5 Poder de Representante Legal

July 25, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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PODER DE REPRESENTANTE LEGAL INSTRUMENTO N° 128/2016 PODER DE ADMINISTRACION QUE CONFIEREN LOS SOCIOS , Evo Costas

Morales boliviano de 31 años de edad, Soltero, Economista, con domicilio Av. C Centenario, entenario, Calle Reyes Cardona Nº 311 con con cédula de identidad No  3528351S.C. y Ruben Morales Morales Aguilera boliviano de 21 21 años de edad, Soltera. Licenciatura en Auditoria con domicilio en Municipio El Torno B/ 6 de Mayo, con cédula

de identidad No 2337182 S.C. 

EN CONDICION DE SOCIOS DE LA SOCIEDAD “E & E” S.R.L. A FAVOR DEL SEÑOR (A) GERMAN MAXIMO MENDEZ LOPEZ-------------REPRESENTANTE LEGAL---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------En esta ciudad de Santa Cruz de la Sierra  – Bolivia, a horas diez, del día de hoy miércoles primero de

 – diciembre del dos mil dieciséis, ante mi NELVA ULLOA SANDOVAL  ABOGADO NOTARIA DE FE PUBLICA DE PRIMERA CLASE N° 54 en este distrito judicial, con residencia en esta capital, en calle murillo n° 17, telefax: 3326053, E-mail:  E-mail: [email protected]  [email protected] y lo testigo que al final se nombren y suscriben: se hicieron presente ante mí: GERMAN MAXIMO MENDEZ LOPEZ con carnet de identidad N° 3190468 S.C., mayor de edad y hábil por derecho a quien de conocer en esta oficina Doy Fe y dijo: nombre y representación de la sociedad “E & E ” S.R.L, una sociedad constituida bajo las leyes de Bolivia, con matrícula de Comercio N° 7785445 NIT: 985656203 y debidamente facultado para es este te acto por la Acta de reunión Directorio de fecha uno de Diciembre del año dos mil dieciséis, la misma que se transcribe y forma parte del presente, confiere poder general la administración, amplio y suficiente cual por derecho se requieren en favor del señor(a) GERMAN MAXIMO MENDEZ LOPEZ con C.I. N° 3190468 S.C., para que en nombre y representación de “ E & E” S.R.L., sus acciones y derechos, ejerza las siguientes facultades y atribuciones:

a)  Operaciones, transacciones, solicitudes gestiones, tramites, constitución de hipoteca, ofrendas compras de cualquier inmueble, vehículos, líneas telefónicas y todo cuanto pueda y deba hacer por la sociedad, otorgándole toda clase de autoridades, sean públicas, privadas, autárquicas, semiatarquicas, policiales aduaneras, bancarias, judiciales al director departamental de trabajo, laborales municipales, prefecturales, de transporte de telecomunicaciones ENTEL, de la renta, catastro, etc. 

b)  Gestionar, promover, definir y acordar toda clase de operaciones relativas al interés social, con entidades públicas, privadas y con toda persona o sujeto de derecho.  c)  Celebrar toda clase de contratos prestamos suscribir documentos privados, escrituras públicas, estipular formas de financiación, fijar bases, condiciones, plazos, términos, clausulas, montos, formas y manera de ejecución de los contratos. 

d)  Fijar precios, pagar, percibir dinero, pedir y otorgar recibos y todo tipo de documentos contables y financieros, estipular intereses, comisiones, vencimientos, amortizaciones, et.  

 

e)  Contratar empleados, fijar su remuneración de acuerdo al reglamento y estatutos y en su caso retirarlo.  f)  Manejar toda la correspondencia y comunicación de la sociedad.  g)  Contraer seguros de cualquier naturaleza, endosar, contraer o tomar pólizas de seguro, cobrar pólizas correspondientes.  h)  Iniciar demandas civiles, querellas penales, procesos administrativos, tributarios, constitucionales, laborales, seguir concluir los enjuiciados denunciar en suma defender los derechos de la sociedad, haciendo uso de todos los recursos que la ley franquea, son que por falta de una clausula expresa alguno este poder para actos judiciales deje de sufrir sus efectos o se le alegue falta de personería en el apoderado. 

i)  Realizar trámites tributarios, pedir y obtener minutas de crédito, compensación, observar liquidación y notas de cargo, realizar todo tipo de trámites tributarios, procesos contenciosos, tributarios administrativos, haciendo uso a tal efecto de las facultades para juicios que menciona el inciso anterior, asimismo firmar minutas, protocolizaciones notariales, documento privados, reconocimiento de firmas. 

 j)  Otorgar poderes a terceros sea estos especiales o generales; realizar toda clase de operaciones bancarias, abrir y cerrar cuentas corrientes de bancos locales, nacionales, extranjeros, girar, endosar, pagar, anular y ejecutar y cobrar cheques, girar, aceptar, endosar, avalar, protestar, cobrar letras de cambio, boletas de garantías y cuanto documento mercantil sean requerido, así como entregarlos en cobranza. 

k)  Gestionar y obtener todo tipo de crédito, avances de cuentas corrientes, sobregiros, obtener y firmar boletas de garantías 

l)  Podrá efectuar cobranzas de deudas que se encuentren pendientes o que se contrajeran en el futuro.   m)  Contratar empresas de transporte, tramitar liberaciones condonaciones excursiones.  n)  Asistir a reuniones, intervenir en licitaciones convocatorias, pujas, propuestas, hacer ofertas, proposiciones, convenir arreglar, transar, convenir, pactar.  o)  Fusionarse con otras sociedades, formar sociedades accidentales, en su caso disolver la sociedad, ampliar el objetivo social, formar nuevas sociedades y firmar las l as correspondientes escritura y en suma ejercitar cuantos actos sean necesarios a fin de lograr el éxito del presente mandato sí que por falta de clausula o disposición expresa deje de sufrir sus efectos legales de disposición expresa deja de sufrir sus efectos legales de personería o sea tachado de insuficiente, o se le niegue personería para lograr el fi encomendado.  Se deja expresado constancia que el presente poder se otorga con las l as presentes extensiones señaladas en los Art. 811 y 834 del código civil. En fe de cuáles y previa lectura del presente documento los comparecientes otorgan se ratifican en presencia los testigos instrumentales mayores de edad señores: Jhovanna Padilla Claure C.I. 5678432 SC, Rocio Zurita Nogales C.I.6745923 S.C y Carlos Mendoza Gil C.I. 8922458 SC. S C.

 

 Todos idóneos y de mi conocimiento, conocimiento, vecinos de esta ciudad, hábiles por derecho y ante quienes quienes y el otorgante se dio lectura al tener de este mandato. DOY FE.- socio Fdo. Ilegible de EVO COSTAS MORALES; socio Fdo. Ilegible RUBEN MORALES AGUILERA, lugar del signo notarial firmado y sellado, NELVA ULLOA

SANDOVAL  – NOTARIA DE FE PUBLICA DE PRIMERA CLASE N° 49.- Santa Cruz – Bolivia  CONCUERDA: EL PRESENTE TESTIMONIO CON EL PROTOCOLO ORIGINAL DE SU REFERENCIA, AL QUE EN CASO NECESARIO ME REMITO, EL MISMO QUE LUEGO DE SER CONFRONTADO Y CORREGIDO FIEL Y LEGALMENTE, LO AUTORIZO, SELLO DIGNO, FIRMO Y FRANQUEO EN EL LUGAR Y FECHA DE OTORGAMIENTO.- DOY FE

RUBEN MORALES AGUILERA C.I. 7838330 S.C. 

EVO COSTAS MORALES C.I. 9687878 S.C 

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Jhovanna Padilla Claure

Rocio Zurita Nogales

C.I. 5678432 S.C. 

C.I.6745923 S.C.

 _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Abog. Nelva Ulloa Sandoval NOTARIA DE FE PUBLICA N° 49

Santa Cruz Cruz - Bol Bolivia ivia 

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NOTARIA DE  FE PÚBLICA N° 49 1ra. CLASE  _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _

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