7. Operaciones Con Valor No Fehaciente o No Determinado en El Igv

July 23, 2018 | Author: LilianaMendoza | Category: Taxes, Regulation, Market (Economics), Payments, Invoice
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OPERACIONES CON VALO NO FEHACIENTE O NO DETERMINADO EN EL IGV 1. Noci Nocion ones es gene genera rale les s 2. Oera Oeracio ciones nes con !alor !alor no "e#acien$e a% Valor &e 'erca&o con"or'e a la legislaci(n &el I')es$o a la Ren$a *% Valor &e 'erca&o con"or'e a los an$ece&en$es +)e o*ra o*ran n en o&e o&err &e la S,NAT -. A)s$ )s$e e a !alor !alor &e 'er 'erca ca&o &o en en el IGV. /Po$es$a& &e la A&'in &'inis is$r $rac aci( i(n n o &e*e &e*err &el &el con$ri*)0en$e . 3)e las &is'in)ciones &e recio or e"ec$o &e 'er'as o ra4ones an5logas6 se enc)en$ren ")era &e los '5r '5rgene genes s nor'a or'ale les s &e la ac$i!i&a&. 7. 3)e los &esc)en$os no se a)s a)s$e $en n a lo nor' nor'a& a&o o en la Le0 &el IGV 0 s) Regla'en$o 8. Oera Oeracio ciones nes con !alor !alor no &e$er'ina&o

a!e indicar *ue las #resunciones tri!utarias #arten de un indicio cierto y #lenamente #ro!ado, y en funcin de ello la Administracin

OPERACIONES CON FEHACIENTE O NO DETERMINADO EN EL IGV

VALOR

NO

En este título se desarrollarán los alcances del artículo 42º del TUO de la Ley de IGV, el cual faculta a la Administracin Tri!utaria a a"ustar la !ase im#oni!le del IGV de las o#eraciones reali$adas #or los contri!uyentes cuando su %alor sea no fe&aciente o no se encuentre determinado' (ociones )enerales A diferencia de lo *ue ocurre con las o#eraciones no reales, en las cuales el auditor de la +U(AT desconfía de la realidad de la ad*uisicin del !ien o ser%icio *ue dio lu)ar al crdito -scal, de!ido a *ue el ad*uirente no &a documentado fe&acientemente dic&a transaccin. en las o#eraciones con %alor no fe&aciente o no determinado, el centro de análisis recae más !ien en el %endedor del !ien o #restador del ser%icio, y se #arte de la #remisa *ue la o#eracin susodic&a sí e/isti, solo *ue su %alor no se encuentra correctamente determinado, &a!indose )enerado una aminoracin en la tri!utacin del IGV' A estos efectos, el artículo 42 del TUO de la Ley de IGV 0LIGV en adelante1 seala lo si)uiente3 “Cuando por cualquier causa el valor  de venta del bien, el valor del servicio o el valor de construcción, no sean fehacientes o no estén determinados, la SUNAT podrá estimarlos en la forma y  condiciones que determine el Reglamento, en concordancia con las normas del Código Tributario”.

 Tri!utaria #resume la reali$acin de %entas )ra%adas con el IGV' En cam!io, el artículo 42 del TUO de la Ley de IGV 0LIGV en lo sucesi%o1, no constituye un mtodo #resunti%o de im#uestos, #uesto *ue a #artir de la deteccin de %entas o ser%icios su!%aluados, solamente se #ermite a la Administracin Tri!utaria a"ustar a %alor de mercado dic&as o#eraciones, mas no se le faculta determinar otras %entas o ser%icios )ra%ados con el IGV' 5e esta forma, 6T7 (º 89:9;:;2
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