Acometidas y Alimentadores
Short Description
Download Acometidas y Alimentadores...
Description
MANUAL DE SUSTENTACIÓN CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD UTILIZACIÓN 2006
SECCIÓN 050: CARGAS DE CIRCUITOS Y FACTORES DE DEMANDA
Acometidas y Alimentadores Sustento y Propósito de la Regla 050-200(1). En una vivienda unifamiliar no se
espera que operen simultáneamente todos los equipos eléctricos instalados. Al respecto, se establece un criterio básico con el cual se pueda determinar la determinar la capacidad de los conductores de una acometida o del alimentador. La Subregla (1)(b) indica que la corriente nominal mínima de los conductores sea de 40 A 40 A . Se puede instalar un instalar un tablero con un número mínimo de espacio de acuerdo a la Regla 050-108 (4). Para los propósitos de la Regla 050-104, la Subregla (3) de la Regla 050-200 propone que las cargas en las Subreglas (1) y (2) no se consideren como continuas; por lo tanto no se necesita aplicar ninguna aplicar ninguna reducción de la corriente nominal. Pasos a seguir para calcular la capacidad mínima de los conductores de la acometida o del alimentador que suministra energía eléctrica a una unidad de vivienda unifamiliar:
(1)
de 050-110 -
Calcular el Calcular el área total techada en m2. Área techada que se encuentra indicada en el Plano de Ubicación de Arquitectura.
Recomendación: Si la fracción de área en exceso es menor o igual que 1 m2,
se recomienda no considerar esta considerar esta fracción. (2)
de 050-200(1)(a)(i) -
2 500 W para los primeros 90 m2 de área techada; más
(3)
de 050-200(1)(a)(ii) -
1 000 W para cada 90 m2 o fracción en exceso de los primeros 90 m2; más
Nota: La carga básica 050-200(1)(a)(i) y la carga adicional 050-200(1)(a)(ii)
consideran las cargas correspondientes al alumbrado y tomacorrientes de la unidad de vivienda. Se deberá tener en tener en cuenta que las cargas para tomacorrientes sólo son para las que no sobrepasen de los 1 500 W o aquellas cargas que se caracterizan por ser por ser instalaciones que tienen circuitos derivados independientes. Para estos casos véanse las notas del paso (7). (4)
de 050-200(1)(a)(iii) -
A. Calcular la
cantidad de carga de calefacción ambiental eléctrica usando los factores de demanda de la Regla 270-116(2)(a) y (b). Los primeros 10 kW al 100% y el resto al 75%; B. Calcular
la cantidad de carga del aire acondicionado con un de factor demanda factor demanda al 100%; Nota: Usar el mayor de A o B según la Regla 050-106(4); más
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS www.minem.gob.pe
Sec ci ón 05 0: Pági n a 16
MANUAL DE SUSTENTACIÓN CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD UTILIZACIÓN 2006
SECCIÓN 050: CARGAS DE CIRCUITOS Y FACTORES DE DEMANDA
Nota: Las cargas de calefacción, entre otras similares corresponden a:
-
Calefacción de superficies, pisos, zócalos. Calefacción de tuberías. Calefacción para fusión de hielo. Sauna (Regla 279-500).
(5)
de 050-200(1)(a)(iv) -
Calcular la carga requerida para una cocina eléctrica. Usar 6 000 W para la corriente nominal de la cocina eléctrica, mas 40% de la corriente nominal de la cocina eléctrica que exceda los 12 kW; más
(6)
de 050-200(1)(a)(v) -
Calcular la carga requerida para calentadores de agua para piscina y baños individuales o comunes con un factor de demanda al 100%; más
Nota: Las cargas de calentadores de agua, entre otros similares corresponden a:
(7)
Calentador de agua para baño (therma). Ducha eléctrica. Calentador de hidromasaje. Calentador de piscina.
de 050-200(1)(a)(vi) -
Calcular para las cargas restantes mayores a 1 500 W con un factor de demanda de 25%, si se ha previsto una cocina eléctrica. Si no se ha previsto cocina eléctrica debe considerarse la suma de las cargas que exceden los 1 500 W hasta un total de 6 000 W al 100%, y el exceso de los 6 000 W al 25%.
Nota 1: Las cargas adicionales superiores a 1 500 W, entre otros similares
corresponden a: - Secadora de ropa. - Iluminación exterior especial. - Iluminación de jardines. - Iluminación de fachada. - Iluminación de piscinas. - Ascensores (aplicar la Sección 160).
Nota 2: Las cargas adicionales menores o iguales a 1 500 W, deben ser
consideradas con factor de demanda de 100%. Estas cargas entre otros similares corresponden a: - Lavavajillas. - Electrobomba de agua. - Electrobomba de desagüe. - Electrobomba de piscina. - Puerta levadiza. - Hidromasaje. - Triturador de desperdicios. (Se caracterizan independientes).
por ser instalaciones
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS www.minem.gob.pe
que tienen circuitos derivados
Sec ci ón 05 0: Pági n a 17
MANUAL DE SUSTENTACIÓN CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD UTILIZACIÓN 2006
SECCIÓN 050: CARGAS DE CIRCUITOS Y FACTORES DE DEMANDA
(8)
de 050-200(1) -
Para determinar la capacidad de los conductores de la acometida o del alimentador usar la mayor de las cargas calculadas en 050-200(1)(a) o la carga mínima estipulada en el párrafo (b).
Nota: Las cargas son no continuas según la Regla 040-200(3), y no se necesita aplicar el factor de reducción de la capacidad de corriente nominal.
(9)
Seleccionar un conductor de las Tablas 1 o 2, y tomar en cuenta las otras tablas relacionadas. (10) Determinar la capacidad de los dispositivos de protección contra sobrecorrientes.
Ejemplo 1: Usando los pasos previos: Una vivienda unifamiliar de dos pisos, con calefacción no eléctrica, con las dimensiones externas de 12 m x 10 m y un sótano con las paredes externas con grosor de 200 mm . Equipo eléctrico instalado: 4 000 W secadora de ropa 4 000 VA unidad de aire acondicionado Pasos: (1) ÁREA: 050-110 Área de la unidad de vivienda CARGAS DE ALUMBRADO Y TOMACORRIENTES: Regla
(5) (6) (7)
Pot. Inst. (W)
Descripción
(2) 050-200(1)(a)(i) . Carga Básica (3) 050-200(1)(a)(ii) . Carga adicional 180 m 2 050-200(1)(a)(ii) . Carga (fracción) 36 m 2
(4)
306 m
90 m2 2 x 90 m2 1 x 90 m2
CARGAS DE CALEFACCIÓN: 050-200(1)(a)(iii) . Aire acondicionado 4 000 W A. Calefacción con control automático: 270-500 270-116-2 Primeros 10 kW con F.D. 100%, y el saldo con F.D. 75% B. Aire acondicionado F.D. 100% Nota: Usar el mayor de A o B según la Regla 050-106(4). CARGAS DE COCINA ELÉCTRICA: 050-200(1)(a)(iv) No aplica. CARGAS DE CALENTADORES DE AGUA: 050-200(1)(a)(v) No aplica. CUALQUIER CARGA ADICIONAL > 1 500 W: 050-200(1)(a)(vi) - Secadora de ropa. TOTAL
4 000 W
F.D.
De
D.M. (W)
2 500 2 000 1 000 5 500
1,00 5 500
5 500
4 000
1,00 4 000
4 000
4 000 19 000
1,00 4 000
4 000 13 500
(8) La carga de la unidad de vivienda es de 13 500 W, lo que equivale a 35,5 A en 220 V
trifásico, considerando un factor de potencia 1. La Subregla (1) indica que la capacidad mínima del conductor debe ser el mayor de (a) o (b). Entonces de acuerdo al párrafo (b) la corriente nominal mínima debe ser de 40 A, para este caso trifásico. (9) Los conductores de la acometida y del alimentador deben soportar 40 A . (10) El dispositivo de protección contra sobrecorrientes deberá ser de 40 A .
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS www.minem.gob.pe
Sec ci ón 05 0: Pági n a 18
MANUAL DE SUSTENTACIÓN CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD UTILIZACIÓN 2006
SECCIÓN 050: CARGAS DE CIRCUITOS Y FACTORES DE DEMANDA
Ejemplo 2: Usando los pasos previos: Una vivienda unifamiliar de dos pisos, con calefacción no eléctrica, con las dimensiones externas de 12 m x 10 m y un sótano con las paredes externas con grosor de 200 mm . Equipo eléctrico instalado: 25 000 W calentador eléctrico de zócalos 3 000 VA unidad de aire acondicionado (Regla 050-106 (4)) 14 000 W cocina eléctrica 3 000 W calentador de agua para baño 4 000 W calentador de tina caliente 4 000 W secadora de ropa Pasos: (1) ÁREA: 050-110
306 m2
Área de la unidad de vivienda
CARGAS DE ALUMBRADO Y TOMACORRIENTES: Regla
Descripción
(2) 050-200(1)(a)(i) . Carga Básica (3) 050-200(1)(a)(ii) . Carga adicional 180 m2 050-200(1)(a)(ii) . Carga (fracción) 36 m 2
90 m2 2 x 90 m2 1 x 90 m2
Pot. Inst. (W) 2 500 2 000 1 000 5 500
F.D.
De
D.M. (W)
1,00
5 500
5 500
1,00 10 000 0,75 15 000
10 000 11 250
CARGAS DE CALEFACCIÓN: (4)
050-200(1)(a)(iii) . Calentador eléctrico de zócalos 25 000
W
050-200(1)(a)(iii) . Aire acondicionado 3 000 W 270-500 A. Calefacción con control automático: 270-116-2 Primeros 10 kW con F.D. 100%, y el saldo con F.D. 75% B. Aire acondicionado F.D. 100% Nota: Usar el mayor de A o B según la Regla 050-106(4).
10 000 15 000 No aplica.
CARGAS DE COCINA ELÉCTRICA: (5)
050-200(1)(a)(iv) . Cocina eléctrica
W
12 000 2 000
0,50 0,40
6 000 2 000
6 000 800
3 000 W 4 000 W
3 000 4 000
0,25 0,25
3 000 4 000
750 1 000
4 000 W
4 000 61 000
1,00
4 000
4 000 39 300
14 000
CARGAS DE CALENTADORES DE AGUA: (6)
050-200(1)(a)(v)
. Calentador de agua para baño . Calentador de tina caliente
(7) CUALQUIER CARGA ADICIONAL > 1 500 W: 050-200(1)(a)(vi) - Secadora de ropa. TOTAL
(8) La carga de la unidad de vivienda es de 39 300 W lo que equivale a 103,26 A con suministro
trifásico de 220 V y considerando factor de potencia 1. (9) Los conductores de la acometida y del alimentador deben soportar 100 A . (10) El dispositivo de protección contra sobrecorrientes deberá ser de 100 A .
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS www.minem.gob.pe
Sec ci ón 05 0: Pági n a 19
MANUAL DE SUSTENTACIÓN CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD UTILIZACIÓN 2006
SECCIÓN 050: CARGAS DE CIRCUITOS Y FACTORES DE DEMANDA
Ejemplo 3.1: Unidad de Vivienda de tres pisos - Con Cocina Eléctrica Una vivienda de tres pisos más sótano (4 niveles), que tiene un área techada de 470 m² . 100% del área del 1º, 2º y 3r piso 390 m² 75% del área del sótano 80 m² 60 m² Área techada total 450 m² Pasos: (1) ÁREA: 050-110 Área techada a considerar 450 m2 CARGAS DE ALUMBRADO Y TOMACORRIENTES: Regla
Pot. Inst. (W)
Descripción 90 m2 4 x 90 m2
(2) 050-200(1)(a)(i) . Carga Básica (3) 050-200(1)(a)(ii) . Carga adicional 180 m 2 050-200(1)(a)(ii) . Carga (fracción)
F.D.
De
D.M. (W)
6 500
1,00
6 500
6 500
10 000 2 000 4 000
1,00 0,75 1,00
10 000 2 000 4 000
10 000 1 500 4 000
6 000 800
2 500 4 000
CARGAS DE CALEFACCIÓN: (4)
050-200(1)(a)(iii) . Sauna
12 000 W
050-200(1)(a)(iii) . Aire acondicionado 270-500 270-116-2
4 000 W
A. Calefacción con control automático:
Primeros 10 kW - F.D. 100%, y el saldo F.D. 75%
B. Aire acondicionado F.D. 100% Nota: Usar el mayor de A o B - Regla 050-106(4).
CARGAS DE COCINA ELÉCTRICA: (5)
050-200(1)(a)(iv) . Cocina eléctrica
CARGAS DE CALENTADORES DE AGUA: (6) 050-200(1)(a)(v) . Calentador de agua para baño (7) CUALQUIER CARGA ADICIONAL > 1 500 W: . Secadora de ropa. 050-200(1)(a)(vi) . Iluminación de jardines. . Iluminación de piscina. CUALQUIER CARGA ADICIONAL 1 500 W: 050-200(1)(a)(vi) . Electrobomba de agua . Electrobomba de piscina . Electrobomba de desagüe . Hidromasaje . Puerta levadiza . Triturador de desperdicios TOTAL
14 000 W
12 000 2 000
0,40
6 000 2 000
2 500 W
2 500
1,00
2 500
2 500
10 000
0,25
10 000
2 500
3 240 52 240
1,00
3 240
3 240 37 040
3 000 4 000 3 000 10 000
W W W W
747 373 500 747 373 500 3 240
W W W W W W W
(8) La carga de la unidad de vivienda es 37 040 W lo que equivale a 97,32 A, con suministro trifásico de 220 V y considerando un factor de potencia 1. (9) Los conductores de la acometida y del alimentador deberán soportar 100 A . (10) El dispositivo de protección contra sobrecorrientes deberá ser de 100 A .
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS www.minem.gob.pe
Sec ci ón 05 0: Pági n a 20
MANUAL DE SUSTENTACIÓN CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD UTILIZACIÓN 2006
SECCIÓN 050: CARGAS DE CIRCUITOS Y FACTORES DE DEMANDA
Ejemplo 3.2:
Unidad de Vivienda de tres pisos - Sin Cocina Eléctrica Una vivienda de tres pisos más sótano (4 niveles), que tiene un área techada de 470 m² . 100% del área del 1º, 2º y 3r piso 390 m² 75% del área del sótano 80 m² 60 m² Área techada total 450 m² Pasos: (1) ÁREA: 050-110 Área techada a considerar 450 m2 CARGAS DE ALUMBRADO Y TOMACORRIENTES: Regla
Pot. Inst. (W)
Descripción 90 m2 4 x 90 m2
(2) 050-200(1)(a)(i) . Carga Básica (3) 050-200(1)(a)(ii) . Carga adicional 180 m 2 050-200(1)(a)(ii) . Carga (fracción)
F.D.
De
D.M. (W)
6 500
1,00
6 500
6 500
10 000 2 000 4 000
1,00 0,75 1,00
10 000 2 000 4 000
10 000 1 500 4 000
2 500
1,00
2 500
2 500
6 000 4 000
1,00 0,25
6 000 4 000
6 000 1 000
3 240 38 240
1,00
3 240
3 240 34 740
2 500 4 000
CARGAS DE CALEFACCIÓN: (4)
050-200(1)(a)(iii) . Sauna
12 000 W
050-200(1)(a)(iii) . Aire acondicionado 270-500 270-116-2
4 000 W
A. Calefacción con control automático:
Primeros 10 kW - F.D. 100%, y el saldo F.D. 75%
B. Aire acondicionado F.D. 100% Nota: Usar el mayor de A o B - Regla 050-106(4).
CARGAS DE COCINA ELÉCTRICA: (5) 050-200(1)(a)(iv) No aplica. CARGAS DE CALENTADORES DE AGUA: (6) 050-200(1)(a)(v) . Calentador de agua para baño (7) CUALQUIER CARGA ADICIONAL > 1 500 W: . Secadora de ropa. 050-200(1)(a)(vi) . Iluminación de jardines. . Iluminación de piscina.
CUALQUIER CARGA ADICIONAL 1 500 W: 050-200(1)(a)(vi) . Electrobomba de agua . Electrobomba de piscina . Electrobomba de desagüe . Hidromasaje . Puerta levadiza . Triturador de desperdicios TOTAL
2 500 W 3 000 4 000 3 000 10 000
W W W W
747 373 500 747 373 500 3 240
W W W W W W W
(8) La carga de la unidad de vivienda es 37 740 W lo que equivale a 91,28 A, con suministro trifásico de 220 V y considerando un factor de potencia 1. (9) Los conductores de la acometida y del alimentador deberán soportar 95 A . (10) El dispositivo de protección contra sobrecorrientes deberá ser de 95 A .
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS www.minem.gob.pe
Sec ci ón 05 0: Pági n a 21
MANUAL DE SUSTENTACIÓN CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD UTILIZACIÓN 2006
SECCIÓN 050: CARGAS DE CIRCUITOS Y FACTORES DE DEMANDA
Ejemplo 4.1: Unidad de Vivienda de dos pisos - Con Cocina Eléctrica Una vivienda de dos pisos sin sótano, que tiene un área techada de 180 m ² . 100% del área del 1er piso 85 m² o 100% del área del 2 piso 95 m² Área techada total 180 m² Pasos: (1) ÁREA: 050-110 Área techada a considerar 180 m2 CARGAS DE ALUMBRADO Y TOMACORRIENTES: Regla (2) 050-200(1)(a)(i)
Pot. Inst. (W)
Descripción . Carga Básica
(3) 050-200(1)(a)(ii) . Carga adicional 90 m 050-200(1)(a)(ii) . Carga (fracción)
2
F.D.
De
D.M. (W)
3 500
1,00
3 500
3 500
4 000
1,00
4 000
4 000
6 000
6 000
90 m2
2 500
2
1 000
1 x 90 m
CARGAS DE CALEFACCIÓN: (4) 050-200(1)(a)(iii) . Aire acondicionado 4 000 W 270-500 A. Calefacción con control automático: 270-116-2 Primeros 10 kW - F.D. 100%, y el saldo F.D. 75% B. Aire acondicionado F.D. 100% Nota: Usar el mayor de A o B - Regla 050-106(4).
CARGAS DE COCINA ELÉCTRICA: (5) 050-200(1)(a)(iv) . Cocina eléctrica CARGAS DE CALENTADORES DE AGUA: (6) 050-200(1)(a)(v) . Calentador de agua para baño (7) CUALQUIER CARGA ADICIONAL > 1 500 W: 050-200(1)(a)(vi) . Secadora de ropa. CUALQUIER CARGA ADICIONAL 1 500 W: 050-200(1)(a)(vi) . Electrobomba de agua . Hidromasaje . Puerta levadiza TOTAL
8 000 W
8 000
2 500 W
2 500
1,00
2 500
2 500
2 000 W
2 000
0,25
2 000
500
1 867 21 867
1,00
1 867
1 867 18 367
747 747 373 1 867
W W W W
(8) La carga de la unidad de vivienda es 18 367 W, lo que equivale a 48,26 A con suministro trifásico de 220 V y considerando un factor de potencia 1. (9) Los conductores de la acometida y del alimentador deberán soportar 50 A . (10) El dispositivo de protección contra sobrecorrientes deberá ser de 50 A .
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS www.minem.gob.pe
Sec ci ón 05 0: Pági n a 22
MANUAL DE SUSTENTACIÓN CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD UTILIZACIÓN 2006
SECCIÓN 050: CARGAS DE CIRCUITOS Y FACTORES DE DEMANDA
Ejemplo 4.2: Unidad de Vivienda de dos pisos - Sin Cocina Eléctrica Una vivienda de dos pisos sin sótano, que tiene un área techada de 180 m² . 100% del área del 1er piso 85 m² o 100% del área del 2 piso 95 m² Área techada total 180 m² Pasos: (1) ÁREA: 050-110 Área techada a considerar 180 m2 CARGAS DE ALUMBRADO Y TOMACORRIENTES: Regla
Pot. Inst. (W)
F.D.
De
D.M. (W)
3 500
1,00
3 500
3 500
4 000
1,00
4 000
4 000
2 500 W
2 500
1,00
2 500
2 500
2 000 W
2 000
1,00
2 000
2 000
1 867 13 867
1,00
1 867
1 867 13 867
Descripción
(2) 050-200(1)(a)(i) . Carga Básica (3) 050-200(1)(a)(ii) . Carga adicional 90 m 2 050-200(1)(a)(ii) . Carga (fracción)
90 m2 1 x 90 m2
2 500 1 000
CARGAS DE CALEFACCIÓN: (4) 050-200(1)(a)(iii) . Aire acondicionado 4 000 W 270-500 A. Calefacción con control automático: 270-116-2 Primeros 10 kW - F.D. 100%, y el saldo F.D. 75% B. Aire acondicionado F.D. 100% Nota: Usar el mayor de A o B - Regla 050-106(4).
CARGAS DE COCINA ELÉCTRICA: (5) 050-200(1)(a)(iv) No aplica. CARGAS DE CALENTADORES DE AGUA: (6) 050-200(1)(a)(v) . Calentador de agua para baño (7) CUALQUIER CARGA ADICIONAL > 1 500 W: 050-200(1)(a)(vi) . Secadora de ropa. CUALQUIER CARGA ADICIONAL 1 500 W: 050-200(1)(a)(vi) . Electrobomba de agua . Hidromasaje . Puerta levadiza TOTAL
747 747 373 1 867
W W W W
(8) La carga de la unidad de vivienda es 13 867 W lo que equivale a 36,43 A con suministro trifásico de 220 V y considerando un factor de potencia 1. (9) Los conductores de la acometida y del alimentador deberán soportar 40 A . (10) El dispositivo de protección contra sobrecorrientes deberá ser de 40 A .
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS www.minem.gob.pe
Sec ci ón 05 0: Pági n a 23
MANUAL DE SUSTENTACIÓN CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD UTILIZACIÓN 2006
SECCIÓN 050: CARGAS DE CIRCUITOS Y FACTORES DE DEMANDA
Ejemplo 5.1: Unidad de Vivienda de un piso - Con Cocina Eléctrica Una vivienda de un piso sin sótano, que ti ene un área techada de 90 m² . 100% del área del 1er piso 90 m² Pasos: (1) ÁREA: 050-110
90 m2
Área techada a considerar
CARGAS DE ALUMBRADO Y TOMACORRIENTES: Regla
Pot. Inst. (W)
Descripción
(2) 050-200(1)(a)(i) . Carga Básica (3) 050-200(1)(a)(ii) . Carga adicional 050-200(1)(a)(ii) . Carga (fracción)
90 m2
F.D.
De
D.M. (W)
1,00
2 500
2 500
6 000
6 000
2 500
2 500 CARGAS DE CALEFACCIÓN: (4) 050-200(1)(a)(iii) No aplica. 270-500 A. Calefacción con control automático: 270-116-2 Primeros 10 kW - F.D. 100%, y el saldo F.D. 75% B. Aire acondicionado F.D. 100% Nota: Usar el mayor de A o B - Regla 050-106(4).
CARGAS DE COCINA ELÉCTRICA: (5) 050-200(1)(a)(iv) . Cocina eléctrica CARGAS DE CALENTADORES DE AGUA: (6) 050-200(1)(a)(v) . Calentador de agua para baño (7) CUALQUIER CARGA ADICIONAL > 1 500 W: 050-200(1)(a)(vi) No aplica. CUALQUIER CARGA ADICIONAL 1 500 W: 050-200(1)(a)(vi) . Electrobomba de agua . Puerta levadiza TOTAL
6 000 W
6 000
1 500 W
1 500
1,00
1 500
1 500
1 120 11 120
1,00
1 120
1 120 11 120
747 W 373 W 1 120 W
(8) La carga de la unidad de vivienda es 11 120 W lo que equivale a 29,22 A con suministro trifásico de 220 V y considerando un factor de potencia 1. (9) Los conductores de la acometida y del alimentador deberán soportar 30 A . (10) El dispositivo de protección contra sobrecorrientes deberá ser de 30 A .
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS www.minem.gob.pe
Sec ci ón 05 0: Pági n a 24
MANUAL DE SUSTENTACIÓN CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD UTILIZACIÓN 2006
SECCIÓN 050: CARGAS DE CIRCUITOS Y FACTORES DE DEMANDA
Ejemplo 5.2: Unidad de Vivienda de un piso - Sin Cocina Eléctrica Una vivienda de un piso sin sótano, que tiene un área techada de 90 m² . 100% del área del 1er piso 90 m² Pasos: (1) ÁREA: 050-110
Área techada a considerar
90 m2
CARGAS DE ALUMBRADO Y TOMACORRIENTES: Regla (2) 050-200(1)(a)(i) (3) 050-200(1)(a)(ii) 050-200(1)(a)(ii)
Pot. Inst. (W)
Descripción . Carga Básica . Carga adicional . Carga (fracción)
90 m2
F.D.
De
D.M. (W)
2 500
1,00
2 500
2 500
1 500
1,00
1 500
1 500
1 120 5 120
1,00
1 120
1 120 5 120
2 500
CARGAS DE CALEFACCIÓN: (4) 050-200(1)(a)(iii) No aplica. 270-500 A. Calefacción con control automático: 270-116-2 Primeros 10 kW - F.D. 100%, y el saldo F.D. 75% B. Aire acondicionado F.D. 100% Nota: Usar el mayor de A o B - Regla 050-106(4).
CARGAS DE COCINA ELÉCTRICA: (5) 050-200(1)(a)(iv) No aplica. CARGAS DE CALENTADORES DE AGUA: (6) 050-200(1)(a)(v) . Calentador de agua para baño (7) CUALQUIER CARGA ADICIONAL > 1 500 W: 050-200(1)(a)(vi) No aplica. CUALQUIER CARGA ADICIONAL 1 500 W: 050-200(1)(a)(vi) . Electrobomba de agua . Puerta levadiza TOTAL
1 500 W
747 W 373 W 1 120 W
(8) El cálculo de la carga de la vivienda es 5 120 W lo que equivale a 23,27 A con suministro monobásico de 220 V y considerando un factor de potencia 1. (9) De acuerdo a la Regla 050-200-(1) (b) la mínima capacidad de los conductores de la acometida y del alimentador deberá ser de 40 A . (10) El dispositivo de protección contra sobrecorrientes deberá ser de 25 A (de acuerdo a la máxima demanda).
MINISTERIO DE ENERGÍA Y M INAS www.minem.gob.pe
Sec ci ón 0 50: Pági n a 25
View more...
Comments