD; Nancy Altagracia Santos Peralta, provincia Santiago Rodríguez - PLD; Elso
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 24 DE 220
Milcíades Segura Martínez, provincia Santo Domingo - PLD; Juan Gilberto Serulle Ramia, provincia Santiago - PLD; José María Sosa Vásquez, provincia San Pedro de Macorís - PLD; Gladis Mercedes Soto Iturrino, provincia Sánchez Ramírez - PLD; Víctor Valdemar Suárez Díaz, provincia Santiago - PLD; Juan Suazo Marte, provincia Monte Plata - PLD; Minerva Josefina Tavárez Mirabal, Distrito Nacional - PLD; Víctor Manuel Terrero Encarnación, provincia Barahona - PLD; Miguel Ángel de Jesús Vásquez Escoto, provincia Hermanas Mirabal – PRD; Radhamés Vásquez Reyes, provincia San Cristóbal - PLD; Juana Mercedes Vicente Moronta, provincia San Pedro de Macorís - PLD; Demetrio Antonio Vicente Ureña, provincia Samaná - PRD.
INCORPORADOS A LA REUNIÓN: Orfelina Liseloth Arias Medrano, provincia Peravia – PLD (4:28); Alberto Elías Atallah Laján, Distrito Nacional - PRD (6:10); Euclides Batista Brache, provincia La Vega - PRSC (4:40); Andrés Bautista García, provincia Espaillat – PRD (4:58); Víctor Orlando Bisonó Haza, Distrito Nacional - PRSC (5:26); Geraldo Miguel Bogaert Marra, provincia Santo Domingo - PLD (4:38); José Leonel Cabrera Abud, Distrito Nacional – PRD (4:16); Rafael Porfirio Calderón Martínez, provincia Azua – PRD (5:35); Josefa Aquilina Castillo Rodríguez, provincia Santo Domingo – PRD (4:22); Eugenio Cedeño Areché, provincia La Romana – PRD (4:53); Agne Berenice Contreras
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 25 DE 220
Valenzuela, provincia Elías Piña - PRSC (4:49); (4:41); Antonio de Jesús Cruz Torres, provincia Santiago Rodríguez
- PLD (4:55); Nemencia
Amancia De la Cruz Abad, provincia Santo Domingo – PRD (4:21); Lucila Leonarda De León Martínez, provincia Santo Domingo – PRD (6:01); César Augusto Díaz Filpo, provincia Azua – PRD (4:49); Manuel Antonio Díaz Santos, provincia San Cristóbal - PLD (4:55); Pedro Dionicio Flores Grullón, provincia Espaillat – PLD (6:00); Ángel José Gomera Peralta, provincia Santo Domingo – PLD (5:21); José Altagracia González Sánchez, provincia Santo Domingo – PRD (4:20); Andrés Henríquez Antigua, provincia Santo Domingo – PRD (4:25); Luis José González Sánchez, provincia Bahoruco - PRSC (5:54); Tulio Jiménez Díaz, provincia San Cristóbal – PLD (4:18); Pedro Vicente Jiménez Mejía, provincia Santo Domingo - PLD (4:41); Ana Quisqueya Lantigua De la Cruz, provincia Azua – PLD (4:41); Juan Maldonado Castro, provincia El Seybo – PRD (4:17); Alfredo Martínez, provincia Santo Domingo - PLD (4:23); Francisco Rosario Martínez, provincia La Romana - PRSC (7:44); Demóstenes William Martínez Hernández, provincia Santiago - PLD (5:07); Rudy María Méndez, provincia Barahona – PLD (4:28); Lupe Núñez Rosario, provincia Duarte – PLD (4:23); Domingo Antonio Páez Rodríguez, provincia Santo Domingo - PLD (4:52); Rubén Darío Peñaló Torres, provincia Valverde – PRD (4:41); Fidelia Altagracia Pérez Rodríguez, provincia Santiago – PRD (4:42); Ángela Pozo, provincia
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 26 DE 220
Valverde - PLD (4:55); Aridio Antonio Reyes, provincia La Vega - PLD (4:22); Karen Lisbeth Ricardo Corniel, provincia Santo Domingo - PLD (6:44); Santiago de Jesús Rodríguez Peña, provincia Santiago – PLD (4:43); Julio Rafael Romero Villar, provincia Santo Domingo – PRD (4:26); Luis Rafael Sánchez Rosario, provincia Espaillat – PRD (4:57); Carmen Mirelys Uceta Vélez, provincia Dajabón – PRSC (5:10); Francis Emilio Vargas Francisco, provincia Puerto Plata - PLD (7:14); Rafael Francisco Vásquez Paulino, Distrito Nacional - PRD (4:42); Santiago Vilorio Lizardo, provincia Hato Mayor – PLD (6:13);
AUSENTES CON EXCUSA LEGÍTIMA: Nelson de Jesús Arroyo Perdomo, provincia San Pedro de Macorís - PRD; Ramón Noé Camacho Santos, provincia Espaillat - PLD; Luis René Canaán Rojas, provincia Hermanas Mirabal - PLD; Sergio Antonio Cedeño de Jesús, provincia La Altagracia - PRSC; Francisco Javier Tadeo Domínguez Brito, provincia Santiago - PLD; Elba Lugo A. de Alcántara, provincia San Juan - PLD; Charles Noel Mariotty Tapia, provincia Monte Plata - PLD; Noé Marmolejos Mercedes, provincia Duarte - PRD; María Altagracia Matos Ramírez, provincia Pedernales - PLD; Lucía Medina Sánchez, provincia San Juan - PLD; Kenia Milagros Mejía Mercedes, provincia El Seybo PLD; Félix María Nova Paulino, provincia Monseñor Nouel - PLD; Carlos Manuel Peña Batista, Distrito Nacional - PLD; Francisco Radhamés Peña
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 27 DE 220
Peña, provincia Valverde - PLD; Plutarco Pérez, provincia La Romana PLD; Juan Roberto Rodríguez Hernández, provincia El Seybo - PRD; Sergio Pascual Vargas Parra, provincia San Cristóbal – PLD.
AUSENTES SIN EXCUSA: José Acevedo Trinidad, provincia Samaná PLD; Miguel Alejandro Bejarán Álvarez, provincia Montecristi - PLD; Juan de Jesús De León Contreras, provincia Santiago - PLD-UDC; Pedro Antonio Caro Pérez, provincia Bahoruco - PLD; Rafael Librado Castillo Espinosa, Distrito Nacional - PRD; José Antonio Fabián Bertré, provincia Monseñor Nouel - PLD; Radhamés Antonio Fermín Cruz, provincia Santiago - PRSC; Guillermo Galván, provincia La Vega - PLD; Leivin Esenobel Guerrero, provincia San Cristóbal -
PRD; Abel Atahualpa
Martínez Durán, provincia Santiago - PLD; Raúl Mondesí Avelino, provincia San Cristóbal - PLD; Fausto Marino Mendoza Rodríguez, provincia San Cristóbal - PRD; Celestino Peña García, provincia Santiago Rodríguez - PRD; José Casimiro Ramos Calderón, provincia Monseñor Nouel - PLD; Afif Nazario Rizek Camilo, provincia Hermanas Mirabal PLD; Magda Alina Altagracia Rodríguez Azcona, provincia Santiago PLD; Guillermo Radhamés Ramos García, provincia La Vega - PRD; Elías Rafael Serulle Tavárez, Distrito Nacional - PLD; Henry Osvaldo Sarraff Urbáez, provincia Independencia - PRD; Mario Antonio Torres Ulloa, provincia Dajabón - PRD; José Ricardo Taveras
Blanco, provincia
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 28 DE 220
Santiago - PLD-FNP; Lethi Vásquez Castillo, provincia Santo Domingo – PLD.
Con la presencia en este momento de 25 senadores y 103 diputados, 128 asambleístas en total, el Presidente de la Asamblea, Senador Reinaldo Pared Pérez, siendo las tres horas y cincuenta y ocho minutos (03:58) de la tarde, declaró abierta la Sesión de la Asamblea Nacional, la cual se reúne en virtud de las disposiciones constitucionales y de la Ley 70-09 del 27 de febrero de 2009, publicada oficialmente el 11 de marzo de 2009, ley que declara la necesidad de la reforma a la Constitución de la República.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Buenas tardes, secretarios, secretarias, señora vicepresidenta del Senado de la República, amigos voceros de las diferentes bancadas, amigos y amigas asambleístas, tenemos el quórum requerido; por cuya razón, damos inicio formal a la Sesión correspondiente a este día, cinco (5) de octubre del año dos mil nueve (2009). Pasamos a informarles, que han presentado excusas, para el día de hoy: Juan Roberto Rodríguez, Francisco Radhamés Peña, Rubén Darío Cruz, Charles Mariotty, Félix Nova y Luis René Canaán; también, se han excusado los asambleístas siguientes: Sergio Vargas, Noel Marmolejos Mercedes, María Matos, Lucía Medina Sánchez, Sergio Cedeño, Plutarco Pérez, Carlos Peña, del 5 al 8 de octubre; Nelson Arroyo, del 5 al 8 de
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 29 DE 220
octubre, Elba Lugo de Alcántara, por hoy y mañana, Ramón Noé Camacho, por hoy, Kenia Mejía, por hoy y Francisco Rosario, por hoy; son los y las asambleístas que han presentado formales excusas para la Sesión, algunos para este día, otros para hoy y otros días. Vamos a continuar con la Orden del Día, tal y como quedó en la última Sesión; pero antes, debo someter a la consideración del pleno de la Asamblea, para fines de aprobación el Acta correspondiente a la reunión No. 42, de la Asamblea de fecha 21 de Septiembre del presente año; la correspondiente a la No. 43, del 22 de Septiembre, está disponible para fines de información, consulta y observaciones,
hasta el día 7, fecha en la que la someteremos a la
consideración del Pleno de la Asamblea; pero la primera, repito la No. 42, del 21 de Septiembre de Dos Mil Nueve (2009), se va a someter a aprobación en la tarde de hoy; vamos a prepararnos para votar por esta Acta; que inicie el tiempo; estamos sometiendo, para fines de aprobación, el Acta No. 42, de fecha 21 de Septiembre de este año; ha iniciado el tiempo.”
Votación 001 “Sometida a votación el Acta No.042, de fecha 21 de mayo, correspondiente al año 2009. 92 VOTOS SÍ, 24 VOTOS NO, 116 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 30 DE 220
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Ha sido aprobado el Acta No. 42, del 21 de Septiembre de Dos Mil Nueve, cuando votaron por esta Acta, 92 asambleístas, de un mínimo de 78. Antes de empezar con los trabajos a la altura donde nos quedamos en la última Sesión, le vamos a ceder la palabra al Asambleísta Manuel Jiménez; en el día de ayer falleció en Argentina, una gloria latinoamericana, como lo fue Mercedes Sosa; para referirse a esta trágica noticia, del sentido fallecimiento de Mercedes Sosa, vamos a ceder la palabra al Asambleísta Manuel Jiménez”.
Asambleísta Manuel de Jesús Jiménez Ortega: “Gracias, Presidente, gracias distinguidos colegas asambleístas. Ciertamente, la música, la canción, la comunidad de habla hispana y muchas otras comunidades del mundo, de otras lenguas, sienten la más profunda convocatoria, esta vez a la despedida y al dolor de su partida, de una voz que nos convocó a todos y todas los latinoamericanos a más de una jornada, de una canción que nos reunió más de una vez, a cantar, a soñar, a esperar y a sentir, que nos convocó más de una vez al compromiso. El inconmensurable aporte de esa voz y de esa profunda canción, no lo podremos saber hasta que no profundicemos en los logros que hemos alcanzado en las cinco décadas que le tocó cantar sin parar, para cada uno de nuestros empeños, para cada uno de nuestros anhelos, para las aspiraciones más sentidas de la juventud
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 31 DE 220
latinoamericana; no se nos va cualquier canción, no se nos va cualquier voz, se nos va la canción de la esperanza, una voz del futuro de los pueblos de América Latina. Quiero pedir, en ese sentido, que para recordarla en la dimensión de su figura gigante, latinoamericana y del mundo, guardemos un minuto de reflexión a su eterna memoria, y su eterna canción. Gracias, Presidente”.
(PUESTOS DE PIÉS HACEN MINUTO DE SILENCIO)
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Muchas gracias; miren, la última Sesión celebrada por la Asamblea, que lo fue el jueves de la semana pasada, fueron dejados sobre la mesa, un conjunto de propuestas de artículos nuevos, presentados por el Asambleísta Víctor Suárez, tengo entendido que él va a retirar esas propuestas, para sustituirlas por una; antes de pasar a las atribuciones del Senado, que es lo que continúa en el Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría, entonces vamos a cederle la palabra, que se había dejado sobre la mesa, la propuesta de él, al Asambleísta Víctor Suárez”.
Asambleísta Víctor Valdemar Suárez Díaz: “Buenas tardes, Presidente, Vicepresidente y demás Asambleístas; el jueves pasado, en la última reunión, donde se volvía a discutir, dentro del Poder Legislativo, en el
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 32 DE 220
Título III, con relación a las atribuciones de ambas cámaras, nosotros sometíamos un proyecto, de dos Artículos nuevos, que en el día de hoy vamos a presentar fusionados, con algunos cambios, tendentes a enviar parte del conocimiento a los reglamentos internos de ambas cámaras; está en pantalla, podemos leerlo, pero primero, reiterando lo que usted había dicho, que vamos a retirar la propuesta que se había hecho desde la Primera Lectura, modificada el jueves, para que la de hoy, firmada ya por nueve asambleístas, quien les habla, el Vicepresidente de la Asamblea Nacional, Minou Tavárez Mirabal, Manuel Jiménez, Lidio Cadet, Wilton Guerrero, Teodoro Ursino Reyes, Ángel Acosta y Cristian Paredes. Diría de la siguiente forma, es la misma de la investidura, Presidente, donde nosotros entendemos que tenemos todas las prerrogativas, todos los privilegios de ser un funcionario electo, de ser un Legislador, pero también que sean los Presidentes tanto del Senado, como de la Cámara de Diputados, que tengan que dar más seguimiento a los cumplimientos de cada uno de los Legisladores en sus respectivas Cámaras, en virtud a este Artículo y a los reglamentos que ya hemos mencionado, y diría: ‘Las y los legisladores deben asistir a las Sesiones de las Legislaturas, y someterse al régimen de inamovilidades e incompatibilidades en la forma y términos que defina los reglamentos internos de ambas Cámaras Legislativas, quines incumplan lo anterior perderán su investidura, previo Juicio Político, de acuerdo con las normas instituidas por esta Constitución y el Reglamento y no podrán
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 33 DE 220
optar por una posición en el Congreso Nacional dentro de los diez años siguientes de su destitución’; nosotros quisimos aquí, también a varias solicitudes, una disposición transitoria, porque no es un artículo de manera coyuntural, es más de cara al futuro, es de cara a dejar un legado en esta nueva Constitución que esa disposición transitoria diga…”
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Víctor, yo creo que la disposición transitoria está demás”.
Asambleísta Víctor Valdemar Suárez Díaz: “Como usted entienda, Presidente, pero quería hacer esa explicación, porque eran otras observaciones que nos habían hecho, pero lo que usted entienda y lo que entienda la mayoría, es simplemente, porque en un momento, se ha hablado de algún Legislador y Legisladora, y se dice que queremos hacer esto en momentos políticos, en contra de o a favor de, y lo que queremos es, aunque no se apruebe, dejar claramente establecido aquí, que es de cara al futuro, es de cara a que cada uno tenga mayor responsabilidad con la función; que nos da el pueblo cuando vota a favor de nosotros. Muchísimas gracias y que sea la Asamblea, la soberana, en la toma de decisión”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Asambleísta Suárez, yo le hacía la observación ahorita, la propuesta suya dice: ‘Las y los
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 34 DE 220
Legisladores deben asistir a las Sesiones de las Legislaturas, y someterse al régimen de inamovilidades e incompatibilidades en la forma y términos que defina los reglamentos internos de ambas Cámaras Legislativas’, como la Constitución establece algún tipo de incompatibilidades, yo creo que debe agregarse: ‘En la forma y término que definan la presente Constitución y los reglamentos internos de ambas Cámaras’, lo que pasa es que más para abajo solamente se refiere al Juicio Político, ¿usted me entiende?, más para abajo dice: ‘quienes incumplan lo anterior perderán su investidura, previo Juicio Político, de acuerdo con las normas instituidas por esta Constitución’, es decir, más para abajo manda solamente al Juicio Político, usted está de acuerdo que diga: ‘Al régimen de inhabilidades e incompatibilidades en la forma y término que definan la presente Constitución y los Reglamentos internos de ambas Cámaras Legislativas’, y retira entonces,´ La disposición transitoria’, ¿no es así?, ¿alguna observación?, no hay ningún tipo de observación, tiene la palabra, el Asambleísta José Santana”.
Asambleísta José Francisco A. A. Santana Suriel: “Buenas tardes, Presidente, Vicepresidente, asambleístas. Simplemente agregar posición por elección popular, porque
ahí lo está limitando a Senador, a una
posición en el Congreso solamente, una por la inamovilidad, pero deber ser a una elección popular, porque lo mismo hacen con una regiduría, o tal
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 35 DE 220
vez, por una sindicatura, no, bueno, no, no eso fue una observación simplemente, Presidente”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “¿Más nadie?, es que tienen que anotarse, punchando;
Radhamés Vásquez, la retira;
Asambleísta Remberto Cruz”.
Asambleísta Remberto Arturo Cruz Rodríguez: “Sí, gracias, Presidente, colegas asambleístas. Solamente, en la propuesta que hace Víctor Suárez, sugerirle que en vez de que diga: ‘Los reglamentos internos de ambas Cámaras Legislativa’, digan Presidente, ‘Los Reglamentos internos de la Cámara correspondiente’, porque al Diputado,
se le debe aplicar el
Reglamento de los Diputados, y al Senador, el Reglamento del Senado. Eso es todo, Presidente, gracias”.
Asambleísta
Presidente,
Reinaldo Pared Pérez:
“¿Cuál
es
la
Propuesta?”.
Asambleísta Remberto Arturo Cruz Rodríguez: “Donde dice: ‘En los términos que defina los reglamentos internos de ambas Cámaras Legislativas’, diga: ‘En los términos que defina los Reglamentos internos de la Cámara correspondiente’, de manera tal, que se aplique al Diputado
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 36 DE 220
el Reglamento de la Cámara, y al Senador, el Reglamento Interno del Senado de la República”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “De la Cámara Legislativa correspondiente, entonces, diría así: ‘Pérdida de Investidura: Las y los legisladores deben asistir a las sesiones de las Legislaturas, y someterse al régimen de inhabilidades e incompatibilidades, en la forma y términos que definan la presente Constitución y los Reglamentos internos de la Cámara Legislativa correspondiente. Quienes incumplan lo anterior perderían su investidura, previo Juicio Político de acuerdo con las normas instituidas, por esta Constitución y el Reglamento y no podrán optar por una posición en el Congreso Nacional, dentro de los diez años siguientes a su destitución’, así quedaría; vamos entonces, a someter la votación de esta propuesta del Asambleísta Víctor Suárez, con las modificaciones que se le han introducido, tanto por Remberto Cruz, como por nosotros; que inicie el tiempo.”
Votación 002 “Sometida a votación la propuesta de artículo nuevo, al Título III, Del Poder Legislativo, perteneciente a las Atribuciones de Ambas Cámaras, presentada por el Asambleísta Víctor Valdemar Suárez Díaz, reformulada por los asambleístas Remberto Arturo Cruz y Reinaldo Pared Pérez, el cual
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 37 DE 220
versa como sigue: ‘Pérdida de Investidura: Las y los legisladores deben asistir a las sesiones de las Legislaturas, y someterse al régimen de inhabilidades e incompatibilidades, en la forma y términos que definan la presente Constitución y el Reglamento interno de la Cámara Legislativa correspondiente. Quienes incumplan lo anterior perderían su investidura, previo Juicio Político de acuerdo con las normas instituidas, por esta Constitución y el Reglamento y no podrán optar por una posición en el Congreso Nacional, dentro de los diez años siguientes a su destitución’. 108 VOTOS SÍ, 24 VOTOS NO, 132 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Ya ha sido aprobada, esta propuesta presentada por el
Asambleísta Víctor Suárez, cuando
votaron por la misma, 108 asambleístas, de un mínimo de 88. Continuamos, entonces,
con el informe, empezando por la página 78,
que trata lo
referente a las atribuciones del Senado, que en el informe figura como Artículo 81, fue aprobado como 99, en la Primera Lectura, déle lectura, Asambleísta Dionis Sánchez.
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 38 DE 220
(EL ASAMBLEÍSTA SECRETARIO, DIONIS ALFONSO SÁNCHEZ CARRASCO, CONTINÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA)
MODIFICAR el Artículo 23, de la CONSTITUCIÓN VIGENTE, con el texto aprobado en Primera Lectura y transcrito como Artículo 99, en lo cual se propone: · Solicitar la RECONSIDERACIÓN de la Propuesta del
Poder
Ejecutivo, en el Artículo 71, que referencia el Artículo 68, Numeral 2) para “conocer de las acusaciones formuladas por la Cámara de Diputados, contra los Funcionarios Públicos elegidos para un período determinado, la cual fue rechazada por vía de modificación al informe de la Comisión Especial; esto así, porque no puede haber ningún alto funcionario que escape al sistema de control político, del órgano de mayor legitimidad del sistema democrático; la gran mayoría de las constituciones democráticas, prevén ese control; · RECONSIDERAR el Numeral 1 de la Propuesta del Poder Ejecutivo, que fue rechazada por vía del informe de la Comisión según consta en la votación 003, de la reunión 034, efectuada el 15 de julio de 2009, en la cual se establecía la mayoría de las dos terceras partes de la matrícula para la declaración de culpabilidad en
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 39 DE 220
el Juicio Político. Se recomienda que la mayoría sea referenciada a la matrícula y no a los presentes, para garantizar que no se festine el uso de este recurso, además, de que está decisión requiere de un mayor nivel de legitimidad del órgano, Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación:
Artículo 81 99.- Atribuciones: Son atribuciones exclusivas del Senado:
1.- Conocer de las acusaciones, formulada por la Cámara de Diputados, contra las y los funcionarios públicos señalados, en el artículo 71, Numeral 1. La declaración de culpabilidad, deja a la persona destituida de su cargo, y no podrá desempeñar ninguna función pública, sea o no sea, de elección popular, por el término de cinco años. La persona destituida quedará sujeta, si hubiere lugar, a ser acusada y juzgada, por ante los tribunales ordinarios con arreglo a la Ley, esta decisión se adoptará con el voto de las dos terceras partes de la matrícula. 2.- Aprobar o desaprobar los nombramientos de Embajadores y Jefes de Misiones Permanentes, acreditados en el exterior, que someta el Presidente de la República.
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 40 DE 220
3.- Elegir los miembros de la Cámara de Cuenta de las ternas presentadas por la Cámara de Diputados, con el voto de las dos terceras partes de los Senadores presentes. 4.- Elegir los miembros de la Junta Central Electoral, y sus suplentes, con el voto de las dos terceras partes de los presentes. 5.- Elegir al Defensor del Pueblo, sus suplentes y sus adjuntos, a partir de las ternas que le presente la Cámara de Diputados. 6.- Autorizar, previa solicitud del Presidente de la República, en ausencia de convenio que lo permita la presencia de tropas extranjeras en ejercicios militares en el territorio de la República, así como, determinar el tiempo y las condiciones de su estadía. 7.- Aprobar o desaprobar el envío al extranjero de tropas en misiones de paz, autorizadas por organismos internacionales, fijando las condiciones y duración de dicha misión.
Asambleísta Ramón Alejandro Montás Rondón: “Honorable Presidente, Honorable
Vicepresidente
de
la
Asamblea
Revisora.
El
bloque
parlamentario del Partido de la Liberación Dominicana desea pedirle a la Asamblea que el Artículo 81, quede sobre la mesa, para discutirlo posteriormente, sobre todo la parte que tiene que ver con la Cámara de Cuentas, el Numeral 3, donde dice: ‘Elegir los miembros de la Cámara de Cuenta de las ternas presentadas por la Cámara de Diputados, con el voto
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 41 DE 220
de las dos terceras partes de los Senadores presentes’, ese numeral 3, proponemos que se quede sobre la mesa, y que conozcamos los otros numerales que componen el Artículo 81, que estamos tratando actualmente. Muchas gracias”.
Asambleísta
Ramón
Rogelio
Genao
Durán:
“Honorable
Señor
Presidente, distinguidos miembros del Bufete Directivo, colegas de todas las bancadas. El Partido Reformista Social Cristiano, suscribe en todas las partes el informe presentado por la Comisión de Verificación y Auditoría en lo que se refiere a las atribuciones exclusivas del Senado de la República, por entender que las mismas contribuyen a redimensionar el rol de supervisión, de fiscalización por parte del Congreso y en este caso del Senado de la República; y proponemos,
como única modificación, a
rechazar que se deje sobre la mesa el Numeral 3, que se le agregue al Numeral
5, la frase: ‘Con el voto de las dos terceras partes de los
presentes’, en lo que se refiere a la designación de las ternas, del Defensor del Pueblo, para que se siga el mismo criterio, que se usa tanto en la Cámara de Cuentas, como en la Junta Central Electoral, como en otros espacios, que son de designación del Senado; entendemos que dejar sobre la mesa, el Numeral 3 es una clara señal de que vamos a seguir en este Congreso con la contra reforma, que ha querido impulsar en el seno de esta Asamblea Revisora, dos partidos, o parte del liderazgo de dos partidos;
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 42 DE 220
porque se entiende que es para volver atrás, en lo que se refiere a la designación de la Cámara de Cuentas, que como se estableció en la Primera Lectura, debe surgir de las ternas propuestas por la Cámara de Diputados, y electa por el Senado de la República, y no de otra manera, porque el diseño de la democracia dominicana establece que la Cámara de Cuentas, es el control externo que tiene el Ejecutivo, bajo la existencia de un control interno, que es la Contraloría General de la República, y no debe estar en ningún ámbito, que no sea bajo el poder fiscalizador, que es el Poder Legislativo; nosotros reiteramos que respaldamos que se conozca en el día de hoy, el Numeral 3, que se mantenga que el Senado escoja de ternas propuestas por la Cámara de Diputados, los integrantes de la Cámara de Cuentas, y que se le agregue a lo que se refiere al Defensor del Pueblo que con el voto de las dos terceras partes para mantener una mayoría calificada de los presentes, para la elección de estos importantes entes de la democracia dominicana. Muchísimas gracias”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Tiene la palabra, el Asambleísta Pelegrín Castillo. ¡Perdón!, Asambleísta Castillo; Asambleísta Genao, ¿Qué establece la Ley del Defensor del Pueblo, no es por mayoría simple?”.
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 43 DE 220
Asambleísta Ramón Rogelio Genao Durán: “Que es la dos terceras partes.”
Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán: “Honorable Presidente, Honorables colegas. Hemos tomado la palabra, para hacer unas observaciones sobre este artículo y sus numerales, acabamos de aprobar la propuesta del Asambleísta Víctor Suárez, que establece una inhabilitación por 10 años, estamos estableciendo en el Numeral 1, que luego del Juicio Político, habrá una inhabilitación por 5 años, me parece que hay que armonizar, esa disposición y tienen que ser 10 años, para todos los casos de destitución por Juicio Político, por otro lado, nosotros mantenemos el criterio de que la Asamblea debe conocer en el día de hoy, el Numeral 3 y mantener la propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría, que es la misma disposición aprobada en Primera Lectura. Suscribimos la Propuesta del Partido Reformista, de que el Defensor del Pueblo, sea elegido por una mayoría calificada, por el Senado de la República; recordemos que tenemos un sistema de elección del Senado, mayoritario…”
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Pero agregando los suplentes y los adjuntos.”
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 44 DE 220
Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán: “Sí claro, que todos ellos sean elegidos con una mayoría calificada, porque no debemos olvidar que el Senado es elegido por el sistema mayoritario, que evidentemente le dá mayoría al partido de mayor votación; en la Cámara Alta, entonces, eso puede imponerle un sesgo muy partidista a la elección de los miembros de esta institución. Igualmente, queremos resaltar la importancia, me siento ahora un poco más tranquilo, porque tenía la aprehensión de que se podía proponer la eliminación de los numerales 6 y 7, esos numerales son muy importantes para proteger la misma institución del Presidente de la República;
los
presidentes
están
sometidos
a
muchas
presiones
internacionales, y es importante que una decisión de este tipo, especialmente la contemplada en el Numeral 7, como por igual, la contemplada en el Numeral 6, sea compartida, que ningún Presidente tenga poder de enviar tropas dominicanas a escenarios que pueden plantear riesgos, peligros, para las propias tropas o para el país, sin el visto bueno de por lo menos la Cámara Alta; lo ideal hubiera sido, que contara con la sanción del Congreso, pero, ya que eso no se pudo asegurar, es importante que tenga la aprobación, la sanción del Senado de la República; además, esto le dá al país un margen mucho mayor para enfrentar determinados escenarios internacionales, que pueden ser de mucho riesgo, que pueden desencadenar muchas presiones sobre las autoridades y los poderes públicos de República Dominicana. Es cuanto”.
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 45 DE 220
Asambleísta Ángel Acosta Féliz: “En la propuesta original que conocimos, aunque en el texto final, que ha propuesto la Comisión de Verificación y Auditoría, no se hace constar la Cámara de Cuentas como un órgano del Congreso, que en su momento tendremos que verlo, cuando entremos al Artículo 260, que actualmente, fue aprobado en Primera Lectura como 241; pero, con la propuesta se pierde la condición de que La Cámara de Cuentas es un órgano del Congreso, si es concebido como un órgano del Congreso, entonces, la mano del Ejecutivo, no debe estar presente en su designación, es la aclaración que queremos hacer para poder aclarar conceptos, Presidente, si es cabalmente un órgano del Congreso, es una iniciativa de la Cámara de Diputados, que la consagra el Senado de la República”.
Asambleísta Marino Antonio Collante Gómez: “Señor Presidente de la Asamblea
Revisora,
Señor
Vicepresidente,
distinguidos
colegas
asambleísta. He oído algunos asambleístas quejarse de la forma en que nosotros venimos modificando la Constitución de la República, se supone que cuando se modifica una Constitución de la República, es para tratar de poner con los nuevos tiempos la Constitución que se modifica, pero ahora, en algunos articulados, parece ser que ese no es el objetivo, sino, volver a la práctica, que tanto nosotros hemos criticado. Con relación al artículo que
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 46 DE 220
nosotros conocimos a que sea la Cámara de Diputados que presente la terna de los aspirantes a ser miembros de esa institución. Creo, Presidente, y distinguidos colegas, que volver al mismo método de tratar de elegir un miembro de la Cámara de Cuentas, a través del Poder Ejecutivo, se le está haciendo
un
flaco
servicio
a
la
democracia
dominicana
y
la
institucionalidad del país, ¿Por qué digo esto? La Cámara de Cuentas, es el órgano de fiscalización externa; toda empresa, Señor Presidente, y quiero que usted me oiga, toda empresa tiene 2 auditores, el Auditor Interno, que es el que nombra el administrador de esa empresa y el Auditor Externo, que es el que nombra el dueño de la empresa, para ver si los estados auditados reflejan verdaderamente lo que se indica en esa auditoría; y en este caso, el dueño de la empresa de República Dominicana, se llama el Congreso Nacional, ¿Por qué? Porque el Congreso Nacional es un representante directo de los dueños de la empresa, que es pueblo dominicano, y por eso, nos elige a nosotros para que elijamos a los miembros de la Cámara de Cuentas, para que haga la auditoría correspondiente, y yo no me explico ¿Por qué se tiene que impedir que se audite externamente una empresa?, si las cosas salen bien, Señor Presidente, quien se va a beneficiar de eso, es el gobernante de turno, porque está cumpliendo cabalmente con lo que establece manejar los fondos públicos, de una forma pulcra, y ¿Quiénes establecen eso? Unos miembros de la Cámara de Cuentas, que son elegidos por la capacidad, no porque yo haga un compromiso para ir a esa posición,
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 47 DE 220
porque entonces se convertiría, prácticamente, en un Auditor Interno, y el Auditor Interno, en este caso es el Contralor General de la República, por lo que entiendo, que negarle al Congreso Nacional que elija los miembros de la Cámara de Cuentas, le estamos haciendo un flaco servicio, de lo que nosotros todos los que estamos aquí, siempre vivimos hablando de la pulcritud que hay que poner en la Constitución para los nuevos tiempos, ¡mentira!, es una negación a lo que el pueblo quiere. Yo creo, Señor Presidente, que nosotros no debemos permitir que se vuelva a la tan vilipendiada Constitución, atrasada, que no debe ser, entonces, tenemos la oportunidad, aprobamos una cosa correctamente y ahora queremos volver atrás. Señor Presidente, todos los que están aquí, son representantes de los dueños de esa oficina, el dueño de ese negocio que se llama el pueblo dominicano, y los dueños del negocio que se llama el Ejecutivo, es el pueblo que nos lo dá a nosotros para que representemos, a través del voto. Entonces, Señor Presidente, distinguidos colegas, yo creo que se debe mantener, tal y como fue aprobada, el Informe de Comisión, que si creo, no me equivoco, presentó el distinguido Diputado Teodoro Ursino Reyes. Mire, Presidente, si Usted tiene una empresa y usted nombra un Administrador, el Administrador busca el Auditor, el Auditor le hace el estado, se ganaron 200 Millones de Pesos; pero el dueño dice, déjame buscar un Auditor Externo para ver si es verdad que no hay una confabulación entre ese Auditor Interno y el Administrador, para ver si es
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 48 DE 220
verdad que yo me gané los 200 Millones de Pesos; por eso, todas las empresas públicas y privadas, y especialmente he visto que aquí, en la Cámara de Diputados, se han resguardado sobre la base de una operación de una auditoría externa, casi todos los presidentes, aunque los auditan también, para estar más seguros, buscan una compañía de auditores externos, y entonces, el Auditor Externo es la Cámara de Cuentas, el Auditor Interno es el Contralor, que es nombrado por el Ejecutivo; entonces, yo creo que si yo, como dueño de una empresa, me llevo de todo lo que dice el auditor interno, estoy perdido, por eso todas las empresas buscan un Auditor Externo, para que le certifique si ciertamente los auditores, a nivel interno, es la realidad; por eso nadie, en ninguna empresa, paga dividendos de ganancias, sin antes haber sido auditado por un Auditor Externo o una compañía de auditoría externa; eso es lo que hace todo el mundo, las empresas privadas, los bancos, las cooperativas, lo hacen todas; ahora, si queremos venir a un retroceso, pues aprobemos lo que se está pretendiendo; por lo que yo pido, distinguidos asambleístas, que parece ser, que los gobernantes creen que son como Matusalén, que siempre van a dirigir el Estado, el Estado cambia de manos, al Estado hay que preservarlo y hay que preservarlo, preservarlo sobre la base de que hay que hacer las cosas eminentemente transparentes, y lo único que garantiza una transparencia en las operaciones del Ejecutivo o del Estado dominicano, es una Cámara de Cuentas capaz, una Cámara de Cuentas que no esté
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 49 DE 220
comprometida con nadie, sino, que único compromiso que tiene que tener, es con el dueño de la empresa, que se llama el pueblo dominicano. Muchas gracias”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Me informan, el vocero de la bancada del PLD, retira la propuesta de que se deje sobre la mesa, el Numeral 3”.
Asambleísta Ana Isabel Bonilla Hernández: “Gracias, Señor Presidente, colegas asambleístas; precisamente, en este artículo, nosotros creemos que se fortalece en esta Reforma Constitucional, el rol de fiscalización y control del Congreso de la República; celebro el retiro de la propuesta, porque yo creo, que ciertamente, cuando el Senado de la República escoge a los miembros de la Cámara de Cuentas, tradicionalmente escoge a las personas que encabezan las ternas de la propuesta del Poder Ejecutivo, es como si fuera una elección indirecta; entonces, particularmente creo, que si el fiscalizador debe el favor a quien debe fiscalizar, esa fiscalización no es del todo independiente, ni objetiva, y creo que abonaría mucho a la transparencia, el hecho de que sea el poder de fiscalización del Congreso, el que someta las ternas de la selección de los miembros de la Cámara de Cuentas, porque así, la Cámara de Cuentas tendría que rendirle informes al Congreso, que sería el órgano responsable de su designación; no creo que
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 50 DE 220
volver a concederle esta atribución al Poder Ejecutivo, abona a esa transparencia, a esa función pública, que es una aspiración de los dominicanos. Creo que el artículo, tal y como es presentado por la Comisión de Verificación y Auditoría, recoge toda la función de fiscalización y control del Congreso de la República, porque también, fortalece la atribución del Juicio Político, ya no sólo a los funcionarios de elección popular, sino también, a los funcionarios de designación y eso, yo creo, que también es un punto favorable a ese papel de fiscalización y control que debe tener el Congreso de la República. Con relación a los numerales 6 y 7, me parece que eso es sintonizarnos con la tradición constitucional de casi todos los países que requieren la atribución congresional, tanto para recibir fuerzas extranjeras, tropas extranjeras, como para autorizar a los presidentes, que puedan ser enviados al extranjero tropas dominicanas. Hubo un antecedente y fue que en el ejercicio del mandato del ex Presidente Hipólito Mejía, se enviaron tropas dominicanas a Irak y el Congreso vino a darse cuenta, cuando ya estos soldados estaban en misión en Irak, porque ni siquiera se le notificó al Congreso; abogo entonces, para que los asambleístas votemos favorablemente por este artículo, fundamentalmente de forma íntegra, como lo ha presentado la comisión y nos acogemos a la propuesta del Partido Reformista, y a la coherencia que planteó el Honorable Pelegrín Castillo, porque si se inhabilita los legisladores por 10 años, también esa inhabilitación debe ser
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 51 DE 220
por 10 años a todo aquel funcionario que haya sido hallado con culpabilidad en el Juicio Político. Muchas gracias, Señor Presidente”.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Hay una propuesta del bloque de la Fuerza Nacional Progresista y del Partido Reformista, en el sentido de modificar el Artículo 81, antiguo 99, en Primera Lectura, Numeral 1, donde se lee por el término de cinco años, se lea a partir de diez años; me informa el vocero del PLD, que respalda esa propuesta de modificación, lo mismo hace el Partido Revolucionario Dominicano; es decir, que hay consenso. También hay una propuesta de Ramón Rogelio Genao y Pelegrín Castillo, que plantea en el Numeral 5, elegir el Defensor del Pueblo, su Suplente y Adjunto, a partir de las ternas que le presente la Cámara de Diputados, a partir de las dos terceras partes de los presentes; porque, cuando se establece de la matrícula, nos va a pasar lo mismo que tenemos ahora, que la matrícula son 140 y una vez al año se juntan 140 diputados, ¿el PRD apoya?, ¿el PLD respalda?, me dice su vocero que sí, entonces, estoy sometiendo la modificación del Artículo 81, Numeral 1, donde se lee, por el término de cinco años, para que se lea, por el término de diez años; los que estén de acuerdo con esa modificación; está cotejado con lo que se aprobó con la propuesta de Víctor Suárez, o sea, que tiene sensatez, los que estén de acuerdo, presionar SI, los que no estén de acuerdo, presionar NO.”
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 52 DE 220
Votación 003 “Sometida a votación la propuesta de los bloques, de los Partido Reformista Social Cristiano y Fuerza Nacional Progresista, respaldada por el Partido de la Liberación Dominicana y el Partido Revolucionario Dominicano, modificando el Numeral 1, del Artículo 81, del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría, sustituyendo ‘cinco años’ por ‘diez años’ y se lea como sigue: 1.- Conocer de las acusaciones formuladas por la Cámara de Diputados, contra las y los funcionarios públicos señalados, en el Artículo 71, Numeral 1. La declaración de culpabilidad, deja a la persona destituida de su cargo y no podrá desempeñar ninguna función pública, sea o no sea de elección popular, por el término de diez años. La persona destituida quedará sujeta, si hubiere lugar, a ser acusada y juzgada por ante los tribunales ordinarios con arreglo a la Ley, esta decisión se adoptará con el voto de las dos terceras partes de la matrícula. 123 VOTOS SÍ, 16 VOTOS NO, 139 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Aprobado, al obtener 123 votos, de 93 que eran precisos. Someto la otra propuesta, que sea con las dos terceras partes de los presentes, lo del
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 53 DE 220
Defensor del Pueblo, ese es un incentivo constitucional para los acuerdos políticos; entonces, someto a la consideración del Pleno de la Asamblea, la modificación del Numeral 5, para que diga, con el voto de las dos terceras partes de los presentes; los honorables asambleístas que estén de acuerdo, presionar SI, los que no estén de acuerdo, es su derecho, presionar NO.”
Votación 004 “Sometida a votación la propuesta del Asambleísta Ramón Rogelio Genao Durán, modificando el Numeral 5, del Artículo 81, del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría, agregando la frase, ‘con el voto de las dos terceras partes de los presentes’, y se lea como sigue: 5.- Elegir al Defensor del Pueblo, sus suplentes y sus adjuntos, a partir de las ternas que le presente la Cámara de Diputados, con el voto de las dos terceras partes de los presentes’. 122 VOTOS SÍ, 20 VOTOS NO, 142 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Está abierta la votación, en estos momentos. Aprobado, al obtener 122 votos, de 95 que eran precisos. Aquí hay una propuesta, no sé si Pelegrín la motivó, que dice: Agregar un numeral, ‘Elegir dos miembros del Consejo Nacional de la Magistratura; uno, dentro de los jueces en retiro de la
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 54 DE 220
Suprema Corte de Justicia, y otro, de una lista de juristas propuestos por el Colegio de Profesionales de Derecho y las universidades’; colega, ¿esto fue rechazado en Primera Lectura?; bueno, pues lo someto, los asambleístas que estén de acuerdo, presionar SI, y los que no estén de acuerdo presionar NO, a votación, voten.”
Votación 005 “Sometida a votación la propuesta del Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán, agregando un nuevo numeral, que diga: ‘Elegir dos miembros del Consejo Nacional de la Magistratura; uno, dentro de los jueces en retiro de la Suprema Corte de Justicia, y otro, de una lista de juristas propuestos por el Colegio de Profesionales del Derecho y las universidades’. 27 VOTOS SÍ, 115 VOTOS NO, 142 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. RECHAZADA”. Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Rechazado, al obtener sólo 27 votos, de 95 asambleístas que precisaban de su voto para su aprobación. Someto el informe, con los numerales, el Epígrafe y todo; los que estén de acuerdo, presionar SI, los que no estén de acuerdo, presionar NO; a votación, presionar SI o NO.”
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 55 DE 220
Votación 006 “Sometido a votación el Artículo 81, con sus modificaciones y su epígrafe, el cual versa: Artículo 81. Atribuciones: Son atribuciones exclusivas del Senado: 1.- Conocer de las acusaciones formuladas por la Cámara de Diputados, contra las y los funcionarios públicos señalados, en el Artículo 71, Numeral 1. La declaración de culpabilidad, deja a la persona destituida de su cargo y no podrá desempeñar ninguna función pública, sea o no sea de elección popular, por el término de diez años. La persona destituida quedará sujeta, si hubiere lugar, a ser acusada y juzgada por ante los tribunales ordinarios con arreglo a la Ley, esta decisión se adoptará con el voto de las dos terceras partes de la matrícula. 2.- Aprobar o desaprobar los nombramientos de Embajadores y Jefes de Misiones Permanentes, acreditados en el exterior, que someta el Presidente de la República. 3.- Elegir los miembros de la Cámara de Cuentas de las ternas presentadas por la Cámara de Diputados, con el voto de las dos terceras partes de los Senadores presentes. 4.- Elegir los miembros de la Junta Central Electoral, y sus suplentes, con el voto de las dos terceras partes de los presentes. 5.- Elegir al Defensor del Pueblo, sus suplentes y sus adjuntos, a partir de las ternas que le presente la Cámara de Diputados, con el
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 56 DE 220
voto de las dos terceras partes de los presentes. 6.- Autorizar, previa solicitud del Presidente de la República, en ausencia de convenio que lo permita, la presencia de tropas extranjeras en ejercicios militares en el territorio de la República, así como, determinar el tiempo y las condiciones de su estadía. 7.- Aprobar o desaprobar el envío al extranjero de tropas en misiones de paz, autorizadas por organismos internacionales, fijando las condiciones y duración de dicha misión. 115 VOTOS SÍ, 28 VOTOS NO, 143 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “¡Perdón!, marqué NO, sin querer, que se haga constar que mí voto es afirmativo en el Acta. Aprobado, al obtener 115, de 96 votos requeridos; bueno, aprobado. También consta en acta el voto afirmativo de Magdalena Pérez, Santiago Rodríguez, Gilda Moronta, Alfonso Crisóstomo, Cólon, Aguirre. Continuamos.”
(LA ASAMBLEÍSTA SECRETARIA GLADYS SOFÍA AZCONA, CONTINÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA).
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 57 DE 220
MODIFICAR el Artículo 26, de la Constitución Vigente, con el texto aprobado en Primera Lectura, y transcrito como Artículo 100. Diría:
RECONSIDERAR en el Numeral 1), la recomendación del informe de la Comisión Especial, que fue rechazada mediante modificación aprobada a dicho numeral, según consta en la Votación 015, de la Reunión 034, efectuada el 15 de julio de 2009, el informe proponía incluir a los funcionarios elegidos de manera indirecta, dentro del mecanismo del Juicio Político, el concepto disciplinario está vinculado a una idea de subordinación y jerarquía, lo cual contradice la declaración de principios de que los jueces son independientes.
Propuesta de Comisión de Verificación
Artículo 84, 100 Atribuciones. Son atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputados:
1) Acusar ante el Senado, a las y los funcionarios públicos elegidos por voto popular, a los elegidos por el Senado, y por el Consejo Nacional de la Magistratura, por la comisión de faltas graves en el ejercicio de sus funciones, la acusación sólo podrá formularse con el voto favorable de las dos terceras partes de los presentes; cuando se trate del Presidente y el
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 58 DE 220
Vicepresidente, se requerirá del voto favorable de las tres cuartas partes de la matrícula, la persona acusada quedará suspendida de sus funciones, desde el momento en que la Cámara declare que ha lugar de acusación.
2) Someter al Senado las ternas para la elección de los miembros de la Cámara de Cuentas.
3) Someter al Senado, la terna del Defensor del Pueblo, sus suplentes, que no podrán ser más de dos y los adjuntos, que no podrán ser más de cinco.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Bueno, ¿alguna propuesta al respecto?, ¿usted quiere una modificación Asambleísta Bertico Sosa?; bueno, aquí hay una propuesta de modificación para que diga, que someter al Senado la terna de los miembros de la Cámara de Cuentas, pero, están planteando que sea a partir de las dos terceras partes de los presentes, ¿es sobre eso, Digna Reynoso?”. Asambleísta Digna Reynoso: “Presidente, en el Numeral 1, cuando hace mención ‘Acusar al Senado a las y funcionarios público, elegidos por voto popular, a los elegidos por el Senado y por el Consejo de la Magistratura, por la comisión de faltas graves en el ejercicio de sus funciones. La acusación sólo podrá formularse con el voto favorable de las dos terceras partes presentes. Cuando se trate’, ahí va una observación, Presidente,
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 59 DE 220
‘Cuando se trate del Presidente y el Vicepresidente.,’ debe decir ´de la República, porque se puede entender ¿verdad?... Que se le agregue. Okey, gracias”.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “ ¿Usted plantea modificar, agregar? Cuando se trate del Presidente y VicePresidente de la República. Escriba, por favor, querida colega”.
Asambleísta Digna Reynoso: Se haga la observación, ´de la República´
Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán: “Honorable Presidente, honorables colegas. Nosotros queremos plantearle a la Asamblea, que pondere la posibilidad de cambiar esa mayoría calificada para la ‘acusación’. Dos terceras partes de los presentes, a nuestro juicio, es una mayoría insuficiente, para impedir que el Congreso se convierta, y especialmente la Cámara de Diputados, en un órgano de judialización de la política. Ya el hecho de que se reduzca la mayoría necesaria, de tres cuartas partes, a dos terceras partes, es un paso adelante importante; mantener la referencia en los presentes, puede estimular la conversión de la Cámara de Diputados en un órgano de acusación de carácter político que se use más allá de lo que es prudente, de lo que es conveniente. También queremos manifestar, que no estamos de acuerdo que se mantenga una mayoría de
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 60 DE 220
tres cuartas partes para el Juicio Político del Presidente y del Vicepresidente de la República. Yo creo que éste es un recurso que tiene que usarse por igual, con un criterio de equilibrio y así como abogo porque se cambie la mayoría calificada de los presentes, a los miembros de la matrícula, abogo porque el juicio del Presidente y el Vicepresidente se someta a esa misma regla. Que al Presidente y el Vice-Presidente, se les pueda acusar con dos terceras partes de la matrícula. Creo que es una fórmula que es bastante equilibrada, incluso es la fórmula que usa el modelo constitucional dominante,
dentro
del
sistema
presidencial,
que
es
el
modelo
norteamericano, que ha inspirado las muchas de las constituciones”.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “¿Lo ha escrito colega?”
Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán: “Lo voy a llevar”
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: Redáctelo, antes de someterlo. Es una sóla, él dice: ´unificar a todo el mundo, con dos terceras partes de la totalidad de la matrícula´, porque podría verse
que sea un recurso muy común y que estimule
institucionalmente a la inestabilidad y a la ingobernabilidad. Porque las dos terceras partes de los presentes, un día, en una Sesión con 90 diputados, 56
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 61 DE 220
de ellos pueden hacer un Juicio Político. Yo creo siempre en el recurso, pero también hay que entender que todos los países, todos, y cuando hablo de todos me refiero a aquellos países como Bolivia y Ecuador que abrieron, redujeron demasiado y los Estados Unidos, que ha habido sólo dos intentos en la historia, porque es algo muy excepcional, bueno pues, en esos países Uruguay y Ecuador, en dos años se llevaron como 11 presidentes. Entonces, no queremos ser conservadores, pero que nos veamos en un debate sereno”.
Asambleísta Ramón Rogelio Genao Dur[an: “Honorable Señor Presidente de la Asamblea, constituida en Asamblea Revisora, colegas miembros del Bufete Directivo, representantes del pueblo.
El Partido
Reformista Social Cristiano, entiende que procede la modificación de establecer que en lo que se refiriere a ´los funcionarios
de elección,
diferentes al Presidente de la República, sea las dos terceras partes de la matrícula-, pero respalda que se ´mantenga las tres cuartas partes, en lo que se refiere al Presidente de la República y el Vicepresidente de la República´. Y secundamos la moción del Asambleísta José Santana, en el sentido de que se agregue después de someter al Senado, las ternas de elección, los miembros de la Cámara de Cuentas, la propuesta ´dos terceras partes de los presentes´, igualmente en lo que se refiere a las ternas del ‘Defensor del Pueblo’.
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 62 DE 220
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Escríbalo, por favor. Eugenio Cedeño tiene una aclaración, porque estaban cerrados los debates, ya. Pelegrín, discúlpeme Cedeño, el vocero del Partido Reformista Social Cristiano aceptaría su propuesta ´de las dos terceras partes de la matrícula, para todos los funcionarios de elección popular´, pero que se establezca la excepción, de que el Presidente y VicePresidente de la República, se mantenga como plantea el informe, o votarla separada. No, era para buscar un arreglo y salir rápido de esto. Bien, las votaré separada”.
Asambleísta Eugenio Cedeño Areché: “Gracias, Señor Presidente. Esta posición de Pelegrín, la hemos discutido en múltiples ocasiones, y hay que decir, de manera clara, de cara al país y frente al país, qué es realmente lo que se quiere, y cuál es el fin que se persigue con una medida como ésta, en la Constitución de la República. Aquí estamos luchando en contra de la impunidad y crear mecanismos claros y precisos, para poder traer a un funcionario que sus actuaciones no se apegan a la Ley y a la Constitución, ante el Congreso Nacional y poder, de manera ágil o de manera sopesada, llevarle una acusación; pero si vamos a proteger, con un manto tan pesado como el de las tres cuartas partes de la matrícula del Congreso Nacional para poder acusar a un Presidente de la República, es mejor que nos
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 63 DE 220
pronunciemos por la impunidad total. Y que digamos y nos sinceremos. Vamos a sincerizarnos y vamos a dejar eso ahí; y vamos a poner, como un imposible, a que al Presidente de la República y al Vicepresidente, se le pueda acusar en este país. En Chile, apenas una tercera parte de la matrícula puede convocar una interpelación al Presidente de la República y aquí estamos propugnados nosotros que sean con las tres cuartas partes de la matrícula de doscientos diez, divido entre cuatro, estamos hablando que ciento cincuenta y seis, votos favorables sean los que puedan intervenir. Por tanto, yo me inscribo en que esa mayoría insalvable de tres cuartas partes, sea bajada a las dos terceras partes, en la forma en que establece Pelegrín. No el voto de los presentes, sino el voto de la matrícula, pero no tres cuartas partes del voto de la matrícula, porque eso es una exageración. Es decirle al país que no queremos hacer nada, por tanto, suscribo la propuesta de Pelegrín Castillo, de que sea con las dos terceras partes”.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Permítame la propuesta de Pelegrín Castillo. Entonces, la última fue la presentada por el Asambleísta Ramón Rogelio Genao. La primera fue la de Digna Reynoso, ¿verdad?, la otra fue del Diputado José Santana, sería la penúltima. Entonces, procedo a leer la propuesta del vocero del Partido Reformista Social Cristiano. Para que diga: modificando el informe, ‘La acusación sólo podrá formularse con el voto favorable de las dos terceras
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 64 DE 220
partes de la matrícula, para cualquier funcionario de elección popular’ ¿no? y continúa con la excepción del Presidente. Entonces la voy a someter separada. Los asambleístas que estén de acuerdo, que sean de ´la matrícula´; señores, es un Juicio Político, es destituir a alguien que eligió el pueblo, y que no se ha portado bien con el mandato del pueblo. Sí, pero que en ninguna parte es ya una mayoría común. Los asambleístas que estén de acuerdo, con la propuesta del Asambleísta Ramón Rogelio Genao, presionar Sí y nos que no estén de acuerdo, presionar No”. Inicie la votación. Que es la misma de Pelegrín Castillo y de Eugenio Cedeño, pero voy a someter entonces, separada la otra parte de Pelegrín Castillo. Entonces esa es la propuesta de Genao, de Pelegrín y respaldada por Eugenio Cedeño. Permítame el texto. En el Numeral 1 diría: ‘Acusar ante el Senado a las y los funcionarios elegidos por voto popular, a los elegidos por el Senado, del Consejo Nacional de la Magistratura, por la comision de faltas graves en el ejercicio de sus funciones. La acusación sólo podrá formularse con el voto favorable de las dos terceras partes de la matrícula’ Sí, porque es la Cámara de Diputados que tiene esa facultad. Los asambleístas que estén de acuerdo con esta propuesta, presionar Sí, los que no estén de acuerdo, presionar No. Sí o No”.
Votación 007 “Sometida a votación la propuesta de modificación de los asambleístas Ramón Rogelio
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 65 DE 220
Genao, Pelegrín Castillo, Eugenio Cedeño, al Artículo 84, del Numeral 1, para que la propuesta presentada por la Comisión de Verificación y Auditoría, se elimine la palabra de los presentes, y diga: Artículo 84, Numeral 1.´Acusar ante el Senado a las y los funcionarios públicos elegidos por voto popular, a los elegidos por el Senado y por el Consejo Nacional de la Magistratura, por la comisión de faltas graves en el ejercicio de sus funciones. La acusación sólo podrá formularse con el voto favorable de las dos terceras partes de la matrícula. Cuando se trate del Presidente y el Vicepresidente, se requerirá el voto favorable de las tres cuartas partes de la matrícula. La persona acusada quedará suspendida en sus funciones desde el momento en que la Cámara declare que ha lugar la acusación. 120 VOTOS SÍ, 22 VOTOS NO, DE 142 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADO”.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Aprobado, al obtener 120 votos, de 95 que eran precisos. Someto la segunda parte de la propuesta de Pelegrín Castillo, donde dice: ´presentes, se lea la matrícula,” es la misma de Ramón Genao y suprimir ´la excepción del Presidente y Vice-Presidente de la República´, es decir, que sea dos terceras partes de los presentes para todos los funciones de elección
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 66 DE 220
popular; es que ya estamos votando, colega querido, usted sabe que es así. No, es que la primera parte de Pelegrín Castillo coincidía, con la de Ramón Genao, entonces él pidió que fueran dos propuestas diferentes, antes de someterlo, que no ha habido ninguna alteración. Los que estén de acuerdo que sea suprimida la excepción del Presidente y del Vice-Presidente de la República, presionar Sí, los que no estén de acuerdo, presionar No. ¿Qué posición tienen ustedes, jóvenes? ¡Paren la votación!.
Votación 008 “Anulada”
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: ¡Está anulada la votación!. Voy a leer cómo quedaría, mientras va transcurriendo el tiempo, diría entonces, diría de esta forma: ‘Las dos terceras partes de la matrícula. Cuando se trate del Presidente y VicePresidente, se requerirá el voto favorable de la tres cuartas partes de la matrícula’, lo que está planteando Pelegrín Castillo es suprimir esa parte, para igualar todo los funcionarios de elección popular. ¡No!, la excepción del Presidente no se votó. ¡Ah! tú lo planteaste para todos. ¡Ah!, entones, no hay que someterlo. Bueno, tengo que plantearla. Nula. Tengo que plantearla, los asambleístas. Pero hay que someter lo de él, que él dice modificar el informe para quitar la excepción del Presidente y Vicepresidente, mantener la excepción, entonces hay que someter lo de
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 67 DE 220
Pelegrín Castillo y votarle Sí o No. Entonces, someto la propuesta de Pelegrín Castillo de suprimir ´la excepción al Presidente y Vicepresidente de la República´. Los asambleístas que estén de acuerdo, presionar Sí, los que no estén de acuerdo, presionar No. Sí o No”.
Votación 009 “Sometida a votación la propuesta de modificación del Asambleísta Pelegrín Castillo Semán, al Artículo 84, del Numeral 1, para que la propuesta presentada por la Comisión de Verificación y Auditoría, se elimine la expresión ´las tres cuartas partes´ por ´las dos terceras partes´, y diga: Artículo 84, Numeral 1.´Acusar ante el Senado a las y los funcionarios públicos elegidos por voto popular, a los elegidos por el Senado y por el Consejo Nacional de la Magistratura, por la comisión de faltas graves en el ejercicio de sus funciones. La acusación sólo podrá formularse con el voto favorable de las dos terceras partes de la matrícula. Cuando se trate del Presidente y el Vicepresidente, se requerirá el voto favorable de las dos terceras partes de la matrícula. La persona acusada quedará suspendida en sus funciones desde el momento en que la Cámara declare que ha lugar la acusación. 10 VOTOS SÍ, 134 VOTOS NO, DE 144 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. RECHAZADA”
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 68 DE 220
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Rechazado, al sólo obtener 10 votos, de 96 que eran precisos. Someto la propuesta de Doña Digna, la Honorable Asambleísta Digna Reynoso y Mary Sánchez, para que diga: ‘Párrafo Segundo: cuando se trate del Presidente y Vicepresidente de la República’ agregar. Los y las asambleístas que estén de acuerdo, en la segunda oración del numeral. Si así es. En el Numeral 1, en la segunda oración, cuando se trate del Presidente y Vicepresidente de la República, ¿verdad?, porque Presidente puede ser de cualquier cosa, y como dice mi amigo Agripino Núñez que hay que tratar de ser Presidente aunque sea de la República. Estamos votando, abierta la votación”.
Votación 010 “Sometida a votación la propuesta de modificación de las asambleístas Digna Reynoso y Mary Sánchez, al Artículo 84, del Numeral 1, para que la propuesta presentada por la Comisión de Verificación y Auditoría, se le agregue la expresión: ´de la República´, y diga: Artículo 84, Numeral 1.´Acusar ante el Senado a las y los funcionarios públicos elegidos por voto popular, a los elegidos por el Senado y por el Consejo Nacional de la Magistratura, por la comisión de faltas graves en el ejercicio de sus funciones. La acusación sólo podrá formularse con el voto favorable de las dos terceras partes de la matrícula. Cuando se trate del
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 69 DE 220
Presidente y el Vicepresidente de la República, se requerirá el voto favorable de las tres cuartas partes de la matícula. La persona acusada quedará suspendida en sus funciones desde el momento en que la Cámara declare que ha lugar la acusación. 120 VOTOS SÍ, 26 VOTOS NO, DE 146 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADO” Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Aprobado, al obtener 120 votos de 98 que eran precisos. Someto, a la propuesta del Honorable Asambleísta José Santana Suriel y Ramón Rogelio Genao, para agregar, al final de los párrafos dos y tres, ‘Con el voto favorable de las dos terceras partes de los presentes’, numerales 2 y 3. Quienes estén de acuerdo, presionar Sí, quienes no estén de acuerdo, presionar No. Que inicie la votación”.
Votación 011 “Sometida a votación la propuesta de modificación de los asambleístas José Francisco Santana Suriel y Ramón Rogelio Genao, al Artículo 84, del Numeral 2 y el 3, para que el informe rendido por la Comisión de Verificación y Auditoría, se le agregue la expresión ´Con el voto favorable de las dos terceras partes de los presentes´, y diga: Artículo 84, Numeral 2.´Someter al Senado las ternas para la elección de los miembros de la Cámara de
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 70 DE 220
Cuentas; con el voto favorable de las dos terceras partes de los presentes. Numeral 3. Someter al Senado las ternas del Defensor del Pueblo, sus suplentes, que no podrán ser más de dos, y los adjuntos, que no podrán ser más de cinco; con el voto favorable de las dos terceras partes de los presentes 116 VOTOS SÍ, 30 VOTOS NO, DE 146 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Que el Defensor del Pueblo, recuérdense que la Ley dice las dos terceras partes de la matrícula y nunca vamos a conseguir una reunión con 150 diputados. Lo hemos conseguido. Estados Unidos, que es el país más democrático, supuestamente, sólo ha intentado dos juicios políticos y uno no terminó. Terminó con la renuncia, al inicio. En Bolivia pusieron dos terceras partes y destituían el Presidente todos los meses. Tampoco es eso lo que queremos. Aprobado, Almírcar Romero hace constar que en la votación anterior, era positiva cuando le apareció negativo, se le había extraviado el pulsor.”
(CONSTA EN ACTA, QUE EL ASAMBLEÍSTA AMÍLCAR JESÚS ROMERO
PORTUONDO,
VOTO
AFIRMATIVO
PARA
VOTACION ANTERIOR).
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
LA
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 71 DE 220
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Aprobado 115, de 98 que eran precisos. Entonces someto todo el Artículo, con sus numerales y modificaciones; 116 votos, de 98 que eran requeridos y su Epígrafe, los y las que estén de acuerdo, presionar Sí, quienes no lo estén presionar No. Que se inicie la votación”.
Votación 012 “Sometida a votación la propuesta del informe rendido por la Comisión de Verificación y Auditoría, con sus modificaciones, del Artículo 84 y sus numerales, para que rece de la siguiente manera: Artículo 84. Atribuciones. Son atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputados; Numeral 1.´ Acusar ante el Senado a las y los funcionarios públicos elegidos por voto popular, a los elegidos por el Senado y por el Consejo Nacional de la Magistratura, por la comisión de faltas graves en el ejercicio de sus funciones. La acusación sólo podrá formularse con el voto favorable de las dos terceras partes de la matrícula. Cuando se trate del Presidente y el Vicepresidente de la República, se requerirá el voto favorable de las tres cuartas partes de la matrícula. La persona acusada quedará suspendida en sus funciones desde el momento en que la Cámara declare que ha lugar la acusación; Numeral 2; ´Someter al Senado las ternas para la elección de los miembros de la Cámara de
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 72 DE 220
Cuentas con el voto favorable de las dos terceras partes de los presentes. Numeral 3. Someter al Senado las ternas del Defensor del Pueblo, sus suplentes, que no podrán ser más de dos, y los adjuntos, que no podrán ser más de cinco; con el voto favorable de las dos terceras partes de los presentes´. 128 VOTOS SÍ, 18 VOTOS NO, DE 146 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADO”
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Aprobado, al obtener 128 votos, de 98 que eran requeridos. Asume la conducción el Presidente de la Asamblea Nacional”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Continuamos con el conocimiento del informe, déle lectura, Asambleísta Secretario Teodoro Reyes”.
(EL ASAMBLEÍSTA SECRETARIO, TEODORO URSINO REYES, CONTINÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA).
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 73 DE 220
“MODIFICAR agregando un nuevo artículo, conforme a los objetos 24, 26 y 27 del Artículo 3 de la Ley 7009, a la CONSTITUCIÓN VIGENTE, con texto aprobado en Primera Lectura y transcrito como Artículo nuevo, Diría:”
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “!Perdón, Perdón!. ¿La Comision está proponiendo la eliminación de esta Sección? Frank Martínez, no está. Minou Tavéraz, ¿La Comision está proponiendo la eliminación de este Epígrafe y de esta Sección?, la página 81, que está subrayado, vamos a someterlo primero, antes de pasar al Artículo. Someter la eliminación del Epígrafe y de la Sección, tal y como lo recomienda el informe. Vamos a someterlo primeramente. Que inicie el tiempo, entonces, para conocer la propuesta de que se elimine este Epígrafe y esta Sección. No, no es solamente aquí, el título nada más, se mantiene bien después, a otro lado, a otro sitio. No es que se esté eliminando completamente, sino que se está trasladando, este Epígrafe a otra parte del informe. Estamos votando, por lo que propone la Comisión en su informe.”
Votación 013 “Sometida a votación la propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría para que se elimine el Epígrafe y la Sección III, del Artículo 91; ´DE LAS DISPOSICIONES COMUNES A AMBAS CÁMARAS´. 109 VOTOS
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 74 DE 220
SÍ, 33 VOTOS NO, DE 142 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA” Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “. Aprobada que se elimine este epígrafe, toda vez que sea trasladado a otra parte del informe y la Sección, cuando votaron 109 asambleístas, de un mínimo de 95. Siga dando lectura, por favor”.
(EL ASAMBLEÍSTA SECRETARIO, TEODORO URSINO REYES, CONTINÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA).
Artículo 91. ‘De la Rendición de Cuentas de los Presidentes’. Los Presidentes de ambas Cámaras deberán convocar a sus respectivos plenos, el primer martes del mes de agosto de cada año, para rendirles un informe sobre las actividades legislativas, administrativas y financieras, realizadas durante el período precedente”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “¿Por qué no se pone la primera semana y no el primer martes? Porque, por si alguna razón. Porque, sujetarlo al primer martes. Dice ´El primer martes de agosto de cada año´. La primera semana es mejor, para no sujetar, si por alguna razón ese
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 75 DE 220
martes. Vamos a poner que sea ´la primera semana del mes de agosto de cada año´, en vez del ´primer martes´, ¿estamos de acuerdo?. Vamos a someter esa modificación, que en vez de ser ´el primer martes, sea la primera semana del mes de agosto de cada año´. Que inicie el tiempo”.
Votación 014 “Sometida a votación la propuesta de modificación, del Asambleísta Reinaldo Pared Pérez, al informe rendido por la Comisión de Verificación y Auditoría, para que en el Artículo 91, se elimine la expresión ´el primer martes´ por ´la primera semana´ y diga como sigue: Los Presidentes de ambas Cámaras deberán convocar a sus respectivos plenos la primera semana del mes de agosto de cada año, para rendirles un informe sobre las actividades legislativas, administrativas y financieras realizadas durante el período precedente. 108 VOTOS SÍ, 34 VOTOS NO, DE 142 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Aprobada esta propuesta de modificación, que en vez de ser el primer martes, del mes de agosto, sea la primera semana del mes de agosto de cada año, cuando votaron por esta modificación 108 asambleístas, de un mínimo requerido de 95. Entonces vamos a someter el Artículo, con su Epígrafe”.
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 76 DE 220
Votación 015 “Sometida a votación la propuesta del informe de la Comisión de Verificación y Auditoría, con su modificación, para que el Artículo 91, con su Epígrafe, rece de la siguiente manera: Artículo 91. ´De la Rendición de Cuentas de los Presidentes. Los Presidentes de ambas Cámaras deberán convocar a sus respectivos plenos la primera semana del mes de agosto de cada año, para rendirles un informe sobre las actividades legislativas, administrativas y financieras realizadas durante el período precedente. 109 VOTOS SÍ, 30 VOTOS NO, DE 139 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Aprobado este Artículo, con su epígrafe y la modificación introducida, cuando votaron 109 asambleístas, de un mínimo de 93, continuamos con el siguiente.
(LA ASAMBLEÍSTA SECRETARIA, GLADYS SOFÍA AZCONA DE LA CRUZ, CONTINÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA).
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 77 DE 220
“MODIFICAR un artículo nuevo y solicitar la RECONSIDERACIÓN de la rendición de cuentas de los Legisladores”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Perdón, el Artículo que se aprobó era nuevo, en Primera Lectura figura con el número 91, en el informe”.
(LA ASAMBLEÍSTA SECRETARIA, GLADYS SOFÍA AZCONA DE LA CRUZ, CONTINÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA).
“MODIFICAR un artículo nuevo y solicitar la RECONSIDERACIÓN de la rendición de cuentas de los Legisladores, que fue rechazada por el Pleno de la Asamblea, según consta en la votación 20, de la reunión 34, efectuada el 15-07-09, en virtud de que está dispuesta en el Artículo 89, como deber y para que se establezca así la vía concreta del cumplimiento de este deber, Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 78 DE 220
Artículo 92. ´De la Rendición de Cuenta de los Legisladores. Los Legisladores deberán rendir cada año un informe de su gestión ante los electores que representan´.
Asambleísta Minerva Josefina Tavárez Mirabal: “Gracias Señor, Presidente, es solamente una corrección de estilo, es que parece que por un error, a la hora de pasar dice “rendición de cuenta” y le falta la s; en el Epígrafe, entonces es para que se le corrija, sólo eso”.
Asambleísta Digna Reynoso: “Presidente, nosotros sometimos, tal como usted acaba de observar, para la Segunda Lectura, la reconsideración de este artículo, pero me inscribo para que figure tal como figura aquí, diciendo que ´La rendición de cuenta de los legisladores y legisladoras, deberán rendir cuentas cada año un Informe de Gestión, ante los electores que representan´”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Entonces, esta propuesta de modificación ha sido retirada por Digna Reynoso, Acne Berenice Contreras y otros asambleístas, para adherirse al presentado en el informe con la corrección que hizo Minou Tavárez Mirabal, en el sentido que en el Epígrafe ´cuenta´, está en singular, debe ser en plural, de ´La
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 79 DE 220
rendición de cuentas de los legisladores´, lo sometemos con esa corrección de estilo y el Epígrafe este Artículo 92, como figura en el informe”.
Votación 016 “Sometida a votación la propuesta de modificación, de la Asambleísta Minerva Josefina Tavárez Mirabal, la propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría, al Epígrafe del Artículo 92, para que se le agregue una ‘s’, en la palabra ‘cuenta’, para que diga ´De la Rendición de Cuentas de los Legisladores´. 114 VOTOS SÍ, 24 VOTOS NO, DE 138 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Aprobado este Artículo, con su Epígrafe, que figura como 92, en la rendición de cuentas, cuando votaron 114 asambleístas, de un mínimo de 92”.
(EL
ASAMBLEÍSTA
SECRETARIO,
DIONIS
A.
SÁNCHEZ
CARRASCO, CONTINÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA).
MODIFICAR la numeración y el Epígrafe de la Sección V para que sea la Sección IV y el Artículo 37 de la CONSTITUCIÓN VIGENTE, con el
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 80 DE 220
texto aprobado en Primera Lectura y transcrito como Artículo 101, Las justificaciones son las siguientes:
Justificación 1 El Artículo nuevo, después del Artículo 101, se unificó con éste para darle un formato igual que el artículo que trata de las atribuciones del Poder Ejecutivo.
Justificación 2 Se agregan las regiones, distritos municipales, secciones y parajes para adecuarlo con lo aprobado en el Artículo 64.
Justificación 3: Literal d) se agregan las regiones, distritos municipales, secciones y parajes para adecuarlo con lo aprobado en el Artículo 64.
Justificación 4: El literal i), antiguo Numeral 9), pasó a ser el h), el antiguo Numeral 8), porque éste fue eliminado en Primera Lectura. Se enumeraron a partir del Numeral 9, que pasó a ser el literal i).
Justificación 5: Numeral 15, convertido en Literal n), en este literal se incluyó ´o, a la humanidad´ para darle una connotación de mayor alcance.
Justificación 6: Numeral 16), convertido en Literal o), se propone reubicarlo, como Párrafo en Sección (Artículo 106).
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 81 DE 220
Justificación 7: Literal q), eliminar la palabra justificada porque la causa de fuerza mayor, es en sí misma una justificación y la solicitud del Presidente de la República ya se dispone que esté debidamente justificada por circunstancias extraordinarias.
Justificación 8: En el Numeral 2) Letra b) se propone cambiar el concepto de ´usufructo´ por el de ´fructificación´, tal como consta en la Constitución Vigente. Este Artículo Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación
SECCIÓN IV DE LAS ATRIBUCIONES DEL CONGRESO NACIONAL
Asambleísta Presidente Reinaldo, Pared Pérez: Vamos a someter a votación este Epígrafe que sería la Sección IV., De las Atribuciones del Congreso Nacional y la eliminación de la Sub-Sección 1.
Votación 017 “Sometida a votación la propuesta presentada por la Comisión de Verificación y Auditoría, para que el Epígrafe de la Sección IV diga:
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 82 DE 220
´De las Atribuciones del Congreso Nacional y se elimine; ´La Subsección 1´. 113 VOTOS SÍ, 24 VOTOS NO, DE 137 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Aprobado este Epígrafe, que sería la Sección IV, se denominaría De las Atribuciones del Congreso Nacional, la eliminación de la Sub-sección I, cuando votaron por ello 113 asambleístas, de un mínimo de 92.”
(EL
ASAMBLEÍSTA
SECRETARIO,
DIONIS
A.
SÁNCHEZ
CARRASCO, CONTINÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA).
SECCIÓN IV
DE LAS ATRIBUCIONES DEL CONGRESO NACIONAL
Artículo 93. Atribuciones: El Congreso Nacional legisla y fiscaliza en representación del pueblo. Le corresponden en consecuencia:
1, Atribuciones generales, en materia legislativa.
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 83 DE 220
a) Establecer los impuestos o contribuciones generales y determinar el modo de su recaudación e inversión; b) Conocer de las observaciones que el Poder Ejecutivo haga a las leyes; c) Disponer todo lo concerniente a la conservación de monumentos y al patrimonio histórico, cultural y Artístico; d) Crear, modificar o suprimir regiones, provincias, municipios, distritos municipales, secciones y parajes y determinar todo lo concerniente a sus límites y organización, por el procedimiento regulado en esta Constitución, previo a estudio que demuestre la conveniencia política, social y económica justificativa de la modificación; e) Autorizar al Presidente de la República declarar los Estados de excepción a que se refiere esta Constitución; f) En caso de que la soberanía nacional se encuentre expuesta a un peligro grave e inminente el Congreso podrá declarar que existe un Estado de Defensa Nacional, suspendiendo el ejercicio de los derechos individuales, con excepción de los derechos establecidos en el Artículo 251, del texto aprobado en Primera Lectura,). Si no estuviera reunido el Congreso, el Presidente de la República podría dictar la misma disposición, lo que conllevará una convocatoria
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 84 DE 220
inmediata del mismo para ser informado de los acontecimientos y de las disposiciones tomadas; g) Establecer las normas relativas a la migración y al régimen de extranjería; h) Aumentar o reducir el número de las cortes de apelación y crear o suprimir tribunales y disponer todo lo relativo a su organización y competencia, previo a consultas a la Suprema Corte de Justicia; i) Votar anualmente la Ley de Presupuesto General del Estado, así como aprobar o rechazar los gastos extraordinarios para los cuales solicite un crédito del Poder Ejecutivo; j) Legislar cuanto concierne a la deuda pública y aprobar o desaprobar los créditos y préstamos firmados por el Poder Ejecutivo, de conformidad con esta Constitución y las leyes; k) Aprobar o desaprobar los contratos que le someta el Presidente de la República, de conformidad con lo que dispone en el Numeral 9, del Artículo 108, así como las enmiendas o modificaciones posteriores que alteren las condiciones originalmente establecidas en dichos contratos al momento de su sanción legislativa; l) Aprobar o desaprobar los tratados y convenciones internacionales que suscriba el Poder Ejecutivo; m) Declarar por ley la necesidad de la Reforma Constitucional;
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 85 DE 220
n) Conceder honores a ciudadanas y ciudadanos distinguidos que hayan prestado reconocidos servicios a la Patria o a la humanidad; ñ) Conceder autorización al Presidente de la República para salir al extranjero, cuando sea por más de quince días; o) Decidir el traslado de las sedes de los poderes del Estado por causa de fuerza mayor o mediante convocatoria del Presidente de la República, la cual deberá estar debidamente motivada por circunstancias extraordinarias; p) Conceder amnistía por causas políticas; q) Legislar acerca de toda materia que no sea de la competencia de otro Poder del Estado y que no sea contraria a la Constitución; r) Pronunciarse a través de resoluciones acerca de los problemas o las situaciones de orden nacional o internacional que sean de interés para la República.
2- Atribuciones en materia de fiscalización y control:
a) Aprobar o rechazar el estado de recaudación e inversión de las rentas que debe presentarle el Poder Ejecutivo durante la Primera Legislatura Ordinaria de cada año, tomando como base el informe de la Cámara de Cuentas;
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 86 DE 220
b) Velar por la conservación y fructificación de los bienes nacionales en beneficio de la sociedad y aprobar o rechazar la enajenación de los bienes de dominio privado de la Nación, excepto lo que dispone el Artículo 108, en el Numeral 9, 141 de Primera Lectura); c) Citar a Ministros, Viceministros, Directores o Administradores de Organismos Autónomos y Descentralizados del Estado, ante las comisiones permanentes del Congreso, para edificarlas sobre la ejecución presupuestaría y los actos de su administración; d) Examinar anualmente todos los actos del Poder Ejecutivo y aprobarlos, si son ajustados a la Constitución y a las leyes; e) Nombrar comisiones permanentes y especiales, a instancia de sus miembros, para que investiguen cualquier asunto que resulte de interés público, y rindan el informe correspondiente, f) Supervisar todas las políticas públicas que implemente el gobierno y sus instituciones autónomas y descentralizadas sin importar su naturaleza y alcance.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “¡Miren!, este Artículo que trata lo referente a las Atribuciones del Congreso Nacional, han sido divididos en dos, en una primera parte trata lo referente a las Atribuciones en Materia Legislativa y en una segunda parte, a las Atribuciones en Materia de Fiscalización y de control.
Vamos a ver el primero, las
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 87 DE 220
Atribuciones en Materia Legislativa, por separado”. Las asambleístas Ana Isabel Bonilla y Minerva Tavárez Mirabal, sugieren modificar el Literal o, del Artículo 93, para que diga así y es correcta esa modificación. Dice actualmente en el informe ´decidir el traslado de las sedes de los poderes del Estado´ y no puede ser, debe ser ´decidir el traslado de las sedes de las Cámaras Legislativas por causa de fuerza mayor o por otras circunstancias debidamente motivadas´, está claro, esa modificación es correcta. Vamos a someter la modificación al Literal o.”
Votación 018 “Sometida a votación la propuesta de modificación de las asambleístas Ana Isabel Bonilla Hernández y Minerva Josefina Tavárez Mirabal, al Artículo 93, del Literal o) presentada por la Comisión de Verificación y Auditoría, para que se elimine la expresión: ´de los poderes del Estado´ y diga: ´Decidir el traslado de las sedes de las Cámaras Legislativa por causa de fuerza mayor o mediante convocatoria del Presidente de la República, la cual deberá estar debidamente motivada por circunstancias extraordinarias. 108 VOTOS SÍ, 26 VOTOS NO, DE 134 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 88 DE 220
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Aprobada esta propuesta de modificación en el Literal o), propuesta sometida por las asambleístas Ana Isabel Bonilla y Minerva Tavárez Mirabal, cuando votaron por esta propuesta de modificación al Literal o, 108 diputados, de un mínimo de 90. Agne Berenice Contreras y Digna Reynoso, al Literal f) en la parte final. Actualmente dice ´Si no estuviera reunido el Congreso, el Presidente de la República podrá dictar la misma disposición, lo que conllevará una convocatoria inmediata del mismo, para ser informado de los acontecimientos y las disposiciones tomadas´. Ellas sugieren agregar ´los cuales deberán ser ratificados por el Congreso´,
pero dice ´que
deberá convocar inmediatamente al Congreso´ para informarle.”
Asambleísta Agne Berenice Contreras Valenzuela: “Gracias Presidente, buenas tardes; quisiéramos, por favor, que se ponga en la pantalla la Letra e), del Artículo 93, fíjense, honorables asambleístas, el Artículo dice ´Autorizar el Presidente de la República a declarar los estados de excepción a que se refiere esta Constitución´; letra f) En caso de que la soberanía nacional se encuentre expuesta a un peligro grave e inminente el Congreso podrá declarar que existe un Estado de Defensa Nacional, suspendiendo el ejercicio de los derechos individuales, con excepción de los derechos establecidos en el Artículo 251 del texto aprobado en Primera Lectura,). Si no estuviera reunido el Congreso, el Presidente de la
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 89 DE 220
República podría dictar la misma disposición, ´, que debe decir ahí ´disposiciones´ , porque está en plural y luego está en singular ´lo que conllevará una convocatoria inmediata del mismo´ o sea, del Presidente de la República al Congreso, ´para ser informado de los acontecimientos y de las disposiciones tomadas´, entonces, si se establece, al inicio de este artículo, que el Congreso deberá ser convocado para conocer de la cuestión, ¿cómo es posible que si el Congreso no está reunido, el Presidente de la República, toma las disposiciones, convoca al Congreso sólo para informarle de lo que él decidió?; nosotras proponemos que además del informe que deberá rendírsele al Congreso, ´la decisión tomada por el Presidente, en cuanto al Estado de Sitio, sea ratificado por el Congreso´, eso es lo que estamos agregando a la Letra f), del Artículo 93, Señor Presidente y demás honorables asambleístas”.
Asambleísta Minerva Josefina Tavárez Mirabal: “Sí, muchas gracias, Señor Presidente. ¡Fíjense!, esos dos literales, el e) y el f), se refieren a los estados de excepción, que están cambiando significativamente en esta Reforma Constitucional, los estados de excepción en general, se refiere en el e), pero los Estados de Defensa tienen una situación y un régimen distinto, el Estado de Defensa Nacional, que era lo que se llama en la Constitución vigente, el Estado de Emergencia Nacional, ese texto, así como está, yo pienso que está bien e incluyendo el tema del plural, porque
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 90 DE 220
cuando se dice ´si no estuviera reunido el Congreso, el Presidente de la República podrá dictar la misma disposición, o sea, la disposición de la declaratoria´, ahora, cuando habla de las disposiciones, se refiere a que tiene que informar al Congreso, cuáles disposiciones, no la disposición de la declaratoria, sino cuáles medidas, cuáles disposiciones ha tomado, con motivo de ese Estado de Emergencia; entonces yo creo que ese texto, así como está y que fue aprobado en Primera Lectura y que en gran medida se corresponde con el texto de la Constitución vigente, debe mantenerse como se aprobó en la Primera Lectura, porque realmente no vemos que haya ese problema”.
Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán: “Honorable Presidente, honorables colegas; yo entiendo la preocupación de las colegas que están proponiendo una modificación, pero yo creo que estos artículos se tienen que interpretar de manera conjunta; cuando el Presidente declara un Estado de Defensa, no estando reunido el Congreso, debe convocar de inmediato al Congreso, pero obviamente es para el cumplimiento del voto de la Constitución, en el artículo precedente, pero las decisiones que tomó, evidentemente, tienen que ser informadas; ahora, la declaratoria de la ratificación del Estado, tiene que ser hecha por el Congreso, porque la Letra e), no establece excepciones, entonces eso hay que interpretarlo en manera conjunta.
El Presidente convoca el Estado de Defensa Nacional, si el
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 91 DE 220
Congreso no está reunido, toma las medidas, pero lo debe convocar para obtener autorización del Congreso, así es que hay que interpretarlo. Presidente, voy a aprovechar para no hablar en una nueva ocasión; nosotros vamos a someter por su intermedio a la Asamblea, una propuesta, para agregar un numeral; la Asamblea rechazó, en una Sesión anterior, recientemente, que los acuerdos de Integración Económica, se sometieran al Referendo, si esa fue la decisión, yo quiero que la Asamblea pondere la posibilidad de que los Acuerdos de Integración Económica, sean aprobados con una mayoría especial de dos terceras partes de los presentes, porque eso le da más fuerza al proceso de negociaciones, no es lo mismo que un equipo negociador vaya a defender los intereses del país teniendo que pasar la prueba de una mayoría calificada en ambas cámaras, que cuando el trámite es de mayoría simple; se van a esforzar en lograr una mejor negociación, los gobiernos van a ser más cuidadosos en la defensa de los intereses de las regiones, de los productores, de los ciudadanos; cuando se discuten ese tipo de acuerdos, que tienen tantas implicaciones, son de tanto calado, de tantas repercusiones en la vida de los pueblos; entonces, ya que la Asamblea eliminó el Referendo, como mecanismo de ratificación de los Acuerdos de Integración Económica, entendemos que lo prudente es que el Congreso apruebe este tipo de convenio con una mayoría especia, de dos terceras partes de los presentes. Es cuanto, Señor Presidente.
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 92 DE 220
Asambleísta David Herrera Díaz: “Honorable Presidente de la Asamblea, Vicepresidente, asambleístas; es en la primera parte que yo tengo una observación, Señor Presidente, y es donde dice: ´ El Congreso Nacional, legisla y fiscaliza en representación del pueblo, le corresponden en consecuencia´;
yo entiendo que se debe eliminar, la palabra ´fiscaliza ´,
y en su lugar, que vaya la palabra ´control´, que diga: ´El Congreso Nacional, legisla y controla ´, porque el término controla, no conlleva el sentido de superioridad que tiene el fiscalizador, sobre el fiscalizado, porque el que fiscaliza, puede anular lo que no estime conforme; entonces, yo entiendo que el Congreso no está para anular, sino para controlar; y otra parte, Presidente,
es donde dice: ´atribuciones generales en materia
legislativa´, no sé por qué el término generales, porque debería decirse ‘atribuciones en materia legislativa´, y suprimir el término generales, ya que todo lo que se relaciona con el Congreso, son funciones ordinarias y ahí queda establecido eso; y otra parte, Presidente…”
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “En lo que se refiere a la palabra generales, se refiere en cuanto a su aplicación, y ese texto está idéntico a como está el Numeral 1, del Artículo 37, de la Constitución actual”.
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 93 DE 220
Asambleísta David Herrera Díaz: “Y esta parte, Presidente, que sí quisiera que me ponga un poco de atención, donde dice: ´establecer los impuestos o contribuciones generales y determinar el modo de su recaudación e inversión ´, yo pienso que debe decirse: ´establecer tributos y demás contribuciones generales y determinar el modo de su aplicación´, porque nosotros tenemos una Ley, que es la 11-92, que es la que crea el Código Tributario de la República Dominicana, entonces, si metemos en la Constitución, no sé si la Constitución actual, o como está, está equivocada, o qué tendríamos que hacer, porque entonces, entra en contradicción la Ley 11-92, cuando te habla de tributo, y la Constitución te habla de Impuesto; entonces, quisiéramos que, si es posible, que en lugar de decir: ´ se establecen los impuestos´, que diga: ´se establecen los tributos´; y otra parte, donde dice: ´aprobar o desaprobar, los Tratados y Convenciones´, que diga: ´aprobar o desaprobar los Tratados, los Acuerdos y Convenciones ´,
añadir esa palabra acuerdo, porque algunos de los
acuerdos internacionales, forman parte en la República Dominicana, se usa el término Acuerdos Internacionales, o sea, que se adicione ahí también la palabra acuerdo. Muchas gracias, Señor Presidente”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Bueno, ya el Asambleísta David Herrera, era el último que figuraba en el listado, él propone dos modificaciones, fíjense, en la parte capital, él sugiere, cuando
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 94 DE 220
dice: ´El Congreso Nacional legisla y fiscaliza´, que diga: ´legisla y controla´,
él cambia la expresión ´fiscaliza´, por ´controlar´; vamos a
someter esa propuesta de modificación; que inicie el tiempo.
Votación 019 “Sometida a votación la propuesta presentada por el Asambleísta David Herrera Díaz, para que el Artículo 93 del informe de la Comisión de Verificación y Auditoría, donde dice ´legisla y fiscaliza´, diga: ´legisla y controla´, para que se lea como sigue: ´Artículo 93. Atribuciones. El Congreso Nacional legisla y controla en representación del pueblo, le corresponden en consecuencia:’. 49 VOTOS SI, 82 VOTOS NO, 131 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. RECHAZADA”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Rechazada está propuesta de modificación, sólo obtuvo 49 votos, se requería un mínimo de 88; él, asimismo sugiere, en el Acápite a), sustituir la palabra ´impuestos´ por ´tributos´, para que diga: ´Establecer tributos o contribuciones generales´, entonces, diría: ´Establecer los impuestos,
tributos o
contribuciones generales´, es mejor agregarle, no sustituir impuestos por tributos, entonces, diría: ´Establecer los impuestos,
tributos o
contribuciones generales ´, ¿está bien?, vamos a someter esa propuesta de
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 95 DE 220
modificación al literal a), de este artículo, sugerida por David Herrera Díaz, ´impuestos, tributos o contribuciones generales´; que inicie el tiempo.”
Votación 020 “Sometida a votación la propuesta presentada por el Asambleísta David Herrera Díaz, para que el Literal a) del Artículo 93 del informe de la Comisión de Verificación y Auditoría, se le agregue la palabra ´tributos´, para que diga: ´a) Establecer los impuestos, tributos o contribuciones generales y determinar el modo de su recaudación e inversión’. 110 VOTOS SI, 21 VOTOS NO, 131 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”. Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Aprobada, agregar la palabra ´Tributos´ en el literal a), después de impuestos, cuando votaron por esta modificación 110 asambleístas, de un mínimo de 88. Asimismo, Pelegrín Castillo sugiere un literal nuevo que diga: ´Aprobar los tratados o acuerdos de integración económica con el voto de las dos terceras partes de los presentes ´. Que inicie el tiempo.”
Votación 021 “Sometida a votación la propuesta presentada por el Asambleísta Pelegrín Castillo Semán, para que se agregue un literal nuevo en el Artículo 93, del informe de la
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 96 DE 220
Comisión de Verificación y Auditoría, que diga: ´Aprobar los tratados o acuerdos de integración económica con el voto de las dos terceras partes de los presentes’. 46 VOTOS SI, 85 VOTOS NO, 131 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. RECHAZADA”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Rechazado,
sólo
votaron 46 asambleístas, se requería un mínimo de 88. Agne Berenice Contreras y Digna Reynoso, sugieren agregarle al literal f), al final: ´Los cuales deben ser ratificados por el Congreso ´; la retira. Entonces, vamos a someter todos los literales,
de la parte primera,
referentes
a las
Atribuciones generales en materia legislativa, el Epígrafe y el Artículo 93, en esta primera parte, falta la segunda parte, con las modificaciones introducidas; que inicie el tiempo.”
Votación 022 “Sometido a votación el Epígrafe, el Artículo 93 y las atribuciones generales en materia legislativa de la propuesta del informe de la Comisión de Verificación y Auditoría con todos sus numerales y las modificaciones introducidas, para que rece como sigue: ´Artículo 93. Atribuciones. El Congreso Nacional legisla y fiscaliza en representación del pueblo, le corresponden en consecuencia: 1- Atribuciones
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 97 DE 220
generales en materia legislativa: a) Establecer los impuestos, tributos o contribuciones generales y determinar el modo de su recaudación e inversión; b) Conocer de las observaciones que el Poder Ejecutivo haga a las leyes; c) Disponer todo lo concerniente a la conservación de monumentos y al patrimonio histórico, cultural y artístico; d) Crear, modificar o suprimir regiones, provincias, municipios, distritos municipales, secciones y parajes y determinar todo lo concerniente a sus límites y organización, por el procedimiento regulado en esta Constitución, previo a estudio que demuestre la conveniencia política, social y económica justificativa de la modificación; e) Autorizar al Presidente de la República declarar los Estados de Excepción a que se refiere esta Constitución; f) En caso de que la soberanía nacional se encuentre expuesta a un peligro grave e inminente el Congreso podrá declarar que existe un Estado de Defensa Nacional, suspendiendo el ejercicio de los derechos individuales, con excepción de los derechos establecidos en el Artículo 251, del texto aprobado en Primera Lectura,). Si no estuviera reunido el Congreso, el Presidente de la República podría dictar la misma disposición, lo que conllevará una convocatoria inmediata del mismo para ser informado de los acontecimientos y de las disposiciones tomadas; g) Establecer las normas relativas a la migración y al régimen de extranjería; h) Aumentar o reducir
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 98 DE 220
el número de las Cortes de Apelación y crear o suprimir tribunales y disponer todo lo relativo a su organización y competencia, previo a consultas a la Suprema Corte de Justicia; i) Votar anualmente la Ley de Presupuesto General del Estado, así como aprobar o rechazar los gastos extraordinarios para los cuales solicite un crédito del Poder Ejecutivo; j) Legislar cuanto concierne a la deuda pública y aprobar o desaprobar los créditos y préstamos firmados por el Poder Ejecutivo, de conformidad con esta Constitución y las leyes; k) Aprobar o desaprobar los contratos que le someta el Presidente de la República, de conformidad con lo que dispone en el Numeral 9, del Artículo 108, así como las enmiendas o modificaciones posteriores que alteren las condiciones originalmente establecidas en dichos contratos al momento de su sanción legislativa; l) Aprobar o desaprobar los tratados y convenciones internacionales que suscriba el Poder Ejecutivo; m) Declarar por ley la necesidad de la Reforma Constitucional; n) Conceder honores a ciudadanas y ciudadanos distinguidos que hayan prestado reconocidos servicios a la Patria o a la humanidad; ñ) Conceder autorización al Presidente de la República para salir al extranjero, cuando sea por más de quince días; o) Decidir el traslado de las sedes de los poderes del Estado por causa de fuerza mayor o mediante convocatoria del Presidente de la República, la cual
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 99 DE 220
deberá estar debidamente motivada por circunstancias extraordinarias; p) Conceder amnistía por causas políticas; q) Legislar acerca de toda materia que no sea de la competencia de otro Poder del Estado y que no sea contraria a la Constitución; r) Pronunciarse a través de resoluciones acerca de los problemas o las situaciones de orden nacional o internacional que sean de interés para la República´.117 VOTOS SI, 14 VOTOS NO, 131 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Aprobado esta primera parte del Artículo 93, ´Atribuciones Generales en Materia Legislativa´, con el Epígrafe del Artículo, cuando votaron 117 asambleístas, de un mínimo de 88. Pasamos a la segunda parte, que se refiere a: ´ Las Atribuciones en Materia de Fiscalización y Control ´, ¿la retira?, la retira, una propuesta que había presentado la Asambleísta Isabel Bonilla. El Asambleísta Ángel Acosta, al Literal a), de esta segunda parte, en lo referente a la Materia de Fiscalización y Control por parte del Congreso, él sugiere, en el Literal a), agregar, después del punto y coma, la siguiente expresión: ´de hecho tal aprobación constituye un descargo de responsabilidad penal ´, ¿no es así?, agregar al final, explique las tres propuestas de modificación que usted presenta al a), al e) y al f)”.
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 100 DE 220
Asambleísta Ángel Acosta Feliz: “En el caso del Literal a), Presidente, quiero referir, que de las improntas que dejará la presente administración del Congreso a futuras generaciones, una de ellas está, en haber conocido o actualizado, la aprobación y el rechazo, que es el único que se conoce en la historia, de un informe presidencial, ¿a qué me refiero, Presidente?, desde hace mucho tiempo, el Senado de la República recibía las memorias del Presidente, las depositaba en archivo, oiga bien, Presidente, durante muchos años, la costumbre es, el Presidente, viene y rinde memorias, rinde cuentas y el Senado las
depositaba en archivo, a partir de su
administración, se conocieron 4 informes de manera consecutiva, y se puso al día, hasta el año 2006, teniendo pendiente, en el medio, dos años que no se han aprobado, pero en el año 2006, Presidente, la Cámara de Diputados, en un acto histórico, en una acción histórica, rechaza el informe del Presidente, y eso está en el limbo ahí, eso no tiene sentido, en este momento, República Dominicana, da lo mismo, oigan bien, da lo mismo aprobar el informe y las memorias, de la ejecución presupuestaria, que rechazarlo, da lo mismo; hay un limbo jurídico en esa materia, por cuanto, aunque aquí de hecho o de facto, no estamos planteando que no hay ningún tipo de sanción, por lo menos, un miedo, un cuco, estamos planteando de que, ¡óyeme¡, la rendición de cuentas tiene que ser para algo, para algo tenemos que conocer la memoria que el Presidente presenta, y que la
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 101 DE 220
Cámara de Cuentas audita a los fines de nosotros aprobar o rechazar, ese es el primer acápite; por cuanto ahí planteamos que de hecho, tal aprobación, constituye un descargo a la responsabilidad penal, Pelegrín Castillo; lo segundo es, que en el texto que usted leyó en el informe de la Comisión de Verificación y Auditoría, si lo pueden presentar, por favor, Presidente; está en el fondo, en la parte de atrás, el informe leído anteriormente, el e) y f) dicen: ´De las Atribuciones del Congreso. e) Nombrar
comisiones
permanentes y especiales, a instancia de sus miembros para que investiguen cualquier asunto que resulte de interés público, y rindan informe correspondiente ´. Yo pienso que ese acápite, ese primer acápite, es responsabilidad única y exclusiva de las Comisiones Especiales; mientras que el segundo, que es el seguimiento día a día, mensualmente, trimestralmente, semestralmente, a la gestión de cada Ministerio en función de las comisiones permanentes que hemos creado, según el reglamento, tiene las funciones del acápite f), es lo que hemos traído a este escenario a colación, Presidente y por cuanto, en la propuesta nuestra, planteamos el e): ´Nombrar Comisiones Permanentes, de acuerdo a nuestro Reglamento, o a el Reglamento de la Cámara que corresponde, lo cuales serán responsables de supervisar lo que dice… ´, de ahí en adelante, es lo que dice y está pautado en el acápite F, no se sí me copia, Presidente Valentín, y el otro el Literal f), Las Comisiones Especiales, conocen las instancias que día a día conocemos nosotros, que son las motivaciones de la labor de
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 102 DE 220
representación que hacen los Legisladores en cada una de sus comunidades; esos son nuestros dos planteamientos, que creo que están claros y me pareció que el Presidente Valentín los comprendió, que ha sido mi más consistente verdugo, en esta materia”.
Asambleísta Vicepresidente, Julio César Valentín Jiminián: “Yo le comentaba, al Honorable Asambleísta, Ángel Acosta, que esa parte donde él presenta el numeral e), yo estoy de acuerdo con que se establezca nombrar Comisiones Permanentes, de acuerdo con el reglamento correspondiente, pero establecer lo que sigue después, es decir, ´las cuales serán responsables de supervisar todas las políticas públicas que implemente el gobierno, y sus instituciones autónomas y descentralizadas, sin importar su naturaleza y alcance´, del principio mismo, de los postulados mismos, de la teoría original de la democracia, surge esa potestad; en la Constitución de los Estados Unidos, no está escrito que las comisiones tienen esas potestades, más lo ejercen debido a que ha dicho la Suprema Corte de Justicia, de los Estados Unidos, debido a que eso es una cuestión inherente, que ni siquiera tiene que estar escrito, del principio de la separación orgánica de los poderes del Estado, entonces, si se quiere establecer, que se establezca, yo lo que sugería al hermano Ángel era, que estaba de acuerdo con los planteado en el literal a) y en el f), y en el e), establecer, nombrar Comisiones Permanentes, cuyas atribuciones estarán
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 103 DE 220
establecidas en los Reglamentos y en las leyes, o en el Reglamento y la Ley, y no está en la especificación, ¿sabes por qué?, porque si se establece sólo esa parte, entonces, le va a quitar probablemente a la Comisiones Permanentes, revisar los proyectos de ley, para rendir los informes, y como no podemos entrar en tantas especificaciones, bastaría con decir: ´nombrar las Comisiones Permanentes, de conformidad con los reglamentos de cada Cámara Legislativa´. Esa es mi sugerencia y suprimir lo otro y ahí le estaríamos dando el rango constitucional a las comisiones de las dos naturaleza, es mi sugerencia, para que sean los reglamentos y la ley, las que digan cuáles funciones tiene esa comisión, porque puede ser esa, puede ser también rendir los informes, pero mañana nos puede surgir la idea de otras potestades que les podamos atribuir a las Comisiones Permanentes”.
Asambleísta Ana Isabel Bonilla Hernández: “Lo que dice el Honorable Asambleísta Ángel Acosta, ponderemos si en una Constitución, podemos establecer cuestiones de hecho, yo creo que esa última frase, en el Literal a), no procede, porque aprobar o rechazar, el estado de recaudación de inversiones, eso lo establece, tal como él lo propone, el Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría, pero establecer en una Constitución, de hecho, tal aprobación constituye un descargo de responsabilidad penal, es llegar muy lejos, porque sería atribuirle al Congreso una facultad de Juez, que este Congreso no la tiene, sería incurrir en las atribuciones del
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 104 DE 220
Poder Judicial, y además en una Constitución, no podemos establecer que de hecho, estamos suponiendo que no hay faltas graves, que puedan dar lugar a un delito penal, por lo que yo recomiendo que eso sea eliminado, Señor Presidente, ¿me entendieron?, o sea, el Congreso no puede incurrir en funciones del Poder Judicial, de dar por descontado que ni hay delito en el informe o faltas graves o mucho menos, dar descargo penal, porque esa no es la atribución del Congreso.”
Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán: “Honorable Presidente, honorables colegas; yo quiero abundar en lo expuesto por la colega Isabel Bonilla; las consecuencias del incumplimiento por parte del Ejecutivo, ese informe que debe rendir, las consecuencias de la decisión del Congreso de rechazar ese informe, tienen que ser las reguladas por responsabilidad política, él puso un ejemplo, que yo creo que vale la pena analizar, lo que debió hacer el Congreso, rechazando ese informe,
fue derivar las
consecuencias políticas, juicios políticos, pero el Congreso no puede decir que si aprueba ese informe está exonerando,
incluso la fórmula es
impropia, en eso estoy totalmente de acuerdo con la colega, porque no puede decir, de facto, de hecho, exonerando de responsabilidad penal, porque también eso implica decir que si lo rechaza, hay responsabilidad penal; entonces, el Congreso, frente al Ejecutivo, tiene el papel de exigir responsabilidad política. Si el Ejecutivo incumple con sus obligaciones, el
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 105 DE 220
Congreso tiene que sacar las consecuencias, por eso nosotros estábamos planteando la necesidad de que las posibilidades del Juicio Político al Poder Ejecutivo, fuera más realista con una mayoría de dos terceras partes de la matrícula, que es la que establece la mayoría de los modelos presidenciales, incluso, el modelo presidencial por excelencia, en materia constitucional, que es el de los Estados Unidos, pero eso no se acogió; entonces, nosotros ahora no podemos consignar una fórmula así, que no tiene asidero jurídico, obviamente en el análisis, de esas cuentas el Congreso tampoco está buscando infracciones de naturaleza penal, eso es competencia, puede ser competencia de los Tribunales Ordinarios, o en este caso, tratándose del Presidente del Tribunal Supremo, con jurisdicción especial, eso yo creo que está claro, no debemos cocinar está fórmula porque va a dar origen, incluso, a cuestionamientos, en cuanto a su carácter antijurídico”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Bueno,
vamos
a
conocer la propuesta de modificación presentada por el Asambleísta Ángel Acosta; él sugiere que en el Literal a), ´ De las Atribuciones en Materia de Fiscalización y Control ´, agregar en la parte final, la siguiente expresión: ´De hecho tal aprobación constituye un descargo de responsabilidad penal ´; él retira las tres propuestas presentadas. Entonces, vamos a someter esta segunda parte de este Artículo 93, referente a ´ las Atribuciones en Materia de Fiscalización y Control ´, que consta de seis literales; vamos a
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 106 DE 220
someterlo, esta segunda parte, tal y como fue presentado por la Comisión en su informe. Que inicie el tiempo.”
Votación 023 “Sometido a votación la segunda parte del Artículo 93, sobre las Atribuciones en Materia de Fiscalización y Control con sus numerales, tal como lo presenta la propuesta del informe de la Comisión de Verificación y Auditoría, para que diga: ´a) Aprobar o rechazar el estado de recaudación e inversión de las rentas que debe presentarle el Poder Ejecutivo durante la Primera Legislatura Ordinaria de cada año, tomando como base el informe de la Cámara de Cuentas; b) Velar por la conservación y fructificación de los bienes nacionales en beneficio de la sociedad y aprobar o rechazar la enajenación de los bienes de dominio privado de la Nación, excepto lo que dispone el Artículo 108, en el Numeral 9; c) Citar a Ministros, Viceministros, Directores o Administradores de Organismos Autónomos y Descentralizados del Estado, ante las comisiones permanentes del Congreso, para edificarlas sobre la ejecución presupuestaría y los actos de su administración; d) Examinar anualmente todos los actos del Poder Ejecutivo y aprobarlos, si son ajustados a la Constitución y a las leyes; e) Nombrar comisiones permanentes y especiales, a instancia de sus miembros, para que investiguen cualquier asunto que
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 107 DE 220
resulte de interés público, y rindan el informe correspondiente; f) Supervisar todas las políticas públicas que implemente el gobierno y sus instituciones autónomas y descentralizadas sin importar su naturaleza y alcance.´.110 VOTOS SI, 23 VOTOS NO, 133 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Aprobada, esta segunda parte del Artículo 93, del informe, cuando votaron 110 asambleístas, de un mínimo de 89. Vamos a someter, entonces el Artículo completo, sus dos partes, todos sus numerales y su Epígrafe, que es el Artículo 93 del informe; que inicie el tiempo, por favor.”
Votación 024 “Sometido a votación el Epígrafe, el Artículo 93 y las atribuciones generales en materia legislativa de la propuesta del informe de la Comisión de Verificación y Auditoría con todos sus numerales y las modificaciones introducidas, para que rece como sigue: ´Artículo 93. Atribuciones. El Congreso Nacional legisla y fiscaliza en representación del pueblo, le corresponden en consecuencia: 1- Atribuciones generales en materia legislativa: a) Establecer los impuestos, tributos o contribuciones generales y
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 108 DE 220
determinar el modo de su recaudación e inversión; b) Conocer de las observaciones que el Poder Ejecutivo haga a las leyes; c) Disponer todo lo concerniente a la conservación de monumentos y al patrimonio histórico, cultural y artístico; d) Crear, modificar o suprimir regiones, provincias, municipios, distritos municipales, secciones y parajes y determinar todo lo concerniente a sus límites y organización, por el procedimiento regulado en esta Constitución, previo a estudio que demuestre la conveniencia política, social y económica justificativa de la modificación; e) Autorizar al Presidente de la República declarar los Estados de Excepción a que se refiere esta Constitución; f) En caso de que la soberanía nacional se encuentre expuesta a un peligro grave e inminente el Congreso podrá declarar que existe un Estado de Defensa Nacional, suspendiendo el ejercicio de los derechos individuales, con excepción de los derechos establecidos en el Artículo 251, del texto aprobado en Primera Lectura,). Si no estuviera reunido el Congreso, el Presidente de la República podría dictar la misma disposición, lo que conllevará una convocatoria inmediata del mismo para ser informado de los acontecimientos y de las disposiciones tomadas; g) Establecer las normas relativas a la migración y al régimen de extranjería; h) Aumentar o reducir el número de las Cortes de Apelación y crear o suprimir tribunales y disponer todo lo
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 109 DE 220
relativo a su organización y competencia, previo a consultas a la Suprema Corte de Justicia; i) Votar anualmente la Ley de Presupuesto General del Estado, así como aprobar o rechazar los gastos extraordinarios para los cuales solicite un crédito del Poder Ejecutivo; j) Legislar cuanto concierne a la deuda pública y aprobar o desaprobar los créditos y préstamos firmados por el Poder Ejecutivo, de conformidad con esta Constitución y las leyes; k) Aprobar o desaprobar los contratos que le someta el Presidente de la República, de conformidad con lo que dispone en el Numeral 9, del Artículo 108, así como las enmiendas o modificaciones posteriores que alteren las condiciones originalmente establecidas en dichos contratos al momento de su sanción legislativa; l) Aprobar o desaprobar los tratados y convenciones internacionales que suscriba el Poder Ejecutivo; m) Declarar por ley la necesidad de la Reforma Constitucional; n) Conceder honores a ciudadanas y ciudadanos distinguidos que hayan prestado reconocidos servicios a la Patria o a la humanidad; ñ) Conceder autorización al Presidente de la República para salir al extranjero, cuando sea por más de quince días; o) Decidir el traslado de las sedes de los poderes del Estado por causa de fuerza mayor o mediante convocatoria del Presidente de la República, la cual deberá estar debidamente motivada por circunstancias extraordinarias; p) Conceder amnistía por causas
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 110 DE 220
políticas; q) Legislar acerca de toda materia que no sea de la competencia de otro Poder del Estado y que no sea contraria a la Constitución; r) Pronunciarse a través de resoluciones acerca de los problemas o las situaciones de orden nacional o internacional que sean de interés para la República´. 2. Atribuciones en Materia de Fiscalización y Control: ´a) Aprobar o rechazar el estado de recaudación e inversión de las rentas que debe presentarle el Poder Ejecutivo durante la Primera Legislatura Ordinaria de cada año, tomando como base el informe de la Cámara de Cuentas; b) Velar por la conservación y fructificación de los bienes nacionales en beneficio de la sociedad y aprobar o rechazar la enajenación de los bienes de dominio privado de la Nación, excepto lo que dispone el Artículo 108, en el Numeral 9; c) Citar a Ministros, Viceministros, Directores o Administradores de Organismos Autónomos y Descentralizados del Estado, ante las comisiones permanentes del Congreso, para edificarlas sobre la ejecución presupuestaría y los actos de su administración; d) Examinar anualmente todos los actos del Poder Ejecutivo y aprobarlos, si son ajustados a la Constitución y a las leyes; e) Nombrar comisiones permanentes y especiales, a instancia de sus miembros, para que investiguen cualquier asunto que resulte de interés público, y rindan el informe correspondiente; f) Supervisar todas las políticas públicas que implemente el
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 111 DE 220
gobierno y sus instituciones autónomas y descentralizadas sin importar su naturaleza y alcance.´100 VOTOS SI, 33 VOTOS NO, 133 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Aprobado esté Artículo que figura como 93 en el informe, que fue el Artículo 101, en Primera Lectura, con sus Epígrafes y todos sus literales y las modificaciones que se le introdujeron, a la primera parte, cuando votaron por esta disposición constitucional, la cantidad de 100 asambleístas, de un mínimo de 89. Continuamos con el Informe…”
(EL ASAMBLEÍSTA SECRETARIO AD-HOC, ANTONIO DE JESÚS CRUZ TORRES, CONTINÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA)
Añadir un artículo nuevo a la CONSTITUCIÓN VIGENTE, con el texto aprobado en Primera Lectura y transcrito como nuevo. Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 112 DE 220
Artículo 94 (nuevo).- De las invitaciones a las Cámaras. Las Cámaras legislativas, así como las comisiones permanentes y especiales que éstas constituyan, podrán invitar a ministros, viceministros, directores y demás funcionarios
y funcionarias de la Administración Pública, así como a
cualquier persona física o jurídica, para ofrecer información pertinente sobre los asuntos de los cuales se encuentren apoderadas.
Párrafo: La renuencia de las personas citadas a comparecer o a rendir las declaraciones requeridas, serán sancionadas por los tribunales penales de la República con la pena que señalen las disposiciones legales vigentes para los casos de desacato a las autoridades públicas y requerimiento de la Cámara correspondiente.”
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Yo creo que no hay ninguna novedad, vamos a someterla así. Articulo 94, fue nuevo en Primera Lectura, pero figura como 94 en el Informe, y su Párrafo y el Epígrafe. Vamos a someterlo”.
Votación 025 “Sometido a votación el Artículo 94, con su Epígrafe y su Párrafo, tal y como figura en la propuesta del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría, para que diga: Artículo 94.- De las Invitaciones a las Cámaras. Las
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 113 DE 220
Cámaras legislativas, así como las comisiones permanentes y especiales que éstas constituyan, podrán invitar a Ministros, Viceministros, Directores y demás Funcionarios y Funcionarias de la Administración Pública, así como a cualquier persona física o jurídica, para ofrecer información pertinente sobre los asuntos de los cuales se encuentren apoderadas. Párrafo: La renuencia de las personas citadas a comparecer o a rendir las declaraciones requeridas, serán sancionadas por los tribunales penales de la República con la pena que señalen las disposiciones legales vigentes para los casos de desacato a las autoridades públicas y requerimiento de la Cámara correspondiente.” 110 VOTOS SI, 22 VOTOS NO, 132 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Aprobado este artículo, que tiene el número 94 en el informe, con su Epígrafe y su Párrafo, cuando votaron por el mismo, 110 asambleístas, de un mínimo de 88. Continúen con la lectura del informe.
(EL ASAMBLEÍSTA SECRETARIO, TEODORO URSINO REYES, CONTINÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA)
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 114 DE 220
MODIFICAR el Artículo 37, Numeral 22 de la CONSTITUCIÓN VIGENTE, con el texto aprobado en Primera Lectura y transcrito como Artículo Nuevo, diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría
Artículo 95. De las Interpelaciones. Interpelar a los ministros y viceministros, al Gobernador del Banco Central y a los directores o administradores de organismos autónomos y descentralizados del Estado, así como a los de entidades que administren fondos públicos, sobre asuntos de su competencia, cuando así lo acordaren la mayoría de los miembros presentes, a requerimiento de al menos tres legisladores, así como recabar información de otros funcionarios públicos competentes en la materia y dependientes de los anteriores.
Párrafo: Si el funcionario o funcionaria citado no compareciese sin causa justificada o se consideraran insatisfactorias sus declaraciones, las Cámaras, con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, podrán emitir un voto de censura en su contra y recomendar su destitución del cargo
al
Presidente
de
la
República
o
al
superior
correspondiente, por incumplimiento de responsabilidad.”
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
jerárquico
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 115 DE 220
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “La Comisión ha presentado este Artículo 95, con su Epígrafe, tal y como fue aprobado en Primera Lectura, en consecuencia, vamos a someterlo a votación, incluyendo su párrafo con el Epígrafe.”
Votación 026 “Sometido a votación el Artículo 95, con su Epígrafe y su Párrafo, tal y como figura en la propuesta del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría, para que diga: ´Artículo 95. De las Interpelaciones. Interpelar a los Ministros y Viceministros, al Gobernador del Banco Central y a los Directores o Administradores de Organismos Autónomos y Descentralizados del Estado, así como a los de entidades que administren fondos públicos, sobre asuntos de su competencia, cuando así lo acordaren la mayoría de los miembros presentes, a requerimiento de al menos tres legisladores, así como recabar información de otros funcionarios públicos competentes en la materia y dependientes de los anteriores. Párrafo: Si el funcionario o funcionaria citado no compareciese sin causa justificada o se consideraran insatisfactorias sus declaraciones, las Cámaras, con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, podrán emitir un voto de censura en su contra y recomendar su destitución
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 116 DE 220
del cargo al Presidente de la República o al superior jerárquico correspondiente por incumplimiento de responsabilidad.´102 VOTOS SI, 26 VOTOS NO, 128 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Aprobado, cuando votaron 102 asambleístas, de un mínimo de 86.”
(LA ASAMBLEÍSTA SECRETARIA, GLADYS SOFÍA AZCONA DE LA CRUZ, CONTINÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA)
MODIFICAR el Epígrafe y la numeración de la Sección VI, para que sea la Sección V y Modificar el Artículo 55, Numeral 22 para MODIFICAR un Artículo nuevo a la CONSTITUCIÓN VIGENTE
con el texto
aprobado en Primera Lectura y transcrito como nuevo. Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación
SECCIÓN VI DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS AL CONGRESO
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 117 DE 220
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Vamos a someter este epígrafe, sería la sección VI, con el Epígrafe siguiente: ´DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS AL CONGRESO´. Una pregunta, antes de someter a votación. La Comisión sugiere para que sea Sección V y no VI, pero cuando vemos el Epígrafe, está subrayada la V y no la VI, ¿Cuál de las dos es? Es V, porque la que vimos anteriormente es la IV, entonces hacemos una corrección; en vez de Sección VI, es Sección V, con el epígrafe DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS AL CONGRESO,
que
inicie el tiempo. (sujeto a renumeración).”
Votación 027 “Sometido a votación el Epígrafe de la Sección V, tal y como figura en la propuesta del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría, para que diga: ´SECCIÓN V, DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS AL CONGRESO´. 99 VOTOS SI, 26 VOTOS NO, 125 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Aprobado el Epígrafe de esta sección, cuando votaron 99 asambleístas, de un mínimo de 84. Continúen con la lectura.”
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 118 DE 220
(LA ASAMBLEÍSTA SECRETARIA, GLADYS SOFÍA AZCONA DE LA CRUZ, CONTINÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA)
Artículo 114 (NUEVO). Rendición de Cuentas del Presidente de la República. Es responsabilidad del Presidente de la República rendir cuentas anualmente ante el Congreso Nacional de la administración presupuestaria, financiera y de gestión, ocurrida en el año anterior, según lo establece el numeral 14 del artículo 108 de esta Constitución, acompañada de un mensaje explicativo de las proyecciones macroeconómicas y fiscales, los resultados económicos, financieros y sociales esperados y las principales prioridades que el Gobierno se propone ejecutar dentro de la Ley de Presupuesto General del Estado aprobada para el año en curso.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Ya ha sido presentado este artículo, que figura como 114, con su epígrafe, vamos a votar por el mismo, tal y como fue presentado por la Comisión en su informe.”
Votación 028 “Sometido a votación el Artículo 114 y su Epígrafe, tal y como figura en la propuesta del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría, para que diga: “Artículo
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 119 DE 220
114.- Rendición de Cuentas del Presidente de la República. Es responsabilidad del Presidente de la República, rendir cuentas anualmente ante el Congreso Nacional de la administración presupuestaria, financiera y de gestión ocurrida en el año anterior, según lo establece el Numeral 14, del Artículo 108 de esta Constitución, acompañada de un mensaje explicativo de las proyecciones macroeconómicas y fiscales, los resultados económicos, financieros y sociales esperados y las principales prioridades que el Gobierno se propone ejecutar dentro de la Ley de Presupuesto General del Estado aprobada para el año en curso.´ 102 VOTOS SI, 22 VOTOS NO, 124 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”. Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Ya ha sido aprobado, cuando han votado por esta disposición 102 asambleístas, de un mínimo de 83. Continúen con la lectura.”
(EL ASAMBLEÍSTA SECRETARIO AD-HOC, ADRIANO SÁNCHEZ ROA, CONTINÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA)
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 120 DE 220
MODIFICAR, conforme el Objeto 62, Artículo 3, de la Ley 70-09, un Artículo nuevo a la CONSTITUCIÓN VIGENTE, con el texto aprobado en primera lectura y transcrito como nuevo. Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación
Artículo 115 (nuevo).- Informes de la Cámara de Cuentas.
La ley
regulará los procedimientos requeridos por las Cámaras para el examen de los informes de la Cámara de Cuentas, el examen de los actos del Poder Ejecutivo, las invitaciones, las interpelaciones, el Juicio Político y los demás mecanismos de control establecidos por esta Constitución.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “La Asambleísta Ana Isabel Bonilla, sugiere, que donde dice ´La ley regulará los procedimientos requeridos por las Cámaras, agregarle ´legislativas´ después de Cámaras para que se precise mejor, vamos a someter esa propuesta de modificación a este artículo 115.”
Votación 029 “Sometido a votación la propuesta de modificación al Artículo 115 de la propuesta del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría, sometido por la Asambleísta Isabel Bonilla, para que se le agregue la palabra
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 121 DE 220
´Legislativas´ después de ´Cámaras´, en el texto.´ 95 VOTOS SI, 28 VOTOS NO, 123 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Aprobada esta propuesta de modificación, agregándole la palabra ´legislativas´ después de ´Cámaras´, cuando votaron por esta propuesta 95 asambleístas, de un mínimo de 82. Vamos a someter el artículo, que figura como 115, con la modificación introducida. Que inicie el tiempo”
Votación 030 “Sometido a votación el Artículo 115, con su Epígrafe, de la propuesta del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría, con la modificación introducida, para que diga: “Artículo 115.- Informes de la Cámara de Cuentas. La ley regulará los procedimientos requeridos por las Cámaras Legislativas para el examen de los informes de la Cámara de Cuentas, el examen de los actos del Poder Ejecutivo, las invitaciones, las interpelaciones, el Juicio Político y los demás mecanismos de control establecidos por esta Constitución´. 91 VOTOS SI, 30 VOTOS NO, 121 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 122 DE 220
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Aprobado este artículo 115 y la modificación introducida, cuando votaron por el mismo 91 asambleístas, de un mínimo de 81. Continúen con la lectura.”
(EL ASAMBLEÍSTA SECRETARIO AD-HOC, ANTONIO DE JESÚS CRUZ TORRES, CONTINÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA)
MODIFICAR, conforme el Objeto 64, Artículo 3, de la Ley 70-09, un Artículo nuevo a la CONSTITUCIÓN VIGENTE, con la recomendación de la Comisión de Verificación y Auditoría como artículo nuevo. Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación
Artículo 116, (nuevo).- Rendición de Informe Defensor del Pueblo. El Defensor del Pueblo rendirá al Congreso Nacional el informe anual de su gestión, a más tardar treinta días antes del cierre de la primera legislatura ordinaria.
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 123 DE 220
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Vamos a someter inmediatamente este artículo, con su Epígrafe, que es el 116 del informe. Que inicie el tiempo.”
Votación 031 “Sometido a votación el Artículo 116, con su Epígrafe, tal como está en la propuesta del Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría, que dice: “Artículo 116.- Rendición de Informe Defensor del Pueblo. El Defensor del Pueblo rendirá al Congreso Nacional el informe anual de su gestión, a más tardar treinta días antes del cierre de la Primera Legislatura Ordinaria.´ 110 VOTOS SI, 20 VOTOS NO, 130 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta, Presidente Reinaldo Pared Pérez: “Aprobado este artículo 116, del informe, con su Epígrafe, cuando votaron 100 asambleístas, de un mínimo de 80. Continúen con la lectura.”
(EL ASAMBLEÍSTA SECRETARIO, TEODORO URSINO REYES, CONTINÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA)
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 124 DE 220
MODIFICAR el Artículo 38 de la CONSTITUCIÓN VIGENTE, con el texto aprobado en Primera Lectura y transcrito como Artículo 102 y el contenido del párrafo proviene del Artículo 103. Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación
SECCIÓN V DE LA FORMACIÓN Y EFECTO DE LAS LEYES
Artículo 96 102.- Iniciativa de ley. Tienen derecho a iniciativa en la formación de las leyes: 1) Los senadores o senadoras y los diputados o diputadas; 2) El Presidente de la República; 3) La Suprema Corte de Justicia, en asuntos judiciales; 4) La Junta Central Electoral, en asuntos electorales.
Párrafo.- Las y los legisladores que ejerzan el derecho a iniciativa en la formación de las leyes, pueden sostener su moción en la otra Cámara. De igual manera los demás que tienen este derecho pueden hacerlo en ambas cámaras mediante un representante.
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 125 DE 220
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Vamos a someter este artículo completo, con la Sección, el Epígrafe de la Sección, el Epígrafe del Artículo y su Párrafo.”
Asambleísta Teodoro Ursino Reyes: “Dice mediante un representante, para nada debemos de quitarle que lo pueda hacer de manera directa, en este caso, puede ser el Presidente de la República y no tiene que ser necesariamente con un representante, puede ser intuito persona; entonces yo propongo, Presidente, que sea personalmente o por un representante.”
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Vamos a someter esta Sección V, con su Epígrafe, Artículo 96 del informe, 102, en Primera Lectura, con su Epígrafe y su Párrafo, que es el Artículo 103, en Primera Lectura y en el Párrafo dice: “De igual manera los demás que tienen este derecho, pueden hacerlo en ambas cámaras mediante un representante o personalmente. Vamos a introducir esa modificación al párrafo del artículo. Entonces diría: ´De igual manera los demás que disponen de este derecho, podrán hacerlo en ambas cámaras personalmente o mediante un representante.´”
Votación 032 “Sometido a votación la propuesta de modificación del Asambleísta Teodoro Ursino Reyes, del Artículo
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 126 DE 220
96, al párrafo, en su parte final, que presenta el informe de la Comisión de Verificación y Auditoría, para que se agregue la palabra ´personalmente` donde dice: De igual manera los demás que disponen de este derecho, podrán hacerlo en ambas cámaras personalmente o mediante un representante.´ 101 VOTOS SI, 18 VOTOS NO, 119 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Aprobada esta propuesta de modificación, presentada por Teodoro Reyes, al Párrafo en su parte final, cuando votaron por esta propuesta de modificación, la cantidad de 101 asambleístas, de un mínimo de 80. Vamos a someter el artículo completo con la Sección y su Epígrafe y el párrafo, es el Artículo 96 y el Párrafo fue el 103 en Primera Lectura, con la modificación introducida. Que inicie el tiempo.”
Votación 033 “Sometido a votación el Artículo 96, completo, con la Sección, su Epígrafe y el Párrafo, que presenta el Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría, con la modificación introducida, para que diga: SECCIÓN V, DE LA FORMACIÓN Y EFECTO DE LAS LEYES, Artículo 96.-
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 127 DE 220
Iniciativa de ley. Tienen derecho a iniciativa en la formación de las leyes: 1) Los senadores o senadoras y los diputados o diputadas; 2) El Presidente de la República; 3) La Suprema Corte de Justicia, en asuntos judiciales; 4) La Junta Central Electoral, en asuntos electorales. Párrafo.- Las y los legisladores que ejerzan el derecho a iniciativa en la formación de las leyes, pueden sostener su moción en la otra Cámara. De igual manera los demás que tienen este derecho pueden hacerlo en ambas cámaras personalmente o mediante un representante.´98 VOTOS SI, 22 VOTOS NO, 120 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Aprobado el Epígrafe de esta Sección que es la V, el Epígrafe del Artículo, el Artículo que es el 96 y el Párrafo, que fue el 103, en la Primera Lectura, con la modificación introducida, cuando han votado por el mismo 98 asambleístas, de un mínimo de 80.”
(LA ASAMBLEÍSTA SECRETARIA, GLADYS SOFÍA AZCONA, CONTINÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA)
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 128 DE 220
MODIFICAR el Artículo 39 de la CONSTITUCIÓN VIGENTE, con el texto aprobado en Primera Lectura y transcrito como Artículo 104. Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación
Artículo 98.- Discusiones legislativas. Todo proyecto de ley admitido en una de las Cámaras se someterá a dos discusiones distintas, con un intervalo de tres días por lo menos entre una y otra discusión. En caso de que sea declarado previamente de urgencia, será discutido en dos sesiones consecutivas.”
Asambleísta Ana Isabel Bonilla Hernández: “A mí lo que me preocupa es, no solamente el plazo de los tres días, sino, en el caso que un proyecto sea previamente declarado de urgencia, lo ideal fuera que ese proyecto fuera conocido con un intervalo de 24 horas, porque nosotros hemos sentado para mí un mal precedente, y es que cuando se somete un proyecto de ley y se declara de urgencia, pues se cierra un sesión e inmediatamente se convoca para conocer de la urgencia, y eso, a mi juicio, lo que provoca es que un proyecto de ley de mucha importancia sea sometido en dos lecturas consecutivas, sin permitir que los legisladores nos enfriemos, reflexionemos sobre la iniciativa y haya mayor ponderación de la iniciativa, si se da un plazo de 3 días, lo correcto es que la urgencia sea conocida con
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 129 DE 220
el intervalo de las 24 horas, no como se hace ahora, cerramos la sesión y la abrimos inmediatamente para conocer la urgencia, porque no le dejan a uno tiempo para pensar, por lo que yo propongo que en el caso que sea declarado de urgencia, sea discutido en dos sesiones, mediando el plazo de 24 horas, aunque no se apruebe.”
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: ¡Miren!, a mí me gusta como está la fórmula de la Constitución vigente, que dice: ´Todo proyecto de ley admitido en una de las cámaras, se someterá a dos discusiones distintas, con un intervalo de un día por lo menos, entre una y otra discusión´.”
Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán: “Yo quiero abundar, en lo señalado por la colega Isabel Bonilla, con la experiencia que tenemos aquí, el trabajo legislativo ganaría mucho en calidad, en equilibrio, en ponderación, en proyección hacia la sociedad, si nosotros, el proceso legislativo lo sometemos a un trámite con esos plazos, es algo que permite que el Legislador pueda hacer consultas, estudios, pueda evaluar; los partidos puedan deliberar sobre los asuntos que se están debatiendo, que la opinión pública también pueda tener un esclarecimiento de lo que se está discutiendo en el Congreso, porque éste es un órgano representativo, nosotros somos elegidos por el pueblo y consignamos en esa Constitución
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 130 DE 220
que debemos representar al pueblo; entonces, por eso, mientras más controlado sea el proceso, mientras más transparente, mientras más sosegado sea, mucho mejor, y me adhiero a la fórmula sugerida por la colega Isabel Bonilla, porque el mecanismo que hemos venido usando, no es bueno, y no es muy democrático que digamos, porque en el calor de un debate, con el apresuramiento de una legislatura que termina, un proyecto declarado de urgencia, lo hemos vivido, o se hacen muchas chapucerías, o se hacen muchos errores o una Cámara puede ser desorientada y producir resultados que no son los mejores. Entonces, yo sugiero que en un Congreso que está fortaleciendo su competencia, porque hoy hemos aprobado, y quiero decirlo, muchas prerrogativas importantes para el papel que debe jugar el Congreso en el control de otros órganos del Estado y especialmente del Poder Ejecutivo y la administración pública, ya que estamos
trabajando
en
esa
misma
dirección;
también
nosotros,
establezcamos reglas internas, para que nuestro funcionamiento sea diferente, porque ese es el cambio, Presidente, ese es el cambio.”
Asambleísta Radhamés Castro: “Gracias, Presidente. Lo primero que hay que hablar en este tema es, a qué se le llama urgencia, esto quiere decir, que no es un proyecto que se va a aparecer todos los días, ni un momento que va a ocurrir a cada rato en una Asamblea, ya sea en el Senado o en la Cámara de Diputados; la urgencia se necesita para un momento en que la
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 131 DE 220
Sala quiera aprobar, inmediatamente, un asunto, es para eso, hay otros términos, dentro de dos dias, lo que sea; la urgencia es, señores, para cuando hay un proyecto con un Convenio Internacional, que si ese día no se aprueba, se cae, es para eso la urgencia, para aprobarla ese mismo día; pero además, si el proyecto presenta alguna parte oscura, en la que los asambleístas o los congresistas tengan que verificar, sencillamente para eso se aplica un quórum especial, para que no sea una urgencia a todo lo que dá, sino, para que sea una urgencia concensuada, por lo que nosotros entendemos, que la urgencia significa rapidez y aplicación de una acción, en el momento en que se discute, de ahí, que a las 24 horas, le quita la etiqueta de lo que se está discutiendo, que es urgente, por lo que proponemos que se aplique lo mismo que se ha venido aplicando, que se pueda cerrar la Sesión y aprobarse en ese mismo día, la acción que se esté discutiendo, siempre y cuando sea de urgencia y con el quórum especial”.
Asambleísta José Ulises Rodríguez: “Gracias, Señor Presidente de la Asamblea; yo creo que las exposiciones que han hecho, tanto el colega Pelegrín Castillo como Isabel Bonilla, son muy buenas y edificadoras, pero yo tengo una observación, y es que la verdad es que hay momentos en que se presentan situaciones de urgencia de verdad, y se necesita y tenemos poco tiempo para aprobar proyectos que son importantes, que vence el plazo, son acuerdos internacionales o situaciones ya de urgencia, y las
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 132 DE 220
urgencias están contempladas con una mayoría especial, por lo que yo, que rara vez coincido con Radhamés Castro en sus planteamientos, porque tenemos diferentes puntos de vista, pero en esta ocasión, debo reconocer que coincido con él; hay momentos en los cuales tenemos poco tiempo para aprobar ciertos proyectos de ley que son de urgencia, sea por situaciones de desastre en lo nacional, o sea porque el plazo que tengamos venza por situaciones que estén fuera de nuestro control, por lo que yo creo, que si hay una mayoría especial, esa práctica que venimos nosotros llevando a cabo, como se ha estado conociendo hasta ahora, es algo que nos permite salir de cualquier situación difícil, por lo que coincido con el colega Radhamés Castro en esa posición. Muchas gracias”.
Asambleísta Rafael Porfirio Calderón: “Gracias, Presidente, buenas noches distinguidos asambleístas. Presidente, mire, las palabras siempre serán cortas frente a los hechos y los resultados; si nosotros nos ponemos a analizar la historia de los proyectos de urgencia, aprobados en ambas cámaras, nos daremos cuenta que siempre que ha habido alguna duda, alguna dificultad, la Segunda Lectura no se produce inmediatamente después de la Primera Lectura, sino que, precisamente, a veces, dura muchísimo tiempo más; más aun, hay proyectos de ley que tienen 10 años en el Congreso, sin ser aprobados, como el caso de la ley de Partidos, de Agrupaciones Políticas, y entonces, si nosotros, sencillamente, quitamos la
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 133 DE 220
posibilidad de que un proyecto declarado de urgencia, no pueda ser aprobado en el mismo día, el Congreso se estaría quitando un determinado poder que le asiste, para solucionar un determinado problema del país; pero además, que cuando las cosas más sensibles, los aspectos y decisiones de mayor trascendencia y delicadeza, están reservadas en la Constitución con un quórum especial, entonces, no hay por qué temer a que se mantenga, tal y como está, y cómo usted dijo, Presidente, que en lugar de tres dias, haya un sólo día por intermedio. Muchas gracias”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “La Asambleísta Isabel Bonilla sugiere que, en la parte final, se le agregue la siguiente expresión: ‘Será discutido en dos sesiones consecutivas, mediando entre ellas un plazo de 24 horas’, ¿Eso es para la declaratoria de urgencia?, dice: ‘En caso que sea declarado previamente de urgencia, será discutido en dos sesiones consecutivas, mediando entre ellas un plazo de 24 hora’`; que inicie el tiempo para esa propuesta de modificación, en relación con la propuesta de los asuntos que son declarados de urgencia. Ella sugiere, que cuando sea declarado de urgencia, medie un plazo de 24 horas, que no pueda ser en una Sesión inmediatamente después.”
Votación 034 “Sometida a votación la propuesta de modificación al Artículo 98, presentada por la Asambleísta Ana
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 134 DE 220
Isabel Bonilla Hernández, al Informe de la Comisión de Verificación y Auditoría, agregando la frase: ‘mediando entre ellas un plazo de 24 horas’, y diga: ‘Artículo 98. Discusiones Legislativas. Todo Proyecto de Ley admitido en una de las Cámaras se someterá a dos discusiones distintas, con un intervalo de tres días por lo menos entre una y otra discusión. En caso de que sea declarado previamente de urgencia, será discutido en dos sesiones consecutivas, mediando entre ellas un plazo de 24 horas.’ 15 VOTOS SÍ, 102 VOTOS NO, 117 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. RECHAZADA”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Rechazada esta propuesta de modificación, cuando sólo obtuvo 15 votos, se requería un mínimo de 78. Voy a presentar, formalmente, que se mantenga la fórmula actual, establecida en el Artículo 39, que dice así: ‘Todo Proyecto de Ley, admitido en una de las cámaras, se someterá a dos discusiones distintas, con un intervalo de un día por lo menos entre una y otra discusión, en caso de que fuere declarado previamente de urgencia, deberá ser discutido en dos sesiones consecutivas’, yo propongo, formalmente, que el texto que figura en el Artículo 39, de la actual Constitución, sea el texto del Artículo 98 del informe, con su Epígrafe; presento esa propuesta, que inicie el tiempo.”
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 135 DE 220
Votación 035 “Sometida a votación la propuesta presentada por el Asambleísta Reinaldo Pared Pérez, para que el Artículo 98 se mantenga de la forma actual, y el Epígrafe propuesto por la Comisión de Verificación y Auditoría, el cual quedaría: ‘Artículo 98. Discusiones Legislativas. Todo Proyecto de Ley admitido en una de las cámaras, se someterá a dos discusiones distintas, con un intervalo de un día por lo menos entre una y otra discusión, en caso de que fuere declarado previamente de urgencia, deberá ser discutido en dos sesiones consecutivas’. 99 VOTOS SÍ, 19 VOTOS NO, 118 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Aprobado el Artículo 98, con su Epígrafe del informe, pero, con el texto del Artículo 39, de la Constitución actual, cuando votaron 99 asambleístas, de un mínimo de 79”.
(EL ASAMBLEÍSTA SECRETARIO AD-HOC, ADRIANO SÁNCHEZ ROA, CONTINÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA).
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 136 DE 220
MODIFICAR el Artículo 40, de la Constitución Vigente, con el texto aprobado en Primera Lectura, transcrito cómo el Artículo 105. Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría
Artículo 99, 105. Trámite entre las Cámaras. Aprobado un Proyecto de Ley en una de las Cámaras, pasará a la otra para su oportuna discusión, utilizando las mismas formalidades constitucionales; si esta Cámara le hace modificaciones, devolverá dicho proyecto modificado a la Cámara en que se inició, para ser conocidas de nuevo en única discusión y, en caso de ser aceptadas dichas modificaciones, ésta última Cámara enviará la ley al Poder Ejecutivo, si aquellas son rechazadas, será devuelto el proyecto a la otra Cámara, y si ésta las aprueba, enviará la ley al Poder Ejecutivo. Si las modificaciones son rechazadas, se considerará desechado el proyecto.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Yo creo que no tiene mayores inconvenientes.”
(LA
ASAMBLEÍSTA
ANA
ISABEL
BONILLA
HERNÁNDEZ,
RECOMIENDA AL PLENO, QUE SE SUSTITUYA LA PALABRA ‘UTILIZANDO’ POR ‘OBSERVANDO…’)
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 137 DE 220
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Sí en vez de ‘utilizando’, ‘observando las mismas formalidades constitucionales’, es correcta, sustituir la expresión `utilizando`, por ‘observando’, que es lo correcto, ¿otra observación?; entonces, vamos a someter este Artículo 99, con su Epígrafe, con las sustitución de la palabra ‘utilizando’, por ‘observando las mismas formalidades constitucionales’; que inicie el tiempo.”
Votación 036 “Sometido a votación el Artículo 99 de la propuesta del informe de la Comisión de Verificación y Auditoría, con su Epígrafe, y la sugerencia propuesta por la Asambleísta Ana Isabel Bonilla Hernández, para sustituir `utilizando`, por ‘observando’, y verse como sigue: Artículo 99. Trámite entre las Cámaras. Aprobado un Proyecto de Ley en una de las Cámaras, pasará a la otra para su oportuna discusión, observando las mismas formalidades constitucionales; si esta Cámara le hace modificaciones, devolverá dicho proyecto modificado a la Cámara en que se inició, para ser conocido de nuevo en única discusión y, en caso de ser aceptadas dichas modificaciones, ésta última Cámara enviará la ley al Poder Ejecutivo, si aquellas son rechazadas, será devuelto el proyecto a la otra Cámara, y si esta las aprueba,
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 138 DE 220
enviará la ley al Poder Ejecutivo. Si las modificaciones son rechazadas, se considerará desechado el proyecto. 107 VOTOS SÍ, 11 VOTOS NO, 118 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente, Reinaldo Pared Pérez: “Aprobado este Artículo 99, del informe, con su Epígrafe, y con el cambio introducido de la palabra ‘utilizando’, por ‘observando’, cuando votaron por él, 107 asambleístas, de un mínimo de 79”.
(EL ASAMBLEÍSTA SECRETARIO AD-HOC, ANTONIO DE JESÚS CRUZ, TORRES, CONTINÚADANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA).
MODIFICAR el Artículo 41, de la parte capital de la COSNTITUCIÓN VIGENTE, con el texto aprobado en Primera Lectura y transcrito como Artículo 106. Diría:
La Comisión de Verificación y Auditoría, llama la atención sobre el hallazgo relativo al plazo de 25 dias, para la publicación de la ley, aprobado en la reunión 22, de fecha 09-06-09. Todo el procedimiento de Reforma Constitucional está dirigido a fortalecer la vigencia del Estado de Derecho`;
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 139 DE 220
la ampliación del plazo a 25 días, además de innecesaria en una época de avances tecnológicos y medios masivos modernos de comunicación, contribuye a generar espacios de incertidumbre, lo que afecta el Estado de Derecho. Se plantea en consecuencia, disminuir el plazo de publicación a 10 días.
El texto del Numeral 16) del Artículo 101, aprobado en Primera Lectura, se traslada a este artículo, por ser más apropiada su ubicación en términos conceptúales. Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría
Artículo 101 106.- Promulgación y Publicación. Toda ley aprobada en ambas Cámaras, será enviada al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación, si éste no la observare, la promulgará a los 10 días de recibida, si el asunto no fue declarado de urgencia, en cuyo caso promulgará dentro de los 5 días de recibida, y hará publicar dentro de los 10 días, a partir de la fecha de la promulgación, vencido el plazo constitucional para la promulgación y publicación de las leyes sancionadas por el Congreso Nacional, se reputarán promulgadas y el Presidente de la Cámara que la haya remitido al Poder Ejecutivo, las publicará.
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 140 DE 220
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “¿Hay alguna observación al respecto?, si no tenemos ningún tipo de propuesta de observación, someto, con su Epígrafe, el Artículo 101, en la fórmula que lo plantea la Comisión de Verificación y Auditoría; quien esté de acuerdo, presionar SI, quienes no estén de acuerdo, presionar NO.”
(LA ASAMBLEÍSTA MINERVA JOSEFINA TAVÁREZ MIRABAL, SUGIERE AL PRESIDENTE EN FUNCIONES, QUE SE DEBE AGREGAR UNA ‘S’ EN LA EXPRESIÓN: ‘QUE LA HAYA’, Y DIGA: ‘QUE LAS HAYA’
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Voy a someterlo, con esa modificación, al mismo tiempo, para que lo votemos, es una ‘s’, seamos pragmáticos, quienes estén de acuerdo, presionar SI, quienes no estén de acuerdo, presionar NO, con la s de lugar. Aprobado, al obtener 95 votos, de 78 que eran precisos”.
Votación 037 “Sometido a votación el Artículo 101, con la modificación introducida por la Asambleísta Minerva Josefina Tavárez Mirabal, agregando una ‘s’ en la frase ‘las haya’ y diga: ‘Artículo 101.Promulgación y Publicación. Toda ley aprobada en ambas Cámaras, será enviada al Poder Ejecutivo
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 141 DE 220
para su promulgación u observación, si éste no la observare, la promulgará a los 10 días de recibida, si el asunto no fue declarado de urgencia, en cuyo caso promulgará dentro de los 5 días de recibida, y hará publicar dentro de los 10 días, a partir de la fecha de la promulgación, vencido el plazo constitucional para la promulgación y publicación de las leyes sancionadas por el Congreso Nacional, se reputarán promulgadas y el Presidente de la Cámara que las haya remitido al Poder Ejecutivo, las publicará.’ 96 VOTOS SÍ, 21 VOTOS NO, 117 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
(EL ASAMBLEÍSTA SECRETARIO, TEODORO URSINO REYES, CONTONÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA).
MODIFICAR la Constitución Vigente, agregando un artículo nuevo con el texto aprobado en Primera Lectura y transcrito como parte del 106. Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría,
Artículo 102. Nuevo.- Observación a la Ley. Si el Poder Ejecutivo observa la ley que le fuere remitida, la devolverá a la Cámara de donde procede, en
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 142 DE 220
el término de 10 días a contar de la fecha en que fue recibida, si el asunto fue declarado de urgencia, hará sus observaciones en el término de 5 días a partir de ser recibidas. El Poder Ejecutivo remitirá sus observaciones, indicando los artículos sobre los cuales recaen, y motivando las razones de la observación. La Cámara que hubiere recibido las observaciones, la hará consignar en el Orden del Día de la próxima Sesión, y discutirá de nuevo la ley, en única lectura, si después de esta discusión, las dos terceras partes de los miembros presentes de dicha Cámara la aprobaren de nuevo, será remitida a la otra Cámara y si ésta la aprobare, por igual mayoría, se considerará definitivamente ley y se promulgará y publicará en los plazos establecidos en el Artículo 106.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “No hay observaciones. Someto a la consideración de la Asamblea el texto de esta propuesta; los que estén de acuerdo, presionar SI, quienes no lo estén, presionen NO, abierta la votación.
Votación 038 “Sometido a votación el Artículo 102, de la propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría, el cual versa: ‘Artículo 102. Observación a la Ley. Si el Poder Ejecutivo observa la ley que le fuere remitida, la devolverá a la Cámara de donde procede, en el término de 10 días a contar de la fecha en que fue
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 143 DE 220
recibida, si el asunto fue declarado de urgencia, hará sus observaciones en el término de 5 días a partir de ser recibidas. El Poder Ejecutivo remitirá sus observaciones, indicando los artículos sobre los cuales recaen, y motivando las razones de la observación. La Cámara que hubiere recibido las observaciones, la hará consignar en el Orden del Día de la próxima Sesión, y discutirá de nuevo la ley, en única lectura, si después de esta discusión, las dos terceras partes de los miembros presentes de dicha Cámara la aprobaren de nuevo, será remitida a la otra Cámara y si ésta la aprobare, por igual mayoría, se considerará definitivamente ley y se promulgará y publicará en los plazos establecidos en el Artículo 106.’ 93 VOTOS SÍ, 24 VOTOS NO, 117 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Aprobado, al obtener 92 votos, de 78. Aprobado el 102, que es un artículo nuevo, Observación a la Ley”.
(LA ASAMBLEÍSTA SECRETARIA GLADYS SOFÍA AZCONA DE LA CRUZ, CONTINÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA).
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 144 DE 220
MODIFICAR un artículo nuevo, conforme el Objeto 30, del Artículo 3, de la Ley 70-09, a la CONSTITUCIÓN VIGENTE, con el texto aprobado en Primera Lectura y transcrito como artículo nuevo. Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría
Artículo 103 (NUEVO).- Del Plazo para Conocer las Observaciones del Poder Ejecutivo. Toda Ley observada por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional, tiene un plazo de dos legislaturas ordinarias para decidirla, de lo contrario, se considerará aceptada la observación.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “¿Observación al respecto?, de no existir, someto a la consideración de la Asamblea dicho texto, del Artículo 103, quienes estén de acuerdo, presionar SI, los que no estén de acuerdo, presionar NO, que inicie la votación en estos momentos.”
Votación 039 “Sometido a votación el Artículo 103, de la propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría, el cual versa: ‘Artículo 103.- Del Plazo para Conocer las Observaciones del Poder Ejecutivo. Toda Ley observada por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional, tiene un plazo de dos legislaturas ordinarias para
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 145 DE 220
decidirla, de lo contrario, se considerará aceptada la observación.’ 93 VOTOS SÍ, 24 VOTOS NO, 117 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Aprobado, al obtener 93votos, de 78 requeridos”.
(EL ASAMBLEÍSTA SECRETARIO AD-HOC, ADRIANO SÁNCHEZ ROA, CONTINÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA).
MODIFICAR el párrafo 1, del Artículo 41, de la Constitución Vigente, con el texto aprobado en Primera Lectura y transcrito como Artículo 107. Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría
Artículo 104 107.- Vigencia de un Proyecto de Ley. Los Proyectos de Ley que queden pendientes en una de las dos Cámaras, al cerrarse la legislatura ordinaria, sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 129, seguirán los trámites constitucionales de la legislatura siguiente, hasta ser convertidos en
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 146 DE 220
ley o rechazados. Cuando no ocurra así, se considerará el proyecto como no iniciado.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “¿Observación al respecto? No hay observación, procedamos a someter a votación dicho texto; quienes estén de acuerdo, votar SI, quienes no estén de acuerdo, presionar NO”.
Votación 040 “Sometido a votación el Artículo 104, de la propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría, el cual versa: ‘Artículo 104.- Vigencia de un Proyecto de Ley. Los Proyectos de Ley que queden pendientes en una de las dos Cámaras, al cerrarse la Legislatura Ordinaria, sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 129, seguirán los trámites constitucionales de la legislatura siguiente, hasta ser convertidos en ley o rechazados. Cuando no ocurra así, se considerará el proyecto como no iniciado. 96 VOTOS SÍ, 19 VOTOS NO, 115 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Aprobado, al obtener 96 votos, de 77 que eran precisos. La Honorable Asambleísta Isabel Bonilla, hace constar su voto afirmativo”.
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 147 DE 220
(EL ASAMBLEÍSTA SECRETARIO AD-HOC, ANTONIO DE JESÚS CRUZ TORRES, CONTINÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA)
MODIFICAR el párrafo II. del Artículo 41 de la CONSTITUCIÓN VIGENTE, con el texto aprobado en Primea Lectura y transcrito como Artículo 108. Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación
Artículo 105 108. Inclusión en el Orden del Día. Todo Proyecto de Ley recibido en una Cámara, después de ser aprobado en la otra, será incluido en el Orden del Día de la Primera Sesión que se celebre.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Observación al respecto. De no existir se agradece y someto, Sí o No. Quienes estén de acuerdo presionar Sí, quienes no estén de acuerdo, presionar No. Abierta la votación en este justo momento”.
Votación 041 “Sometido a votación el Artículo 105, del informe de la Comisión de Verificación y Auditoría, para que
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 148 DE 220
verse: Artículo 105. Inclusión en el Orden del Día. Todo Proyecto de Ley recibido en una Cámara, después de ser aprobado en la otra, será incluido en el Orden del Día de la Primera Sesión que se celebre. 93 VOTOS SÍ, 21 VOTOS NO, 114 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Hago costar que el Presidente de la Asamblea hizo entrada a su oficina sólo un ratito y por eso le ha salido, en más de una ocasión, la votación negativa. El Presidente se paró de la silla, como el voto es indelegable, le aparece automáticamente No, al cierre del minuto. Aprobado al obtener 93 votos, de 76 que eran precisos. Proceda a la lectura del 106 y siguientes”.
(EL ASAMBLEISTA SECRETARIO TEODORO URSINO REYES, CONTINÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA).
MODIFICAR el Artículo 42 de la CONSTITUCIÓN VIGENTE, con el texto aprobado en Primera Lectura y transcrito como Artículo 109. Diría:
Propuesta del Comisión de Verificación
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 149 DE 220
Artículo 106 109.- Extensión de las Legislaturas. Cuando se envíen una Ley al Presidente de la República para su promulgación y el tiempo que falte…
(EL ASAMBLEÍSTA PRESIDENTE EN FUNCIONES JULIO CÉSAR VALENTÍN JIMINIÁN, PIDE A LOS SENADORES NO SALIR, PUES DE UNO HACERLO, SE ROMPE EL QUORÚM)
(EL ASAMBLEISTA SECRETARIO TEODORO URSINO REYES, CONTINÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA).
… para el término de la Legislatura sea inferior al que se establece en el Artículo 106 para observarla, seguirá abierta la Legislatura para conocer de las observaciones o se continuará el trámite en la Legislatura siguiente, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 114, bis nuevo.
MODIFICAR el Artículo 43, de la CONSTITUCIÓN VIGENTE, con el texto aprobado en Primera Lectura y transcrito como Artículo 110. Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación.
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 150 DE 220
Artículo 107 110.- Proyecto de Ley Rechazado. Los proyectos de Ley rechazados en una Cámara no pueden presentarse en ninguna de las dos Cámaras hasta la Legislatura siguiente.
MODIFICAR el Artículo 44, de la CONSTITUCIÓN VIGENTE, con el texto aprobado en Primera Lectura y transcrito como Artículo 111. Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación
Artículo 108 111.- Encabezados de las Leyes. Las Leyes y las Resoluciones Bicamerales, se encabezarán así: ‘El Congreso Nacional, en Nombre de la República’.
MODIFICAR el Artículo 45, de la CONSTITUCIÓN VIGENTE con el texto aprobado en Primera Lectura y transcrito como Artículo 112. Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación
Artículo 109 112.- Entrada en Vigencia de las Leyes. Las Leyes, después de promulgadas, se publicarán en la forma que la Ley determine y se les dará la más amplia difusión posible. Serán obligatorias, una vez
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 151 DE 220
transcurridos los plazos para que se reputen conocidas en todo el territorio nacional.
MODIFICAR el Artículo 47, de la CONSTITUCIÓN VIGENTE, con el texto aprobado en Primera Lectura y transcrito como Artículo 113. Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación.
Artículo 110 113.- Irretroactividad de la Ley. La Ley sólo dispone y se aplica para el porvenir. No tiene efecto retroactivo, sino cuando sea favorable al que esté subjúdice o cumpliendo condena. En ningún caso los Poderes Públicos o la Ley podrán afectar o alterar la seguridad jurídica derivada de situaciones establecidas conforme a una legislación anterior.
MODIFICAR el Artículo 48, de la CONSTITUCIÓN VIGENTE, con el texto aprobado en Primera Lectura y transcrito como Artículo 114. Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación.
Artículo 111 114. Leyes de Orden Público. Las Leyes relativas al Orden Público, Policía y la Seguridad, obligan a todos los habitantes del territorio y no pueden ser derogadas por convenciones particulares.
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 152 DE 220
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Bueno, vamos a someter. ¿Hay alguna observación con el Artículo 107? Si no hay observación, sometemos. Los que estén de acuerdo, Artículo 106, ¡perdón! ‘Extensión de las Legislaturas’. Los que estén de acuerdo, presionar Sí, los que no estén de acuerdo, presionar NO. Abra la votación, por favor”.
Votación 042 “Sometido a votación el Artículo 106, de la propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría, para que verse: Artículo 106.Extensión de las Legislaturas. Cuando se envíe una Ley al Presidente de la República para su promulgación y el tiempo que falte para el término de la Legislatura sea inferior al que se establece en el Artículo 106 para observarla, seguirá abierta la Legislatura para conocer de las observaciones o se continuará el trámite en la Legislatura siguiente, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 114,. 102 VOTOS SÍ, 13 VOTOS NO, 115 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 153 DE 220
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Aprobado, al obtener 102 de 77 votos que eran precisos. Someto el 107 ‘Proyecto de Ley Rechazado’. Los que estén de acuerdo, presionar SÍ los que no estén de acuerdo, presionar NO. Votemos, SÍ í o NO. Abierto en este momento el proceso”.
Votación 043 “Sometido a votación el Artículo 107 de la propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría, para que verse: Artículo 107.- Proyecto de Ley Rechazado. Los proyectos de Ley rechazados en una Cámara no pueden presentarse en ninguna de las dos Cámaras hasta la Legislatura siguiente. 104 VOTOS SÍ, 10 VOTOS NO, 114 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Aprobado, al obtener 104 votos favorables, de 76 que eran precisos. Artículo 108, ‘Encabezado de las Leyes’. Someto, los que estén de acuerdo, presionar SÍ, quienes no estén de acuerdo, presionar NO. Inicie la votación, por favor”. Votación 044 “Sometido a votación el Artículo 108 de la propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría, para
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 154 DE 220
que verse: Artículo 108.Encabezados de las Leyes. Las Leyes y las Resoluciones Bicamerales, se encabezarán así: ‘El Congreso Nacional, en Nombre de la República. 102 VOTOS SÍ, 12 VOTOS NO, 114 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Evidentemente aprobado, 101 de 76 votos que eran requeridos. Artículo 109 ‘Entrada en Vigencia de las Leyes’. Someto a la consideración del Pleno. Los que estén de acuerdo con el texto recomendado por la Comisión de Verificación y Auditoría, presionar SÍ, quienes no lo estén, pulsar NO, lo que dicte su conciencia. Inicia y voto SÍ”.
Votación 045 “Sometido a votación el Artículo 109 de la propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría, para que verse: Artículo 109.- Entrada en Vigencia de las Leyes. Las Leyes, después de promulgadas, se publicarán en la forma que la Ley determine y se les dará la más amplia difusión posible. Serán obligatorias, una vez transcurridos los plazos para que se reputen conocidas en todo el territorio nacional. 98 VOTOS SÍ, 16 VOTOS NO, 114 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 155 DE 220
PARA ESTA APROBADA”.
VOTACIÓN.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Aprobado, al obtener 98 de 76 votos que eran precisos. Someto a la consideración de mis queridos colegas asambleístas, el texto del Artículo 110, en la recomendación de la Comisión, titulado ‘Irretroactividad de la Ley’. Quienes estén de acuerdo con tal texto, pueden votar SÍ, quienes no lo estén, que voten negativamente. Y abierta la votación, empezamos a votar, SÍ o NO.”
Votación 046 “Sometido a votación el Artículo 110, de la propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría, para que verse: Artículo 110.Irretroactividad de la Ley. La Ley sólo dispone y se aplica para el porvenir. No tiene efecto retroactivo, sino cuando sea favorable al que esté subjúdice o cumpliendo condena. En ningún caso los Poderes Públicos o la Ley podrán afectar o alterar la seguridad jurídica derivada de situaciones establecidas conforme a una legislación anterior. 95 VOTOS SÍ, 17 VOTOS NO, 112 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 156 DE 220
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Aprobado, con la afirmación de 95 asambleístas de 75, requeridos para tal aprobación. ‘Leyes de Orden Público’. Propuesta de la Comisión de Verificación, Artículo 111. Voten SÍ, quienes estén de acuerdo, NO, quienes lo desaprueben. Abrimos en este momento el proceso de votación. SÍ o NO, es la opción que nos permite el Reglamento”.
Votación 047 “Sometido a votación el Artículo 111, de la Propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría, para que verse: Artículo 111. Leyes de Orden Público. Las Leyes relativas al Orden Público, Policía y la Seguridad, obligan a todos los habitantes del territorio y no pueden ser derogadas por convenciones particulares. 86 VOTOS SÍ, 26 VOTOS NO, 112 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “E invito, inmediatamente, para que vaya preparando para la lectura, la Sección IV, de la Asamblea Nacional y de la Reunión Conjunta de ambas Cámaras, a la Asambleísta Gladys Sofía Azcona. Lea los Artículos 117 y siguientes, hasta el 121. La lectura nada más, son cuestiones muy similares pero vamos sometiendo uno a uno, les pido a los colegas que presten
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 157 DE 220
atención a la lectura, aunque estará siendo presentado en la pantalla. Aprobado, al obtener 86 votos, de 75 votos que eran requeridos para esta moción. Proceda a la lectura del texto que continua, Honorable Asambleísta, Secretaria Azcona”.
(LA ASAMBLEÍSTA SECRETARIA GLADYS SOFIA AZCONA, CONTINÚA DANDO LECTURA AL INFORME DE VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA)
MODIFICAR la Sección IV en su Epígrafe, renumerarla como Sección VII y el Artículo 29 de la CONSTITUCIÓN VIGENTE con el texto aprobado en Primera Lectura y transcrito como Artículo 115. Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación
SECCIÓN VII VI DE LA ASAMBLEA NACIONAL Y DE LA REUNIÓN CONJUNTA DE AMBAS CÁMARAS
Artículo 117 115.- Conformación de la Asamblea Nacional. El Senado y la Cámara de Diputados celebrarán sus sesiones de forma separada, excepto cuando se reúnan en Asamblea Nacional.
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 158 DE 220
MODIFICAR el Artículo 27 de la CONSTITUCIÓN VIGENTE, con el texto aprobado en Primera Lectura y transcrito como Artículo 116. Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación.
Artículo 118 116.- Quórum de la Asamblea Nacional. Las Cámaras se reunirán en Asamblea Nacional en los casos indicados en esta Constitución, debiendo estar presentes más de la mitad de los miembros de cada Cámara. Sus decisiones se tomarán por mayoría absoluta de votos, excepto cuando se convoque para reformar la Constitución.
MODIFICAR el Artículo 35 de la CONSTITUCIÓN VIGENTE, con el texto aprobado en Primera Lectura y transcrito como Artículo 117. Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación
Artículo 119 117. Bufete Directivo de la Asamblea Nacional. La Asamblea Nacional o la Reunión Conjunta de ambas Cámaras se rigen por su Reglamento de Organización y Funcionamiento. En ambos casos asumirá la presidencia, el Presidente del Senado, la Vice-Presidencia, el
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 159 DE 220
Presidente de la Cámara de Diputados y la Secretaría, los secretarios de cada Cámara. En caso de falta temporal o definitiva de la Presidenta o Presidente del Senado y mientras no haya sido elegido su sustituto por dicha Cámara Legislativa, presidirá la Asamblea Nacional o la Reunión Conjunta, la Presidenta o Presidente de la Cámara de Diputados. En caso de falta temporal o definitiva de la Presidenta o Presidente de ambas Cámaras, presidirá la Asamblea Nacional o la Reunión Conjunta la Vicepresidenta o Vice-Presidente del Senado y en su defecto,
la
Vicepresidenta o Vicepresidente de la Cámara de Diputados’.
MODIFICAR el Artículo 36 de la CONSTITUCIÓN VIGENTE, con el texto aprobado en Primera Lectura y transcrito como Artículo 118 en el cual se fusionan en uno sólo los numerales 3, 4, 5, Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación
Artículo 120 118.- Atribuciones de la Asamblea Nacional. ‘Corresponde a la Asamblea Nacional: 1) Conocer y decidir sobre las Reformas Constitucionales. Actuando en este caso, como Asamblea Nacional Revisora;
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 160 DE 220
2) Examinar las Actas de Elección de la Presidenta, o Presidente de la Vice –Presidenta o Vice-Presidente de la República; 3) Proclamar a la o al Presidente y Vice-Presidente de la República. Recibirles su juramento y aceptar o rechazar sus renuncias ; 6) Ejercer las facultades que le confiere la presente Constitución y el Reglamento Orgánico.
MODIFICAR el párrafo del Artículo 29 de la CONSTITUCIÓN VIGENTE, con el texto aprobado en Primera Lectura y transcrito como Artículo 119. Diría:
Propuesta de la Comisión de Verificación
Artículo 121 119.- Reunión Conjunta de las Cámaras. ‘Las Cámaras se reunirán conjuntamente para los casos siguientes: 1)
Recibir el mensaje y la rendición de cuentas de la o el Presidente de la República y las memorias de los Ministerios;
2)
Celebrar actos conmemorativos o de naturaleza protocolar.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Deténgase ahí, por favor. Observación, con relación al Artículo 117, ‘Conformación de la Asamblea Nacional’. De no existir ningún tipo de
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 161 DE 220
observación, procedo a someter a la consideración de ustedes el texto recomendado por la Comisión. Quienes estén de acuerdo, presionar SÍ, quienes no estén de acuerdo, presionar NO. Abierto en este momento el proceso”. Votación 048 “Sometido a votación el Artículo 117, de la propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría, para que verse: Artículo 117.Conformación de la Asamblea Nacional. El Senado y la Cámara de Diputados celebrarán sus sesiones de forma separada, excepto cuando se reúnan en Asamblea Nacional. 103 VOTOS SÍ, 8 VOTOS NO, 111 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Aprobado, al obtener 103 votos favorables, de 74 que eran necesarios, para cumplir con el trámite legal. Procedemos al Artículo 118, que era 116 en la Primera Lectura, ‘Quórum de la Asamblea Nacional’. Sometemos, si no hay observación, dicho texto. Quienes estén de acuerdo, presionar SÍ, quienes no estén, presionar NO. A votación, SÍ o NO”.
Votación 049 “Sometido a votación el Artículo 118, de la propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría, para
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 162 DE 220
que verse: Artículo 118.- Quórum de la Asamblea Nacional. Las Cámaras se reunirán en Asamblea Nacional en los casos indicados en esta Constitución, debiendo estar presentes más de la mitad de los miembros de cada Cámara. Sus decisiones se tomarán por mayoría absoluta de votos, excepto cuando se convoque para reformar la Constitución. 96 VOTOS SÍ, 15 VOTOS NO, 111 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “No, No. Vamos a salir de esto, para en una semana, estar en nuestras demarcaciones, sirviéndole a la población y mostrando nuestros rostros, dando nuestras manos solidarias. Recuérdese del concepto mió, ‘clientelismo, no, solidaridad responsable, sí’. Aprobado, 96 de 74 votos. Artículo 119, ‘Bufete Directivo de la Asamblea Nacional’. Observación al respecto. De no existir observación al respecto, someto a la consideración del Pleno, el Artículo 119, en el texto recomendado por la Comisión de Verificación y Auditoría. SÍ o NO. Tiene la oportunidad y se inicia la votación justamente en este momento.”
Votación 050 “Sometido a votación el Artículo 119, de la propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría, para
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 163 DE 220
que verse: Artículo 119. Bufete Directivo de la Asamblea Nacional. La Asamblea Nacional o la Reunión Conjunta de ambas Cámaras se rigen por su Reglamento de Organización y Funcionamiento. En ambos casos asumirá la Presidencia, el Presidente del Senado, la VicePresidencia, el Presidente de la Cámara de Diputados y la Secretaría, los secretarios de cada Cámara. En caso de falta temporal o definitiva de la Presidenta o Presidente del Senado y mientras no haya sido elegido su sustituto por dicha Cámara Legislativa, presidirá la Asamblea Nacional o la Reunión Conjunta, la Presidenta o Presidente de la Cámara de Diputados. En caso de falta temporal o definitiva de la Presidenta o Presidente de ambas Cámaras, presidirá la Asamblea Nacional o la Reunión Conjunta la Vicepresidenta o Vice-Presidente del Senado y en su defecto, la Vicepresidenta o Vicepresidente de la Cámara de Diputados’. 95 VOTOS SÍ, 14 VOTOS NO, 109 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Aprobado. Este artículo ha obtenido 95 de 73 votos que eran precisos. Artículo 120, ‘Atribuciones de la Asamblea Nacional’; observación. Tiene la palabra la Asambleísta Minerva Tavárez Mirabal”.
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 164 DE 220
Asambleísta Minerva Josefina Tavárez Mirabal: “Muchas gracias, Señor Presidente en Funciones. En ese Artículo 120, hay un error material, en los numerales, fíjese que pasa del 3 al 6 y fue que se habían eliminado dos. Donde diga 6, que diga 4”.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Entonces, someto el texto con la modificación que donde dice “6”, diga “4”, porque el 3, la sucesión lo que continúa es del “4”. Someto con la observación hecha de la Honorable Asambleísta Minerva Tavárez Mirabal. Quienes estén de acuerdo, presionar SÍ, quienes no estén de acuerdo, presionar NO”.
Votación 051 “Sometido a votación el Artículo 120 de la propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría, con la observación sugerida por la Asambleísta Minerva Josefina Tavárez Mirabal, ordenando los numerales, para después del 3 sea el 4, y diga como sigue: Artículo 120.Atribuciones de la Asamblea Nacional. ‘Corresponde a la Asamblea Nacional: 1) Conocer y decidir sobre las Reformas Constitucionales. Actuando en este caso, como Asamblea Nacional Revisora; 2) Examinar las Actas de Elección de la Presidenta o Presidente, de la
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 165 DE 220
Vice –Presidenta o Vice-Presidente de la República; 3) Proclamar a la o al Presidente y Vice-Presidente de la República. Recibirles su juramento y aceptar o rechazar sus renuncias; 4) Ejercer las facultades que le confiere la presente Constitución y el Reglamento Orgánico. 97 VOTOS SÍ, 12 VOTOS NO, 109 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. APROBADA”.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Aprobado, con la modificación que donde dice “6”, es “4”. Artículo 121, ‘Reunión Conjunta de las Cámaras’ si no hay observación, someto a la consideración de la Asamblea Nacional en Funciones de Revisora, dicho texto, SÍ o NO”.
Votación 052 “Sometido a votación el Artículo 121, de la propuesta de la Comisión de Verificación y Auditoría, para que verse: Artículo 121.- Reunión Conjunta de las Cámaras. ‘Las Cámaras se reunirán conjuntamente para los casos siguientes: 1) Recibir el mensaje y la rendición de cuentas de la o el Presidente de la República y las memorias de los Ministerios; 2) Celebrar actos conmemorativos o de naturaleza protocolar. 95 VOTOS SÍ, 13 VOTOS NO, 108 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 166 DE 220
PARA ESTA APROBADA”.
VOTACIÓN.
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “72 que eran requeridos, en consecuencia queda debidamente aprobado. ‘De la Asamblea Revisora’ Artículo 276, era el 120. Sólo hay 89 Diputados de 90.”
(EN ESTOS MOMENTOS SE ROMPE EL QUÓRUM POR FALTA DE UN ASAMBLEÍSTA, POR LO QUE EL PRESIDENTE EN FUNCIONES, LO MANDA A BUSCAR)
(SE ESPERA A RESTABLECER EL QUÓRUM)
Asambleísta Presidente en Funciones, Julio César Valentín Jiminián: “Levantamos, por carencia de quórum. Ordenamos receso para mañana, puntualmente a las 3:00 de la tarde. Muchas gracias, colegas. Convocamos a la Cámara de Diputados, puntualmente, para el miércoles a las 10:00 de la mañana, miércoles.”
Siendo las ocho horas y siete minutos, (8:07 P. M.) fueron cerrados los trabajos correspondientes a la reunión de este día. _____________________
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 167 DE 220
En FE de lo cual se redacta la presente ACTA, la que después de haber sido leída, aprobada y rubricada, firman el Presidente de esta Asamblea Nacional y los asambleístas secretarios, quienes C E R T I F I C A N.
REINALDO PARED PÉREZ PRESIDENTE
DIONIS ALFONSO SÁNCHEZ CARRASCO SECRETARIO
GLADYS SOFIA AZCONA DE LA CRUZ SECRETARIA
RUBÉN DARÍO CRUZ UBIERA SECRETARIO
TEODORO URSINO REYES SECRETARIO
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 168 DE 220
Nos, César Darío Rodríguez Peña, Director, Famni María Beato Henríquez, Encargada de Relatoría, Asistencia y Votaciones, María Collado Burgos, Inés María Rodríguez y Laura Oscarina Cardoze, Relatoras - Taquígrafas Parlamentarias, Carmen Varela, Francelly Ortega, Ana Martínez y Madeline Tejada, CERTIFICAMOS que la presente Acta, número cuarenta y ocho (048) de la Asamblea Nacional, es una trascripción fiel y conforme a lo acontecido en el curso de la reunión ordinaria celebrada el día jueves cinco (05) del mes de octubre del año dos mil nueve (2009). La Secretaría General de la Asamblea Nacional, certifica que la presente Acta fue aprobada por el Pleno de la Asamblea Nacional en fecha _______.
PARIS GOICO
RUTH HELEN PANIAGUA GUERRERO
Secretario General del Senado
Secretaria General de la Cámara de Diputados
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
Asamblea Nacional ACTA NO.048, DEL LUNES CINCO (05) DE OCTUBRE DEL AÑO 2009, PÁGINA 169 DE 220
Votaciones correspondientes a esta Reunión
Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea, publicada desde el 16-10-2009
View more...
Comments