Ley del SSO (Hecho Imponible) Afiliados al Seguro Social Obligatorio (Sujeto Pasivo) Cálculo de las Cotizaciones (Base Imponible) Pago de las Cotizaciones (Responsables) Cotizaciones Iniciales (Alícuota) Sanciones (Régimen sancionatorio)
Objeto de la Ley del IVSS (Hecho Imponible)
La Ley rige las situaciones y relaciones jurídicas con ocasión de la protección de la Seguridad Social a sus beneficiarias y beneficiarios en las contingencias de maternidad, vejez,
sobrevivencia, enfermedad, accidentes, invalidez, muerte, retiro y cesantía o paro forzoso.
Afiliados al Seguro Social Obligatorio (Sujeto Pasivo) a) Las empresas privadas b) Los organismos públicos c) Las asociaciones y cooperativas d) Los transportistas e) Los servicios domésticos f) Aquellas personas que cumplen los requisitos exigidos para afiliarse bajo la figura de continuación facultativa. También estarán obligadas a registrarse o ser registrados: a) Todos los trabajadores permanentes bajo relación de dependencia de un patrono, sea en el medio urbano o rural, tanto obreros como empleados públicos o del sector privado, cuya relación laboral sea para una obra determinada, por un tiempo determinado o indeterminado, sea cual fuere el monto de su salario
Cálculo de las Cotizaciones (Base Imponible) Se deben considerar todos los emolumentos establecidos en el Artículo 104 de la LOTTT y 83 del Reglamento de la Ley del SSO. Exclusiones: Las utilidades que se le otorgan a los trabajadores. Bonificación de fin de año. Horas Extras, cuando no sean de carácter permanente.
Pago de las Cotizaciones (Responsables)
La empleadora o el empleador está obligado a enterar al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales su cuota y la de sus trabajadoras y trabajadores por concepto de cotizaciones en la oportunidad y condiciones que establezcan esta Ley y su Reglamento.
Cotizaciones Iniciales (Alícuota)
Valor de las Cotizaciones – Resumen por Aportes Aporte de Asegurados
Aporte de Patronos
Riesgo
Seguro Social
Perdida inv emp
sub.Total
Seguro Social
Perdida inv emp
sub.Total
Total
1
4%
0.50%
4.50%
9%
2%
11%
15.50%
2
4%
0.50%
4.50%
10%
2%
12%
16.50%
3
4%
0.50%
4.50%
11%
2%
13%
17.50%
4
2%
0.50%
2.50%
4%
2%
6%
8.50%
¿ QUÉ BENEFICIOS SE OTORGAN A LOS AFILIADOS EN EL RÉGIMEN GENERAL?
Sus beneficios están traducidos en: • Asistencia Médica Integral • Indemnizaciones Diarias por Incapacidad Temporal • Prestaciones en Dinero a largo plazo • Pensiones de vejez • Pensiones de invalidez • Pensiones de sobreviviente • Pensiones de incapacidad
¿QUÉ BENEFICIOS SE OTORGAN A LOS AFILIADOS EN EL RÉGIMEN PARCIAL? Sus beneficios están traducidos en:
• Asistencia Médica Ambulatoria • Prestaciones en Dinero a largo plazo • Pensiones de vejez • Pensiones de invalidez • Pensiones de sobreviviente
• Pensiones de incapacidad
Sanciones (Régimen sancionatorio)
INFRACCIONES LEVES: 25 UT
(Promedio)
INFRACCIONES GRAVES: 50 UT (Promedio)
INFRACCIONES MUY GRAVES: 100 UT (Promedio)
Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas del I.V.S.S. (TIUNA)
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