Acta Reunión 036, jueves 23 de julio 2009

August 3, 2017 | Author: Josué Antinoe Fiallo | Category: Dominican Republic, Cooperative, Politics, Government, Business (General)
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Acta Reunión 036, jueves 23 de julio 2009...

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ASAMBLEA NACIONAL Reunida por convocatoria de la Ley 70-09, del 27 de febrero de 2009 ACTA NÚMERO TREINTA Y SEIS (36) DE LA ASAMBLEA NACIONAL SESIÓN ORDINARIA

DEL DÍA JUEVES VEINTITRÉS (23) DEL MES DE JULIO DEL AÑO 2009 ASAMBLEÍSTA

PRESIDENTE:

ASAMBLEÍSTAS SECRETARIOS:

REINALDO

MERCEDES

PÉREZ

DIONIS ALFONSO SÁNCHEZ CARRASCO,

RUBÉN DARÍO CRUZ UBIERA, ALFONSO JUANA

PARED

VICENTE

CRISÓSTOMO

VÁSQUEZ Y

MORONTA.

ÍNDICE GENERAL

ASUNTO

PÁGINA

1. Comprobación del quórum y presentación de excusas ........................................ 10 Incorporados a la reunión ......................................................................................... 14 Ausentes con excusa ................................................................................................ 16 Ausentes sin excusa ................................................................................................. 17 Apertura de sesión.................................................................................................... 17 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 18 Votación 001 ............................................................................................................ 19 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 19 5. Conclusión del Orden del Día anterior. ............................................................... 19 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 19 Votación 002 ............................................................................................................ 19 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 20 2. Lectura y aprobación de actas de reuniones anteriores, si las hubiere. ................ 20 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 20 3. Lectura de correspondencias siguiendo el orden de fechas de recibidas ............. 20 4. Lectura de informes recibidos de las comisiones en ocasión de la segunda lectura ....................................................................................................................... 20

Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 2 DE 149.

6. Lectura del artículo de la Constitución vigente a ser modificado o del objeto de la ley de convocatoria .................................................................................................. 21 7. Debates sobre el artículo u objeto en discusión, en el orden de inscripción de los turnos, conforme lo establecido en el Reglamento .................................................. 21 8. Votaciones artículo por artículo. .......................................................................... 21 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 21 Informe rendido por la Comisión Especial sobre el Títuto X, que trata el régimen económico y financiero, y las disposiciones transitorias sexto y séptimo ............... 21 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 50 Asambleísta Ramón Antonio Cabrera Cabrera ........................................................ 51 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 53 Asambleísta Ramón Rogelio Genao Durán ............................................................. 53 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 55 Asambleísta Rafael Porfirio Calderón Martínez ...................................................... 56 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 57 Asambleísta Amilcar Romero Portuondo ................................................................ 57 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 58 Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán ........................................................ 58 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 61 Asambleísta Marino Antonio Collante Gómez ........................................................ 61 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 63 Asambleísta Ramón Dilepcio Núñez Pérez ............................................................. 63 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 64 Asambleísta Alfonso Gamalier Montás Domínguez ............................................... 64

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 28-07-2009.

Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 3 DE 149.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 66 Asambleísta Altagracia Herrera de Brito ................................................................. 66 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 66 Asambleísta Francisco Rosario Martínez ................................................................ 67 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 68 Asambleísta Francisco Rosario Martínez ................................................................ 68 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 68 Ruptura del quórum en sesión.................................................................................. 68 Asambleísta Ángel Acosta Féliz .............................................................................. 68 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 69 Asambleísta Ángel Acosta Féliz .............................................................................. 69 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 69 Asambleísta Fidelia Altagracia Pérez Rodríguez ..................................................... 69 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 69 Asambleísta Francisco Rosario Martínez ................................................................ 69 Restablecimiento del quórum en sesión ................................................................... 69 Asambleísta Francisco Rosario Martínez ................................................................ 70 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 71 Asambleísta Ana Isabel Bonilla Hernández ............................................................. 71 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 71 Asambleísta Ana Isabel Bonilla Hernández ............................................................. 71 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 71

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 28-07-2009.

Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 4 DE 149.

Asambleísta Diego Aquino Acosta Rojas ................................................................ 71 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 71 Asambleísta Ana Isabel Bonilla Hernández ............................................................. 72 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 73 Asambleísta Dionis Alfonso Sánchez Carrasco ....................................................... 73 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 74 Asambleísta Dionis Alfonso Sánchez Carrasco ....................................................... 74 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 75 Asambleísta Carlos Manuel Peña Batista ................................................................ 75 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 75 Asambleísta Carlos Manuel Peña Batista ................................................................ 76 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 78 Asambleísta Lidio Cadet Jiménez ............................................................................ 78 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 80 Asambleísta Manuel Elpidio Báez Mejía ................................................................ 80 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 81 Asambleísta Ramón Antonio Cabrera Cabrera ........................................................ 81 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 81 Asambleísta Ramón Antonio Cabrera Cabrera ........................................................ 81 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 82 Asambleísta Ramón Antonio Cabrera Cabrera ........................................................ 82 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 83

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 28-07-2009.

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Asambleísta Eugenio Cedeño Areché ...................................................................... 83 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 85 Asambleísta Carlos Manuel Peña Batista ................................................................ 86 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 86 Expresión a viva voz ................................................................................................ 86 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 86 Votación 003 ............................................................................................................ 86 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 87 Votación 004 ............................................................................................................ 87 Indicación a viva voz ............................................................................................... 87 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 87 Votación 005 ............................................................................................................ 88 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 88 Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán ........................................................ 88 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 88 Votación 006 ............................................................................................................ 89 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 89 Votación 007 ............................................................................................................ 90 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 90 Votación 008 ............................................................................................................ 90 Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán ........................................................ 90 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 90

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Votación 009 ............................................................................................................ 91 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 91 Votación 010 ............................................................................................................ 92 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 92 Votación 011 ............................................................................................................ 92 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 92 Votación 012 ............................................................................................................ 93 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 93 Votación 013 ............................................................................................................ 94 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 94 Votación 014 ............................................................................................................ 94 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: ............................ 94 Votación 015 ............................................................................................................ 95 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 95 Votación 016 ............................................................................................................ 96 Asambleísta vicepresidente, Julio César Valentín Jiminián .................................... 96 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 96 Votación 017 ............................................................................................................ 97 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 97 Votación 018 ............................................................................................................ 97 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 97 Votación 019 ............................................................................................................ 98

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 28-07-2009.

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Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 98 Asambleísta Ramón Rogelio Genao Durán ............................................................. 99 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 99 Asambleísta Ramón Rogelio Genao Durán ............................................................. 99 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 99 Asambleísta Ramón Rogelio Genao Durán ............................................................. 99 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ............................. 99 Asambleísta vicepresidente, Julio César Valentín Jiminián .................................. 100 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 100 Asambleísta Ramón Rogelio Genao Durán ........................................................... 100 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 100 Asambleísta Mario José Fernández Saviñón ......................................................... 101 Asambleísta Ramón Rogelio Genao Durán ........................................................... 101 Asambleísta Mario José Fernández Saviñón ......................................................... 101 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 101 Asambleísta Alfonso Gamalier Montás Domínguez ............................................. 101 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 101 Votación 020 .......................................................................................................... 102 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 102 Votación 021 .......................................................................................................... 102 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 103 Votación 022 .......................................................................................................... 103

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Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 103 Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán ...................................................... 103 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 103 Votación 023 .......................................................................................................... 104 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 104 Votación 024 .......................................................................................................... 104 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 105 Votación 025 .......................................................................................................... 105 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 105 Votación 026 .......................................................................................................... 106 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 106 Votación 027 .......................................................................................................... 107 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 107 Votación 028 .......................................................................................................... 107 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 107 Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán ...................................................... 108 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 108 Votación 029 .......................................................................................................... 109 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 109 Asambleísta Minerva Josefina Tavárez Mirabal .................................................... 109 Asambleísta Ydenia Doñé Tiburcio ....................................................................... 109 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 109

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Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 9 DE 149.

Votación 030 .......................................................................................................... 110 Asambleísta Eugenio Cedeño Areché .................................................................... 110 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 110 Asambleísta José Francisco A. A. Santana Suriel ................................................. 110 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 111 Asambleísta Rubén Darío Cruz Ubiera.................................................................. 111 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 111 Votación 031 .......................................................................................................... 112 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 112 Votación 032 .......................................................................................................... 112 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 113 Votación 033 .......................................................................................................... 113 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 113 Asambleísta Máximo Castro Silverio .................................................................... 114 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 114 Asambleísta Rafaela Alburquerque de González................................................... 114 Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ........................... 114 Cierre de sesión ...................................................................................................... 115 Firmas .................................................................................................................... 115 Certificación de fidelidad ....................................................................................... 116 Votaciones correspondientes a esta reunión .......................................................... 117

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Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 10 DE 149.

1. Comprobación del quórum y presentación de excusas.

En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, el día jueves veintitrés (23) del mes de julio del año dos mil nueve (2009), siendo las diez horas y nueve minutos (10:09) de la mañana, se reunieron en el Salón de la Asamblea Nacional del Palacio del Congreso Nacional, sito en el Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, los Senadores y Diputados que integran la Asamblea Nacional, cuyo Bufete Directivo está compuesto de la siguiente manera: Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez, senador del Distrito Nacional - PLD, Presidente del Senado y de la Asamblea Nacional; Julio César Valentín Jiminián, diputado de la provincia Santiago - PLD, Presidente de la Cámara de Diputados y Vicepresidente de la Asamblea Nacional; y, los Secretarios del Bufete Directivo de la Asamblea Nacional: Rubén Darío Cruz Ubiera, senador de la provincia Hato Mayor - PLD; Dionis Alfonso Sánchez Carrasco, senador de la provincia Pedernales - PLD, Secretarios del Bufete Directivo del Senado; Juana Mercedes Vicente Moronta, diputada de la provincia San Pedro de Macorís - PLD, y Alfonso Crisóstomo Vásquez, diputado de la provincia Puerto Plata - PLD, Secretarios del Bufete Directivo de la Cámara de Diputados.

Los restantes miembros de la Asamblea Nacional, señores legisladores integrantes del Senado de la República: Cristina Altagracia Lizardo Mézquiz, senadora de la provincia Santo Domingo - PLD, Vicepresidenta del Senado; Diego Aquino Acosta Rojas, provincia Bahoruco - PLD; Andrés Bautista García, provincia Espaillat PRD; Luis René Canaán Rojas, provincia Hermanas Mirabal - PLD; Germán Castro

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Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 11 DE 149.

García, provincia La Altagracia - PRD; Antonio de Jesús Cruz Torres, provincia Santiago Rodríguez - PLD; José Ramón de la Rosa Mateo, provincia San Juan PLD; Tommy Alberto Galán Grullón, provincia San Cristóbal - PLD; Wilton Bienvenido Guerrero Dumé, provincia Peravia - PLD; Charles Noel Mariotty Tapia, provincia Monte Plata - PLD; Juan Olando Mercedes Sena, provincia Independencia - PLD; Prim Pujals Nolasco, provincia Samaná - PLD; Amílcar Jesús Romero Portuondo, provincia Duarte - PLD; Adriano de Jesús Sánchez Roa, provincia Elías Piña - PRSC; Amarilis Santana Cedano, provincia La Romana PLD; Francis Emilio Vargas Francisco, provincia Puerto Plata - PLD; Heinz Siegfried Vieluf Cabrera, provincia Montecristi - PLD.

Los señores legisladores integrantes de la Cámara de Diputados: Lucía Medina Sánchez, diputada de la provincia San Juan - PLD, Vicepresidenta de la Cámara de Diputados; Rafael Leonidas Abréu Valdez, provincia San Cristóbal - PRD; Pablo Adón Guzmán, provincia Santo Domingo - PRD; Pedro Alejandro Aguirre Hernández, provincia Puerto Plata - PRD; Rafaela Alburquerque de González, provincia San Pedro de Macorís - PRSC; Juan Alberto Aquino Montero, provincia Elías Piña - PLD; Orfelina Liseloth Arias Medrano, provincia Peravia - PLD; Gladys Sofía Azcona de la Cruz, provincia Santo Domingo - PLD; Manuel Elpidio Báez Mejía, Distrito Nacional - PLD; Euclides Batista Brache, provincia La Vega PRSC; Miguel Alejandro Bejarán Álvarez, provincia Montecristi - PLD; Ana Isabel Bonilla Hernández, provincia María Trinidad Sánchez - PLD; Julio Alberto Brito Peña, provincia Azua - PLD; Ramón Antonio Bueno Patiño, Distrito Nacional PRD; Ramón Antonio Cabrera Cabrera, provincia Santo Domingo - PLD; Guido Cabrera Martínez, provincia La Altagracia - PRSC; Lidio Cadet Jiménez, provincia

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Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 12 DE 149.

Santo Domingo - PLD; Rafael Porfirio Calderón Martínez, provincia Azua - PRD; Ramón Noé Camacho Santos, provincia Espaillat - PLD; Luis Ernesto Camilo García, provincia Duarte - PRD; Pedro Antonio Caro Pérez, provincia Bahoruco PLD; Rafael Librado Castillo Espinosa, Distrito Nacional - PRD; Félix Antonio Castillo Rodríguez, provincia Puerto Plata - PLD; Josefa Aquilina Castillo Rodríguez, provincia Santo Domingo - PRD; Pelegrín Horacio Castillo Semán, Distrito Nacional - PLD-FNP; Máximo Castro Silverio, provincia Santiago - PRSC; Eugenio Cedeño Areché, provincia La Romana - PRD; Marino Antonio Collante Gómez, provincia Santiago - PRSC; Antonio Bernabel Colón Cruz, provincia Santiago - PRD; Domingo Inocencio Colón Rodríguez, provincia Valverde - PLD; Juan Andrés Comprés Brito, provincia Duarte - PLD; Néstor Julio Cruz Pichardo, provincia Santo Domingo - PRD; Remberto Arturo Cruz Rodríguez, provincia Espaillat - PRD; María Estela de la Cruz de De Jesús, provincia Monte Planta PRD; Ysabel de la Cruz Javier, provincia Santo Domingo - PLD; Antonio de León Morel, provincia Santiago - PRD; Pedro Antonio Delgado Valdez, provincia La Vega - PLD; Modesto Díaz Coste, provincia Monseñor Nouel - PRD; Manuel Antonio Díaz Santos, provincia San Cristóbal - PLD; Ydenia Doñé Tiburcio, provincia San Cristóbal - PLD; Nidio Encarnación Santiago, provincia San Juan PRD; Juan Bautista Encarnación Tejeda, Distrito Nacional - PLD; José Antonio Fabián Bertré, provincia Monseñor Nouel - PLD; Roberto Ernesto Féliz Féliz, provincia Barahona - PRSC; Radhamés Antonio Fermín Cruz, provincia Santiago PRD; Pedro Dionicio Flores Grullón, provincia Espaillat - PLD; Radhamés Fortuna Sánchez, provincia Santo Domingo - PLD; Hugo Fernelis Fortuna Tejeda, provincia Santo Domingo - PLD; Jorge Frías, provincia Santo Domingo - PRD; Guillermo Galván, provincia La Vega - PLD; Salomón García Ureña, provincia

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 28-07-2009.

Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 13 DE 149.

María Trinidad Sánchez - PRD; Ramón Rogelio Genao Durán, provincia La Vega PRSC; César Enrique Gómez Segura, provincia San José de Ocoa - PRSC; Ruddy González, provincia Azua - PRD; José Altagracia González Sánchez, provincia Santo Domingo - PRD; Altagracia Herrera de Brito, provincia Monte Planta - PRD; Julio César Horton Espinal, Distrito Nacional - PLD; Wagner Manuel José Mosquea, provincia María Trinidad Sánchez - PRD; Ana Quisqueya Lantigua de la Cruz, provincia Azua - PLD; Aquiles Leonel Ledesma Alcántara, provincia Barahoana - PRD; Elba Lugo A. de Alcántara, provincia San Juan - PLD; Juan Maldonado Castro, provincia El Seybo - PRD; Rubén Darío Maldonado Díaz, provincia Santo Domingo - PLD; Noé Marmolejos Mercedes, provincia Duarte PRD; Carlos José Ramón Martínez Arango, provincia Puerto Plata - PRD; Abel Atahualpa Martínez Durán, provincia Santiago - PLD; Demóstenes Willian Martínez Hernández, provincia Santiago - PLD; Rudy María Méndez, provincia Barahona - PLD; Ramón Alejandro Montás Rondón, Distrito Nacional - PLD; Ilana Neumann Hernández, provincia Puerto Plata - PRD; Hugo Rafael Núñez Almonte, provincia La Vega - PRD; Ramón Dilepcio Núñez Pérez, provincia Santiago - PLD; Luis Ramón Peña, provincia San Pedro de Macorís - PRD; Carlos Manuel Peña Batista, Distrito Nacional - PLD; Rubén Darío Peñaló Torres, provincia Valverde PRD; Plutarco Pérez, provincia La Romana - PLD; Juan Antonio Pérez, provincia Santo Domingo - PLD; Fidelia Altagracia Pérez Rodríguez, provincia Santiago PRD; Ramón Antonio Pimentel Gómez, provincia Montecristi - PRD; Mauro Piña Bello, provincia San Juan - PLD; Ángela Pozo, provincia Valverde - PLD; Santo Ynilcio Ramírez Bethancourt, provincia Peravia - PRD; José Casimiro Ramos Calderón, provincia Monseñor Nouel - PLD; Teodoro Ursino Reyes, provincia La Romana - PLD; Juan Benito Reyes Brito, provincia San Cristóbal - PRD; Gregorio

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Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 14 DE 149.

Reyes Castillo, provincia Dajabón - PLD; Digna Reynoso, Distrito Nacional - PRD; Magda Alina Altagracia Rodríguez Azcona, provincia Santiago - PLD; Santiago de Jesús Rodríguez Peña, provincia Santiago - PLD; Francisco Rosario Martínez, provincia La Romana - PRSC; Aníbal Rosario Ramírez, provincia Santo Domingo PRD; Juan José Rosario Rosario, provincia Duarte - PLD; Ramón Ricardo Sánchez de la Rosa, provincia La Altagracia - PRSC; María Cleofia Sánchez Lora, Distrito Nacional - PLD; Bernardo Sánchez Rosario, provincia Espaillat - PRD; Luis Rafael Sánchez Rosario, provincia Santo Domingo - PRD; Rafael Antonio Santana Albuez, provincia Monte Plata - PLD; Nancy Altagracia Santos Peralta, provincia Santiago Rodríguez - PLD; Juan Gilberto Serulle Ramia, provincia Santiago - PLD; José María Sosa Vásquez, provincia San Pedro de Macorís - PLD; Gladis Mercedes Soto Iturrino, provincia Sánchez Ramírez - PLD; Víctor Valdemar Suárez Díaz, provincia Santiago - PLD; Juan Suazo Marte, provincia Monte Planta - PLD; Minerva Josefina Tavárez Mirabal, Distrito Nacional - PLD; José Ricardo Taveras Blanco, provincia Santiago - PLD-FNP; Víctor Manuel Terrero Encarnación, provincia Barahona - PLD; Miguel Ángel de Jesús Vásquez Escoto, provincia Hermanas Mirabal - PRD; Rafael Francisco Vásquez Paulino, Distrito Nacional PRD; Radamés Vásquez Reyes, provincia San Cristóbal - PLD; Demetrio Antonio Vicente Ureña, provincia Samaná – PRD.

INCORPORADOS A LA REUNIÓN: José Acevedo Trinidad – diputado de la provincia de Samaná PLD (10:48); Ángel Acosta Féliz, provincia Santiago – PRD (10:45); Nelson de Jesús Arroyo Perdomo, provincia San Pedro de Macorís – PRD (10:28); Miguel Alejandro Bejarán Álvarez, provincia Montecristi – PLD (11:27); José Leonel Cabrera Abud, Distrito Nacional – PRD (11:05); Juan Julio Campos

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 28-07-2009.

Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 15 DE 149.

Ventura, provincia La Altagracia – PLD (10:33); Radhamés Castro, provincia Santo Domingo - PRSC-PPC (10:14); Sergio Antonio Cedeño de Jesús, provincia La Altagracia – PRD (10:15); Agne Berenice Contreras Valenzuela, provincia Elías Piña – PRD (10:43); Nemencia Amancia de la Cruz Abad, provincia Santo Domingo – PRD (11:07); Yuderka Yvelisse de la Rosa Guerrero, Distrito Nacional – PLD (10:16); Lucila Leonarda de León Martínez, provincia Santo Domingo – PRD (11:02); César Augusto Díaz Filpo, provincia Azua – PRD (10:42); Pedro Augusto Evangelista Monegro, provincia Hato Mayor – PRD (11:06); Mario José Fernández Saviñón, provincia Duarte – PRSC (11:17); Elvin Antonio Fulgencio, provincia Santo Domingo – PLD (10:39); Ángel José Gomera Peralta, provincia Santo Domingo – PLD (10:55); Luis José González Sánchez, provincia Bahoruco – PRSC (10:29); Leivin Esenobel Guerrero, provincia San Cristóbal – PRD (12:25); Tulio Jiménez Díaz, provincia San Cristóbal – PLD (10:32); Pedro Vicente Jiménez Mejía, provincia Santo Domingo – PLD (10:28); Manuel de Jesús Jiménez Ortega, provincia Santo Domingo – PLD (10:52); Alfredo Martínez, provincia Santo Domingo – PLD (10:20); Víctor Luis de Jesús Lasosé Figueroa, provincia Espaillat – PRD (10:23); Jesús Martínez Alberti, provincia Santo Domingo – PLD (10:17); Abrahan de la Cruz Martínez Pujols, provincia San José de Ocoa – PLD (10:34); Kenia Milagros Mejía Mercedes, provincia El Seybo – PLD (10:55); Alfonso Gamalier Montás Domínguez, provincia San Cristóbal – PLD (10:24); Gilda Mercedes Moronta Guzmán, provincia La Vega – PLD (10:16); Gilda Mercedes Moronta Guzmán, provincia La Vega – PLD (10:16); Félix María Nova Paulino, provincia Monseñor Nouel – PLD (10:16); Domingo Antonio Páez Rodríguez, provincia Santo Domingo – PLD (11:41); Cristian Paredes Aponte, provincia Sánchez Ramírez – PRD (10:44); Celestino Peña García, provincia Santiago

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 28-07-2009.

Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 16 DE 149.

Rodríguez – PRD (10:26); Franklin Isaías Peña Villalona, provincia San Pedro de Macorís – PLD (10:25); Francisco Radhamés Peña Peña, provincia Valverde – PLD (12:01); Mirtha Elena Pérez, provincia Santo Domingo – PLD (10:33); René Polanco Vidal, provincia Santo Domingo – PLD (10:34); Juan Carlos Quiñones Minaya, provincia Puerto Plata – PLD (10:36); Santo Ynilcio Ramírez Bethancourt, provincia Peravia – PRD (11:01); Karen Lisbeth Ricardo Corniel, provincia Santo Domingo – PLD (11:41); Afif Nazario Rizek Camilo, provincia Hermanas Mirabal – PLD (10:16); Julio Rafael Romero Villar, provincia Santo Domingo – PRD (11:00); Manuel Alberto Sánchez Carrasco, provincia Pedernales – PRD (10:26); Gustavo Antonio Sánchez García, Distrito Nacional – PLD (11:26); Euclides Rafael Sánchez Tavárez, provincia La Vega – PLD (11:56); José Francisco A. A. Santana Suriel, provincia Santo Domingo – PRD (10:51); Elso Milcíades Segura Martínez, provincia Santo Domingo – PLD (11:06); Elías Rafael Serulle Tavárez, Distrito Nacional – PLD (11:11); Sergio Pascual Vargas Parra, provincia San Cristóbal – PLD (11:27); Lethi Vásquez Castillo, provincia Santo Domingo - PLD; Félix María Nova Paulino, provincia Monseñor Nouel – PLD (10:45); Santiago Vilorio Lizardo, provincia Hato Mayor – PLD (11:15).

AUSENTES CON EXCUSA: Pedro José Alegría Soto, provincia San José de Ocoa – PRD; Alberto Elías Atallah Lajan, Distrito Nacional – PRD; Andrés Bautista García, provincia Espaillat - PRD; Jesús Antonio Vásquez Martínez, provincia María Trinidad Sánchez - PRD; Víctor Orlando Bisonó Haza, Distrito Nacional - PRSC; José Ramón de la Rosa Mateo, provincia San Juan - PLD; Francisco Javier Tadeo Domínguez Brito, provincia Santiago - PLD; Milcíades Marino Franjul Pimentel, provincia Peravia - PLD; María Altagracia Matos

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Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 17 DE 149.

Ramírez, provincia Pedernales - PLD; Aridio Antonio Reyes, provincia La Vega – PLD; José Ulises Rodríguez Guzmán, provincia Santiago - PRD; Juan Roberto Rodríguez Hernández, provincia El Seybo - PRD; Henry Osvaldo Sarraff Urbáez, provincia Independencia - PRD; Noé Sterling Vásquez, provincia Barahona PRSC; Jesús Antonio Vásquez Martínez, provincia María Trinidad Sánchez – PRD; y Rafael Francisco Vásquez Paulino, Distrito Nacional – PRD.

AUSENTES SIN EXCUSA: Julio Encarnación, provincia Santo Domingo - PRD; José Antonio Fabián Bertré, provincia Monseñor Nouel - PLD; Radhamés Antonio Fermín Cruz, provincia Santiago - PRD; Guillermo Galván, provincia La Vega PLD; Andrés Henríquez Antigua, provincia Santo Domingo - PRD; Fausto Marino Mendoza Rodríguez, provincia San Cristóbal - PRD; Rafael Molina Lluberes, provincia Sánchez Ramírez - PRSC; Raúl Mondesí Avelino, provincia San Cristóbal - PRD; Lupe Núñez Rosario, provincia Duarte - PLD; Guillermo Radhamés Ramos García, provincia La Vega - PRD; Mario Antonio Torres Ulloa, provincia Dajabón - PRD; Carmen Mirelys Uceta Vélez, provincia Dajabón PRSC; Alejandro Leonel Williams Cordero, provincia San Pedro de Macorís PLD.

Con la presencia al inicio de los trabajos de 17 Senadores y 105 Diputados, 122 Asambleístas en total, el Presidente de la Asamblea, Senador Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez, siendo las diez horas y nueve minutos (10:09) de la mañana, declaró abierta la sesión.

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Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “De acuerdo con el resumen de asistencia que nos presenta la pantalla a tales propósitos, nos dice que hay 17 senadores y 105 diputados presentes, lo que arroja un total de 122 asambleístas, lo que indica que el quórum se encuentra reunido y por tales motivos damos inicio formalmente a la sesión de la Asamblea Nacional convocada para este día.

Paso a informarles que han presentado excusas los y las siguientes

asambleístas: Roberto Rodríguez, Ramón de la Rosa, Milcíades Franjul, del 20 al 24 de julio; Rafael Francisco Vásquez, del 21 al 25; Aridio Antonio Reyes, del 21 al 23 de julio; Juan de León Contreras y Noé Sterling Vásquez. El asambleísta Alberto Atallah nos ha hecho llegar un certificado médico donde se le recomienda un reposo por tres semanas; de acuerdo con el artículo 49 del reglamento, la Asamblea sólo podrá autorizar una licencia hasta por 15 días, por lo que vamos a aprobarle esta primera por 15 días y después le aprobamos la otra. Dice así: „El señor Alberto Atallah, paciente de 47 años de edad, fue admitido de urgencia en el Centro de Medicina Avanzada Abel González, con cuadro de hernia discal cervical obstruida, con compromiso neurológico agudo y compresión medular, la cual amerita tratamiento quirúrgico de urgencia.

Él viajará a Estados Unidos a

procedimientos y requerirá por lo menos tres semanas para revaluar el posible retorno a labores normales‟. Bueno, vamos a pedir por el restablecimiento de Atallah, pero tengo que someter a la aprobación de la Asamblea esta licencia del asambleísta Alberto Atallah. Preparémonos para votar, para favorecer la licencia, que existen motivos más que suficientes. Que inicie el tiempo de votación, por favor, para aprobar esta licencia del asambleísta Alberto Atallah”.

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Votación 001 Sometida a votación la licencia médica, por quince días, solicitada por el asambleísta Alberto Elías Atallah Lajan, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento de la Asamblea: APROBADA. 108 VOTOS SÍ, 17 VOTOS NO DE 125 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA SESIÓN. Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobada la licencia en beneficio del asambleísta Alberto Atallah, al obtener 108 votos, se requería un mínimo de 84. También les informo a los presentes que se nos ha hecho llegar en este momento la excusa presentada para esta sesión por el asambleísta Pedro Alegría”. _________________

5. Conclusión del Orden del Día anterior.

No hay órdenes del día pendiente de reuniones anteriores.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez:

“Vamos

entonces a someter la aprobación del orden del día, ya que para el día de hoy tenemos el conocimiento del informe rendido por la comisión que tuvo a su cargo el estudio del Título X de la propuesta del Poder Ejecutivo, que es dedicado al régimen económico y financiero. Entonces, vamos a someter a votación el orden del día de hoy. Que inicie el tiempo de la votación”.

Votación 002 Sometido a votación el orden del día correspondiente al día de hoy, que contiene el informe de la Comisión Especial que tenía a su cargo el estudio del Título X, de la propuesta del Poder Ejecutivo, sobre el régimen económico y financiero: APROBADO. 103 VOTOS SÍ, 22 VOTOS NO DE 125 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA SESIÓN.

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Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobado el orden del día para la presente sesión, al votar 103 asambleístas por dicho orden del día, sólo se requerían 84” _______________

2.

Lectura y aprobación de actas de reuniones anteriores, si las hubiere.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Antes de proceder a leer el informe al que hicimos referencia hace un momento, les señalo que el acta de la reunión de la Asamblea número 32, del 9 de julio y la número 34 del 15 de julio, ambas de este año 2009, se encuentran disponibles para información, consultas y observaciones hasta el 30 de julio de este mismo año, fecha en que someteremos a la aprobación del pleno las indicadas actas.

________________

3. Lectura de correspondencias siguiendo el orden de fechas de recibidas.

No se leyeron correspondencias.

________________

4. Lectura de informes recibidos de las comisiones en ocasión de la segunda lectura. No aplica para esta reunión.

________________

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6. Lectura del artículo de la Constitución vigente a ser modificado o del objeto de la ley de convocatoria. 7. Debates sobre el artículo u objeto en discusión, en el orden de inscripción de los turnos, conforme lo establecido en el Reglamento. 8. Votaciones artículo por artículo.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez:

“Vamos

entonces a tomar conocimiento del informe rendido por la comisión que tuvo a su cargo todo el Título X referente al régimen económico y financiero. Asambleísta Rubén Darío Cruz, déle lectura, por favor”.

Por Secretaría sólo se leyó del informe que rindió la comisión designada para el estudio de los artículos 195, 196, 197, 198, 199, 200, 201, 202, 203, 204, 205, 206, 207, 208, 209, 210, 211, 212, 213, 214, 215, 216, 217, 218, 219, 220, 221, 222, 223, 224, 225, 226, 227, 228, 229, 230, 231, 232, 233 Y 234, de los objetos número 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62 y 63, de la Ley 70-09, a partir del acápite titulado „Recomendación o conclusión” de la comisión, no obstante, el texto del informe se transcribe íntegramente a los fines de documentación de la presente acta, según las disposiciones del artículo 105, numeral 7 del Reglamento de la Asamblea Nacional. A saber:

“INFORME FAVORABLE CON MODIFICACIONES AL TÍULO X DEL REGIMÉN ECONOMICO Y FINANCIERO Y LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS SEXTO Y SÉPTIMO.

Al:

Lic. Reynaldo Pared Pérez Presidente de la Asamblea Nacional Revisora

Vía:

Secretaría General

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lo:

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Preparado por:

Comisión Especial

Presidida por:

Ramón A. Cabrera

Información sobre el informe: Titulo X del Régimen Económico y Financiero y ordinales Sexto y Séptimo de las Disposiciones Transitorias de la propuesta del Poder Ejecutivo.

Versión:

1.0

Presentado por:

Comisión Especial

Idioma:

Español

Descripción:

Propuesta de modificaciones del Poder Ejecutivo, de los Honorables Asambleístas y del Sector Financiero Público y Privado.

Fecha de edición:

22 de julio de 2009

Estado del Informe:

Aprobado por la Comisión y pendiente de Aprobación o rechazo por el Pleno de la Asamblea Nacional.

Índice de Contenido

1.- Antecedentes 2.- Contenido 3.- Recomendación o Conclusión de la Comisión 4.- Anexo I. Acta No.11-2009 5. Anexo II: Propuesta Superintendencia de Bancos 6. Anexo III: Propuesta Banco Central

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7. Anexo IV: Propuesta Secretaría de Hacienda 8. Anexo V: Propuesta Secretaría de Economía, Planificación y Desarrollo 9.Anexo VI: Propuesta de la Asociación de Industrias de República Dominicana (AIRD), Asociación Nacional de Jóvenes Empresario (ANJE) y del Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP) 10. Anexo VII: Propuesta Asociación de Bancas Comerciales (ABA) Exposición de Motivos Antecedentes La Comisión Especial designada para el estudio y presentación del informe al Pleno de la Asamblea Nacional, del Título X Del Régimen Económico y Financiero, así como de los ordinales Sexto y Séptimo de las Disposiciones Transitorias de la propuesta del Poder Ejecutivo, el 19 de junio de 2009, fue apoderada por el Pleno de la Asamblea Nacional de 29 propuestas de modificaciones de asambleístas, las cuales detallamos a continuación:

1.- Iniciativa: 06915-2006-2010-CD Asambleísta: Rafael Porfirio Calderón Martínez-PRD. Propuesta

Artículo 196 La iniciativa privada es libre. El Estado procurará, juntamente con el sector privado, el desarrollo social y cultural del pueblo Dominicano y el crecimiento equilibrado y sostenido de la economía, con estabilidad de precios, tendente al pleno empleo, y al incremento de bienestar social, mediante la utilización racional de los recursos disponibles, la formación permanente de los recursos humanos y del progreso científico y tecnológico 2.- Iniciativa: 06915-2006-2010-CD Asambleísta: Rafael Porfirio Calderón Martínez-PRD

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 28-07-2009.

Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 24 DE 149.

Propuesta Artículo 199 En todo contrato del Estado y de las personas de Derecho Publico con extranjeros domiciliados en el país, debe constar el sometimiento de éstos a las leyes y órganos jurisdiccionales de la República. Sin embargo, el Estado y las demás personas de Derecho Público pueden someter las controversias derivadas de la relación contractual a jurisdicciones constituidas en virtud de tratados internacionales vigentes. Pueden también someterlas a arbitraje nacional e internacional de conformidad con la Ley. 3.- Iniciativa: 06915-2006-2010-CD Asambleísta: Diputado Rafael Porfirio Calderón Martínez (PRD).

Propuesta Artículo 200 El Estado reconoce el aporte de las iniciativas económicas populares al desarrollo del país, a la vez que fomenta, promueve y protege las condicione de integración del sector informal en la economía nacional y promueve y protege a la pequeña y mediana empresa, las cooperativas, las empresas familiares y cualquier otra forma de asociación comunitaria para el trabajo, producción, el ahorro y el consumo, que generen condiciones que les permitan acceder a financiamiento, asistencia técnica y capacitación oportunas, así como su integración formal a la economía nacional. 4.- Iniciativa: 06915-2006-2010-CD Asambleísta: Rafael Porfirio Calderón Martínez-PRD

Propuesta Artículo 201 Los servicios públicos están destinados a la satisfacción de las necesidades de interés colectivo. Estos servicios públicos serán declarados por ley: 1) Es responsabilidad el Estado garantizar el acceso a los servicios públicos de calidad, directamente o por delegación, mediante concesión, autorización, asociación en participación, transferencia de la propiedad accionaria y otra modalidad contractual, con la forma y con los límites que establezca la ley. 2) Los servicios públicos prestados por el Estado o por los particulares, en las modalidades legales o contractualmente establecidas, deben responder a los principios de universabilidad, accesibilidad, eficiencia, responsabilidad, continuidad, calidad y de razonabilidad del sistema tarifario.

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 28-07-2009.

Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 25 DE 149.

La ley podrá establecer que la regulación de los servicios públicos y de otras actividades económicas se encuentre a cargo de Administraciones reguladoras de autonomía reforzada. 5.- Iniciativa: 07694-2006-2010-CD Asambleísta: Alberto Atallah (PRD) Propuesta Artículo 203. La Junta Monetaria estará integrada por no más de nueve (9) miembros incluyendo el Gobernador del Banco Central, quien la presidirá, y los miembros ex oficio cuyo número no será mayor de tres, uno de los cuales será el Superintendente de Bancos. 6.- Iniciativa: 07694-2006-2010-CD Asambleísta: Alberto Atallah (PRD) Propuesta Artículo 205. El Gobernador del Banco Central y demás miembros de la Junta Monetaria serán designados por el Poder Ejecutivo el cual durará en sus funciones cuatro años, pudiendo ser reelegido, al igual que el Vicegobernador, quienes sólo podrán ser removidos por una de las causales previstas en su Ley Orgánica.

7.- Iniciativa: 07694-2006-2010-CD Asambleísta: Alberto Atallah (PRD) Propuesta Artículo 207. Los miembros de la Junta Monetaria que no sean ex oficio, durarán en sus funciones cuatro años. Un cincuenta por ciento de éstos serán designados por dos años. 8.- Iniciativa: 07890-2006-2010-CD Asambleísta: Cesar Augusto Díaz Filpo (PRD) Propuesta Eliminar el artículo 207. 9.- Iniciativa: 07694-2006-2010-CD Asambleísta: Alberto Atallah (PRD) Propuestas Artículo 214. EL Gobernador del Banco Central Deberá rendir cuentas ante la Cámara de Diputados, sobre la situación Económica, Monetaria y Financiera de la Nación por lo menos una vez al año.

10.- Iniciativa: 06915-2006-2010

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 28-07-2009.

Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 26 DE 149.

Asambleísta: Rafael Porfirio Calderón Martínez (PRD) Propuesta Artículo 214 Toda modificación en el régimen legal de la moneda o de la banca establecida en la Ley Orgánica Monetaria y Financiera, requerirá el apoyo de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de una y otra Cámara. 11.- Iniciativa: 07891-2006-2010-CD Asambleísta: Cesar A. Dìaz Filpo (PRD) Propuesta Artículo 214. Toda modificación en el régimen legal de la moneda o de la banca establecida en la Ley Orgánica Monetaria y Financiera, requerirá el apoyo de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de una y otra Cámara.

12.- Iniciativa: 07946-2006-2010-CD Asambleísta: Ramón Cabrera (PRD) Propuesta Artículo 215. Corresponde al Poder Ejecutivo la elaboración del Presupuesto General del Estado, de ingresos probables y gastos propuestos.

13.- Iniciativa: 06915-2006-2010-CD Asambleísta: Diputado Rafael Porfirio Calderón (PRD). Propuesta Artículo 218- Se propone eliminar el artículo.

14.- Número: 06915-2006-2010-CD Asambleísta: Diputado Rafael Porfirio Calderón – (PRD). Propuesta Artículo 219 El Congreso no podrá incluir nuevas partidas ni modificar las partidas que figuren en los proyectos de ley que eroguen fondos o en la Ley de Presupuesto General de Estado sometidos por el Poder Ejecutivo, sino con el voto de las dos terceras partes, de la totalidad de los miembros de cada Cámara. El Congreso podrá, sin embargo, modificar las referidas partidas con la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, cuando sea iniciativa del Poder Ejecutivo o cuando no se cumpla con el literal quince del artículo 108 de esta Constitución.

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 28-07-2009.

Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 27 DE 149.

15.- Iniciativa: 06915-2006-2010-CD Asambleísta: Rafael Calderón (PRD)

Propuesta Artículo 222 Cuando el congreso no haya aprobado el proyecto de ley de Presupuesto General del estado a más tardar el TREINTA de diciembre de cada año, regirá la ley de Presupuesto General de Estado del año anterior. 16.- Iniciativa: 07611-2006-2010-CD Asambleísta: Francisco Dominguez Brito (PLD)

Propuesta Artículo 222. Cuando el Congreso no haya aprobado el Proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado a más tardar el veinte de diciembre de cada año, o vencido el plazo establecido en el artículo 216, regirá la Ley de Presupuesto General del Estado del año anterior, readecuado según la ley que rige esta materia. PÁRRAFO: Antes de adoptar y publicar el Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos Ajustado, la Cámara de Cuentas verificará el cumplimiento de este Artículo en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, a contar de la fecha en que tome conocimiento de los ajustes solicitados por el Poder Ejecutivo. El documento de verificación emitido por la Cámara de Cuentas se publicará conjuntamente con el Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos públicos ajustados. En caso de que la referida verificación no se efectúe en el plazo señalado, el Poder Ejecutivo quedará facultado para adoptar y publicar su propuesta de Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos.

17.- Iniciativa: 07947-2006-2010-CD Asambleísta: Ramón Cabrera (PLD) Propuesta Artículo 222. Cuando el Congreso no haya aprobado el Proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado a más tardar el 15 de diciembre de cada año, regirá la Ley de Presupuesto General del Estado del año anterior. Con los ajustes establecidos en la ley orgánica de presupuesto. 18.- Iniciativa: 07395-2006-2010-CD Asambleísta: Francisco Dominguez Brito (PLD)

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 28-07-2009.

Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 28 DE 149.

Propuesta Artículo 226 El régimen tributario está basado en los principios de justicia, igualdad y equidad tributaria para que cada ciudadano y ciudadana pueda cumplir con el mantenimiento de las cargas públicas.

19.- Iniciativa: 07610-2006-2010-CD Asambleísta: Francisco Dominguez Brito (PLD) Propuesta Artículo 229 El Estado dominicano y todas sus instituciones, sean autónomas, descentralizadas o no, estarán regidos por un sistema único de contabilidad cuyos criterios fijará la ley, entre los cuales se encuentran: a. Definir y establecer las normas y los procedimientos relativos a la contabilidad general del Estado incluyendo todas las dependencias del gobierno de la Nación y de los gobiernos locales. b. Llevar las cuentas presupuestarias y patrimoniales del Estado, asegurándose de que todos los ingresos y los gastos públicos se registren conforme manda esta Constitución y la Ley. 20.- Iniciativa: 06915-2006-2010-CD Asambleísta: Rafael Calderón (PRD) Propuesta Artículo 230 El control y fiscalización sobre los ingresos, así como el uso de los fondos de los organismos públicos se llevará a cabo en tres niveles: a) Control Interno que ejercerá el Poder Ejecutivo mediante la Contraloría General de la República y sus unidades de auditoría, conforme la ley. b) El Control Legislativo o control externo al Poder Ejecutivo por el Congreso Nacional, en base a los informes que le presente la Cámara de Cuentas y a sus propias investigaciones. c) El control Social lo ejercerá la sociedad de conformidad con los mecanismos establecidos en las leyes, en materia de acceso a la información y control de gestión.

21.- Iniciativa: 07612-2006-2010-CD Asambleísta: Francisco Dominguez Brito (PLD)

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 28-07-2009.

Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 29 DE 149.

Propuesta 22.- Artículo 230. El control y fiscalización sobre los ingresos, así como el uso de los fondos públicos, se llevará a cabo en cuatro niveles: 1. (Numeral 2 modificado). Control legislativo, corresponde al Congreso Nacional en base a la evaluación independiente que realice de conformidad con esta constitución y a los informes de la Cámara de Cuentas; 2. Control interno que ejercerá el Poder Ejecutivo mediante la Contraloría General de la República y sus unidades de auditoría, conforme la ley; Nuevo numeral. El control externo a los órganos y entidades públicas a cargo de la Cámara de Cuentas a través del examen efectuado con posterioridad a la gestión de los administradores públicos o privados que manejen fondos públicos; 4. El control social lo ejercerá la sociedad de conformidad con los mecanismos establecidos en las leyes, en materia de acceso a la información y control de gestión.

23.- Iniciativa06915-2006-2010-CD Asambleísta: Rafael Porfirio Calderón Propuesta Artículo 231 La Contraloría General de la República es el organismo del Poder Ejecutivo rector del control interno, ejerce la fiscalización interna y la evaluación del debido recaudo, manejo, uso e inversión de los recursos públicos por los entes bajo su ámbito. La Contraloría General de la República tendrá las siguientes atribuciones, sin menoscabo de las demás conexas que le confiere a la Ley: a. Definir y establecer los procedimiento relativos a la contabilidad general del Estado incluyendo todas las dependencias del Gobierno de la Nación y de los gobierno locales, de conformidad con la Constitución y la Ley. b. Llevar el control interno, ejercer la fiscalización y evaluación del debido recaudo y del manejo, uso e inversión de los recursos públicos, asegurándose de que todos los ingresos y los gastos públicos se realicen conforme manda esta Constitución y la Ley. c. Autorizar las órdenes de pago del Estado, previa comprobación del cumplimiento de los trámites legales y administrativos. d. Informar a la Cámara de cuentas sobre todo lo relativo a las finanzas públicas.

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 28-07-2009.

Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 30 DE 149.

24.- Iniciativa 07613-2006-2010-CD Asambleísta: Francisco Dominguez Brito (PLD) Propuesta Artículo 231. La Contraloría General de la República es el organismo del Poder Ejecutivo rector del control interno, ejerce la fiscalización interna y la evaluación del debido recaudo, manejo, en cumplimiento de los procesos administrativos determinados en la ley, uso e inversión de los recursos públicos de acuerdo con lo establecido en la ley, uso e inversión de los recursos públicos de acuerdo con lo establecido en el presupuesto general del Estado por los entes bajo su ámbito. Igualmente está obligada a informar y suministrar a la Cámara de Cuentas sobre todo lo relativo a la administración financiera del Estado, así como tramitar ante las instancias correspondientes las irregularidades o faltas identificadas.

25.- Iniciativa: 07654-2006-210-CD Asambleísta: Digna Reynoso- PRD

Propuestas Artículo 232 La cámara de Cuentas es el órgano superior de control y auditoría con carácter técnico. Goza de autonomía administrativa, operativa y presupuestaria, con personalidad jurídica. Estará compuesta de no menos de siete miembros, elegidos por el Senado de la terna que la Cámara de Diputados por un período de cuatro años, del resultado de un concurso público. 26.- Iniciativa 07616-2006-2010-CD Asambleísta: Francisco Dominguez Brito (PLD) Propuestas Artículo 232. La Cámara de Cuentas es el órgano superior de control y auditoria con carácter técnico. Goza de autonomía administrativa, operativa y presupuestaria, con personalidad jurídica. Estará compuesta de no más de tres miembros, elegidos por el Senado de las ternas que mediante concurso presente la Cámara de Diputados por un período de cuatro años.

27.- Iniciativa 07616-2006-2010-CD Asambleísta: Francisco Dominguez Brito (PLD) Propuesta Artículo 234. Sus atribuciones serán, además de las que le confiere la ley:

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 28-07-2009.

Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 31 DE 149.

1) Examinar las cuentas públicas generales y particulares de la República. La revisión de la cuenta pública tendrá por objeto conocer los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados en el presupuesto general del Estado y el grado de cumplimiento de los objetivos y metas contenido en los programas. Si en el examen que se realice aparecieran discrepancias entre las cantidades correspondientes a los ingresos o a los egresos, con relación a los conceptos y las partidas correspondientes o no existiera exactitud o justificación en los ingresos obtenidos o en los gastos realizados, se determinarán las responsabilidades de acuerdo con la ley. 2) Presentar al Congreso Nacional los informes sobre la fiscalización de los recursos públicos. 3) Auditar, analizar e informar todo lo relativo a la ejecución del presupuesto general del Estado de cada año y presentarlo al Congreso Nacional en la primera legislatura de cada año para su conocimiento y decisión. Nuevo numeral. Emitir las normas con carácter obligatorio para la coordinación interinstitucional de los organismos y unidades responsables del control y auditoría de los recursos públicos. Nuevo numeral. Vigilar y auditar el cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en la ley, en todos los niveles de la administración pública, en lo referente a la planificación, gestión y contrataciones de cualquier naturaleza, y a su vez determinarán las responsabilidades de conformidad con la ley.

28.- Iniciativa: 07654-2006-210-CD Asambleísta: Digna Reynoso – PRD Propuesta Artículo 234.- Sus atribuciones serán, además de la que le confiere la Ley: 1. Examinar las cuentas generales y particulares de la República. 2. Presentar al Congreso Nacional en el primer trimestre de cada año los informes sobre la fiscalización de los recursos públicos. 3. Auditar y analizar la ejecución de la Ley General de Presupuesto que cada año se presenta al Congreso Nacional, en la primera legislatura de cada año, certificando el por ciento de gasto en el uso de las partidas asignadas a cada institución, para conocimiento y decisión. 4. Velar por el cumplimiento en la asignación presupuestaria del porcentaje asignado por ley a los Ayuntamientos, a Educación, al

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Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 32 DE 149.

Congreso Nacional, a Salud Pública y a la Universidad Autónoma de Santo Domingo. 5. Emitir las normas con carácter obligatorio para la coordinación interinstitucional de los organismos y unidades responsables del control y auditoría de los recursos públicos. 29.- Iniciativa: 07509-2006-2010-CD Asambleísta: Marino Collante –PRSC Propuesta Artículo 234. 1) Examinar República.

las cuentas generales y particulares de la

2) Presentar al Congreso Nacional los informes sobre la fiscalización de los recursos públicos.

3) Auditar y analizar la ejecución del Presupuesto General del Estado que cada año apruebe el congreso Nacional, y someter e informe correspondiente a éste más tardar el 30 de abril del año siguiente, para su conocimiento y decisión, sin lo cual no podrá otorgarse descargo a los administradores respecto de su gestión correspondiente al año anterior. 4) Emitir las normas con carácter obligatorio para la coordinación interinstitucional de los organismos y unidades responsables del control y auditoria de los recursos públicos.

Contenido El texto del Titulo X del Régimen Económico y Financiero de la propuesta sometida por el Poder Ejecutivo es el siguiente:

CAPITULO I DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Sección I Principios Rectoras Artículo 195. El régimen económico se fundamenta en la economía social de mercado y se orienta al logro del desarrollo humano sostenible, basado en el crecimiento económico, la justicia social, la equidad, la cohesión social y territorial, y la sostenibilidad ambiental, en un marco de libre competencia, participación, solidaridad e igualdad de oportunidades.

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Artículo 196. La iniciativa privada es libre. El Estado procurará, juntamente con el sector privado, un crecimiento equilibrado y sostenido de la economía, con estabilidad de precios, tendente al pleno empleo, y al incremento del bienestar social, mediante la utilización racional de los recursos disponibles, la formación permanente de los recursos humanos, y del progreso científico y tecnológico. Artículo 197. El Estado garantiza el pluralismo económico basado en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa. Bajo el principio de subsidiaridad, el Estado puede por cuenta propia o en asociación con el sector privado, ejercer la actividad empresarial con el fin de prestar servicios públicos, asegurar el acceso de la población a bienes y servicios básicos y de promover la economía del país. Artículo 198. La actividad empresarial, pública o privada, recibe el mismo tratamiento legal y se garantizarán iguales condiciones a la inversión nacional y extranjera. Por ley se podrá conceder tratamientos especiales a las inversiones que se localicen en zonas de menor grado de desarrollo o en actividades de interés nacional, en particular las ubicadas en las provincias fronterizas. Artículo 199. En todo contrato del Estado y de las personas de Derecho Público con extranjeros domiciliados en el país, debe constar el sometimiento de éstos a las leyes y órganos jurisdiccionales de la República. Sin embargo, el Estado y las demás personas de Derecho Público pueden someter las controversias derivadas de la relación contractual a jurisdicciones constituidas en virtud de tratados internacionales vigentes. Pueden también someterlas a arbitraje nacional e internacional. Artículo 200. El Estado reconoce el aporte de las iniciativas económicas populares al desarrollo del país, a la vez que fomenta las condiciones de integración del sector informal en la economía nacional y promueve y protege a la pequeña y mediana empresa, las cooperativas, las empresas familiares y cualquier otra forma de asociación comunitaria para el trabajo, la producción, el ahorro y el consumo, que generen condiciones que les permitan acceder a financiamiento, asistencia técnica y capacitación oportunos. Artículo 201. Los servicios públicos están destinados a la satisfacción de las necesidades de interés colectivo. Estos servicios públicos serán declarados por ley. 1) Es responsabilidad del Estado garantizar el acceso a los servicios públicos, directamente o por delegación, mediante concesión, autorización, asociación en participación, transferencia de la propiedad accionaría u otra modalidad contractual, en la forma y con los límites que establezca la ley.

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2) Los servicios públicos prestados por el Estado o por los particulares, en las modalidades legales o contractualmente establecidas, deben responder a los principios de universalidad, accesibilidad, eficiencia, responsabilidad, continuidad, calidad y de razonabilidad del sistema tarifario. 3) La regulación de los servicios públicos es facultad exclusiva del Estado. La ley podrá establecer que la regulación de los servicios públicos y de otras actividades económicas se encuentre a cargo de Administraciones reguladoras de autonomía reforzada.

Sección II Del Régimen Monetario y Financiero

Artículo 202. La regulación del sistema monetario y financiero de la Nación corresponde a la Junta Monetaria en su condición de órgano superior del Banco Central. Artículo 203. La Junta Monetaria estará integrada por no más de nueve (9) miembros incluyendo el Gobernador del Banco Central, quien la presidirá, y los miembros ex oficio cuyo número no será mayor de tres. Artículo 204. El Banco Central de la República es una entidad de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía funcional, presupuestaria y administrativa. Artículo 205. El Gobernador del Banco Central y demás miembros de la Junta Monetaria serán designados por el Poder Ejecutivo el cual durará en sus funciones seis años, al igual que el Vicegobernador, quienes sólo podrán ser removidos por una de las causales previstas en su Ley Orgánica. Artículo 206. Los miembros de la Junta Monetaria que no sean ex oficio, deberán ser profesionales de reconocida competencia en la materia y desempeñarán sus funciones con dedicación exclusiva, salvo la labor docente, de conformidad a las disposiciones de su Ley Orgánica. Artículo 207. Los miembros de la Junta Monetaria que no sean ex oficio, durarán en sus funciones seis años. Un cincuenta por ciento de éstos serán designados por tres años.

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Articulo 208. El Gobernador del Banco Central, en representación de la Junta Monetaria, tendrá a su cargo la dirección de las políticas monetarias, cambiarias y financieras de la Nación, la coordinación de los entes reguladores del sistema monetario y financiero y la adecuada aplicación de esas políticas. Artículo 209. El Banco Central, cuyo capital es propiedad del Estado, es el único emisor de los billetes y monedas de circulación nacional, y tiene por objeto velar por la estabilidad de precios, y por el cumplimiento de las condiciones de liquidez, solvencia y gestión, que deben tener en todo momento las entidades de intermediación financiera de conformidad con lo establecido en la Ley. Artículo 210. La unidad monetaria nacional es el Peso Dominicano. Artículo 211. Sólo tendrán circulación legal y fuerza liberatoria los billetes emitidos por el Banco Central, en las proporciones y condiciones que señale la Ley y bajo la garantía ilimitada del Estado. Artículo 212. Las monedas metálicas serán emitidas a nombre del Estado por mediación del Banco Central, y se pondrán en circulación sólo en reemplazo de un valor equivalente en billetes. La fuerza liberatoria de las monedas metálicas en curso y de las que se emitieren en lo adelante será determinada por la Ley. Artículo 213. Queda prohibida la emisión de papel moneda, así como de cualquier otro signo monetario no autorizado por esta Constitución, ya sea por el Estado o por cualquier otra persona física o entidad pública o privada. Artículo 214. Toda modificación en el régimen legal de la moneda o de la banca establecida en la Ley Orgánica Monetaria y Financiera, requerirá el apoyo de las dos tercera partes de la totalidad de los miembros de una y otra Cámara, a menos que haya sido iniciada por el Poder Ejecutivo a propuesta de la Junta Monetaria.

CAPITULO II DE LAS FINANZAS PÚBLICAS Sección I Del Presupuesto General del Estado Artículo 215. Corresponde al Poder Ejecutivo la elaboración del Presupuesto General del Estado, de ingresos probables y gastos propuestos. En ningún caso el monto de los gastos presupuestados podrá exceder el de los ingresos probables. Artículo 216. En caso de que dicho Presupuesto sea sometido con posterioridad a la fecha a que se refiere el ordinal 15 del artículo

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108, el Congreso Nacional queda facultado para modificar las partidas que figuren en el mismo, mediante mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara. Artículo 217. Los presupuestos de ingresos comprenden las entradas estimadas originadas en los impuestos, contribuciones, tasas, venta de bienes y servicios, do naciones en efectivo o en especie, venta ocasional de activos fijos, así como cualquier otro producto de las actividades que realicen los organismos, que originen una modificación cuantitativa o cualitativa del patrimonio, con excepción de las fuentes de financiamiento que establece la Ley Orgánica de Presupuesto. Artículo 218. En la Ley de Presupuesto General del Estado se podrán conceder autorizaciones para reorientar rentas cedidas o asignadas y modificar leyes que establezcan un determinado gasto público, con carácter transitorio y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Presupuesto. Artículo 219. El Congreso no podrá incluir nuevas partidas ni modificar las partidas que figuren en los proyectos de ley que eroguen fondos o en la Ley de Presupuesto General del Estado sometidos por el Poder Ejecutivo, sino con el voto de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de cada Cámara. El Congreso podrá, sin embargo, modificar las referidas partidas con la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada cámara, cuando sea a iniciativa del Poder Ejecutivo. Artículo 220. Las apropiaciones presupuestarias aprobadas para los organismos públicos están sujetas a la disponibilidad efectiva de los ingresos estimados. En ningún caso constituye un derecho adquirido por las unidades ejecutaras. Artículo 221. No tendrá efecto ni validez alguna la ley que ordene o autorice un pago o engendre una obligación pecuniaria a cargo del Estado, sino cuando esa misma ley cree los nuevos recursos necesarios para su ejecución.

Artículo 222. Cuando el Congreso no haya aprobado el Proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado a más tardar el quince de diciembre de cada año, regirá la Ley de Presupuesto General del Estado del año anterior. Artículo 223. Cuando el Congreso esté en receso, el Poder Ejecutivo podrá disponer, por medio de decreto, las transferencias de las partidas presupuestadas que exijan las necesidades urgentes del servicio administrativo y erogar los fondos requeridos para atenderlas, dando cuenta al Congreso cuando éste se reúna, para su aprobación.

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Sección II De la planificación Artículo 224. El Poder Ejecutivo, previa consulta al Consejo Económico y Social y los partidos políticos, elaborarán y someterá al Congreso Nacional una Estrategia de Desarrollo, que definirá la visión del país para un plazo de diez años, la cual servirá de guía para la elaboración del Plan Nacional Plurianual del Sector Público y los planes estratégicos regionales, sectoriales e institucionales. El proceso de Planificación e Inversión Pública se regirá por la Ley correspondiente. Artículo 225. El Plan Nacional Plurianual del Sector Público y sus correspondientes actualizaciones, será remitido por el Poder Ejecutivo al Congreso, para el público conocimiento de los programas y proyectos a implementarse durante su vigencia. Los resultados e impactos que se alcanzarán con su ejecución deberán de realizarse en un marco de sostenibilidad fiscal, y con el debido cuidado para que el endeudamiento público sea compatible con la capacidad del pago del Estado.

Sección III De la tributación Artículo 226. El régimen tributario está basado en los principios de justicia, igualdad, progresividad, proporcionalidad y no confiscatoriedad. Artículo 227. Al gasto público corresponderá una asignación equitativa de los recursos públicos y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía. Artículo 228. No se reconocerá ninguna exención, ni se otorgará ninguna exoneración, reducción o limitación de impuestos, contribuciones o derechos fiscales o municipales, en beneficio de particulares, sino por virtud de la ley. Sin embargo, los particulares pueden adquirir, mediante concesiones que autorice la ley, o mediante contratos que apruebe el Congreso Nacional, el derecho de beneficiarse, por todo el tiempo que estipule la concesión o el contrato, y cumpliendo con las obligaciones que la una y el otro les impongan, de exenciones, exoneraciones, reducciones o limitaciones de impuestos, contribuciones o derechos fiscales o municipales incidentes en determinadas obras o empresas hacia las que convenga atraer, para el fomento de la economía nacional, o para cualquier otro objeto de interés social, la inversión de nuevos capitales.

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Sección IV Del control de los fondos públicos

Artículo 229. El Estado dominicano y todas sus instituciones, sean autónomas, descentralizadas o no, estarán regidos por un sistema único de contabilidad cuyos criterios fijará la ley. Artículo 230. El control y fiscalización sobre los ingresos, así como el uso de los fondos de los organismos públicos, se llevará a cabo en tres niveles: 1) Control interno que ejercerá el Poder Ejecutivo mediante la Contraloría General de la Republica y sus unidades de auditoria, conforme la ley. 2) El control legislativo o control externo al Poder Ejecutivo por el Congreso Nacional, en base a los informes que le presente la Cámara de Cuentas. 3) El control social lo ejercerá la sociedad de conformidad con los mecanismos establecidos en las leyes, en materia de acceso a la información y control de gestión.

Sección V De la Contraloría General de la República

Artículo 231. La Contraloría General de la República es el organismo del Poder Ejecutivo rector del control interno, ejerce la fiscalización interna y la evaluación del debido recaudo, manejo, uso e inversión de los recursos públicos por los entes bajo su ámbito. 1) La Contraloría General de la República tendrá las siguientes atribuciones, sin menoscabo de las demás conexas que le confiere a la Ley orgánica constitucional las siguientes:

a. Definir y establecer los procedimientos relativos a la contabilidad general del Estado incluyendo todas las dependencias del gobierno de la Nación y de los gobiernos locales. b. Llevar las cuentas presupuestarias y patrimoniales del Estado, asegurándose de que todos los ingresos y los gastos públicos se realicen conforme manda ésta Constitución y la Ley. c. Autorizar las órdenes de pagos del Estado, previa comprobación del cumplimiento de los trámites legales y administrativos.

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d. Informar a la Cámara de Cuentas sobre todo lo relativo a las finanzas públicas.

Sección VI De la Cámara de Cuentas Artículo 232. La Cámara de Cuentas es el órgano superior de control y auditoria con carácter técnico. Goza de autonomía administrativa, operativa y presupuestaria, con personalidad jurídica. Estará compuesta de no más de nueve miembros, elegidos por el Senado de las ternas que le presente el Poder Ejecutivo por un período de cuatro años. Artículo 233. Para ser miembro de la Cámara de Cuentas se requiere ser dominicano en el pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos, haber cumplido la edad de veinticinco años y ser doctor o licenciado en Derecho, licenciado en Finanzas, o Contador Público Autorizado. La ley determinará las demás condiciones para ser miembro de dicho organismo.

Artículo 234. Sus atribuciones serán, además de las que le confiere la Ley: 1) Examinar las cuentas generales y particulares de la República. 2) Presentar al Congreso Nacional los informes sobre la fiscalización de los recursos públicos. 3) Auditar y analizar la ejecución de la Ley General de Presupuesto que cada año se presenta al Congreso Nacional, en la primera legislatura de cada año, para conocimiento y decisión. 4) Emitir las normas con carácter obligatorio para la coordinación interinstitucional de los organismos y unidades responsables del control y auditoria de los recursos públicos. Sexto: La forma de designación que se establece en la presente Constitución para los Miembros actuales de la Cámara de Cuentas regirá a partir del año 2010. Séptimo: Los Miembros actuales de la Junta Monetaria y Financiera del Banco Central se mantendrán en sus funciones hasta que se designen nuevos miembros con las calidades y condiciones que establece la presente Constitución.

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Recomendación o Conclusión de la Comisión

La Comisión Especial designada para analizar, estudiar y rendir un informe al Pleno de la Asamblea Nacional sobre el Título X del Régimen Económico y Financiero, así como de los ordinales sexto y séptimo de las disposiciones transitorias de la propuesta del Poder Ejecutivo, así como de las 29 propuestas de los asambleístas, durante el estudio del Título, consultó las opiniones de las siguientes instituciones: 1.- Sr. Haivangoe Ng Cortiñas- Superintendente de Bancos y Dr. Teófilo Regús- Consultor Jurídico; 2.- Lic. Simón Lizardo- Contralor General de la República; 3.- Dr. Pedro Silverio – Gerente General del Banco Central de la República y las señoras: Lic. Rossanna Ruiz- Asesora Gobernador del Banco Central de la República; Lic.Angie Fondeur- Asesora Gobernador del Banco Central de la República; Lic. Consuelo Matos- Secretaria de la Junta Monetaria; Dra. Olga Morel- Consultora Jurídica del Banco Central de la República; 4.-Sra. Circe Almánzar Melgen- Vicepresidenta Ejecutiva de la Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD); 5.-Sr. Francisco Castillo- Vicepresidente Ejecutivo del Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP); 6.-Lic. Angelina Biviana- Directora Ejecutiva de la Asociación Nacional de Jóvenes Empresario (ANJE); Lic. Lara Guerrero- 2da. Vicepresidenta de la Asociación Nacional de Jóvenes Empresario (ANJE); Lic. Manuel Cabral- Secretario Coordinador de la Asociación Nacional de Jóvenes Empresario (ANJE); Lic. Eduardo Najar- Miembro de la Asociación Nacional de Jóvenes Empresario (ANJE);

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Lic. Eugene Rault Grullón – Vocal de la Asociación Nacional de Jóvenes Empresario (ANJE); 7.-Lic. José Manuel López Valdés - Presidente Asociación de Bancas Comerciales (ABA); Lic. Manuel GonzálezDirector Área Técnica de Economía de la Asociación de Bancas Comerciales (ABA). 8.- Licda María Felicia Gutiérrez, Sub-secretaria de Hacienda; Sr. Raúl Calle, Asesor Programa de Reforma; Sr. Ricardo Gutiérrez, Asesor PAFI II. La Comisión decidió recomendar al Pleno de la Asamblea un informe favorable con las siguientes modificaciones:

Se modifica el epígrafe del Título X para que diga: Titulo X Del Régimen Económico y Financiero Y de la Cámara de Cuentas Capitulo I del Régimen Económico Sección I Principios Rectores

Se modifican los artículos 195 hasta el 234 y se eliminan los artículos 206, 207, 218, 220 y 223. Se fusionan el 211 y el 212. Se reenumeran para que digan: Artículo 195. El régimen económico se orienta hacia el desarrollo humano, y se fundamenta en el crecimiento económico, la justicia social, la equidad, la cohesión social y territorial, y la sostenibilidad ambiental, en un marco de libre competencia, participación, solidaridad e igualdad de oportunidades. Artículo 196. La iniciativa privada es libre. El Estado procurará, junto al sector privado, un crecimiento equilibrado y sostenido de la economía, con estabilidad de precios, tendente al pleno empleo, y al incremento del bienestar social, mediante la utilización racional de los recursos disponibles, la formación permanente de los recursos humanos, y el desarrollo científico y tecnológico. Artículo 197. El Estado garantiza el pluralismo económico basado en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa.

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Bajo el principio de subsidiaridad, el Estado puede por cuenta propia o en asociación con el sector privado, ejercer la actividad empresarial con el fin de prestar servicios públicos, asegurar el acceso de la población a bienes y servicios básicos y de promover la economía del país. Artículo 198. La actividad empresarial, pública o privada, recibe el mismo tratamiento legal y se garantiza iguales condiciones a la inversión nacional y extranjera, con las limitaciones establecidas en la Constitución y las leyes. Por ley se podrá conceder tratamientos especiales a las inversiones que se localicen en zonas de menor grado de desarrollo o en actividades de interés nacional, en particular las ubicadas en las provincias fronterizas. Artículo 199. En todo contrato del Estado y de las personas de Derecho Público con extranjeros domiciliados en el país, debe constar el sometimiento de éstos a las leyes y órganos jurisdiccionales de la República. Sin embargo, el Estado y las demás personas de Derecho Público pueden someter las controversias derivadas de la relación contractual a jurisdicciones constituidas en virtud de tratados internacionales vigentes. Pueden también someterlas a arbitraje nacional e internacional, de conformidad con la ley. Artículo 200. El Estado reconoce el aporte de las iniciativas económicas populares al desarrollo del país, a la vez que fomenta las condiciones de integración del sector informal en la economía nacional y promueve el desarrollo de la micro pequeña y mediana empresa las cooperativas, las empresas familiares y cualquier otra forma de asociación comunitaria para el trabajo, la producción, el ahorro y el consumo, que generen condiciones que les permitan acceder a financiamiento, asistencia técnica y capacitación oportunos. Artículo 201. Los servicios públicos están destinados a la satisfacción de las necesidades de interés colectivo. Estos servicios públicos serán declarados por ley. 1) El Estado garantiza el acceso a servicios públicos de calidad, directamente o por delegación, mediante concesión, autorización, asociación en participación, transferencia de la propiedad accionaria u otra modalidad contractual, de conformidad con la Constitución y la ley. 2) Los servicios públicos prestados por el Estado o por los particulares, en las modalidades legales o contractualmente establecidas, deben responder a los principios de universalidad, accesibilidad, eficiencia, transparencia responsabilidad, continuidad, calidad, razonabilidad y equidad tarifaria.

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3) La regulación de los servicios públicos es facultad exclusiva del Estado. La ley podrá establecer que la regulación de los servicios públicos y de otras actividades económicas se encuentre a cargo de Administraciones, creadas para tales fines.

Sección II Del Régimen Monetario y Financiero Artículo 202. La regulación del sistema monetario y financiero de la Nación corresponde a la Junta Monetaria como órgano superior de la Administración Monetaria y Financiera, integrada conforme a la Constitución y la Ley. Artículo 203. La Junta Monetaria estará integrada por no más de nueve (9) miembros incluyendo el Gobernador del Banco Central, quien la presidirá, el Ministro de Hacienda, el Ministro de Economía, Planificación y Desarrollo y el Superintendente de Bancos. Los demás miembros serán determinados por la Ley. Párrafo: La Junta Monetaria rendirá al Poder Ejecutivo y al Congreso Nacional informes periódicos durante el año fiscal en curso sobre la ejecución de las políticas a su cargo y sobre los demás asuntos de su competencia que se le soliciten. Artículo 204. El Banco Central de la República es una entidad de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía funcional, presupuestaria y administrativa. Artículo 205. El Gobernador del Banco Central y los demás miembros de la Junta Monetaria serán designados por el Poder Ejecutivo, de conformidad con la ley. Se elimina el contenido del artículo 206 por contener disposiciones muy específicas, modificables a corto plazo y ser objeto de ley. Artículo 206. Los miembros de la Junta Monetaria que no sean ex oficio, deberán ser profesionales de reconocida competencia en la materia y desempeñarán sus funciones con dedicación exclusiva, salvo la labor docente, de conformidad a las disposiciones de su Ley Orgánica. Se elimina el contenido del artículo 207 contener disposiciones muy específicas, modificables a corto plazo y ser objeto de ley.

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Artículo 207. Los miembros de la Junta Monetaria que no sean ex oficio, durarán en sus funciones seis años. Un cincuenta por ciento de éstos serán designados por tres años. Se renumeran los artículos 208, 209 y 210 para que pasen a ser los artículos 206, 207 y 208 Articulo 206. El Gobernador del Banco Central, en representación de la Junta Monetaria, tendrá a su cargo la dirección de las políticas monetarias, cambiarias y financieras de la Nación, la coordinación de los entes reguladores del sistema monetario y financiero y la adecuada aplicación de esas políticas.

Artículo 207. El Banco Central, cuyo capital es propiedad del Estado, es el único emisor de los billetes y monedas de circulación nacional, y tiene por objeto velar por la estabilidad de precios, y por el cumplimiento de las condiciones de liquidez, solvencia y gestión, que deben tener en todo momento las entidades de intermediación financiera de conformidad con lo establecido en la Ley.

Artículo 208. La unidad monetaria nacional es el Peso Dominicano. En el artículo 209, se fusionan los artículos 211 y 212, para que diga: Artículo 209. Sólo tendrán circulación legal y fuerza liberatoria los billetes emitidos y las monedas acuñadas por el Banco Central, en las proporciones y condiciones que señale la Ley y bajo la garantía ilimitada del Estado.

Los artículos 213 y 214 se reenumeran para que sean el 210 y 211 Artículo 210. Queda prohibida la emisión de papel moneda, así como de cualquier otro signo monetario no autorizado por esta Constitución, ya sea por el Estado o por cualquier otra persona física o entidad pública o privada. Artículo 211. Toda modificación en el régimen legal de la moneda o de la banca establecida en la Ley Monetaria y Financiera, requerirá el apoyo de las dos tercera partes de la totalidad de los miembros de una y otra Cámara, a menos que haya sido iniciada por el Poder Ejecutivo a propuesta de la Junta Monetaria. Se crea un nuevo artículo para que diga: Artículo 212 (nuevo): La Junta Monetaria, excepcionalmente, previa autorización del Congreso Nacional y con la debida

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fundamentación, ante la ocurrencia de eventos que pudieran afectar el objetivo esencial del Banco Central de procurar la estabilidad de precios y el adecuado funcionamiento del Sistema Financiero, podrá adoptar las medidas que sean necesarias en los ámbitos monetario, financiero y crediticio, a los fines de garantizar la estabilidad macroeconómica.

Capítulo II DE LAS FINANZAS PÚBLICAS Sección I Del Presupuesto General del Estado

Se modifica el artículo 215, que pasa a ser el artículo 213, para que diga: Artículo 213. Corresponde al Poder Ejecutivo la elaboración del Presupuesto General del Estado, de ingresos probables, gastos propuestos y financiamiento requerido, el cual debe realizarse en un marco de sostenibilidad fiscal, asegurando un endeudamiento público compatible con la capacidad de pago del Estado. El artículo 216, pasa a ser el artículo 214. Artículo 214. El Congreso podrá incluir nuevas partidas y modificar las que figuren en los proyectos de ley que eroguen fondos o en la Ley de Presupuesto General del Estado sometidos por el Poder Ejecutivo, con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de cada Cámara. El Congreso podrá, sin embargo, modificar las referidas partidas con la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada cámara, cuando sea a iniciativa del Poder Ejecutivo y de acuerdo a lo que establece el artículo 216 de la Constitución.

Se eliminan los artículos 217 por contener disposiciones muy específicas, modificables a corto plazo y ser objeto de ley. El mismo se encuentra en la Ley No. 423-06, Ley Orgánica de Presupuesto.

Artículo 217. Los presupuestos de ingresos comprenden las entradas estimadas originadas en los impuestos, contribuciones, tasas, venta de bienes y servicios, do naciones en efectivo o en especie, venta ocasional de activos fijos, así como cualquier otro producto de las actividades que realicen los organismos públicos, que originen una modificación cuantitativa o cualitativa del patrimonio, con excepción de las fuentes de financiamiento que establece la Ley.

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Se elimina el artículo 218 por ser contrario al ordenamiento jurídico y al principio de jerarquía normativa. Artículo 218. En la Ley de Presupuesto General del Estado se podrán conceder autorizaciones para reorientar rentas cedidas o asignadas y modificar leyes que establezcan un determinado gasto público, con carácter transitorio y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Presupuesto. Se elimina la parte tachada del artículo 219 que pasa a ser el artículo 215. Artículo 215. El Congreso Nacional podrá modificar, con la mayoría absoluta de los miembros presentes de cada Cámara, el Presupuesto General del Estado cuando sea sometido con posterioridad a la fecha a que se refiere el ordinal 15 del artículo 108. Se elimina el artículo 220 por contener disposiciones muy específicas, modificables a corto plazo y ser objeto de ley. El mismo es el Artículo 44 de la Ley No. 423-06, de fecha 17 de noviembre de 2006, Ley Orgánica de Presupuesto Artículo 220. Las apropiaciones presupuestarias aprobadas para los organismos públicos están sujetas a la disponibilidad efectiva de los ingresos estimados.

Se reenumera el artículo 221 que pasa a ser el 216. Artículo 216. No tendrá efecto ni validez alguna la ley que ordene o autorice un pago o engendre una obligación pecuniaria a cargo del Estado, sino cuando esa misma ley cree los nuevos recursos necesarios para su ejecución. Se mueve el artículo 227 que pasa a ser el artículo 217 para que forme parte de la sección de Finanzas Públicas. Artículo 217. Al gasto público corresponderá una asignación equitativa de los recursos públicos y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia, prioridad y economía. El artículo 222 que pasa a ser el artículo 218 y se modifica para que diga: Artículo 218. Cuando el Congreso no haya aprobado la Ley de Presupuesto General del Estado a más tardar al 31 de diciembre, regirá la Ley de Presupuesto General del Estado del año anterior, con los ajustes previstos en la Ley Orgánica de Presupuesto.

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Se elimina el artículo 223 por ser contrario al ordenamiento jurídico y al principio de jerarquía normativa. Artículo 223. Cuando el Congreso esté en receso, el Poder Ejecutivo podrá disponer, por medio de decreto, las transferencias de las partidas presupuestadas que exijan las necesidades urgentes del servicio administrativo y erogar los fondos requeridos para atenderlas, dando cuenta al Congreso cuando éste se reúna, para su aprobación.

Sección II De la planificación Se reenumera el artículo 224 para que pase a ser el artículo 219 Artículo 219. El Poder Ejecutivo, previa consulta al Consejo Económico y Social y los partidos políticos, elaborará y someterá al Congreso Nacional una Estrategia de Desarrollo, que definirá la visión del país para el largo plazo, la cual servirá de guía para la elaboración del Plan Nacional Plurianual del Sector Público y los planes estratégicos regionales, sectoriales e institucionales. El proceso de Planificación e Inversión Pública se regirá por la Ley correspondiente. Se reenumera el artículo 225 para que pase a ser el artículo 220 y se modifica para que diga: Artículo 220. El Plan Nacional Plurianual del Sector Público y sus correspondientes actualizaciones, será remitido al Congreso Nacional por el Poder Ejecutivo, durante la segunda legislatura del año en que se inicia el período de gobierno, previo conocimiento del Consejo de Gobierno, para conocimiento de los programas y proyectos a ejecutarse durante su vigencia. Los resultados e impactos que se alcanzarán con su ejecución deberán de realizarse en un marco de sostenibilidad fiscal.

Sección III De la tributación

Se reenumera el artículo 226 para que pase a ser el artículo 221 y se modifica para que diga: Artículo 221. El régimen tributario está basado en los principios de justicia, equidad, progresividad, proporcionalidad y no confiscatoriedad.

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Se reenumera el artículo 228 para que pase a ser el artículo 222 y se modifica para que diga:

Artículo 222. Los particulares sólo pueden adquirir, mediante concesiones que autorice la ley, o mediante contratos que apruebe el Congreso Nacional, el derecho de beneficiarse, por todo el tiempo que estipule la concesión o el contrato, y cumpliendo con las obligaciones que la una y el otro les impongan, de exenciones, exoneraciones, reducciones o limitaciones de impuestos, contribuciones o derechos fiscales o municipales incidentes en determinadas obras o empresas hacia las que convenga atraer la inversión de nuevos capitales para el fomento de la economía nacional o para cualquier otro objeto de interés social. La transferencia de estos derechos estará sujeta a la ratificación por parte del congreso Nacional.

Sección IV Del control de los fondos públicos Se reenumera el artículo 229 para que pase a ser el artículo 223 y se modifica para que diga: Artículo 223. El Estado dominicano y todas sus instituciones, sean autónomas, descentralizadas o no, estarán regidos por un sistema único, uniforme, integrado y armonizado de contabilidad, cuyos criterios fijará la ley. Se reenumera el artículo 230 para que pase a ser el artículo 224 y se modifica para que diga: Artículo 224. El control y fiscalización sobre el patrimonio, los ingresos, gastos y uso de los fondos públicos se llevará a cabo por el Congreso Nacional, Cámara de Cuentas, Contraloría General de la República, y la sociedad a través de los mecanismos establecidos en las leyes.

Sección V De la Contraloría General de la República

Se reenumera el artículo 231 para que pase a ser el artículo 225 y se modifica para que diga: Artículo 225. La Contraloría General de la República es el organismo del Poder Ejecutivo rector del control interno, ejerce la

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fiscalización interna y la evaluación del debido recaudo, manejo, uso e inversión de los recursos públicos y autoriza las órdenes de pagos, previa comprobación del cumplimiento de los trámites legales y administrativos, de las instituciones bajo su ámbito, de conformidad con la ley.

Se recomienda que la sección VI pase a ser el capítulo III Capítulo III De la Cámara de Cuentas Se reenumera el artículo 232 para que pase a ser el artículo 226 y se modifica para que diga:

Artículo 226. La Cámara de Cuentas es el órgano superior de control fiscal externo de los recursos públicos y del patrimonio del Estado y tendrá un carácter técnico. Goza de autonomía administrativa, operativa y presupuestaria, con personalidad jurídica. Estará compuesta de cinco miembros, elegidos por el Senado de la República de las ternas que le presente la Cámara de Diputados, por un período coincidente con el legislativo. Se reenumera el artículo 233 para que pase a ser el artículo 227 y se modifica para que diga: Artículo 227. Para ser miembro de la Cámara de Cuentas se requiere ser dominicano en el pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos, ser de reconocida solvencia ética y moral, haber cumplido la edad de veinticinco años y acreditar título universitario y estar habilitado para el ejercicio profesional, preferiblemente, en las áreas del Derecho, Economía, Contabilidad, Ciencias Sociales o Afines. La ley determinará las demás condiciones para ser miembro de dicho organismo.

Se reenumera el artículo 234 para que pase a ser el artículo 228 y se modifica para que diga: Artículo 228. Sus atribuciones serán, además de las que le confiere la Ley: 1) Examinar las cuentas generales y particulares de la República; 2) Presentar al Congreso Nacional los informes sobre la fiscalización de los recursos públicos;

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3) Auditar y analizar la ejecución del Presupuesto General del Estado que cada año apruebe el Congreso Nacional, tomando como base el estado de recaudación e inversión de las rentas, presentado por el Poder Ejecutivo de conformidad con la constitución y las leyes y someter el informe correspondiente a éste a más tardar el 30 de abril del año siguiente, para su conocimiento y decisión; 4) Emitir las normas con carácter obligatorio para la coordinación interinstitucional de los organismos y unidades responsables del control y auditoria de los recursos públicos; 5) Realizar investigaciones especiales a requerimiento de cualquiera de las Cámaras legislativas.

Disposiciones Transitorias Sexto: La forma de designación que se establece en la presente Constitución para los Miembros actuales de la Cámara de Cuentas regirá a partir del año 2010. Se elimina la disposición séptima”.

COMISIONADOS: Ramón Antonio Cabrera Cabrera, Coordinador. Alfonso Gamalier Montás Domínguez, Tommy Alberto Galán Grullón, Pelegrín Horacio Castillo Semán, Rafael Porfirio Calderón Martínez, Ramón Rogelio Genao Durán, Ramón Dilepcio Núñez Pérez, Amílcar Romero Portuondo, Alberto Elías Atallah Lajan, Pablo Adón Guzmán, Marino Antonio Collante Gómez y Santiago de Jesús Rodríguez Peña, miembros. FIRMANTES: Ramón Antonio Cabrera Cabrera, Coordinador. Alfonso Gamalier Montás Domínguez, Ramón Rogelio Genao Durán, Ramón Dilepcio Núñez Pérez, Alberto Elías Atallah Lajan, Pablo Adón Guzmán, Marino Antonio Collante Gómez y Santiago de Jesús Rodríguez Peña, miembros. Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Hago la precisión de que el asambleísta Rafael Calderón firmó hace un momento. Los asambleístas Amilcar Romero y Tommy Galán van a proceder a firmar el original del informe en este momento. Antes de proceder a entrar al conocimiento del informe de que se trata, debo señalar que he recibido con posterioridad al inicio de la sesión, dos excusas, las de los asambleístas Andrés Bautista García y Jesús

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Antonio Vásquez Martínez. Asímismo tenemos que hacer una precisión, la comisión en su informe recomienda la modificación del epígrafe del título X, pero eso deberá esperar a la segunda lectura, porque ya fue aprobado en primera lectura por la Asamblea, y lo mismo sucede cuando ellos recomiendan un nuevo capítulo III, porque ya fue aprobado en sesión; quedaría para la segunda lectura. Vamos a darle la palabra al asambleísta Ramón Cabrera, quien fue el presidente de la comisión cuyo informe acabamos de dar lectura. Están abiertos los turnos para hacer uso de la palabra en el conocimiento del informe”.

Asambleísta Ramón Antonio Cabrera Cabrera: “Como pudo leerse en este informe que hace un momentito fue leído por el secretario, este informe fue rendido por una comisión muy especial, pero después de nosotros haber recibido las personalidades del gobierno central, como es el caso de la gobernación del Banco Central, la Secretaría de Hacienda; la de Economía, Planificación y Desarrollo; y, del sector privado, la ANJE, el CONEP y otras instituciones, y a la vez nosotros tener en esta comisión prestigiosa a los asambleístas Rafael Calderón, Pablo Adón, Ramón Rogelio Genao, Marino Collante, Pelegrín Castillo, Alberto Atallah, Amilcar Romero, Tommy Galán, Alfonso Gamalier Montás y Dilepcio Núñez, no podía esperarse un informe más consensuado, por el prestigio de todos ellos. Además, contamos con la participación, en esta comisión, de un ex–superintendente de valores, el economista Iván Rodríguez, quien fungió como asesor en esta comisión. Y de igual manera, el prestigioso economista y también asesor de esta Cámara, el ex–gobernador del Banco Central, Guillermo Caram. De manera que, nosotros pudimos consensuar un buen informe y como es natural teníamos algunas disparidades, pero muy pocas. Yo pienso que este informe goza del mayor de los

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consensos. Sin embargo, presidente, quiero destacar para que se tome en cuenta como una propuesta, que esta comisión renumeró los artículos y debemos dejarlo sin efecto, presidente, porque el departamento de Transcripciones, es quien debe hacer esto, de acuerdo a los artículos que están ya numerados y aprobados. De manera que nosotros proponemos que estos artículos que hemos reenumerado, es decir, lo que tiene que ver con la numeración, no se tome en cuenta a la hora de la aprobación,. Presidente, hay que destacar en este informe que se presenta en el día de hoy algo muy particular que no está en la Constitución actual, que son los principios rectores por los que se fundamenta la economía. Decir entonces, que este régimen económico se orienta hacia el desarrollo humano, hacia la cohesión social, la equidad social, hacia la libre empresa, es importante que esto esté enmarcado ahí, y un sinnúmero de principios que no están concebidos en la actual Constitución. Nosotros pudimos hacer un cambio porque en la propuesta que hace el Poder Ejecutivo, se presentaba como que el régimen económico se fundamenta en la economía social de mercado, y lo que hizo esta comisión fue adoptar la definición como tal, pero no quisimos que esto que es una doctrina, la economía social de mercado en sí, ese concepto que no apareciera, para no encasillar una doctrina económica dentro de la Constitución. Quiero destacar, tanto con la propuesta del Ejecutivo como la propuesta de esta comisión, destacar también la parte del Presupuesto General del Estado, que va a recibir y que va a presentar al Congreso rendición de cuentas a través de lo que presente el Ejecutivo a la Cámara de Cuentas. De igual manera, la rendición de cuentas que tiene que hacer la gobernación del Banco Central a través de las políticas que ejecuta y que ellos mismos llevan a cabo, eso hay que destacarlo. En este título X: ‘Del régimen económico y financiero y de la Cámara de Cuentas’, precisar, y creo que debe ser

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algo positivo, la propuesta de que al 1ro. de octubre se tiene que presentar el Presupuesto General del Estado, y que nosotros, el Congreso, pueda aprobarlo al 31 de diciembre, porque si no se presentare el uno de octubre de cada año, entonces, el Congreso Nacional podrá utilizar la mayoría absoluta para su modificación. Precisar y destacar que nosotros, el Congreso Nacional, con este informe podremos ahora modificar partidas e incluir otras partidas al presupuesto o a leyes que generen fondos, solamente con las dos terceras partes, pero de los miembros presentes de cada cámara, en vez de la totalidad de los miembros de la cámara. Creo que eso es algo positivo, porque aquí siempre nos vemos, cada año, con la imposibilidad de modificar partidas al Presupuesto General del Estado, por lo difícil que se hace debido a la totalidad de la matrícula. Presidente, queremos nosotros dejar esta intervención para cualquier aclaración, a partir del desarrollo de las mismas. Muchas gracias, presidente”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Tiene la palabra el asambleísta Ramón Rogelio Genao, vocero de la bancada del Partido Reformista y miembro de la comisión. Adelanto, que en la concesión de los turnos les voy a ir dando preferencia a los miembros de la comisión”.

Asambleísta Ramón Rogelio Genao Durán: “El informe en cuestión recoge grandes avances en lo que es el contrapeso, consagrado en la propia Constitución, que debe existir entre los poderes públicos y avance en lo que todo el mundo ha reconocido que es el déficit de fiscalización que existe en nuestra democracia; en lo que se refiere a la Cámara de Cuentas, el hecho de que este organismo, después de que se vote este informe, pase a gestarse y designarse a lo interno del Poder

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Legislativo constituye un avance sin precedentes en lo que tiene que ver con la fiscalización de los recursos públicos. La procedencia de este nuevo estilo, en este órgano tan importante y tan antiguo como la República misma, como es la Cámara de Cuentas, se fundamenta en que de los tres poderes que define la Constitución de la República, el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial, más del 90% de los recursos públicos son ejecutados por el Ejecutivo, por lo que el contrapeso y la fiscalización de esa ejecución debe venir de otro poder, de ahí la pertinencia y el gran avance que constituye que a partir de la nueva Constitución la Cámara de Cuentas se integrará de ternas propuestas por la Cámara de Diputados y designada por el Senado de la República. El hecho de que se establezca un número de cinco jueces para ese importante organismo, a todas cuentas de que ya no tiene lo contencioso y lo administrativo bajo su jurisdicción, es pertinente y habla del buen juicio del Congreso en torno al tamaño de los entes públicos y de la necesidad de evitar la dilapidación de recursos. Existen muchísimos avances en la definición de lo que es el régimen económico y financiero de la República Dominicana, conceptos novedosos y modernos, casi todos contenidos en la propuesta del Ejecutivo y muchos otros que se enriquecieron en el seno de la comisión.

El Partido

Reformista Social Cristiano, que suscribe este informe, solamente hace reparo en dos artículos. Primero, entendemos, y pedimos que se ponga en pantalla, que el artículo 203 debe tener la misma redacción que vino de la propuesta del Poder Ejecutivo; ese artículo establece el tamaño de la Junta Monetaria y Financiera, y le da un tamaño de hasta nueve, o sea, no podrá ser más de nueve; pero, además, establece que los miembros ex oficio de esa Junta Monetaria no serán más de tres, lo que le permite al Ejecutivo tener una correlación, a lo interno de ese organismo, fluctuante en base a la situación del país. Cuando sea necesario y pertinente para el

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Ejecutivo, los entes privados o los miembros no ex oficio podrán ser más que los ex oficio, pero cuando el Estado lo considere o el Ejecutivo lo considere, podrá incluso mantener en los tres miembros ex oficio a la Junta Monetaria, o, designar desde uno hasta seis miembros no ex oficio en ese órgano. Entendemos que esa definición que está en la propuesta del Ejecutivo, es la que se debe incorporar. En cuanto al artículo 209 del informe, entendemos que para ser cónsonos con las aprobaciones que se dieron en esta misma Asamblea el pasado martes, donde dice: „previa autorización del Congreso Nacional‟, debería decir: „previa autorización del Poder Ejecutivo‟, donde dice: ‘previa autorización del Congreso Nacional’, que diga: ‘previa autorización del Poder Ejecutivo’, para ser coherente con lo que se aprobó el pasado martes y que el manejo de las políticas económicas, financieras y monetarias del país son dependencia directa y exclusiva de ese poder, que es el Poder Ejecutivo, y debemos ser coherentes en ese sentido.

Esas dos

modificaciones, la expusimos en el artículo anterior, manteniendo lo que se establece en la membresía de la Junta Monetaria, manteniendo la propuesta original del Ejecutivo, y esa modificación al artículo nuevo 212, esos son los planteamientos que trae el Partido Reformista el día de hoy para aprobar y lograr los avances que hemos dicho que contiene este informe en lo que se refiere al contrapeso y en lo que se refiere a los avances en la definición de nuevos conceptos, en lo que se refiere al régimen económico y financiero en la República Dominicana. Muchas gracias”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Tiene la palabra el asambleísta Rafael Calderón, miembro de la comisión”.

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Asambleísta Rafael Porfirio Calderón Martínez: “Solamente, presidente, lo que quisiéramos es llamar la atención sobre la importancia de este informe que tiene que ver con el régimen económico. Independientemente de las explicaciones que ya dio el presidente de la comisión, colega asambleísta Ramón Cabrera, quien motivó ampliamente también la trascendencia de este informe, de manera particular, respecto a lo que él habló del artículo 195, donde aparecen los fundamentos de las políticas públicas en el área económica. Queremos llamar la atención también sobre el contenido del artículo 196 cuando se refiere a que ‘la iniciativa privada es libre’, queda de manera clara en esta nueva Constitución ese concepto y que el Estado procurará junto al sector privado un crecimiento equilibrado y sostenido. En el artículo 197 también se hace énfasis en que el Estado garantiza el pluralismo económico basado en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa, eso es una mayor dimensión del carácter democrático de las políticas económicas establecidas en esta Constitución. En el artículo 198 también se hace énfasis en esa misma dirección y dice: ‘La actividad empresarial, pública o privada, recibe el mismo tratamiento legal…’, el mismo tratamiento legal, ‘…y se garantizarán iguales condiciones a la inversión nacional y extranjera’, para que no haya privilegios en la inversión que favorezca más a la inversión extranjera que a la nacional, es la primera vez también que aparece este concepto en la Constitución. Cuando nos detengamos, cuando cada una y cada uno de los asambleístas se detenga a ver de manera detallada y tranquila el contenido del articulado correspondiente a este capítulo, se van a dar cuenta que realmente ha habido un avance significativo e importante en esta parte de la Constitución. Finalmente, presidente, nosotros queremos señalar que no es posible establecer, como dice el colega asambleísta Rogelio Genao, en el artículo 212 nuevo, que esa

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potestad de declarar un estado de excepción se le otorgue al Poder Ejecutivo, porque hay otro artículo de la Constitución que dice claramente cuál es la forma y bajo cuál circunstancia y quién declara esos estados.

Entonces en ese caso

particular nos parece que lo mejor es que se elimine el artículo 212, el nuevo; y que en el artículo 203, aunque se quede textualmente como vino del Poder Ejecutivo, nosotros proponemos que se le incluya el párrafo contenido en el artículo modificado.

El párrafo contenido en el artículo modificado dice:

‘la Junta

Monetaria rendirá al Poder Ejecutivo y al Congreso Nacional informes periódicos durante el año fiscal en curso y durante la ejecución de las políticas a su cargo y sobre los demás asuntos de su competencia que se le soliciten’. O sea, no creo que haga daño en lo absoluto, sino que por el contrario ayuda al Congreso a jugar su papel de fiscalización con ese informe semestral que recibiría, igual que el Poder Ejecutivo, de la gestión del Banco Central. En resumen, lo que sugiero es que en el artículo 203, aunque coincidimos en que puede quedarse como se envió del Poder Ejecutivo, se le agregue el parrafito que está ahí, solamente. Muchas gracias, presidente”. Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Tiene la palabra el asambleísta Amilcar Romero, miembro de la comisión”. Asambleísta Amilcar Romero Portuondo: “Simplemente, respecto al artículo 227, me parece que hay algo ahí que más bien es de forma, no de fondo, y es donde se habla de la reconocida solvencia ética y moral, haber cumplido la edad de 25 años y acreditar título universitario; yo me imagino que debe ser: „estar acreditado por título universitario‟, en vez de: „acreditar‟. Es para tomar nota de eso, en caso de que se considere que sea lo correcto. Gracias, señor presidente”.

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Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Tiene la palabra el asambleísta Pelegrín Castillo, miembro de la comisión”.

Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán: “En primer término queremos ponderar los trabajos de la comisión, que, indudablemente, en muchos aspectos mejoraron la propuesta del Ejecutivo, sin embargo, nosotros tenemos sobre algunos puntos del informe algunas reservas, algunas discrepancias, y sobre todo, sugerencias. En el artículo 203 queremos llamar la atención de los colegas para que se incluya la Superintendencia de Bancos como parte integrante de la Junta Monetaria, en calidad de miembros ex oficio; aunque sabemos que el sistema monetario y financiero del país está regulado por varias superintendencias, sin embargo ahora mismo la más importante es la Superintendencia de Bancos, pero en el futuro nadie puede descartar que la Superintendencia de Valores o la Superintendencia de Pensiones tenga tanto o más importancia que la Superintendencia de Bancos.

Entonces, llevarlo al plano constitucional puede

plantear en el futuro una situación que quizás no sea la más deseable, pero sí entendemos como muy valioso el hecho de que se trate de consignar, de visibilizar la función fiscalizadora, supervisora, porque tanto la crisis que hemos vivido aquí como las crisis que se están viviendo en el mundo tienen que ver, sobre todo, con la falta de control y supervisión. En otro orden, señor presidente, honorables colegas, nosotros queremos reiterar nuestro desacuerdo, como bloque de la Fuerza Nacional Progresista, lo expresamos en comisión y no tuvimos ocasión de plantearlo cuando se estaba discutiendo el asunto de las atribuciones del Congreso, desacuerdo con que se haya eliminado la facultad del Congreso de ratificar la designación del gobernador del Banco Central y la facultad del Senado de ratificar los miembros de

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la Junta Monetaria que no son ex oficio. Ahora mismo en la legislación hay una serie de reglas, ¿se cumplen en lo concerniente a los miembros de la Junta Monetaria?, hay quienes tienen dudas de que se estén cumpliendo. ¿Por qué es importante que el Congreso intervenga en ese proceso?, porque el Congreso puede garantizar la integración de una Junta Monetaria más idónea, más confiable, y como decía el colega José Ricardo Taveras, más sujeta a control, porque si el Congreso ratifica, el Congreso también puede exigir responsabilidades políticas.

Ahora

estamos creando, o mejor dicho, manteniendo una estructura de poder enorme, que no está sometida a los debidos controles, a la debida fiscalización, y eso es muy peligroso para la democracia, muy peligroso para la institucionalidad del país. Nosotros, como Fuerza Nacional Progresista, queremos objetar el artículo 202, y lo planteamos en la discusión de la comisión, pues nosotros entendemos que los poderes extraordinarios solamente se le pueden conferir a la Junta Monetaria, al Banco Central, en caso de que el Congreso, cumpliendo los procedimientos constitucionales, haya declarado el estado de excepción, eso es sumamente riesgoso, sumamente riesgoso. La comisión sugirió una fórmula, que estuviera esa facultad de la Junta Monetaria sujeta a aprobación congresional, pero eso deja fuera al Poder Ejecutivo, y además no entendemos el por qué de ese poder de tomar medidas extraordinarias sin que se hayan declarado los estados de excepción. Queremos ponderar como muy positivo, ya se ha dicho aquí y nosotros lo suscribimos, el hecho de que en la aprobación del Presupuesto haya variado la mayoría a dos terceras partes de los presentes.

Particularmente nosotros

entendemos que esto le da al Congreso un margen mayor de negociación con el Ejecutivo en relación a los presupuestos, y eso es importante, de todas formas esa fórmula se puede mejorar y nosotros en segunda lectura vamos a tratar de sugerir

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algunas propuestas en ese sentido. Ahora, presidente, colegas, sí queremos en estos minutos finales de esta intervención destacar la importancia de que se consigne un epígrafe para la regulación de la deuda pública, que debería ser objeto de mucha preocupación por parte del Congreso. Nosotros tenemos una propuesta, que tiene siete criterios y lineamientos para el endeudamiento público, entre los que queremos destacar que ningún endeudamiento público podrá estar sujeto a condiciones que afecten la soberanía, los derechos fundamentales y la preservación del medio ambiente. Sabemos, lo hemos visto aquí, cómo llegan préstamos que son blandos, son generosos, pero tienen condicionalidades que afectan la soberanía o que pueden tener implicaciones en la vigencia de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución.

Lo mismo podemos decir con relación a la

necesidad de que el Congreso verifique los análisis de impacto financiero, social y ambiental, que aquí normalmente la atención que se le presta a los expedientes de endeudamiento se centra en el análisis financiero y no se requiere, no se investiga, el impacto social y ambiental que puede tener un proyecto financiado con deuda externa. También nosotros tenemos otras inquietudes sobre el financiamiento, pero por razones de tiempo nos vamos a limitar a entregar esta propuesta del bloque de la Fuerza Nacional Progresista, encareciendo al presidente de que a la hora de someterla a votación no se formule en bloque, sino por parte, porque estoy seguro que habrá colegas que estarán de acuerdo con unas de estas sugerencias y estarán en desacuerdo con otras, y lo importante en todo caso es que en la Constitución haya criterios para que el Congreso y el Ejecutivo aseguren que el endeudamiento externo del país, así como el endeudamiento interno, responden a los mejores intereses nacionales o plantean los menores riesgos posibles. Es cuanto, señor presidente”.

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Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Tiene la palabra el asambleísta Marino Collante, miembro de la comisión”.

Asambleísta Marino Antonio Collante Gómez: “Voy a ir enumerando por parte mi intervención. Quiero ponderar el trabajo arduo, eficiente, con que la comisión analizó todos y cada uno de los artículos del Régimen Monetario y Financiero, de la Cámara de Cuentas, de la Contraloría y de Presupuesto. Primero, quiero destacar una propuesta que nosotros hicimos, secundada también por otras propuestas que eran similares, en relación a la Cámara de Cuentas, ya que siempre nosotros, todos, nos vivimos quejando que los miembros de la Cámara de Cuentas se designan por asuntos políticos, y quisimos hacer un aporte, y es que los miembros de la Cámara de Cuentas sean cinco, pero, por propuesta emitida de la Cámara de Diputados, que sea por concurso público de oposición de los que desean ser miembros integrantes de la Cámara de Cuentas, eso es un paso de avance. Segundo, me quiero referir al Presupuesto, siempre, desde que nosotros estamos aquí, en este Congreso hay una queja permanente, pues anteriormente había una costumbre de que a veces se decía que a los gobernantes les gustaba siempre que no se les aprobara el Presupuesto porque así se manejaban con el Presupuesto anterior, y cuando existía aquella vez una cuenta especial, entonces, se decía que el gobernante manejaba en esa cuenta especial el 75% de esos excedentes. Sin embargo, ya todo eso se ha eliminado, hay nuevos métodos, hay nuevas leyes, que ciertamente viene esta Constitución de la República, con los articulados que fueron modificados, a fortalecer la Ley de Presupuesto, en el sentido de establecer límites para la aprobación de los presupuestos. No recuerdo cuándo el Congreso Nacional no haya aprobado un

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presupuesto si no es un 31 de diciembre, un 24 de diciembre, o un día primero de enero, es decir, siempre a la carrera, y siempre se decía que había presupuestos que se aprobaban como si fuera un maratón, y que había que aprobarlos, porque usted lo rechaza o lo aprueba, o si no, procura que se hagan algunos adéndum que vengan incluidos en el presupuesto para que entonces ese presupuesto sea sancionado. Ya todo eso es historia, porque ahora la nueva ley establece los límites para la aprobación de ese Presupuesto y establece cuál es la matrícula que debe modificar el Presupuesto en caso de que no se cumpla con los preceptos que establecen la Constitución y la Ley de Presupuesto. Lo otro es con relación al artículo 112, que quiero hacer una aclaración con relación a eso, y eso podría estar sujeto a la aprobación o no, pero es mi deber hacerlo.

Todos los países del mundo, y

especialmente Estados Unidos, tienen algún articulado que crea una contingencia para cuando se presentan casos excepcionales. Yo recuerdo que en el seno de la discusión de ese diálogo, prácticamente de ahí fue que surgió ese artículo 112, que se le pedía al Banco Central que tomara decisiones para tratar de palear la situación que se presentó en ese momento. En Estados Unidos la Reserva Federal, que es la encargada del asunto de la política monetaria en Estados Unidos, tomó las decisiones necesarias para suplir a las empresas y a otras instituciones de algunos créditos que necesitaban, para que no se desplomara la economía de Estados Unidos; pues ciertamente la Reserva Federal es lo mismo que es la Junta Monetaria aquí en República Dominicana. Independientemente de que se esté de acuerdo o no con ese artículo, ese artículo lo que trata es de crear la contingencia para que no se afecte en un momento determinado el control de la política monetaria y financiera en cuanto a inflación, en cuanto a una serie de aspectos que puedan distorsionar lo que es la economía de República Dominicana. Sin embargo, los distinguidos

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asambleístas tendrán la oportunidad de decidir „sí‟ o „no‟, pero quise hacer esa aclaración para que se vea por qué se crea; y en caso de que se acoja, que se cambie lo que es la parte que dice: „Congreso Nacional‟, para que sea facultad también del „Poder Ejecutivo‟, porque dicho sea de paso el Poder Ejecutivo es el responsable de la política monetaria, financiera y fiscal de un país, y eso es facultad del Ejecutivo, no hay duda de eso. Con relación al artículo 203, nosotros planteamos que se quede tal y como vino del Poder Ejecutivo, porque voy a decir algo, con relación a la inclusión del superintendente de bancos en la Junta Monetaria, eso es materia de ley, entonces, no sé por qué eso quiere incluirse ahí, por lo que yo entiendo que nosotros debemos aprobar el artículo 203 tal y como vino del Poder Ejecutivo, eso es más razonable, más viable, porque quiero repetir, señores, el Ejecutivo es el responsable de la política monetaria, financiera y fiscal de una nación, pero también estoy de acuerdo con lo que planteaba el licenciado Calderón en el sentido del párrafo que dice que la Junta Monetaria rendirá al Poder Ejecutivo y al Congreso Nacional informes periódicos, durante el año fiscal en curso, sobre la ejecución de las políticas a su cargo y sobre los demás asuntos de su competencia que se le solicite. Nosotros, en nombre del Partido Reformista Social Cristiano, y como miembro de la comisión que estudió este proyecto, hacemos esta propuesta para que los distinguidos asambleístas puedan ponderarla y darle su voto positivo”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Tiene la palabra el asambleísta Ramón Dilepcio Núñez, miembro de la comisión”.

Asambleísta Ramón Dilepcio Núñez Pérez: “El título X del Régimen Monetario y Financiero nosotros tuvimos la oportunidad de discutirlo ampliamente, y digo la

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oportunidad porque participaron los actores que de una u otra manera tienen que ver con la aplicación de dicha política monetaria y financiera. En tal sentido, se definió claramente el papel que deben jugar cada uno, y cuando hablamos de la Junta Monetaria, hablamos de que es la que se encarga de dictar la política monetaria y financiera, y que el Banco Central es un organismo regulador, y que por consiguiente la Superintendencia de Bancos, como su nombre lo dice, se encarga de la supervisión. Tuvimos la oportunidad de definir los controles, o la fiscalización de los ingresos, y tenemos el instrumento creado, que se contempla y que va a ser constitucionalizado, que es la Contraloría General de la República, la Cámara de Cuentas y el control social. Sabemos que la Contraloría General de la República, su control es un control básicamente interno, y que por ende tenemos un instrumento de fiscalización que se ocupa de darle seguimiento a todo lo que tiene que ver con el control externo. Cuando hablamos del control social, lo ejercerá la sociedad, de conformidad con los mecanismos establecidos en las leyes, en materia de acceso a la información y control de gestión. Yo quiero solicitarles a los asambleístas que este informe podamos conocerlo en la mañana de hoy, debido a que ha sido discutido con suma claridad y por un equipo que integraba la comisión, en su mayoría con vasta experiencia”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Tiene la palabra el asambleísta Alfonso Montás, miembro de la comisión”.

Asambleísta Alfonso Gamalier Montás Domínguez: “Al igual que los demás miembros de la comisión que estudió esta sección tan importante de la modificación

constitucional,

nosotros

queremos

también

hacer

algunas

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puntualizaciones. Ciertamente la parte de la Constitución que trata el Régimen Económico, Financiero y Monetario de la Nación es quizás, y sin el quizás, la parte medular de esta reforma constitucional, porque de ella depende, en gran medida, el accionar del Estado dominicano en una materia tan delicada y tan importante como el área económica. Coincido con los compañeros en destacar el hecho de que por primera vez en la Constitución aparecerán principios rectores del régimen económico, de hacia dónde debe orientarse la economía dominicana, y destacar la ponderación que han tenido en este debate cada uno de los integrantes y de los participantes a lo largo de estos días. Sin embargo, quiero destacar la importancia que tiene el artículo 222, en su parte in fine; en el quehacer cotidiano del Congreso nos hemos encontrado con concesiones especiales, que tanto el Senado como la Cámara de Diputados, a lo largo de su historia, han dado a particulares y que posteriormente estos traspasan a terceros, sin que medie para nada la participación del Congreso, y esto lo hemos visto en varias concesiones, que después de ser aprobadas en el Congreso, los favorecidos terminan traspasando a otros que son desconocidos para el Congreso, y eso ha traído serias dificultades en el país en más de uno de estos proyectos nacionales. Por tanto, esa parte in fine de este artículo, que establece que la transferencia de estos derechos estará sujeta a la ratificación por parte del Congreso Nacional, fortalece nuestro papel de fiscalizadores, porque a partir de este momento toda empresa o persona que reciba una concesión aprobada por el Congreso, para poderla transferir a otros tendrá que tener necesariamente la aprobación del Congreso. Me quiero referir también al artículo 212, que fue un artículo que trajo bastantes discusiones a nivel de la comisión, porque varios de sus miembros entendían que no debía consignarse este artículo, otros que sí, y finalmente terminamos modificándolo, con una redacción en la que todos

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estuvimos de acuerdo. Es bueno recordar que ya este Congreso aprobó el artículo 250, que declara los estados de excepción que deben ser pedidos por el Presidente de la República al Congreso y que consigna que esto se hará en caso de que por catástrofe nacional o por problemas que afecten la economía se tengan que tomar decisiones extraordinarias.

Si este artículo está aprobado ya, facultando al

Presidente, después de previa consulta con el Congreso, este artículo 212 no podía de ninguna manera dar atribuciones excepcionales a ningún estamento del Estado sin que pase por el Congreso y sin que el Presidente de la República tuviera conocimiento. Por tanto, me sumo a la petición de varios de los miembros de la comisión en el sentido de que aprobemos ese artículo tal y como vino de la comisión, o en su defecto, que el artículo desaparezca del texto constitucional, pero que de ninguna manera se modifique para que esta capacidad excepcional se tenga solamente por iniciativa del Presidente o por iniciativa de la Junta Monetaria, porque eso en el futuro podría crear serios inconvenientes al quehacer económico de la nación”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Tiene la palabra la asambleísta Altagracia Herrera”.

A viva voz la asambleísta Altagracia Herrera de Brito retiró su turno.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “La retira. Tiene la palabra el asambleísta Francisco Rosario Martínez”.

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Asambleísta Francisco Rosario Martínez: “Conscientes estamos de que lo que conocemos en esta fecha significa entrar en prácticamente el 85% del total de los artículos, y expongo algunas reflexiones que pienso pueden ser de utilidad para la discusión del tema presupuestario. Nos referimos específicamente a que aún con la aprobación constitucional, el Presupuesto no será un instrumento de cohesión social por las debilidades que tenemos. Nuestra bancada presentó en el mes de octubre del año pasado lo que fue el Plan de la Agenda Legislativa, en el que se incluía la modificación de la Ley Orgánica de Presupuesto. El Presupuesto es un reparto que se produce en República Dominicana y que excluye a una gran proporción de los ciudadanos, por tanto, encontramos de manera permanente que el Congreso de la República aprueba el Presupuesto, pero al final existe una discrecionalidad marcada en materia de las apropiaciones presupuestarias. Estamos conscientes de que aún en la adecuación que se pueda hacer y los avances que tiene la materia presupuestaria en este texto, que significa que si el Presupuesto se presenta antes del primero de octubre, el Congreso de la República no podrá modificarlo, aún con las dos terceras partes; pero, si se presenta después de la fecha del primero de octubre, en ese caso sí habrá una modificación o podría existir una modificación con una mayoría absoluta.

Esto es un avance relativo, relativo, porque el

congresista que representa a diferentes demarcaciones tendrá las manos atadas si se cumple con una determinada tarea. Por este lado, señor presidente, es importante, porque obligaría al Poder Ejecutivo a una presentación previo a la fecha del primero de octubre, si no quiere producir los acuerdos pertinentes en el Congreso Nacional…

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Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Perdón. Que no me salga un senador más. Prosiga”.

Asambleísta Francisco Rosario Martínez: “Y en relación, señor presidente, al control del gasto público y la fiscalización, quiero resaltar que junto a los asambleístas Minou Tavárez Mirabal (se refiere a la asambleísta Minerva Josefina Tavárez Mirabal), Ángel Acosta, Rafael Calderón, Julio César Valentín y quien habla, participamos en un seminario, invitados por el Banco Mundial, en relación al control del gasto público y a la fiscalización, partiendo de lo que se llama en inglés, la CBO, Congressional Budget Office, del Congreso de los Estados Unidos. Esto significaría que la República Dominicana va a requerir de una especialización permanente en cuanto a la ejecución presupuestaria, que es el elemento más preocupante.

Si vemos los informes del desarrollo humano y otros, podemos

determinar que el gran sesgo que se exhibe en la sociedad dominicana…

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Dije que no me dejaran salir un senador. Mándeme a buscar a los senadores que estén en mi oficina…

En este momento las pantallas de información de asistencia reflejaban que no había quórum en el salón de reuniones por la falta de miembros del Senado.

A viva voz, asambleísta Ángel Acosta Féliz: “Ya se cayó la sesión”.

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Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez:

“No, no

estamos votando, no se ha caído. El que sé soy yo…

A viva voz, asambleísta Ángel Acosta Féliz: “Hace rato se cayó”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “¡No se ha caído, y no tiene la palabra, no se le ha dado! Puede proseguir, Francisco, lo que pasa es que no estamos votando todavía…

A viva voz, asambleísta Fidelia Altagracia Pérez Rodríguez:

“Más suave,

Presidente”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “No, lo que pasa es que hay que guardar la debida consideración y respeto. Yo he sido muy respetuoso aquí, muy respetuoso”.

Asambleísta Francisco Rosario Martínez: “En esta parte, señor presidente, lo que nos anima precisamente es cómo el Presupuesto llega y debe llegar a las diferentes demarcaciones, independientemente de la visión macroeconómica que se pueda tener de los aspectos monetarios, de los aspectos fiscales y financieros…

En este momento las pantallas de información de asistencia reflejaron el restablecimiento del quórum, con la presencia de 18 senadores y 141 diputados.

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Manteniendose en el uso de la palabra, el asambleísta Francisco Rosario Martínez expresó:

“Lo aconsejable es que las obras que están destinadas y

aprobadas en el Presupuesto de cada año, partiendo de los ingresos, sean ejecutadas en las diferentes demarcaciones.

Y quiero hacer alusión a lo que es el Plan

Estratégico de Desarrollo, que se debe presentar en esta nueva visión de la Constitución, y lo quiero resaltar como un elemento novedoso, presidente, el Plan Estratégico de Desarrollo y la realización del Plan Plurianual del Sector Público, pues tiene que ver con la inversión. En esto, el asambleísta Julio César Valentín nos ha expresado que en una segunda lectura deberíamos trabajar para buscar alternativas a lo que es la solidaridad en cuanto a la inversión y a la ejecución. Hay un documento, señor presidente, que ha preparado la Secretaría de Economía, Planificación y Desarrollo, conjuntamente con la Comisión Económica para América Latina, CEPAL, que se titula: „La República Dominicana 20-30‟. El Plan Estratégico de Desarrollo busca una visión del país durante los próximos 10 años. Pienso que es un elemento importante de esta reforma incluir este plan de desarrollo, porque en República Dominicana el gran problema de todos los gobiernos y de todos los partidos es que no han tenido planificación.

Aquí

privilegiamos lo urgente, lo inmediato, lo individual, en vez de lo colectivo, y entiendo que en función del concepto constitucional que se incluye en esta propuesta económica, me siento identificado porque estamos buscando un rumbo que permita maximizar los recursos, reorientar el gasto público y mejorar ese gasto. En ese sentido, presidente, daré mi voto aprobatorio, aún con pequeñas reservas que de una manera u otra la haré en otro escenario que no sea la Asamblea Nacional”.

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Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez:

“Miren,

quedan siete turnos pendientes y he visto en todas las intervenciones que no hay observaciones desde el artículo 195 al 202 presentado por el informe. Yo creo que podemos someter esos artículos, seguir con la concesión de los turnos, porque los otros…

A viva voz la asambleísta Ana Isabel Bonilla Hernández dijo que tenía una observación.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “¿En esos artículos?”.

La asambleísta Ana Isabel Bonilla Hernández respondió que sí.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Bueno, pues seguimos entonces. Tiene la palabra el asambleísta Diego Acosta”.

A viva voz el asambleísta Diego Aquino Acosta Rojas anunció que retiraba su turno.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “La retira. Ana Isabel Bonilla tiene la palabra. Nada más quedan cinco turnos, sean breves y precisos, por favor”.

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Asambleísta Ana Isabel Bonilla Hernández:

“En el artículo 198, donde se

establece la igualdad para la inversión, yo creo que como está redactado el artículo no guarda ese principio de igualdad. A mí me gustaría, salvo que se considere lo contrario y pidiéndole perdón a los asambleístas de la zona fronteriza, que no es mi interés herirlos, yo creo que la parte principal del artículo debe quedar igual, pero donde dice: ‘…por ley’, establecer la coletilla: „…excepcionalmente la ley podrá conceder tratamientos especiales a las inversiones que se localicen en zonas de menor grado de desarrollo o vulnerables en actividades de interés nacional‟, y eliminar la parte in fine, ¿por qué?, porque si dejamos: „en zonas de menor grado de desarrollo o vulnerables‟, la zona fronteriza puede ser considerada como una zona vulnerable, puede ser considerada, yo lo planteo para dejar en acta que alguien lo dijo, aunque no se apruebe, ¿por qué?, porque establecer la excepción en este artículo, cuando estamos diciendo que hay igualdad en la inversión privada o nacional, pudiera generarse el efecto contrario de que empresas quieran instalarse precisamente en la zona fronteriza buscando privilegios que generen competencia desleal, o sea, yo lo planteo, si quieren no lo aprueben, pero yo sé que el sector empresarial tiene un interés en eso, porque en la práctica se genera esa desigualdad, (a viva voz el asambleísta Luis José González Sánchez dijo: “Deje eso como está), ¿okay?, pero yo cumplo con plantear mi criterio. En el artículo 201 también, numeral 1), esto no es de fondo, pero cumplo con dejarlo en el acta, a mí me gustaría sustituir el vocablo ‘garantiza’ por „procura‟, ¿por qué?, porque un Estado de un país subdesarrollado no puede garantizar plenamente servicios de calidad sin correr el riesgo de que en un Estado social, democrático y de derecho se puedan incoar acciones directas en tutela, si planteamos que el Estado tiene la obligación de garantizar esos servicios de calidad. Precisamente en este momento hay una gran

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protesta social por la mala calidad del servicio eléctrico, y si establecemos la garantía del Estado para recibir un servicio de calidad, mañana, comunidades y ciudadanos pueden incoar una acción en tutela de garantizar la calidad de servicios eléctricos como servicio público o de cualquier otro que el Estado deba garantizar. Por tanto, yo creo que lo ideal es eliminar el término ‘garantiza’ por „procura‟, lo podemos dejar así como retórica o poesía, pero en la práctica eso no se dará y estaremos violando la Constitución todos los días, pero, „la vaca se amarra donde diga el dueño aunque se ahoguen los dos‟.”

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Tiene la palabra el asambleísta Charles Mariotty (un asambleísta a viva voz anunció que había salido). Salió. El asambleísta Dionis Sánchez tiene la palabra”.

Asambleísta Dionis Alfonso Sánchez Carrasco: “Lo que dice el artículo 198 nosotros en particular estamos totalmente de acuerdo.

Lo que establece este

artículo en esa parte in fine es solamente que ‘la ley podrá…’, ni siquiera lo está estableciendo en este artículo de manera constitucional, dice: ‘la ley podrá…’ Presidente, nosotros entendemos que se trata de un informe muy bien elaborado, un trabajo muy bien hecho, por lo que nosotros felicitamos a la comisión que tuvo a bien trabajar este importante tema, y, salvo dos artículos que nosotros creemos que debe haber una pequeña modificación, uno es el artículo 218, con la fecha fatal que establece de que el proyecto de presupuesto debe ser aprobado a más tardar el 31 de diciembre, que cuando conocimos las funciones del Poder Legislativo esta parte la dejamos sin esa fecha fatal. Por lo que nosotros estamos planteando que de igual forma el artículo 218, por favor, si son tan amables de ponerlo en la pantalla, el que

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queda según la numeración del informe, dice el artículo 222, que será sustituido y quedará como artículo 218: ‘Cuando el Congreso no haya aprobado la Ley de Presupuesto General del Estado a más tardar el 31 de diciembre…’ Entonces, yo quiero plantear quitarle la fecha, esa fecha fatal, no tiene por qué tener al 31 de diciembre (a viva voz varios asambleístas se manifestaban al respecto). Sí, rige el anterior, lo que yo entiendo es que no tiene por qué tener la fecha fatal…

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Es reiterando que sigue el del año anterior, porque al otro día es día primero”.

Asambleísta Dionis Alfonso Sánchez Carrasco: “Sí, presidente, pero no el 31 de diciembre. La otra parte, presidente, con relación a lo de la Cámara de Cuentas, nosotros entendemos que es correcto el planteamiento de que sean cinco miembros, sin embargo, luego que se le quitó a este organismo técnico la capacidad de lo contencioso, no vemos la necesidad de que esté compuesta por abogados. Ése es un organismo técnico básicamente para auditar, para fiscalizar, por lo tanto nosotros planteamos que sea solamente un organismo de contadores, financieros y economistas, no hay necesidad de que este organismo esté compuesto por abogados, y por lo tanto, nosotros planteamos que se le quite, presidente, la parte del área del derecho, para que solamente (a viva voz el asambleísta Luis José González Sánchez se mostraba en desacuerdo a este respecto).

Oiga, no es

necesario que tengan abogados ya, porque no tiene la parte contenciosa, con un consultor jurídico dentro del organismo es suficiente, eso es así.

Entonces,

presidente, nosotros hacemos ese planteamiento formal, retiramos la otra parte”.

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Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Asambleísta Carlos Peña”.

Asambleísta Carlos Manuel Peña Batista: “Yo quisiera que nos proyecten, por favor, el texto del artículo 195 (así se hizo). En el artículo 195 está la primera observación que queremos hacer, luego de felicitar a los colegas que trabajaron en este informe. Yo estoy proponiendo acá que sea incluido un párrafo, en el artículo 195, aquí se habla del régimen económico, pero hay un sector de la economía que va creciendo en diferentes países y que acá todavía se encuentra en una etapa, tal vez, embrionaria, y es el tercer sector de la economía. El tercer sector de la economía se denomina precisamente así porque no es ni sector privado ni sector público, es un tercer sector que también se conoce como el sector de la economía social o el sector de la economía solidaria. La principal característica de este sector económico es que no hay repartición de los beneficios que se obtengan de este desarrollo empresarial, de esta actividad empresarial, y tenemos ejemplos en diferentes países, en diferentes estados modernos, donde este sector de la economía posee hasta grandes petroleras, como el caso de Colombia (el asambleísta Peña Batista interrumpió su intervención debido a que varios asambleístas se habían acercado a la Mesa Presidencial y hablaban con el asambleísta presidente)… Presidente, yo siento como que no hay ambiente para seguir hablando aquí en este escenario…

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez:

“No, es

pidiendo alguna aclaración sobre una propuesta que se ha presentado sobre el tema también”.

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Asambleísta Carlos Manuel Peña Batista: “¡Ah!, está bien. Decía, presidente, que la principal característica que posee este sector de la economía es que no hay distribución de los beneficios entre particulares, y quiero poner un ejemplo de una de las grandes petroleras colombianas.

Este beneficio, las utilidades que se

obtienen por la explotación de esa determinada industria por parte del tercer sector de la economía, son destinados, no para bancos particulares ni para accionistas individuales, sino para un objetivo social de ese sector empresarial. En Europa, por ejemplo, diferentes fábricas de vinos, diferentes viñedos, pertenecen al tercer sector de la economía, y los beneficios que se obtienen de esa explotación comercial son destinados para los discapacitados.

En nuestro país, aunque no lo hemos

desarrollado todavía de manera amplia, tenemos también ejemplos de lo que sería el modelo de la economía social. En ese sentido, la propuesta nuestra, que usted (alude al asambleísta presidente) la debe tener en sus manos, está agregando en el artículo 195 el siguiente párrafo, que diga: „El Estado dominicano promoverá políticas públicas que incentiven el desarrollo y crecimiento de la economía social o solidaria en todas sus manifestaciones‟, en todas sus manifestaciones, o sea, que haya una legislación como la hay en Italia, como la hay en España, como la hay en Francia, una legislación específica sólo para el tercer sector de la economía. La segunda propuesta de modificación que estamos solicitando está en el artículo 198. Miren, como está redactado el artículo, si no conociéramos a las personas que trabajaron en el informe, diríamos que es un artículo neoliberal el que se está incluyendo en nuestra Constitución, porque está tratando aquí de una u otra forma de limitar al Estado hasta donde el sector privado puede llegar, y eso no puede ser, no puede ser que pretendamos colocar al Estado dominicano, en términos empresariales, con los mismos alcances que puede tener el sector privado, y eso es

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parte del espíritu neoliberal del que hemos padecido como generación en los últimos años. Estamos proponiendo una modificación a ese artículo, para que diga de la siguiente manera: „Las actividades empresariales recibirán el tratamiento que la Constitución y las leyes establezcan‟. No podemos limitar al Estado a que el tratamiento legal que tendrán las empresas del Estado sea necesariamente el mismo tratamiento legal que tenga una empresa privada, y aquí quiero poner un ejemplo, quiero hablar del caso de las hidroeléctricas. El Estado no puede atarse de manos para presionar a las empresas hidroeléctricas a que estén sometidas a las mismas leyes que están sometidas las otras empresas de generación eléctrica, o sea, si el Estado va a otorgar una exención impositiva para la importación de los efectos y de los dispositivos que se han de utilizar en esa empresa hidroeléctrica, no puede ser que el sector privado también quiera exigir esas mismas prerrogativas y ese mismo beneficio, aunque vayan a competir en el mismo sector eléctrico. Yo creo que acá debemos cambiarle la redacción y colocar que este tratamiento estará establecido en leyes adjetivas, de manera que se lea de esa forma: „Las actividades empresariales recibirán el tratamiento que la Constitución y las leyes establezcan‟.

Nuestra

tercera propuesta, y la queremos lanzar acá y queremos que sea ponderada, la estamos haciendo porque muchas naciones del mundo, muchos estados modernos y muy antiguos, están honrando a sus padres forjadores, honran a quienes pusieron su vida en riesgo para que hoy sean estados libres e independientes, y uno de esos elementos de honra que han usado para sus grandes líderes históricos es colocarle el nombre a su moneda. Nosotros queremos proponer que en el artículo 210 el nombre de la moneda dominicana sea cambiada de un nombre genérico que es hoy, que nada nos indica y que en nada nos vincula con nuestra historia, que podamos cambiar el ‘peso dominicano’ por el „Duarte‟, para que a Duarte lo podamos ver

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hasta en nuestras transacciones económicas; y para evitar que el Estado dominicano incurra en grandes gastos para cambiar este nombre estamos introduciendo un párrafo transitorio que indica que este nombre se le irá colocando en la medida que se vayan imprimiendo los nuevos billetes y las nuevas monedas. Acá, lo que estamos haciendo es un reconocimiento histórico a aquél que no escatimó el más mínimo de todos sus esfuerzos para darnos hoy la patria dominicana que tenemos”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Asambleísta Lidio Cadet, y finalmente Manuel Elpidio Báez y ahí terminamos”.

Asambleísta Lidio Cadet Jiménez: “Yo quiero, además de proponer una sencilla modificación, de entrada decir que el trabajo que hizo esa comisión es un trabajo verdaderamente colosal, muy bueno. A mí me gustaría, yo me distraje un poco cuando el asambleísta José Cabrera intervino, pero no sé si en la distracción que tuve él afirmó o aseveró que los sectores consultados, oficiales, del sector privado, etcétera, si ese informe recoge y unifica los criterios de esos sectores consultados, contactados, no sé si efectivamente fue así, porque si hubiera sido así ya esa sería una premisa muy importante para el manejo de la votación, porque pesaría de alguna manera. Creo, honorable presidente, que solamente si nosotros hubiéramos tenido en este proceso de reforma la modificación respecto a la Cámara de Cuentas, eso de alguna manera justificaría el trabajo nuestro, porque es una aspiración, obviamente, que la Cámara de Cuentas sea escogida en un proceso tan transparente, tan diáfano, que no haya duda en la sociedad de que ella va a jugar el papel para la cual ha sido creada; eso ya tiene una significación trascendente a parte del asunto presupuestario, no obstante los señalamientos del asambleísta Frank Martínez (se

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refiere al asambleísta Francisco Rosario Martínez), pero que en el orden del conocimiento del aspecto presupuestario tiene avances muy importantes. Pero para mí hay algo que me motiva a hacer una pequeña modificación, y es en la sección II, cuando habla de la planificación, y escuchad bien, honorable presidente y honorables asambleístas. Cuando se habla de un plan estratégico y de un plan plurianual estamos hablando de algo verdaderamente cardinal, porque esto va a acabar con la improvisación y va a asegurar la continuidad del Estado en lo que tiene que ver con la ejecución de su plan de desarrollo, eso es sumamente importante, porque aquí estamos jugando constantemente a ser islas, cada uno está separado de mí. La política, la actitud o la filosofía de separación es una filosofía que atenta contra el bienestar de las grandes mayorías que componen el pueblo dominicano, y esta sección va a ayudar justamente para que esa filosofía aislacionista o separatista pueda ser de alguna manera superada con la participación de todos los sectores que conforman la vida del país.

Yo he dicho en esta

Asamblea Revisora, y fuera de ella, que solamente el camino de la unidad puede garantizar el enfrentamiento de la pobreza con éxito, eso no quiere decir que no haya diversidad dentro de lo que es el proceso de transformación de la sociedad, hay diversidad en la unidad, somos uno aunque tengamos criterios a veces encontrados, y eso es muy importante para nosotros, saber que podemos tener diversos criterios, pero podemos llegar a tener una unidad de criterio frente al problema de la pobreza en la República Dominicana, y creo que es muy importante, a propósito de aquilatar la importancia que tiene la unificación de criterio para enfrentar la pobreza en la República Dominicana, el hecho de que actores, como el Consejo Económico y Social y los partidos políticos, estén involucrados en ese plan estratégico de desarrollo y en ese plan plurianual. ¿Cuál es la modificación que a

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este propósito nosotros proponemos?, sencilla, si se queda solamente en una consulta del Poder Ejecutivo al Consejo Económico y Social y a los partidos políticos, esa consulta podría dar de lado a los planteamientos que hagan esos actores tan importantes, porque la consulta no implica necesariamente asumir lo contenido o lo propuesto por el consultado, y si nosotros logramos que no sólo sea una consulta, sino que sea una asunción de responsabilidades compartidas, estaremos dando un paso muy importante en el presente y en el porvenir de la República Dominicana. De ahí que nosotros propongamos que en el artículo 219 se modifique lo referente a, citamos: ‘…previa consulta al Consejo Económico y Social y los partidos políticos…’, para que diga: „…con la previa consulta y coordinación…‟, y todo lo demás seguiría igual, es decir, si es un plan estratégico de desarrollo no se refiere a un cuatrienio, a los cuatro años de un período gubernamental, estamos hablando de muchos años, y por lo tanto no se puede pensar en el Poder Ejecutivo de ese cuatrienio, sino en todos los factores que inciden en el proceso de transformación de la sociedad dominicana. De ahí que creo justificada la modificación que proponemos para que implique un asunto de coordinación y no de simple consulta”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Mande la propuesta. Finalmente, Elpidio Báez y el presidente de la comisión que quiere hacer una precisión, y ahí cerramos los turnos para empezar a votar”.

Asambleísta Manuel Elpidio Báez Mejía: “Leí con mucho detenimiento los documentos anexos a este magnífico informe, y entre esos documentos de las instituciones públicas y privadas consultadas hay uno, y es el de la

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Superintendencia de Bancos. Las propuestas contenidas en ese documento referidas al artículo 203 en ningún momento recomiendan a ese organismo, la Superintendencia de Bancos, para que forme parte de la composición de la Junta Monetaria, por lo que yo quiero respaldar y solidarizarme con los legisladores que han hecho la propuesta de que el artículo 203 se quede tal cual fue enviado por el Poder Ejecutivo. Quería hacer ese señalamiento”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Tiene la palabra el presidente de la comisión, y ahí terminamos con los turnos”.

Asambleísta Ramón Antonio Cabrera Cabrera: “Con respecto al consenso de que hablaba el honorable asambleísta Lidio Cadet, como usted comprenderá, siempre hay diferencias dentro del mismo Estado y dentro del mismo gobierno se establecieron algunas diferencias entre ellos, pero algunas las tuvimos que dejar de lado, igualmente, el sector privado prácticamente consensuó con la comisión en la mayoría de los artículos. Presidente, quiero señalar que con respecto al artículo 203, si lo pueden proyectar en pantalla, por favor, el artículo 203, por favor, presidente…

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “La propuesta del artículo 203 del informe de la comisión”.

Asambleísta Ramón Antonio Cabrera Cabrera: “Ahí está. Se está proponiendo que este artículo sea eliminado, por la inserción que hemos hecho, porque le hemos insertado quién la presidirá, al ministro de Hacienda, al ministro de Economía,

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Planificación y Desarrollo, al Superintendente de Bancos y los demás miembros. En caso de que esto sea eliminado, yo propongo, presidente, que el párrafo no se incluya en el mismo y que pueda ser considerado como un artículo el texto que dice: ‘La Junta Monetaria rendirá al Poder Ejecutivo y al Congreso Nacional informes periódicos durante el año fiscal en curso sobre la ejecución de las políticas a su cargo y sobre los demás asuntos de su competencia que se le soliciten’. Eso es una conquista que debe permanecer, que en caso de que esto sea eliminado, que se mantenga el del Ejecutivo, que este párrafo se mantenga como un artículo”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Ésa es la propuesta que han hecho los reformistas; ellos sugieren la propuesta del Poder Ejecutivo, agregando el párrafo”.

Asambleísta Ramón Antonio Cabrera Cabrera: “¡Ah!, bueno, en ese caso, no tendríamos objeción. Pero con respecto al artículo 212, si no se aprueba como lo envió la comisión nosotros somos partidarios que se elimine esto. Igualmente le propongo al asambleísta Pelegrín Castillo lo siguiente, él está introduciendo acá una propuesta que tiene que ver con el endeudamiento público, me parece muy interesante, muy importante, pero solamente hemos escuchado la opinión de Pelegrín Castillo, eso no se estableció en la comisión, por tal motivo yo me permito proponerle que esto vaya a discusión en la segunda lectura y que en la comisión, ya sea oficiosamente o como se entienda, podamos discutir eso y traer algo unificado al respecto, para que lo consensuemos con la Ley 6-06, de Crédito Público”.

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Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Finalmente, Eugenio Cedeño, que tiene una propuesta de un artículo nuevo, y ahí terminamos para someter a votación”.

Asambleísta Eugenio Cedeño Areché:

“Honorables asambleístas, el Objeto

número 58, de la Ley 70-09, está en sus agendas en la página 26, yo lo he bautizado „el objeto perdido‟, porque ese objeto, si lo leemos, ustedes verán cuál es el alcance y la pretensión del mismo: ‘Establecer los principios y todo lo referente a los mecanismos de salvaguarda, garantía y seguridad de la transparencia, legalidad y uso eficiente de los fondos públicos, así como de las actuaciones de los órganos del poder público en el ejercicio de sus atribuciones’. Nosotros depositamos una propuesta de modificación a la Constitución el día veintiuno (21) de abril mediante una instancia dirigida al honorable presidente de la Asamblea Nacional; esa propuesta nuestra no apareció nunca en la agenda, por razones técnicas hubo una confusión en cuanto a que no se sabía en qué objeto caería; aclarado esto, esa propuesta tampoco fue enviada, entiendo que por confusión, a la comisión encargada del conocimiento de este título. Hicimos una comunicación a la comisión en fecha jueves dos (2) de junio de dos mil nueve (2009), donde le pedimos tomar en consideración nuestra propuesta para abocarnos al seno de la discusión en la misma, fuimos dos veces a la comisión y se nos dio la oportunidad de exponer las motivaciones de nuestra modificación, pero la misma no fue evaluada, y por esa razón, presidente, estamos presentándola en el día de hoy. La propuesta nuestra tiene que ver con el uso de los fondos públicos en materia comunicacional, y yo le voy a pedir, por favor, al Departamento Técnico, que presente la propuesta en pantalla; se parece a una anterior, que está más arriba, en la primera página y para

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que no haya confusión y se diga que es lo mismo, quiero que enfoquen aquella propuesta al artículo 40, que decía que: „La ley reglamentará la propaganda y publicidad estatal‟. Vámonos ahora a la propuesta del nuevo artículo, en el título: ‘Del control del uso de los fondos públicos’, -lee propuesta-: „No podrá utilizarse fondos públicos para la promoción o proyección de la propia imagen o de persona, o de entidad vinculada de los titulares de los puestos públicos, sean designados o de elección popular. La ley reglamentará el uso de los fondos públicos en materia comunicacional relativa al Estado y sus instituciones‟. Yo quiero llamar la atención del país y de los honorables asambleístas con esta propuesta, ya que va a significar un freno al uso indiscriminado de los recursos del pueblo puestos en manos de los administradores del Estado. Todos conocemos lo que ocurre y ha ocurrido en República Dominicana con el uso de los fondos públicos, promoviendo la imagen del titular de un cargo público; se da en todos los niveles, se da a nivel municipal, se da a nivel de las instituciones públicas del Estado, en todos los órganos se da de una u otra manera, donde el titular de un cargo utiliza los recursos de esa institución para proyectarse en los medios de comunicación: radiales, televisivos y escritos, y aún va más lejos, tengo el caso de los ayuntamientos que de manera muy profusa lo hacen. Allá en La Romana, por ejemplo, un ayuntamiento municipal adquirió tres camiones compactadores y los pintaron de morado y amarillo y les pusieron la foto del síndico afuera, permanentemente se mueven en la ciudad, como si no fuera un órgano del Estado el que adquirió esos camiones y fuera un partido político que los adquirió. Un funcionario público se atribuye la facultad de decir constantemente que él es el que está trabajando y haciendo, sean síndicos o sean funcionarios del Estado, directores de organismos descentralizados del Estado y nunca atribuyen al órgano la ejecución de una obra, se la atribuyen de manera personal, ellos, o

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quieren proyectar una institución vinculada a ellos, llámese un partido político o un tercero vinculado a esa persona titular del cargo público. Es un mal que afecta el sistema democrático, que afecta la democracia interna de los propios partidos en el poder y afecta la institucionalidad de los partidos que están en la oposición. Y el que está arriba hoy, estará abajo mañana; y el que está abajo hoy, podrá estar arriba mañana o pasado mañana, y aquí tenemos que institucionalizar y enviar un mensaje claro a la Nación de que en esta materia en República Dominicana debe haber transparencia, y la transparencia tiene que ir acompañada de la racionalidad en el uso de esos recursos del pueblo, que son utilizados, incluso, en contra de los propios miembros de los partidos políticos que están en el poder, porque todos los partidos que están en el poder tienen aspirantes internos y ellos se ven aplastados en múltiples ocasiones. ¿Quién aspira a síndico en un pueblo donde el síndico tiene un presupuesto millonario que ejecutar, y quién de su propio partido se atreve a aspirar a síndico sin cargar pesado, porque la propaganda lo aplasta? No se puede seguir permitiendo en el país que un titular de una función pública utilice los „cuartos‟ que le dan para ejecutar obras y para invertirlos en el pueblo, los gaste promoviéndose él mismo, promoviendo una institución o promoviendo a un tercero que él quiera favorecer. Por tanto, honorables asambleístas y señor presidente, sometemos que esta propuesta sea colocada en el Objeto 58 ó en el Objeto 60, que tiene que ver con el uso y control de los fondos públicos del Estado, a fin de poner coto a esta situación que de manera reiterativa hemos estado enfrentando y denunciando por más de cinco años en República Dominicana”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez:

“Bueno,

miren, ya vamos a someter a votación las propuestas que se han presentado. Yo

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pensaba someter en bloque desde el artículo 195 hasta el 202, pero hay dos propuestas de modificación de Carlos Peña. Una sobre el artículo 195, que dispone: „Agregar un párrafo al artículo 195, -ahí tienen ustedes el texto, que diga-: „El Estado dominicano promoverá políticas públicas que incentiven el desarrollo y crecimiento de la economía social o solidaria en todas sus manifestaciones‟. Eso está contemplado, pero vamos a someterla. Que inicie el tiempo”.

A viva voz, el asambleísta Carlos Manuel Peña Batista dijo: “La retiro”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aguanta, él la retira. Él propone modificar el artículo 198, para que diga: „Las actividades empresariales recibirán el tratamiento que la Constitución y las leyes establezcan‟, y después sigue igual, ¿no es así?”.

A viva voz, se escuchó a un asambleísta decir: “Eso está bien, está bien”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Que inicie el tiempo”.

Votación 003 Sometida a votación la propuesta de modificación del asambleísta Carlos Peña al artículo 198 de la propuesta del Poder Ejecutivo para que diga: „Las actividades empresariales recibirán el tratamiento que la constitución y las leyes establezcan…‟ y después sigue igual, fue: RECHAZADA. 24 VOTOS SÍ, 140 VOTOS NO, DE 164 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN.

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Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Rechazada. Sólo obtuvo 24 votos y requería un mínimo de 110. Fíjense, desde el artículo 195 al 202, ambos inclusive, no hay ningún tipo de propuesta ni objeción, lo vamos a someter como lo presentó la comisión, del 195 al 202, ambos inclusive, como lo presentó la comisión en su informe. Que inicie el tiempo”.

Votación 004 Sometidos a votación los artículos del 195 al 202, ambos inclusive, como fueron presentados por la comisión en su informe: APROBADOS. 149 VOTOS SÍ, 15 VOTOS NO, DE 164 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. A viva voz se escuchó a un asambleísta decir: “La asambleísta Isabel hizo una propuesta de modificación que es atendible”.

En el curso de la votación, el asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez dijo: “Ella lo hizo como un señalamiento, no presentó formalmente una propuesta aquí”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobados los artículos desde el 195 al 202, como fueron presentados por la comisión, al obtener 149 votos; se requería un mínimo de 110. Para el 203, el asambleísta Marino Collante sugiere que se apruebe tal y como lo envió el Poder Ejecutivo, manteniendo el párrafo recomendado por la comisión. Es decir, el del Poder Ejecutivo sugiere: ‘La Junta Monetaria estará integrada por no más de nueve (9) miembros, incluyendo al Gobernador del Banco Central, quien la presidirá y los miembros ex oficio cuyo número no será mayor de tres; y el párrafo que dice: ‘La

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Junta Monetaria rendirá al Poder Ejecutivo y al Congreso Nacional informes periódicos durante el año fiscal en curso sobre la ejecución de las políticas a su cargo y sobre los demás asuntos de su competencia que se le soliciten’. Sometemos esa propuesta de modificación al informe, en el artículo 203. Manteniendo la del Poder Ejecutivo y agregándole el párrafo presentado por la comisión. Que inicie el tiempo”.

Votación 005 Sometida a votación la propuesta de modificación del asambleísta Marino Antonio Collante Gómez, para que el artículo 203 fuese aprobado tal y como lo envió el Poder Ejecutivo, manteniendo el párrafo que recomendó la comisión, para que diga: „La Junta Monetaria estará integrada por no más de nueve (9) miembros incluyendo el Gobernador del Banco Central, quien la presidirá, y los miembros ex oficio cuyo número no será mayor de tres. Párrafo: La Junta Monetaria rendirá al Poder Ejecutivo y al Congreso Nacional informes periódicos durante el año fiscal en curso sobre la ejecución de las políticas a su cargo y sobre los demás asuntos de su competencia que se le soliciten’: APROBADO. 144 VOTOS SÍ, 20 VOTOS NO, DE 164 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN.

Mientras se votaba, el asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez dijo: “Pelegrín, la tuya queda retirada”.

A viva voz, asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán: “Es una variante”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez dijo: “Pero ya con la aprobación de ésta queda retirada automáticamente. Pero es lo mismo, en otras palabras”. Observando los resultados de la votación, asambleísta Presidente,

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Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez manifestó: “Aprobada la propuesta de modificación presentada por el asambleísta Marino Collante al artículo 203 presentado por la comisión, al obtener 144 votos; se requería un mínimo de 110. Los artículos 204 y 205, presentados por la comisión, no tienen objeción, entonces, voy a someter los artículos como fueron presentados por la comisión en su informe. Que inicie el tiempo”.

Votación 006 Sometidos a votación los artículos 204 y 205 como fueron presentados por la comisión en su informe: APROBADOS. 136 VOTOS SÍ, 29 VOTOS NO, DE 165 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobados los artículos 204 y 205 como fueron presentados por la comisión en su informe, cuando han obtenido, ambos artículos, 136 votos; se requería un mínimo de 110. La comisión presenta en su informe la eliminación de los artículos 206 y 207, pero el asambleísta Pelegrín Castillo y el asambleísta José Ricardo Taveras proponen que se mantenga la propuesta del Poder Ejecutivo, en su artículo 206, que dice: ‘Los miembros de la Junta Monetaria que no sean ex oficio, deberán ser profesionales de reconocidas competencias en la materia y desempeñarán sus funciones con dedicación exclusiva, salvo la labor docente, de conformidad a las disposiciones de su Ley Orgánica’. Repito, la comisión propone la eliminación de este artículo y del 207, pero los asambleístas Pelegrín Castillo y José Ricardo Taveras sugieren que se mantenga la propuesta del Poder Ejecutivo en el artículo 206. Vamos a someter la propuesta presentada por los asambleístas José Ricardo Taveras y Pelegrín Castillo. Que inicie el tiempo”.

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Votación 007 Sometida a votación la Propuesta de los asambleístas Pelegrín Horacio Castillo Semán y José Ricardo Taveras Blanco para que se mantenga el artículo 206 de la Propuesta del Poder Ejecutivo, que dice: ‘Los miembros de la Junta Monetaria que no sean ex oficio, deberán ser profesionales de reconocidas competencias en la materia y desempeñarán sus funciones con dedicación exclusiva, salvo la labor docente, de conformidad a las disposiciones de su Ley Orgánica’, fue: RECHAZADA. 20 VOTOS SÍ, 144 VOTOS NO, DE 164 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Rechazada esta propuesta de modificación presentada por los indicados asambleístas, cuando sólo obtuvo 20 votos; se requería un mínimo de 110. En consecuencia, someto lo que propone la comisión en su informe, de que la propuesta del Poder Ejecutivo que figura en los artículos 206 y 207, el texto de ambos artículos sean eliminados. Que inicie el tiempo”.

Votación 008 Sometida a votación la propuesta de la comisión en su informe para que los textos de los artículos 206 y 207 de la propuesta del Poder Ejecutivo fuesen eliminados: APROBADA. 137 VOTOS SÍ, 26 VOTOS NO, DE 163 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN.

A viva voz, asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán: “Presidente, que se haga constar que el voto en contra es por el artículo 206 no por el 207”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Que se haga constar que el voto en contra de los asambleístas Pelegrín Castillo y José Ricardo Taveras es por el artículo 206, no por el 207. Aprobado lo presentado por la

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comisión de que se elimine la propuesta del Poder Ejecutivo que figura en los artículos 206 y 207, cuando obtuvo 137 votos de un mínimo de 109 que se requerían. Entonces, fíjense, la comisión en su informe renumera, pero lo que ellos hacen es que la propuesta que presenta el Poder Ejecutivo en los artículos 208 y 209, ellos la pasan al 206 y 207, pero lo que estamos aprobando, en caso de que se apruebe, es el texto del 208 y del 209 de la propuesta del Poder Ejecutivo; eso después se renumerará conforme al informe de la Comisión de Verificación. Entonces, voy a someter esos dos textos, la propuesta del Poder Ejecutivo que figura en el 208 y 209, que la comisión en su informe presenta como los artículos 206 y 207. Está claro. Que inicie el tiempo”.

Votación 009 Sometidos a votación los artículos 208 y 209 de la propuesta del Poder Ejecutivo, que la comisión en su informe los numera como 206 y 207: APROBADOS. 138 VOTOS SÍ, 22 VOTOS NO, DE 160 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobada entonces la propuesta del Poder Ejecutivo que figura en los artículos 208 y 209, y que la comisión los presenta como números 206 y 207, cuando han obtenido 138 votos y se requería un mínimo de 107. En el artículo 210 de la propuesta del Poder Ejecutivo, que la comisión enumera como 208, hay una propuesta de modificación presentada por el asambleísta Carlos Peña. La propuesta de la comisión dice: ‘La unidad monetaria nacional es el Peso Dominicano’. Él sugiere modificar esa disposición para que diga: „La unidad monetaria nacional es el Duarte‟, y un párrafo

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que él agrega: „La autoridad monetaria hará el cambio en la medida en que se impriman las nuevas monedas y billetes‟. Vamos a someter esa propuesta de modificación del asambleísta Carlos Peña. Que inicie el tiempo”.

Votación 010 Sometida a votación la propuesta de modificación presentada por el asambleísta Carlos Manuel Peña Batista al artículo 210 de la Propuesta Poder Ejecutivo, que la comisión enumera como 208, que dice: ‘La unidad monetaria nacional es el Peso Dominicano’, para que diga: „La unidad monetaria nacional es el Duarte. Párrafo Transitorio: La autoridad monetaria hará el cambio en la medida en que se impriman las nuevas monedas y billetes‟: RECHAZADA. 20 VOTOS SÍ, 141 VOTOS NO, DE 161 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Rechazada esta propuesta de modificación al artículo 210 de la propuesta del Poder Ejecutivo, que la comisión enumera como 208, cuando sólo obtuvo 20 votos y se requería un mínimo de 108. En consecuencia, someto la propuesta que presenta la comisión como artículo 208, que es el artículo 210 del Poder Ejecutivo, que dice: ‘La unidad monetaria nacional es el Peso Dominicano’. Que inicie el tiempo”.

Votación 011 Sometida a votación la propuesta de la comisión como artículo 208, que es el 210 de la propuesta del Poder Ejecutivo, que dice: ‘La unidad monetaria nacional es el Peso Dominicano’: APROBADA. 139 VOTOS SÍ, 22 VOTOS NO, DE 161 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobada la propuesta de la comisión que figura como artículo 208, que es el artículo 210 de la

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propuesta del Ejecutivo. Obtuvo 139 votos, se requería un mínimo de 108. Entonces, fíjense, la comisión fusiona los artículos 211 y 212 de la propuesta del Poder Ejecutivo y los numera como 209; entonces, el 213 y el 214 de la propuesta del Poder Ejecutivo, los renumera como 210 y 211. Vamos a someter entonces esos tres textos, que no presentan mayores obstáculos.

Que inicie el tiempo.

Reitero, la comisión fusionó el 211 y el 212 de la propuesta del Poder Ejecutivo y los numeró como 209; y el 213 y el 214 de la propuesta del Poder Ejecutivo los mantuvo iguales y los renumera como 210 y 211”.

Votación 012 Sometidos a votación los artículos 211 y 212 de la Propuesta del Poder Ejecutivo que fueron fusionados por la comisión y numerados como 209, y los artículos 213 y 214, los cuales fueron renumerados por la comisión como 210 y 211: APROBADOS. 140 VOTOS SÍ, 19 VOTOS NO, DE 159 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Ya han sido aprobados estos tres artículos como fueron presentados por la Comisión. Aprobados estos tres artículos cuando obtuvieron 140 votos, se requería un mínimo de 106. Entonces, vamos al artículo 212 nuevo que trajo la comisión, hay dos propuestas de modificación. El Diputado Marino Collante sugiere que donde dice: ‘… previa autorización del Congreso Nacional…’, se modifique para que diga: „… previa autorización del Poder Ejecutivo…‟, después todo el texto se mantiene igual. Que inicie el tiempo”.

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Votación 013 Sometida a votación la propuesta de modificación del asambleísta Marino Antonio Collante Gómez al artículo 212 que propone la comisión, para que donde dice: ‘… previa autorización del Congreso Nacional…’, diga: „… previa autorización del Poder Ejecutivo…‟: RECHAZADA. 33 VOTOS SÍ, 126 VOTOS NO, DE 159 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Rechazada esta propuesta de modificación al artículo 212 nuevo, sólo obtuvo 33 votos, se requería un mínimo de 106.

El asambleísta Rafael Calderón presentó la

eliminación de este nuevo artículo, el 212 nuevo presentado por la comisión, él sugiere que sea eliminado. Que inicie el tiempo, por favor. La Fuerza Nacional Progresista suscribe la propuesta, el presidente de la comisión y los demás integrantes. Que inicie el tiempo”.

Votación 014 Sometida a votación la propuesta de los asambleístas Rafael Porfirio Calderón Martínez, y Pelegrín Horacio Castillo Semán y José Ricardo Taveras Blanco, de la Fuerza Nacional Progresista, y el Presidente de la comisión y los demás integrantes de la misma, para que el artículo 212 nuevo presentado por la comisión fuese eliminado: APROBADA. 132 VOTOS SÍ, 27 VOTOS NO, DE 159 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN.

Mientras se efectuaba la votación, asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez:

“Pelegrín y José Ricardo también la presentaron”.

Concluida la votación, Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobada la eliminación de este nuevo artículo que proponía la comisión, cuando ha obtenido 132 votos y se requería un mínimo de 106. Continuamos con el

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‘Capítulo II, De Las Finanzas Públicas’. La comisión sugiere modificar el artículo 215 de la propuesta del Poder Ejecutivo, ellos la presentan como 213, pero ya no tendría ese número con la eliminación del anterior, que dice: „Corresponde al Poder Ejecutivo la elaboración del Presupuesto General del Estado, -y le agregade ingresos probables, gastos propuestos y financiamiento requerido, el cual debe realizarse en un marco de sostenibilidad fiscal, asegurando un endeudamiento público compatible con la capacidad de pago del Estado.‟ Ésa es la modificación que presenta la comisión para la propuesta presentada por el Poder Ejecutivo en el artículo 215. Que inicie el tiempo, por favor, para someterlo a votación”.

Votación 015 Sometida a votación la modificación propuesta por la comisión al artículo 215 de la Propuesta del Poder Ejecutivo, para que diga: ‘Corresponde al Poder Ejecutivo la elaboración del Presupuesto General del Estado, -y le agrega- ingresos probables, gastos propuestos y financiamiento requerido, el cual debe realizarse en un marco de sostenibilidad fiscal, asegurando un endeudamiento público compatible con la capacidad de pago del Estado.’: APROBADA. 142 VOTOS SÍ, 17 VOTOS NO, DE 159 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobada la propuesta de modificación presentada por la comisión al artículo 215 del Poder Ejecutivo, cuando ha obtenido una votación de 142 y se requería un mínimo de 106. Entonces, la comisión sugiere que la propuesta del Poder Ejecutivo que figura en el artículo 216 tenga el siguiente texto: ‘El Congreso podrá incluir nuevas partidas y modificar las que figuren en los proyectos de ley que eroguen fondos o en la Ley de Presupuesto General del Estado sometidos por el Poder Ejecutivo, con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de cada Cámara.’ Ése es el

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nuevo texto para el 216 presentado por la comisión. Que inicie el tiempo, por favor”.

Votación 016 Sometida a votación la propuesta de la comisión para que el artículo 216 de la Propuesta del Poder Ejecutivo tenga el siguiente texto: ‘El Congreso podrá incluir nuevas partidas y modificar las que figuren en los proyectos de ley que eroguen fondos o en la Ley de Presupuesto General del Estado sometidos por el Poder Ejecutivo, con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de cada Cámara.’: APROBADA. 131 VOTOS SÍ, 28 VOTOS NO, DE 159 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN.

En tanto se efectuaba la votación, asambleísta vicepresidente, Julio César Valentín Jiminián: “En la actual Constitución dice: ‘… de la matrícula…’, ahora va a bajar el porcentaje. La Constitución actual dice: ‘… de la matrícula…’, estamos modificando para que sea: ‘… de los presentes…’, y que sea menos, con noventa podemos discutir, ahora se necesita ciento cuarenta presentes por lo menos, esto es más democrático”. Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobada la propuesta de modificación presentada por la comisión para el artículo 216 del Poder Ejecutivo, cuando obtuvo 131 votos, se requería un mínimo de 106. Entonces, la comisión sugiere que se eliminen los artículos 217 y 218, por entender ella, la comisión, que son disposiciones muy específicas modificables a corto plazo y que son objeto de ley, y que las mismas se encuentran previstas en la Ley Orgánica de Presupuesto. Voy a someter, entonces, la eliminación de esos dos artículos, el 217 y el 218 del Poder Ejecutivo, como fue presentado por la comisión. Que inicie el tiempo, por favor”.

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Votación 017 Sometida a votación la propuesta de la comisión para que fuesen eliminados los artículos 217 y 218 de la Propuesta Poder Ejecutivo, por contener disposiciones muy específicas, modificables a corto plazo y ser objeto de ley, y que las mismas se encuentran previstas en la Ley Orgánica de Presupuesto: APROBADA. 137 VOTOS SÍ, 20 VOTOS NO, DE 157 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobado, cuando ha obtenido 137 de un mínimo de 105. Entonces, fíjense, la comisión sugiere aprobar con modificaciones el artículo 219 de la propuesta del Poder Ejecutivo con el siguiente texto: ‘El Congreso Nacional podrá modificar, con la mayoría absoluta de los miembros presentes de cada Cámara, el Presupuesto General del Estado cuando sea sometido con posterioridad a la fecha a que se refiere el ordinal 15 del artículo 108’. Que inicie el tiempo”.

Votación 018 Sometida a votación la propuesta de modificación de la comisión al artículo 219 de la Propuesta del Poder Ejecutivo para que diga: ‘El Congreso Nacional podrá modificar, con la mayoría absoluta de los miembros presentes de cada Cámara, el Presupuesto General del Estado cuando sea sometido con posterioridad a la fecha a que se refiere el ordinal 15 del artículo 108.’: APROBADA. 137 VOTOS SÍ, 19 VOTOS NO, DE 156 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobada la propuesta de modificación presentada por la comisión al artículo 219 del Poder Ejecutivo, cuando ha obtenido 137 votos de un mínimo de 104. Asimismo, la comisión sugiere eliminar el artículo 220 de la propuesta del Poder Ejecutivo, ya que entiende que esa disposición está en la Ley Orgánica de Presupuesto, y

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asimismo sugiere que la propuesta del Poder Ejecutivo que figura en el artículo 221 y la que figura en el artículo 227, ella sugiera que se aprueben así, íntegramente como estaban presentadas por el Poder Ejecutivo. Entonces, someto esas tres propuestas: eliminación del 220 de la propuesta del Poder Ejecutivo, y el 221 y el 227 del Poder Ejecutivo como fueron presentados por la comisión. Que inicie el tiempo”.

Votación 019 Sometida a votación la propuesta de modificación de la comisión que sugiere eliminar el artículo 220 de la Propuesta del Poder Ejecutivo, ya que entiende que esa disposición está en la Ley Orgánica de Presupuesto, y aprobar los artículos 221 y 227 del Poder Ejecutivo como fueron presentados por la comisión: APROBADO. 141 VOTOS SÍ, 15 VOTOS NO, DE 156 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN.

En tanto se efectuaba la votación anterior, asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Lo que estamos aprobando es lo siguiente:

la

eliminación del artículo 220 de la propuesta del Poder Ejecutivo y la aprobación de la propuesta del Poder Ejecutivo que figura en los artículos 221 y 227, como fueron presentados por la comisión”. Efectuada la votación, Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobada la eliminación del artículo 220 de la propuesta del Poder Ejecutivo, y aprobados los textos que figuran en los artículos 221 y 227 de la propuesta del Poder Ejecutivo como fueron presentados por la comisión, cuando han obtenido 141 votos y se requería un mínimo de 104. Entonces, la propuesta del Poder Ejecutivo que figura en el 222, la comisión ha sugerido una modificación, que el texto diría así: ‘Cuando el Congreso no haya aprobado la Ley de Presupuesto General del Estado a más tardar al 31 de

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diciembre, regirá la Ley de Presupuesto General del Estado del año anterior, con los ajustes previstos en la Ley Orgánica de Presupuesto.’ Ésa es la propuesta de modificación que presenta la comisión al 222 del Poder Ejecutivo”.

A viva voz, el asambleísta Ramón Rogelio Genao Durán observó al presidente que había una propuesta de modificación.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Excúsenme, perdón, que hay una propuesta de modificación a la presentada por la comisión. ¿Qué es lo que ustedes sugieren?”.

Asambleísta Ramón Rogelio Genao Durán: “Hasta tanto sea aprobado…

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Perdón, ¿en dónde iría?”.

Asambleísta Ramón Rogelio Genao Durán: “Al final”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Entonces, diría: ‘Cuando el Congreso no haya aprobado la Ley de Presupuesto General del Estado a más tardar el 31 de diciembre, regirá la Ley de Presupuesto General del Estado del año anterior, con los ajustes previstos en la Ley Orgánica de Presupuesto, hasta tanto el Congreso apruebe el del año fiscal correspondiente‟.

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Asambleísta vicepresidente, Julio César Valentín Jiminián: “No es necesario, Genao (se dirigió al asambleísta Ramón Rogelio Genao Durán), porque en la Ley de Presupuesto se puede establecer esa previsión”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez:

“Perdón,

precísenla mejor. El autor de la propuesta”.

Asambleísta Ramón Rogelio Genao Durán: “Ayer, precisamente, los periódicos del mundo recogían, como una de las principales noticias del universo, que se aprobó el Presupuesto del 2009 de la República de Honduras, ayer, o sea, se aprobó antes de ayer. Lo que queremos establecer con la propuesta de modificación es que independientemente al 31 de diciembre de un año fiscal vigente no se haya aprobado el Presupuesto, entra el anterior hasta tanto se apruebe, aun sea en el año fiscal a que corresponda, y aquí hemos aprobado Presupuestos hasta en febrero, entonces, si no, estaríamos dejando una brecha al Ejecutivo para que mande el Presupuesto retrasado y entonces el Congreso ya no tenga la facultad para votarlo en un año fiscal que corresponda, y en la actual Constitución es así, es así como lo estamos planteando”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Asambleísta Genao, yo entiendo que cuando dice: ‘… con los ajustes previstos en la Ley Orgánica de Presupuesto…’, se cumple con ello, porque la Ley Orgánica de Presupuesto establece, de manera clara y expresa, que cuando no sea aprobado, rige el del año anterior. Asambleísta Mario Fernández Saviñón”.

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Asambleísta Mario José Fernández Saviñón: “Si hacemos una revisión de los deberes del Congreso está, si mi memoria no me falla, que se apruebe el Presupuesto General de la Nación hasta el 15 de diciembre. ¿Éso se eliminó?”.

A viva voz, Asambleísta Ramón Rogelio Genao Durán: “Eso se eliminó”.

Asambleísta Mario José Fernández Saviñón: “Recojo el bate”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez:

“Una

aclaración, Alfonso Montás”.

Asambleísta Alfonso Gamalier Montás Domínguez: “Este artículo, para que quede claro en todo, no significa que si pasa el 31 de diciembre y no se ha aprobado el Presupuesto, ya no tengan las Cámaras la oportunidad de aprobarlo. Lo que el artículo está diciendo es que como no se puede comenzar el año sin Presupuesto, si al 31 de diciembre todavía no se ha aprobado, rige el del año anterior con los cambios que establece la misma ley, ahora, después del día 31 podemos seguir trabajando hasta que lo aprobemos, pero eso debe estar claro ahí, y ese artículo eso es lo que dice”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Yo lo que entiendo es que el problema está en la propuesta cuando dice: „… del año fiscal correspondiente‟, yo creo que debe decir: „… del año fiscal siguiente‟, porque el año fiscal va del primero de enero al treinta y uno de diciembre. Entonces, vamos a someter la propuesta presentada por el asambleísta Ramón Rogelio Genao, que

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sugiere que a ese texto se le agregue, después del punto final, la expresión siguiente: „hasta tanto el Congreso apruebe el del año fiscal correspondiente‟. ¿Está claro?”. Vamos a votar entonces por esa propuesta de modificación. Que inicie el tiempo”.

Votación 020 Sometida a votación la propuesta de modificación del asambleísta Ramón Rogelio Genao Durán al artículo 218 presentado por la comisión en su informe para que se agregue, después del punto final, la expresión siguiente: „…hasta tanto el Congreso apruebe el del año fiscal correspondiente‟: APROBADA. 127 VOTOS SÍ, 28 VOTOS NO, DE 155 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobada la propuesta del Poder Ejecutivo con las modificaciones introducidas por la comisión, por una parte, y por la presentada por el asambleísta Ramón Rogelio Genao, cuando obtuvo 127 votos, se requería un mínimo de 104.

Pasamos entonces ahora a la

propuesta que hace la comisión para lo previsto en el 224 del Ejecutivo. Perdón, vamos a someter ahora el artículo que figura en el 222, con las propuestas introducidas de modificaciones, que ya deja de ser el 218, porque se eliminó uno, el 212, por eso no estoy diciendo el número. Que inicie el tiempo. Entonces, el artículo 222 de la propuesta del Poder Ejecutivo con las modificaciones introducidas”.

Votación 021 Sometido a votación el artículo 222 del Poder Ejecutivo con las modificaciones introducidas por la comisión y el asambleísta Ramón Rogelio Genao Durán: APROBADO. 132 VOTOS SÍ, 23 VOTOS NO, DE 155 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN.

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Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobado el artículo 222 de la propuesta del Poder Ejecutivo con las modificaciones presentadas por la comisión y el asambleísta Ramón Rogelio Genao, cuando obtuvo 132 votos, de un mínimo de 104. Entonces, la comisión sugiere que se elimine el artículo 223 del Poder Ejecutivo, por ser contrario al ordenamiento jurídico y al principio de jerarquía normativa. Que inicie el tiempo, vamos a votar por esa propuesta de eliminación del 223 del Poder Ejecutivo. Que inicie el tiempo”.

Votación 022 Sometida a votación la propuesta de la comisión de eliminar el artículo 223 de la Propuesta del Poder Ejecutivo, por ser contrario al ordenamiento jurídico y al principio de jerarquía normativa: APROBADA. 129 VOTOS SÍ, 26 VOTOS NO, DE 155 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobada la eliminación del artículo 223, presentado por el Poder Ejecutivo y que ha sido una sugerencia de la comisión. Aprobado, obtuvo 129 votos, se requería un mínimo de 104”.

A viva voz, asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán: “Que conste que voté afirmativo”.

El Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez, dirigiéndose al asambleísta Castillo Semán, dijo: “Bueno, figura como „no‟. Retomando el tema, expresó: “Miren, la comisión, en lo referente al artículo 224 de la propuesta del Poder Ejecutivo, la asume, pero el asambleísta Lidio Cadet sugiere una

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propuesta de modificación, donde dice: ‘El Poder Ejecutivo, previa consulta al Consejo Económico y Social y los partidos políticos’, él sugiere que diga: „… previa consulta y coordinación…‟, él le agrega la palabra „coordinación‟. Asambleísta Cadet, y si no quieren participar, ¿cómo se coordina?

Vamos a

someter esa propuesta de modificación presentada por el asambleísta Lidio Cadet. Que inicie el tiempo”.

Votación 023 Sometida a votación la propuesta de modificación del asambleísta Lidio Cadet Jiménez al artículo 224 para que donde dice: „El Poder Ejecutivo, previa consulta al Consejo Económico y Social y los partidos políticos…’, diga: „…previa consulta y coordinación…‟: RECHAZADA. 27 VOTOS SÍ, 128 VOTOS NO, DE 155 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Rechazada esta propuesta de modificación presentada por el asambleísta Lidio Cadet, sólo obtuvo 27, se requería un mínimo de 104.

En consecuencia, sometemos la

propuesta presentada por la comisión que asume la presentada por el Ejecutivo en el artículo 224. Que inicie el tiempo, por favor”.

Votación 024 Sometida a votación la propuesta presentada por la comisión, la cual asume el artículo 224 de la Propuesta del Poder Ejecutivo: APROBADA. 124 VOTOS SÍ, 31 VOTOS NO, DE 155 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN.

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Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobada la propuesta de la comisión que acoge la del Poder Ejecutivo en el artículo 224, cuando obtuvo 124, se requería un mínimo de 104. Entonces, la comisión sugiere una propuesta de modificación a lo que presenta el Poder Ejecutivo en el artículo 225, diría así:

‘El Plan Nacional Plurianual del Sector Público y sus

correspondientes actualizaciones, será remitido al Congreso Nacional por el Poder Ejecutivo, durante la segunda legislatura del año en que se inicia el período de gobierno, previo conocimiento del Consejo de Gobierno, para conocimiento de los programas y proyectos a ejecutarse durante su vigencia. Los resultados e impactos que se alcanzarán con su ejecución deberán de realizarse en un marco de sostenibilidad fiscal’. Sometemos esa propuesta de modificación presentada por la comisión al artículo 225 del Poder Ejecutivo”.

Votación 025 Sometida a votación la modificación presentada por la comisión al artículo 225 de la propuesta del Poder Ejecutivo que dice: ‘El Plan Nacional Plurianual del Sector Público y sus correspondientes actualizaciones, será remitido al Congreso Nacional por el Poder Ejecutivo, durante la segunda legislatura del año en que se inicia el período de gobierno, previo conocimiento del Consejo de Gobierno, para conocimiento de los programas y proyectos a ejecutarse durante su vigencia. Los resultados e impactos que se alcanzarán con su ejecución deberán de realizarse en un marco de sostenibilidad fiscal’: APROBADA. 122 VOTOS SÍ, 32 VOTOS NO DE 154 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobada la propuesta de la comisión que modifica el artículo 225 presentado por el Poder Ejecutivo al obtener 122 votos, se requería un mínimo de 103. El artículo 226

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presentado por el Poder Ejecutivo la comisión lo asume, pero le agrega una palabra después que dice:

‘justicia’, que diga:

„equidad‟, lo modifica solamente

agregándole esa palabra: „equidad‟.”

Votación 026 Sometida a votación la modificación presentada por la comisión al artículo 226 de la propuesta del Poder Ejecutivo, asumiéndolo, pero le agrega después de donde dice: ‘justicia’, la palabra: „equidad‟: APROBADA. 134 VOTOS SÍ, 19 VOTOS NO DE 153 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobada la propuesta de la comisión que modifica el artículo 226 del Poder Ejecutivo, al obtener 134 votos, se requería un mínimo de 102. La propuesta que figura en el artículo 228 del Poder Ejecutivo la comisión le da ese texto que tienen ustedes ahí: ‘Los particulares sólo pueden adquirir, mediante concesiones que autorice la ley, o mediante contratos que apruebe el Congreso Nacional, el derecho de beneficiarse, por todo el tiempo que estipule la concesión o el contrato, y cumpliendo con las obligaciones que la una y el otro les impongan, de exenciones, exoneraciones, reducciones o limitaciones de impuestos, contribuciones o derechos fiscales o municipales incidentes en determinadas obras o empresas hacia las que convenga atraer la inversión de nuevos capitales para el fomento de la economía nacional o para cualquier otro objeto de interés social. La transferencia de estos derechos estará sujeta a la ratificación por parte del Congreso Nacional’, sometemos esa modificación que presenta la comisión al artículo 228 de la propuesta del Poder Ejecutivo”

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 28-07-2009.

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Votación 027 Sometido a votación que el artículo 228 de la propuesta del Poder Ejecutivo diga: ‘Los particulares sólo pueden adquirir, mediante concesiones que autorice la ley, o mediante contratos que apruebe el Congreso Nacional, el derecho de beneficiarse, por todo el tiempo que estipule la concesión o el contrato, y cumpliendo con las obligaciones que la una y el otro les impongan, de exenciones, exoneraciones, reducciones o limitaciones de impuestos, contribuciones o derechos fiscales o municipales incidentes en determinadas obras o empresas hacia las que convenga atraer la inversión de nuevos capitales para el fomento de la economía nacional o para cualquier otro objeto de interés social. La transferencia de estos derechos estará sujeta a la ratificación por parte del Congreso Nacional’: APROBADO. 118 VOTOS SÍ, 35 VOTOS NO DE 153 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobada la modificación presentada por la comisión al artículo 228 de la propuesta del Poder Ejecutivo al obtener 118 votos, se requería un mínimo de 102. Asimismo, la comisión sugiere que el artículo 229 de la propuesta del Poder Ejecutivo se mantenga sólo agregando la palabra:

„y armonizado‟, después de la palabra:

‘integrado’, la sometemos a votación”.

Votación 028 Sometido a votación que el artículo 229 de la propuesta del Poder Ejecutivo se mantenga y que sólo se le agregue: „y armonizado‟, después de la palabra: ‘integrado’: APROBADO. 127 VOTOS SÍ, 26 VOTOS NO DE 153 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN. Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobada entonces la propuesta…

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 28-07-2009.

Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 108 DE 149.

A viva voz, el asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán dijo: “Presidente, no me dio el tiempo para votar”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobada la propuesta del Poder Ejecutivo que figura en el artículo 229 con la modificación sugerida por la comisión al obtener 127 votos, se requería un mínimo de 102. Miren, para los demás artículos no han sido presentadas propuestas de modificación, y los voy a precisar bien para someterlos en bloque, pongan atención. El artículo 230 del Poder Ejecutivo que figura como 224 en el informe, pero olvídense de ese número. El 230 del Poder Ejecutivo con esa modificación que presenta la comisión: ‘El control y fiscalización sobre el patrimonio, los ingresos, gastos y uso de los fondos públicos se llevará a cabo por el Congreso Nacional, Cámara de Cuentas, Contraloría General de la República, y la sociedad a través de los mecanismos establecidos en las leyes’; asimismo el artículo 231 con las modificaciones que presenta la comisión, y que ya fue leído; el artículo 232 con las modificaciones relativas a la Cámara de Cuentas introducidas por la comisión; el 233 de la propuesta del Poder Ejecutivo con las modificaciones presentadas por la comisión, también relativas a la Cámara de Cuentas y el artículo 234 de la propuesta del Poder Ejecutivo con las modificaciones introducidas por la comisión. Entonces, someto a votación esos artículos, repito, 230 con las modificaciones introducidas por la comisión, 231, 232, 233 y 234 con las modificaciones introducidas por la comisión”.

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 28-07-2009.

Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 109 DE 149.

Votación 029 Sometidos a votación los artículos 230, 231, 232, 233 y 234 de la propuesta del Poder Ejecutivo con las modificaciones introducidas por la comisión: APROBADOS. 133 VOTOS SÍ, 19 VOTOS NO DE 152 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobados estos artículos presentados por el Poder Ejecutivo con las modificaciones presentadas por la comisión al obtener 133 votos, se requería un mínimo de 102. Eugenio Cedeño propone un artículo nuevo que diga… Preséntemelo, por favor…

A viva voz, las asambleístas Minerva Josefina Tavárez Mirabal e Ydenia Doñé Tiburcio informaban que habían votado de manera equivocaba. Asimismo, pedían que constara en acta la corrección de sus votos.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Está bien, que conste. Cedeño sugiere este nuevo artículo para este título, que dice: „No podrá utilizarse fondos públicos para la promoción o proyección de la propia imagen o de persona o de entidad vinculada a los titulares de los puestos públicos, sean designados o de elección popular. La ley reglamentará el uso de los fondos públicos en materia comunicacional relativa al Estado y sus instituciones‟, eso no encaja ahí, pero vamos a someter esa propuesta de artículo nuevo presentada por Cedeño”.

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 28-07-2009.

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Votación 030 Sometida a votación la propuesta de modificación presentada por el asambleísta Eugenio Cedeño Areché, en el sentido de que se incluya un nuevo artículo que diga: „No podrá utilizarse fondos públicos para la promoción o proyección de la propia imagen o de persona o de entidad vinculada a los titulares de los puestos públicos, sean designados o de elección popular. La ley reglamentará el uso de los fondos públicos en materia comunicacional relativa al Estado y sus instituciones‟: RECHAZADA. 61 VOTOS SÍ, 90 VOTOS NO DE 151 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN.

En tanto se votaba, a viva voz, el asambleísta Eugenio Cedeño Areché expresó: “Presidente, esta propuesta encaja en el objeto 58 de la ley”.

El Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez respondió: “Válida su precisión. Luego continuó expresando: “Rechazada esta propuesta para un artículo nuevo presentada por el asambleísta Cedeño, sólo obtuvo 61 votos, se requería un mínimo de 101. A las Disposiciones Transitorias, la comisión en lo que se refiere a las Disposiciones Transitorias… ¡Ah!, perdón…

En este momento, a viva voz, el asambleísta José Francisco A. A. Santana Suriel dijo: “Que conste mi voto afirmativo”.

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 28-07-2009.

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Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Está bien, se hizo constar. Entonces, en las Disposiciones Transitorias, en la Sexta y la Séptima, la comisión propone que se elimine la Disposición Séptima, pero el asambleísta Rubén Darío Cruz tiene una precisión que hacer, que yo creo que es válida. Preséntela”.

Asambleísta Rubén Darío Cruz Ubiera: “En lo relativo a las Disposiciones Transitorias quiero hacer una breve observación al Presidente y demás miembros de esta comisión, que aprovecho también para felicitarlos. Dice de la siguiente forma:

‘Sexto:

La forma de designación que se establece en la presente

Constitución para los Miembros actuales…’, el término ‘actuales’ deja entrever que los mismos que están serán los que serán nombrados, valga la redundancia, a partir del 16 de agosto del año 2010.

Nosotros entendemos que el término

‘actuales’ debe ser eliminado y/o incluir „a partir del 16 de agosto del año 2010‟. Es cuanto, señor Presidente”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Sí, eliminar la palabra ‘actuales’ e incluirle „a partir del 16 de agosto del año 2010‟. Entonces, sometemos esa propuesta de modificación, en el sentido de que se elimine en la Disposición Transitoria Sexta la palabra ‘actuales’ y que se le agregue „a partir del 16 de agosto del año 2010‟.”

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Votación 031 Sometida a votación la propuesta de modificación del asambleísta Rubén Darío Cruz Ubiera a las Disposiciones Transitorias en su disposición Sexta para que se elimine la palabra ‘actuales’ y se incluya „a partir del 16 de agosto del año 2010‟: APROBADA. 128 VOTOS SÍ, 23 VOTOS NO DE 151 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobada esta propuesta de modificación a la Disposición Transitoria número Sexta del Poder Ejecutivo”. Ante la evidente salida del Salón de varios asambleístas, el Presidente de la Asamblea señaló: “No hemos terminado, falta someter el informe con las modificaciones, y además una información que quiero dar también. Aprobada esta propuesta de enmienda a la Disposición Transitoria número Sexta con 128 votos, cuando se requería un mínimo de 101. En consecuencia, someto la propuesta que presenta la Comisión Especial referente a las Disposiciones Transitorias con la enmienda aprobada que se refiere a la número Sexta y a la eliminación de la Séptima”.

Votación 032 Sometida a votación la propuesta presentada por la Comisión Especial referente a las Disposiciones Transitorias con la enmienda aprobada referente a la número Sexta y la eliminación de la Séptima: APROBADA. 136 VOTOS SÍ, 14 VOTOS NO DE 150 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN.

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Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobada la modificación referente a las Disposiciones Transitorias presentada por la comisión con la enmienda que sometió el asambleísta Rubén Darío Cruz al obtener 136 de un mínimo de 100. Antes de someter el informe, el asambleísta Víctor Suárez, quien está coordinando la comisión que tiene a su cargo el Poder Judicial, convoca para el lunes a las 10:00 de la mañana a la reunión de la comisión que tiene a su cargo el Poder Judicial, para ser sometido el miércoles. Entonces, sometemos el informe rendido por la comisión que tuvo a su cargo el estudio del Título X, ‘Del Régimen Económico y Financiero’ con las modificaciones aprobadas en la presente sesión, exceptuando lo que plantea la comisión en su informe referente a la modificación del Título X y de la inclusión del Capítulo III, porque ya eso fue aprobado en primera lectura, entonces esa modificación se quedaría para la segunda lectura. Sometemos el informe en las condiciones antes señaladas”.

Votación 033 Sometido a votación el informe rendido por la comisión que tuvo a su cargo el estudio del Título X ‘Del Régimen Económico y Financiero’ con las modificaciones aprobadas en la presente sesión, exceptuando lo que plantea la comisión en su informe referente a la modificación del Título X y de la inclusión del Capítulo III, ya que fue aprobado en primera lectura: APROBADO. 130 VOTOS SÍ, 20 VOTOS NO DE 150 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Aprobado el informe presentado por la comisión con las modificaciones antes señaladas y con la precisión que se hizo, al obtener 130 votos, se requería un mínimo de 100. Los

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senadores tienen sesión a las 4:00 de la tarde el día de hoy. Brevemente, de información, Máximo Castro Silverio y tengo que dar otra información”.

Asambleísta Máximo Castro Silverio: “Simplemente es para informar que esta tarde a las 4:00 es el sepelio de don Guillermo León Asensio, quien además es suegro del diputado Ito Bisonó (se refiere al asambleísta Víctor Orlando Bisonó Haza), por si algún diputado tiene interés en participar. Gracias, Presidente”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Era también el interés de los senadores acudir al sepelio, pero tenemos sesión para esta tarde porque resulta que la legislatura vence el sábado y hay algunas cosas que despachar, y por ese motivo no vamos a poder estar presentes, pero nos unimos a la muestra de dolor por la muerte del señor Guillermo León Asensio. Como solamente queda un informe, la comisión que estudia el Poder Judicial se va a reunir el lunes...

A viva voz, la asambleísta Rafaela Alburquerque de González dijo: “Ya la comisión que estudia lo relativo a la Junta tiene el informe hecho”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Y la de la Junta, pero eso es solamente referente a los miembros que integrarán la Junta, por eso se está convocando para el lunes. Vamos a declarar un receso hasta el próximo

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miércoles que estaremos a 29 de julio del presente año, para darle tiempo a la comisión”.

Se levantó esta sesión de la Asamblea Nacional siendo la una hora y veintisiete minutos (1:27) de la tarde.

_________________

En FE de lo cual se redacta la presente ACTA, la que después de haber sido leída, aprobada y rubricada, firman el Presidente de la Asamblea Nacional y los asambleístas Secretarios, quienes C E R T I F I C A N.

REINALDO DE LAS MERCEDES PARED PÉREZ PRESIDENTE

DIONIS ALFONSO SÁNCHEZ CARRASCO SECRETARIO

RUBÉN DARÍO CRUZ UBIERA SECRETARIO

ALFONSO CRISÓSTOMO VÁSQUEZ JUANA MERCEDES VICENTE MORONTA SECRETARIO SECRETARIA

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 28-07-2009.

Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 116 DE 149.

Nos, Lelis Solanlly Santana Fernández de Faxas, directora, Francisca Ivonny Mota Del Jesús, Bethania Noemí García Hernández, Janeida Koverca Rodríguez Brea, Johasmy Morel Vásquez, Rosa Santelises Joaquín y Ana Díaz Guzmán, relatorastaquígrafas parlamentarias; Nayla Pérez Medina, Carolina Báez Mercado, Yissel Idenice Familia González y Johanna Esther Sandoval Eugenia, transcriptoras; Juan Bueno Holguín y Gerardo Poché, correctores, de la Dirección de Elaboración de Actas de Sesiones, CERTIFICAMOS que la presente acta número treinta y seis (036) de la Asamblea Nacional, es una transcripción fiel y conforme a lo acontecido en el curso de la sesión ordinaria celebrada el día jueves veintitrés (23) del mes de julio del año dos mil nueve (2009).

Las Secretarias Generales de la Asamblea Nacional certifican que la presente acta ha sido aprobada por el Pleno de la Asamblea Nacional en fecha _________.

PARIS GOICO Secretario General del Senado

RUTH HELEN PANIAGUA GUERRERO Secretaria General de la Cámara de Diputados

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 28-07-2009.

Asamblea Nacional ACTA NO. 036 DEL JUEVES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 117 DE 149.

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 28-07-2009.

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