1 Semana 1 Separata Derecho Empresarial 37050
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DERECHO EMPRESARIAL - UTP...
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SEMANA N°01 SESIÓN N° 01 La noción de Derecho Derecho debe considerar considerar que éste no se aplica a las las acciones del ser humano aislado. El Derecho es un producto producto de la vida vida social, una forma de organización organización que que se manifiesta en reglas de conducta; y como producto social es un hecho cultural, en tanto el Derecho es producto de creación del ser humano. pro!im"ndonos pro!im"ndonos al an"lisis cient#fico del concepto de Derecho, podemos inicialmente se$alar que es el sistema de normas que se imponen a los miembros
de
una
sociedad
para
que
cumplan
con
conductas
correspondientes al deber ser que propicia la convivencia social ordenada, armónica y pac#fica; que sirve al bien com%n y procura la realización de la &usticia.
Derecho objetivo o positivo' Es el con(unto normativo vigente en una determinada sociedad
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Derecho subjetivo: Es la facultad que tenemos de utilizar el Derecho ob(etivo en nuestro propio beneficio
LA NORMA JURDI!A Es la regla de conducta vigente en un tiempo y en un lugar determinados que prescribe deberes y derechos, estableciendo sanciones para el caso de incumplimiento. )us caracter#sticas son las siguientes'
E"teriori#$#' *iene e!istencia en el mundo e!terno y prescribe una conducta obligatoria que se materializa en actos que ocurren en las relaciones con los dem"s.
%i&$ter$&i#$#' +rescribe deberes y derechos; obliga a las personas y también les atribuye simult"neamente la facultad de e!igir la prestación que les es debida.
'etero(o)*$' )ignifica que el cumplimiento de la norma (ur#dica es impuesto por la autoridad, m"s all" de la voluntad de las personas. Es decir el Estado utiliza el &us mperium.
Ob&i+$torie#$#: La norma es obligatoria desde el d#a siguiente de su publicación en el diario oficial.
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La norma (ur#dica se origina en la razón, en la idea de lo (usto y est" animada por el propósito de buscar la armon#a y la paz social. )u formulación como ley, requiere de un proceso formal en el que intervienen los órganos estatales competentes.
DERE!'O , SO!IEDAD -ay sin duda, una relación muy estrecha entre Derecho y )ociedad. adica, en la propia naturaleza del Derecho que es eminentemente social. El Derecho es creado por la sociedad y, consecuentemente, forma parte de ella. /o es factible pensar en una sociedad sin Derecho. Llamaremos sociedad a la agrupación permanente y organizada de personas, basada en la cooperación, que comparten un mismo espacio y persiguen el bien com%n y, que se desarrollan entre sus miembros relaciones rec#procas tanto a nivel individual como grupal. El comportamiento aceptado, el considerado por la sociedad como adecuado recibe del grupo el re-or.$)ie(to a través de los i(ce(tivos / &os c$sti+os El comportamiento de las personas, es la consecuencia del status y los roles, que determina, a su vez, los deberes y los derechos de cada miembro dentro del grupo social.
EL DERE!'O !OMO SISEMA DE !ONROL SO!IAL
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*anto el comportamiento aceptado como sus desviaciones dan lugar al surgimiento de los medios o sistemas de control social. Entre ellos tenemos la moral, la educación, la religión y el Derecho.
Entendido el Derecho como sistema de control social tiene, frente a los otros, caracter#sticas especiales dado que act%a sobre los miembros de una sociedad usando la fuerza en %ltima instancia.
2UN!IONES DEL DERE!'O 2UN!IÓN DE ORIENA!IÓN DE !OM3ORAMIENOS: *iene como ob(eto
0orientar conductas, dirigir a las personas para que
cumplan determinados modelos de conducta1 En consecuencia, la función orie(t$#or$ del Derecho se cumple cuando es eficaz el aspecto persuasivo, comunicacional y educativo de la norma. 2uando ella fracasa, entra en acción la función de co(tro& soci$& para actuar sobre las #esvi$cio(es del comportamiento social.
2UN!IÓN DE RAAMIENO DEL !ON2LI!O: Los conflictos pueden ser (ur#dicos o no (ur#dicos. )on (ur#dicos los que son regulados por el Derecho, mediante una serie de actos los cuales son llamados e& proceso ju#ici$&
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El Derecho propone v#as de solución de conflictos, a saber'
A4 Los )e#ios $&ter($tivos #e so&uci5( #e co(-&ictos: Entre éstos, tenemos la negociación, la conciliación y el arbitra(e.
%4 L$ #ecisi5( ju#ici$&: En la que interviene el &uez o el *ribunal competente que en un proceso regulado por la ley resuelve concediendo la razón a una parte y deneg"ndole a la otra.
2UN!IÓN DE LE6IIMA!IÓN DEL 3ODER: *oda sociedad implica que hay un individuo o un grupo que dirige o gobierna y los otros que son los gobernados y quienes obedecen. 3uien gobierna lo hace porque es la autoridad y posee el po#er 3ue es una fuerza social destinada a imponer comportamientos humanos en la dirección que fi(a quien la e(erce. +ara conseguir este ob(etivo se sirve del Derecho. En otras palabras, quien e(erce el poder convierte al Derecho en el medio por el cual hacen aceptables sus mandatos porque éste lo organiza, lo regula, lo obliga elimin"ndole la arbitrariedad.
LA 3ERSONA !OMO SUJEO DE DERE!'O El Derecho estudia tanto a la persona natural como a la persona (ur#dica. La +ersona es aquel ser capaz de derechos y obligaciones.
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+or lo tanto las personas naturales as# como las personas (ur#dicas son su(etos de derecho.
LA 3ERSONA NAURAL
El Derecho conviene en designar a la persona natural como al ser humano individual vivo, hombre o mu(er, apto para gozar derechos o e(ercerlos; contrayendo y cumpliendo deberes y obligaciones. El Derecho considera como persona al ser humano individual a partir de su nacimiento vivo hasta su muerte. ntes del nacimiento es llamado 24/2E5D4; vale decir, ser humano 0que a%n no ha nacido pero que tiene e!istencia para el Derecho1 dado que la ley lo instituye como 0su(eto de derecho para todo cuanto lo favorece1. 2ada ser humano individual es una persona y toda persona tiene personalidad. +ersona y personalidad son conceptos complementarios y se requieren rec#procamente. La personalidad tiene un comienzo y un término. )e inicia con el nacimiento vivo;
cabe, entonces definir la vida que ya la ten#a desde antes del
nacimiento, como el 0lapso que transcurre en el ser vivo desde su concepción en el claustro materno hasta su deceso o muerte1 La personalidad y la vida concluyen con la muerte, El Derecho ha creado la figura de la )uerte presu(t$7 que se declara cuando las circunstancias permiten suponer razonablemente que el ausente murió. /o hay prueba
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definitiva de que la muerte haya ocurrido, pero si un amplio margen de seguridad1
)e entiende que el ($ci)ie(to y la )uerte son dos hechos (ur#dicos importantes, que abren y cierran el ciclo de la vida humana. )u importancia se refle(a en la prueba y en ambos casos, éstos se inscriben en actas especiales del egistro 2ivil.
LA 3ERSONA JURDI!A )e considera persona (ur#dica al colectivo conformado por personas naturales, por personas (ur#dicas o por ambas, con ob(etivos comunes, cuyos actos como su(etos de derecho son realizados por sus representantes legales.
2u(#$)e(t$ci5(: L$ cre$ci5( #e &$ perso($ jur*#ic$ se suste(t$ e(' La tendencia humana hacia la asociación, a desenvolverse en grupos, La limitación del hombre que por s# solo, individualmente, sin la concurrencia de los dem"s poco o nada puede hacer, La comunidad de intereses que empu(a a la unión para atenderlos y satisfacerlos me(or,
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La coincidencia de ob(etivos que llama a esfuerzos concordados, a la cooperación para hacer m"s viable su obtención, La necesidad de que el ente colectivo act%e como si se tratara de una sola persona.
Atributos #e &$ 3erso($ Jur*#ic$: la persona (ur#dica se le aplica los atributos reconocidos a la persona natural que sean compatibles con su naturaleza como por e(emplo el nombre, el domicilio, la capacidad (ur#dica, la nacionalidad, el patrimonio. dem"s de ellos, se le reconoce los atributos especiales concordantes con sus caracter#sticas esenciales como la creación, la organización, el funcionamiento, el registro y la e!tinción.
!&$si-ic$ci5(: A4 Persona Jurídica de Derecho Público: )on las creadas por el Estado; satisfacen intereses p%blicos y est"n dotadas de la 0prerrogativa de imperium propia del poder Estatal1 E(. Las 6unicipalidades, los 6inisterios.
%4 3erso($ Jur*#ic$ #e Derecho 3riv$#o: +ertenecen a este grupo las creadas por voluntad de los particulares para atender intereses privados y no est"n dotadas de imperium.
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2abe establecer una subdivisión en este grupo reconociendo las personas (ur#dicas'
Con fines de lucro como las sociedades mercantiles, mineras,
agr#colas y ganaderas; y
Sin fines de lucro, 2omo la sociación, la 7undación, el 2omité
y las 2omunidades campesinas y nativas. *eniendo en cuenta la división en Derecho nterno y E!terno, tanto el Estado como los 4rganismos nternacionales ser#an personas (ur#dicas de Derecho nternacional +%blico.
SESIÓN N° 08 LA EM3RESA Es una entidad económica de car"cter p%blico o privado, que est" integrada por recursos humanos, financieros, materiales y técnico8administrativos, se dedica a la producción de bienes y9o servicios para satisfacción de necesidades humanas, y puede buscar o no lucro. El mercado es un con(unto de consumidores potenciales y proveedores de satisfacción, es donde se encuentran las necesidades y los productos, por lo cual la empresa debe orientarse hacia la necesidad, por e(emplo' Producto '
+rendas de vestir
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Necesidad '
2ubrir el cuerpo, cumplir con est"ndares sociales, estar a la
moda, mostrar estatus económico y social, apoyar la auto estima La finalidad principal de una empresa es la generación de e!cedentes que posibiliten su reproducción de empresa en el largo plazo. Esto implica que satisfacer al cliente o beneficiar a otros, son condiciones necesarias para poder reproducirse, sin cumplir con esas condiciones, obviamente ir#a al fracaso. Dado que la coherencia producto 8 mercado de la empresa es din"mico, se requiere de una interpretación din"mica de la realidad interna y del entorno, lo cual significa vigilar y tomar decisiones para cambiar, adaptarse, crecer, me(orar, defenderse, retraerse, atacar, todo lo cual est" orientado a mantener y me(orar la empresa.
9!ULES SON LOS RE!URSOS %SI!OS DE LA EM3RESA; : M$teri$&es' conformada por todos los bienes tangibles, tales como edificios, maquinaria, insumos, etc. : 2i($(cieros' es el recurso monetario con el que la empresa funcionar". : 'u)$(os' conformado por todo el personal que labora en la empresa. Este es el elemento m"s importante dentro de la organización. : ?=,===.== dólares, tiene m"s de
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