1° Parcial Dederecho de Familia y Sucesiones UBP

November 10, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Evaluación

Evaluación Parcial Nº 1 Fecha

02/05/2016 Responde BARRENECHE, BEATRIZ BEATRIZ ELENA ELENA Descripción

Derecho de Familia y Sucesiones Evaluación Parcial 1   Esta evaluación abarca el estudio del módulo 1.   riterios de Evaluación! " El conocimiento t#cnico ad$uirido y la claridad de los conce%tos e&%resados con'ormar(n el 50) de la cali'icación 'inal de cada res%uesta. " El ra*onamiento +ur,dico alcan*ado tendr( un valor de -0). " El lenua+e es%ec,'ico utili*ado constituir( el 10) restante.   riterios de creditación! creditación! Para a%robar el %resente %arcial deber( reunir un m,nimo de cincuenta %untos sobre un total de cien. Dicho  %unta+e se obtendr( obtendr( a %artir de los %orcenta+es %orcenta+es otorados en los los criterios de evaluación mencionados mencionados ut su%ra y los %unta+es otorados a cada %unto del e&amen.   claración im%ortante! as actividades desarrolladas a lo laro del ódulo 1 le servir(n de u,a y le 'acilitar(n la reali*ación de esta evaluación %arcial.

CUETI!NA"IENT! Ac#ividad$ Causales su%&e#ivas' (al#a de prue%as'   e %ro%onemos reali*ar la lectura de la siuiente narración de una sentencia oriinaria del 3u*ado 4 12 de uenos ires. En la iudad utónoma de uenos ires a los 1) d*as del +es de &unio de --.  hall(ndose reunidos los Se7ores 8ocales de la Sala 9 de la (mara 4acional de %elaciones en lo ivil a 'in de dictar sentencia en los autos! /B', 0'C' c 2' B', B' , N' R' s divorcio/, y  y habiendo acordado seuir en la deliberación y voto el orden del sorteo de estudio el Dr. oreno :ueyo di+o!   Con#ra la sen#encia de3ini#iva de 3s' .-.4 $ue deses#i+a en #odas sus par#es la de+anda de divorcio 5 la reconvención deducida por la esposa, 3undadas a+%as en causales su%&e#ivas 6adul#erio, in&urias 7raves 5 a%andono volun#ario 5 +alicioso del 8o7ar9 y convirtió el litiio por as* decirlo, en un divorcio por la causa o%&e#iva de la separación de 8ec8o sin volun#ad de unirse por +:s de #res a;os ;art. 21- inc. 2< del ódio ivil= 5 con los e3ec#os previs#os por los ar#s' 1ue$ /En aplicación del principio /iure curia novi#/ corresponde decre#ar el divorcio vincular de los cón5u7es con 3unda+en#o en el ar#' 1= inc F del C'C' si a>uellos se encuen#ran separados de 8ec8o por el pla?o de #res a;os 5 aun>ue 8u%iesen 3undado sus pre#ensiones de divorcio en o#ras causales dis#in#as a la decre#ada aplica%le al caso debo se7alar $ue en el %recedente indicado as, como tambi#n en las citas hechas %or la distinuida colea %ara 'undamentar su  %ostura las par#es sea en la de+anda o en la reconvención 8a%*an +encionado epresa+en#e la causal de separación personal por +:s de . a;os 6ar#' 1= inc' F del Códi7o ivil= en 3or+a su%sidiaria, por as* decirlo, 5 para el supues#o de no lo7rar paliar las causales su%&e#ivas propias del divorcio sanción, nada de lo cual ocurre en el caso de au#os'  Por cier#o >ue si las par#es 8u%ieran 8ec8o es#a /reserva/, por as* decirl decirlo, o, nada 8u%iera 8u%iera i+ped i+pedido ido al 0ue? 0ue? decre decre#ar #ar el divor divorci cioo por la causal causal o%&e#iva o%&e#iva de la separación personal por +:s de . a;os' s, lo resolvió la Sala  de esta E&cma. (mara ivil en el  %recedente %ublicado en 3 1BB@"G"S,ntesis del 2A/2/B6 %ero en ambos casos 'uer*a es re%etirlo las par#es 8a%*an 8ec8o la reserva de recla+ar el divorcio por la causal o%&e#iva de la separación personal por +:s de . a;os, para el caso de no lo7rar acredi#ar las causales su%&e#ivas del divorcio sanción, #a+%iJn invocadas en la acción. dhiero al criterio seuido %or la (mara de %elaciones de once%ción del Iruuay Sala ivil y omercial seJn el cual! /i %ien es da%le in3erir la eis#encia de pro%le+as 5 aun la separación de los cón5u7es, no acredi#adas la causales invocadas no puede el 0ue? decre#ar el divorcio por o#ra 5 o#ras >ue no sean las aludidas en de+anda 5 reconvención ni denunciadas co+o 8ec8os nuevos/ 63 1BB6"G"S,ntesis del 15/A/B5=. En id#ntico sentido 'allo de la (mara 4acional Sala  en 3 1BB6"G"S,ntesis del 2?/2/B-."   Por ra*ones e&%uestas las vertidas en el dictamen del Sr. Fiscal de %rimera instancia y las coincidentes del dictamen del Sr. Fiscal de (mara de 's. ?-2/?-5 vta. e&%ido mi voto en el sentido de $ue revoc:ndose parcial+en#e el 3allo de 7rado, se dispon7a el rec8a?o de la de+anda 5 de la reconvención con cos#as por su orden #an#o en pri+era co+o en se7unda ins#ancia' SK  SK 8CC."   os Dres. Esteve* rasa y Deioris %or an(loas ra*ones adhieren al voto %recedente."   ///uenos ires ires 3unio 1A de 200?."  

 

H visto lo deliberado y conclusiones establecidas en el cuerdo transcri%to %recedentemente %recedentemente %or unanimidad de voto votoss el r rib ibun unal al de deci cide de!! Revoc Revocar ar par parci cial+ al+en# en#ee el 3al 3allo lo apela apelado do 5 re rec8a c8a?ar ?ar la de+and de+andaa 5 la reconvención' Cos#as por su orden #an#o en pri+era co+o en se7unda ins#ancia'@   Le,strese noti',$uese y devu#lvase." S 9 3u*ado ivil 4 12 Dres. 3ulio L. oreno :ueyo " eresa . Esteve* rasa " arlos L. Deioris " dol'o am%os Filliol 25/0-/200? E&%ediente 4 1-0.21A/1BB6 . 3. . c/D. . 4. L. S/ DG8CLGC   htt%!//de'en%o?.m%d.ov. htt%!//de'en %o?.m%d.ov.ar/Meb/+uris%rud ar/Meb/+uris%rudencia/de'ensoria/ encia/de'ensoria/civil/t&tciv/div civil/t&tciv/divorcio/div0000A.htm orcio/div0000A.htm    %artir de una lectura detenida de la misma lo invitamos a resolver las siuientes cuestiones!

Preunta 4 1 1. Serio Serio m#dico m#dico se %resenta %resenta en su estudio estudio +ur,dico +ur,dico y le solicita solicita sus servicios servicios %ro'esi %ro'esional onales. es. :a %erdido el +uicio de divorcio vincular %or 'alta de %ruebas. Isted Nle aconse+ar,a a%elarO NPor $u# ra*onesO ;50 %untos=

Lta! Dr. Serio!  En este caso con res%ecto Lta! res%ecto a su consulta consulta sobre la sentencia sentencia y a%elación del

 +uicio de divorcio vincular al no haber lorado $ue el +ue* %or medio de su sentenc sent encia ia dic#a+ine la disolución de su +a#ri+onio ya este este desesti desestimo mo en en 'orma total la demanda de divorcio y la reconvención reconvención deducida deducida %or su es%osa en su contra 'undadas ambas en causales sub+etivas y %or no tener %resente ni mencionar en absoluto la causal del divorcio %or se%aración %ersonal de los es%osos %or m(s de ? a7os. Por el contrario el +ue* convirtió el litiio %or as, decirlo , en un divorcio por causa objetiva o bjetiva de separaci$n de hecho sin voluntad  vo luntad  de unirse por más de tres a+os, cuando este debi$ limitarse a admitir el  divorcio vincular o su reconvenci$n por las causales subjetivas  que fueron las invocadas por las partes  es %or ello $ue le recomiendo a%elar dicha sentencia

ya $ue no se encuentra 'irme y dado $ue las normas en $ue se 'undaba la misma han $uedado deroadas y en este caso se a%licar,a lo dis%uesto %or el nuevo art. @ ..y . de la 4ación $ue menciona lo siuiente! " A  A partir  partir de su entrada en vigencia, vigencia, las  las leyes se aplican aun a las consecuencias de las relaciones  y situaciones jur*dicas  jur*dicas  eistentes. Las leyes no tienen efecto retroactivo, sean o no de orden público, público, excepto disposición en contrario. La La  retroactividad establecida por la ley no puede afectar derechos amparados amparados por garantías constitucionales..."  constitucionales..." 

y al se serr el di divo vorc rcio io dis disoluci oluci$n $n del matr matrimon imonio/ io/ una consecuencia de una relación +ur,dica e&istente e&ist ente y como tal tal este se debe reir %or el nuev nuevoo ódio iv ivil il y omercia omerciall de la 4ación. a

 

(mara de %el (mara %elaci ación ón de deber ber(( res resolv olver er de acu acuerd erdoo al nuevo nuevo códi códioo y declarar el divorcio sin epresión de causa a%licando el art. -?@ ..y .!

/El divorcio se decre#a &udicial+en#e a pe#ición de a+%os o de uno solo de los cón5u7es'/ l establecer un divorcio incausado se hace hinca%i# en los e'ectos y no en las causas $ue llevaron a la ru%tura del matrimonio. Esto no $uiere decir $ue se descono*ca $ue e&isten causas %ero s, $ue se considera $ue estas no son relevantes en el %lano +ur,dico. 4o interesa %or $u# han lleado al divorcio sino cómo es la 'orma de resolver la crisis %ara el 'uturo. En este art,culo se menciona $ue   el divorcio podr:  podr:  ser declarado sin epresión de causa necesaria y se establece $ue no e&isten limitaciones de ninJn ti%o %odr( ser   ser   %lanteado %lanteado  %or ambos cónyues cónyues o %or uno solo de ellos y se con'iura con la sola mani'estación. mani'estación.   ,da 9emelma+er de arlucci en su an(lisis al art.@ ..y . considera ! "que mientras no haya sentencia firme, no hay  hay   divorcio, lo que implica que luego del ! agosto de 0!1, si el  epediente que declara el divorcio contencioso se  se   encuentra en #ámara porque la sentencia de primera instancia fue apelada, el tribunal de apelaciones no puede ni  debe revisar esta decisi$n a la lu) del #$digo civil, porque está etinguiendo una moment ento o de la et etinc inci$n i$n el nuevo nuevo c$d c$digo igo civil y relaci$n, y la ley que rige al   mom comercial de la naci$n/ ha eliminado el divorcio contencioso. Debe pues, declarar el  divorcio, pero sin calificaci$n de inocencia o culpabilidad..."

Es %or ello $ue en este nuevo cód códio io se es#a%lece un solo #ipo de divorcio, el incausado'   Se su%rimen las causas ob+etivas y sub+etivas y se elimina la 'iura  'iura   de la se%aración  %ersonal.   a reulación del divorcio sin causa en el nuevo ódio ivil y omercial  %ersonal. est( con'iurado como un derecho "ya que al   no eigirse la epresi$n de una causa, hace suponer que la iniciativa se ejerce por haberse perdido el consentimiento   que manten*a el matrimonio". matrimonio".

os derechos 'undamentales $ue sirven de base al divorcio son el derecho a la libertad la iualdad y el el   %rinci%io del libre desarrollo de la %ersonalidad reconocidos en los Fundamentos del 4uevo ódio ivil y omercial.  omercial.  Para no $ue no vean vulnerados los derechos 'undamentales de los interantes de la 'amilia a causao acuerdos del divorcio el cónyues= +ue* debe intervenir com%robando $ue las %retensiones ;unilateral= ;ambos $ue se %resenten +unto al  al   %edido %edido de divorcio con'orme lo dis%one el rt. -?A y -?B .. y . no %er+udi$uen ni los intereses de los cónyues ni de  los hi+os. El %a%el del +ue* es 'undamental ya $ue es el arante de los derechos 'undamentales de los miembros del ru%o 'amiliar im%licados en el divorcio. Preunta 4 2 1. En caso a'irma a'irmativo tivo Ncómo Ncómo 'undamen 'undamentar, tar,aa la %retensión %retensión de su client clientee o $u# arument arumentos os utili*ar,a en la redacción de la e&%resión de araviosO ;50 %untos=

 

 

os arumentos $ue utili*ar,a %ara la redacción de e&%resión de aravios del Sr. Serio serian los siuientes! El Sr. 3ue* 3ue* de rad rado o al reso resolver lver la rec reconve onvención nción y la ddeman emanda da del divo divorcio rcio inte inter%ues r%uestos tos no advirtió advi rtió $ue tan tanto to ni el actor co como mo su es%o es%osa sa recon reconvien vienen en 'unda 'undando ndo la dem demanda anda en cau causales sales concretas %ro%ias del divorcio"sanción como son las causas %revistas en los incisos 1
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