05 2. Acceso A La Justicia
April 2, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Módulo 5: Introducción a los Derechos Humanos
Acceso a la Justicia
1. Con Concep cepto to El acceso a la justicia puede entenderse como “...las posibilidades fácticas de las personas de reclamar la protección efectiva de un derecho legalmente reconocido o la capacidad de ´hacer valer sus derechos ante el sistema de justicia, entendido éste com como o el ejercicio de la funció fun ción n ju juris risdic diccio ciona nall del Est Estado ado,, que inc inclu luye ye tam tambié bién n la int interv erven enció ción n de aut autori oridad dades es administrativas administrativ as con competencia para resolver problemas jurídicos´ (La Rota et al., 2013, p. 27)”1. Deben distinguirse dos visiones sobre el acceso a la justicia: una restringida y otra más amplia. Según la mirada restringida restringida,, se “...puede decir que se h ha a cumplimenta cumplimentado do el derecho de acceso a la justicia de una persona cuando su reclamo se tramita por mecanismos judiciales y ha alcanzado una resolució resolución n de los órganos encargado encargadoss de la impartición de justicia”2. La vi visi sión ón en se sent ntid ido o má máss am ampl plio io “... “...re requ quie iere re cono conoce cerr y reco recono noce cerr la ex exis iste tenc ncia ia de impedimentos, obstáculos, barreras, condicionantes, distorsiones y/o discrecionalidades que ubican a determinadas personas o a sectores sociales enteros, de manera desigual en lo que se refiere a la tutela efectiva de sus derechos” (2018, p. 2). En ese sentido, (...) implica crear o fortalecer toda instancia, estatal o comunitaria, centralizada o descentralizada, que coadyuve a garantizar el ejercicio de los derechos y que sea capaz de dar respuesta, con imparcialidad e integridad, a las demandas de las personas´ (PNUD, 2005, p. 16)” 3. A modo de resumen, el acceso a la justicia debe ser definido “...como la posibilidad de todas las personas de acceder a los procesos nece necesarios sarios para hace hacerr efectivos todos los der derechos echos reconocidos por un marco normativo”4. Para garantizar este derecho se deben poner a disposición de la ciudadanía diversos mecanismos y dispositivos orientados a la satisfacción de las necesidades jurídicas y a proveer servicios para abordarlas. El acceso a la justicia es una noción presente en forma permanente en el trabajo cotidiano de los/as integrantes del Poder Judicial. 1
Defini Def inició ción n extraíd extraída a del informe informe:: “Cen Centro tros s de Acc Acceso eso a la Jus Justic ticia ia en Ar Argen gentin tina. a. Imp Impact actos os y oportuni opor tunidad dades es para para reducir reducir la bre brecha cha de acceso acceso a la justicia” justicia” , elaborado por Acij, Cels e Inecip Argentina en agosto de 2021, p. 37. 2 3 4
Op cit., p. 37. Op cit., p. 38.
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Módulo 5: Introducción a los Derechos Humanos
Independ Inde pendient ientemen emente te de si tene tenemos mos un conc concepto epto expr expreso eso sobr sobre e su sign significa ificado, do, somos conscientes de que nuestras acciones laborales implican mejorar o no el acceso de las personas que concurren a solicitar respuestas judiciales.
2. Barreras de acceso acceso a la justicia Del informe de ACIJ5, CELS6 e INECIP Argentina7 ya citado, se puede extraer que las barre bar reras ras de acceso acceso a la justic justicia ia son “...lo “...loss obst obstácul áculos os estru estructura cturales les que impi impiden den a
determinados grupos acudir y obtener una respuesta efectiva por parte de mecanismos institucionalizados de resolución de conflictos que sean formal y materialmente útiles para la tutela de sus derechos”8. En este punto es impo importan rtante te refe referirn rirnos os a lo que se da en llam llamar ar inter intersecc secciona ionalida lidad, d, “Es decir, reconocer la existencia de formas entrecruzadas de desigualdad que afectan a ciertas personas y colectivos sociales de manera diferencial. En esta línea, las dificultades para acceder a la justicia pueden estar atravesadas por múltiples factores como género, etnia, nacionalidad, edad, situación económica y social, migratoria, de salud, entre otras. Las instituciones deben reconocer el impacto diferencial sobre determinados grupos y adoptar medidas específicas que mitiguen esa desigualdad y amplíen el acceso a la justicia para toda la población.”9 El informe, en sus páginas 47 y 48 propone un esquema que resume y categoriza las barreras que enfrentan las personas para acceder a la justicia que, en honor a la brevedad, brevedad, compartimos a continuación.
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ACIJ: Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia CELS: Centro de Estudios Laborales y Sociales
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INECIP: Op. cit.,Instituto p. 46. de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales
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Op.cit., p. 46.
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Módulo 5: Introducción a los Derechos Humanos Propuesta metodológica para la definición conceptual y operacional de barreras en el acceso a la justicia
Barreras de acceso a la justicia
Deffin De inic ició ión n concep ceptual
Def Definic inició ión n opera rac cion ional
BARRERAS GEOGRÁFICAS Y FÍSICAS
Impedimentoss físicos Impedimento físicos o geográficos geográficos que dificultan dificu ltan el acceso de quienes quienes viven en zonas alejadas de los centros urbanos a se serv rvici icios os del del se sect ctor or ju just stici icia a y ot otro ross mecanismos de gestión de la conflictividad formales.
Medido en distancia a los tribunales, o centros de acceso a la justicia u organismos admi admini nist stra ratitivo voss de gest gestió ión n de trámite. Inexistencia de rampas y/o as asce cens nsor ores es.. Im Impo posi sibi bililida dad d de acceder con transporte.
BARRE BAR RERAS RAS ECONÓM ECONÓMICA ICAS S
Dif Dificu iculta ltades des o trabas trabas económ económica icass que impiden la accesibilidad a los servicios de justicia. Falta de una perspectiva de justicia gratuita10, exención de tasas de justicia, beneficio de litigar sin gastos, exención de ciertos gastos de peritos, gastos gas tos de trasla traslado do y hosped hospedaje aje para para co conc ncur urri rirr a la lass in inst stitituc ucio ione ness para para la resolución de conflictos.
Costos para acceder a un servicio de just justic icia ia.. Gast Gastos os direc irecto toss (incluidos gastos de abogadas o ab abog ogad ados os,, ta tasa sass de just justic icia ia,, sell sellad ados os), ), y gast gastos os indi indire rect ctos os (viáticos, costos de traslados, día laboral, etc.).
BARRERAS ADMINISTRATIVAS O BUROCRÁTICAS, INSTITUCIONALES
Dif Dificu iculta ltades des genera generadas das por la pro propia pia institución, instit ución, vinculadas vinculadas con el excesivo excesivo tiempo tiempo para para dar respue respuesta stas, s, excesi excesivo vo formalismo, desarticulaciones.
Trabas administrativas y formales. Desarticulaciones entre organismos. Falta de segui seguimiento miento longitudinal longitudinal de los casos.
BARRERAS LINGÜÍSTICAS, CULTURALES O SIMBÓLICAS
Obst Obstác ácul ulos os a lo loss qu que e se en enfr fren enta tan n determinados grupos por no manejar los Códigos culturales mayoritarios.
Falta de adecuación de contenidos. Falta Fal ta de uti utiliza lizació ción n de lengua lenguaje je claro. Falta de disponibilidad de traductores de lenguas de señas y de traductores o intérpretes para lenguas indígenas. Falta de utilización de abordajes desde des de el par paradi adigma gma del modelo modelo social de discapacidad.
BARRERAS DE CONOCIMIENTO/ INFORMACIÓN
Dificultad para identificar el derecho, los organismos organ ismos y los instrumentos instrumentos legales legales para los derechos.
Falta de difusi Falta difusión ón de inform informaci ación ón sobre los derechos. Desconocimiento de la exigibilidad de los derechos. Falta de adecuación de contenidos e información.
BARRERAS BARR ERAS DE GÉNERO GÉNERO
Obstáculos Obstáculos que que afectan afectan a mujeres mujeres y a la comuni com unidad dad LGBTIQ LGBTIQ+, +, qui quiene eness suelen suelen ser víctimas de discrimina inación ión estruc estructur tural al susten sustentad tada a en la divisió división n sexual sex ual del trabajo trabajo y la asigna asignació ción n de role less tradicionales femeninos y masculinos.
Trabas organizacionales por la no ut utililiz izac ació ión n de pe pers rspe pect ctiv iva a de géne género ro en el cicl ciclo o de polí polítitica cass públic púb licas as de acceso acceso a la justicia justicia (elabo (elaborac ración ión,, implem implement entaci ación ón y monitoreo).
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La concepción de justicia gratuita va más allá de asegurar el beneficio de litigar sin gastos, eximir del pago de tasa de justicia y de otros gastos de auxiliares de justicia, sino que implica asumir los costos de iniciar, sostener yenfinalizar (pors,ejemplo, asumir losocostos de viáticos, traslados, de pérdida días laborales personas personun as proceso precarizada precarizadas, costos de cuidado cuidad de personas perso nas dependientes, dependi entes, costos aseg asegurami uramiento ento de de la conectividad conectivida dy acceso a TICs, entre otras) (Echegoyemberry, 2020)
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Módulo 5: Introducción a los Derechos Humanos BARRERAS DE EFICACIA Y EFICIENCIA
Obstáculos vinculados al modo en que se ejecutan y administran los recursos para maximizar maximizar la entrega de productos y se serv rvic icio ios, s, in incu curr rrie iend ndo o en el meno menor r costo posible. Ob Obst stác ácu ulo loss que impi impide den n que que los los ac acue uerd rdos os o se sent nten enci cias as ju judi dici cial ales es se cumplan.
Lentitud y duración de los proc proces esos os de admi admini nist stra raci ción ón de justicia. Falta de soluciones a los conflictos afrontados. Dificultades para determinar cuán efectivo fue el servicio de justicia para la resolución de sus conflictos.
Lectura obligatoria de páginas 45 a 56 del informe referido en el siguiente enlace:
https://drive.google.com/file/d/1dP0xFREe8 https://drive.google.com/file/d /1dP0xFREe8EzwptfW-PH EzwptfW-PHuhbvhBwD uhbvhBwDGUP-3/view GUP-3/view
3. Instrumentos internacionales Los antecedentes a partir de los cuales se desarrolla el campo del acceso a la justicia en el plano plan o inte internac rnaciona ionall se encu encuentra entran n en trata tratados dos inte internac rnaciona ionales les de dere derechos chos humanos humanos.. Mencionamos a modo referencial los siguientes: ● Arts. 8 y 10 de la Declaraci Declaración ón Univ Universal ersal de Derechos Humanos (ONU): se contempla como el derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, frente a los actos que violen derechos fundam fundamentales entales reconocid reconocidos os por la constitución o por la ley (art. 8) y como el derecho a ser oído/a públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, en materia penal (art. 10). ● Art. XVIII de la Declaració Declaración n Ame Americana ricana de De Derechos rechos y Deb Deberes eres d del el Ho Hombre: mbre: a aparece parece como derecho de justicia, acotado a hacer valer los derechos en sede judicial; y el derecho a procedimientos sencillos y breves frente a actos de la autoridad que violen derechos fundamentales. ● Arts. 2, 13 y 15 del Pacto Inter Internaci nacional onal de Derec Derechos hos C Civil iviles es y Po Polític líticos: os: ap aparec arece e como el derecho a interponer un recurso judicial efectivo frente a violaciones de derechos fundamentales. ● Arts. 8 y 25 de la Convenció Convención n America Americana na de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica): se delimita a partir de la enunciación de las garantías judiciales para par a los ac acusa usados dos en causas causas penales penales, incluyendo el derecho derecho a recurrir recurrir las
sentencias ante un juez o tribunal superior.
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Todos estos instrumentos normativos “...actúan como piso y no como techo de lo que el acceso acc eso a la justic justicia ia debe debe se serr, y de deben ben guiar guiar tanto tanto las las de decis cision iones es judic judicia iales les como las las legislativas y los actos de gobierno, acarreando el incumplimiento de la responsabilidad internacional para los Estados (Burgos y Ordóñez, en prensa)”11.
Recuérdese que en nuestro país las declaraciones y tratados internacionales mencionados tienen jerarquía constitucional a partir de la reforma de la Constitución nacional efectuada en el año 1994, que los incluyó en su artículo 75 inc. 22.
4. Cumbre Judicial Iberoamericana12 y acceso a la justicia La Cu Cumbr mbre e Jud Judici icial al Ibe Iberoa roamer merica icana na ha gener generado ado tre tress docum documen entos tos con el int interé eréss de favorecer el acceso pleno a la justicia de personas en condiciones de vulnerabilidad: ● La Ca Carta rta de De Derec recho hoss de las Per Person sonas as ante la Just Justici icia a en el Espacio Espacio Jud Judici icial al Iberoamericano, elaborada en la VII Cumbre Iberoamericana de Presidentes de Cortes Supremas y Tribunales Supremos de Justicia, en 2002. ● La Lass 10 100 0 Re Regl glas as de Bra Brasi sililia a so sobr bre e Acce Acceso so a las las Just Justic icia ia de las las Pe Pers rson onas as en Condición de Vulnerabilidad, elaboradas en la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana, llevada a cabo en el año 2008. Tal como lo indica el capítulo I, sección 1era, estas “...reglas tienen como objetivo garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de las personas en condición de vulnerabil vulnerabilidad, idad, sin discrimina discriminación ción alguna, englobando el conjunto de políticas, medidas, facilidades y apoyos que permitan a 11
Op. cit., p. 38. La Cumbre Judicial Iberoamericana es una estructura de cooperación, concertación e intercambio de experiencias, que se articula a través de las máximas instancias de los Poderes Judiciales de la región Iberoamericana. Reúne a los Presidentes de las Cortes Supremas y Tribunales Supremos de Justicia y a los máximos responsables de los Consejos de la Judicatura iberoamericanos.
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Su princi palstenci finalidad finali “adopción “adopc de lproyectos y acciones concertadas, concer tadas, la convicción convicc ión sin de queprincipal la existe exi ncia adad de esunlaacervo ace rvo ión cultura cultural común común consti con stituy tuye e un instru instrumen mento todesde pri privil vilegi egiado ado que, menoscabo menosc abo del necesario necesario respeto a la diferencia, diferencia, contribuye contribuye al fortalecimiento fortalecimiento del Poder Judicial Judicial y, por extensión, del sistema democrático, mediante la reafirmación de postulados compartidos que aseguren una administración de justicia independiente e imparcial, 2 accesible al ciudadano, eficaz, eficiente, pronta y equitativa, que garantice los derechos humanos y el respeto a la seguridad jurídica”. Los países miembros son 23: Andorra, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, España, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela. La actual Cumbre Judicial Iberoamericana es el resultado de la fusión o convergencia, a partir del mess de ju me juni nio o de 2004 2004,, de la Cumb Cumbre re Iber Iberoa oame meri rica cana na de Pr Pres esid iden entes tes de Cort Cortes es Supr Suprem emas as y Tribunales Supremos de Justicia (creada en 1990) y el Encuentro Iberoamericano de Consejos de la Judicatura (instituido en 1998). La Argentina participa a través de la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de la Magistratura de la Naci Na ción ón,, di difu fund ndie iend ndo o lueg luego o los los acue acuerd rdos os a los los que que se ar arri riba ba a to todo doss lo loss Pode Poderes res Ju Judi dici cial ales es provinciales.
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dichas personas el pleno goce de los servicios del sistema judicial”. A su vez, define en la sección 2da, a las personas en situación de vulnerabilidad: “Se consideran en condición de vulnerabilidad aquellas personas que, por razón de su edad, género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales, encuentran especiales dificultades para ejercitar con plenitud ante el sistema de justicia los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico. Podrán constituir causas de vulnerabilidad, entre otras, las siguientes: la edad, la discapacidad, la pertenencia a comunidades indígenas o a minorías, la victimización, la migración y el desplazamiento interno, la pobreza, el género y la privación de libertad. La concreta determinación de las personas en condición de vulnerabilidad en cada país dependerá de sus características específicas, o incluso de su nivel de desarrollo social y económico”. Las Reglas de Brasilia no se limitan a establecer bases de reflexión sobre los problemas del acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, sino que recogen recomendaciones para quienes prestan sus servicios en órganos públicos. Tal como lo indica el capítulo I, sección 1era, estas “...reglas tienen como objetivo ga garan rantiz tizar ar las con condic dicion iones es de acc acceso eso efe efecti ctivo vo a la justi justicia cia de las pers person onas as en condición de vulnerabilidad, sin discriminación alguna, englobando el conjunto de políticas, medidas, facilidades y apoyos que permitan a dichas personas el pleno goce de los servicios del sistema judicial”. No solamente se refieren a la promoción de políticas públicas que garanticen el acceso a la justicia de este grupo de perso personas, nas, sino también a all trabajo cotidian cotidiano o que todos/as los/as servidores/as públicos/as y operadores/as del sistema judicial, y de quienes intervienen en su funcionamiento. El Poder Judicial debe ser un instrumento para la defensa efectiva de los derechos de todas las personas. Mas debe poner especial atención en aquéllos casos que se encuentren en condiciones de vulnerabilidad, dado que, generalmente, encuentran obstáculos mayores para el ejercicio de sus derechos. Se deberá llevar a cabo una actuación más intensa para vencer, eliminar o mitigar dichas limitaciones. Como Co mo hem hemos os des desarr arroll ollado ado en es este te mat materi erial, al, poca poca utilid utilidad ad tiene tiene que el Est Estad ado o reconozca legalmente un derecho si su destinatario/a no puede acceder de forma efectiva al sistema de justicia para obtener su protección. El sistema judicial puede contribuir en forma consistente a reducir las desigualdades sociales y favorecer la cohesión social.
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación adhirió a dichas Reglas en el año 2009, mediante Acordada Nº 5. El Poder Judicial de la Provincia del Neuquén lo hizo en el año 2010, mediante Acuerdo Ordinario 4612, 4612, punto 19 19.. Es sumame sumamente nte importa importante nte conocerlas, pues constituyen un instrumento guía para la organización y gestión judicial, como también para el análisis de los procedimi procedimientos entos y prácticas cotidianas de los distintos organismos judiciales.
Lectura obligatoria en el siguiente enlace:
https://drive.google.com/file/d/1EU1Vy483D77u0G8nWH2zJcDSucGBJsmP/view?usp=sha re_link Documento completo de las 100 Reglas de Brasilia (no obligatorio) en obligatorio) en el siguiente enlace: enlace: https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2009/7037.pdf
● El Protocolo Iberoameri Iberoamericano cano para el acceso acceso a la ju justicia sticia d de e las personas y grup grupos os en condiciones de vulnerabilidad, aprobado en la XVII Cumbre Judicial Iberoamericana del año 2014, está fundado en instrumentos internacionales de derechos humanos. Tiene como finalidad brindar a las y los juzgadores herramientas para la tarea de impartir justicia de forma especializada en estos temas específicos. El protocolo está dividido en dos volúmenes: el primero se refiere a niñas, niños y ad adol oles esce cent ntes es;; pe pers rson onas as,, co comu muni nida dade dess y pueb pueblo loss indí indíge gena nas; s; pers person onas as con con discapacidad y migrantes. El segundo específicamente se refiere a violencia de género contra las mujeres. Da continuidad a la Carta de Derechos de las Personas ante la Justicia en el Espacio Judicial Iberoamericano y las Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad. Los tres documentos tienen un de denom nomina inador dor com común ún:: fav favore orece cerr el acc acces eso o ple pleno no a la jus justic ticia ia de pers persona onass en condiciones de vulnerabilidad.
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5. Principios orientadores El acceso a la justicia debe ser guiado por los siguientes principios:
Universalidad
Gratuidad
Esta Estará rá rese reservad rvada a para quie quienes nes supo supongan ngan una carga excesiva hasta el mínimo costo.
Debe garantizars garantizarse e la prestación y presencia de los servicios en forma permanente
Continuidad
Adaptabilidad
Integridad
Calidad
Todo/ odo/a a inte integran grante te de la soci sociedad edad debe tene tener r acceso y posibilidad de recurrir a los mecanismos que brinde el sistema.
Los sistemas deben ser capaces de adaptar la oferta ofe rta a la deman demanda da con la may mayor or cele celerid ridad ad posible.
Las necesidad necesidades es jurídicas deben concebirse en forma amplia y no limitarse a un determinado ámbito (la defensa penal, por ejemplo).
Se pr pre eten tende pr pro oporci orcion ona ar u un na e efe fect ctiiva re real aliz izac ació ión n de dell de dere rech cho o y no la pu pues esta ta en práctica de mecanismos formales que resulten in incap capac aces es de pro provee veerr un adecu adecuado ado nivel de protección.
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6. Poder Judicial de Neuquén. Neuquén. Justicia de Paz y Oficina de Acceso a la Justicia 6.1 Justicia de Paz.
La justicia de paz del Poder Judicial de Neuquén pr presta esta su servicio a través de 34 34 juzgados Todos ostentan la misma jerarquía y se con sede en distintas localidades de la provincia. provincia. Todos encuentr encu entran an coor coordina dinados dos por una Dire Direcció cción n que que depende en forma directa del Tribunal Superior de Justicia. ciudadanos/as de los lugares lugares más Su existencia se funda en la necesidad de llegar a los/las ciudadanos/as alejados de la provincia a fin de garantizar el acceso a la justicia. Tiene una inserción comunitaria que le permite un conocimiento cercano del contexto social, su dinámica y también de sus conflictos, no sólo por los lugares donde están emplazados los juzgados de paz en las ciudades y en el territorio provincial, sino por la relación que el juez o jueza de paz tiene con con su comunidad. comunidad. Esta proximidad física y vincular de la justicia de paz con la comunidad, dota al Poder Judicial de un canal privilegiado para llegar a la sociedad y ser un portal de acceso a la justicia. La justicia de paz tiene expreso reconocimie reconocimiento nto en nuestra Constitución provincial (arts. 243 a 248) y su competencia amplia y diversa está determinada por la Ley Orgánica de Justicia de Paz n° 887 y otras leyes especiales. 6.2 Oficina de Acceso a la Justicia (OAJ) El Poder Judicial de la Provincia del Neuquén creó mediante mediante Acuerdo Acuerdo 5700/18 (punto 20) 20) la Oficina de Acceso a la Justicia (OAJ) en el marco del Plan de Gobierno 2018. Tiene como finali fin alidad dad el est estudi udio, o, seg seguim uimien iento to y for fortal taleci ecimie miento nto de las acc accion iones es qu que e apu apunte nten n a la superación de obstáculos para el efectivo acceso a la justicia en condiciones de inclusión e igualdad de derechos y género. La OAJ depende en forma directa del Tribunal Superior de Justicia (ver ( ver organigrama) organigrama) y tiene bajo su órbita de acción la Oficina de la Mujer.
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Módulo 5: Introducción a los Derechos Humanos Lectura obligatoria: fundamentos de la creación de la OAJ, misión y funciones, en el
siguiente enlace: https://drive.goo https://drive.google.com/file/d gle.com/file/d/1O9aQ-Fo-NN /1O9aQ-Fo-NNLwEEjIrMqW LwEEjIrMqWOM4GdSA3Bn4 OM4GdSA3Bn4X/view X/view Referencias bibliográficas citadas en el informe “Centros de Acceso a la Justicia en Argentina. Impactos y oportunidades oportunidades para reducir la brecha de acceso a la justicia” ,
el elab abor orad ado o po porr Ac Acijij,, Ce Cels ls e Inec Inecip ip Ar Arge gent ntin ina a en ag agos osto to de 20 2021 21 (s (sur urge gen n en la lass transcripciones transcripcion es de este material).
● Burgos, Burgos, M. y Ordóñez, Ordóñez, F. F. (en prensa). prensa). En contravía contravía:: economía economía política, política, derechos derechos humanos y justicia desde el pensamiento jurídico crítico. Bogotá: ILSA. Extraído del
informe “Centros de Acceso a la Justicia en Argentina. Impactos y oportunidades pa para ra red reduci ucirr la bre brecha cha de acc acceso eso a la jus justic ticia” ia”.. Inform Informe e de Aci Acij,j, Ce Cels ls e Ine Inecip cip Argentina, agosto de 2021. ● Echegoyemberry Echegoyemberry,, N. (2020). Acceso a la justicia en Latinoamérica. Latinoamérica. ACIJ. Extraído del informe “Centros de Acceso a la Justicia en Argentina. Impacto Impactoss y oportunidades pa para ra red reduci ucirr la bre brecha cha de acc acceso eso a la jus justic ticia” ia”.. Inform Informe e de Aci Acij,j, Ce Cels ls e Ine Inecip cip Argentina, agosto de 2021. ● Estévez, Estévez, D., Gottero, Gottero, L., Jara Jaramill millo, o, V., Kandel, Kandel, V., Martín, Martín, W. y Yovan, Yovan, D. (2018). (2018). Acceso a la justicia. Desafíos y reflexiones reflexiones desde la experiencia experiencia argentina. Cuadernos del pensamiento crítico latinoamericano, 57, 1-3. Extraído del informe “Centr “Ce ntros os de Acceso Acceso a la Justic Justicia ia en Argent Argentin ina. a. Impact Impactos os y oportu oportunid nidade ades s para para reducir la brecha de acceso a la justicia”. Informe de Acij, Cels e Inecip Argentina, agosto de 2021.
● La Rota, M. E., Lalinde, S. y Uprimny, Uprimny, R. (2013). Encuesta nacional de necesidades necesidades jurídicas y acceso a la justicia. Marco conceptual y metodológico. metodológico. Bogotá: Bogotá: Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad, Dejusticia. Extraído del informe “Centros de Acceso a la Justicia en Argentina. Impactos y oportunidades para reducir la brecha de acceso a la justicia”. Informe de Acij, Cels e Inecip Argentina, agosto de 2021.
Programa de las Naciones Naciones Unidas Unidas para el Desarrol Desarrollo lo (2005 (2005). ). Manual Manual de Políticas Políticas ● Programa
Públ Pú blic icas as para para el Acce Acceso so a la Just Justic icia ia.. Bu Buen enos os Ai Aire res: s: In Inst stit itut uto o de Estu Estudi dios os
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Módulo 5: Introducción a los Derechos Humanos Compara Com parados dos en Ciencias Ciencias Penales Penales y Sociales Sociales.. Extraído Extraído del informe informe “Centros de Acceso a la Justicia en Argentina. Impactos y oportunidades oportunidades para reducir la brecha de acceso a la justicia”. Informe de Acij, Cels e Inecip Argentina, agosto de 2021.
__________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ _____ Este material fue elaborado por la Escuela de Capacitación del Poder Judicial de la Provincia del Neuquén con la colaboración de la Dra. Débora Valle, directora de la Oficina de Acceso a la Justicia y responsable de la Oficina de la Mujer (2022).
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