Acta de Cesion en Uso

March 6, 2019 | Author: VenusFlores | Category: Insurance Policy, Insurance, Local Government, Política, Government
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Acta a utilizar en caso de secion de bienes...

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ACTA DE CESIÓN EN USO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE . COPORAQUE Y CENTRO POBLADO COPORAQUE Siendo las horas 08:15 am del día 09 de Agosto del 2017, en las instalaciones de la

Municipalidad Distrital de Coporaque, con RUC Nº 20147419687, REPRESENTADO por su Alcalde DR: VICENTE CONDORI CCORI, Identificado con DNI Nº 24895419, con Domicilio Legal en la Plaza de Armas S/N del Distrito de Coporaque, Provincia de Espinar, Región Cusco; debidamente representado por su Presidente comité de Usuarios de bajo llactuire de sector puente, señor RODOLFO CCAHUA HANCCO Identificado con DNI Nº 24895626 con Domicilio Legal en la COMUNIDAD CAMPESINA DE APACHACCO, del Distrito de Coporaque, Provincia de Espinar, Departamento de Cusco, quedando las ambas partes de la forma siguiente: LA MUNICIPALIDAD, Es una Institución pública pública que tiene por función principal promover el desarrollo de la Provincia proporcionando a la comunidad las condiciones adecuadas para la satisfacción de sus necesidades en cumplimiento a los mandatos expresados en la Constitución Política del Perú, La Ley Orgánica de Municipalidades, entre otras normas vigentes. LA MUNICIPALIDAD, De forma excepcional y debidamente justificado, ha dispuesto el acto de administración  – cesión de uso del bien mueble detallado en el presente, a favor de la comunidad, para que sea destinada al cumplimiento de sus actividades de desarrollo social. El USUARIO, Las comunidades campesinas son organizaciones de interés público, con existencia legal y personería jurídica, integrada por familias que habitan y controlan determinados territorios, ligadas por vínculos ancestrales, sociales, económicos y culturales, expresados en la propiedad comunal de la tierra, el trabajo comunal, la ayuda mutua, el gobierno democrático y el desarrollo de actividades multisectoriales, cuyos fines se orientan a la realización plena de sus miembros del país quienes, para el cumplimiento de sus actividades sociales oportunamente han solicitado a la Municipalidad la Cesión de Uso de una motocicleta lineal, para fines eminentemente sociales. LA MUNICIPALIDAD, Atendiendo a las razones expuestas en la cláusula precedente, otorga en Acto de Administración, en la modalidad e Cesión de Uso el bien patrimonial detallado en la cláusula tercera de la presente, en buen estado de conservación, con la finalidad de fortalecer las acciones sociales del USUARIO, proporcionando y facilitando a los beneficiarios y la población la atención de sus necesidades, dentro de sus alcances de su objeto social. LA MUNICIPALIDAD, mediante el presente convenio transfiere en la modalidad de Cesión de Uso la unidad móvil MOTOCICLETA MOTOCICLETA de su propiedad, a título gratuito a favor del USUARIO; la misma que tiene las siguientes características

ITEM

01

DESCRIPCION DEL BIEN

COGIDO PATREMONIAL

MARCA

MOTOCICLETA 678268000045 SUZUKI

MODELO

SERIE

DR200SE SH42A-0129161

COLOR BLANCO

EL USUARIO, se compromete a mantener en óptimas condiciones y operativas la unidad vehicular, para ello deberá realizar su mantenimiento preventivo y correctivo a su responsabilidad, debiendo comunicar por escrito a la MUNICIPALIDAD con una debida anticipación, en caso que esta permaneciera fuera de servicio por fallas mecánicas u otros. EL USUSARIO, se compromete a devolver el vehículo en las mismas condiciones y características en que lo recibió, salvo el deterioro producido por el uso normal del vehículo, responsabilizándose de cualquier avería que sufriere durante la vigencia del presente convenio. EL USUARIO, se obliga a que la unidad vehicular no tenga papeletas, ni resolución de sanción al tránsito pendiente de pago, comprometiéndose a cancelar dentro del término que le otorga la Autoridad Administrativa correspondiente. QUINTO: MANTENIMIENTO Y VIGENCIA DE LA PÓLIZA DE SEGURO. EL USUARIO, está obligado a contratar y mantener vigente la póliza de seguros frente a terceros así como el seguro obligatorio contra accidentes de tránsito SOAT, de acuerdo a las disposiciones emanadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y las autoridades administrativas. Los gastos de contracción y cancelación de la póliza correrán a cuenta del USUARIO. DE LA DURACION El presente acuerdo tendrá una duración 7 meses, contado a partir del día de hoy 09 de Agosto del 2016 al 30 de diciembre del año 2017 ; en caso que ambas partes acuerden ampliar dicho plazo, este se ampliará por acuerdo de Concejo Municipal. Estando ambas partes de acuerdo con el contenido del presente documento, se suscriben tres ejemplares del mismo tenor y valor, a los 09 días del mes de  Agosto del año 2016.

…………………………………………………. ……… Municipalidad D. Coporaque

…………………………………… Presidente de comité de usuario de Agua

………………………………… Control patrimonial

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