Calculo de Prestaciones

June 10, 2021 | Author: Anonymous | Category: N/A
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COMO SE CALCULAN LAS PRESTACIONES LABORALES??? Como puedo saber cuanto me corresponde de prestaciones, si llevo cuatro años trabajando en una empresa y quiero renunciar a ella, se que las políticas que mantiene esta empresa son que aunque la persona renuncie se le

cancelan

todas

las

prestaciones,

y

quiero

saber

cuanto

me

correspondería? Susana Estimada lectora: Con gusto te indicaremos la forma en cómo debes calcular tus prestaciones, pero queremos aclararte algo que debes tener presente y es que tú eres quién esta renunciando a su trabajo por tanto el hecho de que tu patrono te cancele todas las prestaciones, no es más que buena voluntad de parte de él y de las políticas de la empresa para la que laboras, ya que por ley solo te corresponden los derechos adquiridos, que son los siguientes: ·

Sueldo devengado que no se te haya cancelado.

·

Vacaciones proporcionales.

·

Aguinaldo proporcional.

·

Décimo cuarto mes proporcional

No nos

especificas cuanto es tu salario mensual, pero para que puedas

apreciar como se realiza un cálculo te expondremos al final un ejemplo tomando como base un salario de Cinco Mil lempiras Mensuales. Pero antes de darte el ejemplo te guiaremos detalladamente en cada uno de los aspectos que debes tomar en cuenta para obtener el total de las prestaciones que te corresponden.

Calculo de prestaciones: a) EL PREAVISO:

El preaviso es el lapso de tiempo en el que se informa que se dejará de trabajar. Por parte del patrono ó de parte del empleado, y es cuando cualquiera de los dos, toma la decisión de dar por terminada la relación de trabajo. Este lapso de tiempo tiene como fin que exista para el trabajador la posibilidad de buscar un nuevo empleo y para el patrono significa la posibilidad de buscar a un sustituto. El preaviso debe realizarse en forma escrita, aunque el contrato se haya realizado en forma verbal, lo mejor es dejar constancia de esta comunicación, ya que si se hace en forma verbal implica la presencia de dos testigos ó de una autoridad del Ministerio del Trabajo, que podría ser un inspector. También es posible que quién deba dar el preaviso no tenga que esperar ese tiempo ó trabajar ese tiempo, es decir que se puede omitir dicho aviso siempre que se compense en dinero. Quién deba dar el preaviso paga a la otra parte de forma inmediata la cantidad que corresponda al tiempo indicado como preaviso. En tu caso mencionas que llevas cuatro años de estar trabajando por tanto te corresponde dar un preaviso de dos meses ó pagar lo que corresponde a ese tiempo, si quieres irte de inmediato tienes que pagarle a tu patrono dos meses de tu salario, los términos legales de preaviso son los siguientes: Tiempo de Preaviso que debe darse en relación al Tiempo de Laborar: • 24 Horas de preaviso 0-3meses Laborados • 1 semana “ 3 A 6 Meses laborados • 2 semanas “ 6 a 12 meses laborados • 1 mes “ 12 a 24 meses laborados • 2 meses “ más de 24 meses laborados

b) El Auxilio de Cesantía El auxilio de cesantía es una indemnización en dinero que el patrono cancela al empleado en caso de terminación del contrato de trabajo, siempre y cuando la causa de la terminación sea ajena a la voluntad de trabajador, ó una decisión unilateral del patrono. El auxilio de cesantía se calcula sacando un promedio del salario que el empleado ha recibido en los últimos seis meses, si es menos de eso pues el promedio que corresponda. También puede darse el caso que el patrono pague en forma anual lo que corresponde a ese derecho. Se paga un mes de salario por cada año de trabajo, siempre que no exceda de 15 salarios, ese es el tope, aunque el empleado haya trabajado mas de 15 años.

c) Vacaciones Las vacaciones constituyen un periodo de descanso que se goza después de un año completo de trabajo. Los días de descanso son proporcionales a los años laborados, esta es la tabla que debe emplearse legalmente a fin de determinar cuanto tiempo serán las vacaciones: 1año de trabajo =

10 días de vacaciones

2 años de trabajo=

12 días de vacaciones

3 años de trabajo=

15 días de vacaciones

4años de trabajo ó mas=

20 días de vacaciones

d) AGUINALDO Es un pago que se realiza en forma anual y es equivalente a un mes de salario por cada año trabajado, contado desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre. e) CATORCEAVO

Es un pago que se realiza como compensación social, y es un beneficio para el trabajador, este pago se computa calculando desde el 1 de julio hasta el 30 de junio del año siguiente. Si se ha trabajado ese año completo, entonces se paga un mes completo de salario sin ninguna deducción. Aquí te exponemos un ejemplo de cómo puedes obtener la información que necesitas:

Ejemplo de un cálculo real de prestaciones: Fecha de ingreso del empleado: 1 de enero de 2004 Fecha de salida del empleado:

31 de Diciembre de 2007.

Tiempo laborado: 4 años. Salario promedio diario: 167 lempiras Calculo de Prestaciones Laborales Preaviso:

dos meses= 60 días x (167 lempiras)= L.

10,020. Auxilio de cesantía:

4 años= 1 mes por año = 120 días x (167)= L.

20.040 Vacaciones:

4 años= 20 días de vacaciones= 20(167)= L.

3,340.00 Decimo tercer mes:

debió ser cancelado el mes de diciembre.

Decimo Cuarto proporcional:

del mes de Julio a Enero= L.

2,500 aprox. Total de prestaciones

L.

35,900.00

Estimada Susana, este ejemplo real de cálculo de prestaciones, el cuál puede servirte de base para que de acuerdo a tu salario mensual, saques un promedio diario y en base a ello acompañado de la información que te brindamos puedas calcular en forma aproximada cuanto es lo que te correspondería que te cancelarán, aunque recuerda que como tú eres la que

esta renunciando a tu empleo solo tendrías legalmente la posibilidad de exigir lo que corresponde a derechos adquiridos y esos como ya te lo mencionamos son salarios devengados que no se te hayan pagado, Vacaciones proporcionales, Aguinaldo proporcional, y Décimo cuarto mes proporcional.

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