04 Derecho Procesal Civil y Mercantil
March 20, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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DERECHO PROCESAL CIVIL CÓDIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL (DECRETO LEY 107) 1. ¿QUÉ DECRETO LEY ES EL CÓDIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL? Decreto Ley 107 2. ¿POR QUÉ EL CPCYM ES UN DECRETO LEY? Porque entró en vigencia durante un gobierno de facto. 3. ¿CUÁL ES LA FECHA DE CREACIÓN DEL CPCYM? 14 de septiembre de 1963 4. ¿CUÁL ES LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL CPCYM? 1 de julio de 1964 5. ¿EN QUÉ GOBIERNO ENTRÓ EN VIGENCIA EL CPCYM? Durante el gobierno de Enrique Peralta Azurdia 6. ¿CUÁNTOS ARTÍCULOS CONTIENE EL CPCYM? 635 artículos L EY ADJETIVA? 7. ¿POR QUÉ EL CPCYM ES UNA LEY Porque hace referencia a los procesos con los que se resuelve el derecho. L EY MATERIAL? 8. ¿POR QUÉ EL CPCYM ES UNA LEY Porque contiene procesos y no derechos. 9. ¿CUÁLES SON LOS LIBROS QUE FORMAN EL CPCYM? LIBRO I - Dispos Disposiciones iciones gener generales ales (Ar (Arts. ts. 1-95 1-95)) LIBRO II - Procesos de conocim conocimiento iento (Arts. 96-293) LIBRO III - Procesos de ejecución (Arts. 294-400) LIBRO IV - Procesos especiales (Arts. 401-515) LIBRO V - Alternativas comunes a todos los procesos (Arts. (Arts. 516-595) LIBRO VI - Impugnaciones de las resoluciones judiciales (Arts. 596-635) 10. ¿CUÁL ES LA HISTORIA DEL CPCYM? Fue creado y entró en vigencia durante el gobierno de Enrique Peralta Azurdia, se realiza un nuevo código que sustituiría al Decreto Legislativo 2009 de Guatemala, Código de Enjuiciamiento Civil y Mercantil, y se hizo a través de una comisión conformada por abogados, basándose en la sistemática propuesta por el autor uruguayo Eduardo J. Couture, en su proyecto de Código de Procedimiento Civil de Argentina. Luego de varias sesiones el proyecto del Código Procesal Civil y Mercantil entró en vigencia el 1 de julio de 1964. DERECHO PROCESAL PROCESAL? L? 11. ¿QUÉ ES EL DERECHO PROCESA Es una rama del derecho privado que estudia el conjunto de normas jurídicas y principios principios que regulan el de desarrollo, sarrollo, contenido y eficacia del proceso civil. 12. ¿QUÉ ES EL PROCESO? Es una secuencia o serie de actos que se desenvuelven progresivamente con el objeto de resolver, mediante un juicio de autoridad, el conflicto sometido a su jurisdicción. 13. ¿CUÁLES SON LOS PRINCIPIOS PROCESALES? 1º. Dispositivo, 2º. Oralidad, 3º. Inmediación, 4º. Celeridad, 5º. Judicación especial, 6º. Eventualidad, 7º. Publicidad, 8º. Concentración procesal, 9º. Igualdad,
10º. Preclusión, 11º. Adquisición procesal, 12º. Economía procesal, 13º. Probidad, 14º. Escritura, 15º. Legalidad, 16º. Convalidación, 17º. Congruencia. 14. ¿CUÁL ES EL PRINCIPIO DISPOSITIVO? Es el que hace referencia a que las partes son las que accionan mediante el principio de acción procesal, por lo que corresponde a ellos impulsar el proceso. (26, 113 y 126cpcym) 15. ¿CUÁL ES EL PRINCIPIO DE ORALIDAD? Es el que hace referencia a que en la mayor parte de actos procesales prevalece la oralidad. (200, 201 y 230cpcym) 16. ¿CUÁL ES EL PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN? Es el que hace referencia a la relación procesal entre el juez y las partes. (129cpcym) 17. ¿CUÁL ES EL PRINCIPIO DE CELERIDAD? Es el que pretende que el proceso sea rápido. (64cpcym) 18. ¿CUÁL ES EL PRINCIPIO DE JUDICACIÓN ESPECIAL? Es el que hace referencia a la necesidad de la presencia del juez. EVENTUALIDAD? LIDAD? 19. ¿CUÁL ES EL PRINCIPIO DE EVENTUA Es el que hace referencia al hecho de aportar en el mismo momento los medios de ataque y defensa. 20. ¿CUÁL ES EL PRINCIPIO DE PUBLICIDAD? Es el que hace referencia a que todos los actos son públicos. (29cpcym) 21. ¿CUÁL ES EL PRINCIPIO DE CONCENTRAC CONCENTRACIÓN IÓN PROCESAL? Es el principio que busca realizar la mayor cantidad de etapas procesales en un menor número de audiencias. (202cpcym) 22. ¿CUÁL ES EL PRINCIPIO DE IGUALDAD? Es el que hace referencia a que los actos procesales deben ejecutarse con la intervención de la parte contraria. (111, 138, 129, y 66cpcym) LA JURISDICCIÓN 23. ¿QUÉ ES LA JURISDICCIÓN? Es la facultad que tiene el estado de administrar justicia a través de sus órganos jurisdiccionales. (203cprg y 52loj) 24. ¿CUÁLES SON LOS PODERES O FACULTADES DE LA JURISDICCIÓN? 1º. Notio (poder de conocimiento), 2º. Vocatio (poder de convocar), 3º. Coertio (poder de coerción), 4º. Iudicium (poder de decisión), y 5º. Executio (poder de ejecución). 25. ¿A QUÉ HACE REFERENCIA EL NOTIO? A la facultad del del órgano jurisdicciona jurisdiccionall de conocer un a asunto sunto sometido a su jurisdicción. 26. ¿A QUÉ HACE REFERENCIA EL VOCATIO? A la facultad del del órgano jurisdicciona jurisdiccionall de convocar a la lass partes a juicio. 27. ¿A QUÉ HACE REFERENCIA EL COERTIO? A la facultad del del órgano jurisdicciona jurisdiccionall de obligar a las par partes tes a comparecer a juicio. 28. ¿A QUÉ HACE REFERENCIA EL IUDICIUM? 1
A la facultad del del órgano jurisdiccion jurisdiccional al de juzgar y dictar sentencia. 29. ¿A QUÉ HARE REFERENCIA EL EXECUTIO? A la facultad que tiene el órgano jur jurisdiccional isdiccional para hacer cu cumplir mplir una sentencia. 30. ¿CUÁLES SON LOS ELEMENTOS DE LA JURISDICCIÓN Y EXPLIQUE CADA UNO DE ELLOS? ELEMENTOS SUBJETIVOS SUBJETIVOS:: Se integran los sujetos que 1º. ELEMENTOS permiten indicar la presencia de la jurisdicción. El juez, las partes y los terceros. FORMALES: Se constituyen en el procedimiento. 2º. ELEMENTOS FORMALES: 3º. ELEMENTOS MATERIALES: MATERIALES: Se refieren al contenido y fines de la jurisdicción. COMPETENCIA 31. ¿QUÉ ES LA COMPETENCIA? Es el límite de la jurisdicción, consiste en la facultad que tiene un órgano jurisdiccional de administrar justicia a un caso concreto. 32. ¿CUÁLES SON LAS REGLAS DE LA COMPETENCIA? 1º. Competencia por razón de la materia, 2º. Competencia por razón del territorio, 3º. Competencia por razón de la cuantía, 4º. Competencia por razón de grado, y 5º. Competencia por razón de turno. 33. ¿A QUÉ HACE REFERENCIA LA COMPETENCIA POR RAZÓN DE LA MATERIA? A la competencia competencia por razón de la rama del dere derecho cho que conocen. (civil, laboral, penal) 34. ¿A QUÉ HACE REFERENCIA LA COMPETENCIA POR RAZÓN DEL TERRITORIO? A la circunscripción circunscripción territorial en la que un órgano jur jurisdiccional isdiccional aplica su jurisdicción. 35. ¿QUÉ ES EL PACTO DE SUMISIÓN? Es la decisión de las partes de someterse a un órgano jurisdiccional distinto del competente por razón del territorio. (2cpcym) 36. ¿EN QUÉ CASOS SE PUEDE DAR LA PRÓRROGA DE LA COMPETENCIA? Cuando un juez que no es competente para conocer un caso concreto lo conoce, lo cual se puede dar por razón del territorio en los siguientes casos: 1º. Por falta falta o impedimento del que sea co competente, mpetente, 2º. Por sometimiento sometimiento expreso expreso de las partes (pacto de sumisión), 3º. Por contestar contestar la demanda, demanda, sin oponer inco incompetencia, mpetencia, 4º. Por reconvención, cuando esta proceda, 5º. Por acumulación (objetiva o subjetiva), y 6º. Por otorgarse otorgarse fianza a la persona del obligado. (3 y4cpcym) 37. ¿CÓMO SERÁ LA COMPETENCIA POR RAZÓN DEL DOMICILIO? 1º. En acciones acciones per personales sonales será será co competente mpetente e ell órgano jurisdiccional del domicilio domicilio del demandado. 2º. En los procesos sobre pres prestación tación de alimentos o pago de pensiones por ese concepto, será competente el del domicilio donde resida el demandado o donde tenga su domicilio la parte demandante, a lección de ésta última. (16cpcym) 38. ¿CÓMO SERÁ LA COMPETENCIA EN LA REPARACIÓN DE DAÑOS?
Será competente el juez del lugar en que se hubieren causado los mismos. (16cpcym) 39. ¿CÓMO SERÁ LA COMPETENCIA POR UBICACIÓN DE LOS INMUEBLES? En estos casos será competente el juez del lugar en donde se encuentren situados los bienes. Si estos estuvieren en distintos departamentos departamentos,, el del lugar donde estuviera situado cualquiera de estos, siempre que en ese mismo lugar tenga su residencia el demandado. A falta del anterior, el d del el lugar en donde se e encuentre ncuentre el de mayor valor según su matrícula fiscal. (18cpcym) 40. ¿CÓMO SERÁ LA COMPETENCIA EN LOS PROCESOS SUCESORIOS? 1º. Compete al juez de primera instancia del último dom domicilio icilio del causante, 2º. A falta de domicilio, el juez de pri primera mera instancia del lugar en qu que e exista la mayor parte de los bienes inmuebles que formen la herencia, 3º. A falta del domicilio y d de e bienes, e ell juez de primera instan instancia cia del lugar donde el causante haya fallecido. (21cpcym) 41. ¿A QUÉ HACE REFERENCIA LA COMPETENCIA POR RAZÓN DE LA CUANTÍA? Al valor de la reclamación. reclamación. 42. ¿CUÁLES SON LAS CLASES DE CUANTÍA? DETERMINADA:: 1. DETERMINADA Mayor cuantía: Juez de primera instancia, Menor cuantía: Juez de paz, Ínfima cuantía: Juez de paz. INDETERMINADA:: 2. INDETERMINADA Juez de primera instancia 43. ¿QUÉ ES LA PERPETUATU JURISDICTIONIS? Es un principio por el cual la situación de hecho existente en el momento de ser admitida la demanda es la que determina la competencia para todo el proceso, sin que ninguna modificación pueda afectarla. (5cpcym) 44. ¿QUÉ DISPOSICIONES SE DEBEN OBSERVAR PARA ESTABLECER LA CUANTÍA DE LA RECLAMACIÓN? 1º. No se computarán los in intereses tereses devengados, 2º. Si se demandaren p pagos agos parc parciales iales o saldos de obligaciones, la competencia se determinará por el valor de la obligación o
contrato 3º. Si el juicorespectivo, versare sobre renta rentas, s, pensiones o presta prestaciones ciones periódicas, servirá de base su importe anual. (8cpcym) 45. ¿A QUÉ HACE REFERENCIA LA ACUMULACIÓN OBJETIVA? Hace referencia a que si en un mismo proceso se establecen a la vez varias pretensiones, en los casos que proceda, se determinará la cuantía del proceso por el monto a que ascendieren todas las prestaciones entabladas. (11cpcym) 46. ¿QUÉ ES LA INSTANCIA? La instancia representa los grados o etapas jurisdiccionales en los que se divide el proceso. 47. ¿CUÁL ES LA REGLA DE LA INSTANCIA? En ningún proceso habrá más de dos instancias. (59loj) 2
PROCESO JUDICIAL 48. ¿QUÉ ES EL PROCESO JUDICIAL? Es una serie de etapas que se desarrollan en forma ordenada y concatenada para obtener la solución de un conflicto ante órgano jurisdiccional. 49. ¿QUÉ ES EL PROCEDIMIENTO? Es la forma en que se desarrolla cada una de las etapas del proceso. 50. ¿CUÁL ES EL ESQUEMA DEL PROCESO? 1. Inicio 2. Desarrollo 3. conclusión 51. ¿CUÁL ES LA CLASIFICACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS CIVILES? 1º. DE CONOCIMIENTO: Juicio ordinario Juicio oral Juicio sumario Arbitraje 2º. DE EJECUCIÓN: a. Individuales: Ejecución en la vía de apre apremio mio Juicio ejecutivo Ejecuciones de sentencia Ejecuciones especiales especiales b. Colectivos: Concurso vo voluntario luntario de acreedores
Concursorehabilitación ne necesario cesario de acreedores Quiebra
3º. ESPECIALES: 4º. CAUTELARES: 52. ¿QUIÉNES SON LAS PERSONAS QUE INTERVIENEN EN LOS PROCESOS? 1º. El juez (25cpcym) 2º. El secretario (28cpcym) 3º. Auxiliares del juez (31cpcym) 4º. Las partes (44cpcym) 53. ¿QUIÉN ES EL JUEZ? Es la persona que el Estado ha revestido de autoridad, delegándole la facultad de administrar justicia y resolver conflictos sometidos a su jurisdicción. (25cpcym) (25cpcym) 54. ¿CÓMO DEBE SER EL FALLO QUE DEBE DICTAR EL JUEZ? Debe ser congruente con la demanda (P. de congruencia) y no podrá resolver de oficio sobre excepciones que solo puedan ser propuestas por las partes (P. dispositivo). (26cpcym) 55. ¿QUIÉN ES EL SECRETARIO? Es la persona que asistirá al juez, con su firma, en todos los casos en que deban dictarse resoluciones o levantarse actas. (28cpcym) 56. ¿CUÁLES SON LAS ATRIBUCIONES DEL SECRETARIO? 1º. Extender certificaciones, copias de los documen documentos tos y de las actuaciones. 2º. Conservación y fo formación rmación de lo loss expedientes. expedientes. 3º. Es el je jefe fe administrativo del tribunal. (29cpcym) 57. ¿QUIÉNES SON LOS AUXILIARES DEL JUEZ? 1º. DENTRO DEL JUZGADO: Notificadores
Oficial Comisario 2º. FUERA DEL JUZGADO: NOTARIOS NOTARIOS:: El Juez y podrá encomendar a un notario la realización de determinados actos, incluso notificaciones y discernimientos. (33cpcym) DEPOSITARIOS:: La conservación y administración de DEPOSITARIOS bienes embargados o secuestrados se confiará a un depositario. (34cpcym) INTERVENTORES INTERVENTORES:: El depositario de fincas rústicas o urbanas, de establecimientos comerciales, o de propiedades agrícolas tendrá el carácter de interventor. (37cpcym) 58. ¿QUIÉNES TIENEN CAPACIDAD PROCESAL? 1º. Los civilmente capaces. 2º. Los civilmen civilmente te incapace incapacess a través de sus representantes representantes.. 3º. Las persona personass jurídicas a través de sus representantes representantes.. 4º. Las uniones, asociaciones o comi comités tés por medio de las persona personass que actúen públicamente a nombre de ellos. 5º. El Est Estado ado por medio de la PGN. (252cprg) (44cpcym) 59. ¿CÓMO DEBE SER LA ASISTENCIA TÉCNICA? 1º. Las part partes es deber deberán án co comparecer mparecer a auxiliados uxiliados por abogad abogado o colegiado. 2º. No será necesario e ell auxilio de abogad abogado o en los asuntos de ínfima cuantía y cuando en la población donde tenga su asiento el tribunal, estén radicados menos de cuatro abogados hábiles. 3º. En los casos de violencia intra intrafamiliar familiar no necesita e ell auxilio de abogado colegiado. 60. ¿QUÉ PERSONAS PUEDEN SER PARTE EN UN PROCESO? 1º. Todo que tenga interés, y 2º. Cualquier persona individual o jurídica.
LA ACCIÓN 61. ¿QUÉ ES LA ACCIÓN? Es la facultad o derecho que tiene toda persona de recurrir ante el órgano jurisdiccional a reclamar justicia y obtener la tutela jurídica y hacer valer sus pretensiones. 62. ¿CUÁL ES LA NATURALEZA DE LA ACCIÓN? OBRAR : La 1º. LA ACCIÓN COMO DERECHO CONCRETO DE OBRAR: acción sólo le corresponde a los que tienen la razón y aunque la acción no es el derecho, no hay acción si no hay derecho. LA ACCIÓN COMO UN DERECHO ABSTRACTO DE OBRAR 2º. La acción corresponde no solo a los que tienen la razón, sino : también a aquellos que promueven la demanda. 3º. LA ACCIÓN COMO UN DERECHO AUTÓN AUTÓNOMO OMO:: La acción y la obligación son derechos distintos, pero unidos llenan la voluntad de la ley. PRETENSIÓN PROCESAL 63. ¿QUÉ ES LA L A PRETENSIÓN PROCESAL? Es aquel derecho que se estima que se tiene y que se quiere se declare. LOS ACTOS PROCESALES 64. ¿QUÉ SON LOS ACTOS PROCESALES?
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Son las actividades realizadas por las partes, el juez y los terceros, tendientes a crear, modificar o extinguir una relación jurídica procesal. 65. ¿QUÉ SON LOS HECHOS PROCESALES? Son acontecimientos que producen efectos jurídicos dentro de un juicio y que no devienen devienen de la voluntad de de los que intervien intervienen. en. 66. ¿QUÉ ES LA RELACIÓN JURÍDICA PROCESAL? Es el vínculo jurídico que existe entre dos o más personas en virtud de un proceso. 67. ¿CÓMO SE CLASIFICAN LOS ACTOS PROCESA PROCESALES? LES? 1º. ACTOS DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL: Son los actos
9º. 10º. 11º. 12º.
Auxilio de un abogado. Tantas copias como parte partess existan. Lugar para recibir notificac notificaciones iones por parte del abogado. En la demanda se fijarán los hech hechos, os, las pruebas que van a rendirse, los fundamentos de derecho y la petición. 13º. Acompañar documen documentos tos en los que funde su derecho. (50, 61, 63, 106 y 107 cpcym) 73. DE TODO ESCRITO Y DOCUMENTO QUE SE PRESENTE, ¿CUÁNTAS COPIAS DEBEN ENTREGAR ENTREGARSE? SE? Tantas copias como partes existan, más la copia der recibido y una para reponer autos.
emanados por los agentes de la jurisdicción. jurisdicción. 2º. ACTOS DE LAS PARTES: Son los actos realizaos por los litigantes y sus abogados con el objeto de satisfacer sus pretensiones. pretensiones. 3º. ACTOS DE TERCEROS: Son los actos de los terceros que intervienen en el proceso. proceso. 68. ¿CUÁLES SON LOS ACTOS DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL? 1º. ACTOS DE DECISIÓN: DECISIÓN: Tienden Tienden a resolver las instancias del proceso por medio de decretos, autos y sentencias. sentencias. 2º. ACTOS DE COMUNICACIÓN: COMUNICACIÓN: Son Son los actos en los que se les hace saber a las partes las resoluciones por medio de notificaciones. notificaciones. 3º. ACTOS DE DOCUMENTACIÓN: El órgano jurisdiccional documenta sus propios actos procesales, de las partes y los terceros. terceros. 69. ¿CUÁLES SON LOS ACTOS DE LAS PARTES? 1º. ACTOS DE OBTENCIÓN: Tienden a obtener del órgano jurisdiccional la satisfacción satisfacción de la pre pretensión tensión mediante los cuales se aportan elementos al proceso. proceso. 2º. ACTOS DE DISPOSICIÓN: DISPOSICIÓN: Tienen Tienen por objetivo crear, modificar o extinguir situaciones procesales. procesales. 70. ¿CÓMO PUEDEN SER LOS ACTOS DE TERCEROS? 1º. ACTOS DE PRUEBA: Se dan por medio de la declaración de testigos o dictamen de expertos, por solicitud de las partes con el objeto de convencer al juez sobre determinada situación. situación. 2º. ACTOS DE DECISIÓN: DECISIÓN: Se Se delega la facultad de decidir a una tercera persona. Ej. Árbitros. Árbitros. 3º. ACTOS DE COOPERACIÓN: Es la colaboración que prestan los terceros en el proceso. proceso. 71. ¿QUÉ ES LA DEMANDA? Es el acto introductorio de la acción por medio de la cual el actor determina su pretensión mediante relatos de hechos o invocación del derecho. 72. ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS DE LA DEM ANDA? 1º. Designación del juez o tribunal. 2º. Nombres y apellidos co completos mpletos de dell solicitante o de la persona que lo represente, sus datos de identificación e indicar el lugar para recibir notificaciones. 3º. Relación de hechos. 4º. Fundamento y citación de leyes. 5º. Nombres y residencia de las persona personass de quienes se reclama un derecho, si se ignorare la residencia se hará constar. 6º. La petición en términos precisos.´ 7º. Lugar y fecha. 8º. Firma del solicitante solicitante y del abogado que lo auxilie, así com como o el sello de éste.
74. ¿POR QUÉ LOS LITIGANTES DEBEN PRESENTAR UNA COPIA ADICIONAL? Para reponer autos. 75. ¿QUÉ ES EL DERECHO DE ACCIÓN? Es el derecho que tienen las personas, otorgado por la ley, de acudir a los órganos jurisdiccionales j urisdiccionales para solicitar que se administre justicia a un caso concreto poniéndolo en movimiento. 76. ¿CÓMO DEBEN SER LOS PLAZOS Y TÉRMINOS A LAS PARTES PARA REALIZAR ACTOS PROCESALES? Son perentorios e improrrogables, salvo disposición legal en contrario. (64cpcy) 77. ¿CÓMO SE PROCEDE AL VENCIMIENTO DE UN PLAZO O TÉRMINO PROCESAL? Vencido un plazo o término procesal, se dictará la resolución que corresponda al estado del juicio, sin necesidad de gestión alguna. (64cpcym) 78. ¿QUÉ ES LA NOTIFICACIÓN? Es un acto procesal mediante el cual se les comunica a las partes y demás sujetos alguna actuación que devenga del proceso. 79. ¿EN QUÉ MOMENTO SE TRABA LA LITIS? Con la contestación de la demanda, o bien con la preclusión del término respectivo para hacerlo, haya comparecido o no el demandado a la citación judicial. 80. ¿CUÁLES SON LAS CLASES DE NOTIFICACIONES? 1º. Personalmente. (67cpcym) 2º. Por los estrados del tribunal. (68cpcym) 3º. Por el libro de copias. (68cpcym) 4º. Por boletín judicial. (68cpcym) 5º. Electrónicas (D#15-2011) 81. ¿CUÁL ES LA NOTIFICACIÓN PERSONAL? Es la notificación que se le hace directamente a la persona emplazada o a sus legítimos representantes. (67cpcym) 82. ¿EN CUÁNTO TIEMPO SE DEBEN REALIZAR LAS NOTIFICACIONES PERSONALES? Dentro de 24 horas. 83. ¿EN CUANTO TIEMPO SE DEBEN NOTIFICAR LAS PROVIDENCIAS O DECRETOS? Dentro los dos días siguientes de haberse dictado por el tribunal. (142loj) 84. ¿EN CUÁNTO TIEMPO SE DEBEN NOTIFICAR LOS AUTOS DEFINITIVOS? Dentro de los cinco días siguientes de haberse dictado por el tribunal. (142loj) 85. ¿EN CUÁNTO TIEMPO SE DEBEN NOTIFICAR LAS SENTENCIAS? Dentro de los 15 días de haberse proferido por el tribunal. (142loj)
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86. ¿EN QUÉ LUGAR SE DEBEN REALIZAR LAS NOTIFICACIONES? Se harán en el lugar señalado para recibir notificaciones. En la capital deberán fijar tal lugar dentro del sector comprendido entre la primera y doce avenida y la primera y dieciocho calle de la zona uno, salvo que se señalare oficina de abogado colegiado. (79cpcym) 87. ¿A QUÉ HACE REFERENCIA LA COMISIÓN DE DILIGENCIAS? A la forma de comunicarse entre tribunales, en la cual se solicitan que lleven a cabo diligencias cuando no las pueden llevar en el lugar donde se hace el proceso. (81cpcym) 88. ¿QUÉ ES EL EXHORTO? Es cuando un juzgado encomienda a otro de igual jerarquía la realización de ciertas diligencias que no las pueden llevar en el lugar del proceso. 89. ¿QUÉ ES EL DESPACHO? Es cuando un juzgado de mayor jerarquía encomienda a uno de menor jerarquía la realización de ciertas diligencias que no las pueden llevar en el lugar del proceso. 90. ¿QUÉ ES EL SUPLICATORIO? Es cuando un juzgado de menor jerarquía encomienda a uno de mayor jerarquía la realización de ciertas diligencias que nos las pueden llevar en el lugar del proceso. JUICIO ORDINARIO 91. ¿QUÉ ES EL JUICIO ORDINARIO? Es el proceso de conocimiento en el cual se conocen todos los asuntos que no tengan trámite especial. 92. ¿CUÁNDO PROCEDE EL JUICIO ORDINARIO? 1º. En los casos que no tengan señalada tra tramitación mitación espe especial. cial. 2º. En los casos en que así lo mande la ley. 93. ¿CUÁNDO PODRÁN LOS TRIBUNALES CITAR A LAS PARTES A CONCILIACIÓN? En cualquier etapa del proceso hasta antes de la sentencia; de oficio o a instancia de parte. (97cpcym) 94. ¿CÓMO SE PROCEDE EN CASO DE QUE LAS PARTES LLEGUEN A UN AVENIMIENTO DURANTE LA CONCILIACIÓN? Se levantará acta firmada por el juez o por las partes o sus representantes y por el secretario, posteriormente se dictará resolución declarando terminado el juicio. (97cpcym) 95. ¿QUÉ ASUNTOS SE RESUELVEN POR MEDIO DEL JUICIO ORDINARIO EN EL ÁMBITO CIVIL? 1º. Nulidad de matrimonio 2º. Divorcio 3º. Separación 4º. Liquidación del patrimonio conyugal 5º. Unión de hecho post-morte post-mortem m 6º. Unión de hecho pos oposición 7º. Cesación de la unión d de e hecho por causa det determinada erminada 8º. Filiación y paternidad 9º. Constitución de patrimonio familiar judicial 10º. Reivindicación de la pr propiedad-acción opiedad-acción publiciana 11º. Acción pauliana (o revocatoria) 12º. Simulación 13º. Fijación de plazo 14º. Nulidad del negocio jurídico-relativ jurídico-relativa a y absoluta 15º. Nulidad de la escr escritura itura pública
16º. Daños y perjuicios 96. ¿QUÉ ASUNTOS SE RESUELVEN EN JUICIO ORDINARIO EN LA OPOSICIÓN A LA L A JURISDICCIÓN VOLUNTARIA? 1º. Titulación supletoria. (9lts) 2º. Sucesión hereditaria intestada. (480cpcym) 3º. Patrimonio familiar. (445cpcym) 4º. Identificación de tercero. (441cpcym) 5º. Reconocimiento de pr preñez eñez o de p parto. arto. (43 (437cpcym) 7cpcym) 97. ¿QUÉ ASUNTOS SE RESUELVEN EN JUICIO ORDINARIO EN EL ÁMBITO MERCANTIL? 1º. Oposición a las asambleas. (157CoCo) 2º. Competencia desleal. (364CoCo) 98. ¿CUÁL ES EL TRÁMITE DEL JUICIO ORDINARIO? 1º. PRESENTACIÓ PRESENTACIÓN N DE LA DEMANDA: DEMANDA: Artículos: Artículos: 61, 63, 79, 106 y 107 cpcym. cpcym. 2º. RESOLUCIÓN: 3º. NOTIFICACIÓN: 24 horas. horas. 4º. EMPLAZAMIENTO: Nueve días contados a partir del día siguiente al de la notificación. notificación. 5º. EXCEPCIONES PREVIAS: PREVIAS: Se Se plantean dentro de seis días del emplazamiento. Su trámite es incidental. incidental. 6º. ACTITUD DEL DEMANDADO: DEMANDADO: Rebeldía, Rebeldía, allanamiento, contestación negativa, contestación negativa y excepciones perentorias, reconvención. reconvención. 7º. PRUEBA: El PRUEBA: El periodo ordinario es de 30 días que se puede ampliar en 10 más. El periodo extraordinario es de 120 días si existiere prueba fuera de la República. República. 8º. VISTA Y ALEGATOS: ALEGATOS: Artículo Artículo 196cpcym 196cpcym 9º. AUTO PARA MEJOR FALLAR (Eventual): (Eventual): Optativo Optativo antes de pronunciar el fallo en un plazo no mayor de 15 días. días. 10º. SENTENCIA: 15 días. días. DEMANDA 99. ¿QUÉ ES LA DEMANDA? Es el acto introductorio de la acción por medio de la cual el actor determina su pretensión mediante relatos de hechos o invocación i nvocación del derecho. 100. ¿CUÁLES SON LAS GENERALIDADES QUE DEBE REUNIR DE LA DEMANDA? 1º. Se debe interponer ante juez competente. 2º. Deberán d de e llenarse los requisito requisitoss establecido establecidoss en la ley. (50,61, 63, 79, 106 y 107) 3º. Se debe ffijar ijar con clarida claridad d y precis precisión ión los hecho hechoss en que se funde, las pruebas que van a rendirse, los fundamentos de derecho y la petición. (106) 4º. Si no se presentaran co con n la dema demanda nda los docu documentos mentos en q que ue el actor funde su derecho, no serán admitidos posteriorment posteriormente, e, salvo impedimento justificado. (108) 5º. Los jueces repelerán de oficio las demandas qu que e no contengan los requisitos establecidos en la ley, expresando los defectos que hayan encontrado. (109) 101. ¿CUÁNDO PODRÁ AMPLIARSE O MODIFICARSE M ODIFICARSE LA DEMANDA? Antes de que haya haya sido contest contestada. ada. (110cpcym) EMPLAZAMIENTO 102. ¿QUÉ ES EL EMPLAZAMIENTO?
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Es un acto jurisdiccional en el que se le hace saber a una persona que se ha entablado una demanda en su contra y se le da la oportunidad para que tome una actitud frente a la misma. (111cpcym) 103. ¿DE CUÁNTO TIEMPO SERÁ EL EMPLAZAMIENTO? El juez concederá audiencia por nueve días comúnes. 104. ¿CUÁLES SON LOS EFECTOS DEL EMPLAZAMIENTO? 1º. EFECTOS MATERIALES: a. Interrumpir la prescripción b. Impedir que el demandado haga suyos los frutos, desde la fecha del emplazamiento, c. Constituir en mora al obligado, d. Obligar al pago de intereses legales aún cuando no hayan sido pactados, y e. Hacer anulables la enajenación y gravámenes sobre la cosa objeto del proceso que sean posteriores al emplazamiento, 2º. EFECTOS PROCESALES: a. Dar prevención al juez que emplaza, b. Sujetar a las pares a seguir seguir el proceso ante el juez emplazante, si el demandado no objeta la competencia, y c. Obligar a las partes a constituirse en el lugar del proceso. proceso. (112cpcym) EXCEPCIONES 105. ¿QUÉ SON LAS EXCEPCIONES? Son los mecanismos de defensa del demandado en contra de la acción del demandante, con el fin de depurar el proceso o atacar el fondo del asunto. 106. ¿CUÁLES SON LAS CLASES DE EXCEPCIONES? 1º. Previas o dilatorias. (116cpcym) 2º. Perentorias. (118cpcym 2º párrafo) 3º. Mixtas o privilegiadas. 107. ¿QUÉ SON LAS EXCEPCIONES PREVIAS O DILATORIAS? Son los medios de defensa que utiliza el demandado para depurar el proceso. (116copcy) PERENTORIAS? S? 108. ¿QUÉ SON LAS EXCEPCIONES PERENTORIA Son aquellas excepciones que buscan extinguir o terminar con la pretensión del actor. Atacan el fondo del asunto y se resuelven en sentencia. (118cpcym 2º párrafo) 109. ¿QUÉ SON LAS EXCEPCIONES MIXTAS O PRIVILEGIADAS? Son aquellas excepciones que son previas pero tienen efectos perentorios y el demandado podrá interponer en cualquier etapa del proceso. 110. ¿CUÁLES SON LAS EXCEPCIONES PREVIAS QUE EL DEMANDADO PUEDE PLANTEAR? 1º. INCOMPETENCIA: Cuando el juez ante quien se plantea la acción carece de competencia por razón de la materia, territorio, cuantía o grado. grado. 2º. LITISPENDENCIA: Se LITISPENDENCIA: Se plantea por haber dos o más procedimientos iguales en cuanto a sujetos, objeto y causa, o dependa una acción de la otra. Excepción previa que procede cuando el derecho que se reclama depende de las resultas de un proceso previamente iniciado. iniciado. 3º. DEMANDA DEFECTUOSA: DEFECTUOSA: Surge Surge cuando la demanda no cumple con los requisitos formales que establece la ley. ley.
4º. FALTA DE CAPACIDAD LEGAL: LEGAL: Procede Procede cuando quien litiga se encuentra dentro de los supuestos de incapacidad y actúan sin representación. representación. 5º. FALTA DE PERSONALIDAD PERSONALIDAD:: Procede cuando no se poseen las calidades necesarias para comparecer a juicio a exigir o responder de la obligación que se demanda. demanda. 6º. FALTA DE PERSONERÍA: PERSONERÍA: Procede Procede cuando se comparece a juicio a nombre de otro sin tener la representación del titular del derecho. derecho. 7º. FALTA DE CUMPLIMIENTO DEL PLA PLAZO ZO O DE LA CONDICIÓN A QUE ESTUVIERE SUJETA LA OBLIGACIÓN O EL DERECHO QUE SE HAGAN VALER: Procede VALER: Procede cuando el supuesto es la falta de cumplimiento del palazo, porque se ha fijado día o fecha para su cumplimiento y no se ha llegado al mismo, exigiéndose el cumplimiento antes del día o fecha; cuando el supuesto es la falta de cumplimiento de la condición, cuando se exige el cumplimiento de la obligación y el acontecimiento no se ha realizado. realizado. 8º. CADUCIDAD: Procede CADUCIDAD: Procede en los casos en que se reclama un derecho que ya ha prescrito, extinguido por el plazo del tiempo. tiempo. 9º. PRESCRIPCIÓN: Se PRESCRIPCIÓN: Se plantea con el objeto de extinguir obligaciones o derechos por el transcurso del tiempo. tiempo. 10º. COSA JUZGADA: Con JUZGADA: Con esta excepción se pretende evitar la revisión del fallo y por ende su revocabilidad. revocabilidad. 11º. TRANSACCIÓN: Procede TRANSACCIÓN: Procede ante la existencia de un acuerdo de voluntades que antes o durante la realización de un juicio, ha decidido evitar el mismo o ponerle fin. 111. ¿QUÉ EXCEPCIONES PREVIAS PRIVILEGIADAS PUEDE PLANTEAR EL DEMANDADO? 1º. Litispendencia, 2º. Falta de capacidad legal, 3º. Falta de personalidad, 4º. Falta de personería, 5º. Cosa juzgada, 6º. Transacción, 7º. Caducidad, y 8º. Prescripción. 112. ¿POR QUÉ VÍA VÍ A SE TRAMITAN LAS EXCEPCIONES PREVIAS PRIVILEGIADAS? Por la vía de los incidentes 113. ¿QUÉ EXCEPCIONES MIXTAS PUEDE PLANTEAR EL DEMANDADO? 1º. Caducidad, 2º. Prescripción, 3º. Cosa juzgada, y 4º. Transacción. 114. ¿POR QUÉ VÍA VÍ A SE DEBEN RESOLVER LAS EXCEPCIONES MIXTAS? Por la vía de los incidentes. ACTITUD DEL DEMANDADO 115. ¿CUÁNDO SE DA LA REBELDÍA? Se da cuando el demandado debidamente notificado, no comparece a juicio dentro del plazo que la ley le l e confiere. (113cpcym) 116. ¿QUÉ SUCEDE SI TRANSCURRE EL TÉRMINO DEL EMPLAZAMIENTO Y EL DEMANDA DEMANDADO DO NO COMPARECE? Se tendrá por contestada la demanda en sentido negativo. (113cpcym) 6
117. ¿CON QUÉ OTRO NOMBRE SE LE CONOCE A LA REBELDÍA? Contumacia y al rebelde rebelde contumaz. contumaz. 118. ¿CUÁLES SON LOS EFECTOS DE LA REBELDÍA? 1º. Se tendrá por contestada contestada la demanda en sentido negativo. 2º. Podrá trabarse embargo sobre sus bienes. 3º. Se le seguirá el juicio en rebeldía, a solicitud de parte. 4º. Pierde la oportunidad oportunidad de ofrecer pruebas. 5º. Compareciendo el demandado demandado después después de la declaración declaración de rebeldía, podrá tomar los procedimientos en el estado en el que se encuentren.
Quien contradice contradice la pretensión pretensión del adversario, ha de probar los hechos extintivos o las circunstancias impeditivas de esa pretensión. (126cpcym) 128. ¿QUÉ PRUEBA PUEDE RECHAZAR EL JUEZ? Los jueces podrán rechazar de plano aquellos medios de prueba prohibidos por la ley, los notoriamente dilatorios o los propuestos con el objeto de entorpecer la marcha marcha regular del proceso. Las resoluciones que se dicten en este sentido son inapelables; pero si fuere protestada por el interesado, da lugar a que sea recibida en segunda instancia, si fuere procedente. (127cpcym)
(114cpcym) 119. ¿QUÉ ES EL ALLANAMIENTO? Es una actitud positiva del demandado que consiste en la aceptación de la pretensión formulada por el actor en su demanda. (115cpcym) 120. ¿CUÁL ES EL EFECTO DEL ALLANAMIENTO? Le pone fin al proceso, salvo en el divorcio o la separación. 121. ¿QUÉ ES LA CONTESTACIÓN DE LA L A DEMANDA EN SENTIDO NEGATIVO? Es una actitud negativa del demandado que consiste en la oposición que este hace a las pretensiones del actor, refutando los hechos en los que las basa. (118cpcym) 122. ¿QUÉ ES LA RECONVENCIÓN? Es una actitud negativa del demandado que consiste en la contrademanda que este plantea en contra del actor. (119cpcym) (119cpcym) 123. ¿CON QUÉ REQUISITOS DEBE CONTAR LA RECONVENCIÓN? 1º. Que la pretensión tenga conexión conexión por razón del objeto o del título con la demanda. 2º. Que dicha pretensión no deba seguirse por distinto trámite. trámite. 3º. Debe contar con los mismos requisitos requisitos que la demanda.
129. LOS MEDIOS DE PRUEBA? 1º. ¿CUÁLES DeclaraciónSON de las partes 2º. Declaración de testigos 3º. Dictamen de expertos 4º. Reconocimiento judicial 5º. Documentos 6º. Medios científicos de prueba 7º. Presunciones 130. ¿CUÁNDO ESTA OBLIGADO A DECLARAR TODO LITIGANTE? En cualquier estado del juicio en primera instancia y hasta el día anterior al de la vista en la segunda instancia, cuando así lo pidiere el contrario. (130cpcym) 131. ¿QUÉ ES NECESARIO PARA QUE LA DECLARACIÓN SEA VÁLIDA? Es necesario que se haga ante juez competente. 132. ¿CUÁNDO DEBERÁ SER CITADO LA PERSONA QUE DEBA REALIZAR DECLARACIÓN DE PARTE? El que haya de absolver posiciones será citado personalmente, a más tardar, dos días antes del señalado para la diligencia, bajo apercibimiento de que si dejare de comparecer sin justa causa, será tenido por confeso a solicitud de parte. (131cpcym) 133. ¿QUÉ SE DEBE DE HABER PRESENTADO PARA PODER ORDENAR LA CITACIÓN? La plica que contenga el pliego de posiciones. (131cpcym) 134. ¿QUIÉNES PRESENTARÁN DECLARACIÓN POR LOS MENORES DE EDAD? 1º. Sus representantes legales. 2º. Si se trata trata de mayores mayores de 16 años, el articulante podrá podrá pedir que la diligencia se practique con el menor en presencia de su representante legal. (132cpcym) 135. ¿CÓMO DEBEN SER LAS POSICIONES? Deben versar sobre hechos personales del absolvente o sobre el conocimiento de un hecho, expresadas con claridad y precisión y en sentido afirmativo. (133cpcym) 136. ¿QUÉ VALOR PROBATORIO TIENE LA CONFESIÓN PRESTADA LEGALMENTE? Produce plena prueba. (139cpcym) 137. ¿QUÉ VALOR PROBATORIO TIENE LA CONFESIÓN EXTRAJUDICIAL? Sólo se tiene como principio de prueba. (139cpcym) 138. ¿CUÁL ES EL EFECTO DE LA L A CONFESIÓN LEGÍTIMAMENTE HECHA SOBRE LOS HECHOS QUE FUNDAMENTAN LAS PRETENSIONES DEL ACTOR? Se termina con el proceso; y el juez, a solicitud de parte y sin más trámite, dictará sentencia. (140cpcym) 139. ¿QUÉ ES LA DECLARACIÓN DE TESTIGOS?
PERIODO DE PRUEBA 124. ¿QUÉ ES LA PRUEBA? Es la actividad procesal que persigue lograr la convicción del juez acerca de la exactitud de las afirmaciones de hecho. 125. ¿CUÁLES SON LAS FASES DE LA PRUEBA? 1º. OFRECIMIENTO: OFRECIMIENTO: Es Es una etapa de la prueba que consiste en el anuncio que hace las partes al juez de las pruebas que utilizaran en el proceso. 2º. PROPOSICIÓN: PROPOSICIÓN: Consiste Consiste en la solicitud que hacen las partes al juez para que acepte acepte los medios de de prueba que han sido sido ofrecidos, individualizándolos. DILIGENCIAMIENTO: Consiste 3º. DILIGENCIAMIENTO: Consiste en la incorporación que hace el juez al proceso de los medios de prueba prueba propuestos. 4º. VALORACIÓN: VALORACIÓN: Cs Cs cuando el juez determina que eficacia tienen los medios de prueba ofrecidos, propuestos y diligenciados. 126. ¿CUÁLES SON LOS SISTEMAS DE VALORACIÓN DE LA PRUEBA? TASADA: La ley da el valor que debe asignarse a la 1º. LEGAL O TASADA: La prueba. 2º. LIBRE CONVICCIÓN: El CONVICCIÓN: El juez razona a su real saber o entender sin apoyarse en la prueba. 3º. SANA CRÍTICA: El juez analiza mediante la lógica y experiencia. 127. ¿A QUÉ HACE REFERENCIA LA CARGA DE LA PRUEBA? A que las partes partes tienen la carga de demostrar sus respectivas proposiciones de hecho. a) Quien pretende pretende algo ha de probar probar los hechos hechos constitutivos de su pretensión.
b)
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Es el medio de prueba que se hace a través del interrogatorio verbal o escrito sobre hechos litigiosos que han presenciado las personas. (142cpcym) 140. ¿LAS PERSONAS QUE TENGAN CONOCIMIENTO DE HECHOS QUE LAS PARTES DEBAN PROBAR ESTÁN OBLIGADOS A DECLARAR? Sí están obligados a declarar pero solo si fueren requeridos para ello. ell o. (142cpcym) 141. ¿QUÉ SUCEDE SI LAS PERSONAS QUE ESTÉN OBLIGADAS A DECLARAR SE NEGAREN A HACERLO SIN JUSTA CAUSA?
152. ¿CUÁNDO DEBERÁN ACEPTAR LOS EXPERTOS EL CARGO? Dentro de cinco días de notificados, los expertos aceptarán personalmente el cargo y el juez se los discernirá. (166cpcym) 153. ¿QUÉ PROCEDE SI NO COMPARECEN O NO ACEPTAN EL CARGO LOS EXPERTOS? La parte interesada deberá proponer por una sola vez a un nuevo experto. (166cpcym) 154. ¿DENTRO DE CUÁNTO TIEMPO PUEDEN SER RECUSADOS LOS EXPERTOS? Los expertos podrán ser recusados por las partes dentro de 48 horas
El juez les impondrá los apremios legales que considere convenientes. (142cpcym) 142. ¿CUÁNTOS TESTIGOS PUEDE PRESENTAR CADA LITIGANTE? Cada uno de los litigantes puede presentar hasta cinco testigos sobre cada uno de los hechos que deban ser acreditados. 143. ¿QUIÉNES TIENEN APTITUD PARA SER TESTIGOS? Cualquier persona que haya cumplido 16 años de edad. (143cpcym) 144. ¿QUIÉNES NO PODRÁN SER TESTIGOS? Los parientes consanguíneos o afines, de las partes, ni el cónyuge, aunque esté separado legalmente. (144cpcym) 145. ¿EN QUÉ CASOS SI SE PODRÁ RECIBIR LA DECLARACIÓN DE ESOS TESTIGOS? Podrá recibirse la declaración de tales testigos si es propuesta por ambas partes, así como en los procesos sobre edad, filiación, estado, parentesco o derechos de familia que se litiguen entre parientes. 146. ¿EN CUÁNTO TIEMPO DEBERÁ NOTIFICARSE A LAS PARTES DEL DÍA Y HORA EN QUE SE CELEBRARÁ LA AUDIENCIA? Deberá notificarse a las partes con tres días de anticipación, por lo menos. (146cpcym) 147. ¿CÓMO SE PROCEDERÁ EN CASO DE INCOMPARECENCIA DE LOS TESTIGOS? El juez practicará la diligencia con los que concurran, si estuviera de acuerdo el proponente, y, en este caso, ya no recibirá las declaraciones de los ausentes Si la parte interesada lo pidiere, el juez suspenderá la diligencia y señalará nuevo día y hora para recibir las declaraciones a todos los propuestos. La transferencia del día en que deban recibir las declaraciones podrá concederse por una sola vez. (147cpcym) 148. ¿CÓMO APRECIARÁN LOS JUECES Y TRIBUNALES LAS DECLARACIONES DE LOS TESTIGOS? Lo harán según las reglas de la sana crítica. 149. ¿A QUÉ HACE REFERENCIA LA TACHA DE TESTIGOS? A que las partes podrán alegar y probar probar acerca de la idoneidad de los testigos, dentro del mismo término de prueba. 150. ¿CÓMO SE PROCEDERÁ EN EL DICTAMEN DE EXPERTOS? La parte a quien interese rendir prueba de expertos, expresará en su solicitud con claridad y precisión los puntos sobre los cuales debe versar el dictamen. El juez oirá por dos días a la otra parte, pudiendo ésta adherirse a la solicitud, agregando nuevos puntos o impugnando los propuestos. (164cpcym) 151. ¿CÓMO PUEDE HACERSE LA DESIGNACIÓN DE LOS EXPERTOS? Cada parte designará un experto y el juez un tercero para el caso de discordia, a no ser que los interesados se pusieren de acuerdo respecto al nombramiento de uno solo. (165cpcym)
de notificado el nombramiento. (166cpcym)EL RECONOCIMIENTO (166cpcym) 155. ¿CUÁNDO SE PODRÁ PRACTICAR JUDICIAL? En cualquier momento del proceso, hasta antes del día de la vista, podrá el juez, de oficio o a petición de parte, practicar el reconocimiento judicial. También podrá realizar el reconocimiento en las diligencias para mejor fallar. (172cpcym) 156. ¿QUÉ PUEDE SER OBJETO DEL RECONOCIMIENTO? Pueden ser objeto del reconocimiento las personas, lugares y cosas que interesen al proceso. (173cpcym) 157. ¿CUÁNDO DEBERÁ EL JUEZ SEÑALAR EL DÍA Y HORA EN QUE DEBERÁ PRACTICARSE EL RECONOCIMIENTO? El juez señalará con tres días de anticipación, por lo menos, el día y hora en que haya de practicarse. (173cpcym) 158. ¿CÓMO SE PROCEDERÁ EN CASO DE QUE UNA DE LAS PARTES SE NEGARE A COLABORAR CON EL JUEZ PARA QUE REALICE EL RECONOCIMIENTO JUDICIAL? 1º. El juez la apercibirá para que la preste. preste. 2º. Si a pesar de ello continuare continuare su resistencia, resistencia, el juez dispensará dispensará la práctica de la diligencia, pudiendo interpretar la negativa a colaborar en la prueba, como una confirmación de la exactitud de las afirmaciones de la parte contraria al respecto. 159. ¿EN DONDE HARÁ CONSTAR EL JUEZ LOS RESULTADOS DEL RECONOCIMIENTO JUDICIAL? Del resultado de la diligencia se levantará la correspondiente acta, que será firmada por el juez, el secretario, testigos, peritos y por los demás asistentes que quisieren hacerlo. (176cpcym) 160. NOMBRE ALGUNAS CARACTERÍSTICAS DE LA PRUEBA DOCUMENTAL 1º. Los documentos documentos que se adjunten a los escritos escritos podrán podrán presentarse en original, copia fotográfica, fotostática fotostática o fotocopia. 2º. Los documentos documentos expedidos expedidos por notario podrán podrán presentarse presentarse en copia simple legalizada. 3º. Si el juez o original. el adversario el adversario lo solicitaren, solicitaren, deberá ser exhibido el documento 4º. El document documento o que una parte presente como prueba, prueba, siempre probará en su contra. 161. ¿CUÁNDO SE DEBE CITAR A LA PERSONA QUE DEBA REALIZAR DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTOS? El que haya de reconocer un documento, será citado a más tardar 2 días antes del señalado para la diligencia, bajo apercibimiento de que si dejare de comparecer sin justa causa, se tendrá el documento por reconocido a solicitud de parte. (Los documentos autorizados por notario o por funcionario o empleado público en ejercicio de su cargo, producen fe y hacen plena prueba, salvo el derecho de las partes de redargüirlos de nulidad o falsedad. (#186cpcym)) 162. ¿QUÉ SON LAS PRESUNCIONES? Es el resultado de indicios, señales o argumentos. (194cpcym) 8
163. ¿CUÁLES SON LAS CLASES DE PRESUNCIONES? 1º. PRESUNCIONES LEGALES: LEGALES: Son aquellas que el legislador incluyo en la ley. 2º. PRESUNCIONES HUMANAS: HUMANAS: Son aquellas que surgen de la deducción que hace el juzgador j uzgador VISTA DE ALEGATOS 164. ¿CUÁNDO SE REALIZARÁ LA VISTA? Se realizará dentro de los 15 días (#142 LOJ) de concluido el período de pruebas. 165. ¿CON QUÉ OBJETO SE REALIZA LA VISTA? VI STA? Para que el argumentos. juez de audiencia a las partes para que estas presenten sus últimos 166. ¿CÓMO PUEDEN PRESENTAR LAS PARTES SUS ARGUMENTOS? 1º. En forma verbal o escrita 2º. Pública o privada
16º. Es prohibido el uso de abreviaturas y cifras, salvo las citas de leyes. JUICIO ORAL 172. ¿EN QUÉ CASOS PROCEDE EL JUICIO ORAL? 1º. Los asuntos de menor cuantía 2º. Los asuntos de ínfima cuantía 3º. Los asuntos asuntos relativos a la obligación obligación de prestar alimentos 4º. La rendición de cuentas 5º. La división de la cosa común común y las diferencias diferencias que sugieren entre los copropietarios en relación a la misma
SENTENCIA 169. ¿CUÁNDO SE DICTARÁ DICTARÁ SENTENCIA? SENTENCIA? (198cpcym) Dentro de los 15 días siguientes de efectuada la vista, o vencido el plazo del auto para mejor fallar. (142LOJ) 170. ¿CUÁLES SON LAS CLASES DE SENTENCIAS? CONSTITUTIVAS:: Crean una situación por derecho. 1º. CONSTITUTIVAS DECLARATIVAS:: Son las que ratifican un derecho. 2º. DECLARATIVAS 3º. CONDENATORIAS CONDENATORIAS:: Aquellas que imponen una obligación. 171. ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS CON LOS QUE DEBE CONTAR LA SENTENCIA? (147 y 143LOJ) 1º. Nombre del tribunal que lo dicta dicta
6º. jactancia 7º. La Losdeclaratoria asuntos quedepor disposición de la ley o por convenio de las disposición partes, deban seguirse en esta vía. (199cpcym) 173. ¿QUÉ DISPOSICIONES SE PUEDEN APLICAR SUPLETORIAMENTE AL JUICIO ORAL? Son aplicables supletoriamente al juicio oral todas las disposiciones del juicio ordinario, en cuanto no se opongan a las del juicio j uicio oral. 174. ¿CUÁL ES EL TRÁMITE DEL JUICIO ORAL? Ver diagrama AFFAN 175. ¿CUÁNDO SE PROMUEVE EL JUICIO ORAL DE MENOR CUANTÍA? En aquellos procesos en los cuales se pretende una sentencia de condena y cuyo monto se encuentra determinado, conforme las siguientes reglas, establecidas en el acuerdo 5-97 de la corte suprema de justicia: 1º. En el municipio de Guatemala hasta Q 50,000.00 50,000.00 2º. En las cabeceras departamentale departamentaless y en los municipios de Coatepeque, Santa Lucía Cotzumalguapa, Malacantán e Ixchiguán, Santa María Nebaj, Poptún, Santa Eulalia, Mixco, Amatitlán y Villa Nueva hasta Q 25,000.00 3º. En los municipios no no comprendidos comprendidos en los casos anteriores hasta Q 15,000.00 176. ¿CUÁNDO SE PROMUEVE EL ORAL DE ÍNFIMA CUANTÍA? A través de este este procedimiento se tramitan los los procesos de conocimiento que pretenden declarar un derecho determinado y cuya cuantía no excede de Q 1,000.00, salvo que se trate de asuntos de familia, cuya ínfima cuantía queda establecida en la suma de q 6,000.00 (acuerdos 43-97, 5-97 y 6-9 de la corte suprema de justicia). (211cpcym) 177. ¿CÓMO DEBE HACERSE EL PROCEDIMIENTO DE ÍNFIMA CUANTÍA? El procedimiento se hace de palabra, dejándose constancia en un
2º. Nombre Lugar y fecha 3º. completo, razón social o denominación 4º. Domicilio de los litigantes litigantes (circunscripción (circunscripción departamental donde tiene ubicada su residencia) o el de sus representantes (mandatarios, gerentes, tutores, padres, etc.) 5º. Nombre de los abogados abogados de de cada cada parte 6º. Clase de proceso (de conocimiento, conocimiento, de ejecución, ejecución, etc) etc) 7º. Tipo de proceso (oral, (oral, ordinario, ordinario, sumario, etc.) 8º. Objeto del proceso (la pretensión) 9º. Resumen del memorial de contestación 10º. Resumen de las excepciones excepciones interpuestas 11º. Resumen de reconvención 12º. Hechos sujetos a prueba 13º. Parte resolutiva resolutiva 14º. Cita de leyes 15º. Firmas del juez y secretario
libro que se RECURSO lleva en el tribunal para PLANTEAR el efecto. CONTRA LO 178. ¿QUÉ SE PUEDE RESUELTO EN EL ORAL DE ÍNFIMA ÍNFIM A CUANTÍA? No cabe recurso alguno. (211cpcym) 179. ¿QUÉ SUCEDE SI SE DA LA INCOMPARECENC I NCOMPARECENCIA IA DEL DEMANDADO? A la incomparecencia incomparecencia del demandado se tiene como confesión confesión de los hechos afirmados por el actor. (211cpcym) 180. ¿QUÉ SE TRAMITA EN EL JUICIO ORAL DE ALIMENTOS? La fijación, extinción, aumento o suspensión de la obligación de prestar alimentos. (212cpcym) 181. MENCIONE ALGUNAS PARTICULARIDADES DEL JUICIO ORAL DE ALIMENTOS 1º. Debe presentarse presentarse título título con que se demanda (testamento, (testamento, documentos que justifiquen el parentesco, contrato ejecutorio en que conste la obligación). (212cpcym )
AUTO PARA MEJOR FALLAR (Es una diligencia optativa) 167. ¿CUÁNDO SE PODRÁ REALIZAR EL AUTO PARA MEJOR FALLAR? Se podrá realizar en un plazo no mayor de 15 días antes de pronunciarse la sentencia. 168. ¿QUÉ PODRÁN ACORDAR LOS JUECES O TRIBUNALES PARA MEJOR PROVEER ANTES DE PRONUNCIAR SU FALLO? 1º. Que se traiga a la vista cualquier documento que que crean conveniente para esclarecer el derecho de los litigantes; li tigantes; 2º. Que se practique cualquier cualquier reconocimiento reconocimiento o avalúo o sus ampliaciones; y 3º. Traer a la vista cualquier actuación actuación que tenga relación relación con el proceso.
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2º. El juez debe fijar pensión provisional. provisional. (213cpcym) 3º. Las medida medidass precautorias precautorias pueden decretarse sin prestar prestar garantía. (214cpcym) 4º. La rebeldía rebeldía del demandado equivale a confesión de las pretensiones del actor. (215cpcym) 182. ¿CUÁNDO PROCEDE EL ORAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS? Procede contra aquellas personas obligadas a rendir cuentas por ley o por contrato, en los casos en que no se hubieren rendido o se hubieran rendido de manera defectuosa defectuosa o inexacta. (217cpcym) 183. ¿MENCIONE LAS CARACTERÍSTICAS DEL ORAL DE
1º. En la demanda se debe expresar expresar en qué consiste la jactancia, cuando se produjo, porque medios llego al conocimiento del demandante y se pedirá que el demandado en la primera audiencia confiese o niegue los hechos que se le atribuyen. 2º. El juez estimara al demandado para que en la primera primera audiencia confiese o niegue los hechos. 3º. La rebeldía del demandado, demandado, equivale a tener por ciertos ciertos los hechos en que se funda la demanda. 4º. Al dictar sentencia, de establecerse la jactancia, el juez fijará al demandado el plazo de 15 días para que interponga su demanda.
DEaCUENTAS? 1º. RENDICIÓN El juez en base los documentos documentos acompañados, declara provisionalmente la obligación de rendir cuentas. 2º. La rebeldía rebeldía del demandado demandado equivale equivale a tener tener por ciertas las afirmaciones del actor y condenarlos en costas procesales. 3º. La sentencia. 184. ¿CUÁL DEBE SER EL CONTENIDO DE LA L A SENTENCIA DEL ORAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS? 1º. La aprobación aprobación o improbación improbación de las cuentas 2º. La condena al pago del saldo que resulte resulte de las mismas mismas 3º. La condena en daños y perjuicios 4º. La condena al pago de intereses intereses legales y de las costas costas 5º. La fijación del plazo dentro del cual deberá deberá hacerse el pago; o bien 6º. La absolución del demandado demandado con base en que no estaba obligado a rendir cuentas. (218cpcym) 185. ¿CUÁNDO PROCEDE EL ORAL DE DIVISIÓN DE LA COSA COMÚN? Procede la división de la cosa común o la venta en pública subasta, cuando el bien no acepte cómoda división, en los siguientes casos: 1º. Cuando los copropietarios copropietarios no estén estén de acuerdo acuerdo 2º. Cuando existan intereses de menores 3º. Cuando existan intereses de ausentes 4º. Cuando existan intereses de incapaces 5º. Cuando existan intereses del estado (219cpcym) 186. ¿CUÁLES SON LAS CARACTERÍSTICAS DEL ORAL DE DIVISIÓN DE LA COSA COMÚN? 1º. La conciliación tiene por objeto exclusivamente exclusivamente el nombramiento nombramiento de notario partidor y procurar la determinación de las bases de partición. (220cpcym) 2º. El notario debe formular formular su proyecto de partición. partición. (220cpcym) (220cpcym)
5º. Si el demandado caduca la acción. no la interpone en este plazo, se tiene por
3º. hacer Las audiencias posteriores a la primera(221cpcym) son con el objeto de observaciones y rendir pruebas. 4º. De no haber acuerdo, acuerdo, el notario formula formula un nuevo proyecto. proyecto. 5º. En cualquier caso, de haber acuerdo acuerdo se dicta un auto razonado, razonado, si no existe acuerdo, se dicta sentencia, en ambos casos aprobando la partición y ordenando su protocolización o bien la procedencia de la venta de la cosa en pública subasta. (222cpcym) 187. ¿CUÁNDO PROCEDE LA DECLARATORIA DE JACTANCIA? La declaratoria de jactancia procede contra todo aquel que, fuera de juicio, se hubiere atribuido atribuido derecho sobre sobre bienes del demandante demandante o créditos o acciones en contra del mismo, de cualquier especie que fueren. (225cpcym) 188. ¿CUÁLES SON LAS CARACTERÍSTICAS DE LA LA DECLARATORIA DE JACTANCIA?
(238cpcym) 195. ¿QUÉ MEDIDAS PRECAUTORIAS PUEDE PEDIR EL ACTOR? El embargo de bienes suficientes para cubrir las responsabilidades a que esté sujeto el demandado, según el contrato; y el juez lo decretará preventivamente. preventivamente. (239cpcy (239cpcym) m) 196. ¿EN CUÁNTO TIEMPO SE ORDENARÁ LA DESOCUPACIÓN SI EL DEMANDADO NO SE OPONE DENTRO DEL TÉRMINO DEL EMPLAZAMIENTO? 1º. 15 días, si se tratare de casa o locales de habitación. 2º. 30 días, si se tratare de establecimientos mercantiles mercantiles o industrias. 3º. 40 días, días, si se tratare tratare de fincas rústicas. rústicas. (240cpcym) 197. ¿CUÁNDO ORDENARÁ EL JUEZ EL LANZAMIENTO?
JUICIO SUMARIO 189. ¿EN QUÉ CASOS PROCEDE EL JUICIO SUMARIO? 1º. Los asuntos asuntos de arrendamiento arrendamiento y de de desocupación desocupación 2º. La entrega entrega de bienes muebles, que no sean dinero dinero 3º. La rescisión de contratos 4º. La deducción de responsabilidad responsabilidad civil contra funcionario y empleados públicos 5º. Los interdictos 6º. Los que por disposición de la ley o por convenio de las partes, deban seguirse en esta vía. (229cpcym) 190. ¿QUÉ SE APLICA SUPLETORIAMENTE AL JUICIO SUMARIO (APLICACIÓN POR ANALOGÍA)? Todas las disposiciones del juicio ordinario. (230cpcym) 191. ¿CUÁL ES EL TRÁMITE DEL JUICIO ORDINARIO? ORDINARIO? Ver diagrama en el material de AFFAN. 192. ¿POR QUIÉN PUEDE SER ENTABLADA LA DEMANDA DE DESOCUPACIÓN? Por el propietario, por el que ha entregado un inmueble a otro con la obligación de restituirlo o por los que comprueben tener derecho de poseer el inmueble por cualquier título legítimo. (236 y 237cpcym) 193. ¿EN CONTRA DE QUIÉN PUEDE SER ENTABLADA LA DEMANDA DE DESOCUPACIÓN? En contra de todo simple tenedor y del intruso o en contra del que recibió el inmueble inmueble sujeto a la obligación obligación antes dicha. (236 y 237cpcym) 194. ¿QUÉ PERSONAS RESULTARÁN AFECTADAS POR EL DESAHUCIO? El desahucio afectará al inquilino, a los subarrendatarios y a cualesquiera otros ocupantes del inmueble por cualquier título.
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Cuando se hayan vencido los términos fijados para la desocupación sin haberse efectuado. (241cpcym) 198. ¿A QUÉ HACE REFERENCIA EL SUMARIO DE ENTREGA DE COSAS QUE NO SEAN DINERO? A que procede la entrega de cosas que no sean dinero y que se deban en virtud de la ley, el testamento, el contrato, resolución administrativa o declaración unilateral de voluntad, siempre y cuando no proceda la vía ejecutiva. Es obligación para que proceda a dársele trámite a la demanda, acreditar documentalmente la obligación de entrega. (244cpcym) (244cpcym)
ella, sin haber sido citado, oído y vencido en juicio, pueda pedir la restitución ante el juez respectivo. (255 al 258cpcym) 208. ¿QUÉ SUCEDE SI EL DEMANDADO NO SE OPUSIERE, O DE LA INFORMACIÓN RESULTAREN PROBADOS LOS EXTREMOS DE LA DEMANDA? El juez ordenará la restitución 209. ¿CUÁL ES EL DESPOJO JUDICIAL? Es el que procede cuando el juez haya privado a alguno de su posesión, sin previa citación y audiencia. 210. ¿CUÁNDO PROCEDE EL INTERDICTO DE APEO O DESLINDE?
199. ¿A QUÉ HACE REFERENCIA EL SUMARIO DE RESCISIÓN DE CONTRATOS?
Cuando haya habidoo mojones alteracióny poniéndolos de límites en entre removiendo las cercas lugar heredades, distinto del que tenían, haciéndose nuevo lindero en lugar que no le corresponde. (259 al 262cpcym) 211. ¿QUÉ PROCEDE EN CASO DE QUE LA ALTERACIÓN FUERE COMPROBADA? Se ordenará la restitución a cargo de quien la hizo o la hubiere ordenado. 212. MENCIONES LAS CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DEL INTERDICTO DE OBRA NUEVA Y OBRA PELIGROSA 1º. La obra nueva que cause cause un daño público, produce produce acción popular, que puede ejercitarse judicialmente o ante la autoridad administrativa. 2º. Si el juez lo estima justo justo se podrá acordar acordar la suspensión inmediata de la obra, pero el dueño de ella quedará facultado para continuarla si diere garantía por las resultas del juicio y por los daños y perjuicios. 3º. Si la obra fuere peligrosa, o la construcción construcción por su mal estado pudiera causar daño el juez dictará en el acto las medidas necesarias o el derribo de la obra, construcción o árbol, sin ulterior recurso. 4º. En la sentencia el juez resolverá resolverá sobre la procedencia procedencia de la suspensión definitiva o de la demolición de la obra, condenando en costas al vencido.
A que el acreedor que ha cumplido con su parte en un contrato, puede solicitar la rescisión del mismo en contra del deudor insolvente por la vía del proceso sumario o bien por el ordinario y en ambos casos el fin del proceso será que las cosas vuelvan al estado en que se hallaban antes de celebrarse el contrato y en consecuencia el juez deberá hacer dicha declaración ordenando al deudor restituir lo que hubiere recibido. (245cpcym) 200. ¿CUÁL ES EL PLAZO PARA PROMOVER LA RESCISIÓN DE CONTRATOS? Es de un año contando desde la fecha de la celebración del contrato, salvo que la ley fije otro plazo. (1585cc). 201. ¿QUÉ RECURSO PROCEDE EN CONTRA DE LA SENTENCIA DICTADA EN UN SUMARIO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS PÚBLICOS? El recurso de apelación ante el tribunal superior; pero si se tratare de las responsabilidades de los magistrados de la corte suprema de justicia, no cabrá más recurso que aclaración, ampliación y reposición. 202. ¿QUÉ SON LOS INTERDICTOS? Es aquella acción de índole sumaria para decidir sobre la posesión temporal. Son el medio procesal más expedito y simple para la defensa de la posesión y lo decidido en ellos puede discutirse en un juicio más amplio de carácter definitivo, pues al fenecer el trámite del interdicto puede hacerse uso del juicio plenario de posesión; es decir que la decisión no pasa en autoridad de cosa juzgada, puesto que puede ser revisada por medio de un proceso posterior. (249cpcym) 203. ¿CON RESPECTO A QUÉ BIENES PROCEDEN LOS INTERDICTOS? Los interdictos solo proceden respecto a bienes inmuebles y de ninguna manera afectan cuestiones de propiedad o de posesión definitiva. (249cpcym) 204. ¿QUÉ INTERDICTOS REGULA EL CÓDIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL? 1º. De amparo de posesión posesión o de tenencia 2º. De despojo 3º. De apeo o deslinde 4º. De obra nueva o peligrosa 205. ¿EN CUÁNDO CADUCAN LAS ACCIONES INTERDICTALES? Dentro del año siguiente a la fecha en que ocurrió el hecho que las motiva. (251cpcym) 206. ¿CÓMO SE PROCEDERÁ EN CASO DE QUE EL DEMANDANTE NO FUERE EL PROPIETARIO? Deberá citarse a éste, dándole audiencia por tres días. 207. ¿CUÁNDO PROCEDE EL INTERDICTO DE DESPOJO? Procede cuando el que tenga la posesión o la tenencia de un bien inmueble o de derecho real, que fuere desposeído, con fuerza o sin
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