01 COTLER. La Herencia Colonial 51-88
February 4, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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LA HERENCIA COONA
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a conquista de Amérca se llevó a cabo en el momento que Europa pugnaba por resolver la crisis del sistema feud a
de su expnsión territoril. conquista permitió perar través dicha crisis, constituyéndose una La economía mundi de s or den mercantl y, con ella, una división inteacion del trabajo, con Europa como eje del nuevo sistema y Améica una de las pe ririas coloniales En estas condiciones, el papel que le tocó desempeñar a los dominios espñoles e el de aprtr recursos meticos conducentes a la acumulación originaria de los píses centrales, mediante el establecimiento legl de reaciones socies de producción precapitista en las nuevas áreas colonies (Wallerstein, 1974). De lí que Braudel (1961) adviete que "el oro y la plata del Nuevo Mundo pemitieron a Europa vvir por encima de sus posibilidades e invertir mucho más de lo que oraba. En efecto, l a conquista de mérica procuró insospechadas insospechadas po sibilidades para la expsión de la producción e intercambio e mercancías, así como del poder centr en los centros del sistema de dominación. La importancia del oro y de la plata se ndaba en que éstos permitín la reaización de grndes y rápidas operacio nes comerciales a un reducido tipo de interés, con la consigiente apropiación de enormes excedentes Es así como Aérica cum plió, como lo señla essa (1969), la nción de un banco emisor que suministraba una oferta elástica de dinero a los sectores meropolitos Las teoas económicas de la época recogieron estas readades, identcndo la queza de un país o de n mona con su disponibilidad de medios de pago
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Tl era la importancia que tenía pra España, y en generl para el conjunto europeo, el oro y la plata mericanos, que la explotación�'inera e el eje de la producción colonial, a la que se articularon la agricultura, las rtesanías y el comercio. Por eso mismo dicha actividad llegódecir a seralaLópez prcipal preocupación de los conquistadores, que haría de Gómara, que Cortés "pensaba legar a cgar oro[ ..] .. ] tuvo en poco aquello, diciendo que mas quería ir a coger oro [ Así digo destos indios que uno de los medos de su predestinacón y slvación feron estas minas, tesoros y riquezas por que vemos clrmente que donde las hay va el Evangelio volando y en competencia y adonde no as hay sno pobres es edio de repobación, porque jamás llega el Evgelio como por grn experienca se ve, que a ierras donde no hay este dote de oro y plata ni hay sol dado ni capitán que quiera ir ni aun mistro del Evangelo [ . ] di go que es tan necesari o oralment e hablando haber minas en estos Reinos que si no las hubiese ni habra Rey ni Dos (Anóni mo de Yucay 1571)
Por el papel que le tocó jugr en la diisión inteacion del trabajo, el Per como parte de la perieria americna del sistema capitalista en rmación, no estuvo en condiciones de exprmen tar las trnsrmaciones que ocurrín en los pses centres, en términos de acumulación original y de liberación de la mno de obra de las ataduras legles precapitlstas establecidas por el po der central. Por el contrario, el establecimiento legl de dichas relaciones sociales, destinadas a vorecer la apropiación mercantil de las zonas centrales del sistema global, seló la suerte y el destino histórico de la sociedad perna La explotación de la mano de obra nativa se organó en el vi rreinato peruano, peruano, priero, a través de la concentración de esa po blación en las reducciones que mandó relizar el virrey Toledo, pocos años después de haberse consumado la conquista Estas reducciones se cacterizon por el asentmiento en pueblos de los dispersos ayllus indígenas y tenían el propósito de orgnizar a la población sjuzgada para cilitar el cobro de tributos y disponer de mano de obra para los requerimientos de la polaión ominante Asimismo, la reducción buscaba slar a los indígenas de los brotes insurreccionales y quebrar su dentidad étnica. Esta
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suponía, tmbién, la concesión de tieras comunales comunales a los pueblos así organizados a n de asegrar su existencia. El tributo que los indígenas debían oecer a la etrópoli, en rzón de su vasllaje, constituyó un mecanismo clave de la orga nización colonial Este tributo, que segía en importcia a los ingresos que la Corona percibía de la explotación minera, debía pagse en metico, o en artículos que las autoridades conside raran equivalentes De esta suerte, los indios se encontrabn obli gados a ingresar en la economía mercntil vendiendo sus produc tos l precio establecido por los cabildos, a entregr pte de sus cosechas y rtesnías a los ncionaios, a los precos que éstos señalaran y a trabar por un slario establecido por las auto ridades Por otro lado, la población dominada debía adquirir, a los precios ados, herrmientas, limentos y nimales de tracción Mientras los productos que "vendía el indígena se subvloraban con relación l costo del "mercado, los que "compraba estaban sobrevalorados Es decir, el grupo dominate se constituía en un monopolio y en un monopsonio respecto a la sociedad dominada, adquiriendo una inusitada capacidad para mximizr sus benecios en cuquiera de las ses de los procesos de producción y circulación Esta situación provocaba un creciente endeudamien endeudamien to de la población colonizada, colonizada, que pasaba a tener un marcado ca rácter de mano de obra aprisionada, haciendo relidad la armación que "sin deuda no hay trabajador. Los conquistadores recibieron del Rey diferentes tipos de prebendas, ndamento del Estado patrimonil, con las que se be neciaron del trabajo indígena, e hicieron viable el desarrollo mer cantil a prtir de su explotación. Una de las más importntes re glías e la encomienda indiana, es decir la entrega a los conquis tadores de un determinado número de tributarios quienes se en contrab así obligados a prestarles sericios personles por el equivente equiven te de lo que debían tributar a la Corona. De esta mera, el encomendero se encontraba en potestad legl pra apropirse de una renta a través del trabajo de los indígenas en la minería, agricultura, rtesanías, a cambio de lo cu debía cuidar su ev gelización, lo que en términos concreos signicaba preser el estado de sumisión de la población conquistada Los sucesivos conlictos que acarreó, entre los conquistadores y la Corona, el establecimien establecimiento to de esta institución determinó la
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sustitución de la encomienda por el pago del tributo enco mendero. Pero esta viación no eliminó que la encomienda se constitu�ra en uno de los núcleos del reclutamiento de la mo de obra se: [ . ] no podían exstir hombres ric os sin encomiendas, debi do a que la industia era llevada a cabo por el trabajo indígena y sólo aquellos que tení indígenas podían dedicarse c omercio (Hring, 1963: 53)
Sin embrgo, ya que la encomienda vorecía la autonomía de los conquistadores, la Corona limitó su usufructo a dos genera ciones, restringiendo cada vez más su concesión, hasta que en el siglo XI, bajo los Brbones, la eliminó denitivente median do como recompensa una suma a otorgada por el Rey Fueron estas disposiciones, que buscab preservar los intereses reales sobre los señoriales, las que dieron lug a las rebeliones y gue rras civiles con que los conquistadores enenton a la Corona En el supuesto que la rzada movilización de la mao de obra era de interés común, común, el poder público ordenó a las justicias reles que distribuyern los los trabajadores entre los conquistadores que lo solicitarn Es así como se instaló la ta, que los indígenas de bían cumpir en las más variadas actividades De acuerdo con las ordenanzas del virey Toledo, supremo orgnizador del dominio colonial, la sétima pte de los indios adultos tenía la obligación de trabaj duante diez meses año en las dierentes tareas que señalra el gobieo colonial A n de reducir las protestas que
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Cabe así armar que las condiciones de la explotación revis tieron características de genocidio, o mejor aún, de etnocidio. Du rnte los siglos I y II la población nativa decreció notable mente, debido a los estragos producidos por las enermedades y las msmas condiciones de vida La baja demogrca signicó que las obligaciones de los indígenas ueran cada vez mayores, lle gndo a aectar prácticamente a toda la población, con el consi guiente desarraigo de sus lugares de residencia y el resquebraa miento de los lazos de pentesco e identidad étnica, y con ellos de las relaciones de intercmbio y reciprocidad, bases de la ri culación de la sociedad indígena En estas circunstacias, con el objeto de mntener la reserva demográca, sin la cual no hubiera cionado el dominio colonial, la Corona estableció el coregimiento de indios. Sin embargo, los corregidores reemplazaron a los encomenderos en la nción de moviliz a la mano de obra indígena, en su provecho personal, la connivencia de encomenderos, curas doctrineros y curacas.con Los corregidores de indios adquirieron paulatinamente am plios poderes: se encargabn de la sguridad intea de las reduc ciones, es deci, de descubrir y aplastar las revueltas indígenas; admnistraban justicia, recolectabn los tibutos y velaban por el cumplimiento de la mita La amplitud de sus poderes derivó rápi dmente en lo que la Corona había procurado evitar Pronto esos ncionarios se convirtieron en el símbolo de l explotación, al · exigir servicios gratuitos o escasamente pagados, a la vez que se convertan en agentes monopolistas del comercio
acrreó el establecimiento de este tipo de trabajo la Co rona estipuló que los conquistadore debían pagar arzado, los indígenas por los sericios prestados El "saario, que constituía en el siglo X la mitad o tercera prte del que percibía el trabajador libre, no e modcado a lo largo de los tres siglos de dominación colonil, con la consigiente desvlorización de su poder adquisitivo.
Prohibieron el ingreso de comercintes en sus jurisdicciones en cgádose ellos mismos de importar bienes que obligaban a com pr a los indios a precios infados Recolectaban el tibuto rea en especies a la mitad del precio del mercado, pa luego reven derlo a su precio real (Rowe, 957 63)
Para el cumplimiento de la mita no se consideraba el tiempo que suponía el traslado al lugar donde debía cumplirse Rowe (1957) estima que los indígenas de Chucuito tdabn dos meses para llegar a Potosí y que ese vie suponía la movilización de 7 000 hombres, mujeres y niños con más de 40 000 llamas ca gando los limentos necesarios para el cmino y tiempo que du raba la mita
La maniesta incapacidad del gobieo virreinl para vigilar la actuación de sus ncionaros, las crecientes exigencias de los mercaderes y de las Cajas Reales, determinron que la Corona re conera a auonmía de ls corregdres estableer leg mente el sistema de repamiento de mercanas Estos repartimien tos constituyeron una concesión que la Corona otorgó a los corre-
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gidores y que obligaba a los indios a compr mercancías a los precios que ellos establecí. Es así como a partir de 1670 l a Corona puso en venta dichos cargos "públicos a n de paticipar de los benecs que obtenían los corregidores Corregimiento y repartimiento constituyeron pues el canal ndamental de oferta rzada de sevicios a bajo costo para los españoles, y de na demanda -igalmente rzad de mercn cías de to valor relativo para los indígenas, qe de esta serte apecín incorporados a la economía mercntil: Para evitar que, por ausencia de una espontánea corriente de in tercabios, fltase a enteras zonas rurales lo más necesario, se decide inducir esta corriente por acto de imperio: los corregidores, ncionrios ubicados por la Corona al ente de enteros distritos, oecerán sus productos al trueque de las poblaciones indígenas sometidas a su mando (Halperin, 1970 17). [ .] el repartimiento constituyó evidenteme nte un modo de au mentr el consuo. Forzó la demanda en una comunidad cuyas pautas de ida y cuyas costumbres tenían escasa relación con la estructura del mercado español Por ello, el sistema de reparti miento era apoyado no sólo por los corregidores sino también por gnos grupos de mercaderes El temor que dismnuyese el nivel de la actividad económica e un ctor ecuentemente debatido cundo se trató el tema de la abolición del repimiento (Coblit, 1976 162-163.
En resumen, a las obligaciones del indio de tributar a la Coro na o l encomendero, de pagr diezmos a la Iglesia por los pro ductos agropecuios de origen europeo, de cumplir con la mita, se agregaba el repartimieo para rzar a esta población a oe cer su trabajo y el producto del mismo a n "precio por debajo del "mercado libre. Estos modos de pticipación de la población indígena en la economía colonil se cumperon prlelmente a la constción de las haciendas y plantaciones basadas en el trabajo esclavo. La Corona incorporó a su patrmonio las erras del Inca que, en un prmer momento, las audiencias y los cabdos distrbuyeron ene ls conuisadoes con sus corspnienes mitayos. Aemás, ls encomenderos, corregidores, cabildos y congregaciones religio sas, gracias a s relativa atonomía ente a Rey, estaban en con
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diciones de transgredir la ley y obtener tierras de las comunda des, englobando a ss pobladores como trabajadores enfedados El abso de la mita y la creciente mortalidad indígena produjo una e rte acm lación de eras o ciosas y reengas en las ori ginamente entregadas a las comnidades este fenómeno se asociaba el hecho de n creciente número de indígenas que a huir de las reducciones se converían en forses, condición qe les permitía evadir el trbuto y la mita, en rón de no contr con tierras pra s sustento. Esta siuación orginó la "composición de tieras, de la que abusaron los españoles. sí, encomenderos, corregidores, curas doctneros, se transrmaron en hacendados, pese a las expresas disposiciones rees. Pero la posesión de eras o mnas sólo adquiía vor si se acompañaba de na abundante y servl mano de obra. sí, el in terés de la capa dominante por apropirse de mayores extensiones de erras se relacionaba con la posibilidad de absorber trabado res indígenas. Las haciendas se trabajabn con mitayos, ynaconas, aren dataios y en menor grado con asaariados. Los mitayos, como se dijo, ran indígenas que por disposiciones expresas de las Leyes de Indias debían servir durante un tiempo determinado a n miembro de la sociedad conqistadora. Los yanaconas er traba jadores que, a cambio de la prestación de servicios graitos, reci bían una prcela de ierra para su manutención. Los arrendatrios eran trabajadores "enganchados por los curacas y corregidores que, a cambio de na parcela y del compromiso del hacendado de protegerlos mente para de él. la exgencia de la mita, debían trabaj gatita la hacienda era eudal por ser colonial. La eudaización del agro era un modo y condición del colonialismo Lo decisivo a nuestro juicio es que el álsis de la comercializa ción agropecuaria y de las relaciones socies de trabajo revela un "doble juego de la hacienda mientras al interior se establecía una economía no monetara con los salarios pagados en sercios, concesión precaria de terrenos y especies supervaloradas; del otro lado, haca aera la hacienda se gesionaba como economía mo netara y vendía su producto en el mercado a cambio de dinero La hacienda quedaba situada en la ontera de dos econoías, en la
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onera de dos secores sociaes, regado a comuncación ene ambos. Todo el éxo de la empresa esdía en esas ncones de ánso, ponazgo conto (Macea, 1977, III: 142; 219-220)
De esta manera, medinte tributos, diezmos y primicias; reduc ciones, encomiendas y mitas; corregimentos y repartimientos; los espñoles movilzaron "leglmente a la población indígena a n de obtener mano de obra y alimentos bratos en centros urbanos y asientos mineros y tabién una demanda mercantil sobreva lorada, mecanismos que permitían apropiarse de los excedentes. Dichas instituciones cumplí así la nción económica de incorporr a la población indígena a la economía mercantil, aun que en condiciones de exlotación coloni. A s vez, los exceden tes mercantiles que lograan acaparar los grupos dominates eran reinvertidos en minas, tierras, esclavos y símbolos de prestigio to mados de la sociedad metropolitana, rticládose así la periferia con el centro del naciente sistema capitalista. A estos mecanismos de explotación del trabajo indígena debe agregarse el estado de esclavitud de la mano de obra de origen aicano Esta población e destinada a trabajar principlmente en las plntaciones costeñas, en los obrajes y en la serdumbre doméstica. La producción obtenida en los dos prmeros sectores se trasladaa íntegramente a los circitos monetarios interno e inteacionl, logrando así sus propietarios valorzr s inversión en la mano de obra esclava. Reiteradaente, la Corona procuró monopolzr el comercio y el transpore de mercancías a través de la Casa de Contratación de Sevilla, en la que un privilegiado grupo de comerciantes penin slares abía obtenido del Rey la concesión exclusiva. Esta rela ción, que colocaba a Espña como eje integrador de ss diversas economas coloniales, sponía que la Casa de Contratación debía abastecer de esclavos y anuctras a los mercados aericanos, a los precios inados que ella a A esto se smaba la política proteccionista en vor de la producción peninsulr en derimento de la ericana; pero, debido a la precriedad de la manuctura espoa en la redad de los ehos esta poíta voreió a In glaterra, Francia y Holanda, mientras que la Casa de Contratación de Sevilla se reducía al papel de intermediaria comercial.
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os agentes de la Casa de Contratación de Sevilla tenín resi dencia en las pocas ciudades que, como ima, tenían exclusividad para la recepción y remisión de mercancías Estos agentes se encargaan de repartir las mercaderas en el interior del virreinato medite sus representantes, y por la acción extorsionadora de los corregidores obligabn a la población colonizada a adqurir lo que de otra manera sera invendible, doble o triple de su valor comercial. En resumen, puede armarse que la operación mercantl y co lonil se ndaa en la coacción coacción y movización rzada de la ma no de obra indígena, obligada trabajar en asientos mineros, de cuya producción el Estado percibía el quinto re; los señores de las minas retenían el resto a cambio de un pago simbólico que deía servr para que los campesinos cumplieran con la renta de la encomienda (tributos) y adquirieran los alimentos y efectos com plementarios pra su subsistencia os alimentos y efectos que consuman los mitayos, así como el resto de la población residente en los centros mineros, al igal que los insmos requeridos pa ra la producción provenían, a su vez, de las rentas de las enco miendas, diezmos, trueque y ventas rzadas que imponían los corregidores
Así e cco de a susaccón concuye a tavés del cmbo Pero a opeación M/D o D/M de aseno minero es un cambio no equiva ene socamene consderado, pues e indígena tene que inver T(abo) paa egar a a posesón de D(ineo), mienas que paa e españo la popedad de M(ercancías) es a merced gracoa que e concede e sisema de dominación a avs de a encomenda ("co para s os rbuos de os indios) En efeco, .. .. la cuía mayor de as mecncas que egan a Poosí ha sdo poducda po a economa campesina y ansferda al españo en ma de buo De modo, esas mercacas son poducos que ienen un coso soca peo ningún coso mnearo, son un excedene con conendo de vao cuyo cambo de popiedad no se erbuye con nngn oo vlo; paa e poduco deco e excedene son vo res de uso mienras que aspasado al gupo dominae se con vee en M(erccas) en vaor de cambio que pasndo po e me cado minero asume a rma de D(inero) (Assadouian 1976) Por útimo las rentas y excedentes merctes qe conentraban las ras dominntes españolas, les peitían adqir las importaciones europeas, qe podían ser colocadas en la esfera
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de la circulación o consumidas por ellos, mientras los agentes de las casas de contratación eniaban a la metrópoi los benecios que les _�portaba esa actiidad. Por otro lado, esta operación sustracción de excedentes a la polación cmpesina, constituía de la base de la rmación del mer cado, en tanto vorecía la diisión soci del trabo y su espe ciización, obligndo a que los slios de la población indígena se destnrn también a la compra de lo que no producía diec tente (Mellae, 1969)
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puede haber hombres ricos ni poderosos, no teniendo pueblos encomendados, como dicho es, porque todas las haciendas y grne ras se administran por los indios de los pueblos que están en comendados a los espñoles, y era de éstos no hay manera pa otra granería algna (Zava, 1972: 104)
Pero el hecho que la producción y comercio se ndaran en la eplotación colonial de la población indígena restringió de ma nera considerable el desrollo de un amplio sector de productores y consumidores lires de mercancías diferenciadas, con el consi giente crecimiento de la demanda intea e ingresos generaes,
Esta jerarquización, en el caso americano, se justicaba por el orgen de los diferentes estratos sociaes Mientras los conquis tadores eran cistianos iejos" o se destacab por su limpieza de sgre", la población sojuzgada tenía un origen gent Por lo tanto los primeros debían encargarse de cstiizala a cmbio del cumplimiento de tareas seriles No es de extaña, entonces, que los teólogos teran una nción decisia en la elaboración de doctrnas que justicarn la dominación coloni, taes como el de las geas justas" y las conceientes al estatuto socil que correspondía a la polación conquistada.
que en elaintegrado constitución mercadolainteo cadahubiese ez másconcluido homogéneo Muydelun contrio, domi nación coloni procuró la rmación de mercados reducidos, seg mentados, y discontinuos, rmndo el accionamiento de la so ciedad en mútples usos y costumbres"
Pero, además, esta jerrquización estamenta se descomponía en sectores ncionalmente dididos y organizados de acuerdo con las diferentes actiidaes adscritas desempeñadas por los distintos sectores de los arios estamentos colonies:
La coacción extraeconómica de los intereses metropolitanos sore indígenas y esclaos se sustentaba en un ordenmiento po ítico de natureza patimonial a ideología política espñola, ndada en la tradición católica y medieal, medieal, patía de la premisa de que la ma de organiz su dalemente la sociedad era sobre la base de constituir claras jerar quías socies, sigiendo así los postulados aistotélics y tomistas entonces preentes Estas jerrquías se justicaban por la nece sidad de que dierentes estamentos sociales cumpliern en rma adscrita nciones especializadas a n de que el conjunto se de senolera con normalidad. En la República bien ordenada, es necesario que haya hombres os, pra que pued resistir a los enemigos y los pobres de la tierra puedn vivir debajo de su mparo, como lo hay en todos los reinos donde hay poltica y buen orden y estabiidad as como lo hay en spaña y otros reinos. Y si esta tiera se ha de pepetua error es grande pensar que han de ser todos los pobladores iguales, como spaña no se conseraría, ni otro agn reino, si en él no hubiese señores y prncipes y ricos hombres; y en esta tierra no
[ ] ] as como cualquier República bien concertada, requiere que sus ciudadnos se apliquen, y reptn a diferentes ocios, ministerios, y ocupaciones entendiendo unos en las labores del campo, otros en la mercadería, y negociación, otos en las artes liberes, y mecánicas, y otros en los tibunales a gar, o defender las cau sas, y pleytos as también, y aún en primer lugr, conviene, y es necesario, que segn la disposición de su estado, y naturaleza, unos si rv que son más aptos pra el trabajo, y otros gobieen, y manden en quienes se hlla más razón y capacidad pra ello Porque segn la doctrina, de Patón, Aristóteles, Plutarco y los que le siguen, de todos estos ocios hace la República un cuerpo, compuesto de muchos hombres, como de muchos miembros, que se dn, y sobrellevan unos a otros, entre los cues a los pastores, labradores, y otros ociales mecánicos, unos los llaman pies, y otros brzos, otros dedos de la misma República, siendo todos en ela rzosos, y necesarios, cada uno en su ministerio, como gave, y santament e nos lo da a entender el Apóstol S an Pablo (Solórzno Pereira, 648 88)
La sociedad diidida jerárquicamente en estamentos, a su ez sudiididos en diferentes cuerpos con nciones sociales ads-
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critas, las corporaciones, se entroncabn con la gura personal del monarca La'Telaciones del Rey con el resto de la sociedad dierían de acuerdo con el principio de "limpieza de sangre de los súbditos, lo qe acarreaba la constitción de diferentes "repúblcas o esta mentos socies, con prticles deberes y derechos, que spo nín una delimitación denida e inmovbe de los papeles y n ciones dominntes y subordinados a cumplirse en cada repúbica. Es decir, en este esquema ncion de la estraticación social, los individuos se bicab en razón de su nacimiento que, a su vez determinaba la ocupación y la posición socil
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escuelas especiales; y juntmente con los corregores y curas doctrneros se encrgaban de administrar la explotación de los indios que estabn bajo su jurisdicción (Splding, 1974: 3-60) Los negros podían ser bertos o esclavos y en rzón del proceso de mestizaje en crso exstían diversas denominaciones asocia das con dierentes responsabidades leges y sces
En Amérca igu qe en el medioevo, cudo la sociedad se encontraba estamentada en "defensores, oratores y laboratores (geeros, clérigos y comunes), se aplicó el mismo principio ge nérco cuyo resultado e la divsión entre españoles, por un lado,
a como ya se expresra, las distintas repúblicas o estentos guardaba entre sí una relación de dominación y subordinación. La de los espñoles agrpaba a ncionrios, comerciantes, ecle siástcos, encomenderos, mineros Los indígenas, igu que los negros, siempre estuveron en posición sbordinada, desempe ñando tareas series destinadas a cubrr las necesidades de los espñoles y excluidos de toda posibilidad de ocupr otras psicio nes en la sociedad El régimen patmoni venía a reglarizr las relaciones de dominación así como a jsticlas teóricamente
e indios españoles y negros por otro En términos generes, er derados los el peninsulres y sus descendientes enconsi Amé rca entre los que a su vez se establecí distinciones en rzón de nacimento, grado de nobleza y riqueza Si bien nominamente tanto pennsulares como criolos gozaban de los mismos prvile gios la realidad era dierente Exclusivamente los españoles po dan cnzar posiciones de privilegio e importcia en las esferas gubernmentl y eclesiástica, así como integr ciertas copora ciones, como la de los comercites impotadores. De los 180 i rreyes que goberon las colonias ericnas, sólo cuatro e ron crollos, pero educados en Espña donde residieron mucho tiempo; de los 602 capitanes generales, catorce eron criollos
Y siendo esto así, no puede pecer injusto, que los indos, que por su estado y naturaleza son más aptos que los espoles paa eercer por sus personas los servicios de que trataos, sean obligados y com peli dos a ocup arse en ellos con buen os parti dos, gober nándolos, adiestrándolos y audándolos con su industria e ingenio los españoles, como lo apunta la dicha Ley de Patida. es segn sentencia de Aristóteles y otros que le siguen, aquellos a quien la naturaleza
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