Acta 2 y 3 Editado Fin

August 24, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA PÚBLICA

En la ciudad de Villazón capital de la provincia Modesto Omiste del Departamento de Potosí a horas 9:30 am del dia Lunes 14 de  Junio de 2022 el Juzgado Público de Familia de Villazón procede por el Dr. Maria Carmen y la suscrita secretaria Abog. Paola Colmenares Aban, se constituyeron en Audiencia Pública dentro del Proceso de Negación de Paternidad seguido por ALEJANDRO MARCELO FLORES ORTEGA en contra de LIDIA ROSARIO MITA CHAMBISECRETARIA: Se convoca a audiencia dentro de proceso de negación

de paternidad iniciado por el señor Alejandro Marcelo Flores Ortega en contra de la señora Lidia Rosario Mita Chambi por favor las partes pasen en audiencia. JUEZ: Se instala la audiencia de negación de paternidad demandado

por el señor Alejandro Marcelo Flores Ortega en contra de la señora Lidia Rosario Mita Chambi por secretaría informe si las partes han sido debidamente notificadas y se las mismas se encuentran en sala SECRETARIA: Co Con n la pa pala lab bra señor juez uez debe in inffor orma marr a su

autoridad que ambas partes han sido debidamente notificadas en audiencia las mismas se encuentra presente acompañadas de sus abogados Asimismo señor juez debo hacer conocer a su autoridad quee en au qu audi dien enci cia a an ante teri rior or se ha habr bría ía noti notifi fica cado do me medi dian ante te una una comi co misi sión ón in inst stru ruid ida a a la peri perito to la doct doctor ora a Dian Diana a Geor Georgi gina na Juár Juárez ez Rivera es direct directora ora de laborat laboratorio orio de análisis clínicos RISERP RISERPA A de la ciudad de Tupiza y que la misma se encuentra en sala señor juez, eso es todo cuánto tengo que informar.

 

JUEZ: Bien se tiene presente del informe evacuado por la señora

secre reta tari ria a

se

pued uede

adv dveertir rtir qu quee las part rtees

se

encue uent ntra ran n

debidamente asistida de sus abogados, asimismo que la directora de la cl clín ínic ica a RI RISE SERP RPA A la do doct ctor ora a Di Dian ana a Ge Geor orgi gina na Ju Juár árez ez Rive Rivera ra se encontraría presente, presente, por secretaría secretaría haga p pasar asar a la perito por favor. favor. Bien docto doctora ra Dia Diana na Georgina Georgina J Juárez uárez Rive Rivera ra

ha sid sido o uste usted d ofrecid ofrecida a

como perito bióloga dentro del proceso de negación de paternidad iniciado por el señor Alejandro Marcelo Flores Ortega en contra de la seño se ñora ra Li Lidi dia a Mi Mita ta Rosa Rosari rio o Ch Cham ambi bi se va a pr proc oced eder er a to toma marr el  juramento respectivo, respectivo, doctora, ¿es usted usted católica? PERITO: Si señor juez.

  JUEZ: bien haga la señal de la cruz, señora Diana Georgina Juárez

Rivera jura realizar el trabajo encomendado con responsabilidad y en apego a las normas procesales. PERITO: Sí señor juez juro.

JUEZ: Si así lo hiciera Dios y la patria os premie caso contrario os

demanden bese la señal de la cruz. JUEZ: Por secretaría convóquese primeramente al Señor Alejandro

Marcelo Flores Ortega para la toma de sangre (SE REALIZA LA TOMA SE SANGRE.) JUEZ: Bien ahora convóquese, acompañada de su madre, al menor

quee re qu resp spon onde de al nomb nombre re de Ab Abdi diel el Flo Flore ress Mi Mita ta para para la to toma ma de muestra respectiva. respectiva. (SE REALIZA LA TOMA DE MUESTRA.)

 

Bien habiéndose concluido con las muestras de toma de sangre al tiempo que la perito había manifestado que se realizaría esta prueba en el término de tres tres semanas se co convoca nvoca audiencia para fe fecha cha 12 de Dici Di ciem embr bree de dell 20 2022 22 para para qu quee se pu pued eda a re real aliz izar ar la lect lectur ura a de la sentencia previa apertura del sobre donde se encontraría el resultado de la prueba de de ADN Asimism Asimismo o se solicita a la pe perito rito que para dic dicha ha audiencia tiene que estar presente toda vez que es la profesional quién debe dar lectura integral del examen de prueba de ADN no habiendo nada más que tratar se suspende la presente audiencia.

 

ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA PÚBLICA

En la ciudad de Villazón capital de la provincia Modesto Omiste del Departamento de Potosí a horas 10:30 am del dia Lunes 12 de Diciembre de 2022 el Juzgado Público de Familia de Villazón procede porr el Dr po Dr.. Ma Mari ria a Ca Carm rmen en y la su susc scri rita ta secr secret etar aria ia Ab Abog og.. Paol Paola a Colmenares Aban, se constituyeron en Audiencia Pública dentro del Proc Pr oces eso o de Ne Nega gaci ción ón de Pa Pate tern rnid idad ad se segu guid ido o po porr ALEJ ALEJAN ANDR DRO O MARCE MAR CELO LO FLORE FLORES S ORT ORTEGA EGA en con contra tra de LIDIA LIDIA ROSARI ROSARIO O MIT MITA A CHAMBISECRETARIA: Se convoca la audiencia de negación de paternidad

demandado por el señor Alejandro Marcelo Flores Ortega en contra de la señora Lidia Rosario Mita Chambi por favor las partes pasen a la audiencia. JUEZ: Se instala la presente audiencia del proceso de negación de

paternidad iniciado por el señor Alejandro Marcelo Flores Ortega en cont co ntra ra de la se seño ñora ra Li Lidi dia a Ro Rosa sario rio Mita Mita Cham Chambi bi,, po porr secr secret etar aría ía info in form rmes es y las las pa part rtes es ha han n si sido do debi debida dame ment ntee no noti tifi fica cada dass y si la lass mismas se encuentran en sala. SECRETARIA: Co Con n la pa pala lab bra señor juez uez debe in inffor orma marr a su

autoridad que para la celebración de la presente audiencia han sido notificadas tanto la parte demandante como la parte demandada, así mismo la perito la doctora Diana Georgina Juárez Rivera que los mismos se encuentran en sala, las partes se encuentran debidamente acom ac ompa paña ñado doss de su suss ab abog ogad ados os,, eso eso es to todo do cu cuán ánto to teng tengo o que que informar Señor Juez.

tiene pres resen ente te del in inffor orme me evacua acuad do por la señor ora a JUEZ: Se tie

secr se cret etar aria ia se pu pued edee es esta tabl blec ecer er de qu quee la lass part partes es se encu encuen entr tran an

 

presentes y que las mismas están debidamente acompañad acompañados os por sus abogados, asimismo se encuentren en sala la perito la doctora Diana Georgina Juárez Rivera Rivera bien tomando een n sí a es para para poder realiz realizar ar la ap aper ertu tura ra del del sobr sobree qu quee ha si sido do pres presen enta tada da de dent ntro ro del del plaz plazo o otorgado por la autoridad judicial se va a proceder a la apertura del sobre para que la perito antes referida pueda dar lectura de la prueba de ADN, doctora tiene la palabra. PERITO: Gr Grac acia iass seño señorr ju juez ez,, bu buen eno o co con n la pala palabr bra a se seño ñorr ju juez ez

respecto a la prueba de ADN, ADN, ésta se deb debee medir por marcadore marcadoress vale decir de 0 a 100, en este entendido voy a dar lectura al sobre cerrado el cual contiene los resultados de la prueba. Laboratorio de Análisis Clínico RISERPA Tupiza, Potosí. La Paz 19 de Mayo de 2021, conclusión de resultados de paternidad, muestr mue stras as de delos los involu involucra crados dos:: sup supues uesto to pad padre: re: Alejan Alejandro dro Marce Marcelo lo Flores Ortega. Menor: Abdiel Flores Mita. Conclusión final: Delos resultados de paternidad obtenidos por el análisis de ADN se infiere que el señor Alejandro Marcelo Flores Ortega, ES EL PADRE BIOLÓGICO del menor: Abdiel Flores Mita con una probabilidad del 99,9999% de seguridad. Por lo tanto, existe EVIDENCIA GENÉTICA DE PATERNIDAD. Es todo en cuanto puedo manifestar señor juez. JUEZ: Se tien tienee pr pres esen ente te lo expu expues esto to el do docu cume ment nto o del del dict dictam amen en

pericial emitido conforme a lo que establece el artículo 30 dela ley 603 puedes Vamos a proceder a dictar sentencia 001/2023 vistos con relaci rel ación ón a la prueb prueba a pro produc ducida ida incorp incorpora orada da recien reciente temen mente te po porr la doctor doct ora a Di Dian ana a Ge Geor orgin gina a Ju Juár árez ez Ri Rive vera ra qu quié ién n fu fung ngee como como peri perito to dentro de la presente causa familiar pretendiendo la negación de

 

pate pa tern rnid idad ad po porr pa part rtee de dell de dema mand ndan ante te en co cont ntra ra de un me meno norr le mismo que será parte de mandarín base los siguientes argumentos de relación fáctica considerando que el ahora demandante dentro de su planteamiento de relación de los hechos qué Al haber mantenido relaciones sexuales con la hora demandada [COPIAR DEMANDA] Considerando que entorno el artículo 324 de la ley 603 tienen como única úni ca finali finalidad dad pod poder er acred acredita itarr los hec hechos hos afi afirm rmado adoss por por amb ambas as partes para poder producir certeza en el juzgador y de esta manera poder dirigir los hechos, hablo tanto la demanda como la contesta cont estación ción a la demanda de la prueba que se inco incorpora rporado do dentro del presente caso de acuerdo a las permisibilidades del artículo 332 del ritual de la materia han sido tomadas en cuenta de manera indivi ind ividua duall y de manera manera par partic ticula ularr cada cada elemen elemento to probat probatori orio o para para poder considerar en su integridad la apreciación que el juzgador a raíz de esta de este desfile probatorio había causado, se tiene como elementos probatorios cursantes a fojas un certificado de nacimiento correspondiente al menor Abdiel Flores Mita teniendo como padres a los señores Alejandro Flores Ortega y la señora Lidia Mita Chambi documento que a estar y acreditando la afiliación correspondiente de acuerdo a dicho documento. Empero dentro de la presente causa la prueba que ha sido producida Cómo Có mo es el in info form rmee pe peric ricia iall em emit itid ido o por por el la labo bora rato tori rio o cl clín ínic ico o de genéti gen ética ca e inf infert ertilid ilidad ad de biolog biología ía molec molecula ularr del del lab labora orator torio io de la clínica RISERPA a cargo de la doctora Diana Georgina Juárez Rivera. Con onssid ideerand rando o

he hecchos

prob robad ados os

habi ha bién éndo dose se co corr rrec ecta tame ment ntee

lu lueego

va valo lora rado do lo loss

del

desfi file le

elem elemen ento toss

pro rob bat ator orio io de pr prue ueba ba

incorporados más no así la prueba incursionado fojas tres y cuatro misma mis ma que ha sido obje objeto to de incid incident entee de exclus exclusión ión

probat probatori oria a

mismo que se tiene co mismo como mo única prue prueba ba objetiva objetiva sin desm desmerec erecer er la portada por ambos sujetos procesales que han sido admitidos prueba

 

de paternidad del menor Abdiel Flores Mita que tiene como padre al demandado Alejandro Alejandro Marcelo Flores Ortega y tiene com como o madre a la señora Lidia Rosario Mita Chambi, indicado biológicamente a esta últi última ma.. Asim Asimis ismo mo tamp tampoc oco o se ha de dest stru ruid ido o la pres presun unci ción ón lega legall establecida establecid a por el artículo 75 de la Constitución Política del Estado Consideraciones de orden de acuerdo y de conformidad a lo que establece el artículo 70 de la Constitución con relación al artículo 65 se tiene el estado atiende con prioridad al sector vulnerable Cómo son los niños niñas y adolescentes dónde dicho artículo constitucional refiere la presunción legal de paternidad Y qué estás pueden ser negadas acreditando de acuerdo a las permisibilidades dela ley 603 Como fundamento la negativa del mismo siendo está la probabilidad quee de qu debe be su suje jeta tars rsee a un ex exam amen en peri perici cial al y que que únic únicam amen ente te de acue ac uerd rdo o al pr proc oced edim imie ient nto o co corr rres espo pond nder ería ía a A qu quié ién n estu estuvi vier era a demandando negación de paternidad o maternidad. Considerando el análisis del caso en concreto en el presente caso se ha observado dos aspectos fundamentales para poder determinar la pret pr eten ensi sión ón in inco coad ada a po porr la pa part rtee de dema mand ndan ante te en su suje jeci ción ón a la lass perm pe rmis isib ibil ilid idad ades es de dell artí artícu culo lo 32 328 8 prim primer era a pa part rtee de la le leyy 603 603 el mismo que de manera literal indica lo siguiente las afirmaciones de hechos efectuadas por una parte y las que hubieran ran sido controvertidas por la otra deben ser probadas tomese en cuenta que la carga de la prueba les corresponde tanto a la parte demandante como co mo la part partee de dema mand ndad ada a pa para ra po pode derr de al algu guna na mane manera ra us usar ar convicción en el juzgador y que el mismo deberá resolver en base a los elementos probatorios que sean inserto dentro de cualquier causa lo que significa que la parte actora demandante tenía como única misión misió n pode poderr acre acreditar ditar que el demandan demandante te no serí sería a padre padre del menor cuestionado en el caso de autos se puede concluir que a través del examen de ADN existe una probabilidad del 99.99% de seguridad que

 

el señor Alejandro MARCELO FLORES ORTEGA es el padre biológico del menor erigió ABDIEL FLORES MITA de modo que no existido ning ningún ún otro otro el elem emen ento to qu quee pu pued eda a co cont ntra rave veni nirr a este este el elem emen ento to probatorio se adquiere la p plena lena convicción ssobre obre la paternidad. POR TANTO: En base los argumentos expuestos de orden legal y de

acuerdo a lo título 446 inc B de la ley 603 se declara IMPROBADA la dema man nda de ne nega gacció ión n de pa pate tern rnid idad ad pro rop pues uesta por el seño ñorr ALEJANDR ALEJ ANDRO O MARCE MARCELO LO FLORE FLORES S ORTEG ORTEGA A en contr contra a de la señora señora LIDIA ROSARIO MITA CHAMBI en consecuencia se dispone mantener column col umna a en reg regist istro ro de filiac filiación ión co corre rresp spond ondien iente te al certi certific ficado ado de nacimiento cursante a fojas 1 con los datos respectivos y la presente sentencia causare agravio a las partes las mismas pueden recurrir al apelación no viendo nada más que tratar ha concluido la presente audiencia.

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