2010.11.17 Manual de Procedimientos INIFEG

May 14, 2018 | Author: Isaac Pantoja Padron | Category: Budget, Capital Punishment, Planning, European Commission, Blog
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Comisión Mixta CMIC-INIFEG 1 Manual de Procedimientos

Contenido INTRODUCCIÓN .............................................................................................................................................. 4 1.1 2

3

4

5

6

Objetivos y Alcance ................................................................................................................................ 5

PADRON DE CONTRATISTAS .......................................................................................................................... 6 2.1

Inscripción 2010 ..................................................................................................................................... 6

2.2

Refrendo 2010 ....................................................................................................................................... 7

CONTRATACION ............................................................................................................................................. 8 3.1

Formas de Realizar Obra Pública: .......................................................................................................... 8

3.2

Términos de la Licitación ....................................................................................................................... 8

3.3

Procedimiento de la Licitación Pública .................................................................................................. 9

3.4

Procedimiento de la Licitación Simplificada ........................................................................................ 10

3.5

Proceso Técnico para la Contratación por Adjudicación Directa: ........................................................ 11

3.6

Tabla de montos .................................................................................................................................. 12

3.7

Procedimientos para la Contratación de la Obra Pública .................................................................... 13

3.8

Garantías .............................................................................................................................................. 15

ESTIMACIONES. ............................................................................................................................................ 17 4.1

Revisión y Trámite de pago de Estimaciones de Obra. ........................................................................ 17

4.2

Proceso Técnico de Tramitación de Estimaciones en el Interior del INIFEG: ....................................... 18

4.3

Proceso Técnico de Estimaciones. ....................................................................................................... 19

EJECUCIÓN. ................................................................................................................................................... 19 5.1

Bitácora. ............................................................................................................................................... 19

5.2

Convenios............................................................................................................................................. 22

5.3

Sanciones. ............................................................................................................................................ 24

FINIQUITO .................................................................................................................................................... 26 6.1

Proceso Técnico de Finiquito INIFEG ................................................................................................... 27

.......................................................................................................................................................................... 27 6.2 7

Aspectos Jurídicos en la Entrega de la Obra ........................................................................................ 28

INFORMACIÓN ADICIONAL .......................................................................................................................... 32 7.1

Organigrama ........................................................................................................................................ 32

Primera Edición

1

7.2

Directorio ............................................................................................................................................. 32

7.3

Formatos de Obra ................................................................................................................................ 32

7.4

Letrero de Obra Normativo 2010......................................................................................................... 32

7.5

Oficios de Solicitudes y Norificaciones ................................................................................................. 32

Primera Edición

Comisión Mixta CMIC-INIFEG 2 Manual de Procedimientos

Comisión Mixta CMIC-INIFEG 3 Manual de Procedimientos

COMISIÓN MIXTA CMIC-INIFEG Por el Instituto de Infraestructura Física Educativa del Estado de Guanajuato. Ing. Juan Carlos Delgado Zarate Ing. David Alonso Estrada González Arq. Fernando Felipe Pérez Millán Lic. Mauricio Pérez Gutiérrez Arq. Iván Rivelino Moreno Galván CP. Juan Manuel Valdés Fonseca

Director General Secretario Particular Coordinador Técnico Coordinador Jurídico Coordinador de Planeación Coordinador Administrativo

Por la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción Presidente Tesorero Vicepresidente de Obra Pública Coordinador de la Comisión Mixta Comisionado Representante por la Región León Comisionado Representante por la Región León Comisionado Representante pon la Región Irapuato Representante por la Región Celaya Comisionado Representante por la Región Guanajuato

Primera Edición

Ing. Pablo Rodríguez Vázquez Arq. Alfonso Ortega Ortiz de Montellano Ing. Eduardo Lozano Maldonado Arq. José Luis Gutiérrez Martín Ing. Juan de Dios Ramírez Arredondo Ing. Manuel Vázquez Muñoz LAF. Alejandro Sierra Villafaña Arq. María Elena López de la Fuente Dufau Arq. Luis Rodríguez Taboada

Comisión Mixta CMIC-INIFEG 4 Manual de Procedimientos

1

INTRODUCCIÓN

La infraestructura Física Educativa del Estado de Guanajuato, deberá cumplir los requisitos de calidad, seguridad, funcionalidad, oportunidad, equidad, sustentabilidad y pertinencia de acuerdo con la política educativa determinada por la Secretaría de Educación Pública del Estado de Guanajuato. Por lo que en consecuencia con este gran reto, el Instituto de Infraestructura Física Educativa de Guanajuato (INIFEG), conjuntamente con la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción Delegación Guanajuato (CMIC), a través de la Comisión Mixta CMIC-INIFEG, se dio a la tarea de elaborar el presente “MANUAL DE PROCEDIMIENTOS INIFEG”, con la finalidad de que las Empresas, Funcionarios y Público en General que colaboran con el INIFEG, conozcan los procedimientos que lleva a cabo el INSTITUTO, además de transparentar el trabajo del mismo de una manera eficiente, eficaz y con calidad en apego al beneficio de toda la niñez del Guanajuato. En el presente MANUAL, encontrará tanto el funcionario, el contratista y la ciudadanía la descripción detallada de cada uno de los trámites y servicios que realiza el INSITUTO a su interior en materia de Planeación, Contratación y Ejecución de la Infraestructura Física Educativa, con lo cual se generará una transparencia y ahorro de tiempo en los trámites del INSTITUTO.

Primera Edición

Aunado a todo lo anterior se muestran gráficamente cada uno de los trámites a través de formatos y diagramas de flujo que para tal fin fueron elaborados, así el funcionario y los Contratistas tendrán una guía y a la vez un amplio panorama del funcionamiento interno del INSTITUTO, creando un vínculo de apoyo mutuo entre ellos.

Comisión Mixta CMIC-INIFEG 5 Manual de Procedimientos

1.1 Objetivos y Alcance Objetivo General. Este Manual tiene el objetivo de establecer una guía que permita a los Funcionarios y Contratistas del INIFEG, en coordinación con las diferentes áreas participantes responsables del mismo, seguir un procedimiento ordenado y sistemático para la Planeación, Contratación y Ejecución de la Infraestructura Física Educativa de Guanajuato, considerando las características, la mecánica y el marco jurídico inherentes a la celebración de este tipo de actos.

Objetivos Específicos. 

Definir los criterios de transparencia, eficiencia y eficacia que garanticen las mejores condiciones de calidad, oportunidad y servicios en la Planeación, Contratación y Ejecución de la Infraestructura Física Educativa en Guanajuato.

Establecer los mecanismos de coordinación, planeación, programación, presupuestación, control y supervisión en los procedimientos de adjudicatorios, de contratación y presentación de la 

Sujeción de las diferentes áreas administrativas responsables de la ejecución de la obra a un marco jurídico en materia de obra pública y presupuestaria, que permitan al INSTITUTO DE INFRAESTRUCTURA FISICA EDUCATIVA DE GUANAJUATO, el cumplimiento de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con las misma y de su Reglamento.

Alcance El presente “Manual de Procedimientos”, pretende que el usuario del mismo, ejecutores del gasto, servicios de apoyo, organismos de control y la ciudadanía en general, cuenten con un instrumento ágil y sencillo que ilustre de manera clara el proceder del Instituto de Infraestructura Física Educativa de Guanajuato.

La responsabilidad de la aplicación de los Procedimientos de este Manual, es de los Funcionarios encargados de los Procesos del Instituto, con base a lo anterior, todos los servidores públicos encargados de la actividad contractual, deberán consultar y seguir paso a paso la descripción de los procedimientos de este Manual.

Primera Edición

Es importante que el usuario de este Manual esté seguro de que, al momento de servirse de esta herramienta jurídica y pedagógica, tenga ante sí la versión actualizada de la misma; para ello, se ha establecido un compromiso de actualización constante. El Estado de Guanajuato que ésta sea una herramienta viva y que permita el permanente diálogo y discusión entre el Instituto y todos los usuarios del manual; es por esto que todas las dudas, sugerencias y comentarios y todo tipo de inquietudes serán amablemente recibidas y oportunamente resueltas si son allegadas al Instituto o a la CMIC, a través de la Comisión Mixta.

Comisión Mixta CMIC-INIFEG 6 Manual de Procedimientos

2

PADRON DE CONTRATISTAS

Objetivo Establecer la metodología Y las actividades para el registro de todos los organismos, empresas y personas que ejecuten las obras, servicios, instalaciones, equipamiento y demás acciones que comprenden la infraestructura física educativa.

Campo de Acción Todos los aspectos para la realización de los espacios educativos, desde el diagnostico, planeación, proyecto, supervisión, construcción, nuevas tecnologías, gerenciamiento.

Responsabilidades Director de Área.- Es responsable de la aprobación y verificación de la aplicación de este procedimiento, así como del cumplimiento de las actividades que le marque este procedimiento. Coordinador de Área.- Es el responsable de realizar las actividades que le corresponden de acuerdo a lo establecido en este procedimiento. Para la realización de cualquier procedimiento primero consultar al Director de Área.

Desarrollo del Procedimiento

2.1 Inscripción 2010 Llenar la solicitud de registro a través de la página de internet www.inifeg.guanajuato.gob.mx se llena con los datos, se reenvía por el mismo medio, se imprime la solicitud de inscripción y se entrega con los siguientes anexos en las oficinas del INIFEG.

1 2 3 4 5 6 7 8 9

Credencial de Elector (IFE) presentar. Registro Federal de Contribuyentes. Currículum con fotografía reciente. Registro al Padrón estatal de contratistas vigente Registro CMIC (Opcional) No.- Cuenta Bancaria Clabe interbancaria Banco Estados Financieros del Último Ejercicio Fiscal

Original y copia Copia Original Copia Copia

Primera Edición

PARA PERSONAS FISICAS:

Comisión Mixta CMIC-INIFEG 7 Manual de Procedimientos

PARA PERSONAS MORALES: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

Acta Constitutiva y sus modificaciones Representante Legal ( identificación IFE) Registro Federal de Contribuyentes. Currículum de la Empresa. Registro al Padrón estatal de contratistas Vigente Registro CMIC (Opcional) No.- Cuenta Bancaria Clabe interbancaria Banco Estado Financieros del Último Ejercicio Fiscal

Copia Copia Copia Original Copia Copia

Nota: Ingresados los documentos serán analizados y revisados para su devolución o registro en un máximo de 5 días, durante este proceso se podrá dar seguimiento a través del INIFEG (ver anexo). Una vez revisados los documentos y aprobada la solicitud se entrega cedula de registro sellada y firmada.

2.2 Refrendo 2010 Llenar la solicitud de registro a través de la página de internet www.inifeg.guanajuato.gob.mx se llena con los datos, se reenvía por el mismo medio, se imprime la solicitud de inscripción y se entrega con los siguientes anexos en las oficinas del INIFEG.

1 2 3

Solicitud de Registro. Registro al Padrón estatal de contratistas Vigente Registro CMIC (Opcional)

Original firmada Copia Copia

PARA PERSONAS MORALES: 1 Solicitud de Registro 2 Registro al Padrón estatal de contratistas Vigente 3 Registro CMIC (Opcional)

Original firmada Copia Copia

Nota: Ingresados los documentos serán analizados y revisados para su devolución o registro en un máximo de 5 días, durante este proceso se podrá dar seguimiento a través del INIFEG . (Ver directorio anexo). Una vez revisados los documentos y aprobada la solicitud se entrega cedula de refrendo sellada y firmada.

Primera Edición

PARA PERSONAS FISICAS:

Comisión Mixta CMIC-INIFEG 8 Manual de Procedimientos

3

CONTRATACION

3.1 Formas de Realizar Obra Pública:

LICITACIÓN PÚBLICA

LICITACIÓN SIMPLIFICADA

1. CONTRATO

ADJUDICACIÓN DIRECTA

HASTA EL LÍMITE QUE MARQUE EL ORIGEN DE LOS RECURSOS

POR LA APLICACIÓN DE SISTEMAS Y PROCEDIMIENTOS DE TECNOLOGÍA AVANZADA, TITULARIDAD DE PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, ESPECIALIDAD DE LOS TRABAJOS U OTROS DERECHOS EXCLUSIVOS.

3.2 Términos de la Licitación

1. 2. 3. 4. 5. 6.

Tres días hábiles para la inscripción, a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la convocatoria. La visita al sitio de la obra se realizará un día hábil después de la inscripción. La junta de aclaraciones, se realizará en un término que no exceda de un día hábil posterior a la visita al sitio, pudiendo celebrarse la junta el mismo día de la visita. Se cuenta con cinco días hábiles para la preparación, presentación, recepción y apertura de propuestas contados a partir de la celebración de la junta de aclaraciones La convocante previa justificación podrá modificar los plazos a que se refiere lo anterior mencionado. Previo al acto de presentación y apertura de propuestas, se efectuará el registro de participantes puntualmente en la hora y día citado (Art. 53 de la Ley Estatal de Obra Pública).

Primera Edición

El procedimiento de las licitaciones se lleva a cabo conforme a los siguientes términos (Art. 51 de la Ley Estatal de Obra Pública):

Comisión Mixta CMIC-INIFEG 9 Manual de Procedimientos

3.3 Procedimiento de la Licitación Pública 1.

2. 3.

4. 5.

Acto de presentación y apertura de propuestas en sobre cerrado y deben contener por separado las propuestas técnicas y económicas, incluyendo en la ultima la garantía de seriedad. El tiempo necesario para el proceso anterior es: 1 día hábil. Posterior a la apertura se llevará a cabo la Evaluación de las propuestas. El tiempo necesario para el proceso anterior es: 15 días hábiles, se puede diferir hasta 10 días hábiles. La convocante dará preferencia a la propuesta económica más baja. En caso de que dos o más propuestas cumplan con las condiciones legales, técnicas y económicas de acuerdo a los criterios establecidos por la convocante y además las propuestas económicas no presenten diferencias significativas, se dará preferencia a los contratistas del estado, siempre y cuando la diferencia no sea superior al cinco por ciento. En caso de que las propuestas sean de participantes del estado, se elegirá a la que presente mejores condiciones. Se realizará el dictamen en el que se hará constar las causas por las cuales no fue aceptada su propuesta. En junta pública se dará a conocer el fallo iniciando con la lectura del resultado del dictamen y el licitador ganador.

Términos para firma de contrato: 1. 2. 3.

5 días hábiles para firma de contrato siguientes a la notificación de fallo. 10 días hábiles siguientes a la firma del contrato para que exhiba las fianzas de anticipo y cumplimiento. (Art. 75 de la Ley de Obra Pública). Si transcurrido el plazo, no firma el contrato por causas imputables al contratista se contratará al licitador que haya presentado la siguiente propuesta solvente, previa notificación al ganador.

Del fallo al contrato son 10 días hábiles

¿CUÁNDO SE DECLARA DESIERTO?



En la licitación no se presentare propuesta alguna; y



Ninguna propuesta presentada cumpla con los requisitos señalados en las bases de la licitación y lo establecido en la ley.



En caso de licitación simplificada si no se tienen un mínimo de tres propuestas aceptadas tanto técnicas como económicas.

Primera Edición

Durante el acto de presentación y apertura de propuestas:

Comisión Mixta CMIC-INIFEG 10 Manual de Procedimientos

Durante la revisión, análisis y evaluación de propuestas: 

Se detecte o determine que todas las propuestas admitidas no se ajustaron a las condiciones técnicas contenidas en las bases de licitación.



Se determine que todas las propuestas no presentan la realidad de los costos de insumos prevalecientes en el mercado, o los precios y condiciones económicas no fueren aceptables.

¿CUÁNDO ES CANCELADO? Supuestos para cancelar: A. No se hubiere inscrito participante alguno; B. Habiéndose inscrito, surja una causa imputable a la convocante que impida continuar con el procedimiento; C. Por caso fortuito o fuerza mayor; y D. Existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de contratar los trabajos y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la propia convocante. Pago de gastos no recuperables en los casos de los incisos B. y D.:  





Costo de las bases de licitación; Costos de pasaje y de hospedaje del personal que haya asistido a la visita al sitio de ejecución de los trabajos, a la junta de aclaraciones, a las etapas del acto de presentación y apertura de las proposiciones, al fallo de licitación y a la firma del contrato, en caso de que el licitador no resida en el lugar en el que se realice el procedimiento; Costo de la preparación de la proposición que exclusivamente corresponderá al pago de honorarios del personal técnico, profesional y administrativo que participó en forma directa en la preparación de la propuesta; los materiales de oficina utilizados y el pago por la utilización del equipo de oficina y fotocopiado; y En su caso, el costo de la emisión de garantías.

3.4 Procedimiento de la Licitación Simplificada Es por invitación Entrega de por lo menos tres propuestas aceptadas técnica y económicamente

Primera Edición

1. 2.

Comisión Mixta CMIC-INIFEG 11 Manual de Procedimientos

3.5 Proceso Técnico para la Contratación por Adjudicación Directa: NO. 1

NO. 3

NO. 2 JUNTA DE ASIGNACIÓN

VISITA DE CAMPO

+PAQUETE ELECTRÓNICO

+FICHA DE VERIFICACIÓN FINAL

+SUPERVISOR PROYECTOS

+OBRA COMPLEMENTARIA

+HOJA DE ASIGNACIÓN DE OBRA

+SUPERVISOR DE PROYECTOS

1 DÍA

3 DÍAS

TRABAJO DEL CONTRATISTA PARA OBRA COMPLEMENTARIA +VOLUMENES +PRECIOS 1 DÍA

NO. 4

NO. 5

NO. 3-B

SE GENERAN VOLUMENES Y CATÁLOGO

ENTREGA DE INFORMACIÓN A PROYECTOS (COORD. DE PROYECTOS) +FICHA DE OBRA COMPLEMEN.

VALIDACIÓN DE SUPERVISIÓN

VOLUMENES (REMISIÓN A P.U.)

1 DÍA

1 DÍA

1 DÍA

NO. 8

NO. 7

NO. 6 SE GENERA PRESUPUESTO

FIRMA DE RED DE ACTIVIDADES O PRESUPUESTO, Y CALENDARIO.

1 DIA

NO. 10-B

+CON PRECIOS UNITARIOS

INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO

1 DÍA

1 DIA

NO. 10

NO. 9 ENTREGA DE FIANZAS Y FACTURA

TRAMITE DE PAGO DE ANTICIPO

+7 JUEGOS

CONTRATACIÓN

+FICHA DE PAGO ELECTRÓNICO ENTREGA DE CONTRATO A CONTRATISTA PARA FIRMA

+ ENVIO POR CORREO PARA TRAMITE DE FIANZAS

3 DÍA

1 DIA

NO. 11 INICIO DE OBRA

PROCESO DEL CONTRATISTA PROCESOS INTERNOS

Primera Edición

INTERVIENE INIFEG Y CONTRATISTA

Comisión Mixta CMIC-INIFEG 12 Manual de Procedimientos

3.6 Tabla de montos Procede la contratación por adjudicación directa, cuando el monto de la obra o etapa programada no exceda del monto autorizado por el Congreso del Estado (Art. 72 de la Ley Estatal de Obra Pública).

FUENTES DE RECURSO

LIMITE INFERIOR

LIMITE MAXIMO

FEDERAL Obra Servicios ESTATAL Obra y Servicios MUNICIPAL Grupo a Grupo b Grupo c

FEDERAL 1.00 1.00 ESTATAL 1.00 MUNICIPAL 1.00 1.00 1.00

FEDERAL 750,000.00 300,000.00 ESTATAL 1,861,162.63 MUNICIPAL 1,308,736.00 785,242.00 523,494.00

FUENTES DE RECURSO

LIMITE INFERIOR

LIMITE MAXIMO

FEDERAL Obra Servicios ESTATAL Obra y Servicios MUNICIPAL Grupo a Grupo b Grupo c

FEDERAL 750,000.00 300,000.00 ESTATAL 1,861,162.63 MUNICIPAL 1,308,736.00 785,242.00 523,494.00

FEDERAL 6,330,000.00 2,270,000.00 ESTATAL 18,611,626.38 MUNICIPAL 1,963,014.00 1,117,862.00 654,380.00

LIMITE INFERIOR FEDERAL 6,330,000.00 2,270,000.00 ESTATAL 18,611,626.38 MUNICIPAL 1,963,014.00 1,117,862.00 654,380.00

LIMITE MAXIMO FEDERAL En adelante En adelante ESTATAL En adelante MUNICIPAL En adelante En adelante En adelante

Primera Edición

FUENTES DE RECURSO FEDERAL Obra Servicios ESTATAL Obra y Servicios MUNICIPAL Grupo a Grupo b Grupo c

Comisión Mixta CMIC-INIFEG 13 Manual de Procedimientos

3.7 Procedimientos para la Contratación de la Obra Pública Ley Estatal de Obra Pública (Fundamentos Jurídicos). ARTÍCULO 38. Los entes públicos podrán realizar la obra pública y servicios relacionados con la misma, en alguna de las dos formas siguientes por: I. II.

Contrato, o Administración directa.

ARTÍCULO 39. Los contratos de obra pública y los de servicios relacionados con la misma, se adjudicarán a través de licitaciones públicas, mediante convocatoria pública, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, de acuerdo con lo que establece la presente ley. En el caso de las proposiciones presentadas por medios electrónicos el sobre será generado mediante el uso de tecnologías que resguarden la confidencialidad de la información de tal forma que sea inviolable, conforme a las disposiciones técnicas que al efecto establezca el órgano de control. Los entes públicos podrán contratar obra pública y servicios relacionados con la misma, mediante los procedimientos de contratación que a continuación se señalan: I. II. III.

Licitación pública; Licitación simplificada, y Adjudicación directa.

I. II.

III. IV.

Que las obras se encuentren incluidas en el programa de inversión autorizado y se cuente con saldo disponible dentro del presupuesto aprobado y en la partida correspondiente; En los supuestos contemplados en las fracciones I y II del artículo 73 de la presente ley, bajo la responsabilidad de los entes públicos se podrá contratar sin saldo disponible en su presupuesto, o bien, cuando los recursos financieros se encuentren en trámite; en ambos casos se deberá contar con la aprobación de la Secretaría de Finanzas y Administración o de la tesorería municipal, del titular de la entidad paraestatal o paramunicipal, según corresponda. (Fracción reformada. P.O. 16 de septiembre de 2005) Que se cuente con los estudios y proyectos, normas y especificaciones de diseño y construcción vigentes, así como las contempladas en el reglamento respectivo, en el presupuesto y el programa de ejecución de obra y en su caso, el programa de suministro, o bien con un avance en su desarrollo que

Primera Edición

ARTÍCULO 40. Los entes públicos podrán convocar, adjudicar y contratar obra pública y servicios relacionados con la misma, solamente cuando cuenten con la autorización de los recursos financieros, conforme a los cuales deberán elaborarse los programas de inversión, por lo que se requiere:

Comisión Mixta CMIC-INIFEG 14 Manual de Procedimientos

V.

permita a los licitadores preparar una propuesta solvente y ejecutar ininterrumpidamente los trabajos hasta su conclusión; Que cuando se trate de una etapa de ejecución de obras que rebasen más de un ejercicio presupuestal, la etapa a contratar cumpla con los requisitos señalados en las fracciones I y III de este artículo, y Que los entes públicos cuenten con los recursos humanos que garanticen el control y seguimiento adecuado de las mismas, en caso de no tenerlos deberán contratar los servicios para garantizar la correcta ejecución y seguimiento de los trabajos.

ARTÍCULO 41. En los procedimientos de contratación deberán establecerse los mismos requisitos y condiciones para todos los participantes, especialmente por lo que se refiere al tiempo y lugar de entrega, plazos de ejecución, forma y tiempo de pago, penas convencionales, anticipos y garantías, debiendo los entes públicos proporcionar acceso a la información relacionada con dichos procedimientos, a fin de evitar favorecer a algún participante. La secretaría o la dirección municipal pondrán a disposición pública, a través de los medios de difusión electrónica que establezcan, la información que obre en su base de datos correspondiente a las convocatorias y bases de las licitaciones y en su caso, sus modificaciones. ARTÍCULO 42. Los contratos de obra pública y servicios relacionados con la misma serán: I. II. III.

IV.

Sobre la base de precios unitarios, en cuyo caso el importe de la remuneración o pago que deba cubrirse al contratista, se hará por unidad de concepto de trabajo terminado; Sobre la base de precio alzado, en cuyo caso, el importe de la remuneración o pago total fijo que deba cubrirse al contratista será por los trabajos totalmente terminados y ejecutados en el plazo establecido. Este contrato por su naturaleza, no estará sujeto a ajustes de costos y sólo podrán ser modificados en el monto o en el plazo, cuando ocurran circunstancias derivadas de caso fortuito, fuerza mayor, cambio de paridad en la moneda y variación en los precios nacionales e internacionales, que justifiquen su modificación, y Mixtos, cuando contengan una parte de los trabajos sobre la base de precios unitarios y otra, a precio alzado.

I. II. III.

Peligre o se altere el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del estado; Resulte necesario como consecuencia de desastres producidos por fenómenos naturales, casos fortuitos o de fuerza mayor; Se trate de trabajos que requieran, fundamentalmente, de mano de obra campesina o urbana marginada y se contrate directamente con los habitantes beneficiados de la localidad o del lugar donde

Primera Edición

ARTÍCULO 73. Procede la contratación por adjudicación directa, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 40 y 72 de esta ley, cuando:

Comisión Mixta CMIC-INIFEG 15 Manual de Procedimientos

IV.

V. VI. VII.

se deba ejecutar la obra o con las personas morales o agrupaciones legalmente establecidas o constituidas por los propios habitantes beneficiarios; El contrato sólo pueda celebrarse con una determinada persona o se trate de la aplicación de sistemas y procedimientos de tecnología avanzada, titularidad de patentes, derechos de autor, especialidad de los trabajos u otros derechos exclusivos; Se trate de obra que, de realizarse bajo un procedimiento de licitación pública, pudiera afectar la seguridad del estado o del municipio o comprometer información de índole confidencial; y Se hayan realizado dos procedimientos por licitación pública o simplificada y no se hubiesen recibido propuestas viables o no se hubiese presentado postor alguno. En los supuestos anteriormente señalados, deberán acreditarse los criterios y la justificación para el ejercicio de la opción, lo que deberá constar en un dictamen que será firmado por el titular del área responsable.

3.8 Garantías Las garantías que deban constituirse de conformidad con lo dispuesto en la ley de obra pública y servicios relacionados con la misma, para el Estado De Guanajuato, podrán otorgarse bajo las siguientes modalidades; 1. Fianza 2. Carta de crédito 3. Garantía fiduciaria 4. Certificado de depósito 5. Cheque cruzado, únicamente para el supuesto previsto en el artículo 75 frac. I de esta Ley. 6. Contrato de Hipoteca 7. Contrato de Prenda De las cuales, las tres primeras deberán ser otorgadas por instituciones debidamente acreditadas y autorizadas para tal efecto, de reconocida capacidad, seriedad, responsabilidad y solvencia económica y moral. Las garantías se constituirán a favor de la Secretaría de Finanzas y Administración tratándose de contratos que celebre el Poder Ejecutivo y sus dependencias, así como los poderes Legislativo y Judicial.

ARTÍCULO 73 Bis. Las garantías que deban constituirse de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley, podrán otorgarse bajo las siguientes modalidades (Artículo adicionado, P.O. 7 de septiembre de 2007): Fianza; Carta de crédito; Garantía fiduciaria; Certificado de depósito; Cheque cruzado, únicamente para el supuesto previsto en el artículo 75 fracción I de esta Ley;

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LEY ESTATAL (Fundamentos Jurídicos)

Comisión Mixta CMIC-INIFEG 16 Manual de Procedimientos

Contrato de hipoteca; y Contrato de prenda. Las garantías referidas en las fracciones I a III deberán ser otorgadas por instituciones debidamente acreditadas y autorizadas para tal efecto, de reconocida capacidad, seriedad, responsabilidad y solvencia económica y moral. El certificado de depósito a que hace referencia la fracción IV deberá tramitarse ante la Secretaría de Finanzas y Administración o la Tesorería Municipal, o demás instituciones acreditadas y autorizadas para tal efecto. Los contratos aludidos en las fracciones VI y VII deberán otorgarse en los términos de la legislación aplicable. Los requisitos que deban cumplir las garantías que se contienen en el presente artículo, se establecerán en el reglamento de esta Ley. ARTÍCULO 74. Las garantías a que se refiere esta Ley se constituirán a favor de la Secretaría de Finanzas y Administración tratándose de contratos que celebre el Poder Ejecutivo y sus dependencias, así como los poderes Legislativo y Judicial (Artículo reformado, P.O. 7 de septiembre de 2007). En los contratos que celebre la administración pública municipal, las garantías correspondientes se constituirán a favor de las Tesorerías Municipales. Los Organismos Autónomos y las entidades paraestatales y paramunicipales serán beneficiarios de las garantías relativas a los contratos que al efecto suscriban.

Primera Edición

Cuando las autoridades facultadas para aplicar esta Ley, celebren entre sí convenios de colaboración para la ejecución de obras públicas, se precisará en dichos instrumentos la autoridad a favor de la cual deberán constituirse las garantías correspondientes.

Comisión Mixta CMIC-INIFEG 17 Manual de Procedimientos

4

ESTIMACIONES.

4.1 Revisión y Trámite de pago de Estimaciones de Obra. Objetivo Hacer del conocimiento del usuario de este manual los lineamientos, procesos y bases jurídicas del trámite de pago de estimaciones de edificación, rehabilitación y proyectos especiales de la Infraestructura Física Educativa.

Campo de Aplicación Todas y cada una de las estimaciones de edificación, Rehabilitación y Proyectos Especiales.

Responsables La coordinación Técnica del Instituto de Infraestructura Física Educativa, será la responsable de su aplicación y seguimiento, en el tiempo establecido en sus procesos.

Desarrollo del Proceso

1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12.

Carátula de Estimación (ver formato). Hoja de Estimación (ver formato). Hoja de Resumen de Generadores (ver formato). Generadores de Apoyo (ver formato). Anexo Fotográfico (ver formato). Reporte de Resistencia de Concreto (sí se requiere). Solicitud de Volumen Adicional. (sí se requiere) Copia de los Conceptos Fuera de Catálogo. (sí se requiere). Factura. Convenio que Difiere el Plazo de Ejecución, (sí se requiere). Convenio modificatorio en tiempo (sí se requiere). Convenio de Ampliación del Importe Contratado (sí se requiere).

Primera Edición

El ingreso de la estimación en original por parte del contratista a la coordinación de técnica, deberá contener los siguientes formatos:

Comisión Mixta CMIC-INIFEG 18 Manual de Procedimientos

4.2 Proceso Técnico de Tramitación de Estimaciones en el Interior del INIFEG: INICIO

No. 1

No. 2

CONTRATISTA INGRESA ESTIMACIÓN (CUALQUIER DÍA DE LA SEMANA A LA C.S.B.) "SIN FACTURA"

SUPERVISOR AVALA Y FIRMA NÚMEROS GENERADORES Y ANEXOS (FOTOGRAFIAS, CROQUIS)

1 DÍA

1 DÍA

No. 3

No. 2-A

CONTROL DE ESTIMACIONES RECIBE PARA VALIDACIÓN DE CARATULA, HOJAS DE ESTIMACIÓN

SI

NO CONTRATISTA CORRIGE ESTIMACIÓN

PROCEDE

X DÍAS

1 DÍA

NO PROCEDE

SI No. 5

No. 6

C.S.B. LLAMA A CONTRATISTA PARA QUE INGRESE FACTURA SE EXPIDE CONTRARECIBO (CONTRATISTA SACA 2 JUEGOS DE COPIAS DE CARATULA Y FACTURA)

COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA RELACIONA ESTIMACIONES Y ELABORA RECIBO DE PAGO

DIRECCIÓN GENERAL FIRMA RECIBO DE PAGO

1 DÍA

1 DÍA

No. 8 ACTIVIDAD DEL CONTRATISTA CONTACTO CON CONTRATISTA PROCESO INTERNO

TOTAL 7 DÍAS LABORABLES

ENTIDAD PAGADORA REALIZA DEPOSITO X DÍAS

1 DÍA

No. 7 COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA ENVIA A ENTIDAD PAGADORA 1 DÍA

Primera Edición

No. 4

Comisión Mixta CMIC-INIFEG 19 Manual de Procedimientos

4.3 Proceso Técnico de Estimaciones. 1. 2.

3. 4. 5. 6. 7. 8.

Contratista ingresa estimación (cualquier día de la semana a la c.s.b.), sin “factura”. Supervisor avala y firma números generadores y anexos (fotografías, croquis), de proceder, pasa a control de estimaciones (3) y si no procede se regresa a contratista para su corrección y enseguida a (2) Control de estimaciones recibe para validación de caratula, hojas de estimación, si procede (4), si no procede contratista corrige (2-A). C.S.B. llama a contratista para que ingrese factura, se expide contra recibo (contratista fotocopia 2 juegos de estimación completa y dos juegos de carátula y factura). Coordinación Administrativa relaciona estimaciones y elabora recibo de pago. Dirección General firma recibo de pago. Coordinación Administrativa envía a Entidad Pagadora. Entidad Pagadora realiza Depósito.

El total de días empleados por el INIFEG en el trámite es de 7 (siete) días Hábiles, independientemente del tiempo que la Entidad Pagadora emplee en realizar el depósito al Contratista.

5

EJECUCIÓN.

5.1 Bitácora. Manejo de la bitácora. BITACORA (Art. 2 de la Ley de Obra Pública)

(Art. 1, fracción I, Reg. Federal). Bitácora: El instrumento técnico que, por medios remotos de comunicación electrónica u otros autorizados en los términos de este reglamento, constituye el medio de comunicación entre las partes que formalizan los contratos, donde se registran los asuntos y eventos importantes que se presentan durante la ejecución de los trabajos. Nota: para el manejo de la bitácora de la obra con recurso federal aplican los artículos 93 a 97 –de la Ley de obras públicas y servicios relacionados con la misma-.

Primera Edición

La bitácora es el instrumento técnico de control de los trabajos que sirve como medio de comunicación convencional entre las partes contratantes, vigente durante el desarrollo de los trabajos y en el que se deberán referir los asuntos importantes que se desarrollan durante la ejecución de la obra o servicios relacionados con la misma.

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 

Bitácora de Servicio. Es la que se maneja entre la supervisión interna y externa. Bitácora de obra.

Para la supervisión Externa. Es la que se maneja entre la supervisión externa y contratista. Para la supervisión Interna. Es la que se maneja entre la supervisión interna y el contratista. El supervisor, es el responsable de llevar el seguimiento de la bitácora durante el proceso de la obra. Así mismo el contratista debe hacer todas las solicitudes por escrito al supervisor, así como anotar en ella los acontecimientos no previstos en la obra. (Art. 118, 119 y 120 RLOPSRM).

La Apertura de las Bitácoras. El supervisor llevará al sitio de la obra, la bitácora en el momento del inicio de la misma, con las firmas de las personas que podrán intervenir en ella (Director de área, coordinador y supervisor). La bitácora es obligatoria para cada uno de los contratos de obras y servicios, deberá permanecer en el lugar de los trabajos, a fin de que las consultas requeridas se efectúen en el sitio, sin que la misma pueda ser extraída de la obra. Cuando por alguna causa no pueda permanecer la bitácora en el lugar de los trabajos, ésta se mantendrá bajo la custodia y responsabilidad del supervisor. (Art. 118).

1. 2. 3. 4. 5.

Las hojas originales y sus copias, las cuales deben estar siempre foliadas y referidas al contrato de que se trate. Un original para la contratante y al menos dos copias, una para el contratista y otra para el supervisor de obra. Una pasta dura o plastificada. Encuadernada con hojas desprendibles para las copias del supervisor y del contratista. Las bitácoras que utiliza el Instituto, es un formato ya establecido, llevan el logotipo de la misma y son proporcionadas sin costo alguno para cada una de las obras.

Para dar inicio a la bitácora la primera nota deberá contener como mínimo la siguiente información: 1. 2. 3.

Fecha de apertura. Datos generales de las partes involucradas. Nombra y firma del personal autorizado.

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La bitácora de los contratos de obra pública deberá contener en la parte formal, como mínimo lo siguiente:

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4. 5. 6. 7.

8. 9.

Domicilios y teléfonos. Datos que identifiquen el contrato y alcances descriptivos de los trabajos. Las características del sitio donde se desarrollarán. Así como la inscripción de los documentos que identifiquen oficialmente al personal técnico que estará facultado como representante de la contratante y del contratista, para la utilización de la bitácora, indicando a quién o a quiénes se delega esa facultad. El horario en que podrá consultar y asentar notas, el cual deberá coincidir con las jornadas de trabajo de campo. El plazo máximo para la firma de notas, debiendo acordar las partes que se tendrán por aceptadas vencido el plazo.

Clasificación de las Notas de Bitácora. A continuación se hará un desglose de la clasificación de notas más frecuentes de uso en la bitácora. Para su mayor comprensión, se enunciarán por cada una de las partes involucradas en el manejo de la misma. Residente de la obra o supervisor de la contratante. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 

Órdenes Certificaciones. Informaciones. Trabajos extraordinarios. Convenios. Sanciones. Recensiones. Seguimiento.

Superintendente de construcción del contratista. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

Solicitudes. Aceptaciones. Inconformidades. Exigencias. Advertencias. Informaciones. Contenido de notas de bitácora.

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5.2 Convenios Convenios modificatorios. Diferimiento por anticipo. “El importe del anticipo será entregado al contratista dentro de los cinco días hábiles siguientes a la entrega de la garantía correspondiente; en el caso de que se atrase por causa justificada el otorgamiento del anticipo, el inicio de la obra se diferirá en igual número de días”. (Art. 76, 2do. Párrafo, LOPSM). Cuando el contratista no entregue la garantía de anticipo dentro del plazo de 10 días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato respectivo, se hará acreedor a una multa administrativa y no procederá el diferimiento, debiendo iniciar los trabajos en la fecha establecida originalmente, según se establece en la Lay. (Art. 75, inciso III, párrafo segundo y Art. 76, párrafo cuarto, LOPSM). El contratista deberá presentar al supervisor:   

Oficio de Solicitud. Programa calendarizado. Copia simple del depósito del anticipo.

El supervisor revisará la documentación y elaborará el análisis para convenio de diferimiento por anticipo, una vez autorizado el contratista puede ingresar la documentación en el Instituto. Diferimiento por inmueble (art. 86 LOPSM). Procede cuando el contratista recibe el inmueble en una fecha posterior a la fecha de inicio de su contrato, si el inmueble le fue entregado al contratista y por causa de fuerza mayor no le es posible iniciar la obra se podrá diferir el plazo. Ejemplo: existe otra obra en la misma ubicación, el terreno no lo permite, existe alguna instalación en ese espacio, o se presenta cambio de sembrado.

  

Oficio de solicitud. Programa calendarizado. Copias de notas de bitácora.

El supervisor revisará la documentación y elaborará el análisis para convenio de diferimiento por inmueble, una vez autorizado el contratista puede ingresar la documentación en el Instituto.

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El contratista deberá presentar al supervisor:

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Diferimiento documental (Art. 86, LOPSM). Procede cuando el contratista no recibe en tiempo el proyecto de la obra, parte del proyecto, o si el contratista recibe el proyecto y se necesita información complementaria para dar inicio a los trabajos de obra. El contratista deberá presentar al supervisor:   

Oficio de solicitud. Programa calendarizado. Copias de notas de bitácora.

El supervisor revisará la documentación y elaborará el análisis para convenio de diferimiento documental. Una vez autorizado, el contratista puede ingresar la documentación. Ampliación en Tiempo (Art. 101, LOPSM). La ampliación en tiempo es el incremento del periodo de ejecución contractual y procede cuando se presenta un atraso en los trabajos por motivos no imputables al contratista, ampliado los tiempos de ejecución de la obra, las causas deberán ser de índole natural o administrativas como conceptos fuera de catálogo. El contratista deberá presentar al supervisor:   

Oficio de solicitud. Programa calendarizado. Copias de notas de bitácora.

El supervisor revisará la documentación y elaborará el análisis para convenio de ampliación en tiempo. Una vez autorizado el contratista puede ingresar la documentación.

La ampliación en costo es el incremento al monto del contrato de acuerdo a causas no imputables al contratista. Procede cuando se presenta incremento al monto contratado por los siguientes motivos: conceptos fuera de catálogo o volúmenes excedentes, cambios al proyecto o ampliación de la meta contratada, modificando los tiempos y costos de la obra en ejecución.

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Ampliación en costo (art. 101, LOPSM).

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El contratista deberá presentar al supervisor: oficio de solicitud, programa calendarizado, copias de notas de bitácora, precios unitarios y tarjetas de los conceptos a ejecutar para su revisión. El supervisor revisará si existen recursos y la documentación, y proporcionará al departamento de costo los precios unitarios y tarjetas para su validación, elaborará el análisis para convenio de ampliación en tiempo.

5.3 Sanciones. Penalizaciones (Art. 102, LOPSM). Las penalizaciones que se pueden presentar en el proceso de un contrato, se dividen en dos tipos:   

Retenciones. Sanciones. Derechos.

Las penas convencionales se establecen atendiendo a las características, complejidad y magnitud de los trabajos a contratar, tipo de contrato, grados de avance y posibilidad de recepción parcial de los trabajos. Proceden únicamente cuando la causa es imputable al contratista. Las penas convencionales se aplican por:    

Atrasos en las fechas establecidas en los programas de ejecución de los trabajos. Atrasos en las fechas establecidas para el suministro o utilización de insumos. Atraso en la fecha de terminación de los trabajos pactados en el contrato. Otra causa que así lo amerite.

La determinación del atraso se realizará con base en las fechas parciales o de terminación fijada en el programa de ejecución convenido.

 

La parte de los trabajos que no se hayan ejecutado. La parte de los trabajos que no se hayan prestado oportunamente.

Se aplicarán sobre los montos de los trabajos pendientes a ejecutar, considerando los ajustes de costos y sin aplicar el impuesto al valor agregado (IVA).

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Las penalizaciones se determinan en función de:

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Retenciones Las retenciones económicas se aplican en la estimación que se encuentre en proceso en la fecha que se determina el atraso, una vez que el contratista abate el rezago presentando físicamente, es susceptible de devolución en la estimación correspondiente a la regularización o final de la obra, esto aplica únicamente durante el proceso de la obra. Aplican por:  Atraso. Sanciones. Las sanciones se aplican en las estimaciones que correspondan, tienen carácter definitivo y por tanto, no son susceptibles de devolución. Aplican por:   

Atrasos, después de la fecha de término (Art. 102, RLOPSRM). Infringir las disposiciones de la ley o las obligaciones contempladas en los contratos (Art. 118, LOPSRM). Omisión del proyecto de finiquito. (Art. 161 del RLOPSM y 107 de la LOPSRM).

Derechos (Art. 115 del RLOPSRM). Son los que adquiere el contratista al firmar un contrato de obra de acuerdo a lo establecido en el mismo y en la legislación que regule la obra. De la misma manera, el contratista puede perder esos derechos a manera de penalización, debido a que no llegan a ser liquidados por la contratante o bien se le solicita el reintegro al contratista. Aplican por: Trabajos ejecutados por el contratista, no autorizados por la contratante. Trabajos mal ejecutados. Trabajos ejecutados que difieren del proyecto.

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  

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6

FINIQUITO

Para tramitar el finiquito de obra, el constructor deberá estimar todos los conceptos realizados en el proceso de la obra, ingresar la estimación-finiquito como cualquier estimación, una vez a que ha sido revisada y avalada por la supervisión, en el momento que se autoriza para su cobro correspondiente, se anexa caratula de caratula de finiquito, el finiquito, acta parcial, la fianza de vicios ocultos, la factura del pago de la estimación, la bitácora con las notas correspondientes y debidamente cerrada, fotos de la obra terminada, las pruebas de laboratorio, planos definitivos. Toda esta documentación se ingresa para su cobro en control de estimaciones y se tramite su pago como cualquier estimación, e inicie el proceso de cierre y entrega de obra. Caratula de obra: se utilizara el formato destinado, en el que se incluirá los datos técnicos y financieros del cierre de la obra, además de los datos de las fianzas canceladas y la fianza de vicios ocultos. Finiquito: el concentrado de todos los conceptos contratados y ejecutados en el proceso de la obra. Acta parcial: documento resumen para el cierre de obra, con los datos necesarios para cancelar las fianzas de anticipo y garantía, además sirve de base para elaborar la fianza de vicios ocultos que estará vigente durante un año.

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Fianza de vicios ocultos: fianza de garantía que se tramita con el cierre de obra por el diez por ciento del monto total ejercido.

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6.1 Proceso Técnico de Finiquito INIFEG INICIO

No. 1

No. 2

CONTRATISTA INGRESA ESTIMACIÓN (CUALQUIER DÍA DE LA SEMANA A LA C.S.B.) "SIN FACTURA" 1. Generadores 2. Estimación 3. Carátula 4. Croquis 5. Fotografías

SUPERVISOR AVALA Y FIRMA NÚMEROS GENERADORES Y ANEXOS (FOTOGRAFIAS, CROQUIS) 1 DÍA

1 DÍA

No. 3

No. 2-A

CONTROL DE ESTIMACIONES RECIBE PARA VALIDACIÓN DE CARATULA, HOJAS DE ESTIMACIÓN + ENTREGA DE ACTA PARCIAL

NO

SI PROCEDE

CONTRATISTA CORRIGE ESTIMACIÓN X DÍAS

1 DÍA

PROCEDE

SI No. 4 C.S.B. LLAMA A CONTRATISTA PARA QUE INGRESE FACTURA SE EXPIDE CONTRARECIBO (CONTRATISTA SACA 2 JUEGOS DE COPIAS DE CARATULA Y FACTURA) 6. Carátula de finiquito 7. Finiquito 8. Factura 9. Planos definitivos (impresos y digital) 10. Pruebas de Laboratorio 11. Fotos de obra terminada 12. Bitácora 13. Fianza de vicios ocultos

1 DÍA

No. 5

No. 6

COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA RELACIONA ESTIMACIONES Y ELABORA RECIBO DE PAGO

DIRECCIÓN GENERAL FIRMA RECIBO DE PAGO 1 DÍA

1 DÍA

No. 8

No. 7

ENTIDAD PAGADORA REALIZA DEPOSITO

COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA ENVIA A ENTIDAD PAGADORA

X DÍAS 1 DÍA

No. 9 ELABORACION DE ACTA TOTAL ENTREGA FÍSICA TOTAL DE LA OBRA 5 DÍAS POSTERIORES AL FINIQUITO

ACTIVIDAD DEL CONTRATISTA CONTACTO CON CONTRATISTA PROCESO INTERNO

DOCUMENTOS 1. Generadores 2. Estimación 3. Caratula 4. Planos y croquis 5. Fotografías 6. Carátula de finiquito 7. Finiquito 8. Factura 9. Planos definitivos (impresos y Digital 10. Pruebas de laboratorio 11. Fotos de obra terminada 12. Bitácora 13. Fianza de vicios ocultos ACTA PARCIAL + ACTA TOTAL

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TOTAL 7 DÍAS LABORABLES

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6.2 Aspectos Jurídicos en la Entrega de la Obra Entrega de la Obra Ley de Obra Pública Federal Artículo 64.- El contratista comunicará a la dependencia o entidad la conclusión de los trabajos que le fueron encomendados, para que ésta, dentro del plazo pactado, verifique la debida terminación de los mismos conforme a las condiciones establecidas en el contrato. Al finalizar la verificación de los trabajos, la dependencia o entidad contará con un plazo de quince días naturales para proceder a su recepción física, mediante el levantamiento del acta correspondiente, quedando los trabajos bajo su responsabilidad.

Reglamento De La Ley De Obras Públicas (Federal) Recibidos físicamente los trabajos, las partes deberán elaborar dentro del término estipulado en el contrato, el finiquito de los trabajos, en el que se harán constar los créditos a favor y en contra que resulten para cada uno de ellos, describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante. Artículo 68.- Una vez concluida la obra o parte utilizable de la misma, las dependencias o entidades vigilarán que la unidad que debe operarla reciba oportunamente de la responsable de su relación, el inmueble en condiciones de operación, los planos correspondientes a la construcción final, las normas y especificaciones que fueron aplicadas durante su ejecución, así como los manuales e instructivos de operación y mantenimiento correspondiente y los certificados de garantía de calidad y funcionamiento de los bienes instalados.

Las dependencias y entidades, dentro de un plazo no mayor de, quince días naturales a partir del día siguiente en que reciban la notificación a que se refiere el párrafo anterior, iniciarán el procedimiento de recepción de los trabajos. Ley de Obra Pública Estatal Artículo 105.- El contratista o consultor asentará en la bitácora y comunicará por escrito a la contratante la terminación de los trabajos que le fueron encomendados, dentro de los cinco días naturales siguientes a la fecha en que esto ocurra y ésta, verificará que los mismos estén debidamente concluidos dentro de los cinco días naturales siguientes.

Primera Edición

Artículo 135.- Para iniciar el procedimiento de recepción de los trabajos, el contratista a través de la bitácora o por oficio, deberá notificar la terminación de los trabajos, para los cual anexará los documentos que lo soporten e incluirá una relación de las estimaciones o de gastos aprobados, monto ejercicio y créditos a favor o en contra.

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Reglamento de la Ley de Obra Pública Estatal Artículo 106.- Recibidos físicamente los trabajos, las partes deberán elaborar dentro del término estipulado en el contrato, el finiquito de los trabajos, en el que se harán constar los créditos a favor y en contra que resulten para cada una de ellas, describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante, debiendo formar parte de dicho finiquito, la comprobación a cargo del contratista del respectivo cumplimiento de sus obligaciones fiscales y obrero patronales relacionadas con el contrato. Artículo 109.- La recepción de los trabajos se hará constar en acta dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se haya llevado a cabo el finiquito de los trabajos. Cuando exista oposición del contratista o consultor o controversia entre las partes, en la elaboración del finiquito, se llevará a cabo la recepción de la obra, de manera unilateral. Artículo 110.- La contratante comunicará al órgano de control correspondiente con cinco días hábiles de anticipación la fecha señalada para la entrega. Recepción de la obra o servicio a fin de que designe representantes que asistan al acto. Artículo 111. Concluida la obra o servicio, no obstante su recepción formal, el contratista o consultor quedará obligado a responder de los defectos y vicios ocultos, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en el contrato respectivo y en esta ley. Para garantizar durante doce meses el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, se estará a lo establecido en la fracción IV del artículo 75 de esta Ley, si al término de la vigencia de la garantía no hay inconformidad de la contratante, ésta se liberará. (Párrafo reformado, P. O. 7 de septiembre de 2007)

Artículo 175.- para iniciar el procedimiento de recepción de los trabajos. El residente de obra asentará en la bitácora y comunicará por escrito la terminación de los mismos, para lo cual anexará los documentos que lo soporte e incluirá una relación de las estimaciones o de gastos aprobados, monto ejercido y créditos a favor o en contra. Ley de Obra Pública Federal Artículo 64.- Recibidos físicamente los trabajos, las partes dentro del término estipulado en el contrato, el cual no podrá exceder de sesenta días naturales a partir de la recepción de los trabajos, deberán elaborar el finiquito de los mismos, en el que se hará constar los créditos a favor y en contra que resulten para cada uno

Primera Edición

Artículo 173.- El acta de entrega recepción se levantará dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de firma del finiquito o de que el mismo se haya tenido por aceptado.

Comisión Mixta CMIC-INIFEG 30 Manual de Procedimientos

de ellos, describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante. (Reformado. D.O.F. jueves 28 de mayo de 2009). De existir de acuerdo entre las partes respecto al finiquito, o bien, el contratista no acuda con la dependencia o entidad para su elaboración dentro del plazo señalado en el contrato, ésta procederá a elaborarlo, debiendo comunicar su resultado al contratista dentro de un plazo de diez días naturales, contando a partir de su omisión; una vez notificado el resultado de dicho finiquito al contratista, éste tendrá un plazo de quince días naturales para alegar lo que a su derecho corresponda, si transcurrido este plazo no realiza alguna gestión, se dará por aceptado. Artículo 64.- Determinado el saldo total, la dependencia o entidad pondrá a disposición del contratista el pago correspondiente, mediante su ofrecimiento a la consignación respectiva, o bien, solicitará el reintegro de los importes resultantes; debiendo, en forma simultánea, levantar el acta administrativa que dé por extinguidos los derechos y obligaciones asumidos por ambas partes en el contrato. Ley de Obra Pública Estatal Artículo 109.- La recepción de los trabajos se hará constar en acta dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se haya llevado a cabo el finiquito de los trabajos. Cuando exista oposición del contratista o consultor o controversia entre las partes, en la elaboración del finiquito, se llevará a cabo la recepción de la obra, de manera unilateral. Reglamento de la Ley de Obras Públicas Federal Artículo 13.- Las dependencias y entidades, para dar por terminados, parcial o totalmente, los derechos y obligaciones asumidos por las partes en un contrato de obras o servicios, deberán elaborar el finiquito correspondiente, anexando el acta de recepción física de los trabajos.

Artículo 139.- Las dependencias y entidades, para dar por terminados, parcial o totalmente, los derechos y obligaciones asumidos por las partes en un contrato de obras o servicios, deberán elaborar el finiquito correspondiente, anexando el acta de recepción física de los trabajos. Una vez elaborado el finiquito de los trabajos, la dependencia o entidad dará por terminado el contrato correspondiente, dejando únicamente subsistentes las acciones que deriven del finiquito, así como la garantía que se contempla en el artículo 66 de la Ley, por lo que no será factible que el contratista presente reclamación alguna de pago con posterioridad a su formalización.

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Reglamento de la Ley de Obras Públicas Federal

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Artículo 140.- La dependencia o entidad deberá notificar al contratista, a través de su representante legal o su superintendente de construcción, la fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo el finiquito, la cual deberá quedar comprendida dentro de un plazo que no podrá exceder de sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se realice la recepción física de los trabajos. Los contratistas tendrán la obligación de acudir al llamado que se haga por escrito; de no hacerlo, se les comunicará el resultado conforme lo establece el tercer párrafo del artículo 64 de la Ley. Reglamento de la Ley de Obra Pública Estatal. Artículo 160.- La contratante para dar por terminados, parcial o totalmente, los derechos y obligaciones asumidos por las partes en un contrato de obras o servicios, deberá elaborar el finiquito correspondiente, anexando el acta de recepción física de los trabajos. Artículo 61.- Una vez realizada la verificación física de la terminación de los trabajos el contratista deberá presentar su última estimación y su proyecto de finiquito dentro de los diez días siguientes contados a partir de la fecha en que aquella se practicó o de la fecha de autorización de conceptos fuera de catálogo o ajuste de costos. Presentada la última estimación y previamente a la firma del finiquito, la contratante levantará un acta de cierre financiero. Artículo 160.- La contratante para dar por terminados, parcial o totalmente, los derechos y obligaciones asumidos por las partes en un contrato de obras o servicios, deberá elaborar el finiquito correspondiente, anexando el acta de recepción física de los trabajos. Artículo 161.- Una vez realizada la verificación física de la terminación de los trabajos el contratista deberá presentar su última estimación y su proyecto de finiquito dentro de los diez días siguientes contados a partir de la fecha en que aquella se practicó o de la fecha de autorización de conceptos fuera de catálogo o ajuste de costos.

Las partes se reunirán dentro de los siguientes treinta días naturales a la fecha de la presentación del proyecto de finiquito, para la conciliación del mismo, debiendo la contratante notificar con anticipación la fecha, lugar y hora para ese efecto. De no existir acuerdo o no acudir el contratista, se precederá en los términos del art. 107 de la Ley. La omisión de la presentación del proyecto de finiquito o la inasistencia del contratista a la conciliación y firma del mismo, motivará la aplicación de las penas convencionales establecidas en el contrato y las sanciones previstas en la ley.

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Presentada la última estimación y previamente a la firma del finiquito, la contratante levantará un acta de cierre financiero.

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7

INFORMACIÓN ADICIONAL

7.1 Organigrama 7.2 Directorio 7.3 Formatos de Obra a. b. c.

Formato de estimaciones normal Acta de entrega recepción Formato caratula y estimación finiquito

7.4 Letrero de Obra Normativo 2010 d.

e.

Base JPG y COREL letrero normativo i. Letrero Normativo FAM ii. Letreto Normativo REMAN Especificación distintivo y letrero normativo i. Especificación distintivo bicentenario ii. Especificación letrero normativo

7.5 Oficios de Solicitudes y Norificaciones Notificación de termino de obra Solicitud de diferimiento Solicitud de excedentes Solicitud de fuera de catalogo Solicitud de prorroga

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f. g. h. i. j.

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