Acta Const. Auto Lavado Ana Maria. Pyme Marzo 22

March 10, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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CIUDADANA:

REGISTRADORA MERCANTIL SEGUNDO DEL ESTADO PORTUGUESA. SU DESPACHO. -

Yo, ANA MARIA ALVAREZ RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad ident idad número V-9.843.712, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 233.894, de este domicilio, debidamente autorizado para este acto y todos los actos inherentes para la Constitución y Otorgamiento del Documento Constitutivo de la Empresa Merc Me rcan antitill Py Pyme me “AU AUTO TO LA LAVA VADO DO A. A.J. J.,, C. C.A A.” .”,, ig igua ualm lment ente e se an anex exa a in info form rme e de dell au audit ditor  or  independient indep endiente e el cual cubre el capit capital al suscrito y pagado por los socios todo a los fines de que se sirva ordenar su registro y una vez registrada el acta constitutiva ruego a usted expedirme dos copias certificadas certificadas de la misma. Ante usted muy respetuosamente respetuosamente ocurro para solicitar solicitar la inscripción en el Registro de Comercio de la Compañía. Participación que hago a los fines de que acuerde su inserción Es Justicia en Acarigua, a la fecha de su presentación.  

 

Nosotros, ANA

MARIA

ALVAREZ

RIVERO

y

FRANCISCO

JAVIER

RIVERO

ALVAREZ, Venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nos.. V-9.843. Nos V-9.843.712 712,, y V- 20.158. 20.158.845, 845, resp respect ectivam ivament ente, e, háb hábile iless y de este este domici domicilio lio,, por el pres pr esent ente e do docu cume ment nto o dec decla laram ramos os:: Qu Que e he hemo moss co conv nven enid ido o en const constititui uir, r, co como mo en ef efec ecto to constituimos una Compañía Anónima, la cual se regirá por las disposiciones contenidas en las cláusulas del presente documento constitutivo, el cual ha sido redactado con suficiente amplitud para que sirva a su vez de la Empresa Mercantil (PYME) y Estatutos Sociales de la Empresa.. CAPIT CAPITULO ULO II.. DENO DENOMINAC MINACIÓN, IÓN, DOMI DOMICILIO CILIO,, OBJET OBJETO O Y DURACI DURACIÓN. ÓN. PRIM PRIMERA ERA: La Compañía se denominará AUTO LAVADO A.J., C.A. SEGUNDA: Su estructura será la de una Socieda Sociedad d Mercant Mercantilil en For Formac mación ión de Peq Pequeña ueña y Med Median iana a Emp Empres resa a (PYME) (PYME) y ten tendrá drá como domicilio, La Avenida Principal Los Chaguaramos con calle 51,y Avenida Circunvalación Sur, Su r, ca casa sa Nro. Nro. 5, Ba Barri rrio o Los Los Ch Chagu aguar aram amos os de la ciud ciudad ad de Ac Acar arig igua, ua, Mu Muni nici cipi pio o Pá Páez ez del Estado Portuguesa, con facultad de poder establecer sucursales, agencias, oficinas filiales, subsidiarias

o

representantes

en

cualquier

lugar

de

la

República aun

en

el

exterior. TERCERA: La compañía tendrá por objet objeto o prestar el servici servicio o de auto lavado, duchas grafitadas, pulitura, impecables, engrase, cambio de aceite y filtros, al igual que la compra, venta y comercialización, al mayor y detal de todo tipo d accesorios, aromatizantes y artículos utilizados para auto lavado, productos múltiples de limpieza, desinfección, desengrase de todo tipo de material. material. En ejerci ejercicio cio de su objeto la Empresa podrá comprar, vender, al mayor y detal de productos de limpieza en todas sus formas y presentaciones, transportarla a nivel regional y nacional,  permutar, intermediar productos y sub productos de los productos promover y/o promocionar, fabricar, almacenar, depositar, arrendar o subarrendar, planificar, mezclar y de cualquier otra forma negociar con toda clase de productos de limpieza y sus derivados, de cualquier cualq uier otra forma negociar con toda clase de product productos os de limp limpieza, ieza, jabón y sus derivados, en

tal tal sent sentid ido o podr podrá á asoc asocia iars rse e con con em empr pres esas as,, no nomb mbra rarr ag agen ente tes, s, dist distri ribu buid idor ores es y

representantes, la prestación y uso de servicio de auto lavado, proceso de elaboración de los productos de limpieza para tal fin, distribución y transporte desde cualquier parte del país los productos necesarios para cumplir el proceso de auto lavado, y cualquier cu alquier otra actividad de lícito comercio conexo con el objeto. CUARTA: El tiempo de duración de la Compañía será de

 

cincuenta (50) años, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Mercantil respectivo plazo que podrá ser prorrogado por igual o menor tiempo a juicio de la Asamblea de  Accionistas, previo cumplimiento de las formalidades de Ley. CAPITULO II. DEL CAPITAL

SOCIAL, DE LAS ACCIONES. QUINTA:  El capital Social de la compañía es por la cantidad de CINCUENTA

MIL

BOLÍVARES

DIGITALES

(Bs. 50.000,00), dividido

en MIL (1000) Acciones Nominativas no convertibles al portador con un valor de CINCUENTA

BOLÍVARES DIGITALES (Bs. 50,00), cada una y confie confieren ren a sus tenedores iguale igualess derechos y obligaciones. El capital ha sido totalmente suscrito y pagado por los accionistas así: el accionista ANA MARIA ALVAREZ RIVERO suscribe y paga SETECIENTAS ACCIONES (700) con un valor nominal de CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 50,00) cada una para un total de

TREINTA Y CINCO MIL BOLÍVARES DIGITALES (Bs. 35.000,00) , FRANCISCO JAVIER RIVERO RIVE RO ALVAREZ susc suscribe ribe y paga TRESCIE TRESCIENTAS NTAS ACCIO ACCIONES NES (300) con un valor nominal de CINCUENTA CINCUENTA BOLIVARES DIGI DIGITALES TALES (Bs. 50,00) cada una para un total de QUINCE MIL

BOLÍVARES DIGITALES (Bs. 15.000,00),  para un total de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,00). El mencionado capital social ha sido pagado por los accionistas mediante facturas, el cual se anexa a la presente acta para ser considerada parte integrante de la misma. La responsabilidad de los accionistas se limita al monto del capital social suscrito y pagado por  cada uno de ellos ellos,, equiv equivalente alentess al cien por ciento (100%) de su valor, medi mediante ante BALANCE BALANCE de  APERTURA debidamente suscrito por un Contador Público; Todas las acciones son iguales, confieren a sus propietarios idénticos derechos y obligaciones y cada una representa un (1) voto en la Asamblea General de Accionistas. Cualquier traspaso de la propiedad de las acciones deberá ser inscrito en el Libro de Accionistas, firmado por el cedente, el cesionario y un administrador de la compañía. Las acciones son indivisibles respecto a la sociedad, la cual sólo reconocerá reconocerá a un (1) propietario propietario por cada acción. La responsabilidad de los accionistas

se limita al monto del capital capital social suscrito suscrito y pagad pagado o por cada uno de ellos ellos..  Así mismo declaramos bajo fe de juramento, que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos del acto o negocio jurídico a objeto de compañía anónima AUTO LAVADO A.J., C.A., proceden de actividades activ idades licit licitas, as, o cual puede ser comprobado comprobado por los organis organismos mos compet competentes entes y no tienen relación alguna con

 

dinero din ero,, cap capita itales, les,

bie bienes nes,, haberes haberes,, val valores ores o título títuloss que se con consid sidere eren n product productos os de la

activi act ividad dades es o acc accion iones es ilícit ilícitas as cont contemp emplada ladass en la Ley Org Orgáni ánica ca Contra Contra la Del Delinc incuenc uencia ia Organi Org anizad zada a y Finan Financia ciamie miento nto al T Terro erroris rismo mo y/o en en la Ley Org Orgáni ánica ca de Dro Droga. ga. SEXTA: El capital de la Compañía podrá ser aumentado a través de las Asamblea General de Accionista, cu cual alqu quie ierr au aume ment nto o se di dist stri ribu buirá irá pro propo porc rcion ional alme ment nte e ent entre re el ello los, s, aten atendi dien endo do al de derec recho ho preferencial que tienen para adquirir las Acciones establecida en los Estatutos. SÉPTIMA: Las  Acciones confieren a sus tenedores y propietarios los mismos derechos y obligaciones y ser serán án indivisibles respecto a la compañía, la cual reconocerá a un solo y único propietario para cada acción. En caso de que una acción llegare a ser Propiedad de varias personas, la compañía no estará obligada inscribir y reconocer sino a la persona que los propietarios de ella designen a tal efecto. Los títulos de las acciones si se emiten, deben cumplir con los requisitos exigidos por  el Có Códi digo go de Co Come merc rcio io.. OCTAVA: Lo Loss ac acci cion onis ista tass titiene enen n un de derec recho ho pre prefe fere rent nte e pa para ra la adquis adq uisici ición ón de las acc accion iones es de la C Comp ompañí añía a en e ell cas caso o de q que ue llos os tititul tulares ares des deseen een venderlas en su totalidad o en partes, las ofrecerán en primer término a los demás accionistas de acuerdo al siguiente procedimiento: el vendedor deberá notificarlo por escrito, con acuse de recibo a la Junta Direct Directiva; iva; esta deb deberá erá info informar rmar a Los d demás emás acci accionist onistas as la oferta oferta que h ha a recibido mediante correspondencia con acuse de recibo en un plazo no mayor de NOVENTA Y SEIS HORAS (96) después de haber sido notificado los accionistas en todo caso, y en igualdad de condiciones, condiciones, dispond dispondrán rán de un plazo prefer preferencial encial para adquiri adquirirlas rlas de QUINCE DÍAS (15), contados conta dos a partir de la fecha en que la Junta Directiva Directiva les ha participad participado; o; si vencido dicho plazo pla zo nin ninguno guno de los acc accion ionist istas as las adq adquie uiere, re, el oferent oferente e que quedar dara a en plena plena liberta libertad d de negociarlas. Si varios accionistas manifiestan Intención de adquirirlas, esta se prorrateará en prop propor orci ción ón al nú núme mero ro de acci accion ones es que que po pose seen en los los inte intere resa sado doss en la comp compañ añía ía.. En consecuencia, consecu encia, toda negociació negociación n de accion acciones es realizadas sin haber cumplido con los requisitos aquí establecidos, está viciada de nulidad y no podrá inscribirse en el libro de accionistas.

CAPITULO III. DE LA ADMINISTRACION. NOVENA:  La administración de la compañía estará a cargo de una Junta Directiva compuesta por un (01) PRESIDENTE, VICE-PRESIDENTE, SECRET SEC RETARI ARIO O DE FIN FINANZ ANZAS AS y SEC SECRET RETARI ARIO O ADM ADMINI INISTR STRATI ATIVO, VO, quienes quienes act actuand uando, o, el Presidente, Presid ente, Vic Vice-Presi e-Presidente, dente, Sec Secretari retario o de Finanzas y Secretari Secretario o Administrativo Administrativo,, tendrán las

 

más amplias facultades facultades de represen representació tación n de la empres empresa. a. Los miemb miembros ros de la Junta Direct Directiva iva deberán ser elegidos por la Asamblea General de Accionistas y deberán ser

 

accionistas. Durarán DIEZ (10) años en sus funciones y podrán ser reelegidos. Para dar  cumplimiento a lo establecido en el Artículo 244 de Código de Comercio, los administradores estarán obligados a depositar DOS (02) acciones en la caja social de la compañía. DECIMA: La Junta Directiva y sus miembros tendrán la plena representación de la empresa en todos los casos cas os en que esta fuere parte o tuv tuvier iere e interés interés,, esp especi ecialm alment ente e el President Presidente, e, tendr tendrá á las siguientes atribuciones. 1) Dirigir los negocios de la compañía fijando así políticas y planes de trabajo a seguir en base al objeto social y a las directrices de la Asamblea General de  Accionistas. 2) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones adoptadas por la Asamblea General de  Accionistas. 3) Representar a la Compañía en asuntos y negocios que ésta tenga o tome interés y autorizar a sus miembros y funcionarios, para ejercer dicha representación en la forma que en cada caso convenga. 4) Decidir sobre el otorgamiento de garantiza de Conformidad con el objeto social y a la formalización de créditos bancarios y demás Operaciones financieras. 5) Nombrarr apoderados especial Nombra especiales es o judic judiciales iales con la facult facultad ad o facultades facultades que en cada caso se requieran, incluso para la celebración de convencimientos, desistir, celebrar transacciones  judiciales y recursos litigiosos, así como comprometer en arbitradores o de derecho. 6) Aprobar  los presupues presupuestos tos de ingres ingresos os y ga gastos stos d de e la C Compañí ompañía. a. 7) Propon Proponer er a la Asambl Asamblea ea de  Accionistas, los dividendos a repartir, si fuere el caso, incluyendo la oportunidad del pago de los mismos. 8) Designar la persona encargada de llevar la Contabilidad de la empresa o e en n su defecto una para todos los aspectos contables y la tenencia de libros previstos en la Ley. 9) Cualquiera otra atribución no prevista en este documento, en la Ley, o por la Asamblea de Accion Accionistas, istas, por cuant cuanto o la anteri anterior or enumer enumeración ación es en enunciat unciativa iva y no lim limitati itativa. va. DECIMA

PRIMERA. PRIM ERA. DE LAS ATRI ATRIBUCIO BUCIONES NES ADMINISTRATI ADMINISTRATIVAS VAS DE LOS MIEMBRO MIEMBROS S DE LA JUNTA DIRECTIVA: Son atribuciones atribuciones de los miembros miembros de la Junta Direct Directiva, iva, especialm especialmente ente el Presidente y demás representantes de la Compañía, actuando conjunta o separadamente: 1) Presidir las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de Accionistas y las reuniones de la Junta Direct Directiva iva y velar por el cumpli cumplimient miento o de las decisiones decisiones que una u otra se adopten. 2) Certificar las Actas de las reuniones de la Asamblea de Accionistas y de la Junta Directiva. 3) Abrir, cerrar y movilizar cuentas bancarias de la Sociedad, para para girar contra ellas y autorizar a otras personas para movilizar dichos fondos. 4) Librar, aceptar, endosar, avalar ava lar,, desc descont ontar, ar, y protest protestar ar cheques, cheques, letras letras de camb cambio io y otr otros os efe efecto ctoss de com comerc ercio. io. 5) Comprar, vender, ceder, traspasar, gravar, y arrendar bienes muebles o inmuebles de la Sociedad y derechos de cualquier clase. 6) Solicitar créditos a entidades públicas o privadas. 7) Celebrar los contratos o convenios relacionados con los negocios de su giro. 8) Representar 

 

a la Sociedad en las gestiones diarias de sus actividades y autorizar con su firma los documentos

 

emana em anado doss de la So Soci cieda edad, d, as asíí co como mo ta tamb mbié ién n re repre presen senta tarr a la com compañ pañía ía an ante te te terce rcera rass persona per sonas, s, púb públic licas as o pri privada vadas, s, nat natura urales les o jur jurídi ídicas cas,, nacion nacionale aless o ext extranj ranjeras eras,, pud pudien iendo do comprometer a la Compañía en las operaciones enumeradas anteriormente. 9) Ordenar los gastos ordinarios o extraordinarios de la empresa, con el arreglo del presupuesto de la misma.  Adquirir, ceder, disponer, gravar, enajenar, arrendar o en cualquier forma comprometer los bienes muebles o inmuebles de la empresa o de terceros. 10) Concertar, celebrar, ejecutar, resol res olver ver o res resci cindi ndirr co cont ntrat ratos os o ne negoc gocio ioss civi civile les, s, me merc rcant antililes es,, la labo bora rale less o de cu cual alqu quie ier  r  naturaleza y verificar cualquier transacción. 11) Abrir, movilizar y cerrar cuentas bancarias por  medio de cheques, órdenes de pago o cartas de crédito. En caso de crearse un nuevo cargo que requiera movilizar Las cuentas bancarias de la compañía, la persona designada podrá ser  autorizada para firmar ante el Banco o la Institución de que se trate, pero siempre en forma conjunta con uno cualesquiera de los administradores de la compañía; 12) Suscribir o adquirir  por cualquier medio, acciones y obligaciones de otras sociedades o participar de cualquier  manera en ellas. 5) Dar o tomar dinero en préstamo, con o sin garantías, y constituir o recibir  las Garant Garantías ías rea reales les y pers persona onales les que juzgue juzguen n conv conveni enient entes. es. 6) Lib Librar, rar, aceptar, aceptar, end endosa osar, r, descontar, avalar o negociar letras de cambio, pagarés u otros efectos de comercio. 13) Solicitar, contratar y/o cancelar préstamos con o sin interés y/o garantías. 14) Designar, movilizar y destituir representantes, factores y similares, cuando así le convenga a los intereses de la compañía y fijarles su remuneración. 15) Presidir y convocar las asambleas Generales de  Accionistas. 16) Cumplir las decisiones o acuerdos de la Asamblea General de Accionistas, así com co mo pres presen enttar el Ba Bala lanc nce, e, Estad stado o de Gan anan anci cias as y Pé Pérd rdid idas as,, pr prev eviio el infor nform me correspo corr espondi ndient ente// e//// a dic dicha ha Asambl Asamblea ea Genera General.l. 17) Lle Llevar var la ges gestió tión n diaria diaria del nego negocio cio y represe rep resenta ntarr den dentro tro y fue fuera ra de la Rep Repúbl ública ica ant ante e las aut autori oridad dades es nac nacion ionale ales, s, est estada adales les o municipales, y ante cualquier persona natural o jurídica. 18) Nombrar o destituir los empleados, trabajadores, funcionarios, gerentes o mandatarios que juzguen convenientes para el mejor  dese de semp mpeñ eño o de la comp compañ añía ía y fija fijarl rles es su remun remunera eraci ción ón.. 19 19)) Const Constititui uirr el

ap apod oder erado ado o

apoderados apoder ados judici judiciales ales para que represent representen en en juicio a la compañí compañía, a, confiri confiriéndole éndole toda todass las facultades necesarias para la defensa de los intereses de la compañía, incluso las facultades para las cuales se requier requiera a autori autorización zación expresa. 20) Constitui Constituirse rse en fiadores fiadores solidarios solidarios de la empresa; 21) solicitar créditos bancarios. Y, 22) constituir fianza y garantías Reales y

 

Nominales personales en favor de la empresa. La anterior enumeración de funciones es meramente enunciativa y no restrictiva o limitativa. En este sentido EL PRESIDENTE y demás miembros de la Junta Directiva de la Compañía; Vice-Presidente, Secretario de Finanzas y secretario Administrativo, podrán realizar todas aquellas funciones que no estén expresamente atribuidas a la Asamblea General de Accionistas o al Comisario, por este Documento o por la Ley Nota e igualmente solicitar, gestionar, tramitar, Comprar, transferir vía electrónica o adquirir  títulos valores o títulos cambiarios o bonos cambiarios; así mismo podrá dar y tomar dinero a préstamo con o sin garantía, abrir y cancelar cuentas bancarias; librar, aceptar, avalar, endosar  y descontar letras de cambio, cheques, pagarés o cualquier otro efecto de comercio. Queda expresamente prohibido a los accionistas otorgar o firmar en nombre de la compañía fianzas, aval avales es o cual cualqu quie ierr otro otro tipo tipo de ga gara rant ntía ías, s, esta estass facu facultltad ades es qu qued edan an re rese serv rvad adas as a la Ju Junt nta a Direc Directitiva. va. Cu Cual alqu quie ierr ot otra ra repre represe sent ntac ació ión, n, de deber berá á co cont ntar ar con el vi vist sto o bu buen eno o de la  Asamblea de Accionistas, autenticado mediante poder notariado. 23) En general, suscribir  todos los actos de la firma sin limitación alguna.   En este sentido EL PRESIDENTE y demás miembros de la Junta Directiva de la Compañía, podrán realizar todas aquellas funciones que no estén expresamente atribuidas a la Asamblea General de Accionistas o al Comisario, por  este Documento o por la Ley Nota: Si por cualquier circunstancia la figura del presidente quedare vacante, por renuncia, abandono voluntario del cargo, muerte, ausencia prolongada, o cualquier otro supuesto establecido en las leyes venezolanas que lo imposibilite o le impida ejercer sus funciones por más de 15 días en el cargo, tomará posesión protempore la figura del

VICE PRESIDENTE, hasta celebrada la asamblea extraordinaria de accionista para elegir el nuevo presidente que no deberá exceder un lapso de 90 días. CAPITULO IV. DE LAS

ASAMBLEAS ASAMB LEAS

DE

ACCI ACCIONIST ONISTAS. AS. DECIMA DECIMA SEGUN SEGUNDA: DA: (A) La As Asam ambl blea ea Ge Gener neral al de

 Accionistas es la máxima autoridad de la compañía. A ella corresponde la suprema dirección de la compañía y ttendrá endrá los poderes y atribuciones establecidos en los artículos artículos 275 y 280 del Códi Có digo go de Co Come merci rcio, o, co como mo ta tamb mbié ién n cu cual ales esqu quie iera ra otra otrass fa facul culta tade dess y fu funci ncion ones es esti estime men n convenientes para llevar a cabo el objeto social de la compañía. Legalmente constituida representa a la totalidad de los accionistas y sus Decisiones dentro de los límites de sus facultades, facul tades, son obligatorias obligatorias para todos los accionist accionistas, as, aunque no hubieren concurrido a ella. Los accionistas accionistas podrán hacerse representar en la Asamblea General de Accion Accionistas istas mediant mediante e simple poder contenido en carta, telegrama, cablegrama o fax. (B) La Asamblea General Ordinaria de Accionistas se reunirá dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha de cierre de cada ejercicio económico, en la fecha y en el lugar que indique la convocatoria. La  Asamblea General Extraordinaria de Accionistas se reunirá cada vez que interese a la

 

socied soc iedad. ad. (C) Tanto Tanto el PRESIDENTE como los demás miembros de la Compañía de la

Junta Directiva de la Compañía,   podrán presidir las Asambleas Generales Ordinarias o Extraordinarias de accionistas. (D) De cada Asamblea General de Accionistas se levantará

 

un act acta a que cont contend endrá rá los nom nombres bres de los asi asiste stente ntes, s, el núm número ero de acci accione oness que representan y las decisiones adoptadas y será firmada por los accionistas presentes en la  Asamblea. DECIMA TERCERA:  Para la valid validez ez de los acuerdos acuerdos y decisi decisiones ones de las asambleas de de accionist accionistas, as, ya sean ordinarias o extraordinarias, deberán estar representadas en ellas un numero de accionistas que constituya por lo menos el SETENTA Y CINCO por  ciento cient o (75%) del Capital Social Social y las decisiones decisiones se tomaran mediante mediante el voto favorabl favorable e de los accionistas que representen el SETENTA Y CINCO por ciento (75%) del Capital Social. Si a la  Asamblea de Accionistas, ya sea esta ordinaria ordinar ia o extraordinaria, no concurriere un número de accionistas con la presentación exigida en él, se hará una segunda convocatoria con cinco (5) días de anticipación por lo menos, quedando la asamblea constituida, sea cual fuere el número de rep repre rese sent ntac ació ión n de lo loss soci socios os qu que e as asis ista tan, n, siem siempre pre qu que e as asíí fu fuer ere e exp expre resa sado do en la convocatoria, si la asamblea hubiera sido convocada para deliberar sobre alguno de los asuntos a que se refiere el artículo 280 del Código de Comercio, las decisiones acordadas por  la segunda asamblea no serán definitivas sino después de publicadas en un diario de los de mayor circul circulación ación en el País o bien del domic domicilio ilio de la empres empresa a y siemp siempre re y cuando la tercera tercer a asambl asamblea, ea, convoc convocada ada con cinco (5) días de a antici nticipación pación por lo menos, la ratif ratifique ique sea cual fuer fuere e el número de socio socioss representados representados en ella. DECIMA CUARTA: QUÓRUM DE Para que que se pue pueda da cconst onstitu ituir ir váli válidame damente nte las Asambl Asambleas eas,, ASISTENCIA Y VOTACION:  Para incluso las efectuadas según lo previsto en los artículos 274, 276, 280 y 281 del Código de Comercio, deberán estar representadas en ella por lo menos el SETENTA Y CINCO POR CIENTO CIE NTO (75%) de las acciones acciones que const constitu ituyan yan el capita capitall soc social ial.. En las Asa Asambl mbleas eas cada acción representa representa un (1) voto. Las decisione decisioness adoptadas adoptadas en las Asambleas sólo serán válidas si las mismas son aprobadas por lo menos por el voto favorable de por lo menos el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) de las acciones representadas en la Asamblea. CAPITULO V.

DE LA ADM ADMINI INISTR STRACI ACION. ON. CLA CLAUSU USULA LA DECIMA DECIMA QUI QUINTA NTA: ADMINISTRACION: La administración de la compañía estará a cargo de una Junta Directiva compuesta por un (1)

PRESIDENTE, quien deberá ser accionista. A los efectos del artículo 244 del Código de Comercio, deberán depositar en la caja social dos (2) acciones de la compañía. Si no fuere accionista el depósito será hecho por un accionista a su nombre. Los integrantes de la Junta Directiva durarán cinco (5) años en sus funciones, y podrán ser reelectos. No obstante,

 

continuaran ejerciendo sus cargos, aunque haya expirado el término de sus gestiones, hasta tanto tomen posesión los nuevos administradores. administradores. La design designación ación de los Directores Gerentes se hará por la Asamblea General de Accionistas CAPITULO VI. DEL COMISARIO. DECIMA Compañía ía tendrá un comisa comisario rio que ejercerá las atrib atribuciones uciones que señale el Código SEXTA: La Compañ de Comercio y será elegido por la Asamblea de Accionistas, el mismo permanecerá en el cargo durante DOS (02) años, y podrá ser reelegido o sustituido únicamente por la Propia Asamblea de Accionistas. El Comisario entregara un informe sobre el balance y la contabilidad de la sociedad, con quince (15) días de anticipación por lo menos, a la fecha fijada para la Asamblea Ordinaria. CAPITULO VI. DEL EJERCICIO ECONOMICO, DEL BALANCE, RESERVAS Y

UTILIDADES. DECIMA SEPTIMA: El primer ejercicio económico de la Compañía comenzará en la fecha de su inscripción por ante la oficina del Registro Mercantil y finalizará al treinta y uno (31) de Diciembre del año 2020. Los ejercicios subsigui subsiguientes entes comenzar comenzarán án el Primer Primero o (01) de Enero y terminaran el Treinta y uno (31) de Diciembre de cada año. Al final de cada ejercicio económico se establecerá el balance general y la demostración de ganancias y pérdidas, de conformidad con las normas generales de contabilidad y siguiendo en todo caso lo pactado en el Códi Código go de Co Come merc rcio io.. DE DEL L FO FOND NDO O DE RE RESE SERV RVA. A. DE DECI CIMA MA OC OCTA TAVA VA:: FO FOND NDO O DE determinar minar las util utilidades idades se har harán án los RESERVA Y DEL REPARTO DE UTILIDADES:  Para deter apartados aparta dos correspon correspondiente dientess y sufic suficientes ientes para cubrir las obliga obligaciones ciones contra contraídas ídas y derivadas de las leyes leyes lab laboral orales es y de las Ley Leyes es fisc fiscale ales. s. De lo que quedase quedase,, se har hará á un apartado apartado equivalente equiv alente al 5% para fo formar rmar un fondo de reserv reserva a legal legal,, hast hasta a que dic dicho ho fondo de reser reserva va acum ac umul ulad ado o alca alcanc nce e el 10 10% % de dell Capi Capita tall so soci cial al.. Lo que quedas quedase e se dist distri ribu buirá irá

entr entre e lo loss

acci ac cion onist istas as en la op opor ortu tuni nidad dad qu que e est estab able lezc zca a la As Asam ambl blea ea de acci accion onis ista tass y se har harán án proporcionales a sus acciones. CAPITULO VII. LIQUIDACION. DECIMA NOVENA: Si llegase al caso de declararse la Compañía en Disolución, la Asamblea General de Accionistas que lo declare, concederá a los liquidadores las facultades que consideren conveniente. Durante la liquid liquidaci ación ón la Asa Asambl mblea ea General General de Accion Accionist istas as cont continu inuara ara inv invest estida ida de los más amplio amplioss poderes relacionados con la liquidación, deducción del pasivo y de los gastos que ellos ocasione, inclusive la remuneración de los liquidadores será distribuida entre todos los Socios en proporción al monto de sus acciones. CAPITULO VIII. VIGESIMA: Esta Acta constitutiva constituye los estatutos sociales de la compañía y podía ser modificada por una Asamblea Gen ene eral ral debidament nte e

cons onstituida

para

tal

objet eto o. VIGÉ VIGÉSI SIMA MA

PR PRIM IMER ERA: A: CA CASO SOS S

NO ESPECIFICADOS. En todo lo que no esté previsto especialmente en el Acta Consti Con stitut tutiva iva,, se aplica aplicaran ran las dispos disposici icione oness del Cód Código igo de Com Comerc ercio io Vig Vigent ente. e. VIGÉSIMA

SEGUNDA: Para el Primer periodo de DIEZ (10) años se nombró la siguiente Junta Directiva la

 

cual quedo integrada por las siguientes personas: PRE PRESID SIDENT ENTE: E: ANA MAR MARIA IA ALV ALVARE AREZ Z

RIVERO,

VICE-PRESIDNTE:

FRANCISCO

JAVIER

RIVERO

ALVAREZ,

Como

COMI CO MISA SARI RIO O se de desi sign gna a a la Licenc Licenciad iadaa MILEID MILEIDY Y ALE ALEJAN JANDRA DRA ALV ALVARA ARADO DO MUJ MUJICA ICA.., venezo ven ezolan lana, a, may mayor or de edad edad,, titula titularr de la ced cedula ula de ide identi ntidad dad N° V- .22 .22.09 .098.9 8.961, 61,

LICENCIADA EN CONTADURÍA PUBLICA   inscrita en el COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DEL ESTADO PORTUGUESA, bajo N° 151.627,  para un periodo de dos (02)) año (02 añoss en su car cargo. go. VIGÉSIMA TERCERA: Se ha facultado a la Abogada en ejercicio

 YADIRA ESTHER CUENCA CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-12.710.342, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 23 233. 3.89 894, 4, de este este do domi mici cililio, o, pa para ra qu que e ejec ejecut ute e todo todoss los los acto actoss y cump cumplilirr toda todass las las formalidades necesarias para la constitución legal de la Sociedad, otorgamientos por ante este Registro Mercantil, quedando plenamente facultado para firmar documentos y protocolos, y para hacer, sin limitación alguna, cuanto fuere necesario para lograr el fin encomendado, así como tramitaciones del Registro de Información Fiscal por ante el SENIAT, la legalización de los libros y consignación de la publicación. DECLARAMOS BAJO FE DE JURAMENTO   que los capital capitales, es, bie bienes nes,, hab haberes eres,, valores valores o títulos títulos del acto o neg negoci ocio o jurí jurídic dico o a obj objeto eto de Constituir la presente Compañía Anónima, proceden de actividades licitas, lo cual puede ser  corroborado por los organismos competentes y no tienen relación alguna con dinero, capitales, bienes, haberes, valores o títulos que se consideren producto de actividades o acciones ilícitas ilícitas contem con templa pladas das en la Ley Orgáni Orgánica ca cont contra ra la Del Delinc incuen uencia cia orga organiza nizada da y fin financi anciami amient ento o al terrorismo terror ismo y/o en la Ley Orgánica de Drogas VIGÉSIMA CUARTA: Para todo lo no previsto en el presente documento VI se aplicarán las Disposiciones contenidas en el Código de Comercio. Declaramos bajo fe de juramento, que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos del acto o negocio jurídico a objeto de la constitución de la presente constitución de empresa. Son provenientes de nuestros ahorros, por tanto, proceden de actividades de legítimo carácter  mercantil, mercan til, lo cual puede ser corrobor corroborado ado por los organismo organismoss competentes competentes y no tienen relación alguna con dinero, capitales, bienes, haberes, valores o títulos que se consideren producto de las actividades o acciones ilícitas contempladas en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y la Ley Orgánica de Drogas. Agotado el orden del día se levanta la presente Acta la cual es leída a los presentes firmando los mismos en señal de total conformidad en su contenido. Así se declara en la ciudad de Acarigua a la fecha de su presentación.  _________________________

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ANA MARÍA ALVAREZ RIVERO C.I. V-9.843.712.

FRANCISCO JAVIER RIVERO ALVAREZ C.I. V-20.158.845.

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