ABORDAJE DE CASOS DE VULNERACIÓN DE DERECHOS DE LOS NIÑOS Y NIÑAS EN LA ESCUELA

November 23, 2017 | Author: Alberto Cabello | Category: Child Abuse, Rape, Human Trafficking, Harassment, Substance Dependence
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ABORDAJE DE CASOS DE VULNERACIÓN DE DERECHOS DE LOS NIÑOS Y NIÑAS EN LA ESCUELA

Estrategia de abordaje de casos de vulneración de derechos, en especial los relacionados a abuso y maltrato dentro de la escuela con la finalidad de que cada profesor sepa que hacer y hacia donde derivar los casos a las dependencias correspondientes. Comenzaremos por la forma de detección de los casos, atención personalizada para salvaguardarla integridad y salud mental del niño; conocimiento de la red de soporte legal y emocional, así como los protocolos de derivación. PROPUESTA DE TRABAJO: 1)

Presentación de Objetivo: - Fortalecer el rol de la Escuela en el ejercicio de los derechos de os niños y niñas. - Importancia de reconocer los casos de abuso y maltrato. - Identificar redes de soporte ante casos de abuso y maltrato a los niños y niñas.

2)

Lluvia de ideas sobre el rol de la escuela.

3)

Complementar las ideas propuestas El rol de la Escuela El espacio de la escuela, es uno de los más importantes en la formación de niños, niñas y adolescentes; es, junto con el familiar, fundamental para la socialización y aprendizaje; es donde se debe educar para una vida en democracia. La escuela está llamada a cumplir este rol, es un lugar privilegiado para aprender no sólo conceptos esenciales sobre derechos y deberes, sino la manera de ejercerlos. El compromiso de la escuela está centrado en su contribución al desarrollo integral y no solo instructivo de los niños, niñas y adolescentes, con un enfoque de ejercicio de derechos. Su rol como espacio de aprendizaje y convivencia democrática implica la participación activa de todos los miembros de la comunidad educativa, especialmente de niñas, niños y adolescentes. En un contexto nacional signado por las condiciones de pobreza en que vive gran parte de nuestra población, una violencia social extendida y la vulneración creciente de derechos, especialmente de los niños, niñas y adolescentes, se torna más crítico aún que la escuela pública fortalezca su rol de promoción, protección y vigilancia.

La vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes En el Perú la situación de vulneración de los derechos de la niñez y la adolescencia se incrementa, especialmente con relación al trabajo infantil y adolescente, la violencia sexual y el maltrato. Dado que muchas de las situaciones de maltrato y/o violencia sexual ocurren al interior de los hogares, y que las dinámicas propias de la vida familiar y la naturaleza misma de la violencia, impiden que los y las involucradas puedan hacer frente a estas situaciones, la Escuela se convierte en el escenario fundamental para la acción promocional, preventiva y de protección respecto a los mencionados problemas. Las iniciativas desde el Estado Desde diversos organismos del Estado y en particular el Ministerio de Educación, se vienen elaborando e impulsando propuestas relacionadas a la prevención y eliminación del trabajo, maltrato y abuso sexual infantil, lo que se expresa, por ejemplo, en: a) Ley Nº 28044-Ley General de Educación. (artículo 18, inciso D; garantizar la permanencia del estudiante víctima de abuso sexual en la Institución Educativa; inciso G; Adecuan la prestación de servicios 2 MIMDES Perú. “Resumen Estadístico en versión amigable de los Casos Atendido en los CEM durante el año 2004. 2 educativos a las necesidades de las poblaciones, con especial énfasis en el apoyo a los niños, niñas y adolescentes que trabajan.). b) R.M. Nº 1073-2002-ED-Aprueban procedimiento de investigación y protección de maltratos físicos, psicológicos de violencia sexual, en agravio de educandos, cometidos por personal del Sector Educación. c) Directiva Nº 002-2006-VMGP/DITOE; Normas para el Desarrollo de las acciones y funcionamiento de las defensorías escolares del niño y del adolescente (DESNAS) en las Instituciones Educativas. d) Directiva Nº 001-2006 VMGP/DITOE; Normas para el desarrollo de la campaña de sensibilización y promoción “Tengo derecho al buen trato” que incluye a la convivencia escolar democrática. De otro lado, el Estado peruano ha adoptado la Ley 27733, Nuevo Código de los Niños y los Adolescentes, el Plan Nacional de Acción por la Infancia y Adolescencia, Plan Nacional de Prevención y erradicación del Trabajo Infantil, que constituyen las políticas marco para la atención a estas vulneraciones de derechos. Las Instituciones Educativas, a lo largo del país, han desarrollado también diversas iniciativas por hacer cumplir el mandato de que la escuela asuma enfoques integrales de formación y de defensa de derechos de los niños, niñas y adolescentes. Sin embargo dichas iniciativas, enfrentan un conjunto amplio de barreras que retardan su cumplimiento y que son de diversa índole. Es necesario, entre otras cosas: fortalecer y apoyar la voluntad y compromiso de autoridades y docentes en las Instituciones Educativas;

favorecer los esfuerzos por modificar la cultura organizativa de las Escuelas; promover la incorporación del abordaje de los problemas planteados en los planes institucionales; apoyar el diseño de estrategias concretas de acción para actuar en estos campos; fortalecer las competencias y capacidad de decisión de funcionarios y docentes; apoyar el diseño de estrategias que permitan superar aspectos vinculados a la escasez de recursos y la situación de pobreza de las familias; favorecer el desarrollo de capacidades de protección y de fortalezas familiares; apoyar el esfuerzo e iniciativas vinculadas a la participación activa y organizada de los niños, niñas y adolescentes en los procesos que se dan en la escuela. 4)

Dinámica: Representar casos de abuso y maltrato. 5)

6)

A partir de los casos deberán construir los conceptos de Abuso y Maltrato y las características que presentar las victimas de estos casos.

Plenaria 7)

A partir de la plenaria se expone los indicadores que presentar las victimas de abuso y maltrato.

Maltrato: Es toda conducta que por acción u omisión intencional o no, ocasiona un perjuicio en el desarrollo bio-psico-social del estudiante. Maltrato físico: Es toda acción con empleo de la fuerza física directa tales como: puntapiés, puñetes, cachetadas, jalones de pelo, mordeduras y otros, o con algún tipo de objeto, arma o sustancia que puede causar, lesiones externas, internas o ambas, heridas o hematomas. Maltrato psicológico: Es toda acción, u omisión que daña la autoestima, el honor, la dignidad, la identidad o el desarrollo emocional del estudiante, tales como: insultos constantes, humillación, negligencia, no reconocer aciertos, chantaje, destrucción de objetos apreciados, ridiculizar, rechazar, amenazar, explotar, comparar, entre otros.

8)

Se finaliza identificando casos presentados en la escuela, con estos casos se trabajará la próxima sesión con la Fiscal de Familia.

PRINCIPIOS Las autoridades educativas, bajo responsabilidad actuarán ante el maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y/o violación de la libertad sexual, teniendo como principios rectores los siguientes: a) El interés superior del niño y adolescente: principio que obliga a considerar en todo momento, en primer lugar, los derechos e intereses del niño, niña y adolescente. b) Reserva, confidencialidad y derecho a la privacidad: se mantendrá en reserva y privacidad la identidad del estudiante víctima de maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y/o violación de la libertad sexual. Las autoridades educativas están prohibidas en el ejercicio de sus funciones, exponer para su publicidad a medios de comunicación, la identidad o imagen del estudiante afectado por cualquiera de los hechos arriba precitados. c) Protección integral de la víctima: implica velar por la asistencia integral y protección del estudiante, víctima de maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y/o violación de la libertad sexual. d) Integridad personal: toda persona tiene derecho a la integridad física, psíquica y moral. Quién denuncie un hecho de maltrato físico y/o violación de la libertad sexual no debe ser sujeto de presión de parte de la comunidad educativa. e) Celeridad: toda intervención se impulsará de inmediato, de modo

que el procedimiento tenga la máxima prontitud, siendo responsable la autoridad educativa de la instancia correspondiente en la que se encuentre el proceso, de cualquier demora por su inactividad. ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL HOSTIGAMIENTO SEXUAL El hostigamiento sexual, en menores de edad, se configura con lo dispuesto en el literal a) del artículo 18º de la Ley Nº 27337, Código de los Niños y Adolescentes: Maltrato físico, psicológico, de acoso, abuso y violencia sexual en agravio de alumnos. 9

CONSIDERACIONES GENERALES DEL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN DEL HOSTIGAMIENTO SEXUAL (D.S. Nº 010-2003-MIMDES, Reglamento de la Ley Nº 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual) En las Instituciones de Educación Básica, en sus diversos niveles y modalidades, Centros de Educación Técnico Productivo y en las Instituciones de Educación Superior No Universitaria, el Director o quien haga sus veces se encargará de recibir y tramitar las quejas verbales o escritas que formulen los(as) alumnos(as) o estudiantes sobre conductas de hostigamiento sexual que se presentaran. En el caso que el presunto hostigador sea el Director, el inmediato superior en jerarquía o quien haga sus veces recibirá y tramitará la queja. Presentada la queja, ya sea verbal o escrita, el Director o quien haga sus veces elaborará un Acta, la misma que contendrá: a. Identificación del presunto hostigador (nombres y apellidos). b. Identificación de la presunta víctima (nombres y apellidos). c. Resumen de los hechos con indicación precisa del lugar, fecha y circunstancia. d. En el caso de niños, niñas y adolescentes el Acta deberá ser

suscrita por el padre o apoderado del alumno o estudiante quejoso. e. En el caso de mayores de edad, el Acta deberá ser suscrito por el mismo alumno o estudiante quejoso. MEDIDAS PREVENTIVAS PARA EL PERSONAL DOCENTE O ADMINISTRATIVO IMPLICADO EN DELITOS DE VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL (D.S. Nº 005-2003-ED, Reglamento de la Ley Nº 27911, Ley que regula medidas administrativas extraordinarias para el personal docente o administrativo implicado en delitos de violación de la libertad sexual) Con la recepción de la denuncia administrativa y/o proceso penal por la presunta comisión del delito contra la libertad sexual en agravio de un educando, el Director de la Institución Educativa a la que pertenezca el agraviado, bajo responsabilidad, pondrá en conocimiento de este hecho al Titular del Órgano Intermedio del Sector Educación quien lo derivará en el día al Jefe de Auditoria Interna de dicho Órgano Intermedio. El Jefe de Auditoria Interna, dentro del plazo de 3 días hábiles, emitirá el Informe de Calificación que deberá contener el análisis de los hechos, conclusiones y recomendaciones de medidas preventivas que deben 10

tomarse en cada caso y lo remitirá al Titular del Órgano Intermedio, quien dispondrá la separación de las funciones del docente o servidor y lo pondrá a disposición de la Oficina de Personal para que se le asigne trabajos administrativos compatibles con su cargo en tanto dure el proceso penal respectivo. Durante la investigación y/o proceso penal, el docente o servidor

público del sector educación, tendrá derecho al goce de sus remuneraciones, no podrá ser desplazado a otra Institución Educativa ni a otra oficina administrativa del sector, estando impedido de hacer uso de sus vacaciones o licencias o presentar renuncia. En caso de archivo de denuncia por parte del Ministerio Público o Sentencia Absolutoria consentida y/o ejecutoriada emitida por la Autoridad Judicial respecto a la comisión del delito contra la libertad sexual en agravio de un educando, el docente o servidor administrativo tendrá derecho a solicitar su reasignación inmediata, en cualquier época del año a una Institución Educativa de su elección con prescindencia del procedimiento ordinario, siempre y cuando exista plaza vacante. ACCIONES DE ASISTENCIA Y PROTECCIÓN DE MALTRATO FÍSICO Y/O PSICOLÓGICO, HOSTIGAMIENTO SEXUAL Y/O VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL A ESTUDIANTES DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS (R.M. Nº 0405-2007-ED, Lineamientos de acción en caso de maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y violación de la libertad sexual a estudiantes de Instituciones Educativas) El Director de la Institución Educativa bajo responsabilidad, en coordinación con el Comité de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar, desarrollará las medidas de asistencia y protección a estudiantes víctimas de maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y/o violación de la libertad sexual, que a continuación se indica: a) Coordinar con el Centro de Salud de su jurisdicción, las

instituciones y/o personal especializado, para la asistencia integral de salud a la víctima, la misma que de ser posible deberá hacerse extensiva a los familiares y a los integrantes de la comunidad educativa que apoyan en la denuncia. b) Coordinar con la Comisaría o Ministerio Público de su sector, para la interposición de la denuncia, así como las acciones de protección policial a la víctima, en los casos que sea necesario. c) Coordinar con el Centro de Emergencia Mujer, para brindar el apoyo legal y social. 11

d) Informar inmediatamente, dentro de las 24 horas de haber conocido el hecho, a la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local o la Dirección Regional de Educación, sobre el personal directivo, jerárquico, docente y administrativo, que ha sido denunciado por maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y/o violación de la libertad sexual, para que tomen las medidas preventivas. e) Disponer como medida de protección al menor, que el presunto responsable de maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y/o violación de la libertad sexual, no continúe a cargo de la víctima. f) Atender en cualquier época del año, la solicitud de los padres de familia o tutores que piden traslado de matrícula para el estudiante afectado, a otra institución educativa, brindando la colaboración y facilidades pertinentes. DENUNCIA DE MALTRATO FÍSICO Y/O PSICOLÓGICO, HOSTIGAMIENTO SEXUAL Y/O VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL A ESTUDIANTES DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS

(R.M. Nº 0405-2007-ED, Lineamientos de acción en caso de maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y violación de la libertad sexual a estudiantes de Instituciones Educativas) El padre, madre, tutor, estudiante, personal directivo, jerárquico, docente y administrativo de la Institución Educativa, así como cualquier ciudadano, individual o colectivamente organizado, que tenga conocimiento de un hecho de maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y/o violación de la libertad sexual al estudiante, informará o denunciará, el hecho en cualquiera de las siguientes instancias: la Dirección de la Institución Educativa, Consejo Educativo Municipal –CEM, la Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos –CADER o el que haga sus veces, Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local o Dirección Regional de Educación correspondiente. La denuncia podrá presentarse por escrito o verbalmente. En caso que el maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y/o violación de la libertad sexual sea informado por el estudiante, la persona que toma conocimiento del hecho, está obligada en el acto, a denunciar ante la autoridad educativa correspondiente, que levantará el Acta en que se dejará constancia del hecho denunciado. La denuncia debe consignar en lo posible la información siguiente: a. Nombres y apellidos completos de la víctima, domicilio y número telefónico. 12

b. Nombres y apellidos y cualquier otro dato que ocurra a la identificación del presunto autor. c. Exposición de los hechos con indicación de la persona o personas

involucradas, lugares y fechas en que se han cometido el maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y/o violación de la libertad sexual. d. Información, datos y pruebas que contribuyan a demostrar el maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y/o violación de la libertad sexual, así como la individualización de los involucrados o los testigos. e. Lugar, fecha, nombres, apellidos, firma y/o huella digital del denunciante, en caso de ser mayor de edad. El Director de la Institución Educativa o autoridad educativa competente que recibe la denuncia o información sobre un caso de maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y/o violación a la libertad sexual, inmediatamente dictará medidas de protección para el estudiante agraviado, comunicará el hecho a sus padres e informará a la Comisión de Denuncias y Reclamos –CADER o el que haga sus veces dentro del plazo máximo de 24 horas de conocido el acto. El Director de la Institución Educativa, en caso de violación de la libertad sexual al estudiante, bajo responsabilidad, informará de inmediato a la Unidad de Gestión Educativa Local, a la Comisaría de la localidad y al Ministerio Público (Fiscalía) para los fines correspondientes. ORIENTACIONES Y RECOMENDACIONES A DIRECTORES Y DOCENTES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Los Directores y Docentes tienen la responsabilidad legal de garantizar el bienestar de los estudiantes en la Institución Educativa y el adecuado desarrollo de su proceso de formación integral. Con tal propósito, es importante que tengan en cuenta las siguientes orientaciones: 1. ORIENTACIONES LEGALES 1.1 Derecho a la educación

• El proceso de matrícula en las instituciones educativas públicas de Educación Básica Regular, no está condicionada a una evaluación de ingreso, ni puede darse ningún tipo de discriminación económica, social, confesional, cultural o de otra índole (R.M. Nº 0494-2007-ED). • Las instituciones educativas la privadas, no pueden condicionar la evaluación de los alumnos al pago de las pensiones y no pueden ser 13

obligados a presentar el total de los útiles escolares al inicio del año escolar, ni adquirir uniformes y/o materiales educativos en los establecimientos señalados con exclusividad por las instituciones educativas (artículo 2º Ley Nº 27665, Ley de protección a la economía familiar respecto al pago de pensiones en Centros y Programas Educativos). • La niña o la adolescente, embarazada o madre no debe ser impedida de iniciar o proseguir sus estudios, el Director adoptará las medidas del caso para evitar cualquier forma de discriminación (Artículo 14º de la Ley Nº 27337 – Código de los Niños y Adolescentes). • En Educación Inicial, Primaria y Secundaria no se exige a los padres, madres y/o apoderados la compra de útiles escolares ni uniforme escolar como requisito para la matrícula (R.M. Nº 0494-2007-ED). • La imposibilidad del pago de la APAFA, falta de uniforme o útiles escolares, no limita el libre acceso a la educación y permanencia de los niños, niñas y adolescentes en la institución educativa (artículo 15º de la Ley Nº 28628 –Ley que regula la participación la Asociación de los Padres de Familia en las II.EE. Públicas). • La Dirección de la I.E. pública y su personal docente están prohibidos de obligar a los padres de familia a adquirir textos escolares.

Deben garantizar el uso de los que el Ministerio de Educación distribuye gratuitamente. Los docentes tampoco pueden obligar a los estudiantes a efectuar pagos para fotocopiado u otro concepto para rendir las evaluaciones (R.M. Nº 0494-2007-ED). • La Dirección y el o la docente que asuma compromisos de compra con empresas editoriales, distribuidoras o librerías, o exija a los estudiantes la adquisición de determinados textos escolares, responde de este acto ante los padres de familia y la UGEL. La sanción que se imponga al Director o al docente, se hará pública para conocimiento de los padres de familia (R.M. Nº 0494-2007-ED). 1.2 Derecho al buen trato • El estudiante tiene derecho a recibir un buen trato y adecuada orientación (artículo 53º inciso a) de la Ley Nº 28044 – Ley General de Educación). En tal sentido, los reglamentos internos de las instituciones educativas públicas y privadas no deben de afectar la integridad moral, psíquica y física, y el desarrollo educativo de los estudiantes. Está totalmente prohibido aplicar sanciones que impliquen cualquier tipo de maltrato hacia los estudiantes y afecten los derechos de los niños, niñas y adolescentes amparados en el Código de los Niños y Adolescentes. Los castigos físicos o psicológicos no constituyen recursos educativos a utilizarse como medidas disciplinarias. 14

• El Director de la I.E., bajo responsabilidad comunicará en la brevedad posible a la autoridad policial, los casos de maltrato físico o psicológico que afectan a los estudiantes, cuando el presunto agresor es un

personal directivo, docente o administrativo de la I.E. Además de la denuncia policial, se deberá comunicar a la UGEL. • El Director garantizará la permanencia en la institución educativa de los estudiantes que presentan problemas de consumo de drogas legales e ilegales, coordinando para que reciban tratamiento especializado con el sector salud u otras instancias de la comunidad. (Artículos 3º, 8º y 18º de la Ley Nº 28044 – Ley General de Educación) (Artículos 14º, 18º y 37º de la Ley Nº 27337 – Código de los Niños y Adolescentes). 2. ORIENTACIONES PARA LA PREVENCIÓN Y ABORDAJE DE PROBLEMÁTICAS PSICOSOCIALES 2.1 Recomendaciones para las acciones de prevención del abuso sexual en la institución educativa y procedimientos al presentarse un caso de abuso sexual Con el fin de prevenir que ocurra algún tipo de abuso sexual por parte del personal directivo, docente y administrativo hacia los estudiantes, es necesario considerar las siguientes medidas para minimizar las situaciones que constituyan un riesgo o se presten a ambigüedades que pudieran ser malinterpretadas: • Evitar concertar reuniones de estudio o de trabajo de manera individual con los estudiantes fuera de la institución educativa. En el caso de que estas reuniones fueran necesarias deberán ser grupales y contar con la autorización escrita de los padres de familia. • Cualquier conversación o entrevista individual con algún estudiante debe hacerse en un lugar visible de la I.E. En el caso que sea necesario realizar entrevistas regulares con un estudiante, deberá informarse al tutor o al director los motivos de la misma.

• En interacciones con los estudiantes se debe evitar los tocamientos, besos, caricias y palabras en doble sentido. • Evitar la entrega de obsequios tales como fotos u otros objetos personales que puedan confundir la relación afectiva con los estudiantes. Asimismo, deben evitar dar o solicitar números telefónicos de celulares, correos electrónicos u otros datos sin el conocimiento de los padres de familia. • Cuando se coincide con los estudiantes en una reunión o actividad social fuera de la institución educativa, se tendrá un 15

comportamiento adecuado y se evitará consumir bebidas alcohólicas con ellos. Ante casos de abuso sexual en agravio de estudiantes: • Si el hecho hubiera ocurrido en el hogar del estudiante, el Director de la I.E. procederá a la denuncia inmediata en la comisaría de la localidad, en coordinación con los familiares no involucrados (Artículo 18º, inciso a) de la Ley Nº 27337 – Código de los Niños y Adolescentes). • Cuando el agresor es un docente o personal administrativo de la institución educativa, además de la denuncia policial el Director deberá comunicar a la UGEL la ocurrencia de los hechos en el día. (Artículo 4º del D.S. Nº 005-2003-ED, Reglamento de la Ley que regula medidas administrativas extraordinarias para el personal docente o administrativo implicado en delitos de violación sexual). • El artículo 6º de la Ley Nº 27337 – Código de los Niños y Adolescentes en el último párrafo señala, que cuando un niño o adolescente se encuentra involucrado como víctima de una infracción, falta o delito, no se publicará su identidad ni su imagen a través de los medios de comunicación. En cumplimiento de esta disposición el director y los

miembros de la comunidad educativa tienen la obligación de proteger la confidencialidad del caso y la reserva de la identidad de la víctima de abuso sexual ante los medios de comunicación (R.M. Nº 0405-2007-ED Lineamientos de acción en caso de maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y violación de la libertad sexual a estudiantes de las II.EE.). • El Director de la I.E. bajo responsabilidad, en coordinación con el Comité de Tutoría coordinará con el Centro de Salud de su jurisdicción, instituciones y/o personal especializado la asistencia integral de salud de la víctima, la misma que de ser posible deberá hacerse extensiva a los familiares y a los integrantes de la comunidad educativa que apoyen en la denuncia. (R.M. Nº 0405-2007-ED Lineamientos de acción en caso de maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y violación de la libertad sexual a estudiantes de las II.EE.). • El director debe garantizar la permanencia del (de la) estudiante víctima de abuso sexual en la institución educativa y establecer los mecanismos para su recuperación académica, evitando cualquier situación de discriminación. Asimismo, coordinara con el sector salud la atención de la víctima para su recuperación física y psicológica (Artículo 18º, inciso d) de la Ley Nº 28044 – Ley General de Educación) (Artículo 38º de la Ley Nº 27337 – Código de los Niños y Adolescentes) (Artículos 2º y 3º Acciones de Protección y Prevención de la R.M. Nº 1073-2002-ED, Aprueban procedimientos de investigación y protección de maltratos físicos, 16

psicológicos de violencia sexual, en agravio de educandos, cometidos por

personal del Sector Educación). • La Dirección de la UGEL y DRE, en su respectiva jurisdicción, priorizará el diseño y ejecución de políticas compensatorias de acción positiva y estrategias que posibiliten a los estudiantes víctimas de abuso sexual el aprovechamiento efectivo de la oferta educativa regular, con acciones específicas de matrícula, permanencia y evaluación de los aprendizajes y culminación de los estudios (R.M. Nº 0405-2007-ED Lineamientos de acción en caso de maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y violación de la libertad sexual a estudiantes de las II.EE.). • Los Directores y docentes podrán ampliar información sobre el tema consultando el documento: Promoción del Buen Trato, Prevención y Denuncia del Abuso Sexual. Lima: Dirección de Tutoría y Orientación Educativa. En: Guía de detección del consumo de drogas y otras conductas de riesgo en la adolescencia (2006). Lima: Dirección de Tutoría y Orientación Educativa. (Disponible electrónicamente en http://ditoe.minedu.gob.pe). 2.2 Recomendaciones para actuar frente a situaciones imprevistas asociadas al consumo de drogas La I.E. velará permanentemente para que el derecho a la educación de los estudiantes no se vea afectado por situaciones asociadas al consumo de drogas (Artículos 3º, 8º y 18º de la Ley Nº 28044 – Ley General de Educación) (Artículos 14º, 18º y 37º de la Ley Nº 27337 – Código de los Niños y Adolescentes), tomando en cuenta las siguientes orientaciones: a. Si se sospecha que un estudiante se ha iniciado en el consumo de drogas: • Fortalecer las acciones de acompañamiento y orientación al

estudiante. • Fortalecer la comunicación con los padres de familia y amigos cercanos del estudiante. • Cuidar la reserva y confidencialidad del caso, evitando la generación de estigmas o “etiquetas” que asocien al estudiante con el consumo. • Evitar en todo momento amenazas hacia el estudiante con el propósito de que acepte el consumo, o cualquier otra conducta de intimidación. b. Cuando se confirma que el estudiante consume drogas: 17

• Actuar con prudencia y calma. No generar alarma en la I.E. y preparar las acciones de orientación y/o derivación dentro del más estricto respeto de los derechos humanos. • Tener en cuenta que consumir drogas no es sinónimo de drogadicción, puede ser un consumo experimental, por lo tanto se debe actuar con reserva y confidencialidad, evitando etiquetar al estudiante. • Favorecer el reconocimiento, por parte de la comunidad educativa y del propio estudiante, de los diferentes recursos y habilidades que este posee. • Favorecer en el estudiante una reflexión crítica sobre su comportamiento, considerando también las diversas acciones constructivas que ha realizado, realiza o puede desarrollar. • Procurar establecer acuerdos y compromisos con el estudiante, para promover el desarrollo de comportamientos positivos. • Comunicar del hecho al Director de la I.E. para que realice el informe correspondiente. • Reunirse con los padres del estudiante para reconocer la presencia del problema y abordarlo de manera conjunta a partir de los recursos del estudiante, su familia, institución educativa y comunidad. • Comprometer al estudiante y su familia, para que acudan a un centro o institución para que reciba tratamiento oportuno. Dicho compromiso se materializará mediante la suscripción de un Acta, entre las autoridades educativas y los padres de familia o apoderados. c. Cuando en la I.E. se sospecha que un estudiante parece estar bajo

efectos de alguna sustancia psicoactiva: • Informar al tutor responsable y a las autoridades de la I.E. • Realizar las coordinaciones necesarias para garantizar la asistencia médica inmediata. • Paralelamente informar a la familia, orientándola para un adecuado manejo de la situación. Una vez concluida la situación, se fortalecerán las acciones de acompañamiento al estudiante, y la comunicación con la familia. Asimismo, se velará porque la comunidad educativa (estudiantes, profesores, auxiliares, padres de familia) no estigmatice al estudiante que estuvo bajo efectos de alguna sustancia psicoactiva. d. Cuando se encuentra en la I.E., droga o algo que parece serlo: 18

• Informar inmediatamente al director y levantar un acta consignando lo hallado y las circunstancias sobre el hecho. • El director comunicará inmediatamente a la autoridad policial. • Guardar la sustancia en un lugar seguro. • Velar que durante todo el proceso de investigación se respeten los derechos de los estudiantes, evitando intimidaciones, estigmatizaciones o cualquier otra situación que pudiera afectar el bienestar de los estudiantes. e. Si se sospecha que en los alrededores de la I.E. se vende droga: • Informar inmediatamente a la autoridad policial, evitando generar alarma en la institución educativa. • Coordinar con la APAFA y la comisaría para organizar brigadas de seguridad en horas de entrada y salida de los estudiantes o tomar otras acciones pertinentes. f. Si se sospecha que en la I.E. un estudiante está microcomercializando: • Informar al Director de la I.E. quien a su vez, deberá comunicar de la sospecha a la autoridad policial, resguardando el principio de reserva y confidencialidad. • Recordar que el Ministerio Público, es la autoridad competente que califica si el hecho constituye una infracción. 3. PRIORIZAR LA ATENCIÓN A ESTUDIANTES EN SITUACIONES DE VULNERABILIDAD 3.1 Trabajo Infantil • Garantizar la matrícula, permanencia, apoyo académico y

tutorial a los niños, niñas y adolescentes que trabajan. Se dará una atención especial a: a. Los niños, niñas y adolescentes del ámbito rural. b. Los niños, niñas y adolescentes involucrados en las peores formas de trabajo infantil: trabajo en las minas, canteras, ladrilleras, plantaciones, reciclaje, comercio ambulatorio, talleres pirotécnicos, estibadores, ayudantes en talleres de carpintería y automotriz, albañilería, fileteo de pescado y trozado de aves en mercados, entre otras. c. Niños, niñas y adolescentes que realizan trabajo doméstico. • Sensibilizar a la comunidad educativa, especialmente a los padres de familia, de la importancia que los niños, niñas y 19

adolescentes trabajadores no abandonen los estudios por razones de trabajo, así como en los riesgos para la salud que el trabajo infantil implica. • Completar en la Ficha Única de Matrícula, el rubro relacionado con los datos de la situación laboral de los estudiantes que trabajan. Así también, incorporar dicha información en la Ficha Acumulativa Personal del Estudiante. • Los directores y docentes podrán ampliar información sobre el tema consultando los documentos para docentes y estudiantes: Alto a la Explotación Infantil y Adolescente (Disponibles electrónicamente en http://ditoe.minedu.gob.pe) 3.2 Trata de personas y explotación sexual comercial infantil • La trata de personas se refiere a la captación, traslado, acogida o recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción. Las principales modalidades son: explotación sexual comercial, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas de la misma, la servidumbre y la extracción de órganos. • La explotación sexual comercial infantil, es una forma de trata de personas referida a la utilización de niñas, niños y adolescentes en actividades sexuales con contacto físico o no, para la satisfacción de los intereses y deseos de una persona o grupo de personas a cambio de dinero u otro tipo de favor material. Las manifestaciones más extendidas son: el turismo sexual infantil y producción de pornografía. • La incidencia de los problemas mencionados, se está

incrementando en el ámbito nacional. Por ello, se hace necesario que las Instituciones Educativas: a) Establezcan de qué manera estos problemas afectan a sus estudiantes. b) Coordinen con las autoridades locales acciones de vigilancia social orientadas a garantizar un ambiente seguro para los estudiantes en los alrededores de la educativa, de acuerdo a las sugerencias del numeral 6. c) Ante situaciones comprobadas de trata de personas o explotación sexual comercial infantil, proceder de acuerdo a las indicciones establecidas en el numeral 2.2 3.3 Estudiantes víctimas de la violencia política En el marco del cumplimiento de lo dispuesto por el Plan Integral de Reparaciones (PIR) aprobado por Ley Nº 28592, en la institución 20

educativa se fortalecerá el acompañamiento socioafectivo, cognitivo y pedagógico a los estudiantes víctimas directas e indirectas de la violencia política ocurridas durante el periodo de mayo de 1980 a noviembre de 2000, con el propósito de garantizar el adecuado desarrollo de su proceso formativo y la permanencia en la escuela. 3.4 Estudiantes afectados por situaciones de desastres En las zonas afectadas por desastres naturales, el Comité de Tutoría y la Defensoría Escolar del Niño y el Adolescente (DESNA) fortalecerán las acciones de orientación y vigilancia, destinadas a evitar que las condiciones de vida suscitadas por los desastres (Vg. Hacinamiento producto de la vida en albergues), expongan a los estudiantes a situaciones que afectan sus derechos y bienestar. 3.5 Sistema de referencia – contrarreferencia El sistema de referencia – contrarreferencia tiene como finalidad garantizar el bienestar de los estudiantes y la continuidad en su proceso formativo, favoreciendo la articulación de esfuerzos entre las instituciones y/o personas que pueden apoyar a los estudiantes. Cuando la I.E. deriva a un estudiante a una institución externa para que reciba ayuda especializada, la I.E. debe mantener comunicación constante con quienes brindan dicha ayuda, continuando el desarrollo de las acciones pedagógicas pertinentes, que contribuyan al bienestar y formación del estudiante, así como

optimizando dichas acciones con los aportes recibidos por la institución externa. Al respecto debe enfatizarse la importancia de utilizar adecuadamente la información obtenida en las diferentes acciones de ayuda al estudiante. Debe evitarse en todo momento que se estigmatice, etiquete o discrimine a un estudiante por padecer cualquier tipo de dificultad que haya hecho necesaria su derivación. Del mismo modo, es fundamental mantener la confidencialidad de la información obtenida, la cual será discutida solo con fines pedagógicos y con las autoridades claramente relacionadas con el caso. 21

4. ORIENTACIONES PARA LA PROMOCIÓN DEL BIENESTAR DE LOS ESTUDIANTES 4.1 Implementar la propuesta de convivencia y disciplina escolar democrática. De acuerdo con la normativa vigente, las II.EE deben elaborar e implementar una propuesta de Convivencia y Disciplina Escolar Democrática, la misma que se incorpora en el PEI y en el PAT, la implementación de dicha propuesta implica, entre otros aspectos: • Elegir al Responsable de Convivencia y Disciplina Escolar, el cual se incorpora al Comité de Tutoría. • Promover el proceso de elaboración del Reglamento de Convivencia Escolar con la ayuda de la Cartilla Metodológica de Convivencia y Disciplina Escolar Democrática, la cual se encuentra en la página web: http://ditoe.minedu.gob.pe • Implementar espacios de participación estudiantil (Municipios Escolares y Asambleas Escolares del Aula). • Implementar espacios de defensa y promoción de derechos del niño, niña y adolescente (Defensorías Escolares del Niño, Niña y Adolescente-DESNA). • Elaborar los reglamentos de convivencia del aula, de manera conjunta entre el tutor y sus estudiantes. • Explicitar en el Plan Anual de Trabajo de la I.E. estrategias para el apoyo escolar de estudiantes en situaciones de vulnerabilidad, tales como: víctima de maltrato físico, psicológico, abuso sexual, desastres naturales, violencia política, todo tipo de discriminación (VIH, género, necesidades educativas especiales, étnicas, entre

otras), explotación sexual comercial infantil, trabajo infantil y trata de niños, niñas y adolescentes, entre otros. • Identificar aquellos estudiantes que presenten dificultades y requieran atención especializada. • Garantizar la participación de los estudiantes en la elaboración del diagnostico de sus necesidades e intereses así como en la identificación de aquellos que presenten dificultades y requieran atención especializada. Se contará para ello con la participación de los delegados de aula y de los promotores defensores. • Establecer un cronograma de acompañamiento a los estudiantes durante las horas de entrada, recreo y salida, el cual estará a cargo de los docentes/auxiliares. El cronograma será elaborado por el Director en coordinación con el docente responsable de Convivencia y Disciplina Escolar. Estos docentes/auxiliares 22

interactuarán con los estudiantes, con el fin de contribuir al fortalecimiento de las relaciones entre los mismos en momentos diferentes a la hora de clase. Estos deberán: - Estar atentos a los estudiantes y docentes que llegan puntualmente para ser reconocidos en público mensualmente por grados y/o secciones. - Informar a los tutores sobre los estudiantes que manifiesten conductas positivas. - Informar a los tutores sobre los estudiantes que presenten conductas agresivas o de aislamiento u otras que requieran atención. • Promover el asesoramiento continuo o jornadas de capacitación a los delegados de aula en temas de prevención en el marco de la Campaña “Tengo Derecho al Buen Trato”. Esto estará a cargo del docente responsable de Convivencia y Disciplina Escolar en coordinación con el Comité de Tutoría, los responsables del Municipio Escolar, y los integrantes de la Defensoría Escolar del Niño y el Adolescente (DESNA). • Promover que durante la hora de tutoría se realice periódicamente la Asamblea Escolar del Aula, la cual es un momento en que los estudiantes con su tutor se reúnen para reflexionar y dialogar acerca de situaciones del aula que consideren pertinentes. La Asamblea Escolar del Aula constituye un espacio de promoción de la democracia participativa en donde se promueve el diálogo y la reflexión sobre los acontecimientos cotidianos, incentivando la

participación de los estudiantes, la exposición de sus ideas y la búsqueda de soluciones conjuntas a los problemas abordados. Durante su desarrollo se promoverá el respeto por los valores, creencias e intereses de todos los miembros, la negociación y la búsqueda de consensos y/o acuerdos que favorezcan la convivencia en el aula y la solución de conflictos. Estas Asambleas también son un espacio para evaluar el cumplimiento de las normas de convivencia y replantear, de manera conjunta, aquellas que no se están cumpliendo. Esta experiencia, también propiciará que los docentes conozcan mejor a sus estudiantes en facetas que no siempre son posibles en el día a día en el aula. 4.2 Desarrollar estrategias de orientación entre estudiantes. Refiere una estrategia de acompañamiento y apoyo recíproco entre estudiantes. Esta relación de ayuda puede llevarse a cabo entre estudiantes de diferentes edades o entre aquellos con edades semejantes. 23

En los estudiantes que son orientados, se busca favorecer el rendimiento académico, la adaptación a la escuela, el fortalecimiento de capacidades de comunicación, la toma de decisiones, así como el mejoramiento del autoconcepto y la motivación, entre posibles aspectos. En este proceso, los estudiantes que actúan como orientadores pueden afirmar a su vez su seguridad personal y fortalecer su capacidad de liderazgo, poniendo en práctica los valores y actitudes que el Diseño Curricular Nacional plantea. 4.3 Erradicar el acoso escolar entre estudiantes • El acoso o violencia escolar, es entendido comúnmente como el conjunto de conductas de hostigamiento, falta de respeto y maltrato verbal o físico que recibe un estudiante en forma reiterada por parte de otros estudiantes, con el objeto de someterlo, intimidarlo y/o excluirlo, atentando así contra su dignidad y su derecho a gozar de un entorno escolar libre de violencia. • La presencia continua de una situación de acoso u hostigamiento puede provocar con el tiempo daños psicológicos en los estudiantes

(disminución de su autoestima, ansiedad, cuadros depresivos), perjudicando y dificultando su evolución e integración a mediano plazo en el medio escolar. • Frente al acoso escolar la I.E. tiene la responsabilidad de tomar medidas para detenerlo y prevenirlo. Los directores en coordinación con los tutores, docentes y los demás miembros de la comunidad educativa están llamados a estar atentos y actuar de manera coordinada. Algunas acciones concretas que se pueden desarrollar para prevenir y/o detener este problema son: - Trabajar con sus estudiantes acuerdos y normas de convivencia basadas en el respeto a las personas, tanto a nivel de aula como de institución educativa. - Poner en prácticas estrategias de vigilancia y acompañamiento a los estudiantes durante los recreos, la entrada y la salida. - Involucrar al grupo de estudiantes en el diálogo y reflexión sobre este tipo de situaciones y promover entre ellos una actitud vigilante. Adicionalmente puede resultar de utilidad implementar una propuesta de orientación entre estudiantes. - Brindar apoyo y orientación a los estudiantes afectados. Es importante tener presente que, al ser el maltrato entre pares una conducta que se aprende, puede también corregirse. Por ello se debe evitar etiquetar al estudiante agresor, ello no modificará su conducta, por el contrario puede acentuarla. Para favorecer el cambio es mejor tratar al agresor como una persona capaz de realizar acciones positivas. 24

4.4 Velar por el consumo adecuado de alimentos y la higiene sanitaria • Sensibilizar a la comunidad educativa sobre la importancia de prevenir el consumo de alimentos en la vía pública debido a que pueden causar diversas enfermedades. • Verificar que los alimentos que se expenden en los quioscos de las Instituciones Educativas sea de buena calidad, evitando la oferta de comida “chatarra”. • Informar y promover el consumo de alimentos nutritivos de la zona

geográfica. • Promover el cuidado y uso responsable del agua, así como la importancia de tomar agua hervida o debidamente clorificada. • Gestionar con las autoridades locales (centro de salud, municipalidad, entre otros), medidas preventivas sobre el expendio de alimentos en la vía pública. • Coordinar con el municipio y las juntas vecinales para que en los alrededores de las Instituciones Educativas no se acumule basura, desmonte o maleza que puedan convertirse en focos infecciosos. 4.5 Fortalecer las acciones de educación en seguridad vial y seguridad ciudadana • Orientar a estudiantes y padres de familia en la temática de seguridad vial, con el propósito de desarrollar conocimientos, actitudes y valores que favorezcan la convivencia, la seguridad y la formación ciudadana. • Coordinar con las autoridades locales (municipalidad, policía de tránsito, entre otros), para garantizar la señalización de seguridad vial en los alrededores de las instituciones educativas. • Promover el buen trato en el transporte escolar. • Establecer, con las autoridades locales (municipio, policía, juntas vecinales), estrategias coordinadas de vigilancia, para evitar la micro-comercialización de drogas, venta de licores a menores de edad y comercialización de productos pirotécnicos y material pornográfico. • Realizar vigilancia social para que cerca de las Instituciones Educativas no se instalen hostales, pubs, casas de juego y demás establecimientos que atenten contra la formación integral y la seguridad de los estudiantes. 25

• Informar y sensibilizar a la comunidad educativa sobre los peligros del uso de productos pirotécnicos, para evitar el riesgo de accidentes y desastres. 4.6 Educar en el uso adecuado de Internet • Informar a los estudiantes de los beneficios y riesgos del uso del Internet. Orientar sobre los peligros del uso de la pornografía, de los usuarios que ocultan su identidad para causar daño y de las faltas contra el honor de las personas protegidas por el anonimato. También sobre el uso y abuso del chateo y de los juegos, muchos de ellos dedicados a fomentar violencia.

• Sensibilizar a los padres de familia para que orienten y supervisen a sus hijos cuando usan el Internet. • Coordinar con las autoridades locales y los propietarios de cabinas públicas las estrategias de vigilancia que promuevan el buen uso del Internet. Existen programas que bloquean el acceso a determinadas páginas o sitios web, así como programas que facilitan el enlace directo a sitios educativos. • Implementar las medidas convenientes al interior de la I.E. para el buen uso del Internet. ELABORADO POR: FREDDY E. JIMÉNEZ PAREDES Y FERNANDO GAMARRA MORALES.

3.

Prevención del abuso

(Trabajar para cortar el círculo de la violencia) Un primer paso es evitar que se presente. Hay que reconocer que existe y que se produce en todos los niveles y clases sociales. Es necesario hablar sobre el tema a nivel familiar, con los hijos e hijas, tíos, primos, etcétera; tratar el asunto también entre vecinos y en la comunidad. El tema del maltrato y abuso infantil debe ser tan importante como los de la nutrición, educación, salud, seguridad. Para la prevención del maltrato podemos establecer las siguientes vías: educación en la familia y la escuela y compromiso de la comunidad.



Educación A nivel personal, como adultos y adultas tenemos el deber de lograr que los niños y niñas tengan seguridad y autoestima. Seguridad y autoestima son las claves para frenar el abuso sexual ya que cuando el niño o la niña se siente amado no caerá fácilmente ante conocidos que simulando el afecto que necesita, abuse de él/ella. La seguridad permite que el niño o niña recurra a alguien de confianza para decirle lo que le pasa. La AUTOESTIMA hace que el niño o la niña sienta que es valioso. La autoestima se construye en las relaciones que los adultos, padre y madre y familia en general, tienen hacia el niño o niña. Los insultos y castigos disminuyen la seguridad y autoestima y hacen que luego sea más difícil la defensa de sus derechos. En lo que se refiere al abuso sexual, es necesario hablar con el niño y la niña al respecto. Deben saber que "su cuerpo es su territorio" y que nadie lo toca sin su permiso. Esto significa que no recibirá maltrato de ningún tipo. También debe reconocer sus partes íntimas y el tipo de caricias que recibe. Ayudarlo a reconocer las caricias que hacen sentir mal y cuando no se debe guardar un secreto (cuando genera miedo, vergüenza, malestar). Por otro lado, la madre o la familia debe respetar los sentimientos y emociones del niño y si éste manifiesta que no se quiere quedar a cargo de una persona, es mejor no insistir. Al respecto, los centros de cuidado diurno son los lugares más recomendables para dejar a los niños. El niño o niña debe saber a qué persona dirigirse para manifestarle sus dudas o temores. Puede tratarse de algún pariente cercano de confianza.

Es necesario conocer pautas educativas para corregir conductas y no recurrir al castigo físico porque justamente cuando el niño o niña sienten que quien los ama invade su cuerpo y les causa dolor, es muy difícil que luego interioricen que "su cuerpo es su territorio y nadie lo toca sin su permiso". Cuando se habla de no recurrir a la violencia, algunas personas se preguntan cómo corregir entonces conductas equivocadas en los niños si no se les castiga físicamente. Primero es necesario aclarar que los niños y las niñas, al igual que los y las adolescentes, no son buenos ni malos, simplemente son personas que están creciendo y aprendiendo lo que socialmente es correcto e incorrecto. No hay, por lo tanto, maldad ni deseo de hacer mal las cosas, sino falta de oportunidad de aprender, o quizás se han relacionado con adultos que no han sabido enseñarles las conductas que se esperan. En este sentido, no son culpables. El castigo físico reafirma la idea de que la violencia puede ser la solución a los problemas y continúa el círculo de la violencia familiar. Quien en su niñez recibe golpes, de adulto repite lo aprendido y a la vez enseña a sus hijos lo mismo. Las investigaciones han demostrado que el castigo físico genera conductas extremas: o paraliza por el miedo o vuelve más rebelde a la persona. No educa. La experiencia enseña que más se logra estimulando las conductas adecuadas que sancionando las inadecuadas. Un buen ejercicio es anotar cuántas veces en el día felicitamos a nuestros hijos o hijas por una acción o conducta que esperamos y cuántas veces les llamamos la atención cuando se han equivocado o dejado de hacer lo que les indicamos. Si reprendemos o sancionamos más de lo que felicitamos no estamos educando acertadamente y posiblemente tampoco vamos a lograr que mejoren en su conducta o su actitud. Cuando el niño o niña es muy pequeña como para comprender una explicación verbal, se puede recurrir a aislarlo por un tiempo para que sienta que su conducta está molestando a otros o no es adecuada. No se trata de encerrarlo en un cuarto sino simplemente de sacarlo, de buenas maneras, del lugar donde estaba. Si se encontraba en la sala, se le puede llevar al dormitorio o la cocina. Una medida muy simple de aplicar para el aislamiento es un minuto por año de edad. Cuando es mayor puede privársele durante un tiempo de alguna actividad que le guste hacer. La sanción es para corregir y no para humillar ni para que se prolongue en el tiempo, y lo mejor es establecer con anterioridad un acuerdo antes de que se presente el problema. Es importante establecer acuerdos mutuos entre el niño o la niña o el y la adolescente y la persona adulta y tratar de recordarlos constantemente.



En la escuela En la actualidad, los profesores y profesoras muestran interés por trabajar el tema. Sin embargo, muchos no saben cómo hacerlo. Una manera simple para niños en edad preescolar, es a través de juegos y dinámicas que les permitan identificar las partes de su cuerpo que no deben ser tocadas, salvo para la higiene. En primaria y secundaria se puede recurrir a historias sobre abuso y a preguntar qué pasó y qué pudo hacer la víctima. Es posible identificar en grupos las fases en las que se da el abuso.



Compromiso de la comunidad



Tener la certeza de que podemos acabar con el maltrato y abuso infantil y de la adolescencia. Recordemos que durante la epidemia del cólera había conciencia de que las condiciones socioeconómicas influían enormemente en la extensión y gravedad de la enfermedad. Sin embargo, gracias a la organización de la comunidad y a que cada familia implementó medidas de higiene fue posible vencer la epidemia, a pesar de que las condiciones socioeconómicas no cambiaron. Algo similar se puede lograr para acabar con el maltrato y el abuso infantil: unir fuerzas para que en todos los niveles se hagan compromisos y realicen acciones contra el abuso sexual.



Actuar frente a una situación de maltrato a un niño o un adolescente. Cuando presenciamos que un padre o madre maltrata a su hijo o hija, por lo general nos abstenemos de intervenir porque pensamos que es un asunto familiar o privado. Como se ha explicado, el maltrato puede generar un círculo vicioso y muchas veces la familia involucrada no percibe el problema. La existencia de una ley sobre violencia familiar significa que este es un problema público en el que interviene el Estado, por lo tanto no es un asunto privado. Interesar a las organizaciones de mujeres a que trabajen al interior de sus propias instituciones para frenar tanto el maltrato hacia la mujer como el maltrato y abuso infantil y juvenil. Frenar la violencia contra la mujer es romper la cadena que lleva al abuso infantil en la medida que cuestiona el abuso del poder y exige el respeto a los derechos humanos. • Comprometer a las escuelas, parroquias, municipalidades, delegaciones policiales y organizaciones del distrito en campañas de prevención del maltrato. •

Promover la creación de cunas y centros de cuidado diurno de

niños con la participación de los gobiernos locales y la comunidad.



Tejer redes Una idea simple es que si pescamos con un anzuelo, sólo logramos atrapar un pez. Si lo hacemos con una red, atraparemos varios. Trabajar en redes significa potenciar nuestra posibilidad de llegar a diversos niveles y de abarcar más personas. Significa también que podemos dar un apoyo y ayuda más integral pues desde nuestro diario quehacer o desde nuestro trabajo no es posible cubrir todas las áreas que abarca el problema. Podemos tejer redes de prevención que comprometan no sólo a las instituciones que trabajan en el tema sino también a la escuela, la municipalidad, los colegios profesionales y medios de comunicación.

4.

Atención de casos de abuso

(Ser consciente de la importancia de mi atención) Generalmente, las personas que sufren maltrato no acuden en busca de ayuda. Por eso incluimos a continuación algunas razones, extraídas de consultas especializadas con víctimas de violencia, las que creemos pueden ser útiles no sólo para comprender el porqué de ello sino para que al realizar la entrevista con las víctimas sea posible adelantarse a algunos de sus temores o motivos para callar. A.

Por qué algunas personas agredidas no buscan ayuda

Un niño o niña de corta edad no es capaz de buscar ayuda por sí mismo. Es sólo a partir de los 7 u 8 años, siempre y cuando la víctima sepa dónde acudir y tenga la fuerza para ello, que busca ayuda, sea en una comisaría, defensoría o con un familiar. En este acápite nos referiremos a aquellos casos en los cuales presuponemos que el maltratado pudo buscar ayuda y no lo hizo y trataremos de comprender el porqué. •

Carencia de alternativas: Si dependen del padre o del padrastro es muy difícil que lo enfrenten por temor a perder el apoyo económico. En el caso de los migrantes, a lo anterior se suma la dificultad del idioma, el desconocimiento del lugar y de las costumbres y, en especial, el sentimiento de discriminación. El niño o niña no encuentra a dónde ir. Temen que otros miembros de la familia estén de parte del agresor. Por lo general, el padre que abusa y maltrata aisla a su familia de sus parientes.



Miedo y vergüenza: El miedo a lo desconocido puede hacer que una persona sea víctima de abuso. Las víctimas, por lo común, se sienten culpables, sin esperanza. Tratan de esconder los hechos porque sienten vergüenza de la mala relación que llevan y no creen que alguien pueda ayudarlas. La situación empeora cuando quien abusa amenaza con mayor violencia si el maltratado busca ayuda. La víctima cree erróneamente que seguir soportanto el maltrato es menos peligroso que buscar ayuda. Igual ocurre con los niños y niñas: temen las consecuencias de contar lo que les sucede y también tienen vergüenza de que el profesor seo de ayuda, tranquilidad y tener presente que no somos personal especializado para atender los problemas psicológicos, médicos o legales, pero que sí estamos capacitados para tranquilizar, dar apoyo y, sobre todo, para realizar un adecuado registro de la denuncia que facilite la acción legal, y también para derivar a la víctima a un lugar seguro. Si lo que la víctima relata nos recuerda una situación similar y sentimos que no podemos controlar nuestros sentimientos y emociones, es mejor pedir a otro compañero que asuma el trabajo. En este sentido saber buscar ayuda es señal de fortaleza y demuestra que se conocen las limitaciones y que queremos trabajar bien. C.

Cómo acoger a víctimas de abuso sexual durante la denuncia

Buscar un lugar privado y tranquilo donde se pueda realizar la entrevista sin interrupciones. Tenga presente las siguientes recomendaciones: •

Crea lo que le cuenta la víctima. Los niños no inventan esas cosas. Les cuesta mucho admitirlas y hablar de ellas.



Evite preguntas innecesarias. Con niños pequeños el abuso sexual violento es asumido como un accidente. Evite los detalles innecesarios que sólo van a incomodar más a la víctima. En el caso de los adolescentes, las preguntas sobre los detalles hacen que vuelvan a vivir la violencia del abuso.



Asegúrele a la víctima que no es culpable. Recuerde que el abusador ha

hecho todo lo posible para que guarde el secreto, lo que puede incluir llenarla de culpa. Lo peor que le puede pasar a una víctima de abuso sexual es ser cuestionada como si fuera la culpable. •

Asegúrese de que reciba atención médica y sienta protección. Trate de explicarle que hay personas que causan daño y que serán castigadas. Para los niños y niñas pequeñas, la violencia sexual es percibida sólo como ataque físico. Por eso cuide que sus preguntas se dirijan a la violencia o al daño físico y no al contenido sexual.



Asegúrele que lo que el adulto ha hecho es incorrecto. Que nadie debe abusar de otra persona y que el agresor deberá ser castigado. Explique que por eso es necesaria la denuncia. Cuando la víctima aún no tiene edad para comprender lo ocurrido, trate de que la persona adulta que la acompaña lo haga y siga las pautas recomendadas. Explíquele además que el abuso sexual no se olvida y que es mejor que la víctima hable y se libere del peso emocional. También debe saber que el silencio protege al agresor.

D.

Dónde derivar en busca de ayuda legal, médica y psicológica



Instituciones de la sociedad civil



Las Defensorías del Niño y el Adolescente, más conocidas como DEMUNAs, de acuerdo a lo estipulado por el Código de los Niños y Adolescentes, funcionan en los gobiernos locales y en las instituciones públicas y privadas. Entre sus funciones específicas se señala la de presentar denuncias ante las autoridades competentes por faltas y delitos en agravio de niños y adolescentes e intervenir en su defensa.



Organizaciones no gubernamentales que trabajan en prevención y aten ción de la violencia contra la mujer, los niños y las niñas.



Postas, centros médicos y hospitales del Sistema Nacional de Salud.



Alternativas de la comunidad, barrio y familia



En la familia: Averiguar si hay algún pariente cercano a la víctima con quien ella tenga una buena relación. En casi todas las familias hay una persona que tiene sensibilidad, buen tino, que es cariñosa y que está dispuesta a acoger a un familiar que pasa por problemas, más aún cuando se trata de un niño. En este caso es importante la opinión de la víctima y que ella decida con quién quiere quedarse. Es claro que la alternativa es transitoria hasta buscar una salida definitiva, pero el hecho de poder dejar al niño con algún familiar que lo quiera es siempre mejor que colocarlo en una institución donde no conoce a nadie. Es recomendable visitar la casa y hablar con el familiar que acogió al menor no sólo para saber cómo se encuentra sino también para darle ánimo y resolver sus preguntas.



En el barrio: En el barrio también hay personas o familias que son conocidas por su estabilidad emocional y porque saben dar buenos consejos y acogen a vecinos con problemas. Éstas muestran gran solidaridad, inclusive en medio de sus escasos recursos, y están dispuestas a recibir a una víctima de maltrato o abuso. Si no hay familiares, se puede recurrir a estos vecinos a fin de mantener al menor en su ambiente, con sus amistades y, al mismo tiempo, darle protección.



En la comunidad: Las parroquias son una buena alternativa para bus car consejo y ayuda a fin de derivar a una víctima de violencia sexual. Por lo general, el párroco conoce a su comunidad y puede apoyar o intervenir para que los vecinos acojan a la víctima. Los comités de vaso de leche y los comedores son organizaciones de mujeres que también conocen las dinámicas familiares de sus asociadas y de los niños y adolescentes de su comunidad. Estas instancias organizativas pueden ser un buen apoyo para derivar casos o buscar ayuda. En la sierra, los clubes de madres y las rondas campesinas son instan cias organizativas de la comunidad a las cuales recurrir y que pueden brindar apoyo. Asimismo, los colegios y las asociaciones de padres de familia pueden contribuir en la búsqueda de alternativas.



Conclusión (Nadie puede dar lo que no tiene. No puede elegir lo que no conoce. Si sólo tiene rabia y rencor y únicamente conoce la agresión como respuesta al conflicto, ¿qué podemos pedirle?)

Al redactar el presente texto sentí lo difícil y penoso que es escribir sobre la violencia, el abuso y el maltrato, especialmente contra quienes no pueden defenderse: los niños, niñas y los adolescentes. Me imaginaba a la policía, escuchando, atendiendo, consolando, derivando, indagando, registrando. Pensaba en los sentimientos y emociones que esa tarea involucra y en lo importante que es llegar a cambiar el rumbo de una vida La Convención sobre los Derechos del Niño, el Código de los Niños y Adolescentes y demás leyes así como las instituciones para proteger a la infancia, son muestra de un especial interés de la sociedad que tiene como sustento el concepto de que los niños son el futuro y que de su seguridad y bienestar de hoy depende el bienestar y felicidad de la sociedad en general. Pero se trabaja no sólo pensando en el futuro, sino también haciendo realidad el derecho reconocido mundialmente que tienen los niños a un presente sin maltrato ni abuso. Por eso la tarea de quienes velan por el bienestar de la infancia y la juventud tiene doble proyección: para un presente de ejercicio de los derechos humanos de los niños, y para asegurar un mejor futuro a todos. Cuando sientan que su tarea no es comprendida y que es poco lo que pueden hacer para frenar tanto maltrato y violencia, cuando sientan que el ánimo decae, recuerden esta historia que una vez escuché y ahora les transmito: Un niño se paseaba por la playa. La marea había arrojado a la arena cientos y cientos de estrellas de mar que bajo los rayos del sol empezaban a morir. El niño recogía una tras otra y las tiraba hacia las olas. Un hombre pasó y le preguntó lo que hacía. El pequeño explicó que las devolvía al mar para que no murieran. El hombre sonrió burlón y dijo: ¿No te das cuenta que son cientos de cientos? El niño alzó una estrella, la miró con ternura y mientras la lanzaba a las olas salvadoras respondió. No podré atender a todas pero para ésta ya su suerte ha cambiado. Deseamos que este Curso de Capacitación los ayude a continuar mirando con ternura y a cambiar la suerte de los niños que llegan a ustedes.

Niños y adolescentes trabajadoresGrupo Colibrí-Ilave* La mayoría de los integrantes de este grupo de trabajo tiene experiencia en el trato directo con niños y adolescentes trabajadores de la calle. Nuestra práctica policial nos ha demostrado la necesidad de recuperar para la sociedad al menor que, debemos puntualizar, muchas veces no es tomado en cuenta como parte de la misma. En este contexto y en el marco de la ejecución de los Planes de la Policía Nacional del Perú: "Protección y Orientación de la Niñez y Juventud Peruana" y "Acciones para la Atención del Niño y Adolescente", desarrollamos la presente experiencia mediante el acercamiento inicial a un grupo de menores trabajadores lustrabotas de la Plaza de Armas del distrito de Ilave del departamento de Puno.

1.

Objetivos de la experiencia

Objetivos generales ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■

Elevar en la sociedad el prestigio de la Policía Nacional del Perú. Proteger al menor trabajador de los peligros a los que está expuesto. Conocer la realidad del menor trabajador. Tratar, atender y ayudar al menor trabajador. Motivar en ellos el bien. Evitar la violación de los derechos del niño y el adolescente. Lograr el apoyo y concientización de las autoridades, instituciones públicas y privadas, y de la sociedad en general en torno a la problemática del niño y el adolescente, así como su participación en las actividades y programas que se desarrollen en favor de los mismos.

Objetivos específicos ■ ■ ■ ■ ■

Recuperar la confianza del menor en su "amigo Policía". Cambiar el concepto erróneo de la sociedad sobre el menor trabajador de la calle. Difundir y motivar entre los menores la importancia de sus derechos y deberes. Organizar y ejecutar el "Programa Colibrí" en la localidad de Ilave. Velar por el bienestar del menor.



Sensibilizar al personal policial, autoridades, a la sociedad en general y particularmente a la familia del menor trabajador en su tratamiento y atención. Lograr la participación directa del menor en las actividades de la comunidad. Motivar en el menor la observancia de los valores morales.

2.

Actividades desarrolladas



Programa de administración social





Se ejecutaron las siguientes acciones: •



• • • • •



■ •



Captación de niños. De manera inicial se logró el acercamiento a los lustrabotas que trabajan en la Plaza de Armas de Ilave, unos cuarenta y cinco niños y adolescentes, para luego aproximarnos a aquellos que se dedican a vender chupetes, atender en restaurantes y otras labores, habiendo registrado en la actualidad a ciento cinco menores. Organización del "Programa Colibrí". En la organización del Programa intervino personal policial y alumnos de la Universidad Nacional del Altiplano de la ciudad de Puno. Al inicio no contamos sino con estos recursos humanos, pero esperamos equiparlo y conseguir fuentes de financiamiento con el concurso de la colectividad. Inauguración del Programa. El 26 de noviembre de 1996 se llevó a cabo la inauguración del "Programa Colibrí-Ilave", con la asistencia y participación de diferentes sectores sociales y autoridades de la localidad. Junta Directiva del Programa. Se constituyó la citada Junta, la misma que está conformada únicamente por dichos menores. Inscripción del menor trabajador en la Municipalidad de El CollaoIlave. Se ha tramitado la inscripción de los menores trabajadores integrantes del "Programa Colibrí" en la Municipalidad de Ilave, así como su carnetización. Elaboración de fichas. Para mejorar la administración del Programa, el registro de sus integrantes y el conocimiento de la situación de los mismos, se elaboraron las siguientes fichas: Ficha de empadronamiento; Ficha personal; Historia-ficha clínica. Coordinación interinstitucional. A fin de lograr el apoyo en beneficio de los menores se efectuaron coordinaciones con las siguientes instituciones: Municipalidad de Ilave, Área de Desarrollo Educativo de Ilave, Hospital de Apoyo de Ilave, Aduanas de Puno, PRONAA de Puno, CEDECUM de Ilave y Distribuidora de Pepsi. Visitas domiciliarias. Se realizaron visitas domiciliarias para conocer y entrevistar a los familiares del menor trabajador.

Programa de investigación Diagnóstico situacional del menor. Para conocer la situación del niño y el adolescente se llevaron a cabo entrevistas, habiéndose previamente elaborado una Ficha social del menor. Programa de bienestar social Proyecto de salud • •

Se desarrollaron jornadas informativas sobre enfermedades infecto-contagiosas, desnutrición y preparación de suero casero, con el apoyo de la UTES-Ilave. Para detectar probables casos sociales de salud, los menores fueron sometidos a examen médico diagnosticándose dos casos de desnutrición que fueron atendidos con el apoyo del Hospital de Ilave.

Proyecto de nutrición • Se vienen efectuando coordinaciones con PRONAA para el otorgamiento de facilidades en el uso de comedores populares por los menores, gestión que aún no ha culminado. Proyecto de educación •

Organización de escuela para padres. Se realizaron sesiones con los padres de los menores integrantes del Programa a fin de orientarlos en el cumplimiento de sus obligaciones paternas.







Jornada informativa de derechos del niño. Con el apoyo de los estudiantes de la Facultad de Trabajo Social de la UNA-Puno se desarrolló un fórum sobre derechos y obligaciones del niño y el adolescente. • Apoyo, reforzamiento y seguimiento del proceso educativo. Se coordinó con el Área de Desarrollo Educativo de Ilave para efectuar visitas a los centros educativos de la jurisdicción a fin de conocer la situación académica de los menores integrantes del Programa. • Detección de casos académico-sociales. Se logró la reinserción a la escuela de menores con problemas académicos, efectuándose el respectivo seguimiento en coordinación y con el apoyo de sus familiares y profesores. • Inscripción en la Biblioteca Municipal. Se ha gestionado la Diagnóstico situacional del menor. Para conocer la situación del niño y el adolescente se llevaron a cabo entrevistas, habiéndose previamente elaborado una Ficha social del menor. Programa de bienestar social Proyecto de salud • •

Se desarrollaron jornadas informativas sobre enfermedades infecto-contagiosas, desnutrición y preparación de suero casero, con el apoyo de la UTES-Ilave. Para detectar probables casos sociales de salud, los menores fueron sometidos a examen médico diagnosticándose dos casos de desnutrición que fueron atendidos con el apoyo del Hospital de Ilave.

Proyecto de nutrición • Se vienen efectuando coordinaciones con PRONAA para el otorgamiento de facilidades en el uso de comedores populares por los menores, gestión que aún no ha culminado. Proyecto de educación •





Organización de escuela para padres. Se realizaron sesiones con los padres de los menores integrantes del Programa a fin de orientarlos en el cumplimiento de sus obligaciones paternas. • Jornada informativa de derechos del niño. Con el apoyo de los estudiantes de la Facultad de Trabajo Social de la UNA-Puno se desarrolló un fórum sobre derechos y obligaciones del niño y el adolescente. • Apoyo, reforzamiento y seguimiento del proceso educativo. Se coordinó con el Área de Desarrollo Educativo de Ilave para efectuar visitas a los centros educativos de la jurisdicción a fin de conocer la situación académica de los menores integrantes del Programa. • Detección de casos académico-sociales. Se logró la reinserción a la escuela de menores con problemas académicos, efectuándose el respectivo seguimiento en coordinación y con el apoyo de sus familiares y profesores. • Inscripción en la Biblioteca Municipal. Se ha gestionado la Diagnóstico situacional del menor. Para conocer la situación del niño y el adolescente se llevaron a cabo entrevistas, habiéndose previamente elaborado una Ficha social del menor. Programa de bienestar social Proyecto de salud • •

Se desarrollaron jornadas informativas sobre enfermedades infecto-contagiosas, desnutrición y preparación de suero casero, con el apoyo de la UTES-Ilave. Para detectar probables casos sociales de salud, los menores fueron sometidos a examen médico diagnosticándose dos casos de desnutrición que fueron atendidos con el apoyo del Hospital de Ilave.

Proyecto de nutrición • Se vienen efectuando coordinaciones con PRONAA para el otorgamiento de facilidades en el uso de comedores populares por los menores, gestión que aún no ha culminado. Proyecto de educación

• • •

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Organización de escuela para padres. Se realizaron sesiones con los padres de los menores integrantes del Programa a fin de orientarlos en el cumplimiento de sus obligaciones paternas. Jornada informativa de derechos del niño. Con el apoyo de los estudiantes de la Facultad de Trabajo Social de la UNA-Puno se desarrolló un fórum sobre derechos y obligaciones del niño y el adolescente. Apoyo, reforzamiento y seguimiento del proceso educativo. Se coordinó con el Área de Desarrollo Educativo de Ilave para efectuar visitas a los centros educativos de la jurisdicción a fin de conocer la situación académica de los menores integrantes del Programa. Detección de casos académico-sociales. Se logró la reinserción a la escuela de menores con problemas académicos, efectuándose el respectivo seguimiento en coordinación y con el apoyo de sus familiares y profesores. Inscripción en la Biblioteca Municipal. Se ha gestionado la

LA CASA EXTENDIDA trabajo social con, niños, niñas y adolescentes en alto riesgo Lucy Borja Espinoza* "...sí, venimos de familias desorganizadas, pero cuando vamos a un Centro es como otra familia y ya no tenemos que volver a nada porque esa es nuestra familia. Los de la calle son como nuestros hermanos y van a serlo para toda la vida..."

i bien el primer objetivo de una Casa de Acogida consiste en que los niños, niñas y adolescentes que ingresan retornen con sus familias lo más pronto posible, esto se logra solamente en un porcentaje reducido de casos. Pues en el cimiento de la infancia que vive en la calle encontramos inexorablemente, siempre, una decepción, una frustración, un profundo rencor hacia la familia de origen. Estas experiencias negativas vividas en el seno de la familia, agudizan su percepción, especialmente sensible para calibrar la bondad o maldad proveniente de las personas que se les acercan. Así, una vez en la calle, los grupos de niños y niñas se defienden unos a otros de la aproximación de posibles agresores. De manera natural, ellos y ellas se organizan para su propia defensa y aprenden a discriminar entre figuras adultas amenazadoras de aquellas que se acercan para ayudarlos. Esta estructura grupal, básicamente defensiva y al servicio de la supervivencia, se mantiene por largo tiempo y, adecuadamente utilizada, es un poderoso aliado en el proceso de rehabilitación. El contacto inicial con los niños y niñas comienza en la misma calle. Algunos requisitos para poder encontrarse con ellos son similares a los de cualquier rapport antropológico. El trabajador o trabajadora social se desplaza por la calle, convirtiéndose en parte del paisaje urbano. Poco a poco, su presencia empieza a ser familiar para los grupos de niños y niñas que pululan por las calles. Pero la prueba de fuego para un encuentro cercano con ellos se juega en el terreno de los hechos. Para los niños y niñas de la calle son confiables aquellas personas que son capaces de "jugarse por ellos", aquellos que con su actitud y conducta concreta los defienden o les ofrecen algún alivio, como curarles una herida o simplemente quienes se acercan a conversar, ofreciéndoles su compañía. Así, en los hechos, ellos y ellas por lo general confían y aceptan lo que otras personas pueden ofrecerles, contrariamente a la imagen hostil que proyectan y que es uno de los motivos por los cuales las personas que circulan por las calles les temen y huyen de ellos.

Parte IParte I "Al río yo no voy" En los diez años que llevo compartiendo la vida cotidiana de cerca de mil niños, niñas y adolescentes en alto riesgo social, he aprendido que los resultados de mi trabajo se mueven entre dos polos: el fracaso, representado concretamente por la vida en el río; y el polo del éxito relativo que implica el proceso, en equilibrio siempre precario, de paulatina inserción1 de los niños, luego jóvenes y más adelante adultos, al mundo del estudio, el trabajo y la familia.

"El río2", al que yo identifico como el polo del fracaso, es un referente común para todos nosotros. Es el lugar de refugio para quienes no logran superar el desánimo, la frustración. Van al río a llorar sus penas, a vegetar, a drogarse. En el río encuentran la desnutrición, la promiscuidad, la pérdida de límites, la delincuencia, la tuberculosis. Para nosotros, es la antítesis de lo que representa la infancia que vive en la calle, pues sabemos que todo niño o niña que vive en la calle lo hace porque busca en ella una "liberación"3. Para nuestro equipo, un factor importante en el proceso de recuperación de niños y niñas que viven en la calle es, sin duda, la manera en que logran identificar una figura de autoridad o influencia, en este caso en mi persona, como directora del Instituto. Para ellos y ellas es muy importante mi opinión, mi aprecio, mi aprobación. Este hecho supone una gran responsabilidad y resulta en algunos casos determinante en el curso que pueda seguir cada historia. Este fenómeno ha hecho que de manera casi natural se produzca una suerte de diferenciación entre el equipo de Generación y su directora. Una adecuada administración de esta adjudicación de roles que el grupo de niños y niñas realiza, permite muchas veces mecanismos de control y contención que de otra manera serían muy difíciles de lograr. Un ejemplo de esta diferenciación de roles es la atención en el mismo río (o "huecos", "fumaderos", etcétera). A diferencia del equipo de educadores y educadoras de la calle que realizan su trabajo de acompañamiento y rescate en esos lugares, al río yo no voy. Y eso lo saben bien los niños. Porque ir al río sería avalar la condición miserable, trashumante y denigrada en que muchos terminan. Sin embargo, nuestros educadores y educadoras de la calle sí van al río, llevando aliento y estímulo a los niños, niñas y adolescentes que ahí se refugian. Tratan, con su compañía, que salgan de ahí y vuelvan a nuestra casa. El hecho de que yo –representante de la autoridad– no vaya funciona como un coto, como límite y contención dentro del proceso de recuperación y sin duda ayuda en la prevención de recaídas.



La gran evasión

Si logramos el privilegio de poder escuchar el relato del porqué cada niño y niña hace de la calle su hogar, llegaremos a la conclusión de que la calle representa para ellos y ellas una "liberación". En casi todos los casos, la historia familiar que antecede al episodio de huida del "hogar" está teñida de elementos de denigración, ofensa, agresión. Salir a la calle responde a la necesidad de preservar la integridad física y mental, huyendo de la figura agresora; expresa, a mi entender, un acto de "soltarse", librarse de la opresión familiar y, en ese sentido, puede considerarse como un acto de afirmación, audacia y finalmente de salud que diferencia a un niño o niña que logró librarse de la violencia familiar de quienes no lo logran. Básicamente, postulo que hay adolescentes que huyen tarde de sus casas, con daños profundos de difícil resolución. En cambio, hay niños y niñas que encuentran la sabiduría para huir en el momento oportuno y preservan así algo del frescor y la lozanía propios de la infancia. Al huir de sus casas evitan un daño mayor. Pero, ¿qué pasa luego?



¿De vuelta al hogar?

Hay tantas historias como niños y niñas viviendo en las calles. Pero de la magnitud y gravedad de la ofensa que da origen a la huida, así como del grado de disfuncionalidad familiar, depende mucho la posibilidad de retorno al hogar. Por eso, para evaluar cuán factible es la reinserción familiar empezamos por analizar el episodio de huida del hogar, así como el contexto que determinó esa situación. En nuestra metodología de trabajo, el tema es conversado primero con el educador o educadora de la calle. Luego, la asistenta social conversa con el niño o niña y a continuación el psicólogo. Con base en los datos que se recogen, cada caso es analizado en equipo y la decisión sobre cómo proceder enfatiza cuán preparado está ese niño o niña para iniciar un proceso de vuelta al hogar. En el inicio del proceso, por lo general lo que obtenemos es información falseada. Los niños y niñas evitan contar los problemas, simplemente afirman que no quieren regresar y para asegurarse de no ser obligados a volver a sus casas, dan nombres y direcciones falsas. Tenemos el ejemplo de A, quien huyó de su casa cuando tenía 7 años de edad. Hijo de una madre adicta a la PBC que murió descuartizada, tenía al padre en Lurigancho. Diversos informes nos hicieron creer que el padre podría hacerse cargo de su hijo y realizamos gestiones para que pudiera salir de la cárcel. Paralelamente, matriculamos a A en la escuela y ayudamos a la familia a pintar la casa. Seis meses después del retorno de A a la casa con su padre encontramos al niño drogado en la calle. "Mi padre me pegó", repetía con insistencia. De vuelta en nuestra casa, empieza a trabajar. Un día, ante el anuncio del parto de una de sus compañeras y luego de que señaláramos la necesidad de avisar a su familia, A hace una crisis. Advierte, ansioso y asustado que no le avisen al padre de la niña, pues podía ser que hubiera violado a la niña e impedirle que vaya al hospital. Así nos enteramos por primera vez que eso era lo que había ocurrido con su propio padre y su hermana. Y era la razón por la cual A no quería vivir en su casa. En otros casos, hay niños y niñas que sí quieren regresar a sus familias, pero cuando logramos acceder a ellas encontramos rechazo. Esto es muy frecuente en familias en que los niños son hijos de compromisos anteriores de la madre y que son rechazados por la nueva pareja. Estas experiencias, lamentablemente frecuentes, de nuevos compromisos de las madres muchas veces lesionan a los niños. Otro caso es el de B, quien luego de una muy buena experiencia de inserción en nuestra casa conoció a Cc, de quien se enamoró profundamente. Pero ella estuvo con él y luego con D y luego con Q. Dolido y decepcionado por la infidelidad de Cc, B opta por irse al río y pasa dos años fumando pasta y robando. A su regreso, debe enfrentar el hecho de que en dos años casi no ha crecido, que se encuentra más rezagado y solo que cuando se fue. Hechos como

éste dan cuenta de la fragilidad emocional de los niños que huyen de sus familias. Ávidos de afecto, carecen de mecanismos para defenderse de las decepciones. Sabemos también que hay familias interesadas que aceptan que los niños retornen cuando se enteran de que están trabajando y piensan que pueden lograr algún beneficio. Aceptan que los niños vuelvan cuando se convierten en proveedores. Hay limitaciones serias en el trabajo con las familias. Recuerdo una madre que nos recibió con la frase: "Y para qué me lo ha traído"; estaba drogada. O a otra señora que a nuestra explicación "Su hijo quería verla", nos respondió: "Pero por favor que no se acostumbre a estar viniendo" Es una buena señal cuando las madres buscan a sus hijos o hijas, pues permite trabajar con ellas las razones que determinaron la actitud de los hijos y se las ayuda a cambiar la situación. En esos casos es posible tener éxito en la reinserción familiar. En general, el mismo niño o niña –a través de su relato y actitudes– nos indica si es que el camino de la reinserción es posible y por eso nosotros esperamos que ellos mismos soliciten buscar a sus familias pues consideramos que este es un requisito necesario para las posibilidades de éxito en este ámbito. En otros casos, las vivencias que anteceden la llegada a nuestra casa son tan traumáticas que ponen en riesgo la identidad de algunos niños y niñas. Ese es el caso de las niñas que optan por la vestimenta y la conducta masculina como una forma de defenderse contra las humillaciones y vejaciones que sufren las mujeres. La recuperación de su ser femenino es posible gracias a la influencia de mujeres adultas. Podemos afirmar entonces que en el acto de huir de sus familias, de abandonarlas, muchos niños y niñas expresan su repudio a situaciones que los deshumanizan y con las cuales no están de acuerdo. El retorno al seno familiar significa para muchos volver a empezar de nuevo una historia de desencuentros, de desamor y, en ocasiones no poco frecuentes, de peligro para su integridad. Tal vez lo que ocurre en estos casos es que el grado de disfuncionalidad de las familias es tal que las incapacita para ejercer la función de dar soporte, y actúan en cambio de manera violenta y expulsora. Por eso creemos que la reinserción familiar muchas veces requiere que las condiciones familiares cambien y esto depende del grado de disfuncionalidad familiar. Al mismo tiempo, las intervenciones familiares son sumamente complejas y difíciles y muchas veces exceden nuestras posibilidades como institución. Lo real es que luego de un proceso largo, de mínimo tres años, durante los cuales se trabaja arduamente para sacar a los niños de la calle y de la droga, terminamos siendo su familia, o al menos lo más parecido a una que nunca tuvieron. Ese es el caso de Jj, quien ahora tiene 20 años. La conocimos cuando tenía 9 años. Ella relata su historia de la siguiente manera4: ajeno.



"Laburo"

En la misma línea del acto antisocial encontramos lo que ellos y ellas denominan el "laburo". Se trata del asalto o robo. Gran parte de lo dicho para el "agarrar" se aplica también en este caso. Sin embargo, este sí es un acto que nosotros abordamos desde el comienzo, como parte inherente del proceso de transformación de "piraña a niño o niña trabajador(a)". La técnica consiste en ayudar a reflexionar sobre el acto. Se realiza en la misma calle y en el mismo momento en que se produce el episodio. El educador o educadora entrega papel y lápiz y pide a los niños que dibujen lo que ocurrió. Luego se da inicio al proceso de análisis con algunas preguntas claves ¿Qué ocurrió? ¿Quién era? (la víctima). ¿Tendrá familia? Así se empieza a elaborar la historia de quien fue despojado, buscando que se pongan en el lugar de la persona agredida, que se compadezcan de ella. De esta manera, poco a poco se logra que se den cuenta de que el acto antisocial produce daño y que ellos en realidad no quieren hacer que otras personas sufran. Ese es el papel del educador o educadora de la calle: ayudar a reflexionar, a tomar consciencia. Pero en realidad, la mejor medida para resolver el "laburo" es trasladando a los niños y niñas a una casa de acogida donde logran resolver su necesidad de subsistencia y empiezan su proceso de recuperación.

"Antes éramos pirañas, ahora somos niños trabajadores" El polo identificado como de éxito relativo en nuestro trabajo, a su vez abarca una gama de posibilidades de resolución que discurre desde la condición de pirañita hacia la de niño o niña trabajador(a). Supone, muchas veces, ayudarlos a sanar sus heridas. Convencerlos, por ejemplo, de que haber sido violados no mella su condición de varones, ni altera su preferencia sexual hacia las mujeres. O que el hecho de haber sido usada sexualmente desde pequeña no significa que ella no tenga el derecho –y la obligación– de hacerse respetar y de ser fiel a su pareja. O que el haber recibido maltrato no justifica que él o ella maltraten a los demás. Así, en múltiples conversaciones informales, poco a poco, se van curando heridas físicas y de las otras. Paralelamente, el trabajo social con la infancia en alto riesgo requiere una suerte de fototropismo positivo, un fundamento, una mística, una utopía que compartir con los niños y niñas. Debe transmitirles la convicción de que el acto positivo de librarse de sus familias opresoras implica mucho más que huir de sus casas y debe complementarse con un sentido de responsabilidad para con ellos mismos.

Cuando se logra ejercer una influencia positiva, los niños y niñas recusan la condición de pirañas y enaltecen la de niño o niña trabajador(a), como bien lo manifiesta R.: "_somos buenos; estamos tratando de recomponernos. No somos maleantes". Este proceso, sin duda difícil y signado por avances y retrocesos, se cumple siguiendo algunos requisitos básicos.



"Queremos un sitio donde vivir"

En la primera fase de nuestro trabajo pensábamos que era posible prescindir de un marco físico institucional en el proceso de recuperación. La realidad demostró muy pronto que esto no era así. Los niños lograban trabajar, conseguían generar sus propios ingresos y, como parte de su proceso de "recomposición", invertían en comprarse ropa, libros o zapatos. Pero en la calle se los robaban. En la calle era difícil encontrar un lugar donde bañarse, o donde estudiar, o simplemente donde estar "como en familia" y conversar. Fue así como, ante el insistente reclamo de los propios niños, optamos en un primer momento por ofrecerles que "vengan a vivir con nosotros". Así empezó el complejo proceso de brindar un hogar a más de cien niños. Este hogar, que metafóricamente podríamos denominar la casa extendida, requiere de la convergencia de un conjunto de esfuerzos e iniciativas. No sería posible sin la contribución de la cooperación internacional y tampoco daría resultados si no se contara con los múltiples convenios interinstitucionales que permiten dar curso a los programas de alimentación, salud, escolaridad, empleo y recreación. Tampoco es posible sin un compromiso personal. Sin el olor, el calor, el contacto, la mirada y las palabras de personas adultas responsables con quienes los niños y niñas entran en contacto y empiezan un proceso de acompañamiento.



Tejer lazos familiares

Pero el reto de ofrecer un hogar a los niños y niñas que viven en la calle va mucho más allá de un techo y cuatro paredes. La avidez con que ellos y ellas reclaman alguien "con quien conversar", que les cuente cosas, que les informe, que les explique, es enorme. La casa extendida debe reproducir de la manera más fiel posible las condiciones de un hogar feliz. Es así como la rutina cotidiana en nuestra Casa de Acogida empieza a las 6 a.m. con el traslado de niños y niñas a sus lugares de trabajo. La rutina de levantarlos, lograr que se bañen, tomen su desayuno y salgan a trabajar se facilita cuando tienen el aliciente de compartir el trayecto con alguien significativo para ellos y ellas, que les converse, los regañe, los anime a realizar ese ritual que repetido uno y otro día termina por estructurar la experiencia individual, siguiendo el objetivo de lograr límites, estructura, contención, elementos fundamentales en el proceso de recuperación. Las variaciones en el tono de voz concordantes con los afectos en juego en cada momento, la dirección y tipo de mirada, una palmada o un abrazo cariñoso, son parte de la metodología de acompañamiento que desarrollamos las 24 horas del día y que se complementa con consejos, señalamientos, confrontaciones, en la búsqueda por introducir en la vivencia de los niños y niñas ese bagaje familiar compuesto de hábitos, miradas, señales, tonos de voz, consejos, cuentos, relatos, advertencias. que de manera natural toda familia ofrece y del que nuestros niños y niñas carecían.



Reinsertarse a la escuela

La experiencia de matricular a los niños y niñas en escuelas regulares no dio buenos resultados. Cuando el proceso de recuperación recién se inicia, el sistema escolar formal no logra ajustarse al perfil real que en ese momento presentan los niños y niñas de la calle. Por ejemplo, si tienen más de diez años ya no los aceptan en los primeros grados y sabemos que una característica es que los niños y niñas de la calle presenten atrasos. Adicionalmente, los colegios prefieren no correr el riesgo de matricular alumnos que puedan figurar luego como desertores. Y es un hecho también que al comienzo la asistencia a la escuela es en cierto modo errática. En los casos en que hemos logrado éxito dentro del sistema escolar formal ha sido porque la actitud del profesor o profesora a cargo fue excepcional. Se trata de docentes que lograron compenetrarse con la situación de su alumno y se interesaron de manera personal, les prestaron atención, les hicieron un seguimiento cercano. Es por ello que en Generación hemos optado por crear condiciones escolares propicias como una medida transitoria dentro del proceso de reinserción (o inserción) escolar. Se trata de una escuela primaria con valor oficial y con un plan de estudios compatible con la currícula escolar vigente. En ella se trabaja sobre la base de círculos de estudio, de acuerdo al nivel y características de los niños y niñas. Se desarrollan áreas de trabajo y el eje es el proceso productivo en el cual están inmersos. Por ejemplo, a partir del proyecto Jardineritos que se realiza con la Municipalidad de Lima, el equipo docente ha adaptado los contenidos curriculares a la realidad del trabajo que se realiza en los jardines. En la escuela primaria que hemos fundado, niños y niñas pueden iniciar su escolaridad en el momento en que estén en capacidad de hacerlo. Y reiniciarla cuantas veces sea necesario. Cuando llegan, todo está listo para que el acto de desear ir a estudiar encuentre un ambiente propicio y los recursos necesarios. Siempre hay un lápiz y una ficha para trabajar, así como docentes que conocen la realidad de los niños y niñas y son capaces de sentir simpatía hacia ellos y ellas. Con este sistema hemos logrado que alrededor de un 80% de nuestros niños y niñas terminen su primaria.

Pero esta realidad se logra con gran esfuerzo. Nuestros educadores y educadoras tienen que estar detrás de los niños y niñas para que vayan al colegio. Es necesario llevarlos todos los días. Posteriormente, la secundaria nocturna del sistema educativo formal recibe mejor a nuestros estudiantes. Paralelamente, los chicos ya están más grandes, más estabilizados. Además, cuando pasan a la secundaria ya no son chicos y chicas de la calle, ya tienen consciencia de su propio progreso y se interesan por estudiar. Pero aún así, es necesario estar motivándolos, acompañándolos y ayudándolos permanentemente. Este esfuerzo se ve en algunos casos recompensado cuando los chicos y chicas, una vez concluida la secundaria, se proponen como meta completar su educación superior.



Los límites los ponemos entre todos

En la casa extendida los límites entre la vida en la calle y la vida en la casa son al comienzo difusos. En la medida en que ofrecemos un espacio abierto y no obligamos a que nadie se quede en contra de su voluntad, el proceso de salir, entrar, perderse, volver a entrar, salir, perderse, volver, partir, regresar _puede parecer infinito. Sin embargo, dentro de la casa algunos controles funcionan en favor del estudio, del trabajo, del aseo, de librarse de la droga. Las intervenciones educativas se centran en el grupo pues éste es un referente confiable para quienes creen y cultivan las lealtades grupales. Al mismo tiempo, tener una buena imagen, formar parte del grupo y contar con su aprobación es muy importante. Así pues, cada niño y niña forma parte de un grupo, el cual a su vez está liderado por un niño o niña que ejerce la autoridad que la institución le confiere. Si bien los grupos se forman de manera natural y obedecen a las afinidades de sus miembros, cada uno tiene un reconocimiento institucional. La selección de los o las jefes de grupo se realiza de acuerdo a diversos criterios que incluyen la aceptación del grupo, una evaluación positiva de su proceso de recuperación y grado de compromiso con la casa. Cada grupo tiene la tarea de colaborar para mantener a sus integrantes dentro del proceso socioeducativo y es parte de sus funciones ayudar cuando alguien se desbanda y se va. También colabora en prevenir que esto no ocurra. Las reglas se deciden entre todos durante las asambleas, que es donde se plantean las normas a partir de un análisis bastante exhaustivo de lo positivo y negativo y también de lo que nos proponemos. Por ejemplo, un tema de asamblea puede ser Ir a la escuela. Se analiza los pros y contras de ir a la escuela y finalmente se decide qué hacer y cómo hacerlo. En reuniones periódicas se analizan los problemas o se organizan eventos significativos. En general, se estimula todo aquello que los ayude a ser cada día mejores. La función de las personas adultas es acompañar la reflexión grupal y orientar el seguimiento de las acciones que se deciden. Los grupos son especialmente proclives a la crítica y suelen ejercerla a su interior como mecanismo de control y la reclaman de los adultos en la medida en que entienden que es también una fuente de reconocimiento. Si algo El equipo de educadores y educadoras realiza su trabajo pedagógico en la calle convocando a los niños y niñas, brindándoles asistencia, sosteniendo reuniones educativas con ellos, etcétera. no funciona bien, agradecen que se los digan. En general, su juicio sobre las personas y los acontecimientos es acertado. En nuestra casa niños y niñas participan en todos los aspectos del funcionamiento cotidiano: toman decisiones sobre la administración de los recursos con que contamos, llevan las cuentas de la institución, conocen la situación financiera de la casa, opinan y recomiendan sobre la contratación de personal. Lo hacen con gran sentido de responsabilidad pues saben que si toman una mala decisión perjudican a otras personas. Esta ayuda se complementa con los servicios contratados de dos personas adultas que se encargan de la cocina y de personal de seguridad que cuida la casa por la noche, a fin de evitar hurtos y custodiar el descanso de los niños y niñas. En general, las personas adultas tienen la responsabilidad de velar porque se creen hábitos y valores vinculados a la convivencia y el desarrollo personal y social, educando con el propio ejemplo, dando estímulo y articulando los esfuerzos que se realizan en el ámbito escolar, laboral y familiar. A su vez, la dirección de la institución tiene entre sus funciones garantizar que todos los niños y niñas estén ocupados, atendidos, que tengan posibilidad de trabajo. Esto incluye motivar la participación de niños y niñas, realizar convenios interinstitucionales, garantizar los recursos de diverso tipo y preocuparse porque el equipo funcione como un todo, integrando los diversos niveles educativos y de reinserción.

La búsqueda del reconocimiento social En realidad, la casa extendida abarca mucho más que la casa y las instalaciones de Generación. El trabajo social con niños, niñas y adolescentes convoca a una serie de agentes e instituciones. Y es importante que así sea, pues el éxito de una casa extendida radica en la existencia de lugares amigables dentro de la ciudad donde los niños y niñas encuentren referentes acogedores, confiables y capaces de ayudarlos en su proceso. Las instituciones y agentes interesados en establecer contacto con niños, niñas y adolescentes en alto riesgo social deben empezar por tener claro qué pueden ofrecer a estos chicos y chicas que no tienen nada y preguntarse con genuino interés ¿cómo vamos a beneficiarlos con nuestra intervención? Éticamente, no debería realizarse ninguna intervención que no asegure un mínimo de bienestar, una mejoría, aunque sea elemental, un impacto positivo sobre la

dura situación que enfrentan los niños y niñas que viven en la calle. Debemos preguntarnos ¿qué es lo que realmente esperan los chicos y chicas? En primer lugar, y con toda seguridad, el ser tratados y reconocidos como personas. Una parte significativa del esfuerzo que realizan por superarse está centrado en lograr ese objetivo. Recuerdo una vez que fuimos de paseo a Cantolao. Se habían bañado, perfumado, estaban bien vestidos. Nadie diría que eran niños y niñas diferentes. Sin embargo, llegamos a la playa y empezamos a escuchar: "Mira a los pirañitas". Ellos no lo podían creer. "¿Por qué Lucy, por qué nos dicen eso? Nosotros no somos pirañitas; ya no. ¿Por qué son tan malos?" En segundo lugar, reconocerles su condición de niños, su realidad de gente joven. A ellos también les gusta que les hagan la vida agradable, los entusiasma la música, las risas, la alegría, la diversión, un ambiente amigable. Son niños. Las duras condiciones en que viven no les quitan esa condición. Que alguien los trate con simpatía, les haga una chocolatada, los hace felices, les genera ilusión, le da color y brillantez a su vida. Luego, conversar y conversar. Aceptan con gusto los consejos. Les agrada sentirse observados con benevolencia y alentados en sus logros. La rehabilitación de un niño o niña de la calle está íntimamente relacionada con la calidad del contacto que puedan establecer con alguien que se convierte en una persona muy significativa. Alguien capaz de ser lo suficientemente simpático como para lograr entablar una conversación fluida, y naturalmente alguien que los mira con ojos de simpatía, con esperanza. Finalmente, el estímulo que más aprecian es el que se logra extramuros, fuera de nuestra casa, en el mundo real, cuando otros como ellos, o mejores, los reconocen como semejantes y se aprestan a compartir.

Niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley: Definición, principios y administración de justicia Javier Ciurlizza Contreras1 Susana Silva Hasembank2 1.

Marco conceptual: Del derecho de menores tradicional a la doctrina de la protección integral

Vamos a exponer los principales elementos jurídicos relacionados con el tratamiento de los niños, niñas y adolescentes que están en conflicto con la ley penal. Para ello, se analiza brevemente el contenido del marco conceptual sobre la doctrina de la protección integral, que debe guiar las normas jurídicas concretas aplicables a este sector de la población. La doctrina de la situación irregular de los menores, actualmente superada por las normas y la doctrina, buscaba proteger al menor poniéndolo a disposición del juez, quien actuaría como un buen padre de familia, tomando al menor como un objeto de protección, desconociendo su calidad de sujeto de derecho. De esta manera se limitaban las garantías sustantivas, procesales y de ejecución de las medidas. En la visión “tutelar” de la doctrina de la situación irregular, se equiparan diversas situaciones en las que se puede encontrar un menor como: a. en situación de abandono o peligro, b. el que su patrimonio se encuentre amenazado por quienes lo administran, c. que haya realizado una infracción penal, d. que carezca de un representante legal, e. que tenga deficiencias físicas o mentales, etcétera. Todas estas situaciones recibían respuestas similares y las medidas que se adoptaban no se distinguían materialmente entre sí. Las infracciones se consideraban resultado de factores sicológicos y sociales que determinaban la intervención tutelar del juez. Esta intervención se daba por medio de un proceso, que si bien no era considerado penal, tenía los mismos efectos, con el agravante de que al no tener la etiqueta “penal”, originaba la no aplicación de garantías penales, procesales y de ejecución de las medidas. Progresivamente, la doctrina de la situación irregular fue cediendo terreno a concepciones más amplias que implicaban la consideración del niño y adolescente como sujetos de derechos.

Como señala Miguel Cillero, por doctrina de la protección integral se entiende al conjunto de principios, directrices y derechos contenidos en los instrumentos internacionales de Naciones Unidas para la protección de los derechos de la infancia. Esta doctrina parte de la premisa de que el niño o adolescente es un sujeto de derecho, incluso en lo que se refiere al “derecho penal”, y en el caso de los adolescentes infractores de la ley penal, cuentan con idénticas garantías del derecho penal, más aquellas propias de su condición de adolescentes. A partir de estas consideraciones, se plantea la necesidad de crear un nuevo modelo de justicia para estos casos, el cual debería tener las siguientes características: a. b. c. d. e.

Los derechos y garantías del niño y el adolescente no deben ser menores que los que tienen los adultos. Mayor responsabilidad de los adolescentes por sus acciones, como correlato con los derechos y garantías con los que puede contar. Limitar al mínimo la intervención de la justicia penal. Es decir, la ley penal se aplica sólo por excepción a los niños y adolescentes. Mayor atención hacia la víctima del delito. Mantener los principios educativos que orientan las legislaciones juveniles, atendiendo prioritariamente las necesidades personales, familiares y sociales.

2.

Estándares internacionales

A.

La edad penal

Según la legislación internacional, los Estados deben fijar límites respecto a las edades y la capacidad de responsabilidad penal (imputabilidad), con base en dos aspectos: 1. 2.

La edad debajo de la cual nadie puede ser juzgado ni sancionado por el sistema penal de adultos, en cuyo caso debe aplicarse una legislación especial. La edad debajo de la cual nadie será sometido siquiera a la legislación especial para los infractores penales.

En su artículo 1º la Convención Universal de los Derechos del Niño recomienda tomar los 18 años como límite de la mayoría de edad penal. La Regla Nº 5 de Beijing contiene un criterio para fijar la edad de absoluta responsabilidad de los niños, así como la edad penal: “En todos los sistemas jurídicos que se reconozca el concepto de mayoría de edad penal con respecto a los menores, su comienzo no deberá fijarse a una edad demasiado temprana habida cuenta de las circunstancias que acompañan a la madurez emocional, mental e intelectual.” El artículo 5.5. de la Convención Americana de los Derechos Humanos (en adelante Convención Americana) parece optar por el criterio de diferenciar adultos de niños, al señalar que “cuando los menores puedan ser procesados, deben ser separados de los adultos y llevados ante tribunales especializados, con la mayor celeridad posible, para su tratamiento”. Si bien la norma habla de procesados, que podría hacer pensar en un proceso penal en su contra, se refiere a la existencia de Tribunales Especializados, lo que significa la necesidad de considerar un sistema diferente para ellos. Si bien existe libertad para fijar la edad penal en menos de 18 años, la Convención reconoce derechos a los menores de esa edad, los cuales resultan incompatibles con el sistema penal aplicable para adultos. Por ello la interpretación comúnmente aceptada es fijar los 18 años como la mayoría de edad, por lo menos en el área penal. Respecto a esta materia, varios países de la región, entre ellos Brasil, Perú y Ecuador, han establecido una franja de responsabilidad especial y otra de total irresponsabilidad, que en la mayoría de casos va entre los 12 ó 14, hasta los 18 años. La responsabilidad especial se refiere a la posibilidad de aplicar medidas socio-educativas que pueden ir hasta la privación de la libertad, pero siempre con una finalidad sustancialmente distinta a la contenida en las penas aplicables a los adultos. B.

Garantías sustantivas



Principio de culpabilidad

Esta garantía limita la sanción a la existencia de culpa y a la medida de la culpabilidad del agente, debiendo eliminarse la categoría de peligrosidad. Esto significa que sólo aquella persona que sea objetivamente culpable de un hecho contrario a la ley penal, en relación a una víctima debidamente identificada, será merecedora de una sanción. Los términos “peligrosos”, “vagos”, “maleantes” y otros similares no constituyen elemento suficiente para hablar de una infracción de la ley.



Principio de legalidad

Limita la sanción a la existencia de un delito establecido previamente por la ley. En consecuencia, se debe eliminar la sanción a las situaciones “irregulares”. Con este principio se busca un mínimo de certeza, limitando la posibilidad de sanción por la simple discrecionalidad de la autoridad. La regla 2.2.b de Beijing señala que: “es delito todo comportamiento (acción u omisión) penado por la ley con arreglo al sistema que se trate.” La Convención, en su artículo 40.2, señala que: “Los Estados Partes garantizarán, en particular a.que no se alegue que ningún niño ha infringido las leyes penales, ni se acuse o declare culpable a ningún niño de haber infringido esas leyes, por actos u omisiones que no estaban prohibidos por las leyes nacionales o internacionales en el momento que se cometieron.” De otro lado, el artículo 37.b de la Convención limita el uso de los recursos punitivos: “Se garantiza_ que ningún niño será privado de libertad ilegal o arbitrariamente. La detención, el encarcelamiento o la prisión de un niño se llevará a cabo en conformidad con la ley y se utilizará tan solo como medida de último recurso y durante el período más breve que proceda.” El establecimiento de conductas que sin ser delitos penales originen para los adolescentes una medida similar a la penal, constituye un rezago de la doctrina de la situación irregular. Es claro que conductas de simple desobediencia o inconducta no deben ser tratadas como delitos juveniles, en tanto constituiría un tratamiento desigual ya que en el caso de los adultos dichas conductas no son punibles.



Principio de humanidad

Este principio prohíbe las penas crueles, inhumanas o degradantes. Adicionalmente, prohíbe la aplicación de la pena de muerte y la cadena perpetua para el caso de los niños y adolescentes. Así lo señala la Convención en su artículo 37.a. “Los Estados Partes velarán porque ningún niño sea sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. No se impondrá la pena capital ni la de prisión perpetua sin posibilidad de excarcelación por delitos cometidos por menores de 18 años de edad.”



Tratamiento diferenciado entre infractores de la ley penal y no infractores

El reconocimiento del principio de tipicidad por la Convención y otros instrumentos internacionales, así como la especialidad y separación de la responsabilidad por infracciones a la ley penal, implican el derecho a un tratamiento diferenciado entre infractores y quienes se encuentren en situación de abandono o riesgo. Este es un tema central en los principios internacionales sobre los derechos del niño. La fiel aplicación de la doctrina de la protección integral conlleva la inaplicabilidad de la ley penal a los niños, niñas y adolescentes que son reconocidos en “situación irregular” o con denominaciones parecidas al término “niños de la calle”. El “niño de la calle” no es un infractor, ni actual ni futuro, sino un niño que requiere de medidas positivas por parte del Estado.



Tratamiento diferenciado de los adultos

Se establecen principios que deben orientar la reacción social ante las infracciones de los adolescentes, y además se deben respetar iguales derechos y garantías que para los adultos. El sistema penal juvenil es diferente al sistema penal de los adultos y tiene como finalidad el desarrollo integral del adolescente. Se pueden citar tres ejes en la materia: • • •

Reconocimiento de iguales derechos y garantías que a los adultos. Reconocimiento de límites, derechos y garantías en razón de la edad. Establecimiento de una finalidad a la intervención estatal.

La particularidad de la reacción para el caso de los adolescentes se origina en la aplicación de la doctrina de la Convención: la consideración y protección de la dignidad y derechos. A la reacción penal se incorpora la finalidad de asegurar el bienestar y el desarrollo integral del niño para su adecuada integración social. El artículo 40.1 de la Convención señala que: “Los Estados Partes reconocen el derecho de todo niño de quien se alegue que ha infringido las leyes penales o a quien se acuse o declare culpable de haber infringido esas leyes a ser tratado de manera acorde con el fomento de su sentido de la dignidad y el valor, que fortalezca el respecto del niño por los derechos humanos y las

libertades de terceros y en las que se tengan en cuenta la edad del niño y la importancia de promover la reintegración del niño y de que éste asuma una función constructiva en la sociedad.” 1. 2. 3.

De este texto se pueden extraer los siguientes principios fundamentales: La intervención tiene sentido en base a la dignidad y el valor del niño, no buscando su degradación o sometimiento. La intervención debe tender a fortalecer el respeto al niño por las reglas de convivencia social fundadas en el respeto de los derechos y libertades de terceros, destacándose los fines sociales de la intervención. La intervención tiene objetivos específicos a realizar: promover la reintegración del niño y que éste asuma una función constructiva en la sociedad.

La particularidad trae como consecuencia un régimen diferenciado del sistema penal para el caso de los adultos. Así, las condiciones de privación de libertad (internamiento en el caso de los adolescentes) debe incluir un ambiente adecuado para que la protección se verifique en la práctica. La selección y capacitación del personal a cargo de los centros para adolescentes también deberá responder a requisitos distintos a los vigentes para los funcionarios del sistema penitenciario para adultos.



Principio de dignidad de la persona

La acción del Estado tiene como límite el núcleo esencial de los derechos fundamentales de la persona. Las aplicaciones de este principio son múltiples, y en materia de infracciones penales orienta y limita la acción estatal. El artículo 40.1 (ver acápite anterior) de la Convención ordena que la intervención del Estado debe fomentar el sentido de su dignidad personal. Asimismo, limita la acción de los agentes estatales, prohibiéndose la tortura, penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, la pena de muerte y la cadena perpetua, y en general regula el tratamiento diferente al adulto.



Principio de jurisdiccionalidad

Que contiene dos garantías fundamentales: 1. La facultad de juzgar y ejecutar lo juzgado sólo corresponde a los tribunales de justicia. 2. Nadie puede ser juzgado sino por un tribunal competente, independiente e imparcial establecido por ley con anterioridad a la comisión del hecho. Según el artículo 40.2.III de la Convención: “Los Estados Partes garantizarán, en particular_ que la causa será dirimida sin demora por una autoridad u órgano jurisdiccional competente, independiente e imparcial.” Se busca, como en los procesos de adultos, que un tercero imparcial decida sobre el mismo. En el caso de niños y adolescentes, la Convención Americana en su artículo 5.5 permite el juzgamiento por Tribunales Especializados. En su artículo 40, inciso 3, la Convención establece la conformación de instituciones específicas como pueden ser los juzgados especializados. “Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para promover el establecimiento de leyes, procedimientos, autoridades e instituciones específicos para los niños de quienes se alegue que han infringido las leyes penales o a quienes se acuse o declare culpables de haber infringido esas leyes, y en particular: a. El establecimiento de una edad mínima antes de la cual se presumirá que los niños no tienen capacidad para infringir leyes penales. b. Siempre que sea apropiado y deseable, la adopción de medidas para tratar a esos niños sin recurrir a procedimientos judiciales, en el entendimiento de que se respetarán plenamente los derechos humanos y las garantías legales.” La disposición transcrita ordena sustraer del ámbito penal de los adultos, los casos de menores que hayan tenido conductas penalmente sancionadas. Del mismo modo, la Regla 11.1 de Beijing, permite que no se recurra a las autoridades jurisdiccionales, pero prohíbe la disminución de garantías o derechos y queda abierta la posibilidad de una revisión judicial. Asimismo, se establece límites a la posibilidad de aplicar medidas luego de haberse sustraído el caso del control jurisdiccional, excluyéndose las medidas punitivas. “Se examinará la posibilidad, cuando proceda, de ocuparse de los menores delincuentes sin recurrir a las autoridades competentes_ para que los juzguen oficialmente.” Es claro que ello no constituye una exención al principio de jurisdiccionalidad, y esta remisión debe realizarse con todas las garantías debidas a los jóvenes infractores.

Protección del derecho a la libertad personal Implica el establecimiento de dos tipos de normas: 1. Las que limitan la facultad del Estado de privar de libertad a los menores de edad. En su artículo 37.b la Convención señala que ningún niño será privado de su libertad arbitraria o ilegalmente. La limitación de libertad es un último recurso y debe ser aplicada por el mínimo tiempo posible. Asimismo, las Reglas 13.1, 17.1.b y 17.1.c de Beijing establecen que la privación de libertad para el menor:



• • •

Es el último recurso y por el tiempo más breve posible. Se impone tras un estudio cuidadoso. Sólo se impondrá cuando se trate de un caso grave en que concurra violencia contra otra persona o la reincidencia por delitos graves.

Convención (artículo 37.b): Los Estados Partes velarán porque ningún niño sea privado de su libertad ilegal o arbitrariamente. La detención, el encarcelamiento o la prisión del niño se llevará a cabo de conformidad con la ley y se utilizará tan solo como de medida de último recurso y durante el período más breve que proceda. Reglas de Beijing (13.1.): Sólo se aplicará la prisión preventiva como último recurso y durante el plazo más breve posible. Reglas de Beijing (17.1.b y c): La decisión de la autoridad competente se ajustará a los siguientes principios _: b) Las restricciones a la libertad personal del menor se impondrán sólo tras cuidadoso estudio y se reducirán al mínimo posible; c) Sólo se impondrá la privación de la libertad personal en el caso de que el menor sea condenado por un acto grave en el que concurra violencia contra otra persona o por la reincidencia en cometer otros delitos graves, y siempre que no haya otra respuesta adecuada.” La limitación no se refiere únicamente a que la orden sea autorizada por la ley y emitida por la autoridad competente, sino que se establecen otras fundamentadas en la especial calidad de los niños como personas vulnerables y en etapa de desarrollo. Por ello se busca evitar la privación de la libertad y las medidas alternativas. 2.

Garantías y derechos en relación a la ejecución de la privación de libertad. En su artículo 37.c y d la Convención así como la Regla 13.3 de Beijing reconocen el derecho del niño a: • Estar separado de los adultos. • Mantener contacto con su familia. • Una pronta asistencia jurídica. • Impugnar la legalidad de su privación de libertad ante un Tribunal u otra autoridad competente, imparcial e independiente y a una pronta decisión sobre dicha acción.

Convención (artículo 37.c): Los Estados Partes velarán porque todo niño privado de libertad sea tratado con humanidad y el respeto que se merece la dignidad inherente a la persona humana, y de manera que se tengan en cuenta las necesidades de las personas de su edad. En particular, todo niño privado de libertad estará separado de los adultos, a menos que ello se considere contrario al interés superior del niño, y tendrá derecho a mantener contacto con su familia por medio de correspondencia y de visitas, salvo en circunstancias excepcionales. Reglas de Beijing (13.3): Los menores que se encuentren en prisión preventiva gozarán de todos los derechos y garantías previstas en las Reglas Mínimas para el tratamiento de los reclusos aprobadas por las Naciones Unidas. Las Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de los Menores Privados de Libertad establecen aspectos importantes a tomar en cuenta: •

Definen como menor a toda persona menor de 18 años, sin haber diferencia entre imputables o inimputables. Regla 11.a.

“Se entiende por menor a toda persona de menos de 18 años de edad. La edad límite por debajo de la cual no se permitirá privar a un niño de su libertad debe fijarse por la ley.” •

Entiende por privación de libertad toda forma de detención o encarcelamiento, el internamiento en un establecimiento público o privado del que no se permita salir al menor, por orden judicial o administrativa. Regla 11.b. Lo que amplía la noción de internación a todas las formas de privación de libertad.

“Por privación de libertad se entiende toda forma de detención o encarcelamiento, así como el internamiento en un establecimiento público o privado del que no se permita salir al menor por su propia voluntad, por orden de cualquier autoridad judicial, administrativa u otra autoridad pública.”

• Es requisito para la privación de libertad que sea la última opción, por un período mínimo que debe ser expresamente determinado, pudiendo el menor salir antes de dicho plazo. Regla 2. “Sólo se podrá privar de libertad a los menores de conformidad con los principios y procedimientos establecidos en las presentes reglas, así como en las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de Justicia de Menores (Reglas de Beijing). La privación de la libertad de un menor deberá decidirse como último recurso y por el período mínimo necesario y limitarse a casos excepcionales. La duración de la sanción debe ser determinada por la autoridad judicial sin excluir la posibilidad de que el menor sea puesto en libertad antes de ese tiempo.” C.

Garantías procesales

La Convención también contiene un conjunto de principios que aseguran la vigencia del debido proceso.



Jurisdiccionalidad

La instancia judicial especializada debe contener todas las atribuciones de una jurisdicción: competencia, independencia e imparcialidad del órgano. (Artículos 37.d, 40.2 y 40.3 de la Convención; Regla 11 de Beijing).



Contradictorio

En tanto el proceso es una relación contradictoria, debe tener claramente definidos sus roles procesales y debe existir un adecuado equilibrio entre los sujetos procesales. Los niños y adolescentes deben ser oídos, aportar pruebas, interrogar personalmente a los testigos. (Artículo 40.2.b de la Convención; Reglas 7.1, 14.2, 15.2 de Beijing).



Inviolabilidad de la defensa

Por medio de la cual debe garantizarse la presencia del defensor en el proceso, o proporcionarle un defensor de oficio. (Artículos 37.d y 40.3 de la Convención; Reglas 7.1, 14.2 y 15.2 de Beijing).



Presunción de inocencia

Idéntico al caso de los adultos. (Artículo 40.2.b.I de la Convención; Reglas 7.1 y 13.1 de Beijing). ■ Impugnación Derecho a contradecir todo acto del juez ante un órgano superior, inclusive la posibilidad de interponer el Hábeas Corpus en el caso de orden de privación de la libertad o prolongación de la misma. (Artículo 3.d de la Convención; Regla 7.1 de Beijing).



Legalidad del procedimiento

El procedimiento debe ser el que fija la ley, sin quedar a la discrecionalidad del órgano jurisdiccional. (Artículo 40.2.b.III de la Convención; Regla 17.4 de Beijing).



Publicidad del proceso

Busca garantizar el acceso a la información a los sujetos procesales. Este principio es relativo pues puede restringirse la información para evitar dañar a los menores infractores. (Artículo 40.2.b.VII de la Convención; Reglas 8.1, 8.2, 21.1 y 21.2 de Beijing).

3.

Legislación nacional

• • • •

Constitución Política de 1993. Código de los Niños y Adolescentes, Decreto Ley Nº 26102 del 28 de diciembre de 1992. Código Penal. Convención sobre los Derechos del Niño.

A.

Ámbito de aplicación

El Código de los Niños y Adolescentes (CNA) es aplicable a toda persona desde su concepción o hasta los 18 años, a los cuales se le reconocen derechos especiales. Se diferencia a los menores en: a. Niños. Todo ser humano desde su concepción hasta cumplir los 12 años.

b.

Adolescentes. Desde los 12 años hasta cumplir los 18.



Edad penal

En su artículo 21, el Código Penal (CP) señala dos tipos de imputabilidad: a. Imputabilidad restringida entre los 18 y 21 años, así como a partir de los 65 años. b. Imputabilidad plena, entre 1 y 65 años. En el caso de la imputabilidad restringida, si bien se atenúa la pena, no es diferente al tratamiento de los adultos. En ese sentido, los 18 años es la edad que separa la imputabilidad de la inimputabilidad en materia penal. A las personas entre 12 y 18 años, adolescentes en términos del CNA, que realicen algún auto tipificado en el CP, se les considera como infractores, pasibles de ser sometidos a un proceso ante el Juez de Familia y sujetos a una medida de protección. Las personas menores de 12 años que hubieran realizado un acto tipificado como delito, son pasibles de medidas de protección previstas, lo mismo que en el caso de los adolescentes que hubieran sido declarados en abandono. La legislación diferencia claramente el caso de un adolescente infractor y de un niño, estableciendo un mínimo debajo del cual no se le puede responsabilizar por su actuación. Tampoco se puede responsabilizar a los menores en estado de abandono, cuando se encuentren en circunstancias que hacen necesaria la intervención del Estado no para rehabilitarlos, sino para otorgarles servicios adecuados para su desarrollo personal (Artículo 265 del Código de los Niños y Adolescentes). B.

Procedimiento



Nivel policial

El adolescente sólo puede ser detenido en caso de flagrancia o cuando exista una orden judicial, por lo que no están autorizados los operativos policiales para la captura de adolescentes de manera indiscriminada. El detenido debe ser conducido a la estación policial, informándose a la Fiscalía de Familia de turno que debe presentarse inmediatamente. Durante la detención, el adolescente goza de iguales derechos que un adulto: información sobre el motivo de la detención, comunicación con sus familiares o su abogado, así como interponer el Hábeas Corpus o un Oficio a la Fiscalía de Familia cuando se trate de una detención arbitraria, ésta exceda el plazo de 24 horas o existan maltratos o torturas. Se debe informar a sus padres o responsables, citándolos y comunicándoles la situación en que se encuentra el adolescente. En la Fiscalía se le toma su declaración, así como la del agraviado y los testigos del hecho. Fiscalías de Familia Una vez que el caso pasa a la Fiscalía de Familia, ésta tiene la facultad de optar por:

■ I.

II. III.



La remisión. Cuando la gravedad del delito no amérita el inicio de un proceso. Consiste en la separación del adolescente del proceso judicial, con el objeto de eliminar sus efectos negativos, siempre que la infracción no revista gravedad y teniendo en cuenta los antecedentes del adolescente y su medio familiar. Al adolescente se le aplicará la medida de protección o socio-educativa que corresponda, con excepción de la internación. En caso de realizar un trabajo como consecuencia de la remisión del proceso, deberá contar con su consentimiento, el de sus padres o responsables y deberá estar de acuerdo a su edad, desarrollo y potencialidades. Antes de iniciarse el procedimiento judicial, el Fiscal podrá conceder la remisión. Al iniciar el procedimiento y en cualquier etapa, el Juez o la Sala podrá conceder la remisión, lo que conlleva la extinción del proceso. El archivamiento. Cuando en las investigaciones se determina que no hay delito o que el adolescente no es responsable del mismo. Solicitar la apertura del proceso. Si considera que hay evidencias de la responsabilidad y el delito es grave. La realiza ante el juzgado para que proceda a abrir la investigación judicial. En el caso de niños, la Fiscalía inicia una investigación tutelar para poder declarar el estado de abandono del mismo. Juez de Familia

Una vez recibida la denuncia, el Juzgado evalúa la conveniencia de iniciar una investigación contra del adolescente. Si decide afirmativamente se inicia la investigación, llamándose a declarar a todos los involucrados. Posteriormente, dentro de los 30 días, se cita a una Audiencia única de esclarecimiento de los hechos, donde se evalúan las pruebas presentadas tanto por la Fiscalía, como por la defensa del adolescente. Más adelante, la Fiscalía emite un dictamen en el que solicita la sanción para el adolescente o lo declara no responsable. Finalmente, el Juzgado decide sobre el caso.

La sentencia puede ser apelada ante la Segunda Instancia Especializada, estableciéndose un rápido procedimiento al respecto. Si el Juzgado lo considera conveniente, se puede señalar una medida de Detención Preventiva del adolescente, que debe cumplirse en el Centro de Observación y Diagnóstico del Ente Rector, en donde el Equipo Multidisciplinario evaluará su situación. En ningún caso el adolescente debe estar junto con adultos detenidos. C. a. b. c. d. e. f. g. h. D.

Garantías y derechos durante el proceso Legalidad: ningún adolescente podrá ser procesado ni sancionado por acto u omisión que no esté previsto en la legislación. Rehabilitación: el sistema de justicia está orientado a su rehabilitación y bienestar. Las medidas deben basarse en circunstancias personales del infractor. Sólo se privará de libertad al adolescente como última medida y por el plazo más breve. Respeto a las garantías de administración de justicia consagradas en la Constitución, los Convenios Internacionales, la Convención, el CNA y las demás leyes. Sólo podrá ser privado de su libertad por mandato escrito y motivado del Juez o las autoridades policiales en caso de flagrante infracción penal. A impugnar la orden que lo ha privado de su libertad y ejercer la acción de Hábeas Corpus. La privación de libertad y el lugar donde se encuentre detenido serán comunicados al Juez, Fiscal y a sus padres o responsables y será informado por escrito de las causas o razones de su detención, así como de sus derechos y de la identidad de los responsables de su detención. Los adolescentes privados de libertad permanecerán separados de los adultos detenidos. Medidas

Al infractor no se le aplican penas sino medidas socio-educativas, las cuales pueden ser:



Medidas de protección

Señaladas en el CNA para el caso de los niños o adolescentes declarados en estado de abandono, las que son: a. c. d. e.



El cuidado en el propio hogar, orientando a los padres o responsables al cumplimiento de sus obligaciones con el apoyo y seguimiento temporal de Instituciones de Defensa. b.Participación en programas oficiales o comunitarios de atención educativa, de salud y social. Incorporación a una familia sustituta o colocación familiar. Atención integral en un establecimiento de protección especial. Declarado el niño o adolescente en estado de abandono, se podrá dar en adopción, si fuere el caso. Amonestación

Recriminación severa al adolescente y sus padres o responsables.



Prestación de servicios a la comunidad

Realización de labores de acuerdo con su aptitud, sin perjuicio de su salud, estudios o trabajo, por un máximo de 6 meses.



Libertad asistida

Se designa a un tutor para la orientación, supervisión y promoción del adolescente y su familia por un tiempo máximo de 8 meses.



Semi-libertad

Transcurridas las dos terceras partes de la medida de internación, se puede solicitar concurrir a un trabajo o escuela fuera de la institución como una medida transitoria a la libertad. Plazo máximo de 12 meses.



Internación

Privación de la libertad por un máximo de 3 años. Luego se le podría colocar bajo el régimen de libertad asistida o semi-libertad. Esta medida, por ser la más severa, sólo se aplicará cuando se trate de:

• • •

Un acto doloso sancionado por el Código Penal con una pena mayor a 4 años. Repetidas infracciones graves. Reiterado incumplimiento injustificado de una medida socio-educativa impuesta anteriormente.

La internación debe cumplirse en una entidad pública exclusiva para adolescentes, diferente a la destinada para su protección, ubicándolos de acuerdo a su edad, sexo, gravedad del hecho y el informe del Equipo Multidisciplinario. Durante la misma deben realizarse las actividades sicopedagógicas y evaluaciones periódicas por parte del Equipo Multidisciplinario. Cuando el adolescente cumpla 18 años, el Juez puede ordenar se prolongue la internación hasta que concluya la medida. En cualquier caso, la internación finaliza a los 21 años. E.

Derechos del adolescente internado

Al adolescente le asisten los siguientes derechos, sin perjuicio de los demás que lo puedan favorecer: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12.

Un trato digno. Ocupar establecimientos que satisfagan las exigencias de higiene y adecuados a sus necesidades. Recibir educación, formación profesional o técnica. Realizar actividades recreativas. Profesar su religión. Recibir atención médica. Realizar un trabajo remunerado que complemente la instrucción impartida. Tener contacto con su familia por medio de visitas, dos veces a la semana, o por teléfono. Comunicarse en forma reservada con su abogado y solicitar entrevistarse con el Fiscal y Juez. Tener acceso a la información de los medios de comunicación social. Recibir, cuando sea externado, los documentos personales necesarios para su desenvolvimiento en la sociedad. A impugnar las medidas disciplinarias adoptadas por las autoridades de la institución.

4.

Funcionamiento de los operadores del sistema policial-judicial nacional

A.

Nivel policial

El artículo 5 del Código establece que ningún niño o adolescente puede ser detenido, salvo por mandato judicial o por flagrante delito. Esta garantía es similar a la establecida para cualquier persona, pero con dos diferencias fundamentales. En el caso del adulto, la detención preventiva puede extenderse a 15 días en los casos de espionaje, tráfico ilícito de drogas o terrorismo. En el caso del adolescente, siempre debe ponerse a disposición a las 24 horas de su detención ante el Fiscal del Niño y Adolescente. Por otro lado, los regímenes de excepción no suspenden estas disposiciones. Aún en Estado de emergencia, todos los derechos de los niños permanecen vigentes. En relación a la detención policial sólo procede en los dos supuestos mencionados. La orden judicial sólo puede provenir del Juez del Niño y Adolescente, derivada de un proceso abierto. El Fiscal no está autorizado para ordenar la detención. Por otro lado, se entiende por “flagrancia” la situación de hecho en la cual se verifica la comisión de un hecho punible en el acto mismo y sin que medie un tiempo considerable entre la comisión del acto y la detención policial. No es legal la detención practicada por mera sospecha. En este caso se debe acudir al Fiscal especializado para que ordene una investigación y posteriormente solicite al Juez su detención. Tampoco es legal la detención por falta de documentos. Este supuesto es particularmente complejo en los adolescentes que adquieren su Boleta y Libreta Militar. Lamentablemente, es usual que se detenga a estos adolescentes bajo el falso supuesto de que la ausencia de documentos es una presunción de una “situación irregular”. Ambas detenciones (por mera sospecha o por falta de documentos) son consideradas detenciones arbitrarias y los funcionarios que ordenen o ejecuten tales detenciones son pasibles de sanciones penales. Por otro lado, el propio menor tiene derecho de interponer todos los recursos legales contra una detención que considera arbitraria y las autoridades policiales están en la obligación de permitirle que ejerza ese derecho. Inclusive el adolescente o el niño puede interponer acción de Hábeas Corpus ante el Juez competente para que, en el acto, verifique la legalidad de la detención y las condiciones de la misma. La detención del adolescente debe ser comunicada inmediatamente al Juez, al Fiscal y sus padres o responsables. Sucede con frecuencia que el adolescente no vive con sus padres o se niega a dar información sobre la

persona responsable de su custodia. En este caso, el policía cumplirá su deber informando de la detención tanto al Fiscal como al Juez y comunicando a dichas autoridades la negativa del adolescente o la imposibilidad de ubicar a los responsables de su custodia. El adolescente debe ser informado por escrito de los motivos que llevaron a su detención. Como hemos visto, esos motivos son dos: la orden judicial (en este caso, es recomendable entregar al adolescente una copia de la resolución) o la constatación de la flagrancia. La autoridad policial debe informar también al adolescente de los derechos que le asisten. Esta información es esencial para cautelar los derechos del adolescente, pues es usual que el supuesto infractor desconozca que tiene derecho, por ejemplo, a ser asesorado por un abogado de su elección, entre otros. Un supuesto óptimo sería que las autoridades policiales elaboren una cartilla de información básica para los adolescentes infractores que consigne: a. b. c. d.

Lugar en donde se encontrará detenido. Razón por la cual se le detiene. Identificación del personal policial responsable de su detención. Derechos que le asisten como adolescente, en particular. 1.

Derecho a comunicarse con sus padres o las personas que tienen responsabilidad en su custodia. Este derecho es, a la vez, un deber de la Policía. 2. Derecho a comunicarse con un abogado de su elección o con una persona que pueda, a su vez, conseguirle ese abogado. 3. Derecho a recibir asistencia jurídica gratuita, en caso no quier o no pueda contratar a un abogado. 4. Derecho a ser informado de todo lo que suceda en relación a su detención y eventual procesamiento. 5. Derecho a ser respetado en su integridad física y personal. Se incluye aquí la prohibición de uso de grilletes y esposas. 6. Derecho a interponer los recursos legales contra los actoS policiales o judiciales y a presentar un recurso de Hábeas Corpus directamente y sin necesidad de abogado. 7. Que será considerado, para todos los efectos, como inocente mientras no se demuestre lo contrario en un proceso judicial. 8. Derecho al silencio; es decir, a no ser obligado a declarar en su contra. 9. Derecho a contar con un intérprete, si su lengua materna no es el castellano. 10. Derecho a que su vida privada se respete y a que su nombre no figure en medio de comunicación alguno. Este es el decálogo de los derechos del adolescente infractor detenido. Debería publicarse en todas las secciones especializadas de las delegaciones policiales y ser entregado al adolescente apenas sea detenido. B.

Nivel judicial

Las órdenes de privación de libertad, tanto preventivas como definitivas, son las menos. De otro lado, un buen número de sentencias declaran el archivamiento o la aplicación de la medida socio-educativa de amonestación, lo que demostraría un tratamiento comprensivo con el adolescente. Las Fiscalías como los Juzgados Especializados tienen en cuenta los principios rectores del nuevo Código de los Niños y Adolescentes, que de alguna manera se expresan en las resoluciones en el proceso. En la medida que el adolescente cuente con un familiar que se haga cargo de él, la opción es dejarlo en libertad.



Los Juzgados y Salas de Familia

La función jurisdiccional encargada a los Juzgados y Salas de Familia goza de un amplio espectro de competencias, que también abarca las de contenido penal. Para un mejor desarrollo de sus funciones la ley los faculta para hacer uso de medidas cautelares y coercitivas durante el proceso, así como a disponer las medidas de protección o socioeducativas. Las Salas de Familia gozan de estas mismas atribuciones como segunda instancia procesal.



El Fiscal de Familia

El ámbito de competencia del Fiscal está determinado por el que corresponde a los respectivos Juzgados y Salas de Familia (artículo 164). En los procesos contra adolescentes infractores, se constituyen en titulares de la acción penal y tienen la carga de la prueba.



Órganos auxiliares de la justicia de familia

Como instituciones de apoyo a la función jurisdiccional, el Código de los Niños y Adolescentes prevé un conjunto de organismos con funciones relacionadas con los menores infractores de la ley penal: a) b)

c)

d)

e) f)

C.

Equipo Multidisciplinario. Integrado por un equipo de profesionales especializados que tienen como atribución emitir los informes que le solicitan el Juez y el Fiscal. Gozan de la potestad de efectuar seguimiento de las medidas tomadas por los juzgados y emiten dictámenes técnicos. División de Policía del Niño y del Adolescente. División Especializada de la Policía Nacional (DIVIPOLNA) encargada de auxiliar y colaborar con los organismos destinados por el Estado en la educación, prevención y protección del niño o adolescente. Se le asignan diversas funciones, entre las que se encuentran: el apoyo de los programas de educación y recreación a las instituciones encargadas de la vigilancia de niños infractores; y la vigilancia de estos niños infractores en los centros especializados. El Código de los Niños y Adolescentes señala como requisitos para pertenecer a la DIVIPOLNA: formación en las disciplinas propias del derecho del niño y de la familia, conducta intachable y no contar con antecedentes judiciales ni disciplinarios. La DIVIPOLNA actúa o interviene en Lima Metropolitana. Abogado defensor. El Estado se encuentra obligado, a través del Ministerio de Justicia, a designar abogados de oficio encargados de brindar asistencia judicial gratuita a los niños y adolescentes que lo necesiten. El adolescente infractor no podrá ser procesado sin asesoría legal. En caso que se encuentre ausente el defensor, el Juez puede nombrar provisionalmente a un sustituto, sea entre los abogados de oficio o cualquier abogado en ejercicio. Policía de Apoyo a la Justicia. Además de la DIVIPOLNA, el Código dispone la existencia de esta Policía, encargada de realizar las notificaciones ordenadas por los Juzgados y Fiscalías de Familia, y de colaborar con las medidas tutelares dictadas por el Juez. Su labor es netamente administrativa y depende de los órganos judiciales. Servicio Médico Legal del Niño y Adolescente. El Instituto de Medicina Legal debe contar con un servicio especial y gratuito para los niños y adolescentes, acondicionando en lugar distinto al de adultos, con personal adecuadamente capacitado. Registro del adolescente infractor. La Corte Superior de cada Distrito Judicial, debe hacerse cargo de un Registro, en el que se anoten las medidas de protección y socio-educativas impuestas a los adolescentes infractores. La información tiene carácter confidencial. Nivel de internamiento

Es pequeña la cantidad de adolescentes infractores detenidos, provisional o definitivamente, lo que se comprueba al analizar la información sobre el Centro Juvenil Juan Pablo II y el de Maranga. El motivo fundamental de ingreso a estos centros son los actos contra el patrimonio. Aunque el artículo VI del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes señala que para su interpretación y aplicación se tendrá en cuenta los principios de la Constitución, la Convención y Convenios Internacionales, aplicándose supletoriamente el Código Civil, Código Procesal Civil y Código Procesal Penal, en la práctica no se aplican las medidas socio-educativas. Se requiere expedir un reglamento que disponga las reglas de vida diaria comunes a todos los centros. Recientes disposiciones establecen la competencia de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial sobre los centros de menores.

Población existente en los Centros Juveniles de Internamiento

*

Centro de diagnóstico y rehabilitación

Total*

Maranga y Juan Pablo II - Lima (Varones) Hermelinda Carrera Lima (Mujeres) Santa Margarita José Quiñones - Chiclayo (Varones) La Floresta - Trujillo (Varones) Alfonso Ugarte - Arequipa (Varones) Andrés A. Cáceres - Huancayo (Varones) SOA-Rímac Marcavalle - Cusco (Varones) Penal de Quencoro** (Varones) Total general

231

Datos al mes de abril de 1997.

25 64 36 32 29 14 36 35 502

** Mediante Resolución Suprema Nº 041-97-JUS del 13 de marzo de 1997, el Ministerio de Justicia cedió en uso el pabellón Nº 1 del Establecimiento Penitenciario de Quencoro-Cusco en favor de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial para el traslado de 37 adolescentes infractores procedentes de Maranga. Esta medida ha sido cuestionada en tanto que se recluye a adolescentes en centros de detención para adultos.

5.

Reflexión final

Los niños, niñas y adolescentes requieren de un sistema especial de atención y tratamiento, que responda a los principios que sustentan la doctrina de la protección integral. Este sistema está actualmente en construcción en el Perú por lo que se observan numerosos vacíos y deficiencias en la ley y en la estructura organizativa del Estado. Las normas y principios del Derecho Internacional sirven precisamente para guiar la conducta de los funcionarios públicos, en particular de la Policía, cuando enfrenta una situación ante la cual ni la ley ni las instituciones nacionales tienen respuestas satisfactorias. Es en este sentido que el conocimiento de dichas normas internacionales es de particular importancia para los funcionarios que tratan niños, niñas y adolescentes. La falta de aplicación no justifica el incumplimiento de la ley, dice un viejo precepto filosófico. Si hay homicidios o violaciones sexuales, ello no significa que hay que cambiar las normas que reprimen esas conductas sino más bien buscar su aplicación de una manera más eficaz. El fin supremo de la sociedad y del Estado es el ser humano. En el tema que nos ocupa, el “interés superior” del niño, niña y adolescente debe guiar la aplicación de las normas y la interpretación de las mismas. En caso de duda, diríamos, debería optarse por la decisión que favorezca ese interés en particular. Quizás el punto neurálgico de todo el sistema nacional de atención del niño, niña y adolescente se da cuando el funcionario policial se enfrenta con una infracción de la ley penal cometida por ese niño, niña o adolescente. Algunas de esas infracciones pueden traer consecuencias tan letales como las cometidas por los adultos. Sin embargo, no debemos perder de vista que el niño, niña o adolescente son sujetos de derechos y como tales, cuando nos enfrentamos con casos de infractores de la ley penal, debemos analizar la forma en que la aplicación de ésta pueda favorecer la reintegración de esos sujetos de derechos en los cauces de una sociedad pacífica, dentro de la convivencia ciudadana. Eliminar progresivamente la doctrina de la “situación irregular” es el primer paso en el largo camino de la consolidación de los derechos del niño, así como en la construcción de una política integral y específica de atención. Los términos “niños de la calle”, “pandilleros”, “vagos”, “maleantes” deben ser desterrados tanto por su carga negativa y discriminatoria cuanto por lo peligroso que resulta involucrar al sistema penal en el tratamiento. El Derecho Penal es el último recurso para enfrentar una infracción. Como tal, hay una serie de medidas previas que tienen que ser agotadas antes de pensar en investigaciones penales y en la aplicación de figuras contempladas para los adultos.

Medidas socio-educativas en el marco del código de los Niños y Adolescentes y de las normas internacionales vigentes Jorge Valencia Corominas1 Las medidas socio-educativas señaladas en el Código de los Niños y Adolescentes, tienen como finalidad la recomposición del adolescente infractor, en el marco de la doctrina de la protección integral señalada en la Convención sobre los Derechos del Niño, que establece como última medida la privación de la libertad. Han transcurrido casi 100 años desde la creación del primer Tribunal de Menores en Chicago a fines del siglo pasado, hasta la implementación de la Convención sobre los Derechos del Niño por los Estados Parte y el reingreso de la infancia en conflicto con la ley penal a un sistema de garantías. Los cambios definitivamente han sido originados por la vigencia internacional de los derechos humanos, que señala normas sobre el tema de los derechos humanos específicos del niño en los distintos instrumentos internacionales, que básicamente parten de la Organización de las Naciones Unidas. Uno de los principales instrumentos internacionales en el tema, pero sin carácter vinculante, son las Reglas de Beijing, las cuales tienen como objetivo que la justicia de menores sea concebida como parte integrante del proceso de desarrollo del país y, además, que se administre en un marco general de justicia social para todos los menores, de manera que contribuya a la protección de los jóvenes y al mantenimiento de la paz social. Como orientación fundamental, se promueven mecanismos no formales de control social, como la familia y la escuela, señalando como última racio2 al derecho penal. Al respecto, el artículo 13 de las Reglas de Beijing señala:

“Con objeto de promover el bienestar del menor, a fin de reducir la necesidad de intervenir con arreglo a la ley, y de someter a tratamiento efectivo, humano y equitativo al menor que tenga problemas con la ley, se concederá la debida importancia a la adopción de medidas concretas que permitan movilizar plenamente todos los recursos disponibles, con inclusión de la familia, los voluntarios y otros grupos de carácter comunitario, así como las escuelas y otras instituciones de la comunidad”. La Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, en la actualidad es considerada el instrumento internacional más importante en materia de derechos humanos. El artículo 40 señala que los Estados Partes reconocen el derecho de todo niño de quien se alegue que ha infringido las leyes penales o a quien se acuse o declare culpable de haber infringido esas leyes a ser tratado de manera acorde con el fomento de su sentido de dignidad y valor, que fortalezca el respeto del niño por los derechos humanos y libertades fundamentales de terceros y en la que se tenga en cuenta la edad del niño y la importancia de promover su integración y de que éste asuma una función constructiva en la sociedad. Los Estados Partes de la Convención deberán fijar la normatividad necesaria para efectivizar las garantías señaladas, teniendo en cuenta: a. b.

La determinación de una edad mínima sobre la responsabilidad penal. Establecer sistemas que planteen la exclusión del proceso judicial al menor de edad infractor de la ley penal. c.El internamiento sólo procederá de manera excepcional. En el caso de que se aplique la medida, se garantizará su bienestar, siendo proporcional el término del internamiento al tipo de infracción cometido.

El Código de los Niños y Adolescentes dispone, en este marco internacional, las siguientes medidas socioeducativas para los adolescentes infractores de la Ley Penal: amonestación, prestación de servicios a la comunidad, libertad asistida, semi-libertad y como última medida la internación. A continuación presentamos dos casos de atención psicosocial de la DEMUNA (Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente) a adolescentes en conflicto con la Ley.

Prevención del uso y abuso de drogas Carlos Alberto Ureña Gayoso1 1.

Consideraciones generales

Prevenir significa evitar la ocurrencia de un hecho o de una acción perjudicial y dañina. Prevenir es un quehacer comunitario: involucra a todos y cada uno de los miembros y de las instituciones de la comunidad donde se realice el programa preventivo. En cada comunidad específica donde se planifica la realización de un programa preventivo, se encuentran grupos humanos y/o institucionales en posiciones muy favorables para intervenir: las autoridades oficiales, el personal de salud, los agentes y directivos comunales, los educadores y el personal de vigilancia y orden público, entre los más destacados. Un requisito básico y realista para ser eficientes en la intervención preventiva es elaborar un programa de prevención. Este programa supone definir políticas, metas y estrategias de prevención. La planificación de las medidas preventivas se basa en la evaluación de las necesidades de la comunidad y de los niveles de riesgo a los que están expuestos sus habitantes (diagnóstico situacional); en este caso, frente a las drogas: su iniciación, uso y abuso. Lo importante es que las políticas y métodos preventivos sean compatibles con las realidades sanitarias, socio-culturales, económicas y políticas de la comunidad donde vayan a aplicarse.

2.

La intervención preventiva2

El objetivo es conseguir que los miembros de una población o jurisdicción no se inicien, no abusen de las drogas y que no se expongan a sufrir daños ni provocar males sociales: suicidios, accidentes, delincuencia, prostitución, irresponsabilidad familiar, laboral y social.

3.

Criterios preventivos



Conveniencia

Se trata de crear consenso social entre las instituciones y miembros de una comunidad o jurisdicción para que la limitación del uso de drogas y el programa preventivo sean percibidos como útiles.

Factibilidad



La prevención, de acuerdo al criterio de factibilidad de los objetivos, apunta a reducir y/o controlar el uso, el abuso o las complicaciones de éste. Los objetivos realistas, factibles, son el inicio de una buena administración y objetivación de cualquier programa de prevención que se quiera aplicar. Es el modo de conseguir que la acción preventiva haga mejorar la situación. Carácter del problema



Se trata de establecer el nivel de daño causado por el uso, abuso o las consecuencias de éste en la comunidad. En qué nivel se encuentra el consumo de tóxicos, qué cobertura tiene, cuál es su gravedad.

4.

Niveles y tipos de prevención



Primaria

Impedir la aparición del problema o reducir su incidencia. Dirigida a personas que no usan drogas o las usan ocasionalmente. Estrategias Información, educación. Frentes de la prevención primaria • Eliminación de los “agentes patógenos” o de la oferta de drogas. • Modificación de las condiciones ambientales propicias. • Fortalecimiento de la resistencia del “huésped” o persona en riesgo de consumo. Secundaria



Reducir la prevalencia de vida (uso alguna vez en la vida). Se orienta a sujetos ya afectados (usuarios regulares o frecuentes), y puede consistir en intervención, tratamiento o rehabilitación3. Objetivos acortar la duración del problema y mitigar el daño individual y social que causa. Detección del usuario de drogas Cualquiera sea la edad y la sustancia que se autoadministra el sujeto, se presentan conductas típicas que permiten detectar el problema de consumo de drogas.







• En la etapa de iniciación se observa: necesidad de ocultamiento; cambio de horarios; modificación de hábitos que altera no sólo el sueño sino la alimentación y las actividades acostumbradas; gasto excesivo o inusualmente repetido; evasión de momentos familiares, reuniones o conversaciones; aparecen también “nuevas amistades” que nadie conoce. En la etapa de habituación se observa: descuido personal, especialmente de tipo físico; irregularidad en los hábitos de descanso, alimentación e higiene; modificación del peso (adelgazamiento); alteraciones del carácter: irritabilidad, impulsividad, descontrol emotivo (“explosiones”), labilidad emocional (cambios inmotivados en los estados anímicos); mitomanía (mentiras utilizadas por el consumidor para justificar y/o encubrir sus actos de consumo); no frecuenta a los buenos amigos; nunca tiene dinero y siempre necesita más. En la última etapa de la dependencia o propiamente adictiva se presenta: descuido total de la apariencia personal; hábitos de sueño, alimentación e higiene trastocados y en contradicción con lo esperable; pérdida de valores; robo de objetos y pertenencias, inclusive alimentos; la personalidad del sujeto cambia: hosco, resentido, negador, mentiroso, irresponsable, desatinado4. Terciaria

Reducir o controlar los casos de abuso y adicción (sujetos dependientes a las drogas). Conseguir y mantener un mejor nivel de rendimiento terapéutico y rehabilitación individual y/o grupal. Contar con un directorio de instituciones o grupos a los que se pueda derivar los casos existentes.

Objetivos • • • • •

Mantenimiento o reimplantación de la comunicación social con el grupo afectado. Consolidación y ampliación de los servicios de apoyo (médicos, legales, psicoterapéuticos, sociales, deportivo-recreativos, entre otros). Organización de programas de seguimiento. Evitar los efectos negativos de la internación en instituciones, de la colocación de “etiquetas” y prejuicios. Organización de servicios de reinserción, rehabilitación laboral y programas diversos de base comunitaria. Apoya al individuo a mantener su abstinencia.

Estrategia Focalizar el grupo usuario. Es conveniente identificar y diseñar actividades para que la problemática de drogas quede circunscrita al grupo que ya es usuario y que no se difunda el uso de drogas más allá de él. Se trata de focalizar ese sector de población para poder plantear alternativas viables a otros.

5.

Modelos de prevención

Contamos con dos grandes modelos preventivos correspondientes a propuestas venidas de las ciencias naturales o médicas y de las ciencias sociales o humanas.



El modelo médico

se basa en el conocimiento del agente etiológico, el modo de transmisión de la enfermedad, buscándose su interrupción y fortalece al huésped y su entorno. Este modelo, globalizado en la medicina, se originó en el análisis de las infecciones virales o bacterianas. Para el caso del uso indebido de drogas, la etiología o causalidad de la patología es imprecisa; por ello, se considera de mayor utilidad un enfoque pluricausal.



El modelo psicosocial

considera la complejidad del problema, especialmente la diversidad de causas que parecen determinarlo, y la forma en que los factores psicológicos individuales en relación con los ambientales, sociales y culturales, afectan el comportamiento. En este modelo, los programas de intervención deben ser sensibles a los cambios de las condiciones y adaptables a las necesidades de la comunidad local. El requisito es estar al tanto de las condiciones sociales imperantes en la comunidad. Estas condiciones son determinables mediante investigaciones y observaciones especiales (ajustes periódicos del diagnóstico situacional) o por vinculación estrecha con la comunidad. Asimismo, en este modelo la relación tratamiento-prevención es dinámica e integral. No es conveniente ni posible, en ciertas situaciones, establecer una división estricta entre prevención y tratamiento. El tratamiento equivale a prevención y la prevención contribuye al tratamiento. Mientras más precoz sea la intervención preventiva, mayor eficacia tendrá el programa que se realice así como el tratamiento que se brinde. Cualquier iniciativa preventiva debe considerar las políticas y programas nacionales sobre abuso de drogas. Analizar qué respaldo se tiene, si existe una estructura orgánica que haga frente al problema o si la comunidad tiene que crear la suya. Evaluar si se cuenta con apoyo de instituciones o del mismo gobierno y en qué medida. Crear estructuras distintas a las existentes para la prevención y el tratamiento sería contraproducente y repetitivo. Es necesario aprovechar y encaminar lo ya existente. Una fórmula que viene mostrando su eficiencia en los programas que se han aplicado es: Prevención + Tratamiento + Aplicación firmede la ley

6.

Población meta

Para optimizar la prevención, planificación y diseño de programas, es preciso determinar claramente la población destinataria. Varía según sexo, edad, nivel socioeconómico, ocupación, creencias religiosas, lugar de residencia, grupo racial y cultural. Los programas dirigidos a un público específico suponen: • Determinar el grado en que sus integrantes corren el peligro de inclinarse hacia las drogas. • El riesgo consiguiente de sufrir efectos adversos.

• Los recursos humanos, materiales y administrativos con que cuenta el organismo o institución que desea realizar la prevención. • La capacidad de convocatoria o de articulación con la comunidad donde se desarrollaría el programa preventivo. Considerar que existen programas dirigidos a la población en general. Son temas pertinentes a ser presentados en los medios de comunicación pública. Desarrollan conciencia frente al problema, pero son menos eficaces que los específicos.

7.

Métodos de prevención

Elaborar un programa de prevención supone insertar este programa dentro del plan de trabajo de algún área del quehacer institucional. También supone elegir entre diversos contenidos, orientaciones y objetivos. No existe un “modelo único”; cada jurisdicción tendrá que adecuar los lineamientos a sus necesidades preventivas. Existen dos grandes categorías en los métodos de prevención:



Métodos directos

Centrados en la conducta del consumidor. Por ejemplo: Método de promoción de la salud: Motivación de aspectos positivos y saludables que sirva para contrarrestar las prácticas nocivas. Propone hábitos y modos de vida relativos a nutrición, trabajo, ejercicio, uso del tiempo libre, valores, etcétera).



Métodos indirectos

Orientados hacia factores relacionados con el uso de drogas; aluden a las condiciones subyacentes. Consideremos como factores de riesgo aquellos ligados a la organización social: la pobreza y la extrema pobreza, con todas sus secuelas de desnutrición, analfabetismo, desempleo, abandono material y moral, ausencia escolar, violencia y maltrato social y familiar, el bajo nivel escolar, la migración, las actitudes y valores sociales que promueven el consumo, la interacción social con grupos de consumidores, la ausencia de áreas recreativas y de alternativas para el uso del tiempo libre para la población, entre las más importantes. También es conveniente considerar los factores de riesgo ligados a la estructura familiar. Es en la estructura familiar donde el individuo adquiere los primeros modelos de identificación y las pautas de comportamiento socio-culturales. La pobreza es la más importante fuerza desestabilizadora de una familia y el medio generador de mayores riesgos para sus miembros. Igualmente, los factores de riesgo asociados a la historia individual deben ser considerados. Se vinculan a baja autoestima, a bajo rendimiento escolar y académico, a carencia de metas, a problemas de identidad y pertenencia, a baja tolerancia a la frustración, a incapacidad de expresar adecuadamente los sentimientos y emociones, a falta de autocontrol e incapacidad para poner límites apropiados, a búsqueda inadecuada de autonomía (rebeldía y autosuficiencia), a tendencias depresivas, al uso inadecuado del tiempo libre. Un ejemplo de este tipo de método es el Método del Entorno Social que considera como causas del problema ciertas condiciones sociales a modificar o corregir: pobreza, vivienda inadecuada, desempleo, falta de oportunidades, maltrato y violencia familiar, abandono físico o moral total o parcial, actividades recreativas peligrosas, alienación social y marginación.



Elección del método

Para elegir el método más adecuado para cada jurisdicción o comunidad, hay que considerar los siguientes elementos: 1) 2)

3) 4) 5)

8.

Importancia de una pronta intervención: urgencia, criterios, modelo preventivo, nivel y población meta. Importancia de las sustancias según los problemas existentes: secuencia “natural” de las prácticas de uso de drogas: cuáles se usan, con cuál se inician, etcétera. Elaboración del diagnóstico situacional y precisión de la capacidad de convocatoria para el trabajo interinstitucional o trabajo en red. Medida en que el programa responde a las necesidades de la situación existente. Pertinencia, coherencia y consistencia del programa. Implica asesoramiento de especialistas y adecuación a la población meta. Precisión y medida de las estrategias a utilizar. Selección, diseño, incorporación en los planes de trabajo de las técnicas y estrategias a emplear en el programa. Validación del método elegido y precisión de las técnicas de control, seguimiento y evaluación del programa.

Ámbitos de prevención

Podemos distinguir tres ámbitos de influencia en el trabajo preventivo: el personal, el socio-familiar y el laboral.



A nivel personal

Es necesario que cada individuo cuente con un espacio y tiempo personales. Redefinir y afirmar la autoestima, el estado de seguridad, madurez y equilibrio en el que se encuentra, la escala de valores y la actitud hacia la vida, fortalecen la autopercepción positiva y el sentido vital de nuestros actos. Asimismo, definir su papel como padre, hijo, adulto o profesional (qué quiero lograr).



En el ámbito familiar y social

Podemos implementar medidas preventivas cuando le damos tiempo a las personas de nuestra familia. Tiempo real de dedicación para cada uno de los miembros y para el grupo familiar como conjunto. La comunicación, la comprensión, el saber escuchar, el hablar alentando la autoestima en uno mismo y en los demás miembros de la familia, el no criticar ni discutir, el compartir vida y momentos comunes, el permitir que los familiares tomen decisiones, son acciones que pueden mediatizar los riesgos de que un ser humano se acerque a las drogas y al alcohol. Dentro de lo posible, el ser alentador y partícipe de un ambiente familiar “saludable” es recomendable para intentar lograr cierto nivel mínimo de seguridad, tranquilidad, madurez y equilibrio.



En el ámbito laboral

Son muchas e importantes las actividades preventivas que se hacen y que se deben mantener, redimensionándolas. El actual enfoque organizativo de las comisarías y de la PNP en su conjunto, permite, con un mayor nivel de articulación de sus oficinas y departamentos, realizar acciones de proyección social a la comunidad, articular redes institucionales como el programa de participación ciudadana, atender denuncias y, en función a su ocurrencia, anticiparse en el patrullaje, es decir, promover actividades preventivas como alternativa a los problemas que se vienen presentando en la niñez y adolescencia.

9.

Papel de las instituciones

Las instituciones más reconocidas hoy en Lima y a nivel nacional en cuanto a prevención terciaria o rehabilitación, son el Centro de Rehabilitación de Ñaña, el Instituto Nacional de Salud Mental Hermilio Valdizán, el Instituto Honorio Delgado-Hideyo Noguchi y el Hospital de Salud Mental Víctor Larco Herrera. Una modalidad de tratamiento que modifica el esquema médico y legal vigentes, lo constituyen los grupos de autoayuda. Los más representativos son los grupos de Alcohólicos Anónimos (AA) y Narcóticos Anónimos (NA). Existen 40 grupos de AA y cerca de 20 grupos de NA en Lima y provincias, que atienden casos de dipsomanía y adicción a drogas respectivamente5. Cuentan, asimismo, con subgrupos de atención para familiares de los pacientes (ALANON: esposas y madres y ALATEEN: hijos). Dentro del campo netamente preventivo la experiencia de CEDRO, Centro de Información y Educación para la Prevención del Abuso de Drogas, y la de Opción, pueden ser útiles como apoyo en la elaboración y desarrollo de programas y actividades preventivos, así como para coordinar iniciativas de trabajo común (ambas colaboran con la PNP). Un esfuerzo importante de organización del trabajo preventivo lo constituye Contradrogas, la Comisión de Lucha Contra el Consumo de Drogas creada en 1996. El Plan Nacional de Lucha contra las Drogas 1998-2000 incluye planteamientos de desarrollo alternativo, prevención y rehabilitación e interdicción (intervención policial), fundamentalmente, así como la creación de redes comunitarias para el trabajo mancomunado6. Para la prevención del consumo y rehabilitación se busca el fortalecimiento del papel de la familia y las organizaciones sociales, el fortalecimiento de la educación, la no disminución de la edad promedio de inicio en el consumo protegiendo especialmente a la niñez y juventud, la promoción del buen uso del tiempo libre, entre otras propuestas.

10.

Papel de la Policía Nacional del Perú

La PNP viene desempeñando un importante papel en el combate del tráfico ilícito de trogas. El método de control de la producción, el suministro y la disponibilidad (reducción de la oferta) involucra instancias superiores y especializadas tanto de la PNP como de las FF.AA. así como a los poderes del Estado en su conjunto. El aparato estatal tiene asimismo incidencia decisiva en la reducción de la demanda, especialmente en lo que a control de precios, control de la publicidad y promoción del consumo se refiere. La PNP también tiene un papel preponderante en la reducción de la demanda. Este campo involucra jurisdicciones bajo supervisión de las comisarías y pueden optimizarse los efectos elaborando un programa preventivo dentro de los planes de trabajo de cada sub-unidad. Asimismo, puede enfatizarse la articulación de una red de instituciones comunales que se apoyen mutuamente en el logro de objetivos comunes planteados en el programa. Desde las comisarías son varias las acciones que se pueden realizar en materia de prevención del consumo de drogas. Algunas comisarías ya vienen desarrollando este tipo de trabajo.



Acciones posibles

Neutralizar las presiones a favor del uso de drogas. Presiones sociales, familiares y de pares (personas de la misma edad). ■

• • • • •

Método: programas de resistencia a presiones. Ámbito: centros educativos, clubes (de madres, de menores “Amigos de la Policía”, deportivos, culturales, departamentales, de Leones y Rotarios, entre otros), juntas vecinales, delegaciones policiales, empresas y centros de trabajo, instituciones comunales. Población meta: escolares, universitarios, estudiantes de institutos, profesores, padres y madres de familia, personal policial, profesionales. Acciones: charlas, paneles, mesas redondas, exposiciones, conferencias, dinámicas. Temas: desarrollo de la personalidad (seguridad, equilibrio y madurez emocionales); Actitudes positivas; Formación de grupos de líderes (tipo Policía Escolar); Cómo decir NO; Toma de decisiones; Autoestima y valores; Establecimiento de metas y afán de superación.

Educar e informar de acuerdo a modelos preventivos, fortaleciendo principios morales, explicando las consecuencias negativas del uso y del abuso de drogas, brindando información objetiva, proporcionando educación afectiva (autoestima, decisiones, valores, relaciones sociales y sexuales saludables), promocionando la salud. ■ Ofrecer alternativas: disminuir el riesgo de consumo generando interés por otras actividades: paseos, excursiones, visitas guiadas, deporte y atletismo, caminatas, bicicleteadas, maratones, reuniones sociales (fiestas, conciertos y retretas, concursos de baile y similares). ■ Utilizar los medios de información pública, especialmente la radio y material impreso (trípticos, por ejemplo) o emplear los periódicos murales de los centros educativos y laborales. Realizar video forums o cine forums con películas vinculadas al tema, etcétera. ■ Servir de nexo entre el consumidor y las instituciones que brindan servicios de tratamiento y rehabilitación. ■

La realización de estas actividades u otras requiere de la coordinación con diversas instituciones, de iniciativa para formar parte de redes interinstitucionales que se dividan el trabajo y aporten desde la especialidad y posibilidad de cada institución participante y de la coordinación interna entre los departamentos u oficinas de las comisarías con el máximo aprovechamiento de los recursos humanos y materiales existentes, dentro de los lineamientos de la calidad total en el servicio y profesionalización de la institución.



Prevención: El mejor camino7

“El permanente contacto del Policía con la comunidad y su interrelación con los diferentes estamentos e instituciones públicas y privadas, lo coloca en una situación privilegiada dentro del trabajo preventivo del consumo indebido de drogas. El mismo trabajo de Policía le facilita el acercamiento a la población juvenil, ofreciéndole opciones de distracción sana, competencia deportiva, información, disponiendo de la infraestructura instalada en las Unidades Policiales, de la capacitación de su Personal en distintas áreas. Imaginemos torneos deportivos, grupos de periodismo con noticias locales, programación de caminatas, campamentos. La integración de la PNP con la ciudadanía será más fluida cuando establezca un canal de comunicación, no sólo para ordenar o hacer cumplir, sino para participar con su comunidad. Asimismo, la relación de la PNP con organizaciones vecinales, grupos de padres de familia, ciudadanos en general, contribuye a conocer más cercanamente los problemas que afectan a su sociedad y descubrir situaciones que con su asesoramiento y/o participación directa pueden ser resueltas, recuperando el papel de liderazgo que de por sí le corresponde al Policía. Para poder lograr un flujo de comunicación constante y ganar la confianza de la población en riesgo de consumo de drogas, el Policía mostrará un compromiso real con las expectativas de la comunidad donde trabaja, participando y generando actividades orientadas a proporcionar alternativas de información y esparcimiento. Entre las opciones que se pueden poner en práctica tenemos: •

Creación de centros de información en las Comisarías, donde se proporcione información sobre las drogas, sus riesgos, consecuencias y peligros potenciales. • Desarrollo de torneos deportivos, de ajedrez, concursos de baile, boxeo, aeróbicos, que busquen impulsar la identificación con la comunidad y el sentimiento de ser parte de algo. • Coordinación permanente con los Centros Educativos de la jurisdicción; alertar a los padres de familia sobre los lugares de microcomercialización. • Identificación de la Comisaría como un Centro de Ayuda y ganar la confianza del niño o adolescente que necesita ayuda y no sabe a quién acudir. En casos de consumo indebido de drogas: •

Considerar que el drogadicto no es un delincuente, es un enfermo. El





niño consumidor es un ser con un grave problema, que necesita amor, confianza y apoyo para poder entender que él mismo debe decidir escapar de su adicción. Averiguar las causas que condujeron al niño al consumo de drogas, qué tipo de drogas está consumiendo, desde cuánto tiempo atrás, con qué frecuencia, con quiénes. Esta información servirá para poder tener un cuadro general de la real situación del niño y apoyar al médico en el tratamiento desadictivo. Brindar alternativas al niño. La soledad y el aislamiento muchas veces lo conducen a refugiarse en el submundo de la drogadicción, lo impulsan a buscar amistad o compañía en otros consumidores. Apoyar, mediante el diálogo, al niño o adolescente en el reconocimiento de su enfermedad. Si podemos abrir la puerta de nuevos caminos, opciones diferentes y constructivas y generar una posibilidad de salida, una esperanza, estaremos orientándolo hacia la recuperación de su vida y rescatándola para la comunidad”.

Violencia infantil y juvenil: Propuestas de atención Irma Zárate Lezama* Uno de los problemas prioritarios que afecta a un número significativo de niños y adolescentes es, sin lugar a dudas, la violencia, la cual puede verse como causa y consecuencia de los múltiples problemas que confronta este grupo humano. Definimos la violencia como un conjunto de condicionantes que se relacionan de manera interactiva, estableciéndose entre ellos una dinámica muy compleja, cuyo telón de fondo es la condición estructural, funcional y social de las familias de nuestros niños y adolescentes.



Violencia y familia

La familia juega un papel importante en la generación de la violencia, familia que es a su vez producto de la sociedad en que vivimos. En tal ciclo violento, el maltrato infantil es consecuencia y causa de violencia y su prevalencia probablemente es más alta de lo que se cree, pues se carece de datos epidemiológicos que reflejen la realidad debido al subregistro y a la falta de información sobre este tipo de drama social hasta hace poco ausente de las políticas públicas. El niño y adolescente son víctimas de maltrato físico, abuso sexual, negligencia, y todo ello dentro de un marco de maltrato psicológico que obviamente es concurrente a los otros tipos de maltrato. Si bien el maltrato psicológico no deja huellas visibles, muchas de sus secuelas se graban en las mentes de quienes lo sufren por toda una vida, con el agravante de que el patrón que se aprende a muy temprana edad, se repite de generación en generación, con daños irreversibles que bloquean el desarrollo psicológico del ser humano. También debe ser considerado maltrato infantil el abandono parcial, el no acceso a las condiciones y estímulos socioculturales para el desarrollo acorde a las necesidades humanas. La educación amplía las capacidades de las personas y proporciona oportunidades para lograr una mejor calidad de vida y constituye un derecho humano fundamental. Sin embargo, muchos niños no tienen acceso a ella. Según datos de inei-enaho de 1996, de los niños de 6 a 11 años de edad que deben estar en algún grado de primaria, 5,7% no asiste, y en las edades de 12 a 17 años la inasistencia alcanza el 17%. Por otro lado, el porcentaje de deserción escolar aumenta entre los adolescentes de 12 a 17 años, al parecer por los altos niveles de repitencia, atraso y por las actividades laborales que se ven obligados a realizar.



Embarazo en adolescentes

Me referiré ahora a un problema grave de salud pública directamente asociado a las tasas de morbi-mortalidad infantil y materna: el embarazo en adolescentes. En Estado de la niñez, la adolescencia y la mujer en el Perú (1997), se señala que del total de adolescentes de 15 a 19 años cerca de 175 mil ya son madres o están embarazadas por primera vez, lo que equivale a un 13% de la población. En su gran mayoría son embarazos no deseados. Este dato tiene implicancias en la salud psicológica de madre y niño, además de las graves consecuencias en la salud de ambos y del impacto en el clima socio-familiar. Señalemos algunos hallazgos: el aborto de riesgo es la tercera causa principal de mortalidad materna. Un 30% de muertes materno-intrahospitalarias corresponde a adolescentes entre 15-19 años a causa del aborto, y un tercio de pacientes hospitalizadas por complicaciones con el aborto tienen entre 15 a 24 años. Llamamos la atención sobre el aborto porque se asume como una solución al “problema” del embarazo. La oms estima que el riesgo de morir a consecuencia de problemas relacionados con el embarazo es el doble para las mujeres entre 15 a 19 años que para las mujeres de 20 a 24 años. Para las adolescentes de 10 a 14 años,

la tasa de mortalidad materna pueden llegar a superar hasta cinco veces la de las mujeres embarazadas que tienen entre 20 a 24 años. Los problemas de salud más visibles que afectan a la mujer adolescente embarazada son: la anemia, malnutrición, hipertensión, eclampsia, parto prolongado u obstruido con daños en la vejiga y vagina y obvio daño cerebral para el niño debido al desarrollo óseo incompleto de la joven, entre otros. Todo ello se agrava aún más por el conflicto familiar. En muchos casos, estos embarazos de alto riesgo no son controlados y las parturientas acuden al hospital recién en labor de parto, poniendo en riesgo su vida y la del niño, además de causar alteraciones en los servicios de atención que prácticamente tienen que trabajar a ciegas en su intervención. Por otro lado, los hijos de madres adolescentes suelen ser prematuros, tienen bajo peso al nacer, etcétera, y la tasa de mortalidad infantil es más elevada entre recién nacidos y menores de 5 años. Merecen especial atención las consecuencias psicosociales del embarazo en adolescentes, como son la deserción escolar, pues se les obliga a retirarse del colegio; el abandono material y moral; el impacto emocional; la alteración en el clima socio-familiar y las consecuencias en su potencial tanto formativo como de futuro ocupacional y los conflictos de responsabilidad en que se sumergen la joven y el padre adolescente, cuando ese es el caso. Aquí hay que señalar que lamentablemente ocurren embarazos como producto de violaciones y con frecuencia el agresor sexual se halla dentro de la propia familia, lo que agrava el panorama de violencia intrafamiliar. En otras situaciones, los ofensores sexuales son menores de 18 años. De acuerdo a informaciones del Poder Judicial, de una población de 653 menores de los Centros de Rehabilitación, el 21,59% de infracciones correspondían a violaciones sexuales.



Violencia, alcohol y drogas

Un problema que se relaciona con la violencia, faltas y delitos en que se ven involucrados los menores tiene que ver con el consumo de alcohol y otras drogas. La edad de inicio del consumo de alcohol es cada vez más temprana. El alcohol es considerada la droga “portero” porque facilita el inicio en otras drogas. Los adolescentes también han sido involucrados en el delito de la microcomercialización o en el papel que se ha denominado “burrier”. En 1996, según cifras del INEI, se registraron 2,700 casos de jóvenes detenidos por consumo de drogas. Investigaciones de CEDRO con niños de la calle y que permanecen en las casas que esta institución promueve arrojaron que el 90% consume terokal y cerca del 30% alcohol. En el Perú la conducta delictiva se asocia con el consumo temprano de drogas ilegales y con el abuso del alcohol. A su vez, la ingesta de alcohol y de drogas se asocia con experiencias tempranas de maltrato, de abuso sexual y de alcoholismo en la familia (CEDRO). La droga ilegal más usada en nuestro país es la marihuana y la más dramática en sus efectos es la pasta básica de cocaína. En todos los casos, la edad de inicio también es cada vez más temprana: entre los 12 y 14 años. Según la encuesta de victimización del inei (1998), el 22,1% de las víctimas en el delito de robo a la vivienda indicaron que los ladrones estaban drogados, 23,1% en el caso de robo a la persona y 17,5% en el caso de agresión. Los resultados de dicha encuesta muestran que la violencia en Lima atraviesa masivamente las clases sociales y espacios urbanos, y tiene a los jóvenes como protagonistas: 69,7% de familias tenía algún miembro que ha sido víctima de algún acto violento. Frente a la pregunta sobre la edad que parecían tener los ladrones en el caso de robo a la vivienda, el 5,5% menciona que parecían tener menos de 18 años; el 39,6% entre 18 a 24 años, lo que significaría que poco menos de dos de cada cuatro delincuentes dedicados a este tipo de delito son menores de 24 años. En el anuario estadístico 1995 de la PNP se reporta 9,401 menores implicados en delitos, de los cuales el 28% corresponde a robo; 20% contra el patrimonio, 16,80% en lesiones contra la vida, el cuerpo y la salud; 1,19% en tráfico ilícito de drogas. Por otra parte, se reportan 11,467 menores en circunstancias difíciles, de los cuales 1,888 por fuga del hogar; 2,388 extraviados; 1,100 abandonados; 1,041 maltratos; 532 violados.



Trabajo en condiciones nocivas

Nuestros niños y adolescentes se están viendo obligados y en otras ocasiones forzados a realizar trabajos en situaciones totalmente desventajosas. Se estima en 15 mil la población de niños y adolescentes que realizan trabajos nocivos o de alta peligrosidad (Estado de la niñez_). Los niños y adolescentes trabajadores están siendo sometidos a condiciones de riesgo para su salud y nocivas para su desarrollo físico, mental, moral o social. Asumir tal responsabilidad implica abandonar la escuela, el juego y las actividades formativas a las que todo niño tiene derecho. En otras situaciones, el menor trabaja y continúa sus estudios, pero no cuenta con el tiempo ni las condiciones mínimas necesarias para hacer sus tareas, los trabajos en grupo y menos estudiar, a lo que se suma el cansancio por la prolongada actividad desarrollada. Por ejemplo, los niños cargadores de bultos en los mercados trabajan más de 40 horas semanales en promedio y van al colegio sin la adecuada alimentación. Existen trabajos muy duros y pesados que afectan su autoestima y dignidad como personas. Se afirma que un tercio de los niños trabajadores no asiste a la escuela, que la deserción escolar es cercana al 50% y que el atraso escolar fluctúa entre 2 y 4 años de estudio. Por ello algunos sostienen que el trabajo en la niñez refuerza el círculo de pobreza y priva al niño del derecho a su niñez. Con respecto a las acciones que se vienen realizando, habría que aceptar que se está trabajando sobre las consecuencias de los problemas que la sociedad no fue capaz de prevenir. En otras palabras, estamos trabajando sobre nuestros errores. Las consecuencias son las que día a día podemos palpar, sea en las intervenciones que ustedes hacen en las Comisarías, en las DEMUNAs, fiscalías, en el trabajo comunitario, en las consultas que realizamos los profesionales de la salud y otras intervenciones afines que se realizan en beneficio del niño y del adolescente. Hay que reconocer que aún se está dando prioridad a las acciones reparadoras y rehabilitadoras, y ello no sólo depende de nuestra decisión profesional, sino tiene que ver fundamentalmente con la prioridad que se le da en los presupuestos estatales y no estatales.



Promoción de la salud

Desde la perspectiva de la Salud Pública, La Promoción de la Salud, logra su partida de nacimiento con la Carta de Otawa y se consolida en Yacarta en 1997 en la IV Conferencia Internacional Promoción de la Salud hacia el Siglo XXI, cuya declaración “Un llamado para la acción” define su visión de la manera siguiente: Reconoce a la salud como un capital social, como recurso y requisito para el desarrollo de los pueblos, y enorme potencial para el desarrollo individual y colectivo de los seres humanos. Para América Latina, la promoción de la salud consiste en transformar las relaciones excluyentes, conciliando los intereses económicos y los propósitos sociales de bienestar para todos, así como trabajar por la solidaridad y equidad social, condiciones indispensables para la salud y el desarrollo. La promoción de la salud tiene que ver con la posibilidad de elevar la calidad de vida de individuos y grupos. Cuando hablamos de promoción de la salud, hacemos referencia fundamentalmente a los factores protectores a los que hay que acceder para mejorar la salud y elevar el nivel de vida. Sabemos que se están llevando a cabo acciones en diferentes sectores; sin embargo, habría que priorizar las acciones preventivas como una alternativa viable en la construcción de un mejor mañana. Hay que reconocer que los esfuerzos aún son aislados y que se requiere de una organización conjunta y tomar decisiones para delimitar la injerencia y el área de acción. En la práctica se observa superposición de acciones, contradicción y hasta mensajes dobles en una misma comunidad, concentración en unas zonas y desatención absoluta en otras. Un punto importante a considerar es la validación de los programas que se ejecutan, porque no se trata de llenar una cifra o cubrir una programación. Se trata, más bien, de evaluar si las acciones en las que se viene gastando los pocos recursos logran el cambio con eficiencia y eficacia. El abordaje del problema debe realizarse desde una visión integral e interdisciplinaria. La salud es el bien más preciado de la comunidad y el requisito más importante para el desarrollo productivo y humano de un país; es indiscutiblemente tarea de todos los sectores, organizaciones públicas y privadas y de toda la comunidad.



Problemática multidimensional

Las causas que explicarían los problemas que aquejan al niño y adolescente son diversas y complejas. Los niños y adolescentes en nuestro país ingresan a una sociedad caóticamente masificada. La pobreza material y moral es otro ingrediente en estrecha relación con factores como el avance desmesurado y deshumanizado de las ciudades. Se descuida la equidad y la justicia social y los conflictos crecen tendiéndose a su solución por medios incorrectos. La problemática del niño y el adolescente debe relacionarse multidimensionalmente con factores económicos, sociales, políticos, jurídicos, culturales y psicológicos. Lamentablemente, los adolescentes son el chivo expiatorio de los problemas de la sociedad; se piensa y dice que los jóvenes son violentos y problemáticos. Al pertenecer a pandillas los jóvenes buscan un espacio para construir su identidad, espacio que muchas veces les está negado dentro de su grupo familiar, dentro de la escuela, dentro de su comunidad. Sabemos que por naturaleza el ser humano requiere pertenecer a un grupo, lo que le otorga oportunidad de dar y recibir reconocimiento, afecto, ayuda, información, en suma percibirse y que los demás perciban su existencia consolidando sus propios espacios, con voz y voto sobre su destino.



Modelos inadecuados

Por lo general, las alternativas en el hogar y en la comunidad no siempre son alentadoras, ni alimentan la autoestima, ni afirman la personalidad del joven, sino al contrario proveen modelos inadecuados de conducta. Los modelos somos nosotros, los mayores, los adultos, los padres, los profesores, los hermanos mayores, en quienes radica básicamente la responsabilidad de la protección, de la guía para el desarrollo de una conducta prosocial. Los niños aprenden lo que ven, y les estamos transmitiendo un trastocamiento y relajamiento de valores, y pautas inadecuadas e incorrectas de interrelación humana. Hay ausencia e inadecuación de las figuras de autoridad y un peligroso aprendizaje del ejercicio de la relación de poder y control, todo lo cual se transmite de generación en generación. Los medios de comunicación venden modelos foráneos que no están de acuerdo con nuestra cultura e incorporan pautas de conducta por su enorme influencia en niños y adolescentes. Éstos legitiman patrones culturales que inciden en la formación, modificación de conductas, actitudes, intereses y valores. Si bien los medios de comunicación juegan un papel importante en la definición de la personalidad y cosmovisión del joven, hay otros factores, instituciones y ambientes que influyen en este proceso, entre los que podemos señalar a los agentes educativos en el hogar, la escuela y la comunidad, de cuyos estilos dependerá agravar aún más los problemas de los jóvenes, o convertirse en la ayuda eficaz que ellos necesitan. En sus manos está canalizar, orientar y ayudar a procesar los estímulos externos e internos.



Entornos peligrosos

Vamos a detenernos un poco en el ambiente externo. Existen factores del entorno que conviene modificar para mejorar la salud y la vida del ser humano. Primero, son los entornos peligrosos, entre los cuales se considera que está la violencia. Sabemos que por cada muerte existen varios sobrevivientes con minusvalía permanente y eso es una desventaja para el bienestar individual y colectivo. En segundo lugar, se catalogan dentro de los entornos peligrosos los accidentes, que pueden ser considerados actos no deliberados o involuntarios; sin embargo, su causa radica en conductas peligrosas o negligentes que tolera la sociedad, como son, por ejemplo, pasarse la luz roja, manejar en estado de ebriedad, las velocidades que imprimen los conductores del transporte público, entre otros. Lo paradójico de esta situación es que son conductas mostradas por seres humanos supuestamente inteligentes y “sanos”. Otro entorno peligroso son las condiciones de trabajo. Sabemos que hay niños que trabajan en las minas, en los basurales, en los bares; y lo que preocupa son las consideraciones que los propios niños tienen al respecto: “Es mejor un trabajo peligroso que no tener trabajo y morir de hambre.” Otros aspectos que afectan al grupo vulnerable que hoy nos ocupa son la violencia urbana y la contaminación, relacionados estrechamente con la salud y la vida de los adolescentes. Además de los ambientes peligrosos a que hemos hecho referencia, un segundo factor son las necesidades básicas insatisfechas, como la alimentación, tanto en nutrientes como en cantidad. Necesidades básicas como tener con qué arroparse, con qué cobijarse para pasar la noche. La desnutrición, por ejemplo, crea problemas de crecimiento físico, de peso, de talla, de resistencia a las infecciones, de rendimiento intelectual. Por otra parte, la mortalidad infantil en América Latina es alarmante. En Perú, pese al descenso de las cifras, la mortalidad infantil es cuatro veces mayor a la que presenta Chile y son más de 25 mil los niños y niñas que mueren antes de cumplir un año de edad. Esto significa que cada hora muere un promedio de tres niños menores de un año. Otra necesidad básica tiene que ver con el derecho al tiempo libre para desarrollar actividades recreativas, de libre expansión, productivas, que favorezcan su desarrollo tanto físico como mental. Estos factores esenciales para lograr un desarrollo armónico y adecuado son casi una utopía. En este caso la televisión también compite con la literatura, la música y el arte. La televisión comercial tiene por objetivo la venta de productos versus el enriquecimiento intelectual y emocional que sería el objetivo y lo importante para tener una población saludable. En ese sentido, la televisión podría convertirse en un vehículo de desarrollo. Un tercer factor del entorno con igual importancia y que hoy en día está en crisis es la escuela, con metodologías poco estimulantes, punitivas, actividades estresantes, despersonalizada, sin oportunidades para la creatividad y preparación para la vida. Por ejemplo, en los niños pequeños poco se aprovechan las actividades lúdicas para el desarrollo psicoafectivo, la socialización y el aprendizaje de la negociación en la interacción humana. La escuela también puede estimular el aprendizaje de actividades productivas en bien del niño, la familia y la comunidad, como es la preservación de la ecología, la adecuada utilización del tiempo libre, hacer que sus trabajos o actividades supongan una satisfacción creativa y no sean repetitivos. El cuarto factor dentro del análisis del entorno es el aislamiento y la alienación. Una gran cantidad de niños y adolescentes están en abandono total o parcial, inclusive teniendo padres y familia. De estos niños aislados, sin acceso a fuentes de desarrollo, a quienes la sociedad les da la espalda, no esperemos que dentro de diez años nos den frutos diferentes. Más grave aún es la situación de los marginados de la sociedad; sus oportunidades, valores, expectativas y costumbres son diferentes a los del resto de la sociedad. Como quinto factor hemos dejado a la pobreza. Se señala que es el más importante pues trae consigo todos los obstáculos para el desarrollo del niño y el adolescente. ¿Por qué? Porque los más pobres viven en entornos peligrosos, porque los más pobres no satisfacen sus necesidades, porque los más pobres tienen que aceptar ocupaciones en las peores condiciones, porque no tienen otra alternativa y están aislados de fuentes de información, de estímulo y de afecto importantes para el desarrollo humano. Se sostiene que existe una relación entre estrato social, enfermedad y problemas psicosociales. Un entorno desfavorable afecta también la biología humana, el desarrollo físico, el estilo de vida. Sólo es posible que la gente adopte un estilo de vida sano cuando cuenta con los conocimientos, las oportunidades y la voluntad de hacerlo. Muchas veces en estos jóvenes eso es lo primero que se pierde. En algunas zonas pobres de Barrios Altos, por

ejemplo, no es raro encontrar chicos sin proyectos de vida, sin visión positiva del futuro, que no le encuentran sentido a la vida propia y de los demás y que con una convicción absoluta afirman que estudiar y ser honrados no los va a llevar a nada. Se preguntan ¿estudiar para qué? y nos ponen ejemplos de sus padres, de sus tíos, que no necesitaron estudiar. Surge entonces la llamada desesperanza aprendida: “la nada es así; no hay nada que hacer; eso no lo cambia nadie”. Se tiende a negar u olvidar el problema mediante hábitos perjudiciales, como la ingesta de alcohol, se recurre a la violencia en busca de nuevas formas de estimular sus sentidos.



Propuestas

Las alternativas para abordar estos problemas han estado centradas sólo en la intervención en los problemas instalados, que no es otra cosa que trabajar sobre nuestros errores. Hemos dejado de lado otros aspectos sobre los cuales es conveniente operar, que es el contexto social, el entorno, sin dejar de lado la influencia que se puede ejercer sobre las opiniones, conductas y actitudes de los individuos y grupos. Ad portas del siglo XXI puede decirse que tanto los entornos externos e internos son predecibles; entonces, el ser humano puede predecir lo que va a ocurrir. Y si nosotros podemos ser capaces de predecir los factores de riesgo para prevenir problemas, o mejor aún si podemos promover factores protectores para la salud psicosocial, es muy probable que las cosas vayan por buen camino. Construir ámbitos saludables en cuyo proyecto participen los principales actores para el cambio, es decir los propios jóvenes, es un reto. Si la salud se crea y se construye donde se vive, se trabaja y se juega, por qué no construir ambientes saludables, espacios profilácticos, hogares saludables, escuelas saludables, municipios saludables, calles saludables, donde los individuos no tengan más remedio que optar por conductas saludables. Ello sólo es posible mediante la participación decidida, comprometida y permanente de los grupos organizados de la comunidad. En ese sentido quiero reconocer la eficiente iniciativa de crear los Municipios Escolares con una función preventiva en la violencia juvenil. Considero que la participación en las decisiones sobre el presente y futuro de las comunidades debe incentivarse empezando por los más pequeños, porque los valores, patrones de conducta con respecto a la vida y a la salud se aprenden desde muy temprano. Su instauración es un factor protector para la salud de la comunidad. Es conveniente que las propuestas que se planteen cuenten con la participación sinérgica de los grupos organizados de la comunidad y los entes públicos y privados cuya misión involucre el bienestar del niño y el adolescente. Para promocionar la salud, se requiere luchar también por la paz, la educación, la vivienda, la alimentación, el ecosistema estable, la justicia social y la equidad. Por ello tiene radical importancia la formulación y el establecimiento de políticas públicas saludables. Estamos hablando de inversión básicamente en educación y en salud, recreación, deportes y seguridad, importantes para lograr que los diferentes niveles se apoyen en los proyectos que tengan que ver con la problemática. Estamos hablando de prioridades en el gasto público. No hago referencia a presupuestos para combatir tal enfermedad, sino de inversión en Promoción de la Salud, que es sinónimo de apostar por la vida. En segundo lugar está la participación multi-intersectorial con enfoque interdisciplinario. Ya es tiempo que haya una participación conjunta y organizada. Muchas veces, en un mismo ambiente se duplican acciones y hay otros espacios que están desatendidos. Las acciones tanto dentro de los mismos sectores como la convergencia de los diferentes sectores pueden hacer más viables las soluciones, y con la acción de grupos de trabajo constituidos para tal fin logren el objetivo propuesto. En tercer lugar, la participación de las universidades, de la sociedad civil, de los colegios profesionales, empresarios, ONGs, representantes de la comunidad organizada, los comités vecinales, con la intención de formular planes de trabajo juntamente con los beneficiarios, en este caso los propios jóvenes. Que se planteen espacios de debate y búsqueda de alternativas de solución y se tenga acceso directo a los medios de comunicación para que éstos sean verdaderos vehículos del saber, de la cultura y del estilo de vida. Que con el aporte de empresarios se pueda viabilizar y orientar la ejecución de proyectos específicos e integrales, como podrían ser la promoción y fomento de una actitud positiva hacia la actividad productiva de beneficio para la comunidad, de tal forma que los jóvenes que participan puedan contar con un soporte socio-emocional y económico, justamente aquel que buscan en las pandillas, en los grupos donde se organizan cuando no lo encuentran en casa. Hacer que la propia familia y las organizaciones barriales adopten y asuman acciones de tipo psicoeducativas, formativas, recreacionales, de orientación y apoyo nutricional, con el auspicio de los gobiernos locales y las empresas. La participación de la comunidad puede concretarse también a partir de la formación de promotores o mediadores sociales, quienes comprometidos con la comunidad se capacitan en acciones que promuevan su bienestar. Estos mediadores pueden ser líderes vecinales, maestros, voluntarios o gente con sensibilidad cuya labor involucre la participación de los propios usuarios; es decir que ellos mismos hagan su diagnóstico, planteen alternativas y planifiquen acciones conjuntamente con los responsables del proyecto y las organizaciones participantes. Es importante que la educación en salud no sea solamente informativa, sino también formativa. Es necesaria la formación de redes de servicio para asumir los casos-problema y que desde un enfoque sistémico e interdisciplinario se hallen alternativas, cortando los círculos viciosos que generan problemas de salud. En estas redes de servicio se pueden detectar tempranamente problemas y derivarlos para su atención oportuna. Otro aspecto revelante sería que las instancias públicas y privadas cumplan a cabalidad sus objetivos. Se debe proponer un ente coordinador de las acciones –que podrían ser las municipalidades, por ejemplo– para desarrollar programas preventivos de violencia familiar y juvenil dirigidos por profesionales especialistas. Una alternativa sería incluir en la currícula de educación los deberes y derechos en la convivencia humana; pero no sólo en el sentido de que los escolares los aprendan y reciten de memoria, sino que a través de técnicas participativas se generen cambios de conducta, opinión y actitudes hacia la protección y defensa de los propios derechos y de los

derechos de los demás. Sería conveniente revisar y reestructurar en los colegios los programas de OBE y retomar los cursos de educación familiar con énfasis en la preparación psicológica para la vida adecuada a nuestra realidad. Asimismo, crear espacios culturales, recreativos, deportivos, científicos y productivos como alternativas para el uso adecuado del tiempo libre. Un aspecto importante del que carecemos es un sistema de vigilancia epidemiológica que facilite la programación de proyectos eficaces y eficientes. Hay que cultivar en los menores, día a día, una visión positiva del futuro. Muchos de ellos viven pensando que no llegarán a los veinte años; por ello gastan todo lo que tienen ahora y gastan el sentido de su propia vida. Conviene que trabajemos la autoestima y la toma de decisiones. Ambas son conductas que las personas aprenden. Igualmente, desde la tierna infancia se aprende la convivencia pacífica, la negociación alturada frente al conflicto, la defensa de los principios y derechos humanos. Hay programas desde los cinco años que enseñan al niño los derechos personales, a expresar sus opiniones, ilusiones, fantasías, su opinión, a organizar su tiempo y respetarlo. Los derechos personales tienen que ver también con su propio cuerpo, con su integridad emocional, o sea deben ser capaces de decir: “¡Alto!”. El problema es que ni siquiera los conocen, o si los conocen, simplemente es de memoria y no hay un cambio de actitud en relación a ellos. Aprender estilos de vida saludable tiene que ver con la nutrición, la organización del tiempo, la conducta sexual, el manejo del estrés, el cuidado de la salud; que ellos se hagan responsables de su propia salud y de la participación en pro de la salud de la comunidad. Hay que aprovechar el potencial de los jóvenes; ellos tienen mucho empuje y deseo de hacer cosas, mucho afán de ser protagonistas y cuando cuentan con la orientación y los medios necesarios se logra bastante. Entonces, conviene que nosotros podamos orientarnos hacia ellos, que aprendan autodirección, que no necesiten el alcohol ni las drogas para resolver sus problemas. Es responsabilidad del adulto orientar, recoger iniciativas y encauzarlas del mejor modo posible, de tal forma que se rompa el círculo de violencia intergeneracional y que cuando les toque a ellos educar a sus hijos, lo hagan en valores, autoestima, en igualdad y básicamente en el amor al trabajo honrado y honesto. Es indispensable crear una cultura de paz donde no se usen los estilos inadecuados de poder y control, como son el dinero, la coerción o amenazas, la intimidación, el abuso emocional; el poder que tiene el adulto sobre el menor al agredir su autoestima, usar el aislamiento, la negación o la culpa, como lo hace la sociedad con los menores: “¡Tú tienes la culpa, tienes que quedarte callado y aceptar lo que yo digo, porque yo tengo razón por ser adulto y punto!”. En el caso de la relación de pareja, usar a los hijos para los conflictos de los padres o el privilegio masculino y tomar todas las decisiones importantes, actuando con arbitrariedad. Ante este ejercicio del poder y control proponemos la relación igualitaria, el verdadero diálogo, donde el compromiso común busque el bienestar individual y colectivo en condiciones favorables para el desarrollo del ser humano.

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