2015 Finan 07 Documentos Exportacion Importacion

November 8, 2018 | Author: Cielo C Arias | Category: Customs, International Trade, Insurance Policy, Invoice, Bill Of Lading
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Exportacion Importacion...

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ÍNDICE Presentaci Presentación ón................................ ................................................. .................................. ................................. ................................. .................................. .................................. ................. 2 Guía de documentos utilizados utilizados en las operaciones de comercio exterior ................... ......... ................... .................. ............. .... 3 I.

Declaración Aduanera de Mercancías - DAM .................. ........ ................... .................. ................... ................... .................. ................... ............ .. 3 1. Declaración Única de Aduanas (DUA) ....................................................................................... 3 2. Declaración Simplificada ........................................................................................................... 8

II.

Factura Comercial .................. ......... ................... ................... .................. ................... ................... ................... ................... .................. .................. ................... ............... ..... 9 1.

Contenido de la Factura Comercial ................... .......... .................. ................... ................... ................... ................... .................. .................. ........... .. 10

2.

Modelo de Factura Comercial ................... .......... ................... ................... .................. ................... ................... .................. ................... ................... ......... 11

3.

Consideraciones Consideraciones a tomar en cuenta para la emisión de la factura .................. ......... .................. ................... ............. ... 12

4.

Importanc Importancia ia ............................... ................................................ .................................. ................................. .................................. .................................. ....................... ....... 12

III.

Documento de transporte (Conocimiento (Conocimiento de embarque, Guía área o Carta porte) ............... ......... ...... 12

1.

Conocimiento de embarque (B/L  – Bill Of Lading) ................................................................ 13

2.

Guía Aérea – Air Way Bill (AWB) ......................................................................................... 14

3.

Carta Porte Terrestre .................. ......... .................. ................... ................... ................... ................... .................. .................. ................... ................... .............. ..... 16

IV.

Lista de empaque o embalaje embalaje ( Packing List) .................. ......... .................. .................. ................... ................... .................. ................ ....... 17

1.

Contenido del Packing List .................. ........ ................... ................... ................... .................. .................. ................... ................... ................... ................ ...... 18

2.

Modelo de Packing List .................. ......... ................... ................... .................. ................... ................... .................. ................... ................... .................. ........... .. 18

V. Póliza de seguro de transporte (opcional)................... .......... ................... ................... .................. ................... ................... .................. .............. ..... 19 CERTIFICADOS ADICIONALES ADICIONALES UTILIZADOS EN LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR EXTERIOR ............................... ................................................ .................................. ................................. .................................. .................................. ................................. ................... 20 I. Certificado de Origen ............................................................................................................... 20 II. Certificado Sanitario ................................................................................................................ 27 III. Certificado Fitosanitario .......................................................................................................... 31 IV. Certificado Zoosanitario ......................................................................................................... 32 V. Certificado de Calidad ............................................................................................................. 33 VI.

Certificado CITES .................. ......... ................... ................... ................... ................... .................. .................. ................... ................... ................... ................ ...... 36

VII.

Certificado Textil ................... ......... ................... ................... ................... .................. ................... ................... ................... ................... .................. ................. ........ 38

ÍNDICE Presentaci Presentación ón................................ ................................................. .................................. ................................. ................................. .................................. .................................. ................. 2 Guía de documentos utilizados utilizados en las operaciones de comercio exterior ................... ......... ................... .................. ............. .... 3 I.

Declaración Aduanera de Mercancías - DAM .................. ........ ................... .................. ................... ................... .................. ................... ............ .. 3 1. Declaración Única de Aduanas (DUA) ....................................................................................... 3 2. Declaración Simplificada ........................................................................................................... 8

II.

Factura Comercial .................. ......... ................... ................... .................. ................... ................... ................... ................... .................. .................. ................... ............... ..... 9 1.

Contenido de la Factura Comercial ................... .......... .................. ................... ................... ................... ................... .................. .................. ........... .. 10

2.

Modelo de Factura Comercial ................... .......... ................... ................... .................. ................... ................... .................. ................... ................... ......... 11

3.

Consideraciones Consideraciones a tomar en cuenta para la emisión de la factura .................. ......... .................. ................... ............. ... 12

4.

Importanc Importancia ia ............................... ................................................ .................................. ................................. .................................. .................................. ....................... ....... 12

III.

Documento de transporte (Conocimiento (Conocimiento de embarque, Guía área o Carta porte) ............... ......... ...... 12

1.

Conocimiento de embarque (B/L  – Bill Of Lading) ................................................................ 13

2.

Guía Aérea – Air Way Bill (AWB) ......................................................................................... 14

3.

Carta Porte Terrestre .................. ......... .................. ................... ................... ................... ................... .................. .................. ................... ................... .............. ..... 16

IV.

Lista de empaque o embalaje embalaje ( Packing List) .................. ......... .................. .................. ................... ................... .................. ................ ....... 17

1.

Contenido del Packing List .................. ........ ................... ................... ................... .................. .................. ................... ................... ................... ................ ...... 18

2.

Modelo de Packing List .................. ......... ................... ................... .................. ................... ................... .................. ................... ................... .................. ........... .. 18

V. Póliza de seguro de transporte (opcional)................... .......... ................... ................... .................. ................... ................... .................. .............. ..... 19 CERTIFICADOS ADICIONALES ADICIONALES UTILIZADOS EN LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR EXTERIOR ............................... ................................................ .................................. ................................. .................................. .................................. ................................. ................... 20 I. Certificado de Origen ............................................................................................................... 20 II. Certificado Sanitario ................................................................................................................ 27 III. Certificado Fitosanitario .......................................................................................................... 31 IV. Certificado Zoosanitario ......................................................................................................... 32 V. Certificado de Calidad ............................................................................................................. 33 VI.

Certificado CITES .................. ......... ................... ................... ................... ................... .................. .................. ................... ................... ................... ................ ...... 36

VII.

Certificado Textil ................... ......... ................... ................... ................... .................. ................... ................... ................... ................... .................. ................. ........ 38

DOCUMENTOS Y CERTIFICADOS EN LAS OPERACIONES DE EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN

Presentación La presente obra tiene como finalidad guiar al lector respecto a los documentos y certificados que son indispensables presentar para poder realizar una operación de exportación como de importación, documentación que será solicitada por la Administración Aduanera, el agente de aduanas o el importador en el extranjero. Sin estos documentos no se podrá destinar a las mercancías a un régimen aduanero de exportación definitiva o no podrá ingresar a la aduana de destino en el extranjero o el importador no domiciliado no podrá acogerse a una reducción o exoneración arancelaria. Los documentos necesarios y frecuentes en una operación ordinaria de exportación son: la factura comercial de exportación del producto, el documento de transporte marítimo, aéreo o terrestre, la póliza de seguros si es que se ha contratado un seguro (no siendo obligatorio contar con esta póliza), el certificado de origen cuando así es solicitado por el exportador en el extranjero y la Declaración Única de Aduanas, la cual es generada y numerada por el agente de aduanas contratado para este trámite Dependiendo la complejidad de la operación, la cantidad de bultos, el medio de transporte, la naturaleza de la mercancía, las restricciones aduaneras, se podrá exigir además la presentación de otros documentos para garantizar una correcta y segura operación de comercio exterior.

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DOCUMENTOS Y CERTIFICADOS EN LAS OPERACIONES DE EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN

DOCUMENTOS Y CERTIFICADOS EN LAS OPERACIONES DE EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN

Guía de documentos utilizados en las operaciones de comercio exterior Para poder despachar o tramitar una operación o régimen aduanero, por ejemplo para tramitar una importación o exportación es requisito obligatorio presentar una serie de documentos aduaneros ante la administración aduanera tanto del país de origen como de destino, los cuales van a requerir de una serie de documentos que a continuación se detallan, asimismo, se hará referencia de quien es la persona o entidad encargada de emitirlos.

I.

Declaración Aduanera de Mercancías - DAM

 A través de la entrada en vigencia de la nueva Ley General de Aduanas se admitió el uso del documento aduanero utilizado para la destinación aduanera de la mercancía denominada: “Declaración Aduanera de Mercancías” , utilizando el formato de la Declaración Única de Aduanas (DUA), documento mediante el cual el declarante (importador-exportador), declara la mercancía e indica el régimen aduanero que deberá aplicarse a las mercancías, y a través del cual se establece los detalles que la Administración Aduanera requiere para su aplicación. Se caracteriza por ser un documento con formato único y oficial exigido por Aduanas. Cabe recordar que este documento no solo puede ser emitido por un agente de aduanas, sino también existen los Despachadores Despachadores Oficiales que son representantes representantes aduaneros autorizados, autorizados, además los propios propios exportadores pueden solicitar a la SUNAT autorización para realizar directamente los trámites aduaneros y numeración de DUA sin necesidad de contar con un agente de aduanas, pero para ello deberán cumplir con todos los requisitos, obligaciones y garantías que se les exige. Esta declaración se encuentra dividida a su vez en 2 tipos de declaraciones, así tenemos:

1. Declaración Única de Aduanas (DUA) Se utiliza para solicitar que las mercancías sean sometidas a los regímenes aduaneros establecidos en la normativa aduanera, es utilizado para el caso del régimen de Importación para el consumo, cuando el valor FOB de la mercancía supera los a US$ 2,000, para el caso del régimen de exportación definitiva cuando el valor FOB de la mercancía supera los US$ 5,000.00 Es presentado a la aduana y elaborado por el agente agente de aduana contratado contratad o por el importador o exportador. Las mercancías amparadas en una Declaración Única de Aduanas deben cumplir con los siguientes requisitos:   

Corresponder a un valor de transacción. transacc ión. Corresponder a una sola operación y a un solo destinatario. destinatar io. El nombre del consignante debe ser de quien haya emitido la factura al cliente domiciliado en el extranjero.

1.1 ¿Cómo funciona? El despachador de aduanas deberá solicitar por medio electrónico la destinación de la mercancía al exterior, haciendo uso de su clave electrónica proporcionada por la Aduana, con lo cual se producirá

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la enumeración de la DUA. Con la entrada en vigencia de la nueva Ley General de Aduanas 1 las mercancías pueden ser embarcadas dentro del plazo de 30 días calendario contados a partir del día siguiente de la numeración de la declaración.

1.2 Regularización de la DUA La Administración Aduanera mediante técnicas de análisis de riesgo determina cuales declaraciones se regularizan con la sola aceptación de la transmisión de la información complementaria y de los documentos digitalizados que sustentaron la exportación, y aquellas que requieren además la presentación física de la DUA y documentación que sustentaron la exportación a satisfacción de la  Autoridad Aduanera. La regularización, se debe efectuar dentro de los 30 días calendario contados a partir del día siguiente de la fecha del término del embarque.

La regularización consiste en reenviar electrónicamente los datos complementarios de la DUA, realizada por el agente de aduana (despachador), una vez que el SIGAD verifica la información, el despachador recibe la numeración y procede a imprimir la DUA.  Así mismo el despachador de aduana, presentará ante la intendencia de aduanas, los documentos físicos que sustentan la exportación (documento de transporte, Declaración Única de Aduanas, Factura comercial, y otras autorizaciones especiales según corresponda.), una vez que aduana verifique la documentación y este conforme, registra la aceptación en el SIGAD y dará conformidad a la DUA, culminando de esta manera el proceso de exportación.

1.3 Contenido de la Declaración Única de Aduanas (DUA) a) Exportador o consignante, con excepción de las exportaciones a través de intermediarios comerciales. El exportador o consignante debe ser quien haya emitido la factura 2. b) Considerar el destinatario. c) Señalar país de destino. d) Mercancías objeto de una única naturaleza de la transacción; Descripción, Partida  Arancelaria, peso, N° bultos, valor FOB y CIF. 1

Decreto Legislativo Nº 1053 (27.06.2008).

2 Apéndice

Modificado por R.S.N.A.A. N° 335-2009/SUNAT/A.

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e) f) g) h) i)

Definir el término de entrega. Señalar el lugar de entrega. Medio y empresa de transporte. Moneda de transacción a utilizar. Mercancía almacenada en un solo lugar (depósito temporal o local designado por el exportador), a excepción de la exportación definitiva con embarques parciales, y de las mercancías (con solicitud de embarque directo) a granel y de gran volumen que requieran acondicionamiento en más de un local, siempre que dichos locales se ubiquen en la misma provincia donde se encuentra la Intendencia de Aduana o la Agencia Aduanera de despacho.  j) Además debe encontrarse amparada en un solo manifiesto de carga a excepción de la exportación definitiva con embarques parciales.

1.4 ¿Por qué es importante el uso de este documento? Su importancia se debe a que se constituye como un documento oficial que se emplea para el cumplimiento de las formalidades aduaneras en las operaciones de mercancías tal como exportación e importación, importante para regularizar la salida legal de las mercancías al exterior en donde debe de consignarse toda la información contenida en los demás documentos comerciales. Y según lo señalado anteriormente nos indica el tipo de régimen al que se someterá dicha mercadería, al igual que la descripción y detalle de la misma y los impuestos a liquidar según sea el caso.

1.5 Formatos de la DUA La Declaración Única de Aduana está constituida por 03 formatos:

-

Formato (A): Este formato contiene los datos generales del régimen u operación aduanera solicitada a despacho y los datos de la primera serie. (A1): Se utiliza en caso que el despacho aduanero comprenda más de una serie.

-

Formato (B):  Este formato contiene los datos de la(s) transacción(es) relativa(s) a las mercancías solicitadas para su nacionalización y es de utilización exclusiva del régimen de importación definitiva. (B1):  Se utiliza en caso que se declaren más de 2 Ítems como consecuencia de la(s) transacción(es) citada(s).

-

Formato (C): Este formato contiene los datos de la liquidación del adeudo, y se utiliza en los regímenes que requieran cancelar o garantizar los tributos.

En la Declaración se consigna obligatoriamente la información requerida en todas las casillas, excepto en aquéllas que expresamente se indique que son utilizadas sólo en un régimen determinado o que se refiera que son de uso exclusivo para Aduanas.

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1.6 Alcances a considerar para el llenado de la DUA3 -

Para el llenado del ejemplar A se han elaborado dos grupos de pautas, uno referido a la importación y otro a la exportación.

-

En la declaración se consigna obligatoriamente la información requerida en todas las casillas, excepto en aquéllas que expresamente se indique que son utilizadas sólo en un régimen u operación, o que son de uso exclusivo para Aduanas.

-

Para las casillas que corresponden a cantidades de mercancías e importes monetarios, cuyas cifras no sean números enteros, se indican con 03 decimales, excepto en el Ejemplar B, que utiliza 06 decimales.

-

En las casillas destinadas a importes monetarios, éstos se expresan en dólares de los Estados Unidos de América, salvo indicación en contrario.

-

En cuanto a las casillas que correspondan a códigos, se llenan de conformidad con las Tablas publicadas por Aduanas o a través de la página WEB (www.aduanet.gob.pe) Opción: Operativa Aduanera/Tablas Generales/Consulta Tablas Generales.

-

Las fechas se consignan de la siguiente manera: día, mes, año. Se utilizan dos dígitos para el día y el mes y cuatro dígitos para el año (ejemplo: 01 03 2000).

-

La Declaración se presenta sin enmendaduras, manchas o borraduras. La Declaración de Reexportación debe corresponder a un solo régimen precedente (Admisión, Importación Temporal).

2. Declaración Simplificada Este formato, se utiliza en los despachos de mercancías que por su cantidad, calidad, especie, uso origen o valor y sin fines comerciales o si los tuviere no tienen significancia económica para el país. Es utilizada: Mercancías que por su valor no tengan fines comerciales, o si los tuvieran su valor FOB no exceda de cinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 5,000.00) para el caso de exportaciones y para la Importación para el consumo el valor FOB de la mercancía no debe superar los US$ 2,000.00. -  Asimismo, a través de un despacho simplificado de exportación, utilizando la Declaración Simplificada, se tramita la salida de mercancías que se destinen al régimen de equipaje, menaje de casa; muestras sin valor comercial; los obsequios que por su cantidad, naturaleza o variedad se presuma que no están destinados al comercio por un valor de hasta un mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 1,000.00). - Tráfico fronterizo, donaciones cuyo valor no exceda los cinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 5,000.00) y la salida de bienes a que se refiere el numeral 5 del  Artículo 33° de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, cuyo valor FOB no exceda de cinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 5,000

-

2.1 Formato Declaración Simplificada

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Según INTA-IT.00.04 Procedimiento Declaración Única de Aduanas

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II.

Factura Comercial

Cuando la empresa exportadora realiza la venta a un cliente en el extranjero corresponde emitir la respectiva factura comercial o Invoice denominado así en el comercio exterior, se caracteriza por ser el documento que el exportador emite al importador/ comprador como constancia de la venta realizada, contiene toda la información relativa al contrato de compra-venta internacional de mercaderías, en la cual se detallan características esenciales de las mercancías vendidas así como la información sobre la aduana de salida y puerto de entrada, nombre y dirección del vendedor

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(exportador), nombre y dirección del consignatario, descripción detallada de la mercancía, cantidades, peso, modalidades del embarque, precio, tipo de moneda, condiciones de venta en general, lugar y fecha de expedición, y otros pormenores exigidos por el comprador. Las facturas de exportación en el Perú, se encuentran reguladas por el Reglamento de Comprobantes de Pago 4,  no tienen un formato especial para realizar operaciones de comercio exterior, sino que su formato corresponde a los mismos comprobantes de pago autorizados por la SUNAT, sin requerirse de un formato especial. Sirven como documento base para el retiro de la mercadería en el país de destino y debe ser redactado lo más claro y detallado posible. Es tomado como base para la elaboración de la Carta de Crédito. En caso de tener la Factura Comercial, previamente definida, se puede obviar la elaboración de la factura Pro forma.

Factura Proforma: Documento provisional que informa al comprador del precio de la mercancía y de las condiciones en que el vendedor está dispuesto a que se realice la venta.

1. Contenido de la Factura Comercial Toda Factura comercial que ampare una operación de compra /venta internacional debe tener los siguientes datos: • • • • • • • • • • • • • • • •

Número de RUC. del exportador Número de factura · Lugar y fecha de emisión Datos y dirección del exportador Datos y dirección del importador Datos de la Empresa transportadora Lugar de embarque de la mercadería Cantidad de unidades de la mercadería Descripción detallada de la mercadería Precios unitarios Precio total Condiciones de venta (INCOTERM) Partida Arancelaria Forma de pago Firma del exportador Sello de la Empresa Exportadora

 Aprobado por Resolución de Superintendencia IM° 007-99-SUNAT (24.1.99)

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2. Modelo de Factura Comercial

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3. Consideraciones a tomar en cuenta para la emisión de la factura -

La Factura debe cumplir con los requisitos exigidos en el Reglamento de Comprobantes de Pago.

-

No será necesario consignar el número de Registro Único de Contribuyente (RUC) del comprador / Importador, por ser una persona del extranjero.

-

No se consignará el monto del Impuesto General a las Ventas (lGV) exportaciones por ser una operación inafecta a este impuesto.

-

Debe expedirse a nombre o razón social del comprador / importador y su domicilio.

-

Cuando se incluyan marcas y números de embarque, éstos deben ser iguales indicados en el Conocimiento de Embarque y otros documentos solicitados.

-

El valor total de la mercancía debe estar de acuerdo a las condiciones del Crédito Documentario o Carta de Crédito. Debe indicarse el término de cotización solicitado (FOB, CIF, EXW, etc.).

-

Emitir las facturas con el número de copias solicitadas por el importador.

-

El valor del flete y prima de seguro, deben coincidir con lo indicado en el Conocimiento de embarque y Póliza de Seguro, respectivamente.

-

Las facturas deben ser emitidas en idioma castellano y en la que se puede adicionar traducción a otro idioma.

en el caso de

a

los

la

4. Importancia La importancia de este documento es como su nombre lo indica servir de comprobante de pago en toda transacción comercial, garantizando la venta, describiendo las mercancías, precios, condiciones de pago, etc. En términos tributarios la factura por lo general, es utilizada en transacciones entre personas jurídicas o naturales que necesitan sustentar el pago del IGV en sus adquisiciones, a fin de utilizar el denominado crédito fiscal, así como gasto o costo para efecto tributario.

III.

Documento de transporte (Conocimiento de embarque, Guía área o Carta porte)

Para llevar a cabo una operación de comercio exterior es indispensable el haber contratado previamente a un agente transportista, cuya función será el de llevar la mercancía al lugar acordado con el cliente en el extranjero. Este contrato quedara plasmado en un documento de transporte, que será emitido por los transportistas internacionales y que servirá como documento de contrato entre exportador y transportista para él envió de productos al destino, su finalidad es la de comprobar la recepción de la mercancía y a su vez permitir el retiro de la misma. Se caracterizan por ser documentos que evidencian el contrato de transporte internacional y son documentos requisitos para el despacho aduanero. El mayor comercio exterior se da en la vía marítima, razón por la cual es muy difundido el uso del Conocimiento de Embarque conocido como B/L (Bill of Lading), pero también para el transporte vía

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aérea o terrestre se suele utilizar la Guía aérea conocida como AWB (Air Way Bill) y Carta de Porte respectivamente. Las características relevantes de este documento son: • • • •

Ser instrumento probatorio del contrato de transporte. Además sirve como prueba de la carga de la mercadería. Es prueba de la titularidad y de la propiedad de la mercadería. Se le considera título de crédito y por consiguiente es transmisible por endoso o cesión.

1. Conocimiento de embarque (B/L  – Bill Of Lading) Documento emitido por la empresa naviera o su agente en el que se hace constar que se ha recibido la mercancía para ser transportada al puerto de la referencia en la nave que se indica. Sirve para regular la entrega de la mercancía en el transporte marítimo, sirviendo de contrato de transporte, título de propiedad de la mercancía y acuse de recibo de las condiciones en que la mercancía se ha recibido al bordo del buque  Actúa como título valor que contiene las cláusulas del contrato de transporte marítimo y representa a las mercancías que se transportan. Sin este documento la mercancía no podrá ser retirada del puerto de destino.

1.1 Tipos de B/L: a) B/L on Board (Mercancía embarcada) se emite cuando la mercancía ha sido cargada a bordo y estibada en las bodegas del barco. b) B/L Clean on Board (Limpio a bordo) se emite cuando la naviera manifiesta que el embarque se encuentra en bodega aparentemente en buen estado y sin observación. c) B/L Unclean on Board (Sucio a bordo) se emite cuando la naviera manifiesta que hay observaciones en el embarque. d) B/L on Deck (Sobre cubierta del barco) se emite cuando la mercancía no se transporta en bodega. e) B/L Received for Shipment (Recibido para embarque posterior) se emite cuando el transportista recibió la mercancía. f) B/L Straight (Directo) se emite cuando el transbordo no está permitido. La mercancía llega en la misma nave en que fue embarcada. g) B/L Trought (Corrido) se emite cuando los transbordos están permitidos por la necesidad que intervengan diferentes naves en puertos intermedios de la ruta de destino. h) B/L Master o B/L Madre, se emite cuando hay mercancía consolidada de varios compradores. Un contenedor debe estar amparado en un solo B/ L. i) B/L Hijas se emite al momento de desconsolidar la carga. Las B/L Hijas anulan a la B/L Madre, pues con un B/L Master no se puede despachar la mercancía.

1.2 Contenido y modelo del Conocimiento de embarque - B/L Este documento debe contener la información mínima siguiente:

- Datos del cargador. - Datos del exportador. - Datos del consignatario. - Datos del importador. - Nombre del buque. - Puerto de carga y de descarga. - Indica si el flete es pagadero en destino o en origen. - Importe del flete.

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-

Marcas y números del contenedor o de los bultos. Número del precinto. Descripción de mercaderías, pesos bruto y neto, volumen y medidas. Fecha de embarque

2. Guía Aérea  – Air Way Bill (AWB) Contrato de transporte de carga firmado entre porteador y embarcador, de la misma manera que el B/L actúa como título valor, representativo de mercaderías transportadas, cubre transporte entre aeropuerto de salida y destino. Lo expide una empresa de transporte aéreo, como constancia de haber recibido del embarcador o del despachador, determinadas mercancías para transportarlas de un aeropuerto a otro. Es emitido por la aerolínea o el agente de carga.

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2.1 Modelo y llenado del Air Way Bill (AWB)

 A continuación el detalle de cómo debe ser llenado cada campo: 3. Cargador del cliente: El nombre y dirección. 4. Consignatario: Nombre del cliente y la dirección.

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5. 6. 7. 8.

Las tres letras del código del aeropuerto de origen. Las tres letras del código del aeropuerto de destino El valor del envío al cliente por la aduana Manejo de la Información del Cliente: Para contener las instrucciones especiales o notas sobre transporte de mercancías, se oscurece, los números de ULD, y el peso de la posición individual. 9. Número de piezas. 10. Peso bruto del cliente. 11. NOTA: Esto no incluye la tara de los pallets de aeronaves y / o contenedores, sin embargo, no incluye el peso de los calzos de madera. 12. (Kg) o libras (lb). 13. El peso real o el peso dimensional 14. Precio / Carga - Internacional MAWB solamente. 15. Total - MAWB Internacional solamente. 16. La naturaleza, cantidad de bienes y la descripción de la carga. Esto puede incluir las dimensiones o el volumen. 17. NOTA: El uso del término "consolidación" o términos similares no es una descripción aceptable de los bienes. Descripción debe ser específica. 18. Firma del cliente del expedidor o su agente. 19. Fecha de la firma 20. Momento de la firma. 21. Lugar de la firma - código de tres letras de la puerta de entrada. 22. Firma del transportista emisor o su agente se refiere a: Representante de la empresa. 23. Firma del Consignatario. 24. Indicar Tipo de Servicio al Cliente, si perecederos, urgentes.

3. Carta Porte Terrestre Si bien mencionábamos a la guía aérea como el documento que acredita el transporte de las mercancías emitido por una compañía aérea, existe otro documento que se utiliza para el transporte de mercancías por medio de transporte terrestre y se le denomina carta de porte terrestre. Se caracteriza por ser un documento esencial en las cargas terrestres concede pues propiedad de la mercadería al poseedor del mismo. Por lo general cumple las mismas funciones que el conocimiento de embarque marítimo. Son considerados títulos valores causales y emitidos por el transportista a solicitud del remitente o cargador, los cuales acreditan la recepción de las mercancías y la formalización del contrato de transporte. En estos documentos se consigna el monto o flete pagado por el remitente al transportista.

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3.1 Modelo de Carta Porte Terrestre

Identificación del Trans ortista

Placa

Registro Aduana

Identificació n de Datos del transport Consi natari Marcas Cantidad Descripción

Control Aduaner  o

Terminal de Transportis ta

IV. Lista de empaque o embalaje ( Packing List) La Lista de empaque o "Packing List" es el documento de embarque que detalla todas las mercancías embarcadas o todos los componentes de una misma mercancía de gran volumen especificado con

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mayor precisión la forma de embalaje, las cantidades, calidad, marcas, series, partes, accesorios , pesos , dimensiones , contenidos de cada bulto y en cuántas partes ella está fraccionada. La Lista de empaque tiene por objetivo facilitar la idealización de la mercancía dentro de un lote, además de permitir el fácil reconocimiento de ésta por parte de la aduana, contribuyendo a mejorar los controles y revisiones aduaneras tanto en el embarque como en el desembarque, ayudando a corregir faltantes, daños , sobras al momento que ingresa al almacén . La autoridad aduanera podrá solicitar la lista de empaque cuando las características, cantidad o diversidad de las mercancías lo ameriten. Por lo general, se lo solicita en grandes embarques, o en aquellos donde existen variedad de tipos de mercadería.

1. Contenido del Packing List - Referencia al número de factura que corresponde a la exportación y pedido. - Número de bultos por tipo de mercaderías, es decir número total de cajas por tipo de mercadería comprendidas en el embarque. Si no indica la cantidad de cajas que contienen el mismo tipo de mercancías, será más difícil comprobar la expedición. - Números asignados, para cada tipo de mercancías, los números seguidos a las cajas que contengan. Si no se numeran las cajas, o se numeran incorrectamente, pueden producirse confusiones para las autoridades aduaneras y para el cliente. - Contenido de cada bulto, Si no se describe correctamente el contenido, será difícil identificar las partidas. - Dimensiones exteriores de los bultos - Peso bruto unitario - Embalaje, si se encuentran en “paletas”, deberá indicarse. Si requieren una manipulación especial, deberá indicarse también - Tipo de embarque - Marcas y números utilizados - Número total de bultos - Volumen total - Peso neto total (excluido el embalaje) - Peso bruto total, Si se omite el peso neto o se confunde con el peso bruto, pueden surgir malentendidos y gastos adicionales

2. Modelo de Packing List Es importante tomar en cuenta que para la emisión de este documento, no existe un formato único.  Algunos términos a considerar: -

Shipper: expedidor, Empresa exportadora Consignee: consignatario Vessel: Buque Date: Fecha Notify : Notificación Invoice No. : Factura Marks : Marcas Net Wt. Each : Peso Neto Gross Wt. Each : Peso Bruto Total Net Weight : Peso total neto Total Gross : Total peso bruto Total Cubic Feet : Total Pies cúbicos

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V.

Póliza de seguro de transporte (opcional)

Documento emitido por la Compañía de Seguro o su Agente, en virtud de la cual la mercancía quedará cubierta de determinados riesgos de transporte especificados en la póliza y hasta un determinado importe que no puede ser inferior al valor facturado. El exportador puede contar con una póliza de seguro de la mercancía emitida por la compañía aseguradora, salvo que el comprador en el extranjero cuente con una póliza general o, por el contrario no decida tomarla asumiendo el riesgo ante cualquier deterioro o extravío de la mercancía durante la travesía. Es importante que tanto el exportador y el comprador definan previamente al momento de acordar la compraventa, si se contará o no con esta póliza de seguro y cuáles son los riesgos que serán cubiertos por el seguro, a fin de evitar que se produzca cualquier tipo de siniestro o avería en la mercancía, no cubierto por la póliza. La prima de seguro se fija de acuerdo con la modalidad de embarque, la especie y el valor de la mercancía, sin embargo su uso no es obligatorio, salvo que se imponga mediante las condiciones que hayan sido pactadas entre el comprador y el vendedor.

1. Documentos de seguro de transporte 

Póliza Individual

La característica principal de esta póliza es que cubre un solo envío y ampara un cargamento específico, vuelo, embarque, exportación, importación, etc. Se emplea en aquellos casos en que los embarques son costosos o que el cargamento va a lugares diferentes o comprende productos y transportadores diversos, que una sola póliza flotante no podría cubrir los riesgos. 

Póliza Global o Flotante

También conocida como Póliza Cubierta ya que ampara a todos los envíos sucesivos del asegurado. El contrato se hace generalmente por tiempo indefinido hasta que una de las partes comunique a la otra su caducidad.

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CERTIFICADOS ADICIONALES UTILIZADOS EN LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR En el comercio exterior, juega un papel muy importante la presentación de certificaciones en forma segura y eficiente, generando una mayor demanda en la ejecución del sistema de certificaciones, además de proteger los mercados Internacionales manteniendo así el prestigio Internacional logrado por el Perú en cuanto a las exportaciones. La presentación de estos documentos adicionales dependerán del tipo de producto que será exportado e importado, debiendo de presentarse los certificados requeridos por el comprador para el ingreso al país de destino. Los certificados más comunes que suelen utilizarse son aquellos que atestiguan origen, calidad, análisis, sanidad, peso, inspección, etc. Dada su función estos pueden ser emitidos por autoridades oficiales o sus delegados o bien por entidades privadas de control, los cuales de detallaran a continuación.

I. Certificado de Origen Este documento tiene por finalidad acreditar y garantizar la procedencia de las mercancías, permitiendo a los exportadores acogerse a los beneficios derivados de las preferencias arancelarias que otorga el país importador, en virtud a los acuerdos bilaterales o unilaterales que concede el país al cual va destinada la mercancía (CAN, ALADI, SGP, ATPA, CEE, etc.).En dicho documento se describe el producto a exportar, es sellado y firmado tanto por el exportador como por el funcionario habilitado de la entidad delegada para este fin. Su expedición es importante y se realiza previa solicitud del exportador acreditando que el producto es de procedencia nacional, se puede adquirir y visar en ADEX, la Cámara de Comercio de Lima y de otras provincias las cuales son competentes para la emisión de dichos documentos por delegación de funciones concedida por el Ministerio de Comercio Exterior y T urismo. Si no se presenta este documento ante la aduana extranjera, simplemente el importador no domiciliado perdería la posibilidad de obtener la rebaja o franquicia aduanera, teniendo que pagar los tributos completos que gravan la importación sin derechos a beneficios, por el contrario, si se diera el caso que no existe preferencia arancelaria o ningún otro beneficio otorgado por el país de destino a las mercancías originarias de nuestro país y si el importador no lo considera necesario, entonces la emisión del Certificado de Origen no se hace obligatoria.

1. Consideraciones a tomar en cuenta Es importante tomar en cuenta que para la emisión de este certificado la mercancía deberá tener procedencia directa desde el país originario (es decir demostrar que sea originaria de dicho país) hasta el mercado del país de destino, con excepción de que existan razones de fuerza mayor, siendo entre estas de transporte o geográficas, siempre y cuando los productos no sufran ninguna transformación ni modificación y permanezcan bajo control aduanero  Asimismo se caracteriza por ser un documento no obligatorio para exportación, y el exportador debe ser el mismo que emite la factura, de la misma manera que el destinatario debe ser el mismo indicado en factura.

2. Declaración Jurada de Origen Es el documento que forma parte de los requisitos para la emisión del Certificado de Origen. Esta Declaración Jurada de Origen debe estar suscrita por el exportador de la mercancía, y en los casos que el acuerdo así lo requiera también deberá estar suscrita por el productor de la mercancía y en el

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caso que el exportador sea una empresa jurídica deberá estar suscrita por el representante legal de la empresa o por un funcionario que cuente con autorización expresa del representante legal de la empresa. Por otro lado si es exportada por dos personas distintas, en este caso se deberán registrar dos declaraciones. La declaración jurada se presenta por cada tipo de producto a exportar.

3. Documentos a presentar Deberá ser presentada adjuntando copia de los documentos que la sustenten, tales como facturas de los materiales, declaraciones de importación, certificados de origen de los materiales, acta notarial emitidos por los proveedores de los materiales, entre otros. La Declaración Jurada de Origen deberá incluir además una descripción detallada y el diagrama de flujo del proceso productivo de la mercancía a exportar, así como el consentimiento del productor para la realización de una visita de constatación de la Declaración Jurada de Origen.

4. Procedimiento de la verificación La Entidad Certificadora evalúa la información de la declaración jurada, en caso resulte insuficiente la información presentada por el exportador, solicita información adicional a fin de acreditar el carácter originario de la mercancía, y en caso el producto califique como originaria acuerdo comercial o régimen preferencial. En caso sea favorable la determinación, la entidad procederá a registrar la declaración, con indicación de la fecha en que se efectúa el registro y ésta solo podrá ser utilizada por el exportador que la registró y en aquella entidad certificadora donde fue registrada. Es importante resaltar que si la información respecto a los materiales o el proceso productivo consignada en la Declaración Jurada de Origen sufre una variación el declarante estará obligado a presentar una nueva Declaración Jurada de Origen a la Entidad Certificadora. Siendo considerada como “No valida” la primera Declaración Jurada de Origen, a partir de la fecha de la nueva

declaración.

5. Requisitos para solicitar el Certificado de Origen El exportador que desee obtener este documento deberá presentar a la entidad certificadora lo siguiente: -

Declaración Jurada de Origen debidamente llenado adjuntando además los documentos sustentatorios acerca del origen de la mercancía y sus materiales. Su presentación es obligatoria, siendo su período de validez máximo de dos años.

-

En el caso de contar con una Declaración Jurada de Origen registrada, deberá presentar una Declaración Jurada en la que manifiesta que la información de la Declaración Jurada de Origen registrada, se mantiene inalterada, debiendo indicarse el número de registro de la Declaración Jurada de Origen.

-

Adjuntar también el certificado de origen debidamente llenado, firmado y sellado por el exportador, según lo establecido en el acuerdo comercial o régimen preferencial por el cual se solicita dicho documento.

-

Copia legible de la factura de exportación correctamente llenada. En el caso que se trate de un exportador que se encuentre comprendido en el Régimen Único Simplificado (RUS) podrá presentar la copia de la boleta de venta.

-

Además hay que realiza el pago por derecho de trámite, el cual se encuentra establecido en le TUPA – MINCETUR.

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6. Tipos de Certificados de Origen Se deberá usar un formato oficial cuyas características y criterios de expedición de acuerdo al país de destino, se encuentran señalados en el acuerdo y/o tratado internacional respectivo: 6.1 Certificado de Origen Formato "A" Este Certificado es necesario para acogerse a las preferencias arancelarias,  de las exportaciones que gozan del "Sistema Generalizado de Preferencias - SGP, que otorgan la Unión Europea, Japón, EEUU, Canadá, Australia, Nueva Zelandia, Noruega, Suiza, Bulgaria, Rusia y Rumania. 6.2 Certificado de Origen ALADI Este Certificado es utilizado para las exportaciones a los países que integran la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), la Comunidad Andina de Naciones (CAN) y el Mercado Común del Sur (MERCOSUR). -

Países miembros de la ALADI: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Cuba, Ecuador, México, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela. Países miembros del MERCOSUR: Argentina, Brasil, Uruguay, Paraguay, Perú y Chile. Países miembros de la CAN: Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela. de Origen Forma.

6.3

Certificado de Origen - Formato ALADI-Chile Destinado únicamente para las exportaciones a Chile 6.4 Certificado de Origen - Formato TLC Perú - Singapur 6.5 Certificado de Origen - Formato TLC Perú - China 6.6 Certificado de Origen - Formato EUR.1 Para el acuerdo entre Perú - EFTA (Suiza, Liechtenstein e Islandia) 6.7 Certificado de Origen - Formato TLC Perú - Corea 6.8 Certificado de Origen - Formato Perú - Tailandia 6.9 Certificado de Origen - Formato Perú - México 6.10 Certificado de Origen - Formato Perú - Japón 6.11 Certificado de Origen - Formato Perú – Panamá (Nuevo). 6.12 Certificado del Sistema Global de Preferencias Comerciales (SGPC) Este certificado es utilizado para los productos exportados a países con los cuales no tenemos Preferencia Arancelaria o Acuerdo Bilateral. Entre estos se encuentran Argelia, Bangladesh, Benín, Camerún, Egipto, Filipinas, Ghana, Guinea, Guyana, India, Indonesia, Irán, Irak, Libia, Malasia, Marruecos, Mozambique, Myanmar, Nicaragua, Nigeria, Pakistán, república de Corea, Tanzania, Sri Lanka, Sudan, Trinidad y Tobago, Túnez, Vietnam y Zimbabue. Dichos formatos podrán ser adquiridos en las oficinas acreditadas por los Países otorgantes de las preferencias o por la Entidad Certificadora siempre que el exportador no entregue dicho formato a la entidad.

7. Formatos del Certificado de Origen Todo certificado de origen debe indicar siempre los datos del exportador, del destinatario, el medio de transporte y ruta que se utiliza, asimismo las observaciones oficiales, marcas y número de bultos,

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número y descripción de mercaderías criterios de origen, peso bruto o neto, número y fecha de factura, certificación y de ser el caso declaración jurada del exportador.

7.1 Modelo y contenido del Certificado de Origen S.G.P (Sistema Global de Preferencias) 1) Nombre y dirección de la empresa exportadora 2) Nombre y dirección de la empresa importadora 3) Medio de Transporte 4) Número de Orden Ascendente 5) Número de bultos, cajas, containers, etc. 6) Uso Oficial 7) País de Origen 8) Uso Oficial 9) Descripción del producto 10) Uso Oficial 11) Peso bruto 12) Número y fecha de la factura 13) País de Origen 14) País Importador 15) Fecha de presentación, firma y sello de la empresa.

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7.2 Modelo y contenido del Certificado de Origen CAN/ ALADI

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Referencia del Contenido

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1) 2) 3) 4) 5) 6)

País Otorgante Nombre del país importador Número de orden ascendente Código arancelario Descripción de la mercancía Acuerdo con el cual se recoge la preferencia 7) Nro. de factura

8) Normas de origen s/acuerdo 9) Fecha de presentación 10) Razón Social 11) Sello y firma 12) Cualquier observación 13) Uso Oficial

Otros Formatos: 7.3 Modelo Certificado de Origen Perú  – Panamá

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7.4 Modelo Certificado de Origen Perú  – Tailandia

II. Certificado Sanitario El Certificado Sanitario es un documento expedido por el organismo de control sanitario al país de origen en el que se demuestra que la mercancía analizada cumple con la normativa sanitaria local e

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internacional, además se confirma que el producto está libre de insectos nocivos y de enfermedades que asegura la inocuidad del producto a vender en beneficio de la salud del consumidor , es de aplicación generalmente para harina y aceite de pescado, productos hidrobiológicos mercancías de uso o consumo humano directo, alimentos y bebidas. Es emitido por autoridades competentes como (SENASA, DIGESA, DIGEMID), lo gestiona el exportador, con la finalidad de certificar que los productos que se están enviando cumplan con los estándares, especificaciones o norma técnica requerida por nuestro cliente en el exterior.

1. Organismos oficiales y documentos que regulan aspectos sanitarios de la exportación 1.1 SENASA: Sanidad agraria. Certificación Fito y zoosanitaria. - Certificado Sanitario Oficial de Exportación: Documento oficial donde se garantiza por escrito que un determinado lote de un alimento a exportar es apto para consumo humano y cumple con determinados requisitos sanitarios. Emitido a solicitud de parte. 1.2 DIGEMID: Medicamentos genéricos. Registros sanitarios, CLV y consumo. - Certificado de Libre Comercialización (CLV): Documento oficial que certifica que un alimento

industrializado se vende libremente en el país. 1.3 DIGESA:  Certificación Sanitaria de Exportación para productos alimenticios procesados, CLV, AS. -  Autorización Sanitaria para Exportación de Aditivos: Documento oficial donde se garantiza la

aptitud sanitaria de un determinado aditivo. Emitido a solicitud de parte. 1.4 ITP: Certificación Sanitaria de alimentos de origen hidrobiológico: Documento que establece los requisitos sanitarios que se utiliza para emitirla Certificación Oficial Sanitaria y/o de Calidad para la comercialización de los alimentos y piensos de origen pesquero y acuícola.

2. Requisitos generales para el Registro Sanitario5 -

Primero se presenta una solicitud dirigida a DIGESA con carácter de declaración jurada, que contenga Nº de RUC, firmada por el Representante Legal.

-

Seguido a ello se presenta el informe de Inspección del establecimiento y análisis físicos, químicos y microbiológicos del producto terminado, confirmando su aptitud de acuerdo a la normatividad sanitaria vigente, otorgado por un laboratorio acreditado o del laboratorio de control de calidad de la fábrica.

-

Además se debe presentar el certificado de Libre Comercialización o similar o Certificado Sanitario emitido por la Autoridad Competente del país de origen, en original o copia refrendado por el consulado respectivo, cuando el alimento o bebida sea importado.

-

Presentar el rotulado de los productos etiquetados (si se requiere).

5

http://www.serviciosalciudadano.gob.pe/bus/fraMarco.asp?tra_url=http%3A%2F%2Fwww.serviciosalciudadano.gob.p e%2Ftramites%2F143%2F4_24_0_0.htm&id_entidad=&id_tramite=28457&tipoId=1

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-

Los Alimentos y Bebidas de regímenes especiales, deberán señalar sus propiedades nutricionales, acompañando el correspondiente análisis bromatológico practicado por laboratorio acreditado por INDECOPI.

-

Presentar también la declaración Jurada de ser MYPE, cuando corresponda y por último presentar el comprobante de Pago de Derecho a dicho trámite.

3. Modelo de Registro Sanitario

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4. Modelo Solicitud para Certificado Sanitario

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III. Certificado Fitosanitario Suele suceder que cuando se exporta productos agrícolas o agropecuarios, la autoridad aduanera del país de destino, solicite al importador que presente la documentación necesaria para certificar que los productos que se está exportando se encuentren en buenas condiciones, es aquí donde  juega un rol fundamental los certificados fitosanitarios pues acreditan que los productos de origen vegetal (agropecuarios) que se envían, estén libres de plagas y que ha sido tratado contra las mismas. El exportador peruano tendrá que tramitar este documento, si es que así se lo solicita el importador en el extranjero, ante el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) del Ministerio de Agricultura. Su importancia radica en proteger los actuales mercados de destino de las exportaciones, incrementando así las exportaciones agrícolas, reduciendo las limitaciones de las exportaciones agrícolas. Por ejemplo las exportaciones de frutas y hortalizas tienen limitaciones, debido a la presencia de la plaga de moscas de la fruta en nuestro territorio; motivo por el cual es necesario los tratamientos fitosanitarios, para eliminar el riesgo de la diseminación de plagas a través de la exportación.

1. Tipos de Certificados En el proceso de certificación de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, se diferencian tres tipos de certificados; las cuales son emitidas según el producto y la categoría de riesgo al que corresponde; así como a la modalidad de exportación identificada. 1.1 Certificado Fitosanitario

Documento requerido para las exportaciones de productos de origen vegetal (agropecuarios), este certifica que las plantas y productos vegetales han sido inspeccionados acorde con procedimientos apropiados y son considerados libres de plagas cuarentenarias y prácticamente libres de otras plagas perjudiciales que pueden afectar la agricultura del país importador , teniendo en cuenta la actual regulación fitosanitaria del país importador, el cual es exigido en las aduanas del país importador y emitido por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA). 1.2 Certific ado Fitosan itario de Reexp ortac ión.

Es el documento oficial emitido por el SENASA, con la cual se acredita que los envíos de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados que han sido importados al Perú y luego son enviados hacia un tercer país, han sido inspeccionados oficialmente y cumplen con los requisitos fitosanitarios establecidos por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria del país destino. 1.3 Certificado de Expo rtación p ara Produ ctos Procesados o Indus trializados de or igen vegetal

Es un documento oficial emitido por el SENASA, a solicitud expresa del exportador, para certificar los envíos procesados y/o industrializados de origen vegetal, que por su naturaleza no representan riesgo de transportar o vehiculizar en forma directa, plagas que pueden afectar la agricultura del país importador. Estos han sido diseñados por el SENASA, para facilitar el comercio de envíos procesados y/o industrializados de origen vegetal.

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2. Requisitos6 Los requisitos para la obtención de este certificado dependen del producto y país de destino, al igual que a las exigencias que éste establece para el ingreso de productos de origen vegetal a su territorio. Entre los requisitos para la emisión se encuentra: 



 

Solicitud dirigida al Director del Puesto de Control Cuarentenario o del SENASA local (adjuntar Permiso). Fitosanitario de Importación o documento similar emitido por la autoridad nacional de protección fitosanitaria del país de origen de ser necesario. Inspección fitosanitaria / verificación del cargamento con dictamen favorable del producto. Boleta de pago efectuado en entidad bancaria designada.

IV. Certificado Zoosanitario  Así como mencionábamos la exportación de productos vegetales, igualmente para el caso de exportación de especies animales o productos derivados de animales, la aduana de destino en el extranjero puede solicitar que se acredite estos se encuentran libres de infecciones y plagas , esta acreditación se realiza mediante el Certificado Zoosanitario que se caracteriza por ser el documento necesario para la exportación de animales vivos, de productos y subproductos de origen animal, con la finalidad de garantizar las condiciones zoosanitarias. Es expedido por el SENASA y gestionado por el exportador, su contenido varía dependiendo del producto que se exportará y de los requisitos de cada país importador, al igual que de las exigencias que éste establece para el ingreso de animales vivos o productos de origen animal. Es fundamental para personas naturales o jurídicas que deseen exportar productos de origen animal (cueros de ovinos, cueros de camélidos, lana de camélidos, lana ovinos, huevos de gallina, pesuñas de caprinos, etc.), pues certifica la condición sanitaria de estos productos y subproductos de origen animal que serán exportados, sujetos a la reglamentación y regulación zoosanitaria, contando con los requisitos exigidos por el país de importación. Modelos de Certificado Zoosanitario, Fitosanitario y otros emitidos por el SENASA: • Certificado Zoosanitario Health Certificate • Certificado Zoosanitario de Re-Exportación • Certificado Zoosanitario Andino de Exportación

1. Problemas más frecuentes en cuanto a la emisión del certificado Zoosanitario - Generalmente cuando el importador no posee ningún tipo de documentación que avale la condición zoosanitaria de la mercancía, se procede a retener la mercancía y de la misma manera se le concederá un plazo para que regularice su documentación. - Cuando el Certificado Zoosanitario de Exportación no coincide con los requisitos zoosanitarios de importación se le dará al importado un plazo para que presente una declaración adicional al certificado emitida por la autoridad en sanidad animal del país exportador. 6

Según:http://pymex.pe/exportaciones-peruanas/aprenda-a-exportar/documentos-de-la-exportacion fitosanitario.

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- Se inmovilizan insumos pecuarios (Medicamentos de uso Veterinario o Alimentos para  Animales) por que proceden de un país diferente al que consta en el Certificado del producto: el exportador deberá solicitar al país de procedencia un certificado de libre venta, y presentará este documento ante la oficina central de SENASA para proceder a una ampliación del país de procedencia.

2. Procedimiento del permiso Zoosanitario7 a) Primero se procederá a presentar la solicitud en mesa de partes del SENASA adjuntando a la solicitud, el pago respectivo, realizado en cualquier agencia del Bco. De la Nación a la cuenta del Servicio Nacional de Sanidad Agraria. El permiso se obtendrá a partir del cuarto día útil desde la presentación de su solicitud, teniendo una vigencia de 90 días. b) Una vez arribada la mercancía se presentarán en el terminal aéreo, marítimo o terrestre, el Certificado Zoosanitario de Exportación original, cumpliendo con los Requisitos Zoosanitario de Importación; el Inspector del SENASA verificará que la información es conforme, luego de lo cual procederá a la inspección física de la mercancía, aprobado su internamiento y emitiendo el certificado de movilización interna. c) Si al revisar las mercancías pecuarias, el inspector las hallara en malas condiciones sanitarias, se procederá a su inmovilización y posterior reembarque, tratamiento o comiso, según corresponda. La inspección será una sola por el total del envío y estarán referidas a la cantidad de mercancías pecuarias, a su embalaje (cajas, bolsas, etc.) y a la condición física del mismo. d) Finalmente los productos procesados o terminados para consumo humano directo, no están sujetos al procedimiento usual de inspección, puesto por haber perdido las características propias de riesgo zoosanitario, no requieren de la autorización del SENASA, esto se confirmará previa verificación y comprobación por parte del inspector.

V. Certificado de Calidad El certificado de calidad es un documento en donde se declara la conformidad de un producto o un servicio, reglamentada con una determinada norma o documento de referencia, de esta manera se define calidad (conjunto de características de un producto o servicio capaces de satisfacer las necesidades de los clientes, por lo tanto este certificado establece el cumplimiento de estas características. La exportación de productos alimenticios podrá contar con un certificado de calidad cuando lo requiera el importador. Dicho documento puede ser otorgado y emitido por cualquiera de los laboratorios acreditados por el Instituto Nacional de Defensa a la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual  – INDECOPI. Los certificados de calidad siempre deben contener además del periodo de validez, la siguiente información: 7

 Según : SENASA  – Servicio Nacional de Sanidad Agraria http://www.senasa.gob.pe/servicios/importador_exportador/orientacion/

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-

El alcance del certificado: a qué tipo de productos o servicios se aplica. La norma de referencia que se ha utilizado como elemento. En este punto aparecen definidas las características del producto o del servicio que ampara el certificado. La entidad u organismo de certificación que ha emitido el certificado. Información sobre el fabricante u organización que presenta el certificado.

1. Requisitos para obtener el certificado de calidad 







Como requisito fundamental debe haber inicialmente un acuerdo entre la empresa y la certificadora sobre la referencia o norma que debe de utilizarse para el proceso de certificación del producto o del servicio, además de efectuar los ensayos, el muestreo y las evaluaciones pertinentes, y emitirá la certificación sólo cuando la empresa cumpla con todos los requisitos establecidos en la norma. Luego se procede a realizar una evaluación documental. Se examinan los documentos que contienen las prácticas de la empresa en relación con la certificación en curso. Una vez que se han subsanado las no-conformidades encontradas, el auditor recomienda la certificación que, una vez aprobada por el comité de certificación del organismo, será emitida. Pero el proceso de certificación no finaliza con la emisión del documento, ya que, de forma periódica, la empresa certificadora efectúa diferentes controles y auditorías (o evaluaciones) de seguimiento, a fin de comprobar que se siguen cumpliendo los requisitos de calidad que la norma establece, y la certificación se debe renovar en función del plazo de validez del certificado.

2. Certificaciones ISO - Normas de calidad Se aplican por lo general a los países importadores para garantizar que las mercancías, se comercialicen en buen estado y que cumplan con los estándares de calidad que establece el país de destino. Existen diversas normas de calidad (Certificaciones ISO) entre las más importantes destacan: • ISO 9000  , que certifica el proceso y procedimientos establecidos para lograr la calidad de los

productos de una empresa. Se pueden aplicar en cualquier tipo de organización o actividad orientada a la producción de bienes o servicios.

• Por lo general este tipo de norma específica la manera en que una organización opera sus

estándares de calidad, tiempos de entrega y niveles de servicio. Su principal objetivo es incrementar la satisfacción del cliente al asegurar la calidad de productos y servicios, dada la estandarización de los procedimientos y actividades.

• ISO 9001  , sistemas de gestión de calidad, esta norma describe los requisitos relacionados a

un sistema de gestión de calidad que le permita a la empresa administrar y mejorar la calidad de sus productos o servicios. Por lo tanto, esta norma es un conjunto de requisitos que las compañías deben respetar.

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• ISO 9004  : esta norma, está diseñada para uso interno, su objetivo es proporcionar directrices

para la aplicación y uso de un sistema de gestión de la calidad para mejorar el desempeño total y el rendimiento de las organizaciones. Por lo tanto se puede decir que no solo pretende alcanzar la satisfacción de los clientes, sino también del personal en general, a los propietarios, accionistas e inversionistas, proveedores y socios.

• ISO 10011 : norma que describe las instrucciones para auditar gestiones de calidad y/o

sistemas de gestión del entorno.

3. Importancia

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Con una certificación de calidad a los productos o servicios una empresa accede a una diferenciación que agregará valor a su producto final. Actualmente como respuesta a la evolución de la globalización de los mercados, existen mercados en países desarrollados dispuestos a pagar por la calidad superior certificada. Son los consumidores que demandan productos de mejor calidad en mercados que reflejan esta exigencia con estándares y normas establecidas. Sin embargo su emisión puede variar dependiendo del producto o servicio a certificar, del nivel de requerimientos técnicos a cumplir, de la calidad de los procesos productivos de la que se parte, del tamaño de la estructura de la empresa, y de otros determinantes.

4. Modelo certificado de Calidad emitido por Indecopi

VI.

Certificado CITES

El certificado Cites es un documento necesario para la exportación de animales, plantas y maderas, el cual tiene como objetivo preservar las especies en vías de extinción. Este permiso lo gestiona el exportador y es emitido por el Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA), única autoridad CITE en todo el territorio nacional. La finalidad de este documento es la de proteger las especies de flora y fauna silvestres amenazadas y/o en vías de extinción por efecto del comercio internacional. De esta manera esta certificación busca establecer controles y seguimientos para asegurar la supervivencia y el manejo sostenible de estas especies. Se exige este Certificado para la importación de animales y plantas silvestres y de los productos que de ellos se obtienen.

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Modelos de Permiso para la Exportación CITES Emitido por el INRENA  

Permiso para Fauna y Flora Silvestre. Carta para Permiso de Exportación CITES Fines Comerciales.

1. Convención CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres) La razón de ser de esta Convención es establecer un sistema general de control y protección al comercio internacional de las especies de flora y fauna, así como sus especímenes derivados, dicho control se efectúa precisamente a través de la emisión de estos certificados Cites, cuya expedición tiene por finalidad impedir la evasión de las normas y que se realice comercio con países que no forman parte de esta convención.  A continuación se muestra permisos y/o certificados manejados por la Convención CITES para autorizar la comercialización de las especies de flora y fauna silvestres 









Permiso de exportación: autoriza la salida legal de la especie que se solicita exportar. Este permiso es otorgado por el país de origen de la especie. Permiso de importación: autoriza la introducción de la especie en un determinado país. Este permiso es otorgado por el país de destino de la especie. Certificado de reexportación: se emite cuando la especie que se desea exportar ya ha sido exportada por lo menos una vez. Este permiso es otorgado por el país de salida de la especie. Certificado de origen: es un documento utilizado para acreditar la procedencia y nacionalidad de las especies. Certificado para la introducción de especies procedentes del mar: se emite para el ingreso de especies hidrobiológicas en los cuerpos de aguas marítimos y/o continentales.

¿Qué papel juegan las autoridades administrativas y científicas en la Convención Cites para la emisión del certificado? Las autoridades administrativas se encargan del otorgamientos de estos permisos y certificaciones CITES y el responsable del cumplimiento dispuesto, por lo contrario las autoridades científicas se encargan de informar a la autoridad administrativa si la exportación o importación, según sea el caso, de una especie de flora o fauna silvestre será perjudicial para la supervivencia de la especie en su hábitat natural.

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DOCUMENTOS Y CERTIFICADOS EN LAS OPERACIONES DE EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN

VII. Certificado Textil El certificado textil es un documento requerido para exportar confecciones a algunos países. También conocido como visa textil el cual es emitido por el Comité Textil de la Sociedad Nacional de Industrias. Para la Visación Textil el exportador deberá acercarse a la Sociedad Nacional de Industrias con lo siguiente: 

Original y copia simple de la Factura Comercial, especificando la categoría de la prenda. En caso no se conozca, la Sociedad Nacional de Industrias le puede proporcionar el servicio de

 ACTUALIDAD EMPRESARIAL

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