5s Escondida Minera
Short Description
asd...
Description
Control de Cambios Documento Original:
Edificios y Pisos Iluminación Natural y Artificial Artifici al Ventilación Natural y Artificial Higiene en Instalaciones Instalaci ones Practicas de Almacenamiento Código: ES-ME1-195-P-10 Ver 1
Documento Nuevo:
Código: ES-HS1-073GE-I-1 ES-HS1-073GE-I-1 Código: ES-HS1-073GE-I-2 ES-HS1-073GE-I -2 Código: ES-HS1-073GE-I-3 ES-HS1-073GE-I-3 Código:ES-HS1-155-1-4 Código:ES-HS 1-155-1-4 Ver 4 Código: ES-HS1-101-I-20 Ver 3 - --
Estándar HSEC - Condiciones básicas en lugar de trabajo. Ítem
Titulo
Resumen Ejecutivo
Modificaciones (Nuevo) El presente estándar establece las acciones y métodos para a segurar y mantener las condiciones sanitarias y ambientales básicas que debe cumplir todo lugar de trabajo, de manera de resguardar la salud y bienestar de todos los trabajadores de Minera Escondida y/o trabajadores de empresas contratistas. (Nuevos) 1.1 Establecer sistemas, requerimientos requerimientos y procedimientos para las áreas operativas, de servicios o instalación, de manera de. resguardar la salud y bienestar de todos los trabajadores de Minera Escondida y/o trabajadores de empresas contratistas. 1.2 Revisar regularmente los sistemas, planes y procedimientos para asegurar que continúen siendo aplicables, relevantes y eficaces en controlar los riesgos para los cuales fueron
Requerimientos
preparados.1.3 Comprobación práctica mediante listas de verificación de la correcta aplicación de los requerimientos establecidos, controladas y comunicadas. 1.4 Identificar y documentar sistemas, procedimientos y actividades críticos. 1.5 Evaluar los productos y servicios actuales y nuevos en su potencial para causar impactos HSEC adversos durante su vida útil. 1.6 Verificar los requisitos a través de exámenes prácticos y teóricos, para la correcta
1
Propósito
2
Alcance
aplicación de los requerimientos de este estándar. Hay una modificación, que une en un solo propósito a todos los estándares, reemplazando por el siguiente: Establecer, asegurar y mantener las condiciones sanitarias y ambientales básicas que debe cumplir todo lugar de trabajo para resguardar la salud y bienestar de todos los trabajadores. Hay una modificación, que une en un solo alcance a todos los estándares, reemplazando por el siguiente: El siguiente Estándar es aplicable a todas las actividades de proyectos y operaciones que se desarrollan en faenas y a favor de Minera Escondida.
Hay una modificación, que une en una sola definición de Responsabilidades a todos los estándares, reemplazando por lo siguiente: 3.1. Vicepresidentes - Proveer los recursos necesarios y asegurar la actualización del presente estándar. - Asegurar que exista un programa de inspecciones aprobado en todas las unidades de negocio de su dependencia y que se evalúe periódicamente su desempeño a fin de propiciar su mejoramiento. 3.2. Gerencia de Construcción Construcción - La Gerencia de Construcción controlará que las instalaciones de Minera Escondida y de empresas contratistas se ciñan a los estándares nacionales en su construcción. Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y la Ordenanza O rdenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). - La Gerencia de Construcción mantendrá un plano actualizado de todos los caminos existentes al interior de la faena minera y caminos que acceden a lugares remotos fuera del recinto industrial. Deberá velar además que dichos caminos cumplan las normativas de construcción nacional. 3.3. Gerentes, Superintendentes y/o Gerentes de Empresas Contratistas - Deberán designar un responsable para velar por el cumplimiento anual del presente estándar. Para el caso de las Empresas Contratistas el responsable será el Operador Contrato por parte de Minera Escondida. - Serán responsables de llevar a cabo un programa de mantención y limpieza, donde estén claramente definidos los alcances y periodicidad de las tareas. - Deben asegurar que todos los empleados bajo su dependencia, han recibido capacitación teórica y han sido evaluados en terreno respecto de las competencias en la aplicación del presente estándar. - Será responsable de que existan servicios higiénicos y duchas, en forma permanente, la cantidad apropiada y diferenciados por sexo de acuerdo a lo dispuesto en la legislación,
3
3. Reponsabilidades
3.4. Supervisores, Jefes de área, Operador del Contrato Minera Escondida y Empresas Contratistas - Participar en los equipos multidisciplinarios para la elaboración y actualización de los elementos del presente estándar. Asegurar la implementación en terreno de los controles operacionales y evaluar su efectividad. - Comunicar a sus respectivas Superintendencias Superintendencias o Gerencias de Empresas Contratistas, según corresponda. - Asegurar la toma de conciencia de los impactos en Comunidades y riesgos asociados, en el personal a cargo y reportes directos. 3.5. Higiene Ocupacional Minera Escondida. - Los Higienistas serán responsables de auditar el cumplimiento de este estándar y de asesorar técnicamente a los responsables de su cumplimiento cuando sea requerido. - Los relacionado con extintores, estado de las instalaciones, comedores, etc. tendrán un rol de asesor 3.6. Responsable de Casinos - Deberá asegurar que cada uno de los trabajadores que manipulen alimentos cumplan con los requisitos de higiene y que se realicen los exámenes médicos requeridos periódicamente. periódicamente. - Deberá asegurar que los empleados que manipulen alimentos sean entrenados en factores de higiene personal. Este entrenamiento será registrado y archivado.
3.7. Especialistas Ejecución Seguridad – Medio Ambiente HSEC - Entregar la asistencia técnica en materia de la normativa vigente en temas de Condiciones Básicas en Lugar de Trabajo. - Monitorear la aplicación del Estándar ala Diferentes Gerencias. - Actuar como facilitadores de la aplicación de la metodología definida y el correspondiente método de evaluación. 3.8. Trabajadores de Minera Escondida y Personal Contratistas. - Conocer el presente estándar y sus elementos constituyentes aplicables a su área de trabajo, con particular énfasis en los controles que deben manejar y aplicar diariamente.
4
Términos y Definiciones
Se incluye sólo el término LUX: Un lux es la incidencia perpendicular de un lumen en una superficie de 1 metro cuadrado. Equivale a 0.0929 lúmenes. Al definir que un lux equivale a un lumen por metro cuadrado, se especifica que un lumen equivale a una candela x estereorradiá Se elimina la definición de First Priority (encontrado anteriormente en el estándar de Edificios y Pisos)
5.1 De la Higiene en Instalaciones
5.2 Edificios y pisos
Se elimina la autorización ( 5.8 del estándar 1.14 Higiene en Instalaciones) para ingerir alimentos en cabinas de los camiones y equipos de operación mina. - 5.5.5 del nuevo estándar Se incluyen los ítems 5.2.1. Los pavimentos y revestimientos de los pisos serán impermeables y no porosos, que faciliten la limpieza, y con sistemas de drenaje que eviten un ambiente húmedo. 5.2.2. Las paredes interiores de los lugares de trabajo, los cielos rasos, puertas y ventanas y demás elementos estructurales, se mantendrán en buen estado de limpieza y conservación, incluyendo la pintura. 5.2.3. Los pisos de los lugares de trabajo, así como los pasillos de tránsito, se mantendrán libres de todo obstáculo que impida un fácil y seguro desplazamiento de los trabajadores, tanto en las tareas normales como en situaciones de emergencia.
5 5.3 De la Provisión de Agua Potable 5.4 De los Servicios Higiénicos de Aguas Servidas 5.5 De los Guardarropías y Comedores 5.6 De la Ventilación
Nuevo Ítem Nuevo Ítem
Nuevo Ítem
Sin Cambios del estándar 1.13 Ventilación Natural y Artificial 5.7.1 En el nuevo estándar, se incluye tabla con los valores mínimos de la iluminación 5.7 De la Iluminación promedio dependiendo de los lugares
Se eliminan los puntos 4.1, 4.2 y 4.3 del antiguo documento de Practicas de Almacenamiento 5.8.18 del nuevo documento, anteriormente hacia referencia al estándar 2.17, a hora lo hace al Procedimiento de Manejo de Residuos incluido en las normas del propietario 5.8 Practicas de Almacenamiento
Se Incluye el punto 5.8.19 "Se deberá ejecutar una inspección y esta deberá quedar registrada en el formato inspección de condiciones física y de funcionamiento. (ver Anexo 3). Puede ser cada dos meses, trimestral o anual."
5 Se elimina tabla de registro de tarjetas rojas Se elimina el ítem de Reconocimientos 5.9 Orden y Limpieza en Se incluye le punto 5.9.6 de Verificación del Cumplimiento: Se deberán realizar revisiones del el lugar de Trabajo cumplimento del orden y aseo de los lugares de trabajos o instalaciones de faena, por la (Housekeeping) efectividad de los controles al presente estándar (ver Anexo 2 o 3). 5.10 Monitoreo y Revisión 5.11 Comunicación y Reporte
7
7 Anexos
Nuevo Ítem Nuevo Ítem Cambia el Formato de la Lista de Verificación de Almacenamiento y Limpieza del Lugar de trabajo, Patios y Áreas Adyacentes Cambia el Formato de la Lista de Verificación Propiedades y Mantención Se incluye Anexo 3: Inspección de condiciones Físicas y de Funcionamiento Se elimina el plan de acción del estándar Edificios y Pisos Se elimina el plan de acción del estándar Orden y Limpieza en el lugar de trabajo Se elimina el Programa de Orden u Aseo del estándar Orden y Limpieza en el lugar de trabajo
ESTANDAR HSEC
CONDICIONES BÁSICAS DE LOS LUGARES DE TRABAJO
FECHA PUBLICACION :
03-06-2013
CODIGO
ES-ME1-195-P-10
VERSION:
:
1
ESTANDAR CONDICIONES BASICAS EN LUGAR DE TRABAJO
ES-ME1-195-P-10
Elemento Gestión Requisitos Legales, Corporativos y Compromisos Página 1 de 21
ESTANDAR HSEC
CONDICIONES BÁSICAS DE LOS LUGARES DE TRABAJO
FECHA PUBLICACION :
03-06-2013
CODIGO
ES-ME1-195-P-10
VERSION:
:
1
Resumen Ejecutivo El presente estándar establece las acciones y métodos para asegurar y mantener las condiciones sanitarias y ambientales básicas que debe cumplir todo lugar de trabajo, de manera de resguardar la salud y bienestar de todos los trabajadores de Minera Escondida y/o trabajadores de empresas contratistas.
Requerimientos 1.1 Establecer sistemas, requerimientos y
1.3 Comprobación práctica mediante listas de
procedimientos para las áreas operativas, de servicios o instalación, de manera de. resguardar la salud y bienestar de todos los trabajadores de Minera Escondida y/o trabajadores de empresas contratistas.
verificación de la correcta aplicación de los requerimientos establecidos, controladas y comunicadas.
1.2 Revisar regularmente los sistemas, planes y procedimientos para asegurar que continúen siendo aplicables, relevantes y eficaces en controlar los riesgos para los cuales fueron preparados.
1.4 Identificar
y documentar sistemas, procedimientos y actividades críticos.
1.5 Evaluar los productos y servicios actuales y nuevos en su potencial para causar impactos HSEC adversos durante su vida útil.
1.6 Verificar los requisitos a través de exámenes prácticos y teóricos, para la correcta aplicación de los requerimientos de este estándar.
ES-ME1-195-P-10
Elemento Gestión Requisitos Legales, Corporativos y Compromisos Página 2 de 21
ESTANDAR HSEC
CONDICIONES BÁSICAS DE LOS LUGARES DE TRABAJO
FECHA PUBLICACION :
03-06-2013
CODIGO
ES-ME1-195-P-10
VERSION:
:
1
CONTENIDO 1. PROPOSITO ....................................................................................................................... 2 2. ALCANCE ........................................................................................................................ 2 3. RESPONSABILIDADES ................................................................................................... 2 3.1. Vicepresidentes ........................................................................................................... 2 3.2. Gerencia de Construcción........................................................................................... 2 3.3. Gerentes, Superintendentes y/o Gerentes de Empresas Contratistas..................... 2 3.4. Supervisores, Jefes de área, Operador del Contrato Minera Escondida y Empresas Contratistas ............................................................................................................. 2 3.5. Higiene Ocupacional Minera Escondida. ................................................................... 3 3.6. Responsable de Casinos............................................................................................. 3 3.7. Especialistas Ejecución Seguridad – Medio Ambiente HSEC .................................. 3 3.8. Trabajadores de Minera Escondida y Personal Contratistas.................................... 3 4. TERMINOS Y DEFINICIONES.......................................................................................... 3 5. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD ................................................................................. 4 5.1. De la Higiene en Instalaciones .................................................................................... 4 5.2. De las Condiciones Generales de Construcción y Sanitarias .................................. 5 5.3. De la provisión de Agua Potable................................................................................. 6 5.4. De los Servicios Higiénicos y Evacuación de Aguas Servidas ................................ 7 5.5. De los Guardarropías y Comedores ........................................................................... 8 5.6. De la Ventilación .......................................................................................................... 9 5.7. De la Iluminación ....................................................................................................... 10 5.8. Prácticas de Almacenamientos................................................................................. 11 5.9. Orden y Limpieza en el Lugar de trabajo ( Housekeeping ) .................................... 12 6. DOCUMENTOS Y REFERENCIAS................................................................................. 15 7. ANEXOS ......................................................................................................................... 15
ES-ME1-195-P-10
Elemento Gestión Requisitos Legales, Corporativos y Compromisos Página 1 de 21
ESTANDAR HSEC
CONDICIONES BÁSICAS DE LOS LUGARES DE TRABAJO
FECHA PUBLICACION :
03-06-2013
CODIGO
ES-ME1-195-P-10
VERSION:
:
1
1. PROPOSITO Establecer, asegurar y mantener las condiciones sanitarias y ambientales básicas que debe cumplir todo lugar de trabajo para resguardar la salud y bienestar de todos los trabajadores.
2. ALCANCE El siguiente Estándar es aplicable a todas las actividades de proyectos y operaciones que se desarrollan en faenas y a favor de Minera Escondida.
3. RESPONSABILIDADES 3.1.
3.2.
3.3.
3.4.
Vicepresidentes Proveer los recursos necesarios y asegurar la actualización del presente estándar. Asegurar que exista un programa de inspecciones aprobado en todas las unidades de negocio de su dependencia y que se evalúe periódicamente su desempeño a fin de propiciar su mejoramiento. Gerencia de Construcción La Gerencia de Construcción controlará que las instalaciones de Minera Escondida y de empresas contratistas se ciñan a los estándares nacionales en su construcción. Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). La Gerencia de Construcción mantendrá un plano actualizado de todos los caminos existentes al interior de la faena minera y caminos que acceden a lugares remotos fuera del recinto industrial. Deberá velar además que dichos caminos cumplan las normativas de construcción nacional. Gerentes, Superintendentes y/o Gerentes de Empresas Contratistas Deberán designar un responsable para velar por el cumplimiento anual del presente estándar. Para el caso de las Empresas Contratistas el responsable será el Operador Contrato por parte de Minera Escondida. Serán responsables de llevar a cabo un programa de mantención y limpieza, donde estén claramente definidos los alcances y periodicidad de las tareas. Deben asegurar que todos los empleados bajo su dependencia, han recibido capacitación teórica y han sido evaluados en terreno respecto de las competencias en la aplicación del presente estándar. Será responsable de que existan servicios higiénicos y duchas, en forma permanente, la cantidad apropiada y diferenciados por sexo de acuerdo a lo dispuesto en la legislación, provistos de agua potable y de los insumos de aseo necesario, así mismo asegurar la realización de inspecciones mensuales. Supervisores, Jefes de área, Operador del Contrato Minera Escondida y Empresas Contratistas Participar en los equipos multidisciplinarios para la elaboración y actualización de los elementos del presente estándar.
ES-ME1-195-P-10
Elemento Gestión Requisitos Legales, Corporativos y Compromisos Página 2 de 21
ESTANDAR HSEC
CONDICIONES BÁSICAS DE LOS LUGARES DE TRABAJO
3.5.
3.6.
3.7.
3.8.
FECHA PUBLICACION :
03-06-2013
CODIGO
ES-ME1-195-P-10
VERSION:
:
1
Asegurar la implementación en terreno de los controles operacionales y evaluar su efectividad. Comunicar a sus respectivas Superintendencias o Gerencias de Empresas Contratistas, según corresponda. Asegurar la toma de conciencia de los impactos en Comunidades y riesgos asociados, en el personal a cargo y reportes directos.
Higiene Ocupacional Minera Escondida. Los Higienistas serán responsables de auditar el cumplimiento de este estándar y de asesorar técnicamente a los responsables de su cumplimiento cuando sea requerido. Los relacionado con extintores, estado de las instalaciones, comedores, etc. tendrán un rol de asesor Responsable de Casinos Deberá asegurar que cada uno de los trabajadores que manipulen alimentos cumplan con los requisitos de higiene y que se realicen los exámenes médicos requeridos periódicamente. Deberá asegurar que los empleados que manipulen alimentos sean entrenados en factores de higiene personal. Este entrenamiento será registrado y archivado. Especialistas Ejecución Seguridad – Medio Ambiente HSEC Entregar la asistencia técnica en materia de la normativa vigente en temas de Condiciones Básicas en Lugar de Trabajo. Monitorear la aplicación del Estándar ala Diferentes Gerencias. Actuar como facilitadores de la aplicación de la metodología definida y el correspondiente método de evaluación. Trabajadores de Minera Escondida y Personal Contratistas. Conocer el presente estándar y sus elementos constituyentes aplicables a su área de trabajo, con particular énfasis en los controles que deben manejar y aplicar diariamente.
4. TERMINOS Y DEFINICIONES 4.1. LUX: Un lux es la incidencia perpendicular de un lumen en una superficie de 1 metro cuadrado. Equivale a 0.0929 lúmenes. Al definir que un lux equivale a un lumen por metro cuadrado, se especifica que un lumen equivale a una candela x estereorradián
ES-ME1-195-P-10
Elemento Gestión Requisitos Legales, Corporativos y Compromisos Página 3 de 21
ESTANDAR HSEC
CONDICIONES BÁSICAS DE LOS LUGARES DE TRABAJO
FECHA PUBLICACION :
03-06-2013
CODIGO
ES-ME1-195-P-10
VERSION:
:
1
5. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD Minera Escondida en cumplimiento con el Decreto Supremo Nº 594 del Ministerio de Salud el cual establece las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, ha elaborado el presente estándar de manera de mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeñan, sean estos personal de Minera Escondida o trabajadores de Empresas Contratistas que cumplan funciones en faenas de Minera Escondida. Las directrices y requerimientos están descritos en los siguientes puntos:
5.1. De la Higiene en Instalaciones 5.1.1. Los casinos de la empresa deberán cumplir con todas las disposiciones emanadas de la autoridad sanitaria y propia del área de Administración y Servicios, tanto para las instalaciones físicas como prácticas de operación. Asimismo, deberán contar con las respectivas autorizaciones del Servicio de Salud. Deberán existir programas y procedimientos de controles bacteriológicos del personal, alimentos, insumos y utensilios de acuerdo a la periodicidad establecida por Minera Escondida. Las instalaciones físicas deberán ser inspeccionadas una vez por mes.
5.1.2. En todas las áreas de las distintas Gerencias e instalaciones de Empresas Colaboradoras, donde existan comedores, deben existir medios refrigerados apropiados para el almacenamiento de alimentos perecibles, de igual modo debe existir mobiliario para almacenar aquellos alimentos no perecibles. Sólo alimentos y artículos relacionados pueden almacenarse en tales lugares.
5.1.3. Tanto para la instalación, como puesta en servicio de cualquier dependencia destinada a servicios higiénicos, salas de cambio, cocinas y comedores de casinos, las distintas Gerencias y Empresas contratistas deberán considerar las normativas establecidas en el Decreto Supremo N° 594, del Ministerio de Salud, que aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
5.1.4. Los comedores estarán provistos de sillas y mesas con cubiertas de material lavable, deberán contar además con sistemas de protección que impidan el ingreso de vectores y estarán dotados de equipamiento para calentar alimentos, disponer de agua hervida y lavaplatos. El responsable deberá inspeccionarlos mensualmente mediante uso de lista de chequeo.
5.1.5. Todas las dependencias, baños, salas de cambio, cocinas y comedores deben contar con una adecuada ventilación y programa de limpieza diaria. Además, estas dependencias deben contar con receptáculos para basuras con sus respectivas tapas.
5.1.6. En todo lugar de trabajo, donde la actividad requiera de cambio de ropa, se deberá contar con un recinto apropiado como vestidor (móvil o fijo dotado de casilleros guardarropas), el que deberá cumplir con las medidas higiénicas ya referidas. Ahora, en caso de que los empleados estén expuestos a sustancias tóxicas o ES-ME1-195-P-10 Elemento Gestión Requisitos Legales, Corporativos y Compromisos Página 4 de 21
ESTANDAR HSEC
CONDICIONES BÁSICAS DE LOS LUGARES DE TRABAJO
FECHA PUBLICACION :
03-06-2013
CODIGO
ES-ME1-195-P-10
VERSION:
:
1
infecciosas, éstos deberán contar con dos casilleros individuales y separados (para ropa de trabajo y ropa habitual).
5.1.7. En aquellos sectores donde se manipule sustancias peligrosas, se debe instalar a distancia razonable duchas y lava ojos de emergencia, que dispongan de un buen caudal de agua limpia, acondicionados para evitar que se congele el agua en la cañería. Estas instalaciones deben ser inspeccionadas cada 15 días y dejar registros de dicha actividad.
5.2.
De las Condiciones Generales de Construcción y Sanitarias Los requerimientos para las condiciones de construcción y sanitarias son los descritos a continuación:
5.2.1. Los pavimentos y revestimientos de los pisos serán impermeables y no porosos, que faciliten la limpieza, y con sistemas de drenaje que eviten un ambiente húmedo.
5.2.2. Las paredes interiores de los lugares de trabajo, los cielos rasos, puertas y ventanas y demás elementos estructurales, se mantendrán en buen estado de limpieza y conservación, incluyendo la pintura.
5.2.3. Los pisos de los lugares de trabajo, así como los pasillos de tránsito, se mantendrán libres de todo obstáculo que impida un fácil y seguro desplazamiento de los trabajadores, tanto en las tareas normales como en situaciones de emergencia.
5.2.4. Adicionalmente para los edificios y pisos se deberá tener en consideración lo indicado a continuación:
a. Preparar por cada área de trabajo un programa de mantenimiento para edificios, pisos y estructuras y cumplirlo. b. Mantener techos, paredes y columnas de soporte, accesos y marcos de ventanas, canaletas y tuberías de bajada de agua, escaleras fijas, estructuras de concreto y acero, tanques, etc. en buenas condiciones de uso para la seguridad de los trabajadores y la protección de los bienes de Minera Escondida. c. Los lugares de trabajo deben mantenerse en buenas condiciones de orden y limpieza. Además, deberán tomarse medidas efectivas para evitar la entrada o eliminar la presencia de insectos, roedores y otras plagas de interés sanitario a través de Administración de Campamento. d. Las paredes interiores de los lugares de trabajo, los cielos rasos, puertas y ventanas y demás elementos estructurales, serán mantenidos en buen estado de limpieza y conservación, y serán pintados, cuando el caso lo requiera, de acuerdo a la naturaleza de las labores que se ejecutan. e. Los pasillos de circulación serán lo suficientemente amplios de modo que permitan el movimiento seguro del personal, tanto en sus desplazamientos habituales como para el movimiento de material, sin exponerlos a accidentes. f. Todos los pisos, pasillos, caminos y plataformas elevadas deben mantenerse limpios y en buen estado, libres de obstáculos, para facilitar el desplazamiento seguro de las personas en sus tareas normales y/o emergencias.
ES-ME1-195-P-10
Elemento Gestión Requisitos Legales, Corporativos y Compromisos Página 5 de 21
ESTANDAR HSEC
CONDICIONES BÁSICAS DE LOS LUGARES DE TRABAJO
FECHA PUBLICACION :
03-06-2013
CODIGO
ES-ME1-195-P-10
VERSION:
:
1
g. Todos los accesos a pisos, pasillos, caminos, plataformas deben estar despejados. h. Cada rincón, costanera y lugares más escondidos como estanterías y cajas de herramientas deben estar limpios, libres de basuras, repuestos, componentes, etc., almacenando sólo en áreas definidas. i. Los espacios entre equipos, máquinas, por donde circulen personas no deberán ser inferiores a 150 [cm]. j. Los pisos deben construirse de materiales sólidos y no resbaladizos que aseguren una cierta adherencia y estar libres de aceites, grasas, agua, hoyos y obstrucciones. k. En aquellos lugares de trabajo donde se almacenen, fabriquen o manipulen productos tóxicos o corrosivos, de cualquier naturaleza, los pisos deben ser de material resistente a éstos, impermeables y no porosos, de tal manera que faciliten una limpieza oportuna y completa. Cuando las operaciones o el proceso expongan el piso a la humedad, existirán sistemas de drenaje u otros dispositivos que protejan a las personas contra la humedad. l. Toda persona que tenga a cargo una instalación en Minera Escondida, deberá ejecutar una inspección considerando las características de su área, de acuerdo a la lista de verificación (Ver Anexo 1). Puede ser cada dos meses, trimestral o anual. m. Toda área debe contar con recipientes adecuados para manejar los residuos que allí se generen. Éstos deben ser manejados de acuerdo al Procedimiento Manejo de Residuos. 5.3. De la provisión de Agua Potable Los requerimientos para la provisión de agua potable son los descritos a continuación: Los lugares de trabajo contarán con agua potable, que cumpla con los a. requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos, destinada al consumo humano y a las necesidades básicas de higiene y aseo personal, de uso individual o colectivo. b. Se dispondrá de dispensadores de agua en sectores donde no haya acceso al sistema de agua potable, de vasos desechables y receptáculos para eliminar aquellos vasos usados, ubicados en lugares protegidos, de fácil acceso, debidamente rotulados, disponer de sistema de llave o válvula exterior para no contaminar el agua y a una altura apropiada. Debe existir un responsable por velar que estos se mantengan siempre limpios y en condiciones de ser usados. Las instalaciones, artefactos, canalizaciones y dispositivos c. complementarios de los servicios de agua potable se mantendrán en buen estado. d. Todo lugar de trabajo que tenga un sistema propio de abastecimiento, cuyo proyecto deberá contar con la aprobación previa de la autoridad sanitaria, deberá mantener una dotación minina de 100 litros de agua por persona y por día, la que deberá cumplir con los requisitos establecidos en el 5.2.1. del presente estándar. e. Todo dispensador de agua en sectores donde no haya agua potable, debe estar debidamente rotulado y disponer de sistema de llave o válvula ES-ME1-195-P-10 Elemento Gestión Requisitos Legales, Corporativos y Compromisos Página 6 de 21
ESTANDAR HSEC
CONDICIONES BÁSICAS DE LOS LUGARES DE TRABAJO
FECHA PUBLICACION :
03-06-2013
CODIGO
ES-ME1-195-P-10
:
VERSION:
1
exterior para no contaminar el agua, adicionalmente, se debe disponer de vasos desechables y receptáculos para eliminar aquellos usados y estar ubicados en un lugar protegido, de fácil acceso y a una altura apropiada. Debe existir un responsable por velar que estos se mantengan siempre limpios y en condiciones de ser usados.
5.4. De los Servicios Higiénicos y Evacuación de Aguas Servidas Los requerimientos para los servicios higiénicos y evaluación de aguas servidas son los descritos a continuación:
5.4.1. Los lugares de trabajo estarán provistos de servicios higiénicos, de uso individual o colectivo, con un mínimo de excusado y lavatorio según la siguiente tabla: N° de personas que Excusados con taza Lavatorios Duchas (***) laboran por turno de W.C. (*)(**) 1 – 10 11 – 20 21 – 30 31 – 40 41 – 50 51 – 60 61 – 70 71 – 80 81 – 90 91 – 100
* ** ***
1 2 2 3 3 4 4 5 5 6
1 2 2 3 3 3 3 5 5 6
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10
Para hombres, se podrá reemplazar el 50% de los excusados por urinarios individuales o colectivos y, en este último caso, la equivalencia es de 60 [cm] de longitud por urinario. Cada excusado se encontrará en un compartimento con puerta, separado de los compartimentos anexos por medio de divisiones permanentes. Se dispondrán duchas con agua fría y caliente para los trabajadores que estén en contacto con sustancias tóxicas. El calentador de agua a gas para las duchas, estará provisto de la chimenea de descarga de los gases de combustión al exterior e instalado fuera del recinto de los servicios higiénicos en un lugar adecuadamente ventilado.
5.4.2. Los servicios higiénicos serán independientes y separados para hombres y mujeres. 5.4.3. Los servicios higiénicos se mantendrán protegidos del ingreso de vectores de 5.4.4. 5.4.5.
5.4.6.
interés sanitario, y sus artefactos en buen estado de funcionamiento y limpieza, con receptáculos destinados a la disposición de basuras con sus respectivas tapas. Se deberá ejecutar una inspección de baños por lo menos en forma semanal. Cuando no sea posible instalar servicios higiénicos se proveerá de baños químicos independientes, separados para hombres y mujeres, y a menos de 125 [m] de distancia del área de trabajo o 250 [m] en casos particulares. El número de letrinas o baños químicos se ajustará a lo calculado dividiendo por 2 la cantidad de excusados indicados en la tabla anterior. Se habilitarán, transportarán y mantendrán en buen estado de funcionamiento, limpieza e higiene bajo un programa y/o contrato de mantención. En caso de uso de Servicios Higiénicos provisorios (baños químicos), éstos deberán cumplir con los estándares Minera Escondida de servicio higiénico permanente,
ES-ME1-195-P-10
Elemento Gestión Requisitos Legales, Corporativos y Compromisos Página 7 de 21
ESTANDAR HSEC
CONDICIONES BÁSICAS DE LOS LUGARES DE TRABAJO
FECHA PUBLICACION :
03-06-2013
CODIGO
ES-ME1-195-P-10
VERSION:
:
1
debiendo quedar ubicados como máximo a 75 metros de los lugares de trabajo. Este tipo de baños, deberá contar con un programa y/o contrato de mantención.
5.5. De los Guardarropías y Comedores Los requerimientos para guardarropías y comedores son los descritos a continuación: 5.5.1. En los lugares de trabajo, incluyendo baños, cocinas, comedores y dormitorios, se adoptarán medidas efectivas que eviten la entrada o eliminen la presencia de insectos, roedores y otras plagas de interés sanitario. 5.5.2. Se dispondrán de comedores fijos o móviles para los trabajadores que deben consumir alimentos en el sitio de trabajo, aislado de las áreas de trabajo y de cualquier fuente de contaminación y reservado para comer. Deberán existir programas y procedimientos de controles bacteriológicos del personal, alimentos, insumos y utensilios de acuerdo a la periodicidad establecida por Minera Escondida. Las instalaciones físicas deberán ser inspeccionadas 1 vez por mes. 5.5.3. Los comedores estarán dotados de equipamiento para calentar alimentos, agua hervida, lavaplatos, medios refrigerados o naturales apropiados para el almacenamiento de alimentos perecibles y de mobiliario para almacenar aquellos alimentos no perecibles. También estarán provistos de sillas y mesas con cubiertas de material lavable y agua limpia para el aseo de sus manos y cara antes del consumo. Además contarán con programas y procedimientos de protección y limpieza que impidan el ingreso de vectores. 5.5.4. Se deberá ejecutar una inspección y esta deberá quedar registrada en el formato inspección de condiciones física y de funcionamiento. (ver Anexo 3). Puede ser cada dos meses, trimestral o anual. 5.5.5. Los trabajadores solo podrán ingerir alimentos en los casinos y comedores (fijos o móviles) dispuestos para ello o en aquellos lugares especiales autorizados por resolución de los organismos reguladores, y en ningún caso al mismo tiempo que ejecutan su trabajo. 5.5.6. Los casinos destinados a preparar alimentos para el personal deberán contar con la autorización sanitaria correspondiente. 5.5.7. El lugar de trabajo estará dotado de un recinto fijo o móvil, limpio y protegido de condiciones climáticas externas, independiente y separado para hombres y mujeres, que estará destinado a vestidor cuando los trabajadores requieran cambio de ropa. Este contará con casilleros en buenas condiciones, ventilados y en mismo número que el total de trabajadores que lo ocupan. 5.5.8. Cuando los trabajadores están expuestos a sustancias tóxicas o infecciosas, se deberán disponer 2 casilleros individuales separados e independientes, uno para la ropa de trabajo y el otro para la vestimenta habitual. Se tendrá un programa de lavado de la ropa contaminada con sustancias tóxicas, impidiendo que el trabajador la saqué del lugar de trabajo.
ES-ME1-195-P-10
Elemento Gestión Requisitos Legales, Corporativos y Compromisos Página 8 de 21
ESTANDAR HSEC
CONDICIONES BÁSICAS DE LOS LUGARES DE TRABAJO
FECHA PUBLICACION :
03-06-2013
CODIGO
ES-ME1-195-P-10
VERSION:
:
1
5.6. De la Ventilación Los requerimientos para ventilación son los descritos a continuación:
5.6.1. El lugar de trabajo deberá mantener, por medios naturales o artificiales, una ventilación que contribuya a proporcionar condiciones ambientales confortables y que no causen molestias o perjudiquen la salud del trabajador.
5.6.2. Todas las dependencias, baños, salas de cambio, cocinas y comedores deben
5.6.3.
5.6.4.
contar con una adecuada ventilación y programa de limpieza diaria. Además, estas dependencias deben contar con receptáculos para basuras con sus respectivas tapas. Cuando existan agentes definidos de contaminación ambiental que pudieran ser perjudicial para la salud del trabajador, tales como aerosoles, humos, gases, vapores u otras emanaciones nocivas, se deberá captar los contaminantes desprendidos en su origen e impedir su dispersión por el local de trabajo. Con todo, cualquiera sea el procedimiento de ventilación empleado se deberá evitar que la concentración ambiental de tales contaminantes dentro del recinto de trabajo exceda los límites permisibles vigentes. Los lugares de trabajo estarán diseñados de forma que por cada trabajador se provea un volumen de 10 [m3], como mínimo, salvo que se justifique una renovación adecuada del aire por medios mecánicos. En este caso deberán recibir aire fresco y limpio a razón de 20 [m3/hr] y por persona o una cantidad tal que provean 6 cambios por hora, como mínimo, pudiéndose alcanzar hasta los 60 cambios por hora, según sean las condiciones ambientales existentes, o en razón de la magnitud de la concentración de los contaminantes.
5.6.5. Los
sistemas de ventilación empleados deberán proveer aberturas convenientemente distribuidas que permitan la entrada de aire fresco en reemplazo del extraído. La circulación del aire estará condicionada de tal modo que en las áreas ocupadas por los trabajadores la velocidad no exceda de 1 [m/s].
5.6.6. Cuando se trasvasijen líquidos inflamables o combustibles, debe proveerse de adecuada ventilación al área circundante. 5.6.7. En galerías subterráneas la velocidad promedio de la corriente de aire de ventilación en los lugares de trabajo, no debe ser inferior a 15 [m/min]. Para lugares de trabajo con alta generación de polvo, este valor puede ser considerado hasta un cien por ciento (100%) mayor. 5.6.8. En todo lugar donde acceda personal, el ambiente deberá ventilarse por medio de corriente de aire fresco, de no menos de 3 [m3/min] por persona, en cualquier sitio de la galería principal. 5.6.9. Las evaluaciones de los sistemas de ventilación, en lugares externos a galerías subterráneas, se efectuarán cada seis meses. 5.6.10. Cada ventilador principal que alimente con aire galerías subterráneas debe estar provisto de un sistema de alarma, que alerte de una detención imprevista y permita tomar medidas correctivas inmediatas. Estos ventiladores deben ser examinados interna y externamente a lo menos una vez cada tres meses y mantener los correspondientes registros. 5.6.11. Realizar estudios en las áreas de Minera Escondida para determinar si la ventilación entrega en los lugares de trabajo el aire requerido por los trabajadores y equipos. ES-ME1-195-P-10 Elemento Gestión Requisitos Legales, Corporativos y Compromisos Página 9 de 21
ESTANDAR HSEC
CONDICIONES BÁSICAS DE LOS LUGARES DE TRABAJO
FECHA PUBLICACION :
03-06-2013
CODIGO
ES-ME1-195-P-10
VERSION:
:
1
Los estudios de ventilación deberán ser realizados por una persona calificada, siendo éste válido hasta que las condiciones físicas del lugar cambien. 5.6.12. Las sustancias potencialmente peligrosas estarán de acuerdo a los límites máximos permitidos fijados por el Decreto Supremo Nº 594 que aprueba el reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, del Ministerio de Salud. 5.6.13. Debe existir un listado que contenga todas las instalaciones que están diseñadas y construidas para remover aire en las dependencias de Minera Escondida, considerando sistemas de ventilación en galerías subterráneas, sistemas de extracción de aire en laboratorios, sistemas de aire acondicionados, sistemas captadores de contaminantes en plantas de tratamientos, etc.
5.7. De la Iluminación Los requerimientos para iluminación son los descritos a continuación:
5.7.1. Los lugares de trabajo, con excepción de faenas mineras subterráneas o similares, deberá estar iluminado con luz natural o artificial que dependerá de la faena o actividad que en él se realice. El valor mínimo de la iluminación promedio será la que se indica a continuación: ILUMINACIÓN EXPRESADA LUGAR O FAENA EN Lux (Lx) Pasillos, bodegas, salas de descanso, comedores, servicios higiénicos, salas de trabajo con iluminación suplementaria sobre cada máquina o faena, salas donde se efectúen trabajos que no exigen discriminación de detalles finos o donde hay suficiente contraste.
150
Trabajo prolongado con requerimiento moderado sobre la visión, trabajo mecánico con cierta discriminación de detalles.
300
Trabajo con pocos contrastes, lectura continuada en tipo pequeño, trabajo mecánico que exige discriminación de detalles finos, maquinarias, herramientas.
500
Laboratorios. Trabajos de corte y trazado.
500 a 700 1.000
Trabajo prolongado con discriminación de detalles finos, montaje y revisión de artículos con detalles pequeños y poco contraste.
1.500 a 2.000
NOTA: Los valores indicados en la tabla se entenderán medidos sobre el plano de trabajo o a una altura de 80 [cm] sobre el suelo del local en el caso de iluminación general.
5.7.2.
5.7.3. 5.7.4.
Cuando se requiera una iluminación superior a 1.000 [Lux], la iluminación general deberá complementarse con luz localizada. Quedan excluidos de estas disposiciones aquellos locales que en razón del proceso industrial que allí se efectúe deben permanecer oscurecidos. Mantener todas las ampolletas, tubos fluorescentes e interruptores en buenas condiciones de funcionamiento. Se debe efectuar un estudio para identificar las áreas donde se usará vidrio inastillable. El estudio debe indicar dónde se necesitan vidrios inastillables y sus características. Se
ES-ME1-195-P-10
Elemento Gestión Requisitos Legales, Corporativos y Compromisos Página 10 de 21
ESTANDAR HSEC
CONDICIONES BÁSICAS DE LOS LUGARES DE TRABAJO 5.7.5. 5.7.6. 5.7.7.
5.7.9.
03-06-2013
CODIGO
ES-ME1-195-P-10
VERSION:
:
1
usarán vidrios inastillables en lugares tales como: puertas de vidrio, casetas de control y equipos móviles. Donde existan superficies de vidrio, por ejemplo puertas de vidrio, éste debe estar claramente marcado para ayudar a su visualización. Mantener limpios las ventanas y tragaluces. Controlar mediante inspecciones, realizada por personas capacitadas del área de Higiene Ocupacional, para comprobar que la iluminación está de acuerdo a los parámetros de diseños y legales.
5.7.8.
FECHA PUBLICACION :
Iluminación general cada 2 años. Iluminación de áreas de tránsito o trabajo 1 vez al año. Luces de emergencias cada 3 meses.
En salas de baterías, lugares de manipulación y/o almacenamiento de combustibles, líquidos inflamables, vapores explosivos deben tener su instalación de alumbrado a prueba de explosión. No se debe iluminar equipos o maquinarias en movimiento con tubos fluorescentes, debido al efecto estroboscópico.
5.8. Prácticas de Almacenamientos 5.8.1. 5.8.2. 5.8.3. 5.8.4. 5.8.5.
5.8.6. 5.8.7. 5.8.8.
5.8.9. 5.8.10. 5.8.11. 5.8.12. 5.8.13.
El material debe estar ordenadamente apilado en pisos estables y nivelados capaces de soportar el peso de la pila. El peso máximo de cada pila debe estar regido por la forma de los materiales a ser apilados y la carga máxima por los componentes que queden en la parte de abajo. El alto total de una pila no debe exceder 3 veces el ancho menor de la base. El material apilado no debe sobresalir a pasillos o caminos, los cuales deberán estar claramente demarcados. El almacenamiento o apilamiento no debe obstruir el alumbrado, equipos de ventilación, paneles o cajas eléctricas, salidas de emergencia, signos de seguridad y equipo de combate de incendios, u otro equipo en que sea afectada su operatividad. Debe haber una mínima distancia de 1 metro entre la parte de arriba de una pila y la instalación para extinción de incendios automática y equipo de alumbrado. Está prohibido escalar las pilas sin la ayuda de escalera u otro medio apropiado. Los patios de almacenamiento y apilamiento deben estar sectorizados, con los materiales claramente identificados. Cuando las pilas estén adyacentes a pasillos o caminos usados por vehículos, deben protegerse con barreras, señales u otro dispositivo visible, para evitar una colisión accidental que pudiera poner en peligro la estabilidad de la pila y a las personas. Las pilas deben ser desarmadas de arriba hacia abajo. Los materiales redondos tales como tambores o cañerías deben ser almacenados en repisas apropiadamente diseñadas y adecuadamente afianzadas con cuñas las cuales deben tener una manilla apropiada para facilitar su manejo. Todo material de forma esférica debe ser almacenado en cajas o receptáculos que aseguren su estabilidad. Solo se puede apilar material sobre paredes que estén diseñadas para tal efecto. El almacenaje de artículos en estanterías, repisas o pisos debe ser ordenado, permitiendo su fácil acceso para cualquier persona o equipo de carga.
ES-ME1-195-P-10
Elemento Gestión Requisitos Legales, Corporativos y Compromisos Página 11 de 21
ESTANDAR HSEC
CONDICIONES BÁSICAS DE LOS LUGARES DE TRABAJO
FECHA PUBLICACION :
03-06-2013
CODIGO
ES-ME1-195-P-10
VERSION:
:
1
5.8.14. Los artículos almacenados deben estar claramente identificados y no deben sobresalir 5.8.15. 5.8.16. 5.8.17. 5.8.18.
5.8.19.
de las repisas. Las repisas deben estar rotuladas con la indicación de la carga máxima que pueden soportar y nunca deben ser sobrecargadas. Las repisas con altura que excedan 4 veces el ancho de ellas deben ser afianzadas a las paredes o solidarias entre si y ancladas al piso. Los artículos más pesados deben almacenarse en las bandejas inferiores de la estantería y deben permitir una manipulación segura por parte del operador. Las sustancias peligrosas deberán almacenarse sólo en recintos específicos destinados para tales efectos, en las condiciones adecuadas a las características de cada sustancia y estar identificadas de acuerdo a las normas chilenas oficiales en la materia, tal como se define en el Procedimientos de Manejo de Residuos. Se deberá ejecutar una inspección y esta deberá quedar registrada en el formato inspección de condiciones física y de funcionamiento. ( ver Anexo 3). Puede ser cada dos meses, trimestral o anual.
5.9. Orden y Limpieza en el Lugar de trabajo ( Housekeeping ) El Sistema de Orden y Aseo de minera Escondida, se encuentra basado en la metodología de las 5S, aplicando las siguientes actividades:
5.9.1.
Clasificar: La aplicación de las acciones de clasificar prepara los lugares de trabajo para que estos sean más seguros y productivos, retirando todos los elementos innecesarios del lugar. El primer y más directo impacto de la clasificación está relacionado con la seguridad. Ante la presencia de elementos innecesarios, el ambiente de trabajo es tenso, impide la visión completa de las áreas de trabajo, dificulta observar el funcionamiento de los equipos y máquinas, las salidas de emergencia quedan obstaculizadas haciendo todo esto, que el área de trabajo sea más insegura.
a. Uso de Tarjetas Rojas: Se debe colocar Tarjeta Roja a todo aquello que sea innecesario en el lugar de trabajo. Preguntándose frente al objeto si ¿se necesita?, ¿se necesita en esa cantidad?, ¿se necesita en esa ubicación?, ¿funciona?, etc. Una vez evaluado, se debe colocar tarjeta roja definiendo si es un elemento Utilizable, Reparable o Desecho y luego, este elemento debe ser depositado en el Área de Tarjetas Rojas definida.
ES-ME1-195-P-10
Elemento Gestión Requisitos Legales, Corporativos y Compromisos Página 12 de 21
ESTANDAR HSEC
CONDICIONES BÁSICAS DE LOS LUGARES DE TRABAJO
FECHA PUBLICACION :
03-06-2013
CODIGO
ES-ME1-195-P-10
VERSION:
:
1
Mapa del Proceso
b. Área de Tarjetas Rojas: Esta área debe estar dividida en tres sub-áreas: -
Utilizable Reparable Desechos
Los elementos no deben permanecer en esta área, más de dos semanas en espera de su destino final, ya sea venta, reubicación, donación, reparación o eliminación. Se debe llevar registro de las Tarjetas Rojas utilizadas, con el seguimiento de la acción realizada con el elemento que sea tarjeteado.
5.9.2.
Ordenar : Una vez que se han eliminado todos los elementos innecesarios, se define el lugar donde se deben ubicar aquellos que se necesitan con frecuencia, identificándolos para eliminar el tiempo de búsqueda y facilitar su retorno al sitio una vez utilizados.
5.9.3.
Limpiar: La limpieza implica no únicamente mantener los equipos y áreas dentro de una estética agradable permanentemente. Exige que se realice un trabajo creativo de identificación de las causas raíces de las fuentes de suciedad y contaminación para tomar acciones para su eliminación, de lo contrario, sería imposible mantener limpio y en buen estado el área de trabajo. Se trata de evitar que la suciedad y el polvo se acumulen en el lugar de trabajo. Esta etapa incluye también, la inspección y monitoreo de las condiciones de Orden y Aseo del área.
5.9.4.
Estandarizar: La estandarización pretende mantener el estado de limpieza alcanzado con los tres primeros pasos y enseñar al operario a realizar procedimientos, que contengan los elementos necesarios para realizar el trabajo de limpieza, tiempo empleado, medidas de seguridad a tener en cuenta y acciones a seguir en caso de identificar algo anormal, además de normalizar la utilización de la señalización. La condición estándar definida debe quedar registrada mediante fotografías del área.
ES-ME1-195-P-10
Elemento Gestión Requisitos Legales, Corporativos y Compromisos Página 13 de 21
ESTANDAR HSEC
CONDICIONES BÁSICAS DE LOS LUGARES DE TRABAJO
FECHA PUBLICACION :
03-06-2013
CODIGO
ES-ME1-195-P-10
VERSION:
:
1
Mecanismo de control visual con Herramientas de la Estandarización El mapa de Responsabilidad por área es un mecanismo de control visual que permite realizar reconocimientos a los responsables o dueños de área y notificar oportunidades de mejora durante inspecciones rutinarias realizadas a las distintas áreas.
Figura 2: Ejemplo Mapa de Responsabilidad de Houskeeping
5.9.5.
Disciplinar: Se refiere a los métodos para crear costumbres de eficiencia y seguridad, y para conservarlas una vez que se hayan adquirido. Por lo tanto, estamos hablando de fomentar y conservar hábitos. Una forma de mantener la disciplina, puede ser incluyendo el Orden y Aseo en las evaluaciones de desempeño HSEC.
5.9.6.
Verificaciones del Cumplimiento: Se deberán realizar revisiones del cumplimento del orden y aseo de los lugares de trabajos o instalaciones de faena, por la efectividad de los controles al presente estándar ( ver Anexo 2 o 3).
5.10. Monitoreo y Revisión El monitoreo y revisión se basará en un programa de actividades HSEC elaborado por el área, que verificará el estado de los controles del presente estándar y su eficacia. En caso de identificar variaciones es pertinente realizar una revisión de la evaluación. La medición de los planes de acción al control de este estándar es una importante herramienta de administración y se debe incorporar en el sistema. El monitoreo y revisión también incluye las lecciones de aprendizaje de los incidentes en términos de efectividad de los controles al presente estándar.
ES-ME1-195-P-10
Elemento Gestión Requisitos Legales, Corporativos y Compromisos Página 14 de 21
ESTANDAR HSEC
CONDICIONES BÁSICAS DE LOS LUGARES DE TRABAJO
FECHA PUBLICACION :
03-06-2013
CODIGO
ES-ME1-195-P-10
VERSION:
:
1
5.11. Comunicación y Reporte Los Gerentes de áreas y Administradores de Empresas Contratistas deberán establecer procedimientos efectivos de participación y consulta a todos los trabajadores. Especialmente deben asegurar, facilitar y canalizar la participación activa de los trabajadores, supervisores y línea de mando en los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad de la empresa y/o de Faena. A su vez, cada Gerentes de áreas y Administradores de Empresas Contratistas deberá reportar la gestión de este estándar al Head Of HSEC.
6. DOCUMENTOS Y REFERENCIAS Estándar HSEC Salud
Decreto Supremo N° 594, Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
Decreto Supremo N° 72, Reglamento de Seguridad Minera.
Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), LEY-20.251/04.03.2008 Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), DTO-147, VIVIENDA Y URBANISMO/07.08.2008
7. ANEXOS Anexo 1: Lista Verificación Propiedades y Mantención. Anexo 2: Lista de Verificación de Almacenamiento y Limpieza de Lugar de Trabajo, Patios y Áreas Adyacentes. Anexo 3: Inspección de condiciones Físicas y de Funcionamiento
ES-ME1-195-P-10
Elemento Gestión Requisitos Legales, Corporativos y Compromisos Página 15 de 21
ESTANDAR HSEC
CONDICIONES BÁSICAS DE LOS LUGARES DE TRABAJO 7.1
FECHA PUBLICACION :
03-06-2013
CODIGO
ES-ME1-195-P-10
VERSION:
:
1
Anexo 1: Lista Verificación Propiedades y Mantención.
ES-ME1-195-P-10
Elemento Gestión Requisitos Legales, Corporativos y Compromisos Página 16 de 21
ESTANDAR HSEC
CONDICIONES BÁSICAS DE LOS LUGARES DE TRABAJO 7.2
FECHA PUBLICACION :
03-06-2013
CODIGO
ES-ME1-195-P-10
VERSION:
:
1
Anexo 2: Lista de Verificación de Almacenamiento y Limpieza de Lugar de Trabajo, Patios y Áreas Adyacentes.
ES-ME1-195-P-10
Elemento Gestión Requisitos Legales, Corporativos y Compromisos Página 17 de 21
ESTANDAR HSEC
CONDICIONES BÁSICAS DE LOS LUGARES DE TRABAJO
7.3
FECHA PUBLICACION :
03-06-2013
CODIGO
ES-ME1-195-P-10
VERSION:
:
1
Anexo 3: Inspección de condiciones Físicas y de Funcionamiento
ES-ME1-195-P-10
Elemento Gestión Requisitos Legales, Corporativos y Compromisos Página 18 de 21
View more...
Comments