ACTA Clinica
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ACTA NOTARIAL DE DECLARACIÓN JURADA. En la ciudad de Santa Cruz del
Quiche, departamento departamento de El Quiche, once de agosto de dos mil trece, siendo las once horas, constituido en mi sede notarial ubicada en la cero avenida nueve guion veintinueve de la zonaa cinco zon cinco de esta esta ciuda ciudad, d, YO: MELINT MELINTON ON ESTUARDO ESTUARDO SOLÓRZ SOLÓRZANO ANO RIVERA RIVERA,, NOTARIO, soy requerido por los señores: ALBADINA ALBADINA REBECA PIEDRASANTA RAMÍR RAMÍREZ, EZ, de cinc cincuen uenta ta año añoss de edad, edad, solter solteraa por viude viudez, z, guatemal guatemaltec teca, a, Abo Abogad gadaa y Notaria, de este domicilio, domicilio, quien se identifica identifica con el Documento Personal de Identificación Identificación DPI Código Único de Identificación número: un mil seiscientos doce espacio veintitrés mil quinientos ocho espacio cero novecientos uno del Registro Nacional de las Personas del Municipio Municipio de Santa Cruz del Quiché departamento de El Quiché; y EDGAR EDGAR ESTANISLAO EJCALON MAJZUL, de cuarenta y un años, soltero, guatemalteco, Médico y Cirujano, de este domicilio, Colegiado número doce mil quinientos diez del Colegio de Médicos y Cirujanos de Guatemala, quien se identifica con el Documento Personal de Identificación DPI Código Único de Identificación número: dos mil trescientos cincuenta y seis espacio ochenta y un mil trescientos dieciocho espacio cero cuatro cero siete extendido por el Registro Nacional de las Personas del municipio municipio de Santa Cruz del Quiché, departamento de El Quiché, quienes aseguran ser de los datos de identidad anteriormente relacionados y hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles y que el motivo de su rogación es para hacer constar DECLARACIÓN JURADA. JURADA. PRIMERA: Manifiest Manifiestaa la señora ALBADINA ALBADINA REBECA PIEDRASANTA RAMÍREZ y declara bajo juramento de ley ante el Infrascrito Notario y enterada del contenido del delito de Perjurio y pena legal legal correspondiente, que en vida fue la esposa del Doctor Edgar Benigno de León Coronado, quien era Director y Propietario del Sanatorio Centro Médico “Santo Tomás”, ubicado en la cero avenida nueve
guion cero dos de la zona cinco de esta ciudad. SEGUNDA: Siempre bajo juramento de ley declara ante el infrascrito Notario lo siguiente: Que por este medio y por renuncia del Doctor Waldemar Vélez Gaitán, de ahora en adelante asume el cargo por designación de su persona como MEDICO DIRECTOR, PROPIETARIO Y REPRESENTANTE LEGAL, ADMINISTRADOR TÉCNICO DEL PERSONAL Y SERVICIOS MÉDICOS DEL SANATORIO CENTRO MÉDICO “SANTO TOMAS” ubicado en la
cero avenida nueve guion cero dos de la zona cinco de esta ciudad, centro de asistencia debidamente autorizado a la fecha por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, el Doctor EDGAR ESTANISLAO EJCALON MAJZUL, asumiendo cada una de las
responsabilidades que por ley debe desempeñar ante las autoridades de Salud y de otra índole del País y a presentarse en donde se le requiera su presencia en las diferentes instituciones públicas y privadas de las funciones aquí expresadas, renunciando al fuero de su domicilio. SEGUNDA. El Doctor EDGAR ESTANISLAO EJCALON MAJZUL, manifiesta expresamente y declara bajo juramento de ley ante el infrascrito Notario y enterado del contenido del delito de perjurio y pena legal correspondiente: a) Que por este medio y por razones de fallecimiento del Doctor Edgar Benigno de León Coronado, como se indicó anteriormente y por renuncia del Doctor Waldemar Vélez Gaitán, acepta y asume por medio de la presente las funciones de los cargos de DIRECTOR MÉDICO, PROPIETARIO Y REPRESENTANTE LEGAL, ADMINISTRADOR TÉCNICO DEL PERSONAL Y SERVICIOS MÉDICOS DEL SANATORIO CENTRO MÉDICO “SANTO TOMAS” ubicado en la cero avenida nueve guion cero dos de la zona cinco de esta ciudad, centro de asistencia debidamente autorizado a la fecha por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. b) Para los procedimientos administrativos y legales
otorga su anuencia para que se realice el cambio o modificación de autorización Sanitaria en el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, en el expediente que se encuentra inventariado en la Dirección General de Regulación, Vigilancia y Control de Salud bajo el número: seiscientos veintitrés guion dos mil ocho (623-2008), registro veintitrés guion dos mil ocho, (23-2008), libro cero dos guion S (02-S) folio
cincuenta y cinco (55).
TERCERA: No habiendo más que hacer constar doy por terminada la presente, veinte minutos después de su inicio, en el mismo lugar y fecha, constando en dos hojas de papel bond adhiriendo los timbres de ley, que previa lectura por los requirentes, bien impuestos de su contenido y efectos legales, se acepta, ratifica y firman.
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