Normas y Estandares Sobre Centros Comerciales

May 23, 2019 | Author: RC | Category: Elevator, Design, Regulation, Transport, Rural Area
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Normas y estándares sobre centros comerciales POT

Artículo 7. Políticas públicas de ordenamiento territorial.

a)

Propiciar Propiciar el desarrollo desarrollo integral y el el mejoramiento mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del municipio en un marco de solidaridad social, responsabilidad ambiental y competitividad económica.

 b)

Reducir la incidencia de desastres, evitando la ocupación de á reas en riesgo de derrumbes, deslaves, deslizamientos, inundaciones y otras amenazas.

c)

Minimizar Minimizar los efectos efectos negativos negativos de de usos del del suelo inadecua inadecuados dos sobre sobre el entorno urbano.

d)

ncentivar la construcción de edificaciones privadas !ue adopten especificaciones t"cnicas !ue permitan el fácil acceso y la locomoción de las personas con discapacidad, más más allá de la obligatoriedad de !ue se adopten tales especificaciones en edificios p#blicos.

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Artículo 11. Obligaciones y responsabilidades derivadas del ordenamiento territorial.

$oda persona individual o jur%dica !ue dentro del Municipio pretenda fraccionar un predio, realizar obras en el mismo, cambiar el uso del suelo, o localizar en un inmueble un establecimiento abierto al p#blico, as% como realizar cuales !uiera actividades derivadas, cone&as o complementarias a las anteriores, deberá previamente obtener autorización municipal. 'os propietarios, poseedores, usufructuarios y arrendatarios de inmuebles, as% como los planificadores o ejecutores de proyectos y los propietarios de establecimientos abiertos al p#blico, serán responsables del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente (cuerdo, de conformidad con su actuar y de acuerdo con la ley.

Diseño arquitectónico III

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CAPÍTUO !!! Artículo "#. Caracteri$aci%n territorial en $onas generales.

e establece la caracterización territorial del Municipio a trav"s de seis zonas generales conocidas bajo la denominación de zonas * +*, *-, *, */, *0 y *1). 2sta caracterización depende de las caracter%sticas naturales !ue tenga cada área en cuanto a topograf%a y orograf%a &ona 'eneral '# ()atural*3reas !ue por su topograf%a y orograf%a se consideran

de vocación para la conservación del ambiente y los recursos naturales &ona 'eneral '1 (+ural4 3reas !ue por su topograf%a se consideran  predominantemente de vocación para la conservación del ambiente y los recursos naturales, con aptitud para la ocupación humana compatible con el ambiente, correspondiente a una baja intensidad de construcción &ona 'eneral ', (-emiurbana* 3reas !ue por su distancia al sistema vial  primario, se consideran aptas para edifica ciones de baja intensidad de construc ción, seg#n los %ndices de edificabilidad establecidos para el efecto. Predomina la vivienda unifamiliar y las áreas verdes, complementadas por usos del suelo no residenciales de soporte para la vivienda. &ona 'eneral '" (Urbana* 3reas !ue por su distancia al sistema vial primario, se consideran aptas para edificaciones de mediana intensidad de construcción seg#n los %ndices de edificabilidad establecidos para el efecto. Predomina la vivienda, tanto unifamiliar como multifamiliar  &ona 'eneral '/ (Central45 3reas !ue por su distancia al sistema vial primario, se consideran aptas para edificaciones de alta intensidad de construcción seg#n los %ndices de edificabilidad establecidos para el efecto, con vivienda multifamiliar y usos del suelo no residenciales compatibles con vivienda. &ona 'eneral '0 ()úcleo* 3reas !ue por su distancia al sistema vial primario, se consideran aptas para edificaciones de muy alta intensidad de construcción seg#n los %ndices de edificabilidad establecidos para el efecto, espec%ficamente en lo relativo a a!uellos usos del suelo no residenciales, incluyendo vivienda multifamiliar. 'as zonas generales * 67atural4 y *- 6Rural4 conformarán el 8inturón 2cológico del Municipio de *uatemala.

Normas y estándares sobre centros comerciales

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Artículo "0. Parmetros normativos

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Normas y estándares sobre centros comerciales

Para la realización de fraccionamientos, obras, cambios en el uso del suelo, localización de establecimientos abiertos al p#blico o cuales!uiera actividades derivadas, cone&as o complementarias a las anteriores, se establecen los  parámetros normativos aplicables a cada z ona general y a cada ciclo del ordenamiento territorial, a trav"s de los parámetros normativos descritos en el  presente (cuerdo. 9ichos parámetros normativos indican los procedimientos administrativos aplicables en cada caso.

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Artículo "7. Parmetros normativos de obras

Índice de edi2icabilidad base :ndice de edificabilidad má&imo aplicable a los proyectos !ue no adopten alguna de las prácticas incentivables o !ue no reciban edificabilidad como parte de una operación de $ransferencia de 2dificabilidad por 8ompensación. b) Índice de edi2icabilidad ampliado :ndice de edificabilidad má&imo al !ue tienen acceso de forma proporcional los proyectos en la medida en la !ue adopten alguna de las prácticas incentivables o reciban edificabilidad como parte de una operación de $ransferencia de 2dificabilidad por 8ompensación. c) Altura base (ltura medida en metros !ue, como má&imo, puede alcanzar una edificación o estructura a la !ue le apli!ue el %ndice de edificabilidad base. 7o obstante, ninguna altura podrá sobrepasar la altura aeronáutica. a)

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Altura de blo3ue in2erior (ltura medida en metros !ue, como má&imo, puede alcanzar el blo!ue inferior de un edificio o una estructura y para la cual aplican los parámetros normativos correspondientes al blo!ue inferior. e) Altura de blo3ue superior (ltura medida en metros !ue, como má&imo, puede alcanzar el blo!ue superior de un edificio o una estructura, a partir del blo!ue inferior, y para la cual aplican los  parámetros normativos correspondientes al b lo!ue superior. f) -eparaciones a colindancias 9istancia m%nima de separación !ue debe mantenerse entre el blo!ue inferior y el blo!ue superior de una edificación o estructura, seg#n sea el caso, a los linderos con predios vecinos y alineaciones municipales. 2sta dimensión se mide en metros lineales. 2n los casos !ue fueran aplicables, predominan las restricciones !ue impone el 8ódigo 8ivil. d)

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Artículo //. Parmetros normativos para la $ona general semiurbana ',.

'os parámetros normativos !ue aplican a la zona general semiurbana *, estarán dados por el ciclo del ordenamiento territorial !ue le corresponda y por el  procedimiento !ue se debe seguir seg#n los pará metros con los !ue cumple. Ciclo de 4raccionamiento Para el ciclo de fraccionamiento se establecen los siguientes parámetros5 a) Para el frente de predio5 i. ;cho metros o más +
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